Business">
Ajuste Fiscal Por Inflación
Ajuste Fiscal Por Inflación
Ajuste Fiscal Por Inflación
Activos Fijos: Los activos fijos, denominados también, propiedades, planta y equipos; activos de larga vida o
permanentes; son aquellos que se utilizan en la producción o venta de otros activos o servicios y que tienen una
vida útil mayor que un periodo contable. Estos activos pueden clasificarse de distintas maneras a saber: a.- Por su
corporeidad o materialidad: En activos fijos tangibles y activos fijos intangibles y b.- Por la pérdida de valor,
durante su vida útil: Activos sin pérdida de valor, activos depreciables, activos amortizables y activos agotables.
Los costos de adquisición, con excepción del terreno, se cargan a gastos a lo largo de un periodo de varios años,
tales gastos se conocen como: Depreciación (para activos fijos tangibles), amortización (para activos fijos
intangibles) y Agotamiento (para los activos representados por recursos naturales). Para llevar a gastos del
periodo, el costo de adquisición del activo de larga vida se requiere: a) Costo de adquisición del activo b) Valor de
desecho o residual y c) Vida útil estimada del activo.
Planilla RAR
Los contribuyentes sujetos al ajuste fiscal por inflación deben inscribirse el Registro de Activos Revaluados
(RAR). La inscripción en este registro ocasionará un tributo del tres (3%) por ciento sobre el incremento del valor
ajuste inicial por inflación de los activos fijos depreciables. Este tributo podrá pagarse hasta en tres (3) porciones
iguales y consecutivas, en sucesivos ejercicios fiscales, a partir de la inscripción de este registro (Art.174 Ley). A
tales efectos deben presentar la planilla RAR Forma 23, que se indica:
Ajuste Inicial por Inflación Solicitud de Inscripción en el Registro de Activos Revaluados. Declaración Especial y
Pago RAR Forma 23
3.5.- Pasos para el Ajuste Inicial
a) Identifíquese las partidas monetarias y no monetarias; así como las exclusiones fiscales históricas;
b) Determínese los valores y fechas de adquisición de las partidas no monetarias y fecha de cierre contable;
c) Determínese los Índices de Precios al Consumidor, según a la fecha aplicable a la partida no monetaria
respectiva y calcúlese la variación del IPC;
d) Calcúlese el monto ajustado y ajuste neto de periodo para cada una de las partidas no monetarias. Utilizando
las hojas de Trabajo respectiva;
e) Elabórese los asientos fiscales respectivos y el Balance General Fiscal Actualizado; y f) Elabórese y presentase
la planilla del RAR, calculándose el tributo del 3%
3.6.- Ejercicios (ver Casos Prácticos)
4.- Reajuste regular por inflación
4.1.- Definición
Es la actualización que únicamente debe practicarse al cierre de los ejercicios contables que finalicen con
posterioridad al ajuste inicial por inflación: Es aplicable:
a) Al valor de activos y pasivos no monetarios existentes en la fecha de actualización, sean proveniente del
ejercicio anterior, o incorporados en el actual;
b) Sobre el patrimonio neto fiscal inicial; y
c) Sobre los aumentos y disminuciones del patrimonio, ocurridos en el periodo de la actualización
4.2.- Monto Actualizado y Reajuste Neto del periodo
a.- Monto Actualizado o Ajustado del periodo. Es el monto que debe aparecer en el estado financiero
ajustado. Se obtiene al multiplicar el Valor en libros de la partida no Monetaria (o, según el caso el valor
actualizado del periodo anterior) y la Variación acumulada del IPC, según se indica:
Monto Ajustado o Actualizado = Valor en Libros de la Partida no monetaria x Variación Acumulada IPC
b.- Ajustes o Reajustes Acumulados hasta periodo actual: Es la diferencia entre el Monto Actualizado y
el Valor en libros de la Partida no Monetaria.
Ajustes o Reajustes Acumulados = Monto Ajustado o Actualizado - Valor en Libros de la Partida no
monetaria
c.- Reajuste Neto del periodo: Es la diferencia entre Ajustes o Reajustes acumulados hasta periodo anterior
menos el valor en libros de la partida no monetaria. Es la cifra para el asiento fiscal de la cuenta "Reajuste por
Inflación"
Reajuste Neto = Monto Ajustado de la partida no monetaria - Valor en libros de la partida no monetaria
Esta actualización o Reajuste Regular se realiza con la Variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) sobre
los conceptos antes identificados y, el resultado neto se acumulará en la cuenta nominal "Reajuste por Inflación".
El saldo final del "Reajuste por Inflación", se cancelará por traspaso de dicho saldo a la cuenta "Actualización del
Patrimonio", (Art. 122
Reglamento). Así se tiene que, si el "DEBE" de la cuenta "Reajuste por Inflación" es mayor que el "Haber", de
dicha cuenta, el
saldo resultante es deudor, significa que el Reajuste ocasionó Pérdidas por Inflación; en caso contrario, si el
"DEBE" es menor que el "Haber", el saldo resultante es acreedor, significa que el Reajuste por inflación generó
Ganancia por Inflación. El asiento, según el caso, se indica:
En todo caso, el saldo de la cuenta "Reajuste por Inflación" es parte de la renta neta gravable, según se indica:
4.3.- Exclusiones fiscales Históricas al Patrimonio.
Es la cuenta creada, con fines fiscales, para acumular los saldos de todas aquellas cuentas contables que por
disposición expresa de la ley deben ser excluidas de los activos, pasivos y del patrimonio (Art. 184 de la Ley y 110
del Reglamento):
a.- Cuentas y efectos por Cobrar: accionistas, administradores, filiales, afiliadas y empresas relacionadas y / o
vinculadas; y
b.- Bienes, deudas y obligaciones aplicados en su totalidad a la producción de utilidades o enriquecimientos
presuntos, exentos, exonerados y no sujetos al impuesto.
Las inversiones en acciones, cuando su participación en el capital social de la empresa emisora es mayor al 20%,
por tener "influencia significativa", forma parte de los bienes aplicados en la producción de utilidades no sujetas
al impuesto sobre la renta; por lo tanto, en materia de dicho impuesto y específicamente en el Ajuste Regular por
Inflación, debe excluirse de los activos del inversionista. En otras palabras, tales montos forman parte de las
"Exclusiones Fiscales Históricas del Patrimonio.
Las Exclusiones fiscales indicadas, se acumularan a los solos efectos de la Ley de ISLR en cuenta de patrimonio
denominada "Exclusiones Fiscales Históricas del Patrimonio". Las modificaciones en esta cuenta durante el
ejercicio se trataran como aumentos o disminuciones del patrimonio (Parágrafo Primero y segundo, Art. 184de
LISLR).
4.4.- Patrimonio neto fiscal inicial
El Patrimonio neto es la diferencia entre activos y pasivos monetarios y no monetarios (Art. 184 de la Ley y 110
del Reglamento). El Patrimonio Neto Fiscal al inicio del ejercicio gravable, es el resultado de sumar al Patrimonio
neto contable histórico el saldo de la cuenta la "Actualización del Patrimonio" y restar las Exclusiones Fiscales
Históricas. Puede ser calculado con los costos históricos o los costos actualizados, según el cuadro que sigue:
b) Los valores totales del inventario final se identifican en el costo de ventas. c) El Terreno fue adquirido en
marzo 2006.
d) El Edificio fue adquirido en mayo 2006 para ser depreciado por línea recta durante cuatro (4) años. e)
Vehiculo adquirido en febrero 2007 por Bs.3.849.900, para ser depreciado en 60 meses.
f) El Mobiliario adquirido en agosto 2006 por Bs.1.193.400, depreciables en línea recta durante 3 años fue
vendido en mayo 2007. En junio 2007 adquirió Mobiliario por Bs.2.295.000 para ser depreciado por línea recta
en 36 meses.
g) "Marca de Fábrica" se contrató en abril 2006 con amortización anual durante 10 años.
h) Las inversiones en acciones no cotizables en la Bolsa tienen fecha de adquisición julio 2006.
i) En febrero 2007 la Asamblea de Accionistas aprobó un aumento de Capital Social. Dicho aumento fue
legalizado en el Registro Mercantil en abril 2007 y, según los registros contables, el aumento en referencia fue
enterado en caja en julio 2007.
j) La Asamblea de Accionistas de fecha febrero 2007 decretó dividendos, cuya cancelación de acuerdo con los
registros legales y contables se realizó en mayo 2007
k) Los registros contables de fecha abril 2007 muestra créditos en cuentas por pagar compañías relacionadas por
Bs.
6.660.600. Igualmente, se tiene créditos en cuentas por cobrar accionistas por Bs. 306.000 de fecha noviembre
2007
Año 2008: Caso práctico de Reajuste Regular por Inflación.
Con base en las informaciones que siguen, efectúese el Reajuste Regular de HACEMOS C.A. (HACECA), para
el ejercicio finalizado el 31-12-2008
b. Los valores totales del inventario final es de Bs. 1.785. c. El Terreno fue adquirido en marzo 2006.
d. El Edificio adquirido en mayo 2006 por valor de Bs.3.825.000 depreciables en línea recta durante cuatro años
fue vendido en julio 2008 por Bs.5.645.000. En febrero 2008 adquirió un nuevo Edificio para las oficinas de la
empresa por Bs. F. 13.770 para ser depreciado por línea recta durante 60 meses.
e. El Mobiliario fue adquirido en junio 2007 por Bs.2.295.000 para ser depreciado durante 36 meses por el
método de línea recta
f. La "Marca de Fábrica" se contrató por Bs. 15.300.000 en abril 2006 con amortización anual durante 10 años.
g. g.- Las inversiones en acciones no cotizables en la Bolsa fue adquirida en julio 2006 por Bs. 7.650.000, de las
cuales queda un saldo de Bs. F. 6.375 por negociación realizada en enero 2008.
h. En julio 2008 la Asamblea de Accionistas Extraordinaria aprobó un aumento de Capital Social por Bs. F.
51.000.
Dicho aumento para la fecha de cierre no ha sido legalizado en el Registro Mercantil.
i. Las cuentas por pagar compañías relacionadas, según los registros contables, en febrero tuvo débitos por Bs. F.
6.820. Por su parte, las cuentas por cobrar accionistas tienen, para abril 2008 un crédito por Bs. F. 127
Prácticas Nº 2 Tipos de situación del Inventario
Planteamiento
Según los registros contables, por cada empresa, la información de inventarios es como se indica (Ver cuadro):
Ajuste inicial de inventarios (Masa monetaria)
Empresa A: Inventario inicial igual al final Empresa B: Inventario inicial mayor que final Empresa C: Inventario
inicial menor que final Empresa D: Sin inventario inicial y valor en final Empresa E: Con inventario inicial y sin
final