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Escaleras OSHA

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REGULACIONES DE OSHA QUE CUBREN


ESCALERAS

1926.1053 (a)
General. Los siguientes requisitos se aplican a todas las escaleras como se indica, incluidas las escaleras hechas en el trabajo.

1926.1053 (a) (1)


Las escaleras deben poder soportar las siguientes cargas sin fallar:

1926.1053 (a) (1) (i)


Cada escalera portátil autoportante: Al menos cuatro veces la carga máxima prevista, excepto que cada escalera de metal o plástico tipo 1A para
trabajo extra pesado deberá soportar al menos 3,3 veces la carga máxima prevista. La capacidad de una escalera para soportar las cargas indicadas en
este párrafo se determinará aplicando o transmitiendo la carga requerida a la escalera en una dirección vertical descendente. Se considerará que las
escaleras construidas y probadas de conformidad con las disposiciones aplicables del apéndice A de esta subparte cumplen con este requisito.

1926.1053 (a) (1) (ii)


Cada escalera portátil que no sea autoportante: Al menos cuatro veces la carga máxima prevista, excepto que cada escalera de metal o plástico tipo 1A
para trabajo extra pesado deberá soportar al menos 3,3 veces la carga máxima prevista. La capacidad de una escalera para soportar las cargas
indicadas en este párrafo se determinará aplicando o transmitiendo la carga requerida a la escalera en una dirección vertical hacia abajo cuando la
escalera se coloque en un ángulo de 75 1/2 grados con respecto a la horizontal. Se considerará que las escaleras construidas y probadas de
conformidad con las disposiciones aplicables del apéndice A cumplen con este requisito.

1926.1053 (a) (1) (iii)


Cada escalera ja: Al menos dos cargas de 250 libras (114 kg) cada una, concentradas entre dos accesorios consecutivos cualesquiera (el número y la
posición de cargas concentradas adicionales de 250 libras (114 kg) cada una, determinadas a partir del uso anticipado de la escalera, deberán también
se incluirán), más las cargas anticipadas causadas por la acumulación de hielo, los vientos, los aparejos y las cargas de impacto resultantes del uso de
dispositivos de seguridad de escalera. Cada escalón o peldaño deberá ser capaz de soportar una sola carga concentrada de al menos 250 libras (114
kg) aplicada en el medio del escalón o peldaño. Se considerará que las escaleras construidas de conformidad con las disposiciones aplicables del
apéndice A cumplen con este requisito.

1926.1053 (a) (2)


Los peldaños, listones y escalones de la escalera deberán estar paralelos, nivelados y espaciados uniformemente cuando la escalera esté en posición
para su uso.

1926.1053 (a) (3) (i)


Los peldaños, listones y peldaños de las escaleras portátiles (excepto lo que se indica a continuación) y las escaleras jas (incluidas las escaleras de
peldaños / escalones individuales) deben estar separados por no menos de 10 pulgadas (25 cm), ni más de 14 pulgadas (36 cm) separados, medidos
entre las líneas centrales de los peldaños, listones y escalones.

1926.1053 (a) (3) (ii)


Los peldaños, listones y escalones de los escalones deben estar separados por no menos de 8 pulgadas (20 cm), ni más de 12 pulgadas (31 cm),
medidos entre las líneas centrales de los escalones, listones y escalones.

1926.1053 (a) (3) (iii)


Los peldaños, listones y escalones de la sección de base de las escaleras de caballete de extensión no deben tener una separación menor de 8
pulgadas (20 cm) ni mayor de 18 pulgadas (46 cm), medidos entre las líneas centrales de los escalones, listones y escalones. El espacio entre peldaños
en la sección de extensión de la escalera de caballete de extensión no debe ser menor de 6 pulgadas (15 cm) ni mayor de 12 pulgadas (31 cm), medido
entre las líneas centrales de los peldaños, listones y escalones.
1926.1053 (a) (4) (i)
La distancia libre mínima entre los lados de las escaleras de peldaños / escalones individuales y la distancia libre mínima entre los rieles laterales de
otras escaleras jas será de 41 cm (16 pulgadas).

1926.1053 (a) (4) (ii)


La distancia libre mínima entre los rieles laterales para todas las escaleras portátiles será de 11 1/2 pulgadas (29 cm).

1926.1053 (a) (5)


Los peldaños de las escaleras de peldaños / peldaños individuales deben tener una forma tal que los pies de los empleados no puedan deslizarse
fuera del extremo de los peldaños.

1926.1053 (a) (6) (i)


Los peldaños y peldaños de las escaleras metálicas jas fabricadas después del 15 de marzo de 1991 deberán estar corrugados, moleteados, con
hoyuelos, revestidos con material antideslizante o tratados de otra manera para minimizar el deslizamiento.

1926.1053 (a) (6) (ii)


Los peldaños y peldaños de las escaleras de metal portátiles deberán estar corrugados, moleteados, con hoyuelos, revestidos con material
antideslizante o tratados de otra manera para minimizar el deslizamiento.

1926.1053 (a) (7)


Las escaleras no deben atarse o sujetarse juntas para proporcionar secciones más largas a menos que estén diseñadas especí camente para tal uso.

1926.1053 (a) (8)


Se debe proporcionar un esparcidor de metal o un dispositivo de bloqueo en cada escalera de tijera para mantener las secciones delantera y trasera
en una posición abierta cuando se usa la escalera.

1926.1053 (a) (9)


Cuando se requiera empalmar para obtener una longitud determinada de riel lateral, el riel lateral resultante debe ser al menos equivalente en
resistencia a un riel lateral de una pieza hecha del mismo material.

1926.1053 (a) (10)


Excepto cuando se utilizan escaleras portátiles para acceder a escaleras jas (como las de torres de servicios públicos, vallas publicitarias y otras
estructuras donde la parte inferior de la escalera ja se eleva para limitar el acceso), cuando se utilizan dos o más escaleras separadas para llegar a un
área de trabajo elevada, las escaleras deben estar compensadas con una plataforma o descansillo entre las escaleras. (Los requisitos para tener
sistemas de barandas con rodapiés para la caída de objetos y protección aérea en plataformas y descansos se establecen en la subparte M de esta
parte).

1926.1053 (a) (11)


Los componentes de la escalera deben tener una super cie para evitar lesiones a un empleado por pinchazos o laceraciones, y para evitar que la ropa
se enganche.

1926.1053 (a) (12)


Las escaleras de madera no deben estar recubiertas con ningún recubrimiento opaco, excepto por las etiquetas de identi cación o advertencia que
pueden colocarse en una sola cara de un riel lateral.

1926.1053 (a) (13)


El espacio libre perpendicular mínimo entre los peldaños, listones y escalones de la escalera ja, y cualquier obstrucción detrás de la escalera será de
18 cm (7 pulgadas), excepto en el caso de una escalera de pozo de ascensor, para la cual un espacio libre perpendicular mínimo de 4 1/2 Se requieren
11 cm (pulgadas).
1926.1053 (a) (14)
El espacio libre mínimo perpendicular entre la línea central de los peldaños, listones y escalones jos de la escalera, y cualquier obstrucción en el lado
de la escalera para subir, será de 30 pulgadas (76 cm), excepto lo dispuesto en el párrafo (a) (15) de este sección.

1926.1053 (a) (15)


Cuando se encuentran obstrucciones inevitables, el espacio libre perpendicular mínimo entre la línea central de los peldaños, listones y escalones jos
de la escalera, y la obstrucción en el lado de la escalera para subir, puede reducirse a 61 cm (24 pulgadas), siempre que se disponga de un dispositivo
de desviación. instalado para guiar a los empleados alrededor de la obstrucción.

1926.1053 (a) (16)


A través de escaleras jas en su punto de acceso / salida debe tener una distancia de paso de no menos de 7 pulgadas (18 cm) ni más de 12 pulgadas
(30 cm) medida desde la línea central de los escalones o peldaños hasta el borde más cercano. de la zona de aterrizaje. Si la distancia de paso normal
excede las 12 pulgadas (30 cm), se debe proporcionar una plataforma de aterrizaje para reducir la distancia al límite especi cado.

1926.1053 (a) (17)


Las escaleras jas sin jaulas o pozos deben tener un ancho libre hasta el objeto permanente más cercano de al menos 15 pulgadas (38 cm) a cada lado
de la línea central de la escalera.

1926.1053 (a) (18)


Las escaleras jas deben estar provistas de jaulas, pozos, dispositivos de seguridad para escaleras o cuerdas salvavidas autorretráctiles donde la
longitud de la subida sea menor de 24 pies (7.3 m) pero la parte superior de la escalera esté a una distancia mayor de 24 pies (7.3 m). ) por encima de
los niveles inferiores.

1926.1053 (a) (19)


Cuando la longitud total de una subida sea igual o superior a 24 pies (7,3 m), las escalas jas deberán estar equipadas con uno de los siguientes
elementos:

1926.1053 (a) (19) (i)


Dispositivos de seguridad para escaleras; o

1926.1053 (a) (19) (ii)


Líneas de vida autorretráctiles y plataformas de descanso a intervalos que no excedan los 150 pies (45,7 m); o

1926.1053 (a) (19) (iii)


Una jaula o pozo y varias secciones de escalera, cada sección de la escalera no debe exceder los 50 pies (15,2 m) de longitud. Las secciones de la
escalera deben estar desplazadas de las secciones adyacentes y las plataformas de descanso deben proporcionarse a intervalos máximos de 50 pies
(15,2 m).

1926.1053 (a) (20)


Las jaulas para escaleras jas deben cumplir con todo lo siguiente:

1926.1053 (a) (20) (i)


Las bandas horizontales deben sujetarse a los rieles laterales de las escaleras de riel, o directamente a la estructura, edi cio o equipo para escaleras
de peldaños individuales;

1926.1053 (a) (20) (ii)


Las barras verticales estarán en el interior de las bandas horizontales y se sujetarán a ellas;

1926.1053 (a) (20) (iii)


Las jaulas se extenderán no menos de 27 pulgadas (68 cm), o más de 30 pulgadas (76 cm) desde la línea central del escalón o peldaño (excluyendo el
ensanchamiento en la parte inferior de la jaula), y no serán menos de 27 pulgadas (68 cm) de ancho;

1926.1053 (a) (20) (iv)


El interior de la jaula debe estar libre de proyecciones;

1926.1053 (a) (20) (v)


Las bandas horizontales deben estar espaciadas no más de 4 pies (1.2 m) en el centro verticalmente;

1926.1053 (a) (20) (vi)


Las barras verticales deben estar espaciadas a intervalos de no más de 9 1/2 pulgadas (24 cm) en el centro horizontalmente;

1926.1053 (a) (20) (vii)


La parte inferior de la jaula debe estar a un nivel no inferior a 7 pies (2,1 m) ni superior a 8 pies (2,4 m) por encima del punto de acceso a la parte
inferior de la escalera. La parte inferior de la jaula debe ensancharse no menos de 4 pulgadas (10 cm) alrededor de la distancia entre la banda
horizontal inferior y la siguiente banda superior;

1926.1053 (a) (20) (viii)


La parte superior de la jaula debe estar a un mínimo de 42 pulgadas (1,1 m) por encima de la parte superior de la plataforma, o el punto de acceso en
la parte superior de la escalera, con posibilidad de acceso a la plataforma u otro punto de acceso.

1926.1053 (a) (21)


Los pozos para escaleras jas deben cumplir con todo lo siguiente:

1926.1053 (a) (21) (i)


Rodearán por completo la escalera;

1926.1053 (a) (21) (ii)


Estarán libres de proyecciones;

1926.1053 (a) (21) (iii)


Su cara interior en el lado de subida de la escalera se extenderá no menos de 27 pulgadas (68 cm) ni más de 30 pulgadas (76 cm) desde la línea central
del escalón o peldaño;

1926.1053 (a) (21) (iv)


El ancho interior libre debe ser de al menos 30 pulgadas (76 cm);

1926.1053 (a) (21) (v)


La parte inferior de la pared en el lado de acceso debe comenzar a un nivel no menor de 7 pies (2,1 m) ni más de 8 pies (2,4 m) por encima del punto
de acceso a la parte inferior de la escalera.

1926.1053 (a) (22)


Los dispositivos de seguridad para escaleras y los sistemas de soporte relacionados para escaleras jas deben cumplir con todo lo siguiente:

1926.1053 (a) (22) (i)


Deben ser capaces de resistir sin fallas una prueba de caída que consiste en una caída de 18 pulgadas (41 cm) de un peso de 500 libras (226 kg);

1926.1053 (a) (22) (ii)


Permitirán al empleado que utilice el dispositivo ascender o descender sin tener que sujetar, empujar o tirar continuamente de cualquier parte del
dispositivo, dejando ambas manos libres para subir;

1926.1053 (a) (22) (iii)


Deben activarse dentro de los 2 pies (.61 m) después de que ocurra una caída, y limitar la velocidad de descenso de un empleado a 7 pies / seg. (2,1 m
/ seg.) O menos;

1926.1053 (a) (22) (iv)


La conexión entre el transportador o la línea de vida y el punto de sujeción al cinturón corporal o arnés no debe exceder las 9 pulgadas (23 cm) de
largo.

1926.1053 (a) (23)


El montaje de los dispositivos de seguridad de escalera para escaleras jas se ajustará a lo siguiente:

1926.1053 (a) (23) (i)


Los montajes para los portadores rígidos se deben sujetar en cada extremo del portador, con montajes intermedios, según sea necesario, espaciados a
lo largo de toda la longitud del portador, para proporcionar la resistencia necesaria para detener las caídas de los empleados.

1926.1053 (a) (23) (ii)


Los soportes para soportes exibles se colocarán en cada extremo del soporte. Cuando el sistema esté expuesto al viento, las guías de cable para los
transportadores exibles deben instalarse con un espacio mínimo de 25 pies (7,6 m) y un espacio máximo de 40 pies (12,2 m) a lo largo de toda la
longitud del transportador, para evitar daños por viento en el sistema.

1926.1053 (a) (23) (iii)


El diseño e instalación de soportes y guías de cables no deben reducir la resistencia de diseño de la escalera.

1926.1053 (a) (24)


Los rieles laterales de las escaleras jas pasantes o laterales se extenderán 42 pulgadas (1.1 m) por encima de la parte superior del nivel de acceso o
plataforma de aterrizaje servida por la escalera. Para una escalera de parapeto, el nivel de acceso será el techo si el parapeto está cortado para
permitir el paso a través del parapeto; si el parapeto es continuo, el nivel de acceso será la parte superior del parapeto.

1926.1053 (a) (25)


Para extensiones de escaleras jas pasantes, los escalones o peldaños se deben omitir de la extensión y la extensión de los rieles laterales debe
ensancharse para proporcionar no menos de 24 pulgadas (61 cm) ni más de 30 pulgadas (76 cm) de espacio libre entre carriles laterales. Cuando se
proporcionen dispositivos de seguridad para escaleras, el espacio libre máximo entre los rieles laterales de las extensiones no debe exceder las 36
pulgadas (91 cm).

1926.1053 (a) (26)


Para escaleras jas de escalón lateral, las barandillas laterales y los escalones o peldaños deben ser continuos en la extensión.

1926.1053 (a) (27)


Las escaleras de peldaños / escalones individuales, excepto las que se usan donde sus aberturas de acceso están cubiertas con tapas de alcantarilla o
escotillas, se extenderán por lo menos 42 pulgadas (1.1 m) por encima de un nivel de acceso o plataforma de aterrizaje, ya sea por la continuación de
los espacios de los peldaños como agarradera horizontal. barras o proporcionando barras de agarre verticales que deben tener el mismo espacio
lateral que las patas verticales de los peldaños.

1926.1053 (b)
Utilizar. Los siguientes requisitos se aplican al uso de todas las escaleras, incluidas las escaleras hechas en el trabajo, excepto que se indique lo
contrario:

1926.1053 (b) (1)


Cuando se utilicen escaleras portátiles para acceder a una super cie de descanso superior, los rieles laterales de la escalera se extenderán por lo
menos 3 pies (.9 m) por encima de la super cie de descanso superior a la que se usa la escalera para acceder; o, cuando tal extensión no sea posible
debido a la longitud de la escalera, entonces la escalera se asegurará en su parte superior a un soporte rígido que no se desvíe, y se proporcionará un
dispositivo de agarre, como un sujetapapeles, para ayudar a los empleados a subir y bajar de la escalera. En ningún caso la extensión debe ser tal que
la de exión de la escalera bajo una carga, por sí sola, haga que la escalera se resbale de su soporte.

1926.1053 (b) (2)


Las escaleras deben mantenerse libres de aceite, grasa y otros peligros de resbalones.

1926.1053 (b) (3)


Las escaleras no deben cargarse más allá de la carga máxima prevista para la que fueron construidas, ni más allá de la capacidad nominal del
fabricante.

1926.1053 (b) (4)


Las escaleras se deben usar solo para el propósito para el que fueron diseñadas.

1926.1053 (b) (5) (i)


Las escaleras no autoportantes deben usarse en un ángulo tal que la distancia horizontal desde el soporte superior hasta el pie de la escalera sea
aproximadamente un cuarto de la longitud de trabajo de la escalera (la distancia a lo largo de la escalera entre el pie y el soporte superior).

1926.1053 (b) (5) (ii)


Las escaleras de madera con rieles laterales empalmados deben usarse en un ángulo tal que la distancia horizontal sea un octavo de la longitud de
trabajo de la escalera.

1926.1053 (b) (5) (iii)


Las escaleras jas deben usarse en un paso no mayor de 90 grados desde la horizontal, medido hasta el lado posterior de la escalera.

1926.1053 (b) (6)


Las escaleras deben usarse solo en super cies estables y niveladas a menos que estén aseguradas para evitar un desplazamiento accidental.

1926.1053 (b) (7)


Las escaleras no deben usarse en super cies resbaladizas a menos que estén aseguradas o provistas de pies antideslizantes para evitar un
desplazamiento accidental. Los pies antideslizantes no deben usarse como sustituto del cuidado al colocar, amarrar o sostener una escalera que se
usa sobre super cies resbaladizas, incluidas, entre otras, super cies planas de metal u hormigón que están construidas de manera que no se pueda
evitar que se vuelvan resbaladizo.

1926.1053 (b) (8)


Las escaleras colocadas en cualquier lugar donde puedan ser desplazadas por las actividades del lugar de trabajo o el trá co, como en los pasillos,
puertas o entradas de vehículos, deben estar aseguradas para evitar un desplazamiento accidental, o se debe usar una barricada para mantener las
actividades o el trá co alejado de la escalera. .

1926.1053 (b) (9)


El área alrededor de la parte superior e inferior de las escaleras debe mantenerse despejada.
1926.1053 (b) (10)
La parte superior de una escalera no autoportante debe colocarse con los dos rieles apoyados por igual, a menos que esté equipada con un solo
accesorio de soporte.

1926.1053 (b) (11)


Las escaleras no deben moverse, desplazarse ni extenderse mientras estén ocupadas.

1926.1053 (b) (12)


Las escaleras deberán tener barandas laterales no conductoras si se usan donde el empleado o la escalera podrían entrar en contacto con equipo
eléctrico energizado expuesto, excepto según lo dispuesto en §1926.955 (b) y (c) de esta parte.

1926.1053 (b) (13)


El escalón superior o superior de una escalera de mano no se utilizará como escalón.

1926.1053 (b) (14)


Los arriostramientos transversales en la sección trasera de las escaleras de mano no deben usarse para subir a menos que las escaleras estén
diseñadas y provistas de escalones para subir en las secciones delantera y trasera.

1926.1053 (b) (15)


Las escaleras deben ser inspeccionadas por una persona competente en busca de defectos visibles de forma periódica y después de cualquier
incidente que pudiera afectar su uso seguro.

1926.1053 (b) (16)


Las escaleras portátiles con defectos estructurales, tales como, entre otros, peldaños, listones o escalones rotos o faltantes, rieles rotos o partidos,
componentes corroídos u otros componentes defectuosos o defectuosos, se marcarán inmediatamente de una manera que identi que fácilmente
como defectuosos, o estar etiquetados con "No usar" o un lenguaje similar, y serán retirados del servicio hasta que sean reparados.
1926.1053 (b) (17)
Las escaleras jas con defectos estructurales, tales como, entre otros, peldaños, listones o escalones rotos o faltantes, rieles rotos o partidos, o
componentes corroídos, deben retirarse del servicio hasta que sean reparados. El requisito de retirar del servicio una escalera defectuosa se cumple si
la escalera es:

1926.1053 (b) (17) (i)


Inmediatamente etiquetado con "No usar" o un lenguaje similar,
1926.1053 (b) (17) (ii)
Marcado de una manera que lo identi que fácilmente como defectuoso;

1926.1053 (b) (17) (iii)


O bloqueado (como con un accesorio de madera contrachapada que se extiende por varios peldaños).

1926.1053 (b) (18)


Las reparaciones de la escalera deben restaurar la escalera a una condición que cumpla con sus criterios de diseño originales, antes de que la escalera
se vuelva a usar.

1926.1053 (b) (19)


No se deben utilizar escaleras de un solo carril.

1926.1053 (b) (20)


Al subir o bajar una escalera, el usuario debe mirar hacia la escalera.

1926.1053 (b) (21)


Cada empleado deberá usar al menos una mano para agarrar la escalera cuando suba y / o baje la escalera.

1926.1053 (b) (22)


Un empleado no deberá llevar ningún objeto o carga que pueda causar que el empleado pierda el equilibrio y se caiga.

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