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SHOUGANG GENERACION ELECTRICA

ELABORADO:

NOVIEMBRE 2017

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
2018
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y


SALUD EN EL TRABAJO 2018

ELABORADO POR: PRESENTADO

AREA SEGURIDAD Y MEDIOAMBIENTE

APROBADO POR: REVISADO Y APROBADO

COMITÉ SST

Ing. Juan Carlos Alfaro Vallejo Ing. Fabiola Carazas Paco


Presidente del Comité Secretario del Comité

Ing. Romulo Cuesta Alvarado Sr. Julio Centty Montaño


Miembro del Comité Miembro del Comité

Sr. Félix Escajadillo Preciado Luis Suaña Quispe


Miembro del Comité Miembro del Comité

Guillermo Pango Roman Walter Dueñas Gamero


Miembro del Comité Miembro del Comité

1
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

ÍNDICE
I. BASE LEGAL 4
II.ALCANCES DEL REGLAMENTO 4
III.OBJETIVOS 4
IV.LIDERAZGO, COMPROMISO Y POLÍTICA DE SST 4
V.ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES 6
DE LA EMPRESA 6
DE LOS SUPERVISORES: 9
DE LOS TRABAJADORES: 9
DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 10
DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS 12
VI.ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN LAS
ACTIVIDADES ELÉCTRICAS 13
PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO ESPECÍFICOS DE OPERACIÓN Y
MANTENIMIENTO EN LA CENTRAL TÉRMICA 13
PROCEDIMIENTO E INSTRUCTIVO DE SGSST 15
REGLAS DE SEGURIDAD PARA EL TRABAJO 15
REGLAS DE SEGURIDAD CON LA ELECTRICIDAD 16
REGLAS DE SEGURIDAD PARA EQUIPOS ACCIONADOS CON ELECTRICIDAD 18
RECOMENDACIONES GENERALES PARA EVITAR ACCIDENTES ELECTRICOS 19
ESTÁ NDARES PARA PERSONAL OPERATIVO Y MANTENIMIENTO 21
DISTANCIAS MINIMAS DE SEGURIDAD 21
REGLAS DE SEGURIDAD EN ALMACENES 21
EQUIPO DE PROTECCIÓ N PERSONAL 21
COMPORTAMIENTO EN EL TRABAJO 22
INSTRUCCIONES GENERALES 23
LUGARES DE TRABAJO 24
TRANSPORTE DE PERSONAL Y DE MATERIALES 25
HERRAMIENTAS 25
MAQUINARIA Y EQUIPOS 26
REPARACIÓ N DE MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS 27
ESCALERAS PORTÁ TILES 27
TRABAJOS EN LUGARES ALTOS 28
GRÚ AS Y EQUIPO DE IZAJE 29
SOLDADURA 30
MANEJO DE VEHÍCULOS DE LA EMPRESA 31
TRABAJO EN ZONAS CON VAPOR DE AGUA 33
CALDERAS 33
GENERADOR DE LA TURBINA 33
SEGURIDAD EN OFICINA 33
ERGONOMIA EN EL USO DE MONITORES, COMPUTADORAS Y LAP TOP 33
HIGIENE DE LOS LOCALES: CONDICIONES AMBIENTALES,
CONSERVACIÓ N DE LOS LOCALES DE TRABAJO 36

VII. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y ACTIVIDADES


CONEXAS 36
LINEAS DE TRANSMISIÓ N 36
TRABAJOS EN CALIENTE 38

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

CENTROS DE TRANSFORMACION 38
SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓ N 39
VIII.ESTÁNDARES DE CONTROL DE LOS PELIGROS EXISTENTES Y RIESGOS
EVALUADOS 41
PERMISOS Y AUTORIZACIONES - FORMATO DE TRABAJO SEGURO 42
ACCIDENTES DE TRABAJO 42
NOTIFICACIÓN E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES 44
IX.PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIA 44
SISMO Y TSUNAMI 45
PREVENCIÓN DE INCENDIOS 46
PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS 47
CONDICIONES GENERALES: 47
AGUA: ABASTECIMIENTO USO Y EQUIPO 47
EXTINTORES PORTÁTILES 47
SIMULACROS DE INCENDIOS 48
ALMACENAJE DE SUSTANCIAS INFLAMABLES 48
ELIMINACIÓN DE RESIDUOS 49
SEÑALES DE SEGURIDAD 49
DIMENSIONES DE LAS SEÑALES DE SEGURIDAD 49
APLICACIÓN DE LOS COLORES Y SÍMBOLOS DE SEGURIDAD 50
PRIMEROS AUXILIOS 52
GENERALIDADES: 52
REGLAS GENERALES: 52
BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS: 54
X.DIRECTIVAS ACERCA DE LA SEGURIDAD EN LAS OFICINAS
ADMINISTRATIVAS Y DE ATENCIÓN AL PÚBLICO 56
XI.DISPOSICIONES SOBRE MEDIDAS DE INSPECCIÓN Y SEGURIDAD EN EL
TRABAJO 59
XII.SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL RISST 60

3
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO


DE SHOUGESA - 2018

I. BASE LEGAL

Nuestra empresa, Shougang Generació n Eléctrica S.A.A., se dedica al rubro de


Generació n de Energía Eléctrica; y en cumplimiento a la R.M 111-2013-
MEM/DM: Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con Electricidad -
2013, Ley 29783: Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, su modificatoria
Ley n° 30222, D.S. 005-2012-TR: Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud
en el Trabajo y sus modificatorias; elabora su Reglamento Interno de
Seguridad y Salud en el Trabajo el cual es revisado y aprobado
perió dicamente por el Comité SST.
Las infracciones a las normas contenidas en el presente Reglamento Interno
de Seguridad y Salud en el Trabajo, será n sancionadas de acuerdo a los
Procedimiento Internos de la empresa y Reglamento Interno de Trabajo.

II. ALCANCE DEL REGLAMENTO

Art. 1.- El alcance de este Reglamento Interno se aplica a todas las


actividades, servicios, procesos que desarrolla SHOUGESA en todas
sus instalaciones o en las de su cliente bajo la supervisió n de
SHOUGESA. Por otra parte, establece funciones y responsabilidades
que con relació n a la seguridad y salud en el trabajo deben cumplir
obligatoriamente todos los trabajadores, incluyendo al personal
sujeto a los regímenes de intermediació n y tercerizació n y los que
prestan servicios de manera independiente, siempre que estos
desarrollen sus actividades totales o parcialmente en las
instalaciones de SHOUGESA o bajo su supervisió n .

III. OBJETIVOS

Art. 2.- El presente Reglamento tiene como objetivos:


a. Garantizar las condiciones de seguridad y salvaguardar la vida,
integridad física y el bienestar de los trabajadores, contratistas
mediante la prevenció n de los accidentes de trabajo y las
enfermedades profesionales.
b. Promover una cultura de prevenció n de riesgos laborales en los
trabajadores, contratistas, proveedores y todos aquellos que
presten servicios a la empresa, con el fin de garantizar las
condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
c. Propiciar el mejoramiento continuo de las condiciones de
seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, a fin de evitar y
prevenir dañ os a la salud, a las instalaciones o a los procesos, en
las diferentes actividades ejecutadas facilitando la identificació n
de los riesgos existentes, su evaluació n, control y correcció n.

4
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

d. Proteger las instalaciones y bienes de la empresa, con el objetivo


de garantizar la fuente de trabajo y mejorar la productividad
Art. 3.- Las Reglas de Seguridad no pueden ser modificadas sin previa
autorizació n expresa del Comité de Seguridad.

IV. LIDERAZGO, COMPROMISO Y LA POLITICA DE SEGURIDAD, SALUD Y


MEDIOAMBIENTE

LIDERAZGO Y COMPROMISO

Art. 4.- La Gerencia se compromete:


a. A liderar y brindar los recursos para el desarrollo de todas las
actividades en la organizació n y para la implementació n del
sistema de gestió n de seguridad y salud a fin de lograr su éxito en
la prevenció n de accidentes y enfermedades ocupacionales.
b. Asumir la responsabilidad de la prevenció n de accidentes de
trabajo y las enfermedades profesionales, fomentando el
compromiso de cada trabajador mediante el estricto
cumplimiento de disposiciones que contiene el presente
reglamento.
c. Proveer los recursos necesarios para mantener un ambiente de
trabajo seguro y saludable.
d. Establecer programas de seguridad y salud en el trabajo
definidos y medir el desempeñ o en la seguridad y salud, llevando
a cabo las mejoras que se justifiquen.
e. Operar en concordancia con las prá cticas aceptables de la
industria, y con pleno cumplimiento de las leyes y reglamentos
de seguridad y salud en el trabajo.
f. Investigar las causas de accidentes de trabajo, enfermedades
profesionales e incidentes y desarrollar acciones preventivas en
forma efectiva.
g. Fomentar una cultura de prevenció n de los riesgos laborales para
lo cual se inducirá , entrenará , capacitará y formará a los
trabajadores en el desempeñ o seguro y productivo de sus
trabajos.
h. Mantener un alto nivel de alistamiento para actuar en caso de
emergencia, promoviendo la integració n de apoyo externo
(enfermería, bomberos, policías, etc.)
i. Exigir que los proveedores y contratistas cumplan con todas las
normas aplicables de seguridad y salud en el trabajo.
j. Respetar y cumplir las normas vigentes sobre la materia.

POLITICA DE SEGURIDAD Y SALUD

Art. 5.- SHOUGESA es una empresa dedicada a la generació n de energía


eléctrica. La Alta Direcció n orientada por su cultura corporativa y consciente

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

de la necesidad de proteger a sus trabajadores y el medio ambiente, se


compromete a:

a. Fomentar y garantizar la seguridad y salud en el trabajo, así como el cuidado


del medio ambiente, para lo cual desarrollamos acciones orientadas a la
prevenció n de riesgos laborales, lesiones a la salud, contaminació n del medio
ambiente y la mejora continua de estas.
b. La Empresa considera que su capital má s importante es su personal y
consciente de su responsabilidad social se compromete a generar condiciones
para la existencia de un ambiente de trabajo seguro y saludable.
c. Identificamos y controlamos los impactos ambientales significativos, que
pueden ser generados por la generació n de residuos, generació n de efluentes,
potenciales fugas y derrames de líquidos contaminantes, potenciales incendios,
entre otros.
d. Identificamos y controlamos los riesgos críticos de seguridad y salud
ocupacional, tales como: riesgos locativos, mecá nicos, físicos, químicos,
bioló gicos, ergonó micos y psicosociales en concordancia con la normatividad
pertinente
e. Cumplir con la legislació n nacional vigente relativa a la seguridad, salud y
medio ambiente aplicable a nuestro sector y otros compromisos a la que nos
suscribimos
f. Promover la innovació n y mejorar la eficacia y la eficiencia de nuestras labores.
g. Fomentar la motivació n, formació n y capacitació n del trabajador para que
efectú en su trabajo cumpliendo las disposiciones de Seguridad, Salud
Ocupacional y Medio Ambiente.
h. Garantizar la consulta y participació n del trabajador y sus representantes en el
desarrollo de las actividades que contempla nuestro sistema de gestió n de
seguridad, salud en el trabajo y cuidado del medio ambiente.

Esta Política será difundida a nivel de todos los trabajadores que laboran
para la organizació n o en nombre de ella; siendo revisada en forma
permanente.
La presente Política se encontrará a disposició n en la pá gina web:
www.shougesa.com.pe.

V. ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES

DE LA EMPRESA:

Art. 6.- La Empresa asume su responsabilidad en la organizació n del Sistema


de Gestió n en Seguridad y Salud en el Trabajo; y, garantiza el cumplimiento
de todas las obligaciones en seguridad y salud en el trabajo, El costo de las
medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo no debe recaer de modo
alguno sobre los trabajadores por lo cual son sus obligaciones las siguientes:

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

a. Responsabilizarse frente al Estado y terceros respecto al cumplimiento


del Reglamento, por sí misma o por sus contratistas (incluye
subcontratistas). El contratista responde frente a la Entidad por el
cumplimiento del Reglamento por parte de sus propios trabajadores.
b. Responsabilizarse de la prevenció n y conservació n del lugar de trabajo
que esté construido, equipado y dirigido de manera que suministre una
adecuada protecció n a los trabajadores en las instalaciones de
SHOUGESA.
c. Adoptar un sistema eficaz de control para que sus contratistas cumplan
con el Reglamento y demá s normas de seguridad, previniendo la
ocurrencia de accidentes.
d. Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos los
aspectos relacionados con las actividades que se desarrollen en sus
instalaciones, mediante la elaboració n de Procedimientos de trabajos
específicos para las actividades determinadas con riesgo no tolerable,
así como de una eficaz supervisió n para su cumplimiento.
e. Realizar y mantener actualizada una completa evaluació n y control de
los riesgos existentes en las diferentes actividades de la empresa e
instruir a los trabajadores de Shougesa y contratistas a efectos de que el
trabajador conozca de manera fehaciente los riesgos a los que está
expuesto y las medidas preventivas.
f. La Entidad realizará auditorías perió dicas a fin de que se compruebe si
el Sistema de Gestió n en la Entidad es el adecuado para la prevenció n
de los riesgos laborales. En la consulta sobre la selecció n del auditor
externo y en todas las fases de la auditoría, incluido el aná lisis de los
resultados de la misma, se requerirá la participació n de los trabajadores
o sus representantes.

g. Las auditorías a que se refiere el literal d) deben permitir a la


administració n de la Entidad que la estrategia global del Sistema de
Gestió n logre los fines previstos y determinar, de ser el caso, cambios en
la política y objetivos del Sistema. Sus resultados deben ser
comunicados al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, a los
trabajadores y a sus representantes.

h. Otorgar, supervisar y, cuando corresponda, realizar ensayos perió dicos


de los equipos de protecció n e implementos de seguridad entregados a
sus trabajadores de acuerdo con las disposiciones del presente
Reglamento y las Normas Técnicas Peruanas (NTP) de INDECOPI, en
ausencia de NTP conforme a normas internacionales lEC "Internacional
Electrotechnical Commission" o ISO "International Organization for
Standarization"; o de normas reconocidas tales como: ANSI "American
Nacional Standards Institute", ASTM "American Society for Testing and
Materials", entre otras, para los casos en que no estén considerados
tanto en las Normas Técnicas Peruanas o internacionales

i. Cumplir con lo dispuesto por el Có digo Nacional de Electricidad y


demá s normas técnicas aplicables.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

j. Ser responsable de la prevenció n y conservació n del local de trabajo


asegurando de que esté construido, equipado y dirigido de manera que
suministre una adecuada protecció n a los trabajadores, contra
accidentes que afecten su vida, salud e integridad física.
k. Garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en el desempeñ o de
todos los aspectos relacionados con su labor, en el centro de trabajo o
con ocasió n del mismo.
l. Garantizar, oportuna y apropiadamente, capacitació n y entrenamiento
en seguridad y salud en el centro y puesto de trabajo o funció n
específica, tal como se señ ala a continuació n:
1. Al momento de la contratació n, cualquiera sea la modalidad o
duració n.
2. Durante el desempeñ o de la labor.
3. Cuando se produzcan cambios en la funció n o puesto de trabajo o en
la tecnología.
m. Realizar no menos de cuatro capacitaciones al añ o en materia de
seguridad y salud en el trabajo.
n. Brindar facilidades econó micas y licencias con goce de haber para la
participació n de los trabajadores en cursos de formació n en la materia.
o. La empresa proporcionará a sus trabajadores de los equipos de
protecció n personal de acuerdo a la actividad que realicen y dotará a la
maquinaria de resguardos y dispositivos de control necesarios para
evitar accidentes.
p. Elaborar un mapa de riesgos con la participació n de los trabajadores, el
cual debe exhibirse en un lugar visible.
q. Desarrollar acciones permanentes con el fin de perfeccionar los niveles
de protecció n existentes.
r. Identificará las modificaciones que puedan darse en las condiciones de
trabajo y dispondrá de lo necesario para la adopció n de medidas de
prevenció n de los riesgos laborales.
s. Adjuntar al contrato de trabajo la descripció n de las recomendaciones
de seguridad y salud en el trabajo.
t. Garantizar que las elecciones de los representantes de los trabajadores
al Comité SST se realicen a través de las organizaciones sindicales; y en
su defecto, a través de elecciones democrá ticas de los trabajadores.
u. Garantizar el real y efectivo trabajo del Comité SST, asignando los
recursos necesarios.
v. Practicar exá menes médicos antes, durante y al término de la relació n
laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos a los que está n
expuestos en sus labores, a cargo del empleador.
w. Informa a los trabajadores a título personal, sobre los resultados de los
informes médicos previos a la asignació n de un puesto de trabajo y los
relativos a la evaluació n de su salud. Los resultados de los exá menes
médicos, al ser confidenciales, no pueden ser utilizados para ejercer
discriminació n alguna contra los trabajadores en ninguna circunstancia
o momento.
x. Entregar a cada trabajador copia del reglamento interno de
seguridad y salud en el trabajo.

8
REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 7.- SUPERVISOR


El supervisor son todos aquellos trabajadores encargados de un
trabajo que tiene mando directo sobre uno o má s trabajadores y
tienen las siguientes obligaciones y derechos.

Tienen las siguientes obligaciones:

a. Hacer cumplir las disposiciones del presente RISST a los trabajadores,


contratistas y visitantes bajo su supervisió n.
b. Informar a su personal de los riesgos potenciales en las tareas que
ejecutará n y reforzarlo en las Instrucciones Previas en el lugar de
trabajo y Charla de 5 minutos.
c. Acercarse a otros que no estén bajo su supervisió n pero que puedan
estar en riesgo para ayudarlos a evitarlo y reportarlo (F-042)
d. Reportar casos de indisciplina por incumplimiento del presente RISST.
e. Proponer formas de mejorar los procedimientos, el presente RISST y
las instalaciones para mejorar las condiciones de seguridad, salud y
medio ambiente.
f. Estimular y controlar a través de su participació n activa, el
cumplimiento de los está ndares de los sistemas de gestió n de SST y
efectuar las correcciones que resulten necesarias.
g. Elaborar los procedimientos de tareas críticas.
h. Participar en el proceso de investigació n de los incidentes sin lesió n
personal, así como la aplicació n de la suspensió n del trabajo por
ausencia de condiciones de seguridad, cuando corresponda.
i. Verificar que el personal se encuentre habilitado en las tareas críticas
asignadas (trabajo de izaje, trabajo en caliente, trabajo en altura,
trabajo en espacio confinado)

DE LOS TRABAJADORES:
Art. 8.- Todos los trabajadores de la empresa cualquiera sea su relació n
(incluyendo de contratistas de ser el caso) está n obligados a cumplir
las normas contenidas en este RISST y otras disposiciones
complementarias. En ese sentido:
a. Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los
programas de seguridad y salud en el trabajo.
b. Usar adecuadamente los instrumentos y materiales de trabajo,
así como los equipos de protecció n personal y colectiva, siempre
y cuando hayan sido previamente informados y capacitados
sobre su uso.
c. No operar o manipular equipos, maquinarias, herramientas u
otros elementos para los cuales no hayan sido autorizados.
d. Deben informar al Coordinador SMA y jefe inmediato los
accidentes e incidentes ocurridos por menores que éstos sean.
e. Cooperar y participar en el proceso de investigació n de los
accidentes de trabajo y de las enfermedades ocupacionales
cuando la autoridad competente lo requiera o cuando, a su

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

parecer, los datos que conocen ayuden al esclarecimiento de las


causas que los originaron.
f. Ningú n trabajador intervendrá , cambiará , desplazará , dañ ará o
destruirá los dispositivos de seguridad o aparatos destinados
para su protecció n, o la de terceros, ni cambiará las directivas o
procedimientos adoptados por la empresa.
g. Antes de iniciar cualquier trabajo debe cerciorarse de que su
labor no implique un peligro o posibilidad de accidente para
usted u otras personas. Alguien puede encontrarse en un lugar
donde usted no lo observa y puede resultar víctima de un
accidente como resultado del trabajo o labor que usted realiza.
Siempre esté alerta de su propia seguridad y la de todos los que
confían en usted.
h. Notifique de inmediato a su supervisor cuando encuentre y
observe cualquier condició n insegura de trabajo, método y
prá ctica que entrañ a peligro, así como herramientas o equipos
defectuosos y reportarlo haciendo uso F-42.
i. Es responsabilidad de todo trabajador evitar en todo momento
cualquier posibilidad de accidente en su persona o en la de sus
compañ eros de trabajo.
j. Participar en la identificació n de los peligros y la evaluació n de
los riesgos al interior de cada unidad empresarial y en la
elaboració n del mapa de riesgos.
k. Mantendrá condiciones de orden y limpieza en todos los lugares
y actividades.
l. Está n prohibidas las bromas, juegos bruscos y bajo ninguna
circunstancia trabajar bajo el efecto de alcohol o estupefacientes.
m. Someterse a los exá menes médicos a que estén obligados por
norma expresa, siempre y cuando se garantice la
confidencialidad del acto médico.
n. Participar en los organismos paritarios, en los programas de
capacitació n y otras actividades destinadas a prevenir los riesgos
laborales que organice su empleador o la autoridad
administrativa de trabajo, dentro de la jornada de trabajo.
o. Responder e informar con veracidad a las instancias pú blicas que
se lo requieran, caso contrario es considerado falta grave sin
perjuicio de la denuncia penal correspondiente.

DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO


Art. 9.- La empresa contará con un Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo, debiendo sentar en un Libro de Actas todos los acuerdos
adoptados en cada sesió n y el cumplimiento de las mismas en el
plazo previsto.
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrá las siguientes
responsabilidades y funciones:
a. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de
trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

funciones, así como los procedentes de la actividad del servicio


de seguridad y salud en el trabajo.
b. Asegurar que todos los trabajadores conozcan el Reglamento
Internos de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa.
c. Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo.
d. Aprobar el Plan Anual de Capacitació n de los trabajadores sobre
seguridad y salud en el trabajo.
e. Aprueba el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
f. Vigilar el cumplimiento del Reglamento Interno de Seguridad y
Salud en el Trabajo de la empresa.
g. Investigar las causas de todos los incidentes, accidentes y de las
enfermedades ocupacionales que ocurran en el centro de trabajo,
emitiendo las recomendaciones respectivas para evitar la
repetició n de los mismos.
h. Verificar el cumplimiento y eficacia de sus recomendaciones para
evitar la repetició n de los accidentes y la ocurrencia de
enfermedades profesionales.
i. Hacer visitas de inspecció n perió dicas en las á reas
administrativas, á reas operativas, instalaciones, maquinaria y
equipos en funció n de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
j. Puede solicitar asesoría de la autoridad competente en seguridad
y salud en el trabajo para afrontar problemas relacionados con la
prevenció n de riesgos en el trabajo en la empresa, de acuerdo a
las disposiciones legales vigentes.
k. Hacer recomendaciones para el mejoramiento de las condiciones
relacionadas con la Seguridad y Salud en el Trabajo y verificar
que se lleven a efecto las medidas acordadas y evaluar su
eficiencia.
l. Promover la participació n de todos los trabajadores en la
prevenció n de los riesgos del trabajo, mediante la comunicació n
eficaz, la participació n de los trabajadores en la solució n de los
problemas de seguridad, la inducció n, la capacitació n, el
entrenamiento, concursos, simulacros, etc.
m. Propicia la participació n activa de los trabajadores y la formació n
de estos, con miras a lograr una cultura preventiva de Seguridad
y Salud en el Trabajo, y promueve la resolució n de los problemas
de seguridad y salud generados en el trabajo.
n. Analizar y emitir informes de las estadísticas de los incidentes,
accidentes y enfermedades ocupacionales ocurridas en la
empresa cuyo registro y evaluació n deben ser constantemente
actualizados por la unidad orgá nica de seguridad y salud en el
trabajo de la empresa.
o. Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios.
p. Supervisar los servicios de Seguridad y Salud en el trabajo y la
asistencia y asesoramiento al empleador y al trabajador.
q. Asegurar que todos los trabajadores reciban una adecuada
formació n sobre Seguridad y Salud en el Trabajo.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

r. Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los


acuerdos y propuestas del Comité.
s. Reportar a la Sub Gerencia General, la siguiente informació n:
1. Reporte de cada accidente mortal dentro de las veinticuatro
(24) horas de ocurrido.
2. Investigació n de cada accidente mortal y medidas correctivas
adoptadas dentro de los diez (10) días de ocurrido.
3. Reportes trimestrales de estadística de accidentes, incidentes
y enfermedades ocupacionales.
4. Actividades trimestrales del Comité de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
t. Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los
acuerdos.
u. Reunirse mensualmente en forma ordinaria para analizar y
evaluar el avance de los objetivos establecidos en el programa
anual, y en forma extraordinaria para analizar los accidentes
graves o cuando las circunstancias lo exijan.
v. Proponer sanciones administrativas por el incumplimiento del
Reglamento Interno de Seguridad en la Entidad y proponer
reconocimiento al desempeñ o del personal que destaque por sus
acciones o aportes a favor de la prevenció n.
a. Debe desarrollar sus funciones con sujeció n a lo señ alado en la
Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, no
estando facultado a realizar actividades con fines distintos a la
prevenció n y protecció n de la seguridad y salud.
b. Coordina y apoya las actividades de los subcomités conformados
en representació n del Comité SST, para desarrollar actividades de
investigació n de incidentes y accidentes, auditoria externa, entre
otros.
c. Realiza sus actividades en coordinació n con el Á rea de Seguridad
y Medioambiente.

Art. 10.- El CSST tendrá una vigencia de (02) dos añ os y es conformado por 8
miembros titulares. Los miembros de la parte trabajadora (4
titulares, 2 suplentes) ejercerá n sus cargos por un período de 2 añ os,
será n elegidos en elecciones internas. Los miembros de la parte
empleadora (4 titulares, 2 suplentes) ejercerá n sus cargos por un
período de 4 añ os, será n designados por la Sub Gerencia General.

DE LAS EMPRESAS QUE BRINDAN SERVICIOS


Art. 11.- Toda empresa contratista deberá garantizar:

a. El contratista para el cumplimiento de los servicios, cuenta con


personal debidamente especializado y con las calificaciones y
especializaciones que cada labor requiera.
b. El contratista designará un supervisor que será el encargado de hacer
seguimiento a las actividades y labores realizadas por su personal, así

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

como evaluarlo de forma permanente a efectos de asegurar una


correcta prestación del servicio
c. En la ejecución del servicio, el contratista cumplirá con las normas
aplicables al sector eléctrico, así como con las normas sobre salud y
seguridad ocupacional y medio ambiente.
d. El contratista cumplirá con los estándares, procedimientos y buenas
prácticas de la industria, así como las establecidas en las normas
siguientes implementadas por SHOUGESA (Ley de SST, su
reglamento, Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con
Electricidad, Código Nacional de Electricidad)
e. Efectuar el aná lisis de riesgo antes de iniciar sus trabajos,
implementar las medidas de mitigació n correspondientes y
difundir a sus trabajadores el resultado del aná lisis. Cuando
aparezcan nuevos riesgos o se modifiquen los existentes se
volverá a efectuar el aná lisis, aplicar las nuevas medidas de
mitigació n y efectuar la difusió n a sus trabajadores y otras
personas que estuvieran en riesgos.
f. Proveer a sus trabajadores de los implementos, equipos de
protecció n personal y ropa de trabajo de acuerdo a los
está ndares de SHOUGESA, siendo de su responsabilidad el uso
que hagan sus trabajadores de dichos implementos.
g. Adoptar las medidas necesarias para que sus trabajadores
reciban la informació n y las instrucciones adecuadas, con
relació n a los riesgos existentes en las diferentes actividades, así
como las medidas de protecció n y prevenció n correspondientes.
h. Cubrir el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo a los
trabajadores para efectos de la cobertura por accidente de
trabajo, enfermedades ocupacionales y cobertura de pensiones,
así como de las pó lizas de accidentes, de acuerdo con la
legislació n laboral vigente.
i. Presentar la relació n de su personal debiendo incluir su
documento de identidad y especialidad u oficio y grupo.
j. Informar en caso de accidente o incidente peligroso al Ministerio
de Trabajo y Promoció n del Empleo.
k. Efectuar a sus empleados un examen médico ocupacional inicial y
anual, que se ajuste a las normas determinadas por ley.

VI. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EN LAS


ACTIVIDADES ELÉCTRICAS
PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE GESTIÓ N DE SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO, TRABAJO ESPECÍFICOS DE OPERACIÓ N Y MANTENIMIENTO EN
LA CENTRAL TÉ RMICA: Cada trabajador deberá estar completamente
familiarizado con los contenidos de este reglamento y todos los procedimientos,
estándares e instructivos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el
Trabajo puesto que aplican a sus actividades de trabajo.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 12.- La Central Térmica San Nicolá s cuenta con Procedimientos


específicos para actividades de Operació n, cuya relació n se muestra a
continuació n:

1. Procedimiento de Arranque de Unidades de la Central.


2. Procedimiento de Operació n de la Unidad Cummins
3. Procedimiento de maniobras SGEO-001 “Sincronizació n de la
Unidad TV1 de la C.T. San Nicolá s”.
4. Procedimiento de maniobras SGEO-002 “Sincronizació n de la
Unidad TV2 de la C.T. San Nicolá s”.
5. Procedimiento de maniobras SGEO-003 “Sincronizació n de la
Unidad TV3 de la C.T. San Nicolá s”.
6. Procedimiento de maniobras SGEO-004 “Conexió n de la Celda No
1 con el Sistema (Unidades de la C.T. San Nicolá s sin operar)
7. Procedimiento de maniobras SGEO-005 “Conexió n de la Celda No
2 con el Sistema (Unidades de la C.T. San Nicolá s sin operar)
8. Procedimiento de maniobras SGEO-006 “Conexió n de la Celda No
3 con el Sistema (Unidades de la C.T. San Nicolá s sin operar)
9. Procedimiento de maniobras SGEO-007 “Conexió n de la Celda No
1 con el Sistema (Unidades de la C.T. San Nicolá s en servicio
aislado)
10. Procedimiento de maniobras SGEO-008 “Conexió n de la Celda No
2 con el Sistema (Unidades de la C.T. San Nicolá s en servicio
aislado)
11. Procedimiento de maniobras SGEO-009 “Conexió n de la Celda No
3 con el Sistema (Unidades de la C.T. San Nicolá s en servicio
aislado)
12. Procedimiento de maniobras SGEO-010 “Desconexió n de la
Unidad TV1 del Sincronismo con el Sistema C.T. San Nicolá s”.
13. Procedimiento de maniobras SGEO-011 “Desconexió n de la
Unidad TV2 del Sincronismo con el Sistema C.T. San Nicolá s”.
14. Procedimiento de maniobras SGEO-012 “Desconexió n de la
Unidad TV3 del Sincronismo con el Sistema C.T. San Nicolá s”.
15. Procedimiento de maniobras de desconexió n y conexió n en la
Línea L-6629 de 60 KV.
16. Procedimiento de maniobras de la S.E. Mina de conexió n y
desconexió n de 34,5 KV.
17. Procedimiento de maniobra de desconexió n y conexió n en línea
2299 y S.E. El Hierro 220kv y 22.9kv.
18. Procedimiento de maniobras para mantenimiento de S.E. Jahuay
en 60kv.
19. Procedimiento de Interrupciones por fallas en la S.E. Mina.

PROCEDIMIENTO E INSTRUCTIVOS DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE


SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

1. Elaboració n de Permiso de Trabajo


2. Identificació n de Peligros y Evaluació n de Riesgos

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

3. Investigació n de Accidentes e Incidentes


4. Control documentario
5. Comunicació n Interna y Externa
6. Elaboració n del Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en
el Trabajo
7. Seguimiento del desempeñ o del Sistema de Gestió n de SST
8. Inspecciones de Seguridad
9. Capacitació n y entrenamiento en SST
10. Manipulació n, Almacenamiento y Disposició n final de Sustancias
Peligrosas
11. Gestió n Contraincendio
12. Uso Seguro de vehículos

INSTRUCTIVOS DEL SISTEMA DE GESTIÓ N DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL


TRABAJO
1. Trabajo en altura
2. Uso de Andamio y Escalera
3. Manejo de Equipos de protecció n Personal
4. Inspecció n de Herramientas Manuales y Equipos portá tiles
5. Manipulació n Manual de Cargas
6. Reporte de Actos y Condiciones Subestá ndares

Art. 13.- Para las actividades de Construcció n y Mantenimiento contamos con


está ndares de seguridad y salud en el trabajo los cuales deben de ser
cumplidos obligatoriamente por todo el personal en la realizació n de cada
trabajo específico que se desarrolla en SHOUGESA.

REGLAS DE SEGURIDAD PARA EL TRABAJO

Cada trabajador debe estudiar cuidadosamente (no simplemente leer) aquellas


reglas de seguridad aplicables a sus funciones asignadas. El cumplimiento de
estas reglas de seguridad tiene cará cter obligatorio y se consideran como
requisitos para el empleo. Si se le ordena a un trabajador realizar una labor
que podría ser de alto riesgo y él considera que no se le brindan las
condiciones de protecció n adecuadas, deberá comunicar a su supervisor
(personal responsable del trabajo y/o que tiene personal a mando) dicha
situació n. El supervisor analizará el caso y procederá a brindar las condiciones
ó ptimas de seguridad y salud. Si el trabajador no considera que se han cubierto
sus requerimientos para un trabajo seguro, se procederá a la suspensió n del
trabajo. Estas reglas representan los requisitos mínimos y está n destinadas
solamente a cubrir condiciones típicas.
Los trabajadores deben consultar a su supervisor al tratar condiciones no
contempladas en estas reglas.

Art. 14.-Todo trabajador ingresante, está obligado a recibir charlas de


inducció n, así como cuando es promocionado y/o cambia de
funciones.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 15.-Todo trabajador está obligado a respetar y no retirar las tarjetas de


seguridad colocadas para cerrar una llave de arranque de cualquier
motor – maquinaria.
Art. 16.-Cuidar de no limpiar con agua muy cerca de los motores eléctricos,
existe peligro de electrocutarse, explosió n y de quemarse el motor.
Art. 17.-Só lo personal autorizado puede manipular el puente grú a y camió n
grú a.
Art. 18.-Estar siempre atento al caminar sobre pisos de parrilla.,
Art. 19.-No usar aire comprimido para limpiar el polvo de la ropa, debido a
que el polvo puede introducirse en la piel ocasioná ndole irritaciones
y molestias.
Art. 20.-Después de mezclar algunos productos químicos (reactivos,
soluciones, tó xicos, etc.), no hay que tocarse los ojos y siempre usar
un equipo de protecció n ocular.
Art. 21.-El personal que maneja cilindros de gases comprimidos debe de ser
adiestrado en forma especial y conocer los peligros que éstos
encierran.
Art. 22.-Cualquier fuente de fuga de gases tó xicos dentro de un ambiente de
trabajo debe ser eliminada rá pidamente.
Art. 23.-Cuando se use agua y/o aire a presió n para desataros, el empalme de
la maquinaria deberá estar bien seguro, así se evitará brusca salida
de aire, pudiendo ocasionar un serio accidente, principalmente a la
vista.
Art. 24.-Al encender quemadores de petró leo, hacerlo con mucho cuidado,
abriendo lentamente la vá lvula de encendido para evitar posibles
quemaduras al estar muy cerca y hacerlo violentamente.
Art. 25.-Todos los materiales peligrosos deben ser guardados en
contenedores aprobados y debidamente etiquetados de acuerdo a
las normas de almacenaje de SHOUGESA.

REGLAS DE SEGURIDAD CON ELECTRICIDAD

Art.26.- Efectos de la Corriente Eléctrica en el Cuerpo Humano: Los trabajadores


pueden innecesariamente arriesgar la vida por desconocimiento de los peligros
que encierra la electricidad; por lo tanto, deben tener presente lo siguiente:

a) Los factores físicos de la electricidad que actúan sobre el cuerpo humano son:
la intensidad de corriente (I) que fluye a través del cuerpo, la tensión eléctrica
(V), el tiempo que dura el contacto y la frecuencia de la corriente.

b) Los factores fisiológicos son: la resistencia (R) del cuerpo humano,


compuesta por la resistencia interna y la resistencia epidérmica que alcanza
unos 2 000 Ohm. (Piel húmeda, trabajos físicos, espesor de la piel, entre
otros) y las condiciones físicas del accidentado, edad, corpulencia,
enfermedades al corazón, riñones, etc. (Fig. Nº 1 Efecto de la corriente
eléctrica en el cuerpo humano en BT).

c) Existen peligros para la persona a partir de los 25 mA. Por tanto, son
peligrosas las tensiones superiores a: 50 Voltios, ello debido a que aplicando
la Ley de OHM: V = I x R = 25 mA x 2 000 Ohm. = 50 V.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

d) El paso de la corriente eléctrica a través del cuerpo humano puede originar


paro respiratorio, fibrilación ventricular, paro cardiaco, quemaduras externa e
interna y daños al sistema nervioso.

Fig. 1

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

REGLAS DE SEGURIDAD PARA EQUIPOS ACCIONADOS CON


ELECTRICIDAD

Art. 27.- Para desenergizar una má quina que se encuentra trabajando,


primero apá guela con el interruptor o botó n de parada, y luego
proceda a desenchufarla.
Art. 28.- Para reparar equipo eléctrico o mecá nico accionado por motores
eléctricos, primero se debe cortar la energía en el interruptor
principal y luego poner su tarjeta de seguridad. No se debe colocar
la tarjeta en circuitos o controles secundarios.
Art.29.- Antes de iniciar el trabajo en un circuito, equipo u otro aparato que se encuentra fuera
de servicio, los trabajadores deben asegurarse que los aparatos se encuentren
físicamente inoperativos y que una tarjeta de liberación o de protección, marca o
dispositivos de candado está colocado adecuadamente en el aparato de control.
Art. 30.- Ningún interruptor, regulador, válvula u otro dispositivo usado para poner en servicio un
circuito o equipo debe operarse mientras tenga una tarjeta de liberación o protección u
otro dispositivo similar.
Art. 31.- Una tarjeta de liberación o protección, u otro mecanismo similar colocada para la
protección de los trabajadores debe quitarse solamente con la autorización de las
personas cuyos nombres figuran en las tarjetas y sólo después que el trabajo ha sido
terminado y los trabajadores y herramientas están libres.
Art. 32.- Para realizar trabajos en lugares altos, debe usarse arnés de
seguridad, la cual debe sujetarse a un nivel superior del que se está
trabajando o al mismo. Nunca asegurar la correa a un nivel inferior.
Art. 33.- Al desenchufar un tomacorriente, tire del enchufe y no del cable,
porque al tirar del cable puede ocasionar un “Corto Circuito “o
desconectar el cable del enchufe.
Art. 34.- Para cambiar fusibles, primero corte la energía con el interruptor
principal y después proceda al cambio.
Art. 35.- No cambie instalaciones permanentes con instalaciones
provisionales, éstas quedan expuestas a cualquier desperfecto.
Art. 36.- Para usar instalaciones provisionales, primero revisar que reú nan
las condiciones siguientes:
a. Los cables sean de un calibre apropiado para soportar la carga
que se le va a instalar.
b. Si va a ser expuesta a solventes, agua, aceite o temperaturas
elevadas, el cable debe ser apropiado para dicho uso.
Art. 37.- Todo equipo giratorio como son poleas, coplas o fajas de motores
generadores, engranajes de grú as, tornos, molinos, y otros, deben
ser protegidos con guardas.
Art. 38.- Antes de enchufar o conectar una má quina, cerciorarse que el
interruptor o botó n de arranque se encuentre en la posició n de
apagado (OFF), para evitar destruir el enchufe y el tomacorriente o
causar otros dañ os.
Art. 39.- Para realizar trabajos en equipos con tensiones superiores a 440
voltios, primero cortar el suministro de corriente, después poner el
circuito a tierra para evitar una descarga o shock eléctrico. Para
poner el circuito a tierra debe usarse guantes especiales o pértigas
con mangos aislados.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 40.- Todas las má quinas que tengan circuitos eléctricos se les deben
instalar línea a tierra, para facilitar las posibles descargas.

RECOMENDACIONES GENERALES PARA EVITAR ACCIDENTES


ELECTRICOS: El grado de seguridad y los resultados logrados son
directamente proporcionales al esfuerzo puesto para el control de las condiciones,
prácticas y acciones humanas responsables de causar accidentes. Ninguna fase de
operaciones es de suma importancia como la de prevención de accidentes.

Art. 41.- No debe usar prendas u otros objetos metálicos que no sean parte de su
ropa o uniforme de trabajo, donde exista presencia de riesgo eléctrico.

Art. 42.- Recuerde y aplique las “cinco reglas de oro”: Corte efectivo de todas las
fuentes de tensión, enclavamiento o bloqueo de los aparatos de corte,
verificación de ausencia de tensión, poner a tierra y en cortocircuito
temporal todas las posibles fuentes de tensión que inciden en la zona de
trabajo y señalizar y demarcar la zona de trabajo.

Art. 43.- Conozca y respete las distancias de Seguridad de las instalaciones de


acuerdo a su nivel de tensión.

Art. 44.- No toque cables eléctricos que estén colgados o en el suelo. Considere
todo circuito con tensión, use sus guantes dieléctricos y revelador de
tensión para probar la ausencia del mismo.

Art. 45.- No intente reparar o ajustar ningún equipo eléctrico, a menos que haya
sido preparado y cuente con las competencias para efectuar dicha
actividad.

Art. 46.- Nunca trabaje solo en circuitos energizados, salvo haya recibido la
capacitación definida y se encuentre como personal habilitado para
dicha labor.
Art. 47.- Para trabajar en circuitos o equipos eléctricos debe usarse equipos de
protección personal e implementos de seguridad, señalizaciones, avisos,
bloqueos, herramientas y escaleras aisladas (fibra de vidrio), entre
otros.

Art. 48.- Cuando trabaje con herramientas eléctricas portátiles, revise el estado
de aislamiento de sus cables.

Art. 49.- Use separadores aislantes apropiados al nivel de tensión, para impedir
un contacto casual, cuando trabaje cerca a instalaciones con tensión.

Art. 50.- Use tarjetas de Seguridad personal cuando trabaje en circuitos eléctricos
liberados.
Art. 51.- Al prestar primeros auxilios a un compañero que sufrió una descarga
eléctrica, asegúrese de que no existe o persista el peligro que dio origen
al accidente, tenga presente la curva de Drinker, tiempo que se requiere
para auxiliarlo.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 52.- Use siempre equipos de protección personal e implementos de seguridad


con el nivel adecuado de aislamiento.
Art. 53.- Si tiene alguna duda pregunte, disípela antes de ejecutar el trabajo.

ESTANDAR PARA PERSONAL DE OPERACIÓ NES Y MANTENIMIENTO

Art. 54.- El personal que intervenga en una tarea operativa debe estar habilitado
para su ejecución, es decir contar con el permiso de trabajo.
Art. 55.- El supervisor debe realizar la instrucción previa en campo (antes charla
diaria) en la zona de trabajo a los miembros del equipo, reafirmar las
medidas para controlar los riesgos propios de la tarea, del entorno y
verificando las condiciones físicas - anímicas de los trabajadores y el
estado de los EPP a utilizarse. Esta instrucción debe efectuarse incluso
antes de la señalización de la zona. Casos particulares serán definidas
por la Superintendencia.
Art. 56.- Los trabajos de montaje o instalación de materiales o equipos, deben
ejecutarse conforme a las normas de distribución y/o a las
especificaciones incluidas en la ingeniería de detalle; en todos los casos
debe cumplirse con el Código Nacional de Electricidad. En caso que no
exista una norma específica de Shougesa, debe seguirse las
instrucciones del fabricante.

DISTANCIAS MINIMA DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO

Art. 56.- Todo trabajador deberá mantener una distancia mínima de


Seguridad a las instalaciones energizadas, mientras trabaje cerca de ellas,
para evitar que un movimiento involuntario pueda situarlo a una posició n
con riesgo de descarga eléctrica
Art. 57.- Para ello deberá tener en cuenta los Cuadros 1 y 2, en funció n del
nivel de tensió n.

Distancia vertical y radial desde los extremos de los brazos extendidos

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Distancia horizontal desde el eje del trabajador de pie

REGLAS DE SEGURIDAD EN ALMACENES

Art. 58.- Se restringirá el acceso a almacenes donde se guarden sustancias


peligrosas, segú n P.SMA.010 Manipulación, almacenamiento y
disposición de sustancias peligrosas.
Art. 59.- La carga y descarga de botellas de gases comprimidos en general, se
hará con sumo cuidado, contando con facilidades para su manipuleo
y evitando el uso de vehículos inadecuados.
Art. 60.-Todos los cilindros a presió n (Oxígeno, Acetileno, Hidró geno, CO2),
se almacenará n en forma vertical, separados y asegurados contra
posibles caídas.
Art. 61.- Se prohíbe fumar en los almacenes debido al peligro de incendios.
Art. 62.-Debe vigilarse el arrumado correcto, de tal manera que se haga el
amarre aconsejado para evitar la caída de rumas.
Art. 63.- Debe devolverse al proveedor todo material que no reú na las
condiciones de seguridad requeridas.
Art. 64.- Conserve todas las estaciones donde hay extinguidores libres de
material depositado, de manera que pueda llegarse a éstos
fá cilmente en caso necesario.
Art. 65.- Inspeccione su trabajo para que haya orden y limpieza; limpie y
amontone los materiales que no van a ser utilizados. Conserve los
corredores despejados hacia las puertas de escape.
Art. 66.- El almacenamiento de materiales inflamables debe tener la
ventilació n apropiada.

EQUIPO DE PROTECCIÓ N PERSONAL

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 67.- Todo equipo de protecció n personal (EPP), necesario para cada uno
de los trabajos, será entregado a cada trabajador de acuerdo a las
normas de la Empresa y dichos equipos deben cumplir los requisitos
que se especifican en el Reglamento de Seguridad y Salud en el
trabajo de las actividades Eléctricas. Art. 79 al 88. (Ropa de trabajo,
Protecció n Craneal, Auditiva, Facial, Visual, Protecció n de las Vías
respiratorias, Cinturones y arneses de Seguridad, Calzado de
Seguridad y Protecció n de las extremidades Superiores).
Art. 68.- El equipo general de protecció n personal debe ser usado durante las
horas de trabajo, a menos que se trate de equipo específico para una
determinada labor o tarea, caso en el que será usado por el
trabajador todo el tiempo que demore la ejecució n de dicha labor o
tarea, segú n los descrito en el I.SMA.003 Manejo de Equipos de
Protección Personal.
Art. 69.- El trabajador es responsable por el debido uso de su equipo de
protecció n personal y por el buen estado de conservació n y
mantenimiento del mismo, procediendo a cambiarlo cuando sea
necesario con la autorizació n del supervisor inmediato.
Art. 70.- En caso de pérdida de equipo de protecció n, el Coordinador de SMA
y/o supervisor responsable autorizará su reposició n. En caso de
pérdidas sucesivas la reposició n será a cuenta del trabajador.
Art. 71.- Los trabajadores que malogren, alteren o perjudiquen (ya sea por
acció n u omisió n) cualquier sistema, aparato o implemento de
seguridad e higiene, cualquier má quina o implemento de trabajo de
la Central e instalació n sujeta a este reglamento, o que incumplan las
reglas de seguridad establecidas, será n pasible de Medidas
Disciplinarias segú n Políticas y Procedimientos de la empresa.
Art. 72.- Queda terminantemente prohibido el ingreso de personas extrañ as a
la Central Térmica, u otros lugares de trabajo sin el equipo de
protecció n adecuado; los supervisores tomará n las medidas
necesarias para hacer cumplir esta prohibició n.

COMPORTAMIENTO EN EL TRABAJO

Art. 73.- En el trabajo está prohibido jugar, hacer bromas pesadas,


luchar, boxear o distraer a otro trabajador.
Art. 74.- Está prohibido incitar a pleitos, usar lenguaje incorrecto, crear
desorden o confusió n que pueda poner en peligro a otros
trabajadores o perjudiquen su eficiencia.
Art. 75.- Está n prohibidos en los lugares de trabajo tener o ingerir bebidas
alcohó licas o drogas narcó ticas.
Art. 76.- Los trabajadores que presenten síntomas de estar bajo influencia
alcohó lica o de drogas narcó ticas no será n admitidos en la Central
Térmica y otras instalaciones , ni será n transportados en vehículos
de la empresa, salvo cuando son conducidos para someterlos a
dosaje etílico.
Art. 77.- Los trabajadores que se presenten a trabajar en estado de
embriaguez o bajo la influencia de drogas narcó ticas será n puestos a
disposició n de la Administració n, quien gestionará la intervenció n

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

de la autoridad policial para la verificació n de los hechos, en


cumplimiento del art. 5, Inc. “F” del D. L. 24514, y concordado con el
D. S. 032-91-TR.
Art. 78.- Está prohibido dormirse en el trabajo, recuerde que el dormirse
puede ocasionar un accidente.
Art. 79.- No se debe correr ni saltar en los lugares de trabajo. Use siempre los
pasamanos en las escaleras. Tenga cuidado hasta en las oficinas.
Art. 80.- Durante el desempeñ o de las labores, queda prohibido la lectura de
material extrañ o a la tarea que se realiza; debido a las distracciones
y riesgos de accidentes que pueden ocasionar.
Art. 81.- Es obligació n de todo trabajador hacer buen uso de los servicios
higiénicos, evitando su deterioro.
Art. 82.- Queda terminantemente prohibido, el uso de los Celulares a las
personas NO AUTORIZADAS en las instalaciones de la Central
Térmica (Directiva No. 15) Así como en horas de trabajo sostener
reuniones para tratar asuntos sindicales u otros.
Art. 83.- Es mala educació n escupir en el suelo, cuando sea indispensable
arrojar salivas o flemas, há galo en los recipientes adecuados para
ello y no ocasione un medio de contagio para nadie.
Art. 84.-Los Residuos Industriales se depositará n en los recipientes de
acuerdo a su naturaleza: orgá nicos (marró n), no aprovechables
(negro), metá licos (amarillo), papeles (azul), vidrios (verdes),
plá sticos (blanco) y peligrosos (rojo).

INSTRUCCIONES GENERALES

Art. 85.- Cuando sea necesario remover pisos enrejados o cualquier otra
cubierta, o abrir canales, tuberías, zanjas, alcantarillas, etc., la
persona que lo hace debe poner inmediatamente avisos apropiados y
vallas o cuerdas alrededor del á rea abierta, con la finalidad de
protegerla. Si el trabajo no ha sido terminado al final de la guardia, se
dejará n las defensas apropiadas alrededor de las aberturas, ademá s
se colocará n señ ales luminosas.
Art. 86.- Cuando levante un peso desde el suelo; agarre firmemente,
mantenga sus brazos y espalda tan derechos como le sea posible.
Doble las rodillas y luego levante con los mú sculos de las piernas y
los brazos manteniendo la carga pegada al cuerpo. Al dejar el peso
adopte la misma posició n y, ademá s, tome las precauciones
necesarias para no machucarse los pies o las manos.
Art. 87.- Para mover cargas pesadas, solicite ayuda de otras personas o
emplee el equipo mecá nico que sea apropiado.
Art. 88.- Prohibido operar interruptores eléctricos, vá lvulas de aire, de vapor,
gases de soluciones químicas o de agua, sin antes asegurarse de que
no haya peligro para nadie y si encuentra aviso o tarjetas que digan
“PELIGRO PERSONAS TRABAJANDO”, no debe operar hasta que la
persona quien la colocó la retire o sea quitado por el Supervisor
responsable.
Art. 89.- Siempre esté alerta de no poner sus manos y dedos en lugares donde
pueden ser atrapados, es decir, donde haya maquinaría, motores,

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

otras piezas o bandas, en cualquier clase de movimiento ya sea éste


de rotació n o impacto.
Art. 90.- Cualquier dañ o que presenten las escaleras, plataformas, pasamanos
y otras instalaciones, deben ser reportados a su supervisor
inmediatamente. Al subir o bajar escaleras, há galo asegurá ndose en
los pasamanos.
Art. 91.- Evite caminar sobre pisos mojados, grasosos o aceitosos, cuando sea
necesario trabajar sobre estos pisos, tome las debidas precauciones,
cubra el aceite o grasas de los pisos con arena y cuando se retire del
á rea, limpie el aceite o grasa de sus zapatos o botas.
Art. 92.- Cuando use chorros de agua para limpieza, nunca haga salpicar agua
en o dentro de motores eléctricos, tableros o cajas de interruptores,
tomacorrientes u otro equipo eléctrico.
Art. 93.- Es obligatorio cuando se está esmerilando, usar ademá s de sus
lentes de seguridad, careta de soldar con la visera levantada, visera
plá stica o lentes de copa para asegurar una protecció n completa de
la vista y la cara.
Art. 94.- Está prohibido a todo trabajador pasar por debajo de las cargas
suspendidas en un equipo de Izaje.

LUGARES DE TRABAJO

Art. 95.- Cada trabajador es responsable de mantener ordenado y limpio su


á rea de trabajo. La limpieza deberá hacerse después de cada
trabajo o tarea. No abandone herramientas, cables, mangueras o
equipos que puedan ocasionar tropezones, caídas y resbalones.
Ninguna labor se considera terminada si el á rea de trabajo no
queda limpia y ordenada.
Art. 96.- Mientras realice cualquier trabajo o finalizado éste, todo material
debe ser almacenado, de tal forma, o manera que no caiga, ruede o
se pueda mover por sí mismo, y en lugares que no pueda causar
accidentes.
Art. 97.- Conserve la escalera, plataformas, corredores y pasadizos limpios
y libres de obstá culos. No deje desperdicios en lugares que
puedan ocasionar accidentes a otros trabajadores.
Art. 98.- Está prohibido usar gasolina y otros materiales inflamables o
tó xicos para sacar manchas o limpiar la ropa.
Art. 99.- Está terminantemente prohibido el uso de aire comprimido para
soplar el polvo de sus ropas o de su persona.
Art. 100.- Al abrir cajas o desarmar cosas de madera no dejar en las tablas
clavos sobresalientes.
Art. 101.- Es obligació n del trabajador cuidar que la zona donde realiza sus
tareas se encuentre libre de condiciones inseguras. Ademá s,
delimitará la zona de trabajo con cintas de seguridad.
Art. 102.- Manténgase alejado de cualquier peso suspendido por una Grú a,
siempre esté alerta de los movimientos de la Grú a.
Art. 103.- Enseñ ar al trabajador nuevo o inexperto a quien le toque cumplir
una tarea; la forma correcta y segura de hacerlo.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

TRANSPORTE DE PERSONAL Y DE MATERIALES

Art. 104.- Está terminantemente prohibido subir o saltar a un vehículo en


movimiento o bajar de él cuando no está completamente detenido.
Art. 105.- Incluyendo al Chofer, en las cabinas de los vehículos de la
Empresa; solo se permitirá viajar el siguiente nú mero de
ocupantes:
Automó vil: Cinco (05), Camió n: Tres (03), Camionetas cabina
simple: tres (3), Camioneta doble cabina: cinco personas (05).
Art. 106.- No se permitirá viajar parado o sentado en las barandas o puertas
de la tolva.
Art. 107.- Cuando se transporte materiales y personal a la vez en la tolva de
un camió n o camioneta, los materiales tienen que estar
debidamente asegurados para evitar que puedan moverse o rodar
y causar un accidente al personal.
Art. 108.- Está restringido el transportar en vehículos de la empresa
(camionetas, camiones) a personas que no son trabajadores de la
empresa, salvo bajo autorizació n de Superintendencia, Sub
Gerencia de Operaciones o Administració n.
Art. 109.- El chofer y pasajeros deberá n usar obligatoriamente los
cinturones de seguridad.
Se prohíbe jugar o hacer bromas dentro de estos vehículos.
Art. 110.- Cuando se traslada un equipo pesado o un vehículo grande, se
debe enviar una camioneta delante como aviso de prevenció n
para vehículos que transitan en sentido contrario, sobre todo en
caminos ciegos o angostos, provista de banderolas y llevando
encendidas las luces y la circulina.

HERRAMIENTAS

Art. 111.- El uso de herramientas será n de acuerdo al Reglamento de


Seguridad y Salud en el Trabajo de las Actividades Eléctricas. R.M
111-2013-MEM Art. 94 al 97.
Art. 112.- Es obligatorio chequear la condició n de las herramientas o
equipos antes de usarlos. Nunca use en el trabajo herramientas
que está n defectuosas o rotas. Cá mbielas o Informe al supervisor.
Art. 113.- Es obligatorio informar al Supervisor cuando las herramientas
hayan sufrido dañ os en el trabajo.
Art. 114.- Está prohibido el uso de cinceles u otras herramientas que estén
con la cabeza aplastada o rajada.
Art. 115.- Está prohibido usar martillo de acero endurecido para golpear
matrices, herramientas o partes de maquinarías de la misma
dureza (acero duro), para prevenir que las partículas de acero
salten, use un martillo hecho de metal blando como plomo,
bronce, cuero, plá stico o jebe.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Está prohibido el uso de limas sin mangos, no golpee las limas, ni


las use como palanca.
Art. 116.- Está prohibido llevar herramientas u objetos puntiagudos en los
bolsillos.
Art. 117.- No presione la manguera de aire comprimido, para cerrar el aire
use la vá lvula instalada para este objeto.
Art. 118.- Cuando use mangueras con aire comprimido, compruebe que todas
las conexiones estén aseguradas, para evitar que se desconecten.

MAQUINARIA Y EQUIPOS

Art. 118.- El uso u operació n de maquinarias o equipos será n de acuerdo al


Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo en las Actividades
Eléctricas. R.M 111-2013-MEM Art. 94 al 97.
Art. 119.- Los operarios de maquinarias giratorias o rotativas y personal que
trabaja cerca de este tipo de má quinas, deben usar cabello corto y
no deben llevar ropa suelta, ni corbata en el cuello, ni anillos o
aros en los dedos, ni reloj pulsera porque pueden engancharse en
la maquinaria en funcionamiento, ocasioná ndole un accidente.
Art.120.- Antes de operar cualquier maquinaria del taller, vea que ésta se
encuentre en buenas condiciones, con sus guardas y dispositivos
de seguridad en su lugar.
Art.121.- No permita que se acumulen deshechos y residuos industriales
alrededor de sierras eléctricas u otra maquinaria.
Art.122.- Está prohibido hacer ajustes o limpieza de maquinaria en
movimiento. Cuando debe hacer arreglos o limpieza en una
má quina, asegú rese de que esté desconectada y que la tarjeta de
seguridad esté puesta en el interruptor de corriente eléctrica, para
que la má quina no sea arrancada inadvertidamente.
Art. 123.- Use su careta de plá stico o gafas de copa sobre los lentes de
seguridad cuando esté esmerilando o cincelando.
Art. 124.- Las esmeriladoras portá tiles y las piedras o escobillas está n
pintadas en distintos colores, segú n sus velocidades respectivas.
Siempre verifique que la piedra tenga el mismo color que la
má quina, de lo contrario cá mbiela.
Art. 125.- Antes de usar esmeriles vea que la separació n entre la piedra y el
apoyo de piezas no sea má s de 1/8”.
Art. 126.- Antes de taladrar una pieza, asegú rela siempre, usando mordaza o
prensa. No debe sostener la pieza con la mano.
Art. 127.- Mantenga sus manos fuera del contacto con rebabas y virutas;
remueva las rebabas o virutas metá licas con escobilla de fierro.
Art. 128.- No deje funcionando la má quina cuando su atenció n se requiera
para otro asunto. Pare el motor.
Art. 129.- Es obligatorio desconectar la corriente eléctrica al terminar de
usar la maquinaria.
Art. 130.- No se podrá poner en funcionamiento alguna má quina o equipo
cuando tenga “Tarjetas de Seguridad”, asegú rese que la persona

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que la puso la retire luego de terminada la reparació n, revisió n,


mantenimiento, etc.

REPARACIÓ N DE MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS

Art. 131.- Los electricistas del á rea eléctrico, son los ú nicos operarios
autorizados para hacer trabajos de reparació n eléctrica de
cualquier clase.
Art. 132.- Los mecá nicos de servicio son los ú nicos autorizados para hacer
reparaciones de maquinarias y equipos.
Art. 133.- Las reparaciones y arreglos de herramientas de mano será n
hechas solamente por el personal autorizado.
Art. 134.- Ninguna má quina debe repararse mientras esté en movimiento.
Art. 135.- Después de terminar la reparació n o ajuste de una má quina que
tiene guardas, ésta se debe colocar en su lugar, el trabajo no se
considerará como terminado hasta que no se hayan colocado las
guardas.
Art. 136.- Para hacer reparació n o ajustes en línea de vapor, de aire
comprimido, gases, soluciones químicas o agua y para trabajar
en tanques alimentados por estas líneas; previamente debe
cortarse el flujo, cerrando y asegurando la vá lvula
correspondiente y luego debe colocar su tarjeta de Seguridad en
dicha vá lvula.

ESCALERAS PORTÁ TILES

Art. 137.- Antes de usar una escalera portá til, asegú rese de que esté en buenas
condiciones. Nunca use escaleras defectuosas, ni trate de repararlas,
en todo caso, reporte esta situació n al supervisor, se seguirá lo
descrito en el I.SMA.002 Uso de Andamios y Escaleras.
Art. 138.- La reparació n de escaleras deberá ser efectuada solamente por el
personal autorizado.
Art. 139.-Antes de usar escaleras de tijeras plegables, vea que estén
completamente abiertas y aseguradas. Está prohibido usar escaleras
plegables de tijeras como escalera recta.
Art. 140.- Antes de usar escaleras de tijera plegables, asegú rese de que estén en
buenas condiciones, niveladas y que sus cuatro patas descansen bien
sobre la base firme.
Art. 141.- Nunca se pare en el ú ltimo peldañ o de las escaleras plegables de
tijeras, ni en la plataforma para cubos o baldes.
Art. 142.- Nunca suba por la parte de atrá s de una escalera plegable. Para subir
o bajar debe usar siempre los peldañ os hacia el frente.
Art. 143.- Antes de usar escaleras “rectas”, vea que estén apoyadas en una base
só lida apropiadamente asegurada o amarrada para que no resbalen
o ladeen, y asegú rese que las mismas tengan zapatas de seguridad u
otro elemento antideslizante.
Art. 144.- Use ambas manos para agarrarse cuando esté subiendo o bajando
una escalera, para que tenga las manos libres para subir o bajar, las

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herramientas o equipos deben subirlos con una cuerda o dentro de


una bolsa colgada en el hombro.
Art. 145.- Está prohibido que dos o má s personas suban al mismo tiempo en
una escalera portá til.
Art. 146.- Siempre use una escalera suficientemente larga y colocada de tal
manera que pueda alcanzar el lugar de trabajo sin esforzarse,
doblarse o estirarse.
Art. 147.- Está prohibido usar escaleras metá licas para realizar trabajos en
circuitos eléctricos.
Art. 148.- Es obligatorio mantener las escaleras limpias de pintura, grasa o
barro, pueden ocultar defectos o producir un accidente.
Art. 149.- Las escaleras rectas deben usarse de tal modo que la distancia
horizontal entre el pie de la escalera y la pared de apoyo, sea
equivalente a ¼ de la longitud de la escalera comprimida entre
ambos puntos de apoyo.
Art. 150.- Está prohibido dejar equipo o herramienta sobre una escalera. Estos
pueden caer o causar accidentes.

TRABAJOS EN LUGARES ALTOS

Art. 151 .- Es obligatorio el uso del sistema contra caídas (arnés de seguridad,
línea de vida), para toda persona que trabaje en altura (a partir de 1.8
metros desde el nivel del piso), siendo responsabilidad del supervisor
verificar que el trabajador debidamente entrenado revise su equipo
antes de usarlo y que lo use adecuadamente. segú n el I.SMA.001 Trabajos
en Altura, el I.S.MA.002 Uso de Andamios y Escaleras.
Art. 152 .- Todo trabajador que realice trabajo en altura, debe estar médicamente
apto.
Art.153.- Antes y después de realizar el trabajo de altura, el personal deberá
verificar previamente el estado de su arnés. Aquellos que presenten
algú n tipo de deterioro (tales como picaduras, desgaste, aquellos que han
soportado alguna caída, presenten reparaciones, entre otros), será n
retirados.
Art.154.- Cuando los trabajos, de montaje o reparaciones en altura lo requiera, el
personal estará provisto de una bolsa de lona resistente o maleta de
herramientas, con un sistema de enganche que permita ser izada y
sujetada con el fin de guardar materiales menores o herramientas. Las
herramientas portá tiles de mayor peso, deberá n ser amarradas a un
punto de sujeció n.
Art.155.- Los trabajadores no podrá n trabajar en cualquier estructura elevada,
incluyendo plataformas, o canastas del elevador, brazos hidrá ulicos,
andamios, sean éstas mecá nicas o hidrá ulicas, sin antes asegurarse a un
punto fijo y que garantice su efectividad. Para ello, utilizará arnés con
línea de vida.
Art.156.-Es obligatorio el uso de casco dieléctrico con barbiquejo para todo
trabajador que ejecute trabajos en altura

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art.157.-Toda á rea o nivel inferior a trabajos en altura, deberá ser limitado por
medio de señ alizaciones que impidan el paso de personas por ella.
Ademá s, de ser necesario, instalar letreros indicando “Zona de Trabajo”
Art.158.-Todo trabajo que se realice con el empleo de andamios y escaleras
deberá ceñ irse a lo descrito en el instructivo (I-SMA-002Uso de Andamio
y Escalera).
Art. 159.-Todo andamio, antes de ser usado, debe ser revisado por el supervisor y
el responsable de Seguridad y Medioambiente.
Art. 160.- Nunca camine por un techo a menos que tenga la completa seguridad de
que el techo resistirá el peso de su persona y de su equipo. Use tablones,
arnés y línea de vida cuando sea dudosa la resistencia del techo a su peso.
Art. 161.- Ú nicamente se le permite a los electricistas autorizados subir a los
postes de alta tensió n y luz.

GRÚ AS Y EQUIPO DE IZAJE

Art. 162.- Ú nicamente personal entrenado y autorizado por la Superintendencia


podrá operar grú as, cerciorá ndose antes de que no haya nadie en
peligro.
El operador debe conocer la capacidad de su grú a y no tratar de
levantar cargas de mayor peso que la capacidad de la grú a.
Art. 163.- Ú nicamente aquellas personas entrenadas y autorizadas podrá n dar
señ ales a los operadores de las grú as.
Art. 164.- El operador de la grú a debe obedecer y seguir señ ales de una sola
persona con excepció n de la señ al “PARE” dada en una emergencia.
Todo el personal que trabaja con grú as y alrededor de ellas, debe estar
familiarizado con las señ ales propias de este trabajo, especialmente con
señ ales de emergencia.
Art. 165.- Algunas grú as está n equipadas con un interruptor de emergencia que
sirve para parar automá ticamente el movimiento del gancho hacía
arriba cuando está en peligro de pasar por encima de la polea. Este
interruptor es de emergencia solamente y no se debe usar como
“automá tico “para detener la grú a. El uso excesivo de este interruptor
de emergencia puede causar accidentes graves. Si durante la revisió n
diaria se encuentra que el interruptor de emergencia no funciona,
repó rtelo inmediatamente al supervisor.
Art. 166-- Está prohibido pararse o pasar caminando debajo o cerca de toda carga
suspendida de una grú a.
Art. 166.- Si es necesario bajar, subir o aproximarse a la estructura de una grú a en
funcionamiento, se debe coordinar con el operador previamente y
esperar que se detenga el equipo.
Art. 167.- Para controlar el movimiento u oscilació n de una carga suspendida se
deberá tener un nú mero apropiado de “viento” de soga de largo
conveniente. En esta forma se puede mover y asentar una carga
suspendida en forma segura y sin peligro para los trabajadores.
Art. 168.- Los estrobos, eslingas, cadenas, etc. deben ser cuidadosamente
revisados antes de usarlos. Aquellos que se encuentran en malas
condiciones deben de ser llevados al supervisor para su reparació n o
retiro del servicio.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 169.- Está terminantemente prohibido viajar o llevar gente en los ganchos,
asa o cualquier carga suspendida por una grú a.
Art. 170.- El operador debe ver que el gancho de la grú a este directamente encima
de la carga antes de tratar de levantarla. Nunca trate de jalar la carga
por el piso antes de levantarla.
Art. 171.- Está prohibido estrobar y manipular cargas sin guantes de cuero. Retire
sus manos después de enganchar el estrobo al gancho de la grú a.
Art. 172.- Está prohibido arrastrar los estrobos, eslingas o cadenas por el piso.
Art. 173.- Es obligatorio estrobar la carga correctamente usando el estrobo
adecuado, verificando que la carga tenga el equilibrio y balance
adecuado al momento del izaje.
Art. 174.- La señ al de parada de emergencia se ejecuta de la siguiente manera: se
hace puñ o con la mano derecha y se levanta rá pidamente en alto y se
mantiene allí firmemente.

SOLDADURA

Art. 175.- Nunca mire a los soldadores mientras está n soldando.


Art. 176.- Los soldadores deben de colocar los biombos alrededor de su á rea de
trabajo para proteger de los rayos al resto de los trabajadores del taller.
Art. 177.- Los soldadores y ayudantes deben usar obligatoriamente careta para
soldar y debajo lentes verdes de seguridad, con protectores laterales.
También deben usar correctamente sus prendas de cuero.
Art. 178.- Las botellas de oxígeno o acetileno deben ser colocadas en posició n
vertical, amarradas y aseguradas en forma tal, que no puedan caer al
suelo.
Art. 179.- Para obtener una presió n constante y segura es obligatorio poner un
regulador de oxígeno en la vá lvula del cilindro. Nunca use oxígeno de un
cilindro sin la vá lvula reguladora. Haga lo mismo con el acetileno.
Art. 180.- Los cilindros de oxigeno no se deben dejar en lugares donde pueden
estar expuestos a intenso calor porque pueden explotar.
Art. 181.- Siempre ponga la tapa en los cilindros que no está n en uso para
proteger la vá lvula del cilindro.
Art. 182- Las gafas de cortar deben usarse siempre que se esté utilizado el
soplete de oxiacetilénica.
Art. 183.- Antes de comenzar a trabajar y durante la operació n, el soldador debe
comprobar que no haya pérdida de gas acetileno o de oxígeno por
ninguna unió n o manguera.
Art. 184.- Está prohibido el uso de grasas o aceite en las conexiones de vá lvula y
mangueras de oxígeno.
Art. 185.- Cuando se está quitando o limpiando escoria, o esmerilando; levante
solamente la visera de la careta, no levante la careta entera, así sus ojos
y cara estará n completamente protegidos contra chispas y escoria
caliente por la placa transparente de la careta.
Art. 186.- Los cilindros de oxígeno no deben rodarse echados horizontalmente, a
lo largo; ni deben usarse como rodillo.
Art. 187.- Está prohibido arrastrar mangueras de oxígeno o acetileno sobre
superficies á speras o bordes cortantes.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 188.- Cuando termine de usar un equipo de oxi-acetileno es obligatorio cerrar


las vá lvulas de los cilindros de oxígeno y acetileno, y purgar ambas
mangueras.
Art. 189.- Antes de empezar un trabajo de soldadura, debe tomarse las
precauciones para prevenirse incendios. Se debe tener extinguidores a
la mano y debe asegurarse que las chispas de la soldadura o los
materiales calientes no caigan sobre materiales combustibles.
Art. 190.- Para efectuar operació n de soldadura dentro de espacios cerrados,
deben asegurarse que estén completamente libres de vapores
inflamables, y debe proveerse de un sistema de ventilació n que permita
el ingreso de aire fresco y la evacuació n de gases producidos por la
soldadura.
Ademá s, el soldador deberá estar protegido por un respirador de línea
de aire y otro trabajador estará vigilando la operació n, desde el
exterior.
Art. 191.- Al realizar trabajos de soldadura en una má quina, la cual tiene
instalaciones eléctricas y motores, el electrodo de tierra debe
conectarse en la má quina que se va a realizar el trabajo, para de esa
manera evitar que la corriente, la cual varía de 100 a 300 amperios;
pase por los tubos de la instalació n eléctrica y cojinetes de los motores;
destruyéndolos.
Art. 192.- Cierre siempre la vá lvula de los cilindros vacíos. Podrían contener
pequeñ as cantidades de gas y constituir un peligro.
Art. 193.- No debe soldarse o cortarse recipientes, tales como: tanques, barriles,
etc., hasta tener la seguridad que no existe peligro de fuego o explosió n.
Para efectuar operaciones de corte o soldadura en tanques que hayan
contenido sustancias combustibles como (gasolina, petró leo, etc.), debe
lavarse completamente el tanque y luego llenarlo con agua.

MANEJO DE VEHÍCULOS DE LA EMPRESA

Art. 194.- Ú nicamente aquellas personas autorizadas por la Administració n


mediante el permiso de conducir vehículos después que se haya
aprobado el examen psicosomá tico y de conducció n, podrá n manejar
los vehículos de la Empresa. Se cumplirá lo estipulado en el P.SMA.012
Manejo seguro de vehículos
Art. 195.-Ú nicamente aquellos trabajadores con licencia profesional y con
autorizació n de la Administració n podrá n manejar vehículos pesados
dentro y fuera de las instalaciones de la Central Térmica.
Art. 196.- Todos los viajes fuera de las á reas operacionales que hacen los vehículos
de la empresa con cobertura de seguro, tienen que ser autorizados por
la Superintendencia de la Central Térmica.
Art. 197.- Está terminantemente prohibido usar cualquier vehículo que no esté en
perfectas condiciones de seguridad. El chofer de un vehículo es
responsable de la conducció n del mismo y debe reportar a su superior
cualquier defecto que encuentre en el vehículo, quien se encargará de
ordenar las reparaciones o cambiar el vehículo por otro.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 198.- Los vehículos que estén parados debido a fallas mecá nicas, no deben
ser jalados o empujados para arrancarlos. El chofer debe informar a la
supervisió n para su reparació n.
Art. 199.- Cuando se aproxime a un aviso “PARE o ALTO”, el chofer debe
obligatoriamente parar su vehículo y asegurarse que la vía principal
está libre, antes de continuar la marcha.
Art. 200.- Cuando se aproxime a los avisos de “VIA PREFERENCIAL” el chofer
debe disminuir la velocidad y asegurarse que la vía preferencial está
libre, antes de continuar la marcha.
Art. 201.- Si hay avisos de “LIMITE DE VELOCIDAD” la velocidad marcada es la
má xima que el chofer puede imprimir a su vehículo en condiciones
normales.
Art.202.- Cruce de vías de circulació n de equipo pesado: Todos los conductores
está n obligados a detener a sus vehículos a cinco metros del cruce a
nivel y, no procederá n a reiniciar la marcha hasta que tenga la
seguridad de que no existe ninguna posibilidad de accidente.
Art. 203.- Antes de retroceder con un vehículo asegú rese de tener espacio
suficiente para efectuar la maniobra con seguridad y que la vía está
libre de personas y obstá culos, retroceda despacio tocando la bocina
para prevenir a los que está n cerca.
Cuando no tenga suficiente visibilidad pida ayuda otra persona para
que guíe la maniobra.
Art. 204.- Está terminantemente prohibido manejar cuando se está fatigando o
cansado, con sueñ o o bajo la influencia de drogas o licor. Manténgase
alerta y no se distraiga.
Art. 205.- Cambie a la velocidad apropiada antes de subir o bajar una cuesta. No
abuse de los frenos.
Art. 206.- Estacione en un lugar seguro donde no haya peligro para otros
vehículos, déjelo con el freno de mano puesto y enganchado en
primera, o retroceso (en parking si la caja de cambios es automá tica).
Cuando estacione su vehículo en las cuestas, hay que poner las ruedas
delanteras hacía el cerro y bloquear las ruedas con piedras. Al
arrancar nuevamente su vehículo no debe dejar las piedras en la
carretera.
Art. 207.- Está prohibido dejar vehículos con el motor funcionando. Nunca deje
las llaves del vehículo.
Art. 208.- Cambie la luz baja cuando se aproxime a otro carro, manténgase ésta
hasta que el vehículo haya pasado. No alumbre con la luz a otro chofer.
Art. 209.- Es obligació n de todo conductor el cumplimiento del reglamento
General de Transito, así como las políticas y procedimiento adicionales
fijados por la empresa.
Art. 210.- La banderilla amarilla es para dar aviso a los chó feres y operadores de
equipo que tomen precauciones al pasar por el á rea de trabajo es
decir, puede pasar a una velocidad reducida y debe estar alerta para
parar o evitar toda circunstancia de riesgo.
Art. 211.- La bandera roja indica peligro y debe detenerse el vehículo, evitando
entrar en el á rea de trabajo o tramo de peligro, hasta que el personal
encargado del trabajo de la señ al de pasar.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 212.- El letrero que muestra hombres trabajando tiene igual significado que
la bandera amarilla.
Art. 213.- Al aproximarse a un terreno de carretera resbalosa se deberá
disminuir la velocidad con mucho cuidado, para evitar accidentes.
Art. 214.- Al aproximarse a un vehículo que hace señ ales con bandera roja o que
avance en sentido contrario debe tenerse en cuenta que viene un
equipo má s ancho que lo normal y debe dá rsele la preferencia.
Art. 215.- La violació n del Reglamento General de transito del Perú , así como el
reglamento interno de seguridad por parte de los conductores, podrá
ser motivo de la suspensió n del permiso para conducir vehículos de la
empresa.

TRABAJO EN ZONAS CON VAPOR DE AGUA

Art. 216.- Al realizar trabajos en lugares donde exista vapor de agua asociados
con calderas, debe observarse, por lo menos, las siguientes medidas:
a. Las condiciones de seguridad deben ser verificadas antes y después
del trabajo.
b. Se usará protecció n a la vista, o protecció n facial o del cuerpo (ropas
térmicas protectoras especiales) si es necesario, para la limpieza de
las tuberías, hogar, condensador y otros equipos asociados a las
calderas.
c. Para realizar trabajos cerca a los extremos de los tubos durante la
limpieza, se deberá colocar protectores en dichos extremos.
d. Realizar el respectivo bloqueo y rotulació n (tarjetas de seguridad) de
vá lvulas de acuerdo con el procedimiento de consignació n de equipos
aprobado en la empresa.

CALDERAS

Art. 217.- Antes del inicio de reparaciones en el hogar de la caldera o de la


remoció n de cenizas, se verificará que en las á reas superiores no
existan objetos que puedan caer. Si existiera este peligro se instalará
tablajes o redes protectoras extendidas en el á rea de influencia.
Cuando se abran los accesos de las calderas, los trabajadores deberá n
permanecer fuera del alcance de ellas y con la protecció n adecuada para
evitar dañ os por fuga de calor y salida de gases.
Antes de cerrar los accesos al caldero, se deberá verificar que no haya
quedado personal, equipos o herramientas en su interior.
En caso que se requiera efectuar mantenimiento correctivo
(reparaciones) de las tuberías ubicadas dentro del hogar de las
calderas, sin esperar que la temperatura baje a los niveles que se tengan
en el medio ambiente, el personal debe utilizar ropas térmicas
protectoras especiales.

GENERADOR DE LA TURBINA

Art. 218.-Se prohíbe fumar o manipular algú n dispositivo que produzca


combustió n cerca de los compartimientos de hidró geno de los

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

generadores. Los trabajadores deberá n observar las señ alizaciones que


advierten peligro de explosió n o incendio.
Se considerará como emergencia, en caso se produzca una excesiva
impregnació n de hidró geno o pérdida anormal de presió n en el sistema
de hidró geno; y se tomará de inmediato las medidas correctivas
pertinentes.
Antes de realizar el mantenimiento de los generadores deberá
disponerse de una cantidad suficiente de gas inerte (CO2) para purgar
el hidró geno de los mismos.

SEGURIDAD EN OFICINA

Art. 219.- Los trabajadores deben cumplir con los está ndares del Sistema de
Seguridad y Salud en el Trabajo publicados en el perió dico mural.
Art. 220.- Los riesgos laborales para la seguridad en la oficina son comunicados a
través del IPER.
Art. 221.- Los trabajadores deberá n informar a la persona responsable sobre
todos los accidentes o incidentes, sin importar su gravedad, asimismo
informar las condiciones de riesgo que pueden identificarse en las á reas
de las oficinas.
Art. 222.- Los trabajadores deben informar a su jefe inmediato y al á rea de
Seguridad y Medioambiente mediante el FT-042, cualquier condició n de
riesgo a la salud en el á rea de trabajo como; mala iluminació n,
inadecuada ventilació n, mal funcionamiento de los equipos de aire
acondicionado, humedad etc. Las mismas que deberá n ser subsanadas
de manera inmediata.
Art. 223.- La empresa implementará inspecciones perió dicas de las instalaciones
eléctricas de las oficinas, del funcionamiento del alumbrado y luces de
emergencia.
Art. 224.- Deberá tenerse precaució n cuando se cruzan esquinas ciegas.
Art. 225.- Las gavetas de los escritorios y los archiveros deberá n mantenerse
cerradas cuando no se utilicen.
Art. 226.- En los sectores donde se administra informació n documentaria, en
cantidades que superan las gavetas personales, se deberá proporcionar
gavetas y casilleros en cantidad apropiada de tal manera que los
escritorios no se atiborren de archivadores, papeles, expedientes, etc.
Art. 227.- Solamente una gaveta de un archivero deberá jalarse a la vez para
evitar que se inclinen, a menos que el archivero esté fijado a la pared, o
con otros archiveros, en forma segura.
Art. 228.- No sentarse en la orilla de una silla. No inclinarse hacia atrá s cuando se
sienta en una silla recta.
Art. 229.- No deberá n usarse cajas, sillas, etc., en lugar de escaleras.
Art. 230.- El piso deberá mantenerse libre de elementos que puedan ser causa
peligrosa de tropiezos, como por ejemplo cordones de teléfonos,
extensiones eléctricas, cartones, etc.
Art. 231.- El personal de limpieza que trapea o encera los pisos, deberá n colocar
señ ales de advertencia para advertir de la posibilidad de pisos
resbaladizos. Cualquier derrame de líquidos deberá limpiarse
inmediatamente.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 232.- Los materiales de oficina deberá n guardarse de manera segura en


estantes para evitar que se caigan. Los objetos pesados deberá n
colocarse en los estantes inferiores.
Art. 233.- Todas las salidas de emergencia, los corredores y pasillos deberá n
mantenerse siempre libres de obstrucciones.
Art. 234.- Los equipos de emergencia, como extintores deberá n mantenerse libres
de cualquier obstrucció n y operativos.
Art. 235.- Los trabajadores no deberá n usar los ventiladores a menos que estén
asegurados, o colocados de forma segura, al menos a 2 metros arriba
del piso.
Art. 236.- Deberá informase sobre cordones eléctricos inseguros, equipo con
fallas eléctricas u otro equipo con fallas, o cualquier otra condició n
peligrosa.
Art. 237.- Los vidrios quebrados u otros objetos agudos no deberá n colocarse en
las papeleras, a menos que estén debidamente protegidas y/o selladas.
Art. 238.- Las agujas comunes y espigas agudas no deberá n usarse para sujetar el
papel. Deberá n usarse grapas, clips y otros sujetadores aprobados.

ERGONOMIA EN EL USO DE MONITORES, COMPUTADORAS Y LAP TOPS: Aquellos


trabajadores que usan por periodos largo de tiempo deberá n tener en cuenta lo
siguiente:

Art. 239.- Todos los equipos y herramientas que componen un puesto de trabajo
deben estar adaptados a las características físicas y mentales de los
trabajadores y a la naturaleza del trabajo que se está realizando.
Art. 240.- Mantener la espalda recta con los pies descansando firmemente sobre
el suelo.
Art. 241.- Colocar el monitor de tal forma que los ojos del operador estén a nivel
con la parte superior de la pantalla del monitor.
Art. 242.- Colocar el monitor en una posició n que se encuentre directamente
frente al usuario y ajustarlo para evitar el brillo.
Art. 243.- Ajustar la altura de la silla o teclado de tal manera que el hombro, codo
y brazo formen un á ngulo de 90 grados.
Art. 244.- Usar un apoyo de muñ eca para mantener las manos y dedos del
usuario en el mismo plano que el antebrazo.
Art. 245.- Los usuarios de monitores deberá n ajustar con frecuencia su posició n,
o la del monitor, para evitar la rigidez en los mú sculos.
Art. 246.- En trabajos administrativos, la silla debe tener al menos 5 ruedas para
proporcionar una estabilidad adecuada.
Art. 247.- Las sillas de trabajo deberá n tener un tapiz redondeado para evitar
compresió n mecá nica del muslo; el material de revestimiento del
asiento de la silla es recomendable que sea de tejido transpirable y
flexible y que tenga un acolchamiento de 20 mm de espesor, como
mínimo. El material de la tapicería y el del revestimiento interior
tienen que permitir una buena disipació n de la humedad y del calor.
Así mismo, conviene evitar los materiales deslizantes.
Art. 248.- El respaldo de la silla debe ser regulable en altura y á ngulo de
inclinació n. Su forma debe ser anató mica, adaptada al cuerpo para
proteger la regió n lumbar. Los reposa brazos son recomendables para

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dar apoyo y descanso a los hombros y a los brazos, aunque su funció n


principal es facilitar los cambios de posturas y las acciones de sentarse
y levantarse de la silla.
Art. 249.- Los trabajadores deberá n evitar posturas incomodas o forzadas, y tomar
al menos dos pausas activas de 10 minutos de duració n durante la
jornada de trabajo.
Art. 250.- Los trabajadores que realizan actividades continuas de ingreso de
datos deberá n tener pausas de 10 minutos de duració n por cada 50
minutos de trabajo (Resolució n Ministerial n.° 375-2008-TR cap. 16).
Art. 251.- Se incentivará n los ejercicios de estiramiento en el ambiente laboral.

HIGIENE DE LOS LOCALES: CONDICIONES AMBIENTALES CONSERVACIÓ N


DE LOS LOCALES DE TRABAJO

Art. 252.- Los accesos y ambientes de la Central Térmica, oficinas y


subestaciones, deben mantenerse limpios; los residuos, materiales
inflamables y combustibles deben depositarse en recipientes y lugares
apropiados y expresamente acondicionados; y, se debe evitar las
concentraciones de gases, humo, polvo y humedad.

VII. ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS SERVICIOS Y


ACTIVIDADES CONEXAS

LINEAS DE TRANSMISIÓ N

Art. 253.- Implementos de seguridad


Para la ejecució n de trabajos en las líneas de transmisió n, el personal
debe contar, por lo menos, con los siguientes implementos de
seguridad: cascos aislantes anti choque con barbiquejos, guantes para
alta tensió n, calzado dieléctrico de seguridad con planta de jebe
aislante, correas o cinturones de seguridad tipo liniero, arnés, cuerdas,
poleas de izaje, radios transmisores y receptores portá tiles, juego de
herramientas aisladas, equipos detectores de tensió n, botiquín portá til,
camillas, equipos de puesta a tierra temporal y otros, en buen estado de
conservació n y uso, los cuales deberá n ser verificados por el supervisor
antes de la ejecució n de cualquier trabajo.
Art. 254.- Puesta a tierra temporal y verificació n de la solidez de las estructuras
Antes de realizar los trabajos de reparació n o mantenimiento se deberá
instalar equipos de puesta a tierra temporal en el tramo de línea
intervenida, así como también tierra franca al inicio y final de la línea.
Antes que las estructuras metá licas o postes estén sujetos a esfuerzos
tales como los producidos por escalamiento, instalació n o remoció n de
equipos, el supervisor deberá verificar que las estructuras mantengan
la capacidad para soportar esfuerzos adicionales o desbalances
causados por el peso del personal, equipos de mantenimiento y otros. Si
la estructura metá lica o el poste no pueden soportar las cargas que le
será n impuestas, deberá ser arriostrado o soportado de otra forma para
evitar accidentes.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 255.- Trabajos en estructuras


Las líneas de transmisió n será n consideradas como energizadas
mientras no se compruebe fehacientemente lo contrario; por lo tanto,
antes de iniciar cualquier trabajo en lo alto de sus estructuras, es
obligatorio conocer su nivel de tensió n y la verificació n mediante
pruebas con el equipo apropiado, de que efectivamente está n
desenergizado (detector de tensió n para el nivel indicado en su
estructura).
Todo trabajo en estructuras metá licas, postes y pó rticos se efectuará
con dos personas como mínimo y será supervisado permanentemente
por otra persona desde tierra en la zona de trabajo. Todo liniero estará
asegurado a la estructura con arnés de seguridad en forma permanente
mientras dure la labor en lo alto de la estructura.
La realizació n de trabajos en lo alto de las estructuras metá licas, postes
y pó rticos, requiere que el trabajador esté en buen estado físico y
anímico; y, provisto de ó ptimos implementos de seguridad y equipos de
protecció n. El trabajador que no esté apto para subir a las estructuras o
postes será retirado del grupo de trabajo.
Art. 256.- Instrucciones para trabajos en estructuras
Antes de efectuar cualquier trabajo en las estructuras y líneas eléctricas, el
Supervisor instruirá al personal sobre la tarea a realizarse, designando
equipos de trabajo con los responsables respectivos, poniendo especial
énfasis en la seguridad del personal.
Art. 257.- Instalació n de líneas paralelas a líneas energizadas
Antes que se instale líneas nuevas paralelas a líneas energizadas
existentes, se deberá determinar la tensió n aproximada que se inducirá
en las nuevas líneas para aplicar la protecció n necesaria durante todo el
tiempo de ejecució n de los trabajos. En su defecto, la obra se ejecutará
suponiendo que la tensió n inducida es peligrosa y se tomará n las
medidas pertinentes para trabajos en líneas energizadas.
El Supervisor deberá tomar en cuenta las siguientes precauciones:
a. Cada conductor desnudo deberá ser puesto a tierra en intervalos de tal
manera que ningú n punto a lo largo del conductor se encuentre a má s
de 3 Km. de una puesta a tierra.
b. Las puestas a tierra referidas en el inciso anterior deberá n dejarse en su
lugar hasta que se complete la instalació n del conductor.
c. Se retirará las puestas a tierra referidas en el inciso “a” en la ú ltima fase
de limpieza de la línea.
d. Si los trabajadores está n laborando en contacto con conductores
desnudos, las puestas a tierra deberá n instalarse en cada lugar donde
ellos estén trabajando, y también deberá n instalarse puestas a tierra en
todos los puntos muertos o puntos de soporte de la estructura
adyacente.
e. Si dos conductores desnudos van a ser empalmados, previamente
deberá n ser puenteados, puestos a tierra y el empalme será realizado
con guantes dieléctricos.
Se deberá respetar las distancias mínimas de seguridad para la
construcció n de líneas paralelas entre los diferentes niveles de tensió n,
segú n lo establecido en el Có digo Nacional de Electricidad.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 258.- TRABAJOS EN CALIENTE

Está absolutamente prohibido trabajar en líneas y circuitos


energizados, mientras no se disponga del procedimiento respectivo y
autorizació n para su uso. En caso de disponer estos medios, el trabajo
deberá ser realizado por personal especializado, con el perfil mínimo en
lo físico y psicoló gico, y que cuente con equipos y herramientas
especialmente diseñ ados, probados y fabricados para esos fines. Y
contar con la autorizació n respectiva.

Art. 259.- Condiciones meteoroló gicas y climá ticas en los trabajos. Los trabajos en
las líneas de transmisió n deberá n efectuarse en horas de luz natural y
con las condiciones meteoroló gicas y climá ticas má s convenientes. Se
suspenderá los trabajos en caso que las condiciones ambientales tengan
alguna de las siguientes características:
a. Velocidad de viento superior a los 35 km/h.
b. Lluvias torrenciales, granizadas y nevadas.
c. Tempestades eléctricas, rayos y truenos.
d. Otros fenó menos anormales que afecten la seguridad
Cuando existan condiciones meteoroló gicas y climá ticas adecuadas, se
podrá efectuar trabajos durante horas nocturnas que puedan ejecutarse
con mayor seguridad que durante horas de luz natural y sean
debidamente sustentados por la empresa en su reglamento interno, y
para los casos de situaciones de emergencia.

CENTROS DE TRANSFORMACION

Art. 260.- Equipos de protecció n personal e implementos de seguridad


Para la ejecució n de cualquier actividad en las instalaciones de un
centro de transformació n (maniobras en los equipos de operació n,
trabajos de mantenimiento o reparació n de equipos e instalaciones,
otros) los trabajadores utilizaran equipos de protecció n personal e
implementos de seguridad de acuerdo a la labor que desempeñ e. El
Supervisor debe verificar perió dicamente el uso, vigencia y
operatividad de los dispositivos de señ alizació n existentes como
podrían ser detectores de humo, alarmas contra incendios, sirenas,
extintores, entre otros. Toda persona que ingresa a los centros de
transformació n deberá usar casco dieléctrico e implementos de
seguridad necesarios.

Art. 261.- Personal autorizado para realizar maniobras


Solo personal autorizado y entrenado operará los centros de
transformació n y realizará las maniobras, de acuerdo a los programas
de trabajo o por emergencias.
Art. 262.- Requisitos del personal no electricista

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

El Personal no electricista como pintores, albañ iles, personal de


limpieza, y otros que realicen actividades en un centro de
transformació n debe cumplir los siguientes requisitos:
a. Tener la orden o permiso escrito para trabajar, en la que se delimite
el á rea de labores.
b. Utilizar sus implementos de seguridad personal y los adecuados
al á rea donde realizan sus labores.
c. Tener sus equipos de trabajo en perfecto estado.
Todos estos trabajos deberá n ser supervisados por personal eléctrico
autorizado.

SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓ N

Art. 263.- Trabajos con tensió n en sistemas de distribució n


Para realizar los trabajos con tensió n en sistemas de distribució n,
deberá tenerse en cuenta los siguientes aspectos:
a. Identificació n fehaciente del circuito a intervenir.
b. Los equipos y líneas eléctricas se considerará n y deberá n ser
tratados como energizados, aun cuando no lo estén, debiendo existir
una señ alizació n que advierta al personal del riesgo existente.
c. Solo los trabajadores calificados y autorizados son los ú nicos que
pueden efectuar labores en los circuitos o equipos energizados. Y
usará n obligatoriamente equipos e implementos de seguridad.
d. Los trabajos con tensió n en las líneas aéreas de media tensió n deben
ser ejecutados de acuerdo a lo prescrito en los manuales internos sobre
los procedimientos establecidos por la empresa para cada tipo de
trabajo.
El trabajador debe cumplir con el perfil mínimo en lo físico y
psicoló gico establecido para el desarrollo de esas tareas y contar con
los equipos y herramientas especialmente diseñ ados, probados y
fabricados para esos fines.
e. Por lo menos dos trabajadores calificados ejecutará n las maniobras
en media tensió n, los cuales será n debidamente supervisados, excepto
la conexió n o desconexió n rutinaria de circuitos que puede ser
realizada por un solo trabajador si el trabajo no implica riesgo.
f. Los trabajos en sistemas de distribució n en baja tensió n será n
realizados como mínimo por dos personas, salvo aquellos que de
acuerdo a los procedimientos de la empresa pueden ser realizados sin
riesgo por una persona debidamente entrenada, supervisada y dotada
con los equipos de seguridad y conocimientos adecuados.
Art. 264.-Mantenimiento o trabajos de ampliació n de redes subterrá neas en media
y baja tensió n
Para ejecutar trabajos de mantenimiento o ampliaciones en redes
Subterrá neas en media y baja tensió n se debe cumplir, por lo menos,
con las siguientes disposiciones de seguridad:
a. Antes de efectuar el corte en un cable subterrá neo de media tensió n, en
primer lugar, se identificará fehacientemente el circuito a intervenir y
se comprobará la ausencia de tensió n en el mismo, y en segundo lugar

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

se pondrá en cortocircuito y a tierra los terminales má s pró ximos,


incluyendo las de sus derivaciones si los tuviera.
Si se tratara de cables subterrá neos de baja tensió n, los trabajos de
empalmes para realizar ampliaciones (derivaciones), será n efectuadas
por personal calificado y ciñ éndose a los procedimientos prescritos en
el reglamento Interno de Seguridad de la empresa para este tipo de
trabajo.
b. Los trabajos de mantenimiento correctivo de los cables subterrá neos
(reparació n del tramo del cable) o de ampliaciones (derivaciones) sin
tensió n, en las redes de distribució n de media tensió n, será n efectuados
por personal calificado y ciñ éndose a los procedimientos prescritos en
el Reglamento Interno de Seguridad y Salud antes citado, las mismas
que deben considerar cuanto menos las siguientes exigencias:
 Uso adecuado del equipo localizador de falla (aproximaciones al
lugar o lugares de falla o descarga) o generador de alta frecuencia
(que define de un grupo de cables, cual es el que debe ser
intervenido).
 Empleo del plano de tendido a escala con el recorrido geográ fico del
cable subterrá neo a intervenir.
 Otros, si fueran necesarios.
c. En la apertura de zanjas para la reparació n de cables subterrá neos se
colocará previamente barreras u obstá culos y la señ alizació n que
corresponda.
Art. 265.-Maniobras en subestaciones, aéreas de distribució n y mantenimiento sin
tensió n de líneas aéreas de media tensió n
Para ejecutar las maniobras en subestaciones aéreas de distribució n y el
mantenimiento sin tensió n de líneas aéreas de media tensió n se debe
cumplir, con las siguientes disposiciones de seguridad:
a. Toda instalació n será considerada con tensió n mientras no se compruebe
lo contrario con aparatos destinados para este efecto de acuerdo al nivel
de tensió n de la instalació n y en segundo lugar se pondrá en cortocircuito
y a tierra los terminales má s pró ximos, incluyendo las de sus
derivaciones si los tuviera.
b. Todos los trabajadores encargados para efectuar maniobras o
mantenimientos que tengan que subir a las partes altas de líneas
eléctricas aéreas, o a sitios elevados, estará n provistos de cinturones o
arneses de seguridad, guantes dieléctricos, calzados dieléctricos, detector
de tensió n y cascos de seguridad con barbiquejos, apropiados. Las
escaleras que se utilicen será n totalmente de material aislante; y,
deberá n contar con bases antideslizantes.
c. Para los trabajos en líneas aéreas de diferentes niveles de tensió n, a
efectos de seguridad se considerará la tensió n má s elevada que soporten.
Esta prescripció n también será vá lida en el caso de que alguna de tales
líneas sea de telecomunicaciones.
d. El trabajo se suspenderá cuando las condiciones climá ticas sean algunas
de las indicadas en el artículo 55º del Reglamento de Seguridad y Salud
en el Trabajo de las actividades Eléctricas.
e. Cuando se utilice vehículos dotados de cabrestantes o grú as, el chofer
deberá evitar el contacto con las líneas con tensió n y la excesiva cercanía

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

que pueda provocar una descarga a través del aire, debiendo permanecer
los demá s trabajadores lejos del vehículo.
Las disposiciones de seguridad en líneas de transmisió n se aplicará n
supletoriamente a los trabajos que se ejecuten en líneas aéreas en media
tensió n.
Art. 266.-Manipuleo de fusibles
Cuando los fusibles sean instalados o retirados con uno o ambos
terminales energizados, el supervisor deberá asegurarse que se utilice
las herramientas y guantes dieléctricos apropiados para la tensió n del
circuito. Cuando se instale fusibles de tipo expulsió n, el supervisor
deberá asegurarse que cada trabajador utilice protecció n de los ojos y la
herramienta apropiada para esta tensió n y que se encuentre libre la
trayectoria de salida del cuerpo del fusible.

Art. 267.-Interruptores y seccionadores de baja tensió n


Los fusibles o seccionadores de baja tensió n no estará n al descubierto a
menos que estén montados de tal manera que no puedan producirse
proyecciones ni arcos.
Los interruptores de baja tensió n deberá n ser de equipo completamente
cerrado, a fin de imposibilitar el contacto fortuito con personas y
objetos. Se prohíbe el uso de interruptores de cuchilla o palanca que no
estén debidamente protegidos, incluso durante su accionamiento.
Art. 268.- Interruptores en los locales que almacenan líquidos inflamables
Los interruptores situados en locales de características inflamables o
explosivas se colocará n fuera de la zona de peligro. Cuando ello no sea
posible, deberá n estar encerrados en cajas antideflagrantes o
herméticas, segú n sea el caso, las que no podrá n ser abiertas, a menos
que la fuente de energía eléctrica esté cerrada.
Art. 269.- Accesos a zonas subterrá neas
Para ingresar o salir de una cá mara o bó veda superficial que exceda los
1,20 m de profundidad se deberá utilizar una escalera o cualquier otro
medio apropiado para trepar. Ningú n trabajador deberá ingresar o salir
de una cá mara o bó veda trepando por cables o soportes colgantes.
Art. 270.- Manipuleo de materiales en cá maras subterrá neas
El equipo usado para bajar materiales y herramientas hacia cá maras
subterrá neas o bó vedas deberá tener una capacidad suficiente para
soportar el peso a ser manipulado; y, deberá verificarse su operatividad
antes de cada uso. Antes de bajar las herramientas o materiales por la
abertura de la cá mara subterrá nea o bó veda, los trabajadores que
laboran en dicha á rea deberá n despejar la zona directamente debajo de
la abertura.

VIII. ESTÁNDARES DE CONTROL DE LOS PELIGROS EXISTENTES Y


RIESGOS EVALUADOS

PERMISOS Y AUTORIZACIONES
FORMATO DE TRABAJO SEGURO

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 271.- Para efectuar cualquier actividad relacionada con estudios o


proyectos, construcció n, maniobras, mantenimiento y reparació n de
instalaciones eléctricas, se deberá de contar obligatoriamente con el
respectivo Formato de Permiso de Trabajo Seguro aprobado por el
Responsable de Á rea y Seguridad y Medioambiente, se seguirá lo
descrito en el P.SMA.001 Elaboración de Permisos de Trabajo.
Art. 272.- El Supervisor o Encargado de Grupo, dará una Charla de Prevenció n
previa a cada trabajo y efectuará junto con los trabajadores la
respectiva Identificació n de peligros y Evaluació n de riesgos (IPER) a
fin de que puedan conocer perfectamente los procedimientos de
seguridad para la ejecució n de sus actividades en el trabajo, esto
garantizará el adecuado control de los peligros existentes y los
riesgos evaluados.
Art. 273.- La Jefatura dará especial atenció n a los trabajos en “Energizados”,
asegurá ndose, el Supervisor o Encargado de Grupo, que las Tarjetas
y Avisos de Seguridad estén debidamente colocados en los equipos a
ser intervenidos y verificando el accionamiento de los sistemas de
bloqueo correspondientes.
Art. 274.- Para la ejecució n de cada una de las actividades en menció n deberá
contar con las autorizaciones necesarias, salvo los casos en que
debido a situaciones de peligro inminente se requiera la
intervenció n inmediata, la cual será comunicada a los responsables
una vez finalizada la acció n.

ACCIDENTES DE TRABAJO

Art. 275.- Todo accidente personal que ocurra en el lugar de trabajo como
consecuencia directa del mismo, o mientras el servidor es
transportado por la Empresa y/o espera en los paraderos hacia y
desde el Á rea de trabajo, se considera como Accidente de Trabajo.
Art. 276.- Todo Accidente de trabajo por leve que sea, deberá ser comunicado al
Supervisor o Jefe inmediato a la brevedad posible, a má s tardar antes
del término de la jornada que ocurrió , siguiendo lo descrito en el
procedimiento P.SMA.003: Investigación de Accidentes e
Incidentes.
Art. 277.- Los accidentes durante los viajes, deberá n ser comunicados al
conductor del vehículo que lo transporta. El incumplimiento de esta
disposició n dará origen a que cualquier reclamació n posterior no sea
considerada como Accidente de Trabajo.
Art. 278.- La Enfermería de Es Salud (San Nicolá s) entregará al Accidentado el
formulario “AVISO PRELIMINAR DE ACCIDENTE” debidamente
llenado y calificado como “PUEDE VOLVER A SU TRABAJO HABITUAL”
o “ENVIADO AL HOSPITAL”. El trabajador será atendido. En el Centro
Asistencial procederá con las notificaciones pertinentes a la autoridad
de Trabajo de acuerdo al Artículo 76° del Reglamento de Seguridad y
Salud en el Trabajo.
Art. 279.- El Supervisor es responsable que el accidentado sea llevado al
hospital, utilizando el medio de transporte má s adecuado.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 280.- El tratamiento médico de los accidentados en el trabajo es


competencia exclusiva del Seguro (EsSalud).
Art. 281.- El botiquín existente en la Central Térmica, así como en los vehículos,
son para simples curaciones de primeros auxilios. En ningú n momento
o circunstancia dicha curació n de primeros auxilios exime la
obligació n de notificar del accidente a su supervisor, quién deberá
enviar al accidentado a la enfermería de EsSalud (San Nicolá s) para el
examen y tratamiento que fuese necesario.
Art. 282.- Es obligació n de todo supervisor efectuar de inmediato la
investigació n de los accidentes personales o de equipo ocurridos, y
reportar al jefe de seguridad quien lo registrará y procederá con la
investigació n del accidente segú n lo estipulado en el P.SMA.003:
Investigació n de Accidentes, y Procedimiento SGESA No. 09: Sobre
Reporte de Incidentes o Accidentes.
Art. 283.- En todo caso de accidente GRAVE, el médico de EsSalud (SN), debe
llamar de inmediato al hospital para notificar lo ocurrido y seguir
estrictamente las instrucciones o directivas que el médico de turno le
pueda dar. Así mismo, deberá comunicarlo al Coordinador de
Seguridad de Shougesa para reportar a Osinergmin y Ministerio de
Trabajo segú n lo establecido por el Art. 114 del Reglamento de
Seguridad y Salud en el Trabajo de la actividad Eléctrica y Ley N°
29783.
Art. 284.- Para mover, trasladar o transportar a una persona seriamente
lesionada debe seguir los procedimientos adecuados de primeros
auxilios. Si el caso lo requiere, solicitar la presencia de un médico en el
lugar del accidente, antes de proceder a trasladar al accidentado al
hospital.
Art. 285.- En caso de accidente fatal el supervisor notificará inmediatamente
a. Superintendente de la Central Térmica.: Sub Gerencia de Operació n y
Gerencia de Operació n.: Seguridad y Medio Ambiente
b. Servicios Médicos.
c. Administració n. Quien notificará (en coordinació n con Asesoría Legal),
al Juez de Paz y la PNP de Marcona, posteriormente gestionará los
trá mites ante la compañ ía de Seguros y otras entidades.
d. No moverá el cadá ver sin la orden del Juez de Paz y en presencia de la
PNP.
Art. 286.- Todo Trabajador que ha estado enfermo o accidentado y bajo
tratamiento médico, al regresar al trabajo deberá presentarse al á rea
de Servicio médico para su evaluació n y posterior dado de Alta
Médica”. Sin este documento, el trabajador no será aceptado por su
supervisor para ingresar a su trabajo.
Art. 287.- Ningú n Trabajador podrá ausentarse de la localidad, estando con
descanso médico, sin la autorizació n del médico tratante.
Art. 288.- No está permitido el ingreso a las labores al personal que se encuentre
en estado anormal de salud que conlleve riesgos de accidentes;
comprobado por la enfermería de Es Salud (San Nicolá s).
Art. 289.- El Encargado de Seguridad y Medio Ambiente de acuerdo con el
coordinador de servicios médicos y previa observació n estadística,
detectará a aquellas personas que muestran definida tendencia a

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

accidentarse y hará n las recomendaciones que estimen convenientes


de prevenció n.

Notificación e Investigación de Accidentes

Art. 290.- La Empresa está obligada a informar al OSINERGMIN y al Ministerio


de Trabajo y Promoció n del Empleo los Incidentes peligrosos y
accidentes de trabajo y de terceros fatales dentro de las 24 horas de
ocurrido el hecho de acuerdo al formato establecido en el Reglamento
de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El Presidente del Comité de Seguridad nombrara al Comité de
Investigació n, conformado por tres miembros del mismo, quienes
deberá n de realizar un informe preliminar.
Art. 291.- Estos Reportes de accidentes será n complementados con el Informe
Ampliatorio en un plazo má ximo de 10 días há biles con el Formato
aprobado por el OSINERGMIN adjuntando la documentació n
sustentadora.
Art. 292.- Igualmente los accidentes incapacitantes de trabajo y de terceros será n
informados al OSINERGMIN dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho
y será complementado con el Informe Ampliatorio en un plazo má ximo
de 10 días há biles con los Formatos aprobados por el OSINERGMIN
adjuntando la documentació n sustentadora.
Art. 293.- Los Accidentes ocurridos en las instalaciones de Shougesa a Terceros,
será comunicado a la Compañ ía de Seguros. Shougesa, para ello cuenta
con una pó liza de seguros de responsabilidad Civil Extracontractual. La
Administració n será la encargada de la mencionada informació n.
Art. 294.- La Empresa registrará en forma trimestral las Estadísticas de
accidentes e incidentes de trabajo, disgregá ndolo por trabajadores de la
Empresa, contratistas y personas ajenas a la Empresa, incluyendo en
ella los Índices de Frecuencia, Severidad y Accidentabilidad. Toda esta
informació n será publicada en la pá gina WEB de Shougesa y
posteriormente remitirá la informació n a OSINERGMIN de acuerdo al
cronograma que ella apruebe.

IX. PREPARACIÓN Y RESPUESTA PARA CASOS DE EMERGENCIA

SHOUGESA cuenta con un Plan de Contingencias y Respuesta ante Emergencias el


cual incluye procedimientos para responder en casos de incendios, derrames,
sismos, tsunami, explosiones y riesgos para la salud, de donde se desprende:

a. Todos los trabajadores deberá n ser entrenados aplicando los


procedimientos establecidos en los Planes de Contingencia y Respuesta
ante Emergencias que SHOUGESA ha elaborado para los diferentes casos o
eventos que puedan presentarse.
b. El Ingeniero de Seguridad y Medio Ambiente será el responsable de
organizar y programar los simulacros y entrenamientos para los casos de
emergencias en conjunto con el Superintendente.

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c. Se cuenta con una Brigada de Emergencia la cual responderá de manera


específica segú n el Plan de Contingencias y Respuesta ante emergencias.
d. El Ingeniero de Seguridad y Medio Ambiente o personal de planta asignado
por el Jefe de Planta tendrá a su cargo la implementació n de botiquines en
lugares de operació n con los recursos necesarios para aplicar los primeros
auxilios en emergencias médicas, accidentes leves, tratamientos y
curaciones a los trabajadores.
e. Se cuenta con facilidades (vehículos de la empresa) para la evacuació n de
enfermos o heridos.
f. Los pasillos y pasadizos deberá n estar libres de obstá culos para permitir la
libre circulació n en caso de evacuació n.
g. Las escaleras que sean medios de salida y puertas para el mismo fin será n
claramente señ alizadas y libres de obstá culos.

SISMOS Y TSUNAMI

Art. 295.- Identificar las á reas internas y externas de seguridad, donde figuran
avisos de “lugares seguros en caso de sismo” (intersecció n de
columnas con vigas, umbrales de cualquier puerta, escritorios, mesas,
patios), zona de peligro y rutas de evacuació n, segú n lo descrito en el
Plan de Contingencia de SHOUGESA.
Art. 296.- No colocar, sin previa seguridad, objetos pesados o frá giles en lugares
altos.
Art. 297.- Los ambientes y rutas de evacuació n deben estar libres. Las puertas de
escape deben abrirse fá cilmente.
Art. 297.- Tener a la mano un directorio telefó nico de emergencia, un botiquín
de primeros auxilios, y una linterna de mano.
Art. 298.- Durante el sismo, mantener la calma, no correr, no gritar y no bajar
escaleras. Dirigirse a los lugares señ alados como seguros y esperar
que pare el movimiento.
Art. 299.- Terminado el movimiento salir de las instalaciones de Shougesa, a la
zona de seguridad y esperar las instrucciones de su supervisor.
Art. 300 Disposició n de evacuar a la zona alta para cuando se da el aviso de
tsunami.
Art. 301.- Participar en los simulacros de sismo y tsunami que organice la
empresa.

Pasillos y Pasadizos

Art. 302.- En los lugares de trabajo, el ancho de los pasillos entre


má quinas, instalaciones y rumas de materiales, no será menor de 60
cm.
Art. 303.- Donde no se disponga de acceso inmediato a las salidas, se dispondrá ,
en todo momento, de pasajes o corredores continuos y seguros, que
tengan un ancho libre no menor de 1.12 m, y que conduzcan
directamente a la salida.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Escaleras, Puertas y Salidas

Art. 304.- Todos los accesos de las escaleras que puedan ser usadas como
medios de salida, será n marcados de tal modo que la direcció n de
egreso hacia la calle sea clara.
Art. 305.- Las puertas de salida se colocará n de tal manera que sean fá cilmente
visibles y no se permitirá n obstrucciones que interfieran el acceso o la
visibilidad de las mismas.
Art. 306.- Las salidas estará n instaladas en nú mero suficiente y dispuestas de tal
manera que las personas ocupadas en los lugares de trabajo puedan
abandonarlas inmediatamente, con toda seguridad, en caso de
emergencia. El ancho mínimo de las salidas será de 1.12 m.
Art. 307.- Las puertas y pasadizos de salida, será n claramente marcados con
señ ales que indique la vía de salida y estará n dispuestas de tal manera
que sean fá cilmente ubicables.

PREVENCIÓN DE INCENDIOS

Art. 308.- Evite la aglomeració n de trapos engrasados, viruta y/o materiales


semejantes, utilice los depó sitos destinados para ello.
Art. 309.- Tenga cuidado cuando trabaje con madera, viruta o líquidos
inflamables, utilice los recipientes de seguridad apropiados para
trasegar líquidos inflamables.
Art. 310.- No emplee gasolina para limpiar. Haga conexió n a tierra cuando
trasvase líquidos inflamables de vagó n o camió n a otro tanque.
Art. 311.- Está prohibido fumar en la Central Térmica y á reas conexas.
Art. 312.- Cuidado con el equipo eléctrico. Está prohibido trabajar con equipo
eléctrico defectuoso. No emplee cables en mal estado. No sobrecargue
las instalaciones eléctricas. Está prohibido reparar equipos eléctricos
defectuosos si no es electricista. Má ndelo al taller correspondiente.
Art. 313.- Conozca su extinguidor y su ubicació n pida instrucciones sobre el uso
de su extinguidor al servicio contra incendios.
Art. 314.- Es obligatorio reportar después de usar su extinguidor o cuando lo vea
descargado. Tenga en cuenta que el extinguidor só lo puede utilizarse
una sola vez, luego debe ser cargado nuevamente.
Art. 315.- Está prohibido hacer bromas o jugar con los extinguidores de incendio.
Art. 316.- Al acercarse a un incendio para combatirlo con un extinguidor portá til
se deberá tener el viento a la espalda, para poder aproximarse y estar
resguardado de las llamas.

Art. 317.- Todos los locales estará n provistos de suficiente equipo para la
extinció n de incendios que se adapte a los riesgos particulares que estos
presentan; las personas entrenadas en el uso correcto de este equipo se
hallaran presentes durante todos los periodos normales de trabajo.
Art. 318.- El equipo y las instalaciones que presenten grandes riesgos de incendio
deberá n ser construidos e instalados, siempre que sea factible, de
manera que sea fá cil aislarlos en casos de incendios.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

PROTECCIÓ N CONTRA INCENDIOS

Condiciones Generales:
Art. 319.-Cualquier trabajador de la empresa que detecte un incendio, procederá
de la forma siguiente:
a. Dar la alarma interna y externa. (Plan de contingencias)
b. Comunicar a los integrantes de la Brigada contra Incendios.
c. Seguir las indicaciones de las brigadas correspondientes.
d. Evacuar el á rea de manera ordenada con direcció n a la puerta de salida má s
cercana.
Art. 320.-Consideraciones generales importantes:
a. La mejor forma de combatir incendios es evitando que estos se produzcan.
b. Mantengan su á rea de trabajo limpio, ordenado y en lo posible libre de
materiales combustibles y líquidos inflamables.
c. No obstruya las puertas, vías de acceso o pasadizos, con materiales que
puedan dificultar la libre circulació n de las personas.
d. Informe a su Jefe sobre cualquier equipo eléctrico defectuoso.
e. Familiarícese con la ubicació n y forma de uso de los extintores y grifos
contra incendios.
f. En caso de incendio de equipos eléctricos desconecte el fluido eléctrico. No
use agua ni extintores que lo contengan si no se ha cortado la energía
eléctrica.
g. La operació n de emplear un extintor dura muy poco tiempo; por
consiguiente, utilícelo bien, acérquese lo má s que pueda, dirija el chorro a
la base de las llamas, no desperdicie su contenido.
h. De ser necesario, la brigada contraincendio determinará el uso del sistema
contraincendio para situaciones de incendio en calderas y
precalentadores.
i. Obedezca los avisos de seguridad y familiarícese con los principios
fundamentales de primeros auxilios.

Agua: Abastecimiento uso y equipo


Art. 321.-La empresa garantizará un abastecimiento de agua adecuado a presió n
mínima de 60 libras, en caso de incendio de materiales combustibles
ordinarios (Clase A).
Art. 322.-Las bombas para incendios estará n situadas y protegidas de tal modo
que no se interrumpa su funcionamiento cuando se produzca un
incendio.
Art. 323.-Los grifos contra incendios deberá n ser de fá cil acceso y estará n
conservados y mantenidos en buenas condiciones de funcionamiento.

Extintores Portá tiles


Art. 324.- La empresa, dotará de extintores de incendios adecuados al tipo de
incendio que pueda ocurrir, considerando la naturaleza de los procesos
y operaciones.
Art. 325.- Los aparatos portá tiles contra incendios, será n inspeccionados por lo
menos dos veces al añ o y será n recargados cuando se venza su tiempo
de vigencia o se utilicen, se gaste o no toda la carga.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 326.- Todos los extintores se colocará n en lugares visibles, de fá cil acceso, los
que pesen menos de 18 Kg., se colgará n a una altura má xima de 1.50 m
medidos del suelo a la parte superior del extintor.
Art. 327.- Cuando ocurran incendios que implican equipos eléctricos, los
extintores para combatirlos será n de polvo químico seco; en caso de
que el incendio sea en el centro de có mputo, laboratorios o implique
equipos sofisticados, se utilizará n los extintores de gas carbó nico (CO2),
para su extinció n.

SIMULACROS DE INCENDIOS

Art. 328.- La empresa dispondrá de un Sistema de Alarma para casos de


Emergencias operado manualmente desde la Sala de Control.
Art. 329.- En la empresa se realizará n ejercicios de modo que se simulen las
condiciones de un incendio, ademá s se adiestrará a las brigadas en el
empleo de los extintores portá tiles, evacuació n y primeros auxilios e
inundació n. El programa anual de formació n y sensibilizació n se
iniciará desde el mes de enero de cada añ o.
Art. 330.- En casos de evacuació n, el personal deberá seguir con la señ alizació n
indicada como SALIDA.
Art. 331.-Para combatir los incendios que puedan ocurrir, la empresa
formará la Brigada contra Incendios.

ALMACENAJE DE SUSTANCIAS INFLAMABLES

Art. 332.- El almacenaje de grandes cantidades de petró leo, (o aceites lubricantes,


alcohol, tintas, etc.) se efectuará en tanque subterrá neo (Locales o
ambientes) de construcció n resistente al fuego, realizá ndose su
distribució n para el trabajo del caldero por medio de tuberías.
Art. 333.- Se tomará n las medidas para evitar escapes de líquidos inflamables
hacia desagü es y detener cualquier pérdida de líquido dentro de la zona
de seguridad, así como también para evitar la formació n de mezclas
explosivas o inflamables de vapores y aire, especialmente durante el
trasiego.
Art. 334.-Queda terminantemente prohibido el empleo de líquidos inflamables
para fines de limpieza en general, excepto en aquellos casos en que las
condiciones técnicas del trabajo, así lo exijan, en cuyo caso estos
trabajos se efectuará n en locales adecuados, libres de otras materias
combustibles, dotados de los sistemas preventivos contra incendios.
Art. 335.-En los locales, donde se use, manipule, almacene, transporte, etc.,
materiales o líquidos combustibles o inflamables, será terminantemente
prohibido fumar o usar llamas descubiertas o luces que no sean a
prueba de fuego o explosió n.

GASES COMPRIMIDOS

Art. 336-Para manipular los cilindros que contengan gases comprimidos, se


observará lo siguiente:

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

a. Podrá n ser depositados al aire libre, de pie, debidamente atados con una
cadena, estando adecuadamente protegidos contra los cambios excesivos de
temperatura y los rayos directos del sol o de la humedad permanente.
b. Los cilindros de acetileno, oxigeno u otros gases deben ser manejados con
precauciones por personas experimentadas. No se depositará n gases
comprimidos cerca de sustancias inflamables.
c. No hacer rodar los cilindros, estos deben transportarse en sus carritos
respectivos.
d. Los cilindros que contengan gases licuados, se almacenará n en posició n
vertical o cercana a la vertical, debidamente sujetados con cadenas o sogas
para evitar su caída.
e. No dejará n caer, ni se expondrá a choques violentos los cilindros de gases.
f. Cuando se utilicen cilindros, estos se sujetará n con correas, collares o
cadenas, para evitar que se vuelquen.
g. Los cilindros de gases será n transportados en la planta mediante
dispositivos apropiados.
h. Los casquetes de protecció n de las vá lvulas de los cilindros de gases,
estará n colocados en su posició n cuando los cilindros se transporten o
cuando no estén en uso.
i. Los cilindros se mantendrá n a distancias suficientes, desde el punto de vista
de la seguridad, de todo trabajo en el que se produzcan llamas, chispas o
metal fundido, que ocasione un calentamiento excesivo en los cilindros.
j. Los cilindros de oxígeno no se manipulará n con las manos o guantes
grasientos y no se empleará grasa ni aceite como lubricante en las vá lvulas,
accesorios, manó metros o en el equipo regulador.

ELIMINACIÓ N DE RESIDUOS
Art. 337.- No se permitirá que se acumulen en el piso residuos de material
inflamable, los cuales será n dispuestos adecuadamente por el personal
que esté realizando la labor y esté generando el residuo.
Art. 338- Se dispondrá de recipientes para recoger inmediatamente los trapos
saturados de aceite, pintura u otros materiales combustibles, sujeto a
combustió n espontá nea, en los lugares de trabajo donde estos se
produzcan.
Art. 339.- Diariamente el Personal de Limpieza, recolectará los recipientes de
basura de cada ambiente, colocá ndolos temporalmente en el Almacén
Central de Residuos Industriales Peligrosos de la Central Térmica San
Nicolá s.

SEÑ ALES DE SEGURIDAD


Art. 340.-El objeto de las señ ales de seguridad será el hacer conocer, con la mayor
rapidez posible, la posibilidad de accidente y el tipo de accidente y
también la existencia de circunstancias particulares.

Dimensiones de las Señ ales de Seguridad


Art. 341.-Las señ ales de seguridad será n tan grandes como sea posible y su
tamañ o será congruente con el lugar en que se colocan o el tamañ o de los
objetos, dispositivos o materiales a los cuales se fijan, en todos los casos,

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

el símbolo de seguridad, debe ser identificado desde una distancia


segura.
Art. 342.-Las dimensiones de las señ ales de seguridad será n las siguientes:
Círculo : 20 cm. de diá metro
Cuadrado : 20 cm. de lado
Rectá ngulo : 20 cm. de altura y 30 cm. de base
Triá ngulo equilá tero: 20 cm. de lado
Estas dimensiones pueden multiplicarse por las series siguientes:1.25,
1.75, 2, 2.25, 2.5 y 3.5, segú n sea necesario ampliar el tamañ o.

Aplicació n de los Colores y Símbolos de Seguridad


Art. 343.-Las señ ales de prohibició n será n de color de fondo blanco, la corona
circular y la barra transversal será n rojos, el símbolo de seguridad será
negro y se ubicará al centro y no se superpondrá a la barra transversal, el
color rojo cubrirá como mínimo el 35% del á rea de la señ al.
Art. 344.-Las señ ales de advertencia tendrá n un color de fondo amarillo, la banda
triangular será negra, el símbolo de seguridad será negro y estará
ubicado en el centro, el color amarillo cubrirá como mínimo el 50% de
á rea de la señ al.
Art. 345.-Las señ ales de obligatoriedad tendrá n un color de fondo azul, la banda
circular será blanca, el símbolo de seguridad será blanco y estará ubicado
en el centro, el color azul cubrirá como mínimo el 50% del á rea de la
señ al.
Art. 346.-Las señ ales informativas se ubicará n en los equipos de seguridad en
general, rutas de escape, etc. Las formas de las señ ales informativas
será n cuadradas o rectangulares, segú n convengan a la ubicació n del
símbolo de seguridad o el texto, el símbolo de seguridad será blanco, el
color de fondo será verde, el color verde cubrirá como mínimo el 50% del
á rea de la señ al.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

FORMA GEOMÉTRICA Y SIGNIFICADO GENERAL

Forma Color Color de Color del Ejemplo de


Significado
Geométrica Seguridad Contraste Pictograma Uso
Prohibido fumar,
Prohibido hacer
PROHIBICIÓ N ROJO BLANCO NEGRO fuego, Prohibido
el paso de
Peatones.

Uso de
protecció n
ocular, traje
OBLIGACIÓ N AZUL BLANCO BLANCO
de seguridad,
Use mascarilla.

Riesgo eléctrico,
Peligro de
AMARILLO NEGRO NEGRO muerte, Peligro
ADVERTENCIA ácido corrosivo.

Direcció n que
debe seguirse,
VERDE BLANCO BLANCO Punto de reunió n,
INFORMACIÓ N
Teléfono de
emergencia.

Extintor de
incendio,
SEGURIDAD Hidrante
ROJO BLANCO BLANCO
CONTRA incendio,
INCENDIOS manguera contra
incendio.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

PRIMEROS AUXILIOS

Generalidades:

Art. 347.-El principal objetivo de los primeros auxilios, es la de evitar, por todos
los medios posibles, la muerte o la invalidez de la persona accidentada.
Otros de los objetivos principales es que mediante los mismos se brinde
un auxilio a la persona accidentada, mientras se espera la llegada del
médico o se le traslada a un hospital.

Reglas Generales:

Art. 348.-Cuando se presente la necesidad de un tratamiento de emergencia, siga


éstas reglas bá sicas:
a. Evite el nerviosismo y el pá nico.
b. Si se requiere acció n inmediata para salvar una vida (respiració n
artificial, control de hemorragias, etc.), haga el tratamiento adecuado
sin demora.
c. Haga un examen cuidadoso de la víctima.
d. Nunca mueva a la persona lesionada a menos que sea absolutamente
necesario para retirarla del peligro.
e. Avise al médico inmediatamente.

Shock:

Art. 349.- Cuando ocurra un “shock” siga estas reglas bá sicas:


Acostar al paciente con la cabeza hacia abajo, esto se puede conseguir
levantando los pies de la camilla o banca, donde esté acostado el
paciente, 6 pulgadas má s alto que la cabeza.
a. Constatar que la boca esté libre de cuerpos extrañ os y que la lengua
esté hacia delante.
b. Suministrarle abundante cantidad de aire fresco u oxígeno si existe
disponible.
c. Evitar al paciente el enfriamiento, se le debe abrigar con una frazada y
llevarlo al médico.

Heridas Hemorragias:

Art. 350- Seguir el siguiente tratamiento:


a. Se puede parar o retardar la hemorragia, colocando una venda o
pañ uelo limpio sobre la herida, presionando moderadamente.
b. Si la hemorragia persiste aplique el torniquete (cinturó n, pañ uelo, etc.),
en la zona inmediatamente superior a la herida y ajuste fuertemente.
c. Acueste al paciente y trate de mantenerlo abrigado.
d. Conduzca al herido al hospital.
e. Si el viaje es largo, suelte el torniquete cada 15 minutos para que circule
la sangre.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Fracturas:

Art. 351.- Siga el siguiente tratamiento:


a. No doble, ni tuerza, ni jale el miembro fracturado.
b. Mantenga al paciente descansando y abrigado.
c. Por fracturas de espalda, cuello, brazo o de la pierna, no mueva al
paciente y llame al médico.
d. Por fracturas de cualquier otra parte del cuerpo, lleve al
accidentado al médico.
e. Si hay duda acerca de si un hueso está o no fracturado, trá tese
como fractura.

Quemaduras:

Art. 352.- Son lesiones que se producen a causa del calor seco o del calor
hú medo y se clasifican de acuerdo al grado de lesió n que causa en
los tejidos del cuerpo en de 1er, 2do y 3er grado.
a. Para quemaduras leves o de 1er grado se puede aplicar un
ungü ento y puede ser cubierta por una gasa esterilizada.
b. Para quemaduras de 2do y 3er grado quite la ropa suelta y aplique
una gasa esterilizada suficientemente grande para cubrir la
quemadura y la zona circundante y lo suficientemente larga para
evitar el contacto con el aire con la quemadura.

Respiració n boca a boca:

Art. 353.- Es un método efectivo mediante el cual se revive a una persona que
no puede respirar por sí misma, su aplicació n nunca dañ a a la
víctima, aunque la falta de ésta puede resultar fatal ya que
cualquier demora puede producir consecuencias graves o fatales.
a. Acueste de espaldas y en su posició n horizontal al lesionado y
coló quese al lado junto a la cabeza.
b. Levante la mandíbula inferior para asegurar el paso del aire.
c. Trate de cubrir la boca, para ello introduzca el dedo pulgar y tire
del mentó n hacia delante, con la otra mano tape los orificios nasales
(esto evita la pérdida del aire).
d. Respire profundamente y coloque su boca sobre la de la víctima y
sople en forma suave y regular.
e. Retire su boca para permitir que la víctima exhale, vuelva a soplar y
repita 12 veces por minuto como mínimo. Algunas veces la víctima
cierra la boca fuertemente que resulta difícil abrirla, en estos casos
sople el aire por la nariz, selle los labios con el índice de la mano
que contiene la barbilla.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Botiquín de primeros auxilios:

Art. 354- La empresa abastecerá de manera que haya siempre un stock


permanente de los siguientes medicamentos y materiales en el
Botiquín:
a. Instrumentos: tijeras, pinzas, termó metro bucal, torniquetes, etc.
b. Vendas: gasa esterilizada, rollo de tela adhesiva o esparadrapo, caja de
curitas, paquetes de algodó n absorbente, etc.
c. Drogas: agua oxigenada, alcohol, yodo, mercurio, cromo, picrato de
butesin, jabó n germicida, aspirina (o equivalente), antibió tico,
calmante de dolor, etc.

Art. 355.- En caso de emergencia llamar a los siguientes nú meros telefó nicos de
acuerdo a la ocurrencia:

COMUNICACIONES INTERNAS

TELEFONOS DE FUNCIONARIOS A SER COMUNICADOS EN CASO DE


EMERGENCIAS – COMITÉ DEL PLAN DE CONTINGENCIAS:

- Ing. Juan Carlos Alfaro Vallejos, Sub Gerente de Operaciones (Director


del Plan de Contingencias)
Teléfonos: 2662 / 2438 / RES-2450 (domicilio D-22) Cel. 956-766880

- Ing. Rómulo Cuesta Alvarado, Superintendente de la Central Térmica


(Coordinador del Plan de Contingencias)
Teléfonos: 3407 / RES-2493 (domicilio C-3) Cel.- 956747531

- Ing. Fernando Cuesta Alvarado, Jefe Operació n (Coordinador de


Operaciones)
Teléfonos: 3405 / RES-2377 (domicilio G-36) Cel.: 965395384

- Sr. Julio Centty Montaño, Administrador (Coordinador de Brigadas San


Juan)
Teléfonos: 2657 / Cel.: 956725325

- Ing. Fabiola Carazas Paco, Coordinador de Seguridad y Medio Ambiente


Teléfonos: 3311 / Cel.- 965395383

- Abogado Javier Cárdenas Mansilla, Asesor Jurídico


Teléfonos: 2577 / RES-2643 (domicilio C-14) Cel.: 956725644

- Dr. Daniel Vargas Acevedo, Asesor Médico


Teléfonos: 2652 / RES-2451 (domicilio D-1) Cel.: 956721594

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

COMUNICACIONES EXTERNAS OFICIALES

Una vez que Director del Plan de Contingencias es comunicado del suceso
entonces procederá a efectuar las siguientes comunicaciones oficiales:

Teléfonos
Á reas San Juan San Nicolá s
Bomberos / Nº 152 2168 / 525800 3200
Enfermería - 3231
Hospital 525080 / -
525064/525542
Vigilancia SHP 2168 3233/3246
Policía 2261 / 526632 -
Seguridad Ocupacional - 3140
SHP (Ing. Jhon Ramirez)

De acuerdo a la Resolució n Ministerial Nº 111-2013-MEM/DM


“Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo con electricidad” nuestra
Central está obligada a informar por escrito al OSINERGMIN, vía Correo
Electró nico, Al Sistema de Informació n de Accidente del Sector Eléctrico
(SIASE), Así como la Norma, Política y Procedimiento Sobre Reporte de
Incidente o Accidente. Có digo SGESA. No. 09. La ocurrencia de
emergencias acaecidas en el desarrollo de las actividades vinculadas al
subsector Eléctrico.

Producida la emergencia se remitirá el Informe Preliminar de Emergencia,


dentro del primer día há bil siguiente de ocurrida la misma. Así mismo, en
un plazo má ximo de 10 días há biles contados a partir de la fecha de
ocurrencia de los hechos, se remitirá el Informe Final de la emergencia.
Para preparar los Informes se pueden tomar como referencia los Formatos
de 1 al 6 de la Resolució n Nº 088-2005-OS/CD “Procedimiento para el
Reporte de Emergencias en las Actividades del Subsector Hidrocarburos”,
segú n sea aplicable.

De estar involucrado en la contingencia la contaminació n del mar o una


franja de orilla de 50 metros de ancho entonces se procederá , de acuerdo
al D.S. N° 028-DE/MGP, a notificar a la Capitanía de Puerto de San Juan y
San Nicolá s al Anexo 2160 o al Teléfono 525009 / 523703 al Capitá n de
Puerto, o al Técnico encargado de Medio Ambiente de la C.P., para los
casos que se estipulan en la norma.
Art. 356.-El siguiente Plan de Notificaciones presente en el presente Reglamento
Interno de Seguridad y Salud forma parte de nuestro Plan de
Contingencias para casos de Desastres el cual contempla todos los casos
de Emergencias previstos por la norma legal.
Art. 357.-Los Procedimientos y registros específicos para actuar en casos de
contingencias se encuentran en nuestro Plan de Contingencias para casos
de Desastres.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

X. DIRECTIVAS ACERCA DE LA SEGURIDAD EN LAS OFICINAS


ADMINISTRATIVAS Y DE ATENCIÓN AL PÚBLICO

Art. 358.- Para evitar los accidentes por caídas en el mismo nivel se deberá :
- Evitar las prisas exageradas.
- Evitar distracciones.
- Retirar los obstá culos que dificulten el paso (cables, cajones
abiertos, etc.)
- Verificar que los pisos no estén resbalosos o que haya algú n
derrame de cualquier sustancia o simplemente agua.
- Usar preferentemente calzado con suelas antideslizantes.
Art. 359.- Para evitar los accidentes con sillas se deberá :
- No balancearse en una silla de 4 patas.
- No sentarse demasiada cerca del borde delantero.
- No inclinarse lateralmente.
- Tener sillas giratorias sobre ruedas deben tener 5 brazos
cortos en lugar de cuatro patas má s largas (para evitar
tropezones), así crea cierta resistencia a la rodadura “en vacío”
para evitar desplazamientos.
Art. 360.- Para evitar accidentes con estanterías, armarios y archivadores se
deberá verificar su inestabilidad mediante observar si:
- Son estrechas y altas.
- Si los suelos no está n nivelados.
- Si se cargan demasiado.
- Si se usan de forma inadecuada (como escalera, etc.)
- Si presentan baldas defectuosas.
Art. 361.- IMPORTANTE (sobre estantes, armarios y archivadores):
- No intentaremos sujetar una estantería que se cae.
- No llenar los cajones de los archivadores solamente en la parte
delantera.
- No abrir los dos cajones superiores de un archivador (puede
volcar).
- Tener cuidado con las estanterías mó viles.
Art. 362.- Otros riesgos que se pueden presentar en las Oficinas:
- Guardar tijeras, cú ter, etc. en los cajones y NUNCA encima de
los armarios (pueden caer y pincharnos).
- No tirar a papeleras materiales cortantes ni cigarrillos.
- Cuidado con las corbatas, o pañ uelos y las destructoras de
documentos.
- Fundamental el ORDEN y LIMPIEZA.
Art. 363.- Para evitar accidentes con electricidad en la oficina se deberá :
- No utilizar cables deteriorados o cajas de enchufe rotas.
- No utilizar “triples” que no tengan toma de tierra en los
enchufes que si la tengan.
- No desconectar tirando del cable.
- No manipular ni tratar de reparar aparatos eléctricos.
Art. 364.- Los Incendios se pueden producir por:
- Causas fortuitas (Electricidad está tica, Corriente eléctrica,
Fugas de gas, etc.)

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

- Factor humano (imprudencias, manipular enchufes, tirar


colillas a las papeleras, falta de orden y limpieza, no vaciar
papeleras, etc.)
Art. 365.- En la primera etapa de un Incendio (amago) el uso del Extintor
puede ser muy eficaz. Para usarlo deberá :
- Quitar primero el seguro y el pasador que está colocado en la
parte superior del extintor, en la manija.
- Luego coger con una mano el extintor y con la otra la manguera.
- Dirigir la manguera a la base del fuego.
- Presionar maneta de disparo.
- Mover la manguera en zigzag.
- Continuar hasta vaciar todo el elemento de extinció n del
extintor (agua, CO2, polvo químico seco, o polvo polivalente)
Art. 366.- En un Incendio con riesgo eléctrico se deberá :
- Intentar el corte de tensió n en la zona afectada.
- NO UTILICE AGUA.
- Utilice extintores de CO2, PQS
Art. 367.- La incorporació n de nuevas tecnologías supone la aparició n de
nuevos riesgos y efectos sobre la salud de los trabajadores.
El puesto de trabajo con Pantallas de Visualizació n de Datos
(PVD).
Art. 368.- Los factores de riesgos en el trabajo con PVD son los siguientes:
- El Equipo de trabajo (pantalla, teclado, documentos, mesas,
asientos reposapiés, impresoras, etc.).
- El Entorno de trabajo (sala, espacio, iluminació n, ruido,
vibraciones, temperatura, humedad, ventilació n, etc.).
- La Organizació n del Trabajo (tiempo de trabajo, monotonía,
falta de formació n, poca informació n, excesivo control, etc.).
- Las condiciones individuales (alteraciones visuales, defectos
físicos, alteraciones psicoló gicas previas, vicios postulares y
otros problemas personales, etc.).
Art. 369.- El Equipo de trabajo.
- Colocar los elementos de forma que se pueda realizar un arco
horizontal con los brazos extendidos.
- La parte superior del monitor debe quedar a la altura de los
ojos.
- La pantalla entre 50 y 60 cm. de los ojos.
- Portadocumentos pró ximo a la pantalla.
- Entre el teclado y el borde de la mesa un mínimo de 10 cm. para
apoyo de la muñ eca. La silla deberá de ser có moda y bien
ajustada
Art. 370.- El Entorno de trabajo:
- Ruido < 60 dB.
- Temperatura: Invierno 20-24ºC. / verano 23-26ºC.
- Humedad 45-65%.
- Velocidad aire < 0,15 m/s.
- Iluminació n > 500 lux.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Art. 371.- Organizació n del trabajo:


- Hacer pausas perió dicamente para relajar la vista y descargar la
tensió n generada por la postura mantenida.
- Alternar actividades siempre que sea posible.
- Formar a los trabajadores para que puedan utilizar correctamente
el equipo, mobiliario, etc.
Art. 372.- Condiciones individuales.
- Defectos visuales o musculoesqueléticos.
- Enfermedades sistémicas.
- Personalidad (ansiosa, depresiva, etc.)
- Insatisfacció n laboral.
- Problemas familiares y/o econó micos.
- Uso del ordenador como ocio.
Art. 373.- Efectos sobre la salud:
- Fatiga visual:
- Pesadez y cansancio en ojos.
- Aumento del parpadeo.
- Frotamiento de pá rpados.
- Enrojecimiento, picor, escozor y lagrimeo.
- Fotofobia.
- Sensació n De cuerpo extrañ o.
- Visió n borrosa o doble.
- Cefaleas.
- Ná useas, mareos, vértigo.
- Sensació n de desasosiego / ansiedad. Trastornos musculo
esqueléticos
- Dolor en nuca y/o cuello.
- Dolores de espalda variados Contracturas musculares.
- Hormigueos en EE.
- Fatiga mental:
- Mareos, temblor, sudoració n, palpitaciones.
- Diarrea, estreñ imiento, “ardores”.
- Cefaleas.
- Nerviosismo, irritabilidad, insomnio, sueñ o agitado, etc.
- Estados ansioso depresivos, etc. Dolor y agarrotamiento en
muñ ecas y manos.
Art. 374.- Condiciones ergonó micas correctas.
- Ejercicios.
- Vigilancia de la Salud.
- Organizació n del trabajo.
- Formació n e informació n. Ubicació n correcta de los elementos del
equipo de trabajo.
Art. 375.- Vigilancia de la Salud. Reconocimiento médico específico para PVDs
de forma perió dica (control de AV y de aparato locomotor).
- Se presta especial atenció n a la valoració n oftalmoló gica y del
aparato locomotor.
- Nada mejor que moverse, levá ntate de vez en cuando para relajarte.
- Cada 50 minutos haga descansos de 10 minutos con estiramientos.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

- Cambie de postura conscientemente, estire y doble las piernas y


cambie de postura los antebrazos.
- No utilice su silla en la posició n en que se la entreguen, aprenda
a regularla.
- Aprenda a usar el rató n con ambas manos.
- Ordene su mesa de trabajo.
- Salga del trabajo a la hora de comer.
- Haga deporte, ejercicios oculares
- No fume.

XI. DISPOSICIONES SOBRE MEDIDAS DE INSPECCIÓN Y SEGURIDAD EN EL


TRABAJO

Art.376.- Las Inspecciones De Seguridad Laboral son una actividad necesaria


en todo Programa de Seguridad Laboral. Son un medio para
apreciar, valorar, y estudiar los problemas y condiciones prá cticas
de trabajo inseguras. Se realizará n en cumplimiento a lo
establecido en el P.SMA. 008 Inspecciones de Seguridad.

Art. 377.- Está n Dirigidas a:


- Descubrir: Condiciones y Actos Inseguros en el Trabajo.
- Analizar: Por qué existen estas Condiciones y Actos Inseguros
- Remediar: Eliminar las Condiciones y Actos Inseguros
Art. 378.- Finalidad: Descubrir Causas de Posibles Accidentes
Art. 379.- Beneficios De Las Inspecciones
- Protecció n Sistemá tica
- Informació n Uniforme
- Acció n Remediadora
- Mayor Eficiencia
- Son expresió n de un verdadero interés por la Seguridad
- Pueden lograrse otros resultados específicos
- Mejores relaciones publicas y obrero patronales
- Capacitació n en materia de seguridad para empleados
Art. 380.- Métodos De Inspecciones:
- Actividad continua
- Mantenimiento preventivo
Art. 381.- ¿Quién debe hacer las Inspecciones de Seguridad?
- Oficina de seguridad y medio ambiente.
- Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Jefes, encargados de á reas
- “Todos “
Art. 382.- Pasos para realizar las Inspecciones de Seguridad
Preparació n:
- Plan
- Revisió n
- Estudio
- Esquema
- Materiales
- Enseres

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

Planeació n de la ruta:
- Tenga un objetivo definido
- Siga una secuencia
Inspecció n:
- Condiciones generales
- Riesgos específicos
- Prá cticas de trabajo
- Consejos para la Inspecció n
- Tome notas
- No moleste
- Evite toda conversació n
- Revise todos los lugares
- Sea constructivo
- Busque motivos
- Notifique a los jefes de departamento
- Prepare las recomendaciones
Art. 383.- ¿Qué debe comprobarse en una Inspecció n de Seguridad
- Existencia de Permiso de trabajo y charla previa al trabajo
debidamente firmados.
- Maniobras de trabajo.
- Medidas de control para trabajos de alto riesgo.
- Cumplimiento de procedimientos, instructivos y directivas.
- Uso de EPP’s.
- Estado de herramientas, materiales y equipos.
- Estado de infraestructura.
- Señ ales de seguridad
- Orden y limpieza
- Nuevos peligros
- Estado de extintores, mangueras y sistema contraincendio.
- Iluminació n, Ventilació n.
- Existencia, uso y/o almacenamiento de sustancias peligrosas.
- Transporte de personas, materiales y equipos.
- Estado de vehículos.

XII. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DEL RISST

Art 384.- El incumplimiento del presente Reglamento Interno de Seguridad y


Salud en el trabajo en la Central Térmica de San Nicolá s, así como
en las Oficinas Administrativas de San Juan. Será pasible de la
aplicació n de la Norma, Política y Procedimiento sobre Medidas
Disciplinarias. (SGESA No.003)
Sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que
hubiere lugar, se considera infracció n sancionable cualquier
incumplimiento de las disposiciones establecidas por el presente
Reglamento, normas complementarias y especiales en materia de
Seguridad.

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

CUADRO DE SANCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD

INFRACCIONES DE SANCIONES
SEGURIDAD 1º VEZ 2º VEZ 3º VEZ
No usar implementos Amonestació n
Suspensió n Despido
de seguridad. Escrita
Permiso de Trabajo sin
Amonestació n
las autorizaciones Suspensió n Despido
Escrita
correspondientes.
No se ha realizado la
Amonestació n
charla de 5 minutos Suspensió n Despido
Escrita
previa al trabajo.
No dictado de la charla Amonestació n
Suspensió n Despido
semanal de seguridad Escrita
Encontrase bajo la
Amonestació n
influencia de alcohol Suspensió n Despido
Escrita
y/o estupefacientes.
Incumplir las reglas de
trá nsito, art. 173 del Amonestació n
Suspensió n Despido
RISST, realizar Escrita
maniobras temerarias.
No reportar
Amonestació n
accidentes/incidentes Suspensió n Despido
Escrita
de manera inmediata.
Manipular los
dispositivos y equipos Amonestació n
Suspensió n Despido
de seguridad sin razó n Escrita
que lo justifique.
Generar incidentes por Amonestació n
Suspensió n Despido
negligencia. Escrita

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REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 2018

He recibido un ejemplar del Reglamento Interno de Seguridad, Salud ocupacional y Medio


Ambiente 2018, comprometiéndome a leer y dar exacto cumplimiento. En caso de duda
contactaré con mi Jefe o Coordinado SMA para analizarlo y obtener la correcta interpretación.

Asimismo, me comprometo a informar de inmediato cualquier accidente o incidente ocurrido


como todo acto o condición subestandar crítico y/o peligroso que pudiese identificar.

Sector donde Labora:

Fecha:

Nombre y Apellido Firma

Ficha/ DNI:

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