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TDR Residente DE OBRA - EL ESPEJO

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TERMINOS DE REFERENCIA

CONTRATACION DE PROFESIONAL PARA RESIDENTE DE OBRA: “CONSTRUCCION DE


CERCO PERIMETRICO Y GRADERIAS; EN EL(LA) LOSA DEPORTIVA EL PIÑON
DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA GRAN CHIMU, DISTRITO DE CASCAS,
PROVINCIA DE GRAN CHIMU, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”

1. INTRODUCCION
La Municipalidad Provincial de Gran Chimú, dentro de su política de ejecución de obras, ha programado
la ejecución de la IOARR: “CONSTRUCCION DE CERCO PERIMETRICO Y GRADERIAS; EN
EL(LA) LOSA DEPORTIVA EL PIÑON, DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA DE GRAN
CHIMÚ, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”; para tal fin, se requiere del concurso de un ingeniero
civil para desempeñarse como Residente de Obra, que permita a la Dirección de Obras, cumplir con los
objetivos y metas trazadas.

2. OBJETO
La contratación de los servicios de un ingeniero Residente de Obra, es para dirigir, técnica – económica –
administrativa, la ejecución de la IOARR: “CONSTRUCCION DE CERCO PERIMETRICO Y
GRADERIAS; EN EL(LA) LOSA DEPORTIVA EL PIÑON, DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA
DE GRAN CHIMÚ, DEPARTAMENTO LA LIBERTAD”

SERVICIOS A REALIZAR
Dirigir técnica - económica – administrativa, la ejecución de la obra, de conformidad con Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del estado y su Reglamento aprobados: “Aprobación de Expediente
técnico, ejecución y liquidación de obras a ejecutarse por Administración Directa”; las funciones del
Contratado sin ser limitativas, según el siguiente detalle:

 Llevar a cabo la residencia de la ejecución de las obras, en sus aspectos técnicos-económicos-


administrativos, con sujeción a lo dispuesto por:
- El Expediente Técnico de la Obra.

 Asistir diaria y permanentemente al lugar de la obra a su cargo; solo serán causales de no


permanencia en obra por presentación documentaria u otra gestión, que por fuerza mayor requiera
la presencia del ingeniero residente fuera del proyecto, la cual deberá ser justificada dentro de los
CINCO (5) días posterior a la notificación respectiva.

 Del Cuaderno de Obra

- El cuaderno de obra, legalizado por Notario Público o Juez de Paz, tendrá un (01) original y
tres (03) copias, será sellado y visado en todas sus páginas, por el Residente y por el
Inspector de Obras.
- Abrir el Cuaderno de Obra el mismo día de la recepción del terreno, registrando las
condiciones en que se recibe el terreno, empezando por el número de la anotación, el día,
la fecha y “Del Residente”, o “Del Supervisor y/o Inspector”. La numeración correlativa de
las anotaciones será única independientemente de quien efectúe la anotación.
- Solo el Residente y el Supervisor y/o Inspector están autorizados a efectuar anotaciones
en el Cuaderno de Obra.

 Anotar en el Cuaderno de Obra, la fecha de inicio y término de los trabajos, las variaciones y/o
modificaciones autorizadas, los avances mensuales físicos y financieros, los controles diarios
de ingresos y salida de materiales y de personal, las horas-máquina trabajadas por los equipos
propios y alquilados, los jornales semanales insumidas en la obra por el personal obrero, así
como los problemas que pudieran afectar el cumplimiento del cronograma establecido. Del
mismo modo deberá registrar en el Cuaderno de Obra, después de cada valorización de
avance:
- El porcentaje y monto del avance (físico) de la obra, parcial
- El porcentaje y monto del avance financiero de la obra, parcial y acumulado.

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Para mejor comprensión de la información que se requiere consignar en el cuaderno de obra, el
Residente puede utilizar formatos especiales para cada insumo los mismo que se constituirán
como documentos vinculantes válidos para el control técnico – administrativo de la obra.

 De los Informes:

- Revisar el expediente técnico de la obra y emitir el informe de compatibilidad


correspondiente, dentro de los primeros QUINCE (15) días calendario de iniciada
oficialmente la obra, recomendando a la Entidad, de ser el caso, las medidas que deban
adoptarse en resguardo de la calidad y buena ejecución de los trabajos, que permitan el
mejor cumplimiento de las metas propuestas.
- Presentar el Calendario de Inicio de Obra.
- Presentar el informe mensual de la obra dentro de un (1) día siguiente de vencido cada
mes, informe que tendrá el esquema en el anexo respectivo que forma parte integrante de
esta Guía.
- Presentar informes especiales: además del informe mensual, el Residente deberá
presentar, cada vez que se le requiera los informes especiales sobre situaciones
específicas que pudieran presentarse durante la ejecución de las obras. Dichos informes
especiales deberán ser presentados dentro de los CINCO (05) días como máximo de
solicitados por la Sub Gerencia de Infraestructura, o quién haga sus veces.

- Cambio de especificaciones y/o diseño

- Reprogramación de obra, avance acelerado de obra, etc.

 Efectuar los trazos parciales y totales de la obra, los mismos que deberán contar con la
aprobación del Inspector o Supervisor.

 Ajustar el calendario de Adquisición de materiales e insumos de la obra, necesarios para su


ejecución, valorizado mensualmente y debidamente armonizado con el calendario valorizado de
Avance de Obra.

 Formular los expedientes técnicos y sustentar, documentadamente, en su oportunidad, todas


las variaciones y/o modificaciones que, a su criterio, deben realizarse al expediente técnico
original.

 Reformular el Diagrama de Red, el Calendario Valorizado de Avance de Obra fechado y el


Calendario de Adquisición de materiales, cada vez que se produzcan variaciones y/o
modificaciones a las condiciones preestablecidas en el expediente técnico original, que
repercutan y modifiquen el plazo original.

 Ejecutar la obra dentro del plazo oficial, actualizado y vigente (con las ampliaciones de plazo
autorizadas, es decir aprobadas oficialmente por la máxima autoridad administrativa de la
Entidad).

 De los requerimientos que debe hacerse a la Oficina de Abastecimientos, con la aprobación


previa del Supervisor y/o Inspector de obra.

- Todos los insumos, materiales, servicios, etc., necesarios para la ejecución de la obra
deben ser formulados por el Residente y presentados al Supervisor y/o Inspector de Obra.
- Todos los requerimientos deben hacerse con la debida anticipación.

 Disponer la recepción de los insumos (materiales, equipos y demás recursos) que remita a obra
la Entidad, verificando previamente su cantidad, calidad y que cumplan con las especificaciones
técnicas respectivas.

 Rechazar los recursos que no cumplan con la calidad y especificaciones técnicas requeridas, ni
con la provisión oportuna de los mismos, anotando en la guía de remisión las observaciones.

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 Elaborar, conjuntamente con el Supervisor y/o Inspector, las planillas de los metrados realmente
ejecutados, que respalden a las correspondientes valorizaciones.

 La valorización periódica de avance. Se adjuntarán las planillas que sustenten los metrados.

 Ser ajeno a la variación y/o modificación unilateral del expediente técnico, por NO tener
autoridad alguna para hacerlo.

 Verificar el funcionamiento de las instalaciones y equipos instalados que formarán parte


integrante de la obra, conforme a las especificaciones técnicas correspondientes y a las
recomendaciones de los fabricantes.

 Indicar en el Cuaderno de Obra la fecha de término de la misma.

 Solicitar la recepción de obra en la fecha de término de la misma.

 Administrar confidencialmente todos los documentos relativos a la obra.

 Entregar al Inspector todo el acervo documentario producido durante la ejecución de la obra,


debidamente ordenado por asuntos, foliados y encuadernados.

 Asesorar al Comité de Recepción y Liquidación de obras en la etapa de recepción de los


trabajos.

 Elaborar conjuntamente con el Supervisor y/o Inspector el borrador del proyecto de declaratoria
y/o memoria descriptiva valorizada para entregar al Comité de Recepción y Liquidación en su
oportunidad.

 Elaborar conjuntamente con el Supervisor y/o Inspector la pre-liquidación técnica y financiera


final de la obra, como máximo a Treinta (30) días de la fecha del acta de recepción de los
trabajos, para entregar al Comité de Recepción y Liquidación.

3. MONTO, FORMA DE PAGO Y FINANCIAMIENTO.

Monto:
EL PROYECTO abonará al "EL CONTRATADO", como contraprestación del servicio, la suma de S/.
4,000.00 (Cuatro Mil y 00/100 Nuevos soles), el cual será desagregado de la siguiente manera:

ITEM DESCRIPCIÓN MONTO(S/.)


1.00 Ejecución del proyecto 3,800.00
2.00 Liquidación del proyecto 200.00

La participación de dicho profesional será al 100% durante la ejecución de la obra, la cual incluye todos
los impuestos y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio.

Forma de pago:

El pago durante la ejecución se realizará según valorizaciones presentadas, previa presentación del
informe correspondiente, aprobada por el supervisor y/o inspector, asi mismo que deberá será aprobado
por la División de Obras.

El pago por concepto de liquidación se realizará posterior a la presentación del informe correspondiente,
aprobada por el supervisor y/o inspector, así mismo será aprobado por la División de Obras.

Los Recibos por Honorarios se emitirán en moneda nacional a nombre de la Municipalidad Provincial de
Gran Chimú, con todos los requisitos exigidos por la SUNAT. En caso de que "EL CONTRATADO" cuente

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con autorización de suspensión del Impuesto a la Renta, debe adjuntar en cada pago el formulario emitido
por la SUNAT.

Financiamiento:
El financiamiento será con la Fte. Fto. CANON Y SOBRECANON, REGALIAS, RENTA DE ADUANAS Y
PARTICIPACIONES

4. PENALIDADES

Si “EL CONTRATADO” incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del
contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de
acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x monto vigente


F x plazo vigente en días

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;


F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

Adicionalmente, se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad, cuando EL


CONTRATADO acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le
resulta imputable. Además, el retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo
debidamente aprobado por el supervisor y/o inspector.

Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si fuera
necesario.

Estos tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento
(10%) del monto del contrato vigente.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras
penalidades, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.

5. TIEMPO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO

El plazo de ejecución del servicio es de 30 días calendarios.

6. NATURALEZA DEL CONTRATO


El contrato será de naturaleza civil, por lo tanto "EL CONTRATADO" no estará sujeto a relación de
dependencia frente a “LA IOARR”, no generando por tanto vínculo laboral entre las partes, derecho a
compensación por tiempo de servicios, ni beneficio social alguno y se enmarcará en el TUO de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del estado y su Reglamento aprobados con Aprobado mediante D.l. N°
1017, respectivamente.

7. REQUISITOS
 Título Profesional de Ingeniero Civil colegiado (mínimo un año).
 Requisitos generales: Poseer experiencia profesional mínima de 12 meses, como Residente de obra
y/o Asistente de Residente de obra y/o Supervisor de obra y/o Asistente de supervisión en obras en
general.
 Declaración Jurada de no estar impedido para contratar con el estado.
 RNP vigente como SERVICIOS.
 Estar autorizado por la SUNAT a emitir comprobantes de pago si fuera el caso.

Gran Chimú, 18 Febrero del 2022

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