Electiva Impuesto Diferido
Electiva Impuesto Diferido
Electiva Impuesto Diferido
PROFESIONAL 3:
IMPUESTO DIFERIDO
CONTENIDO
Las normas fiscales tienen como propósito establecer las bases sobre las cuales los contribuyentes
calculan sus impuestos, mientras que las normas contables tiene como propósito revelar el estado actual
de la situación financiero de la empresa.
Por esta y más razones, al ser un tema global los Estándares Internacionales establecen indicaciones
claras acerca de la forma como se debe reconocer y medir el impuesto a las ganancias, el cual consta de
dos elementos:
IMPUESTO CORRIENTE IMPUESTO DIFERIDO
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
CÁLCULO DEL IMPUESTO DIFERIDO
Deducible Imponible
• Son aquellas partidas que afectan el estado de resultados contable bien sea como ingreso, costo o
gasto, pero no se tienen en cuenta para el cálculo de la renta fiscal, o viceversa; se incluyen dentro
de la determinación tributaria de la renta liquida gravable pero no afectan el estado de resultados
contable. p. ej.
INGRESOS QUE AUMENTAN LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO INGRESOS QUE DISMINUYEN LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO
DE RENTA DE RENTA
Ingresos teóricos (Interés Presunto). Art. 35 E.T. Ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional. (Art.
36-1 al Art. 56)
Rentas exentas (Art. 207-2)
COSTOS Y GASTOS CONTABLES QUE AUMENTAN LAS BASE COSTOS Y GASTOS SÓLO FISCALES QUE NO AFECTAN EL ESTADO
GRAVABLE DEL IMPUESTO DE RENTA – NO DEDUCIBLES. DE RESULTADOS CONTABLE Y QUE DISMINUYEN LA BASE
GRAVABLE DEL IMPUESTO DE RENTA – DEDUCCIONES FISCALES,
COSTOS Y GASTOS TEÓRICOS, O BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Salarios sobre los que no se hayan pagado los aportes a la seguridad Deducción del 200% de los salarios pagados a viudas y huérfanos de
social y aportes parafiscales y aquellos sobre los que nos practicó miembros de las fuerzas armadas muertos en combate, secuestrados
retención en la fuente estando obligado a ello. (Art. 87-1 y 108 E.T.) o desaparecidos. También a ex miembros de la fuerza pública que
hayan sufrido pérdida de su capacidad psicofísica (Art. 108-1 E.T.).
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL
ART. DEL
INGRESO NO CONSTITUTIVO DE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL E.T.
5. LAS PARTICIPACIONES Y DIVIDENDOS (Determinación de los dividendos y participaciones no
48
gravados. Art 49 del E.T.)
6. APORTES AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES. <Artículo adicionado por el artículo 13 de la Ley
1819 de 2016> Los aportes obligatorios que efectúen los trabajadores, empleadores y afiliados al
Sistema General de Seguridad Social en Pensiones no harán parte de la base para aplicar la retención 55
en la fuente por rentas de trabajo y serán considerados como un ingreso no constitutivo de renta ni de
ganancia ocasional.
7. APORTES OBLIGATORIOS AL SISTEMA GENERAL DE SALUD. <Artículo adicionado por el artículo
14 de la Ley 1819 de 2016> Los aportes obligatorios que efectúen los trabajadores, empleadores y
afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud no harán parte de la base para aplicar la 56
retención en la fuente por salarios, y serán considerados como un ingreso no constitutivo de renta ni de
ganancia ocasional.
8. LAS DEMÁS DISPUESTAS EN LA LEY.
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL
COSTOS Y GASTOS CONTABLES QUE AUMENTAN LAS BASE GRAVABLE COSTOS Y GASTOS SÓLO FISCALES QUE NO AFECTAN EL ESTADO DE
DEL IMPUESTO DE RENTA – NO DEDUCIBLES. RESULTADOS CONTABLE Y QUE DISMINUYEN LA BASE GRAVABLE DEL
IMPUESTO DE RENTA – DEDUCCIONES FISCALES, COSTOS Y GASTOS
TEÓRICOS, O BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Impuestos pagados por el contribuyente que no corresponda a predial, Deducción del 100% de las donaciones de dinero para la construcción,
industria y comercio, avisos y tableros, tales como el Impuesto al dotación o mantenimiento de bibliotecas de la Red Nacional de
consumo. Bibliotecas Públicas y de la Biblioteca Nacional que se realicen a la red
nacional de bibliotecas públicas y biblioteca nacional. (Art. 125 E.T.)
50% del gravamen a los movimientos financieros. P.N. Deducción por dependientes económicos (Art. 387 E.T. Parágrafo 2.)
Temporales
• Son aquellas que se originan en un ejercicio y se revierten en uno o más periodos
futuros, causadas por transacciones que afectan en períodos diferentes lo contable y lo
tributario.
• Partidas derivadas de eventos que se registran contablemente en un período pero que,
de acuerdo con requisitos fiscales, al determinar la renta liquida gravable se deben
tener en cuenta en otro período.
• Con el paso del tiempo, las diferencias temporales se disminuyen a cero en la medida
en que se van revirtiendo las situaciones que causaron es diferencia.
• Afectan la utilidad contable y de esta manera la utilidad susceptible de ser distribuida.
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL
Una empresa adquiere en Enero 1 del año 2010 un activo fijo por
$30.000.000. El método de depreciación utilizado es el de línea recta. En
necesario anotar que la vida útil contable y fiscal difieren de la siguiente
manera; 5 y 3 años respectivamente. (Tarifa Impuesto de Renta 33%)
CONCEPTO AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 20,000,000 30,000,000 40,000,000 50,000,000 60,000,000
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
6,600,000 9,900,000 13,200,000 16,500,000 19,800,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2010
DIFRENCIA AÑO 2010 CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
TEMPORAL
IMPONIBLE EN VALOR EN LIBROS (NETO) 24,000,000 540405 GASTOS IMPUESTO DE RENTA 7,920,000
LOS ACTIVOS VALOR PATRIMONIAL
SE DEBE
20,000,000
272595 IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) 1,320,000
RECONOCER UN DIFERENCIA TEMPORAL 4,000,000
IMPUESTO 240405 IMPUESTO POR PAGAR 6,600,000
DIFERIDO PASIVO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO 1,320,000
CONCEPTO AÑO 2010 IMPUESTO DIFERIDO
(PASIVO)
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 20,000,000
1,320,000 AÑO 2010
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
6,600,000
1,320,000
1,320,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2011
DIFRENCIA
TEMPORAL
AÑO 2011 CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
2,640,000
2,640,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2012
DIFRENCIA CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
TEMPORAL
AÑO 2012
GASTOS IMPUESTO DE
IMPONIBLE EN VALOR EN LIBROS (NETO)
540405
RENTA 14,520,000
LOS ACTIVOS 12,000,000 IMPUESTO DIFERIDO
272595 1,320,000
SE DEBE VALOR PATRIMONIAL - (PASIVO)
RECONOCER 240405 IMPUESTO POR PAGAR 13,200,000
UN IMPUESTO
DIFERENCIA TEMPORAL 12,000,000
DIFERIDO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO
PASIVO 3,960,000 IMPUESTO DIFERIDO
(PASIVO)
CONCEPTO AÑO 2012 1,320,000 AÑO 2010
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 40,000,000 1,320,000 AÑO 2011
IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1,320,000 AÑO 2012
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
13,200,000
3,960,000
3,960,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2013
DIFRENCIA
TEMPORAL
AÑO 2013 CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
IMPONIBLE EN GASTOS IMPUESTO DE
VALOR EN LIBROS (NETO) 540405 14,520,000
LOS ACTIVOS 6,000,000 RENTA
IMPUESTO DIFERIDO
SE DEBE VALOR PATRIMONIAL - 272595
(PASIVO) 1,980,000
RECONOCER
UN IMPUESTO
DIFERENCIA TEMPORAL 6,000,000 240405 IMPUESTO POR PAGAR 16,500,000
DIFERIDO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO
PASIVO 1,980,000
IMPUESTO DIFERIDO
CONCEPTO AÑO 2013 (PASIVO)
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 50,000,000 1,320,000 AÑO 2010
IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1,320,000 AÑO 2011
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
16,500,000 1,320,000 AÑO 2012
AÑO 2013 1,980,000
1,980,000 3,960,000
1,980,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2014
DIFRENCIA
AÑO 2014 CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
TEMPORAL
IMPONIBLE EN VALOR EN LIBROS (NETO) 540405 GASTOS IMPUESTO DE RENTA 17,820,000
LOS ACTIVOS -
SE DEBE VALOR PATRIMONIAL -
272595 IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) 1,980,000
RECONOCER
DIFERENCIA TEMPORAL - 240405 IMPUESTO POR PAGAR 19,800,000
UN IMPUESTO
DIFERIDO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO
PASIVO -
3.3. Una entidad cuyos estados financieros cumplan la NIIF para las PYMES
efectuará en las notas una declaración, explícita y sin reservas de dicho
cumplimiento. Los estados financieros no deberán señalar que cumplen la
NIIF para las PYMES a menos que cumplan con todos los requerimientos
de esta Norma.
Es por lo anterior que la entidad debe atender sin excepción todos los lineamientos
normativos, incluyendo el reconocimiento y la medición del impuesto diferido.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
SECCIÓN 29 IMPUESTO A LAS GANANCIAS
ALCANCE DE ESTA SECCIÓN
29.1. Para los propósitos de esta Norma, el término impuesto a las ganancias
incluye todos los impuestos, nacionales y extranjeros, que estén basados en
ganancias fiscales. (…)
17.15A Modelo del costo. Una entidad medirá un elemento de propiedades, planta y
equipo tras su reconocimiento inicial al costo menos la depreciación acumulada y
cualesquiera pérdidas por deterioro del valor acumuladas.
IMPUESTO DIFERIDO ORIGINADO POR LA APLICACIÓN DEL
MODELO DE REVALUACIÓN EN PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO
Para evaluar lo anterior, suponga que una entidad tiene un terreno clasificado como
propiedades, planta y equipo adquirido el 1 de enero del año 2000 por un costo de 100
millones, el cual fue ajustado en el Estado de Situación Financiera, a su valor razonable de
$1.000 millones.
Registro contable: Ajuste al valor razonable del terreno:
Cuenta Débito Crédito
ESTADO DE aSITUACIÓN FINANCIERA Si no se reconoce
PPyE– Terreno – Ajuste valor razonable $ 900,000,000
el impuesto
Ganancias
PPyE– retenidas
TERRENO $ 1,000,000,000 $ 900,000,000
diferido pasivo, la
Cálculo del Impuesto
PASIVO diferido: DIFERIDO
POR IMPUESTO $ 90,000,000 entidad estaría
sobrevalorando
Tarifa Impuesto su
PATRIMONIO
Concepto Valor fiscal $ 910,000,000
Valor contable Diferencia
impositiva diferido pasivo
patrimonio.
Terreno $ 100,000,000 $ 1,000,000,000 $ 900,000,000 10% $ 90,000,000
IMPUESTO DIFERIDO ORIGINADO POR LA APLICACIÓN DEL
MODELO DE REVALUACIÓN EN PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO
Tarifa Impuesto
Concepto Valor fiscal Valor contable Diferencia
impositiva diferido pasivo
Edificio $ 22,240,000 $ 32,000,000 $ 9,760,000 33% $ 3,220,800
I M P U E S T O D I F E R I D O PA S I V O – D I F E R E N C I A I M P O N I B L E
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL PATRIMONIO SUPERAVIT POR VALORIZACION $3,220,800
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) $3,220,800
El superávit por revaluación que inicialmente estaba en 9.760.000, se disminuirá en 3.220.800 por los
efectos fiscales futuros, para finalmente quedar en 6.539.200, parte que significa el mayor valor de los
edificios que les correspondería a los accionistas de la compañía en caso de realización de los valores
tasados.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO
REVALORIZACIÓN $ 40,000,000
BASE CONTABLE V/S BASE
FISCAL
$ 190,000,000 $ 150,000,000 $ 40,000,000 $ 4,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO
REVALORIZACIÓN $ 60,000,000
BASE CONTABLE V/S BASE
FISCAL
$ 250,000,000 $ 150,000,000 $100,000,000 $10,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO
(La regulación contable señala que una inversión debe reconocerse por el valor razonable con cambio en resultados
(valor de mercado), las normas fiscales disponen que el valor patrimonial de las acciones es su costo fiscal).
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA MEDICIÓN
DE INVERSIONES A VALOR RAZONABLE
REVALORIZACIÓN $ 2,000,000
BASE CONTABLE V/S BASE
FISCAL
$ 12,000,000 $ 10,000,000 $ 2,000,000 $ 660,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA MEDICIÓN
DE INVERSIONES A VALOR RAZONABLE
Una empresa adquiere en Enero 1 del año 2010 un equipo por $100.000.000.
La vida útil contable y fiscal, se estima en 10 años. Al final de año 5 (2014) se
hace una revalorización del equipo de acuerdo con su valor razonable, el cual
equivale a $70.000.000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO
INFORMACIÓN INFORMACIÓN DIFERENCIA IMPUESTO
AÑO
CONTABLE FISCAL TEMPORARIA DIFERIDO
COSTO DE
100,000,000 100,000,000
ADQUISICIÓN
DEP. ACUMULADA 10,000,000 10,000,000
2010 0 0
VALOR EN LIBROS 90,000,000 90,000,000
DEP. ACUMULADA 20,000,000 20,000,000
2011 0 0
VALOR EN LIBROS 80,000,000 80,000,000
DEP. ACUMULADA 30,000,000 30,000,000
2012 0 0
VALOR EN LIBROS 70,000,000 70,000,000
DEP. ACUMULADA 40,000,000 40,000,000
2013 0 0
VALOR EN LIBROS 60,000,000 60,000,000
DEP. ACUMULADA 50,000,000 50,000,000
2014 REVALORIZACIÓN 20,000,000 - 20,000,000 6,600,000
VALOR EN LIBROS 70,000,000 50,000,000
DEP. ACUMULADA 64,000,000 60,000,000
2015 16,000,000 5,280,000
VALOR EN LIBROS 56,000,000 40,000,000
DEP. ACUMULADA 78,000,000 70,000,000
2016 12,000,000 3,960,000
VALOR EN LIBROS 42,000,000 30,000,000
DEP. ACUMULADA 92,000,000 80,000,000
2017 8,000,000 2,640,000
VALOR EN LIBROS 28,000,000 20,000,000
DEP. ACUMULADA 106,000,000 90,000,000
2018 4,000,000 1,320,000
VALOR EN LIBROS 14,000,000 10,000,000
DEP. ACUMULADA 120,000,000 100,000,000
2019 0 0
VALOR EN LIBROS - -
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO
REGISTROS:
AÑO 2014 SUPERAVIT POR
VALORIZACIÓN
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO AÑO 2014 6,600,000 20,000,000 AÑO 2014
CUENTA DEL
ACTIVO
EQUIPO 20,000,000
IM PUESTO DIFERIDO
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO (PASIVO)
6,600,000 AÑO 2014
CUENTA DEL SUPERAVIT POR
PATRIMONIO VALORIZACION 6,600,000
REGISTROS:
AÑO 2015 AÑO 2016
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO
PASIVO (PASIVO) 1,320,000 PASIVO (PASIVO) 1,320,000
CUENTA DEL SUPERAVIT POR CUENTA DEL SUPERAVIT POR
PATRIMONIO VALORIZACION 1,320,000 PATRIMONIO VALORIZACION 1,320,000
IMPUESTODIFERIDO
IMPUESTO DIFERIDO SUPERAVIT POR
(PASIVO)
(PASIVO) VALORIZACIÓN
6,600,000 AÑO
6,600,000 AÑO2014
2014 AÑO 2014 6,600,000 20,000,000 AÑO 2014
AÑO2015
AÑO 1,320,000
2015 1,320,000 1,320,000 AÑO 2015
AÑO 2016 1,320,000 1,320,000 AÑO 2016
1,320,000 6,600,000
2,640,000 6,600,000 6,600,000 22,640,000
21,320,000
5,280,000
3,960,000 14,720,000
16,040,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO
REGISTROS:
AÑO 2017 AÑO 2018
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO
PASIVO (PASIVO) 1,320,000 PASIVO (PASIVO) 1,320,000
CUENTA DEL SUPERAVIT POR CUENTA DEL SUPERAVIT POR
PATRIMONIO VALORIZACION 1,320,000 1,320,000
PATRIMONIO VALORIZACION
3,960,000
5,280,000 6,600,000 6,600,000 23,960,000
25,280,000
2,640,000
1,320,000 17,360,000
18,680,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO
REGISTROS:
AÑO 2019
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL
PASIVO
IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) 1,320,000
CUENTA DEL
PATRIMONIO
SUPERAVIT POR VALORIZACION 1,320,000
29.21 Al evaluar la probabilidad de disponer de ganancias fiscales contra las que cargar las
pérdidas o créditos fiscales no utilizados, la entidad puede considerar los siguientes
criterios:
(a) (…)
(b) si es probable que la entidad tenga ganancias fiscales antes de que prescriba el
derecho de compensación de las pérdidas o créditos fiscales no utilizados;
(c) si las pérdidas fiscales no utilizadas han sido producidas por causas identificables,
cuya repetición es improbable; y
(d) si la entidad dispone de oportunidades de planificación fiscal que vayan a generar
ganancias fiscales en los periodos en que las pérdidas o los créditos fiscales puedan ser
utilizados.
En la medida en que no sea probable disponer de ganancias fiscales contra las cuales usar las
pérdidas o créditos fiscales no utilizados, no se procederá a reconocer los activos por
impuestos diferidos.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
PÉRDIDAS FISCALES
Impuesto Diferido
proveniente de las perdidas
fiscales susceptibles de ser
compensadas con utilidades
de períodos siguientes
Impuesto corriente por pérdidas fiscales: Impuesto diferido por pérdidas fiscales:
• En algunos países las leyes fiscales permiten a • Cuando la entidad presenta una pérdida fiscal, es
las entidades compensar la pérdida de un muy probable que también haya obtenido una pérdida
período con las ganancias de uno o más años contable. El reconocimiento de un activo por impuesto
anteriores. En Colombia, La situación es diferido derivado de la pérdida fiscal genera una
diferente pues según el inciso 1 del artículo 147 disminución de la pérdida contable, toda vez que la
entidad adquiere el derecho a pagar un menor
del Estatuto Tributario establece que “las
impuesto en períodos futuros, mediante la
sociedades podrán compensar las pérdidas
compensación de sus pérdidas fiscales.
fiscales, con las rentas líquidas ordinarias que
obtuvieren en los doce (12) períodos gravables • Si la entidad no reconoce estos activos por impuestos
siguientes, sin perjuicio de la renta presuntiva diferidos, presentará distorsiones en sus estados de
del ejercicio”. resultados, tanto en el período en el que se presentó
• La disposición fiscal permite, entonces, la la pérdida como en los períodos en
compensación en períodos futuros, pero no los cuales se hayan compensado
admite la compensación con períodos anteriores
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES
Una empresa tiene pérdidas por $100.000.000 durante los años 1 y 2, y utilidades durante los
períodos 3, 4 y 5 por valor de $80.000.000.
¿Con una tarifa de impuestos del 30%, e ignorando el efecto de la renta presuntiva, cómo
quedarían las declaraciones de renta y los estados de resultados de los años 1 al 5?
AÑO 1 2 3 4 5
RENTA LIQUIDA ORDINARIA DEL
EJERCICIO
$ - $ 80,000,000 $ 80,000,000 $ 80,000,000
PERDIDA LIQUIDA DEL EJERCICIO -$ 100,000,000 -$ 100,000,000
COMPENSACION DE PERDIDA
FISCAL
$ - $ - $ 80,000,000 $ 80,000,000 $ 40,000,000
RENTA LIQUIDA GRAVABLE $ - $ - $ - $ - $ 40,000,000
IMPUESTO A CARGO $ - $ - $ - $ - $ 12,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES
AÑO 1 2 3 4 5
PERDIDA ACUMULADA -$ 100,000,000 -$200,000,000 -$120,000,000 -$40,000,000 $ -
BENEFICIO FISCAL POR
APLICAR -$ 30,000,000 -$ 60,000,000 -$ 36,000,000 -$12,000,000 $ -
EFECTO EN EL ESTADO
DE RESULTADOS $ 30,000,000 $ 30,000,000 -$ 24,000,000 -$24,000,000 -$ 12,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES
AÑO 1 2 3 4 5
UTILIDAD (PERDIDA)
ANTES DE IMPUESTOS -$ 100,000,000 -$ 100,000,000 $ 80,000,000 $ 80,000,000 $ 80,000,000
(GASTO) INGRESO POR
IMPUESTO A LAS $ 30,000,000 $ 30,000,000 -$ 24,000,000 -$24,000,000 -$ 12,000,000
GANANCIAS
RESULTADO -$ 70,000,000 -$ 70,000,000 $ 56,000,000 $ 56,000,000 $ 68,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES
AÑO 1
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA FISCAL $ - $ 30,000,000
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO
CUENTA DEL ACTIVO
PERDIDA FISCAL
$ 30,000,000 $ -
AÑO 2
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA FISCAL $ - $ 30,000,000
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA
CUENTA DEL ACTIVO
FISCAL
$ 30,000,000 $ -
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES
AÑO 3
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO CORRIENTE $ 24,000,000 $ -
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA
CUENTA DEL ACTIVO
FISCAL
$ - $ 24,000,000
AÑO 4
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO CORRIENTE $ 24,000,000 $ -
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA
CUENTA DEL ACTIVO
FISCAL
$ - $ 24,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES
La empresa XYZ tiene para el año 2017 una pérdida fiscal que asciende al valor de
$100.000.000 y a su vez una tasa impositiva del 34 %; suponga además que para ese año la
empresa debió pagar un impuesto sobre la renta presuntiva por $17.000.000 (Renta presuntiva:
$50.000.000 se genera otro impuesto diferido activo). Para el año 2018 se generaron utilidades
fiscales antes de impuestos por valor de $200.000.000, y la tarifa impositiva sigue siendo la
misma.
Para este año si no existieran los activos por impuestos diferidos, la entidad reconocería un impuesto
corriente por $68.000.000., es por lo anterior que debido a que la normatividad fiscal permite disminuir
las rentas ordinarias con las pérdidas de períodos anteriores, y además imputar el exceso de renta
presuntiva, entonces la empresa en el año 2018, liquidará su impuesto a pagar así:
AÑO 2
RENTA LIQUIDA ORDINARIA DEL EJERCICIO $ 200,000,000
PERDIDA LIQUIDA DEL EJERCICIO
COMPENSACION DE PERDIDA FISCAL Y
RENTA PRESUNTIVA $ 150,000,000
RENTA PRESUNTIVA
RENTA LIQUIDA GRAVABLE $ 50,000,000
IMPUESTO A CARGO $ 17,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES
AÑO 2
UTILIDAD (PERDIDA) ANTES DE IMPUESTOS $ 200,000,000
(GASTO) INGRESO POR IMPUESTO A LAS
GANANCIAS - $ 68,000,000
RESULTADO $ 132,000,000
IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO DE RENTA
PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA
Para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que la renta líquida del
contribuyente no es inferior al tres y medio por ciento (3.5%) de su patrimonio
líquido, en el último día del ejercicio gravable inmediatamente anterior.
• Los excesos de renta presuntiva sobre renta líquida crean lo que se conoce como
“crédito fiscal”, pues el contribuyente puede usar esos excesos para disminuir su
impuesto a pagar en períodos futuros.
Para el año 2019 la sociedad debió calcular y pagar su impuesto de renta sobre su renta líquida y no
sobre su renta presunta que tomaron los siguientes valores respectivamente, $190.000.000 y
$160.000.000 respectivamente.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA
Para el año 2020 la sociedad debió calcular y pagar su impuesto de renta sobre su renta líquida y no
sobre su renta presunta que tomaron los siguientes valores respectivamente, $430.000.000 y
$380.000.000 respectivamente.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA
La siguiente es la información de la sociedad Presuntiva S.A.S. la cual le es entregada con el objeto de que lo
asesore en la determinación del impuesto diferido proveniente del exceso de renta presuntiva sobre la renta
líquida..
Para el año 1 la sociedad obtuvo utilidades fiscales por valor de $54.545.000 y partiendo del análisis del
patrimonio liquido del año 0 cuyo valor asciende al valor de $2.987.000.000 debió calcular y pagar su
impuesto de renta por el sistema de renta presunta toda vez que la utilidad generada para ese año estaba por
debajo de la renta presuntiva, $54.125.000 y $104.545.000 respectivamente. El anterior caso fue posible toda
vez que la entidad tiene la expectativa de generar utilidades futuras, de la siguiente forma:
UTILIDADES RENTA PRESUNTIVA
AÑO
PROYECTADAS AÑO 1 A 5 AÑO 1 A 5
1 $ 54,545,000 $ 104,545,000
2 $ 72,000,000 $ 120,000,000
3 $ 98,000,000 $ 110,000,000
4 $ 185,000,000 $ 108,000,000
5 $ 199,000,000 $ 112,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA
Es así como se entiende que una entidad cuya actividad se desarrolla en la agricultura,
piscicultura o ganadería, debe medir sus activos biológicos relacionados con esas
actividades al valor razonable.
Es importante considerar que en el período fiscal donde se ocasione la venta del activo
biológico, se efectuará la liquidación del impuesto a la renta, para lo cual se deberán
considerar los ingresos de dicha operación y los costos reales acumulados imputables a
dicha operación, para efectos de la determinación de la base imponible. Las ganancias
serán gravables o las pérdidas se consideraran como gastos no deducibles cuando se
produzca la cosecha óptima de los activos biológicos. (NIC 12).
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS
CONTABLEMENTE FISCALMENTE
La medición al valor razonable produce ART. 28 NUM. 5 Los ingresos
un incremento en el valor en libros de los devengados por la medición a valor
activos, a la vez que se generan ingresos razonable, con cambios en resultados,
ordinarios en el estado de resultados al tales como propiedades de inversión, no
corte de cada período serán objeto del Impuesto sobre la Renta
y Complementarios, sino hasta el
momento de su enajenación o liquidación,
lo que suceda primero.
Lo anterior genera que las bases fiscales y contables de los activos biológicos sean distintas, produciendo entonces
una diferencia temporaria, por lo tanto es necesario reconocer un valor por impuesto diferido
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS
Considerando una tasa impositiva del 30%, contabilizar las operaciones relacionadas
con: costos del cultivo, medición a valor razonable, impuesto diferido generado.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS
AÑO 1
Reconocimiento costo Reconocimiento Valor Razonable
NOMBRE NOMBRE
CODIGO DÉBITO CRÉDITO CODIGO DÉBITO CRÉDITO
CUENTA CUENTA
CUENTA DEL ACTIVO CUENTA DEL ACTIVO
$ 29,000,000 ACTIVO BIOLOGICO
$5,000,000
ACTIVO BIOLOGICO
CUENTA DEL EFECTIVO Y INGRESOS
$ 29,000,000 CUENTA DEL
ACTIVO EQUIVALENTES
INGRESO
PROVENIENTE DE $ 5,000,000
LA MEDICION A V.R.
AÑO 2
Reconocimiento costo Reconocimiento Valor Razonable
NOMBRE NOMBRE
CODIGO DÉBITO CRÉDITO CODIGO DÉBITO CRÉDITO
CUENTA CUENTA
CUENTA DEL ACTIVO CUENTA DEL ACTIVO
$ 9,000,000 ACTIVO BIOLOGICO
$6,000,000
ACTIVO BIOLOGICO
CUENTA DEL EFECTIVO Y INGRESOS
$ 9,000,000 CUENTA DEL
ACTIVO EQUIVALENTES
INGRESO
PROVENIENTE DE $ 6,000,000
LA MEDICION A V.R.
AÑO 3
Reconocimiento costo Reconocimiento Valor Razonable
NOMBRE NOMBRE
CODIGO DÉBITO CRÉDITO CODIGO DÉBITO CRÉDITO
CUENTA CUENTA
CUENTA DEL ACTIVO CUENTA DEL ACTIVO
$ 5,000,000 ACTIVO BIOLOGICO
$ 4,000,000
ACTIVO BIOLOGICO
CUENTA DEL EFECTIVO Y INGRESOS
$ 5,000,000 CUENTA DEL
ACTIVO EQUIVALENTES
INGRESO
PROVENIENTE DE $ 4,000,000
LA MEDICION A V.R.
AÑO 4
Reconocimiento costo Reconocimiento Valor Razonable
NOMBRE NOMBRE
CODIGO DÉBITO CRÉDITO CODIGO DÉBITO CRÉDITO
CUENTA CUENTA
CUENTA DEL ACTIVO CUENTA DEL ACTIVO
$16,000,000 ACTIVO BIOLOGICO
$ 6,000,000
ACTIVO BIOLOGICO
CUENTA DEL EFECTIVO Y INGRESOS
$16,000,000 CUENTA DEL
ACTIVO EQUIVALENTES
INGRESO
PROVENIENTE DE $ 6,000,000
LA MEDICION A V.R.
AÑO 3 AÑO 4
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL IMPUESTO A LAS CUENTA DEL IMPUESTO A LAS
GASTO GANANCIAS DIFERIDO $1,200,000 GASTO GANANCIAS DIFERIDO $1,800,000
CUENTA DEL PASIVO POR CUENTA DEL PASIVO POR
PASIVO IMPUESTOS DIFERIDO $ 1,200,000 PASIVO IMPUESTOS DIFERIDO $ 1,800,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS
Los estados de resultados de cada uno de los 5 años son los siguientes:
1 2 3 4 5
Ingresos por medición a
valor razonable
$ 5,000,000 $ 6,000,000 $ 4,000,000 $ 6,000,000
Ingresos por ventas $ 94,000,000
Costo de mercancía vendida $ 80,000,000
Utilidad antes de impuestos $ 5,000,000 $ 6,000,000 $ 4,000,000 $ 6,000,000 $ 14,000,000
Impuesto a las ganancias
corriente
$ 10,500,000
Impuesto a las ganancias
diferido
$ 1,500,000 $ 1,800,000 $ 1,200,000 $ 1,800,000 -$ 6,300,000
Total gasto por impuesto $ 1,500,000 $ 1,800,000 $ 1,200,000 $ 1,800,000 $ 4,200,000
Resultado del período $ 3,500,000 $ 4,200,000 $ 2,800,000 $ 4,200,000 $ 9,800,000
T.E.T. 30% 30% 30% 30% 30%
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO
ARRENDAMIENTO
ARRENDAMIENTO ARRENDAMIENTO
FINANCIERO O P E R AT I V O
El arrendamiento financiero también conocido como El arrendamiento operativo es un contrato mediante el
«leasing» es un contrato mediante el cual el arrendador cual el propietario de un activo transfiere el derecho
se compromete a otorgar el uso o goce temporal de un de uso a otra persona a cambio del pago de un canon
bien al arrendatario, ya sea persona física o moral, periódico. Este es un arrendamiento común y
obligándose este último a pagar una renta periódica que corriente, en el cual no se incluye un una opción de
cubra el valor original del bien, más la carga financiera, y compra al finalizar el contrato de arrendamiento, como
los gastos adicionales que contemple el contrato. Al final sí se hace en el contrato de arrendamiento financiero.
del plazo estipulado el arrendatario tendrá la opción de
comprar el bien a un precio predefinido, devolverlo o
prorrogar el plazo del contrato a periodos posteriores
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO
ARRENDAMIENTO
ARRENDAMIENTO ARRENDAMIENTO
FINANCIERO O P E R AT I V O
SECCIÓN 20 ARRENDAMIENTOS
CLASIFICACIÓN DE LOS ARRENDAMIENTOS
20.5 Si un arrendamiento es un arrendamiento financiero u operativo depende de la esencia de la
transacción y no de la forma del contrato. Ejemplos de situaciones que, individualmente o en
combinación, normalmente llevarían a clasificar un arrendamiento como financiero son:
a. el arrendamiento transfiere la propiedad del activo al arrendatario a la finalización de su
plazo;
b. el arrendatario tiene la opción de comprar el activo a un precio que se espera sea lo
suficientemente inferior al valor razonable, en el momento en que la opción sea ejercitable (…)
c. el plazo del arrendamiento es por la mayor parte de la vida económica del activo, (…)
d. al inicio del arrendamiento, el valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento es,
al menos, sustancialmente igual a la totalidad del valor razonable del activo arrendado; y
e. los activos arrendados son de una naturaleza tan especializada que solo el arrendatario
puede usarlos sin realizar en ellos modificaciones importantes.
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO
SECCIÓN 20 ARRENDAMIENTOS
MEDICIÓN INICIAL
20.9 Al comienzo del plazo del arrendamiento financiero, un arrendatario reconocerá sus
derechos de uso y obligaciones bajo el arrendamiento financiero como activos y pasivos
en su estado de situación financiera por el importe igual al valor razonable del bien
arrendado, o al valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento, si éste fuera
menor, determinados al inicio del arrendamiento. Cualquier costo directo inicial del
arrendatario (costos incrementales que se atribuyen directamente a la negociación y
acuerdo del arrendamiento) se añadirá al importe reconocido como activo.
RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN
20.15 Un arrendatario reconocerá los pagos de arrendamientos bajo arrendamientos
operativos (excluyendo los costos por servicios tales como seguros o mantenimiento)
como un gasto a lo largo de la duración del arrendamiento
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO
SECCIÓN 20 ARRENDAMIENTOS
MEDICIÓN POSTERIOR
20.12 Un arrendatario depreciará un activo arrendado bajo un arrendamiento financiero de acuerdo
con la sección correspondiente de esta Norma para ese tipo de activo, es decir, la Sección 17
Propiedades, Planta y Equipo, la Sección 18 o la Sección 19 Combinaciones de Negocios y
Plusvalía. Si no existiese certeza razonable de que el arrendatario obtendrá la propiedad al
término del plazo del arrendamiento, el activo se depreciará totalmente a lo largo de su vida útil
o en el plazo del arrendamiento, según cuál sea menor. Un arrendatario también evaluará en
cada fecha sobre la que se informa si se ha deteriorado el valor de un activo arrendado
mediante un arrendamiento financiero (véase la Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos).
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO
ART. 267-1 E.T. VALOR PATRIMONIAL DE LOS BIENES ADQUIRIDOS POR LEASING.
En los contratos de arrendamiento financiero o leasing financiero, el valor patrimonial
corresponderá al determinado en el artículo 127-1 de este Estatuto.
ART. 127-1 E.T. CONTRATOS DE LEASING
Son contratos de arrendamiento el arrendamiento operativo y el arrendamiento financiero o
leasing.
Los contratos de arrendamiento que se celebren a partir del 1 de enero de 2017, se someten a
las siguientes reglas para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios: (…)
(…)
PARÁGRAFO 1. Los contratos de arrendamiento financiero o leasing con opción de compra y los
contratos de arrendamiento operativo, que se hayan celebrado antes de la entrada en vigencia de
esta ley, mantendrán el tratamiento fiscal vigente al momento de su celebración.
IMPUESTO DIFERIDO
PROVENIENTE DE LOS
COSTOS DE
ESTABLECIMIENTO
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LOS
COSTOS DE ESTABLECIMIENTO
COSTOS DE ESTABLECIMIENTO
NIIF PARA PYMES ART. 74-1 E.T. COSTO FISCAL DE LAS INVERSIONES
18.15 (b) actividades de establecimiento (por Corresponde a los gastos realizados de puesta
ejemplo, gastos de establecimiento), que en marcha de operaciones, tales como costos
incluyen costos de inicio de actividades, de inicio de actividades, costos de preapertura,
tales como costos legales y costos previos a la operación, entre otros,
administrativos incurridos en la creación
de una entidad con personalidad jurídica,
desembolsos necesarios para abrir una
nueva instalación o negocio (es decir,
costos de preapertura) y desembolsos de
lanzamiento de nuevos productos o
procesos (es decir, costos previos a la
operación).
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LOS
COSTOS DE ESTABLECIMIENTO
EN RESUMEN
Los gastos de establecimiento realizados para la puesta en marcha del negocio
deben ser capitalizados, e iniciaran su amortización a partir de la generación de
rentas gravables.
INFORMACIÓN
UTILIDAD ANTES DE
AÑO
IMPUESTOS
1 -$ 151,882,000
2 $ 80,000,000
3 $ 95,000,000
4 $ 99,000,000
5 $ 112,000,000
NOTA: En la amortización de los activos intangibles, no se tiene una vida útil definida, por lo
que cada empresa deberá determinar la vida útil de su intangible considerando que ésta debe ser la
menor entre la vida útil estimada y la duración de su respaldo legal.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO
INFORMACIÓN AÑO 2
En el año 2 la entidad inició la amortización de los gastos de establecimiento. El término de amortización definido fue
de 4 años, quedando un valor de $37.970.500 como gastos de amortización.
INFORMACIÓN AÑO 3
INFORMACIÓN AÑO 4
INFORMACIÓN AÑO 5