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Electiva Impuesto Diferido

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ELECTIVA

PROFESIONAL 3:
IMPUESTO DIFERIDO
CONTENIDO

1. Definición Impuesto Diferido.


2. Diferencias entre la utilidad contable y la renta fiscal: Permanentes o
definitivas y Temporales.
3. Contabilización de las diferencias temporales y permanentes y
reconocimiento del impuesto diferido.
4. Métodos para contabilización del impuesto de renta en presencia de
impuesto diferido.
a) Método del Diferido.
b) Método del Activo/Pasivo.
c) Ejercicios de Aplicación
5. Impuesto diferido cuando existen perdida fiscal y renta presuntiva
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

El impuesto de renta diferido surge en Colombia con la


expedición del decreto 2160 de 1986, el cuál señalo en su artículo
26 lo siguiente:

“el efecto en el impuesto sobre la renta originado por el


reconocimiento de ingresos, costos y gastos para fines
tributarios en períodos diferentes de los utilizados para
propósitos contables , se debe registrar como impuestos
diferido”
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
Los diferentes principios establecidos en los marcos normativos contables y fiscales provocan
claramente ciertas diferencias entre los valores contables y fiscales lo que dificulta en cierta medida el
reconocimiento del impuesto a las ganancias. Estas diferencias se presentan porque los fines que
persiguen las normas tributarias difieren de los objetivos de la información financiera.

Las normas fiscales tienen como propósito establecer las bases sobre las cuales los contribuyentes
calculan sus impuestos, mientras que las normas contables tiene como propósito revelar el estado actual
de la situación financiero de la empresa.

Por esta y más razones, al ser un tema global los Estándares Internacionales establecen indicaciones
claras acerca de la forma como se debe reconocer y medir el impuesto a las ganancias, el cual consta de
dos elementos:
IMPUESTO CORRIENTE IMPUESTO DIFERIDO
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
CÁLCULO DEL IMPUESTO DIFERIDO

El cálculo del impuesto diferido tiene su origen en el impuesto a las


ganancias: para la determinación del impuesto a las ganancias la
norma fiscal tiene un tratamiento diferente al que tiene la
contabilidad respecto a la determinación de la utilidad, puesto que
la contabilidad maneja un método de causación (acumulación o
devengo) y la norma fiscal maneja una mezcla del método de
causación y el método de caja, estos cálculos dan origen a una
serie de diferencias que originan el impuesto diferido.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

El tratamiento contable que se le da al patrimonio, a los ingresos, costos y gastos


del contribuyente, difiere considerablemente del tratamiento fiscal que la ley
tributaria contempla. La situación anterior hace que la utilidad determinada según
los principios de contabilidad generalmente aceptados, sea diferente a la utilidad o
renta líquida determinada según las normas tributarias.
El impuesto de renta es uno solo, el cual se aplica sobre las utilidades o renta del
contribuyente, y al ser diferente la utilidad contable de la utilidad fiscal, se presenta
una diferencia también en el impuesto. La diferencia en el impuesto de renta,
resultante de una diferencia en la utilidad contable y fiscal, es lo que se
conoce como impuesto de renta diferido. 1

1. IMPUESTO DIFERIDO. EN : https://www.gerencie.com/impuesto-de-renta-diferido.html


IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

La utilidad contable difiere de la renta fiscal debido al tratamiento divergente


que debe darse a diversas partidas en la contabilidad y en la declaración de
renta; algunas de las diferencias que se presentan entre una y otra son
las que originan el impuesto de renta diferido, bien sea porque generan
un mayor o un menor pago de impuesto, estas se conocen como
diferencias temporales, porque se revierten en años posteriores al del
origen, y hay otras diferencias que son permanentes o definitivas pues
nunca se revierten en el tiempo.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

OBJETIVO DEL IMPUESTO DIFERIDO:


Reconocer en la Contabilidad las diferencias que se presentan respecto
del impuesto de renta por los diferentes tratamientos aplicados a los
hechos económicos realizados.

Reflejar en el Estado de Resultados la apropiación del impuesto de


renta directamente asociado con los resultados del período y en el
Estado de Situación Financiero revelar los derechos y obligaciones
vinculados con el pago del impuesto de renta.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

De acuerdo con el párrafo 29.2 del Estándar Internacional


para Pymes, una entidad debe reconocer las incidencias
fiscales actuales y futuras de transacciones y otros sucesos
reconocidos en los estados financieros. Es por lo anterior que
sobre ellos se debe calcular el impuesto corriente y el
impuesto diferido.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

• El impuesto diferido puede ser de naturaleza débito o crédito y por tanto


debe registrarse dentro de los activos o dentro de los pasivos
respectivamente.

• Los valores por impuesto diferido no constituyen realmente un activo o


pasivo según el caso, puesto que no reúnen las características propias
de las partidas de cada uno de estos grupos y más aun que son valores
originados en diferencias temporales que en un tiempo futuro se
revertirán en la medida en que dichas diferencias vayan
desapareciendo.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

• El hecho de reconocer el impuesto diferido, significa que no todo el


impuesto de renta, calculado a partir de la base gravable, debe afectar el
estado de resultados contable como gasto, y por tanto la utilidad contable
puede resultar mayor o menor.

• Cuando una entidad no calcula el impuesto diferido, debe entenderse que


deja de reconocer los impactos fiscales actuales y futuros de la realización
o liquidación de sus activos y pasivos, alterando sus utilidades (en la
mayoría de los casos sobreestimando los resultados) y causando una
volatilidad en la tarifa efectiva de tributación basada en la utilidad antes de
impuestos.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
La importancia de reconocer el impuesto diferido es que afecta los estados financieros
y por ende incide en la utilidad susceptible de distribución entre los accionistas. El
impuesto diferido es un concepto eminentemente contable en desarrollo de los
principios de prudencia y asociación de los ingresos
ESTADO DE RESULTADOS FISCAL ESTADO DE RESULTADOS CONTABLE
INGRESOS INGRESOS
“Cuando se habla de impuesto diferido, se piensa en
(-) COSTO DE VENTA (-) COSTO DE VENTA
(=)UTILIDAD BRUTA (=)UTILIDAD BRUTA
un concepto sólo tributario, pero en realidad es un
(-) GASTOS ADMON (-) GASTOS ADMON
(-) GASTOS VENTAS (-) GASTOS VENTAS
concepto netamente contable, aunque recoge no sólo
(-) OTROS GASTOS (-) OTROS GASTOS
(+) OTROS INGRESOS (+) OTROS INGRESOS
los efectos de las diferencias temporales en lo
(+) INGRESOS FINANCIEROS (+) INGRESOS FINANCIEROS
contable, sino también en lo tributario.”
(-) GASTOS FINANCIEROS
(=) UTILIDAD OPERATIVA
(-) GASTOS FINANCIEROS
(=) GANANCIA ANTES DE IMPUESTOS
(-) IMPORENTA (-) IMPORENTA
(=) UTILIDAD DEL EJERCICIO (=) GANANCIA
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

Si una entidad no reconoce el impuesto diferido, y solo el impuesto corriente,


estará incurriendo en errores en la medición de sus activos y pasivos, por el
desconocimiento de los impactos fiscales derivados de sus transacciones.

El efecto del impuesto diferido se puede entender con el siguiente postulado

“el impuesto que no pagas hoy debido a la aplicación


de mayores deducciones, lo pagarás mañana cuando
se agoten tales deducciones”.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
EJEMPLO: Suponga que una entidad adquiere un montacargas por valor de $100.000.000 y su negocio es alquilarlo a
terceros. Los ingresos por alquilar el montacargas son de $20.000.000 anuales durante 10 años. La entidad no tiene más
operaciones. Adicional a lo anterior tenga en cuenta que la vida útil del montacargas es de 10 años para efectos
financieros y la vida útil aceptada fiscalmente es de 5. cuyo valor residual es insignificante.
1. El Estado de resultados quedaría así:
UTILIDAD ANTES
AÑO INGRESOS GASTOS
DE IMPUESTOS
1 20,000,000 10,000,000 10,000,000
2 20,000,000 10,000,000 10,000,000
3 20,000,000 10,000,000 10,000,000
4 20,000,000 10,000,000 10,000,000
5 20,000,000 10,000,000 10,000,000
6 20,000,000 10,000,000 10,000,000
7 20,000,000 10,000,000 10,000,000
8 20,000,000 10,000,000 10,000,000
9 20,000,000 10,000,000 10,000,000
10 20,000,000 10,000,000 10,000,000
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
2. Las declaraciones de renta de los 10 años de operación, suponiendo una tasa de
tributación del 30 % serían:
RENTA LIQUIDA IMPUESTO A
AÑO INGRESOS GASTOS
GRAVABLE LAS GANANCIAS
1 20,000,000 20,000,000 - -
2 20,000,000 20,000,000 - -
3 20,000,000 20,000,000 - -
4 20,000,000 20,000,000 - -
5 20,000,000 20,000,000 - -
6 20,000,000 20,000,000 6,000,000
7 20,000,000 20,000,000 6,000,000
8 20,000,000 20,000,000 6,000,000
9 20,000,000 20,000,000 6,000,000
10 20,000,000 20,000,000 6,000,000
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
Encontrar la tasa efectiva de tributación. (TASA EFECTIVA DE TRIBUTACIÓN: Generalmente la tarifa nominal no
es igual a la tarifa efectiva de tributación (TET), la cual se calcula dividiendo el valor del gasto por concepto de impuesto
de renta (GI) entre la utilidad contable antes de impuesto (UAI), entonces tenemos TET=GI/UAI.
UTILIDAD
IMPUESTO A
AÑO ANTES DE T.E.T.
LAS GANANCIAS
IMPUESTOS Esta situación
1 10,000,000 - 0%
acontece debido a
2 10,000,000 - 0%
que se calcula la
3 10,000,000 - 0%
4 10,000,000 - 0% tasa efectiva de
5 10,000,000 - 0% tributación sin
6 10,000,000 6,000,000 60% haber reconocido
7 10,000,000 6,000,000 60% el impuesto
8 10,000,000 6,000,000 60% diferido.
9 10,000,000 6,000,000 60%
10 10,000,000 6,000,000 60%
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
La anterior situación se subsana con el reconocimiento del impuesto diferido a lo largo de los
10 años de operación, así:
GASTO
VALOR VALOR (INGRESO) IMPUESTO A UTILIDAD TASA
DIFERENCIA IMPUESTO IMPUESTO
AÑO CONTABLE FISCAL DEL POR LAS ANTES DE EFECTIVA DE
TEMPORARIA DIFERIDO CORRIENTE
DEL ACTIVO ACTIVO IMPUESTO GANANCIAS IMPUESTOS TRIBUTACIÓN
DIFERIDO
1 90,000,000 80,000,000 10,000,000 3,000,000 3,000,000 - 3,000,000 10,000,000 30%
2 80,000,000 60,000,000 20,000,000 6,000,000 3,000,000 - 3,000,000 10,000,000 30%
3 70,000,000 40,000,000 30,000,000 9,000,000 3,000,000 - 3,000,000 10,000,000 30%
4 60,000,000 20,000,000 40,000,000 12,000,000 3,000,000 - 3,000,000 10,000,000 30%
5 50,000,000 - 50,000,000 15,000,000 3,000,000 - 3,000,000 10,000,000 30%
6 40,000,000 - 40,000,000 12,000,000 - 3,000,000 6,000,000 3,000,000 10,000,000 30%
7 30,000,000 - 30,000,000 9,000,000 - 3,000,000 6,000,000 3,000,000 10,000,000 30%
8 20,000,000 - 20,000,000 6,000,000 - 3,000,000 6,000,000 3,000,000 10,000,000 30%
9 10,000,000 - 10,000,000 3,000,000 - 3,000,000 6,000,000 3,000,000 10,000,000 30%
10 - - - - - 3,000,000 6,000,000 3,000,000 10,000,000 30%
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

Diferencias entre la utilidad contable y la renta fiscal

Permanentes o definitivas Temporales

Deducible Imponible

Aquellas que originan un mayor Aquellas que originan un menor


impuesto en el año corriente y una impuesto en el año corriente y un
reducción en el pago del impuesto aumento en el pago del impuesto
de los años posteriores. de los años posteriores.

Origina el registro de un Origina el registro de un


impuesto diferido débito impuesto diferido crédito
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

Diferencias entre la utilidad contable y la renta fiscal


Permanentes o definitivas
• Son aquellas que no se pueden revertir en períodos futuros.
• Su tratamiento está determinado por la ley.
• Generan situaciones que provocan un mayor impuesto en un periodo, pero ese mayor
valor pagado no se puede recuperar en ningún período siguiente, o caso contrario cuando
esa diferencia implica el pago de un menor impuesto, no es dable pensar que se debe
pagar en periodos futuros.
• El impuesto de renta liquidado sobre la R.L.G. es igual al valor del gasto por este
impuesto que debe registrarse en la contabilidad y a la vez reflejarse en el estado de
resultados.
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

• Son aquellas partidas que afectan el estado de resultados contable bien sea como ingreso, costo o
gasto, pero no se tienen en cuenta para el cálculo de la renta fiscal, o viceversa; se incluyen dentro
de la determinación tributaria de la renta liquida gravable pero no afectan el estado de resultados
contable. p. ej.
INGRESOS QUE AUMENTAN LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO INGRESOS QUE DISMINUYEN LA BASE GRAVABLE DEL IMPUESTO
DE RENTA DE RENTA

Ingresos teóricos (Interés Presunto). Art. 35 E.T. Ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional. (Art.
36-1 al Art. 56)
Rentas exentas (Art. 207-2)
COSTOS Y GASTOS CONTABLES QUE AUMENTAN LAS BASE COSTOS Y GASTOS SÓLO FISCALES QUE NO AFECTAN EL ESTADO
GRAVABLE DEL IMPUESTO DE RENTA – NO DEDUCIBLES. DE RESULTADOS CONTABLE Y QUE DISMINUYEN LA BASE
GRAVABLE DEL IMPUESTO DE RENTA – DEDUCCIONES FISCALES,
COSTOS Y GASTOS TEÓRICOS, O BENEFICIOS TRIBUTARIOS
Salarios sobre los que no se hayan pagado los aportes a la seguridad Deducción del 200% de los salarios pagados a viudas y huérfanos de
social y aportes parafiscales y aquellos sobre los que nos practicó miembros de las fuerzas armadas muertos en combate, secuestrados
retención en la fuente estando obligado a ello. (Art. 87-1 y 108 E.T.) o desaparecidos. También a ex miembros de la fuerza pública que
hayan sufrido pérdida de su capacidad psicofísica (Art. 108-1 E.T.).
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

Ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional. (Art. 36-1 al Art. 56)


ART. DEL
INGRESO NO CONSTITUTIVO DE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL E.T.

1. LOS PREMIOS EN CONCURSOS NACIONALES E INTERNACIONALES. No están sometidos al


impuesto sobre la renta y complementarios, los premios y distinciones obtenidos en concursos o
43
certámenes nacionales e internacionales de carácter científico, literario, periodístico, artístico y deportivo,
reconocidos por el Gobierno Nacional.
2. LAS INDEMNIZACIONES POR SEGURO DE DAÑO, En la parte que corresponda al daño emergente,
demostrar que la indemnización será invertida en la adquisición de bienes semejantes a los que eran objeto
45
de seguro. Nota: Las indemnizaciones obtenidas por concepto de seguros de lucro cesante, constituyen
renta gravable.
3. LOS GANANCIALES, No constituye ganancia ocasional lo que se recibiere por concepto de gananciales,
47
pero si lo percibido como porción conyugal.
4. DONACIONES PARA PARTIDOS, MOVIMIENTOS Y CAMPAÑAS POLÍTICAS 47-1
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

ART. DEL
INGRESO NO CONSTITUTIVO DE RENTA NI GANANCIA OCASIONAL E.T.
5. LAS PARTICIPACIONES Y DIVIDENDOS (Determinación de los dividendos y participaciones no
48
gravados. Art 49 del E.T.)
6. APORTES AL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES. <Artículo adicionado por el artículo 13 de la Ley
1819 de 2016> Los aportes obligatorios que efectúen los trabajadores, empleadores y afiliados al
Sistema General de Seguridad Social en Pensiones no harán parte de la base para aplicar la retención 55
en la fuente por rentas de trabajo y serán considerados como un ingreso no constitutivo de renta ni de
ganancia ocasional.
7. APORTES OBLIGATORIOS AL SISTEMA GENERAL DE SALUD. <Artículo adicionado por el artículo
14 de la Ley 1819 de 2016> Los aportes obligatorios que efectúen los trabajadores, empleadores y
afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud no harán parte de la base para aplicar la 56
retención en la fuente por salarios, y serán considerados como un ingreso no constitutivo de renta ni de
ganancia ocasional.
8. LAS DEMÁS DISPUESTAS EN LA LEY.
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

COSTOS Y GASTOS CONTABLES QUE AUMENTAN LAS BASE GRAVABLE COSTOS Y GASTOS SÓLO FISCALES QUE NO AFECTAN EL ESTADO DE
DEL IMPUESTO DE RENTA – NO DEDUCIBLES. RESULTADOS CONTABLE Y QUE DISMINUYEN LA BASE GRAVABLE DEL
IMPUESTO DE RENTA – DEDUCCIONES FISCALES, COSTOS Y GASTOS
TEÓRICOS, O BENEFICIOS TRIBUTARIOS

Impuestos pagados por el contribuyente que no corresponda a predial, Deducción del 100% de las donaciones de dinero para la construcción,
industria y comercio, avisos y tableros, tales como el Impuesto al dotación o mantenimiento de bibliotecas de la Red Nacional de
consumo. Bibliotecas Públicas y de la Biblioteca Nacional que se realicen a la red
nacional de bibliotecas públicas y biblioteca nacional. (Art. 125 E.T.)

50% del gravamen a los movimientos financieros. P.N. Deducción por dependientes económicos (Art. 387 E.T. Parágrafo 2.)

P.N. Deducción de intereses sobre prestamos para adquisición de


Sanciones (multas e intereses moratorios).
vivienda. (Art. 119 E.T.)
Costos y gastos pagados a personas naturales que de acuerdo con las P.N. Deducción por pago de medicina prepagada Art. 387 E.T.
normas vigentes deban estar inscritos como responsables del IVA (Art.
177-2 E.T.)
Costos y gastos que no se encuentren debidamente soportados, o sobre
aquellos que no practicó retención en la fuente, estando obligado a ello.
Costos y gastos pagados en efectivo por encima de los topes permitidos
en la gradualidad consagra en el artículo 771-5 E.T. (100 UVT )
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

Diferencias entre la utilidad contable y la renta fiscal

Temporales
• Son aquellas que se originan en un ejercicio y se revierten en uno o más periodos
futuros, causadas por transacciones que afectan en períodos diferentes lo contable y lo
tributario.
• Partidas derivadas de eventos que se registran contablemente en un período pero que,
de acuerdo con requisitos fiscales, al determinar la renta liquida gravable se deben
tener en cuenta en otro período.
• Con el paso del tiempo, las diferencias temporales se disminuyen a cero en la medida
en que se van revirtiendo las situaciones que causaron es diferencia.
• Afectan la utilidad contable y de esta manera la utilidad susceptible de ser distribuida.
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

Ejemplos de Diferencias Temporales:


Depreciación diferida por diferencias entre los sistemas de cálculo de la depreciación en la
contabilidad y en la parte fiscal.
Provisiones de cuentas por cobrar.
Causación contable de impuestos cuyo pago se hace en periodos posteriores y cuya
deducción en la declaración de renta procede en el año de pago. P. ej. Impuesto predial,
industria y comercio, y avisos y tableros.
Causación contable de aportes parafiscales cuyo pago se hace en periodos posteriores y
cuya deducción en la declaración de renta procede en el año de pago.
Compensaciones de perdidas fiscales y excesos de renta presuntiva.
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

IMPUESTO DIFERIDO ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO


Se debe contabilizar como impuesto diferido Se debe contabilizar como impuesto diferido
débito el efecto de las diferencias pasivo el efecto de las diferencias temporales
temporales que impliquen el pago de un que impliquen el pago de un menor impuesto
mayor impuesto en el año corriente. en el año corriente.

Implican en el futuro una REDUCCIÓN en Implican un pago MAYOR de impuesto en el


el pago del impuesto y se les conoce como futuro y por ello son conocidas también como
DIFERENCIAS TERMPORALES DIFERENCIAS TERMPORALES
DEDUCIBLES. IMPONIBLES. (La diferencia temporal imponible
puede provenir de un ingreso en lo contable no
reconocido en lo fiscal, o de una deducción en lo
fiscal que no se ha reconocido en lo contable.)
CLASIFICACIÓN DE LAS DIFERENCIAS ENTRE
LA UTILIDAD CONTABLE Y LA RENTA FISCAL

IMPUESTO DIFERIDO ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO


P. ej. Un gasto no deducible en un año n, pero si P. ej. Lo constituye un mayor gasto fiscal por depreciación
deducible en un año n+1 (suponga el impuesto de acelerada en el año n, cuando en la contabilidad el
industria y comercio causado contablemente en el año método de depreciación es línea recta, esto implica una
n y pagado efectivamente en el año n+1), diferencia menor base gravable del impuesto de renta y por tanto un
temporal que genera un mayor pago de impuestos en menor valor del impuesto en dicho año n, y un aumento en
el año n, y una reducción del mismo en el año n+1. los años siguientes lo cual se aprecia cuando al llegar al
periodo de vida útil establecida para el activo el gasto por
depreciación en lo contable y fiscal terminarán siendo el
mismo valor.
Cuando se reconoce el impuesto diferido débito lo que Cuando se reconoce el impuesto diferido crédito, se
hace es evitar que el reconocimiento, en diferente evita que se distribuyan más utilidades que las reales,
tiempo, de una situación contable o fiscal, aumente el en una porción que equivale a la diferencia temporal.
gasto impuesto y congele indebidamente una porción
de utilidad, equivalente, a la diferencia temporal que
representa.
MÉTODOS PARA CONTABILIZACIÓN DEL
IMPUESTO DE RENTA EN PRESENCIA DE
IMPUESTO DIFERIDO

Existen dos métodos para el cálculo y contabilización del impuesto de renta


y para el reconocimiento del impuesto diferido originado a partir de
diferencias temporales:
• El Método del Diferido: Sustenta el reconocimiento de los impuestos diferidos en
el estado de resultados.
• El método del Activo/pasivo: Sustenta el reconocimiento de los impuestos
diferidos en el balance general.

Resulta pertinente anotar que la NIC 12 prohíbe en la actualidad la


aplicación del Método del diferido, y a la vez promueve la aplicación del
método del Activo/Pasivo.
MÉTODOS PARA CONTABILIZACIÓN DEL
IMPUESTO DE RENTA EN PRESENCIA DE
IMPUESTO DIFERIDO

El Método del Diferido. (Procedimiento)


a) Se deben identificar en la conciliación contable-fiscal las diferencias
temporales que implican un mayor y un menor pago de impuesto.
b) Se determina el impuesto básico de renta, aplicando a la renta líquida
gravable la tarifa del impuesto que corresponda.
c) Al valor del impuesto básico de renta se le resta el impuesto diferido debito (el
originado en diferencias temporales que aumentan el impuesto) el cual se liquida
aplicando la tarifa del impuesto a las respectivas diferencias temporales y se suma el
valor del impuesto diferido crédito el cual se calcula aplicando la tarifa de impuesto a
las diferencias temporales que disminuyen el valor a pagar.
d) El resultado final será el valor del gasto por impuesto de renta que se
registre en la contabilidad y que afecte el estado de resultados.
MÉTODOS PARA CONTABILIZACIÓN DEL
IMPUESTO DE RENTA EN PRESENCIA DE
IMPUESTO DIFERIDO
El Método del Activo/Pasivo. (Procedimiento)
DIFERENCIAS TERMPORALES
DEDUCIBLES IMPONIBLES (GRAVABLES)

Si la base fiscal es mayor que Si la base fiscal es menor que


ACTIVOS
la base contable la base contable

Si la base fiscal es menor que Si la base fiscal es mayor que


PASIVOS la base contable la base contable

Implican el reconocimiento de un impuesto Implican el reconocimiento de un impuesto


diferido de naturaleza activo y el pago de un diferido de naturaleza pasivo y el pago de un
menor impuesto de renta en períodos mayor impuesto de renta en períodos
posteriores posteriores
MÉTODOS PARA CONTABILIZACIÓN DEL
IMPUESTO DE RENTA EN PRESENCIA DE
IMPUESTO DIFERIDO

El Método del Activo/Pasivo. (Procedimiento)


Ejercicio 1: Identifique la naturaleza del impuesto diferido.
Una entidad tiene una cartera cuyo valor fiscal es $1.000.000 (base fiscal). En los estados
financieros la entidad ha reconocido un deterioro del valor por $400.000, en consecuencia, el
valor contable de la partida es de $600.000.
IMPU ESTO D IFER ID O A C TIVO
Ejercicio 2: Identifique la naturaleza del impuesto diferido.
Una entidad tiene activos clasificados como propiedades, planta y equipo con un valor fiscal
de $500.000 en su declaración de renta. Sin embargo, el valor contable del activo es de
$2.000.000, pues se efectuó un recálculo de la depreciación debido a que la vida útil
financiera del activo era más extensa que la establecida para efectos fiscales.
IMPU ESTO D IFERIDO PASIVO
MOMENTOS EN EL RECONOCIMIENTO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

Con el objeto de estandarizar la identificación del impuesto diferido se


hace necesario hablar de dos momentos dentro de este proceso:

1. Aquel que describe el nacimiento de la diferencia temporal


deducible o imponible (Primer momento)

2. Aquel que describe el (los) momento(s) cuando la diferencia


temporal se revierte y da inicio al disminución o aumento del pago
del impuesto de renta en períodos posteriores. (Segundo
momento)
EJERCICIO
EJERCICIO 1. Diferencia temporaria originada por la estimación de la
vida útil contable y fiscal

Una empresa adquiere en Enero 1 del año 2010 un activo fijo por
$30.000.000. El método de depreciación utilizado es el de línea recta. En
necesario anotar que la vida útil contable y fiscal difieren de la siguiente
manera; 5 y 3 años respectivamente. (Tarifa Impuesto de Renta 33%)

De esta manera puede establecerse que el valor en libros contables y el


valor fiscal del bien es diferente en los primeros cuatro años, como se
observa a continuación:
EJERCICIO
AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014
COSTO
INFORMACIÓN HISTORICO 30,000,000 30,000,000 30,000,000 30,000,000 30,000,000
CONTABLE DEPRECIACION
DEL ACTIVO ACUMULADA - 6,000,000 -12,000,000 -18,000,000 -24,000,000 -30,000,000
VALOR EN
SOLUCIÓN

LIBROS (NETO) 24,000,000 18,000,000 12,000,000 6,000,000 -


AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014
COSTO DE
INFORMACION ADQUISICIÓN 30,000,000 30,000,000 30,000,000 30,000,000 30,000,000
FISCAL DEL DEPRECIACION
ACTIVO ACUMULADA -10,000,000 -20,000,000 -30,000,000 -30,000,000 -30,000,000
VALOR
PATRIMONIAL 20,000,000 10,000,000 - - -
DIFRENCIA AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014
TEMPORAL VALOR EN
IMPONIBLE EN LIBROS (NETO) 24,000,000 18,000,000 12,000,000 6,000,000 -
LOS ACTIVOS VALOR
SE DEBE PATRIMONIAL 20,000,000 10,000,000 - - -
RECONOCER DIFERENCIA
UN IMPUESTO 4,000,000 8,000,000 12,000,000 6,000,000 -
TEMPORAL
DIFERIDO
IMPUESTO
PASIVO
DIFERIDO PASIVO 1,320,000 2,640,000 3,960,000 1,980,000 -
EJERCICIO
Suponga que la renta liquida gravable y el impuesto corriente del año es como lo
muestra la siguiente tabla:

CONCEPTO AÑO 2010 AÑO 2011 AÑO 2012 AÑO 2013 AÑO 2014
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 20,000,000 30,000,000 40,000,000 50,000,000 60,000,000
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
6,600,000 9,900,000 13,200,000 16,500,000 19,800,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2010
DIFRENCIA AÑO 2010 CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
TEMPORAL
IMPONIBLE EN VALOR EN LIBROS (NETO) 24,000,000 540405 GASTOS IMPUESTO DE RENTA 7,920,000
LOS ACTIVOS VALOR PATRIMONIAL
SE DEBE
20,000,000
272595 IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) 1,320,000
RECONOCER UN DIFERENCIA TEMPORAL 4,000,000
IMPUESTO 240405 IMPUESTO POR PAGAR 6,600,000
DIFERIDO PASIVO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO 1,320,000
CONCEPTO AÑO 2010 IMPUESTO DIFERIDO
(PASIVO)
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 20,000,000
1,320,000 AÑO 2010
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
6,600,000

1,320,000
1,320,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2011
DIFRENCIA
TEMPORAL
AÑO 2011 CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO

IMPONIBLE EN VALOR EN LIBROS (NETO) 540405 GASTOS IMPUESTO DE RENTA 11,220,000


LOS ACTIVOS 18,000,000
SE DEBE VALOR PATRIMONIAL 10,000,000 272595 IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) 1,320,000
RECONOCER 240405 IMPUESTO POR PAGAR 9,900,000
UN IMPUESTO
DIFERENCIA TEMPORAL 8,000,000
DIFERIDO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO
2,640,000 IMPUESTO DIFERIDO
PASIVO
(PASIVO)
CONCEPTO AÑO 2011 1,320,000 AÑO 2010
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 30,000,000 1,320,000 AÑO 2011
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
9,900,000

2,640,000
2,640,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2012
DIFRENCIA CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
TEMPORAL
AÑO 2012
GASTOS IMPUESTO DE
IMPONIBLE EN VALOR EN LIBROS (NETO)
540405
RENTA 14,520,000
LOS ACTIVOS 12,000,000 IMPUESTO DIFERIDO
272595 1,320,000
SE DEBE VALOR PATRIMONIAL - (PASIVO)
RECONOCER 240405 IMPUESTO POR PAGAR 13,200,000
UN IMPUESTO
DIFERENCIA TEMPORAL 12,000,000
DIFERIDO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO
PASIVO 3,960,000 IMPUESTO DIFERIDO
(PASIVO)
CONCEPTO AÑO 2012 1,320,000 AÑO 2010
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 40,000,000 1,320,000 AÑO 2011
IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1,320,000 AÑO 2012
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
13,200,000

3,960,000
3,960,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2013
DIFRENCIA
TEMPORAL
AÑO 2013 CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
IMPONIBLE EN GASTOS IMPUESTO DE
VALOR EN LIBROS (NETO) 540405 14,520,000
LOS ACTIVOS 6,000,000 RENTA
IMPUESTO DIFERIDO
SE DEBE VALOR PATRIMONIAL - 272595
(PASIVO) 1,980,000
RECONOCER
UN IMPUESTO
DIFERENCIA TEMPORAL 6,000,000 240405 IMPUESTO POR PAGAR 16,500,000
DIFERIDO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO
PASIVO 1,980,000
IMPUESTO DIFERIDO
CONCEPTO AÑO 2013 (PASIVO)
RENTA LIQUIDA GRAVABLE 50,000,000 1,320,000 AÑO 2010
IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1,320,000 AÑO 2011
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
16,500,000 1,320,000 AÑO 2012
AÑO 2013 1,980,000

1,980,000 3,960,000
1,980,000
EJERCICIO
REGISTROS:
AÑO 2014
DIFRENCIA
AÑO 2014 CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
TEMPORAL
IMPONIBLE EN VALOR EN LIBROS (NETO) 540405 GASTOS IMPUESTO DE RENTA 17,820,000
LOS ACTIVOS -
SE DEBE VALOR PATRIMONIAL -
272595 IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) 1,980,000
RECONOCER
DIFERENCIA TEMPORAL - 240405 IMPUESTO POR PAGAR 19,800,000
UN IMPUESTO
DIFERIDO IMPUESTO DIFERIDO PASIVO
PASIVO -

CONCEPTO AÑO 2014 IMPUESTO DIFERIDO


RENTA LIQUIDA GRAVABLE 60,000,000 (PASIVO)
IMPUESTO SOBRE LA RENTA 1,320,000 AÑO 2010
LIQUIDA GRAVABLE (33%)
19,800,000
1,320,000 AÑO 2011
1,320,000 AÑO 2012
AÑO 2013 1,980,000
AÑO 2014 1,980,000
3,960,000 3,960,000
-
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
ORIGEN DEL IMPUESTO DIFERIDO

Los estados financieros bajo Estándares Internacionales se preparan


siguiendo el principio de acumulación o devengo. Este principio no era
reconocido para efectos fiscales antes de la reforma tributaria del año 2016
y aunque se integró en los cálculos fiscales, algunas disposiciones
conservaron su desconexión con los Estándares Internacionales (ver cartilla
práctica Efectos tributarios en la aplicación de Estándares Internacionales-
agosto de 2017).
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
SECCIÓN 3 PRESENTACIÓN ESTADOS FINANCIEROS
Cumplimiento con la NIIF para las PYMES

3.3. Una entidad cuyos estados financieros cumplan la NIIF para las PYMES
efectuará en las notas una declaración, explícita y sin reservas de dicho
cumplimiento. Los estados financieros no deberán señalar que cumplen la
NIIF para las PYMES a menos que cumplan con todos los requerimientos
de esta Norma.

Es por lo anterior que la entidad debe atender sin excepción todos los lineamientos
normativos, incluyendo el reconocimiento y la medición del impuesto diferido.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
SECCIÓN 29 IMPUESTO A LAS GANANCIAS
ALCANCE DE ESTA SECCIÓN

29.1. Para los propósitos de esta Norma, el término impuesto a las ganancias
incluye todos los impuestos, nacionales y extranjeros, que estén basados en
ganancias fiscales. (…)

Las normas fiscales tienen como propósito:


• Establecer las bases sobre las cuales los contribuyentes calculan sus
impuestos.
• Establecer sus propios criterios de reconocimiento y medición de
activos, pasivos, ingresos y gastos.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
SECCIÓN 29 IMPUESTO A LAS GANANCIAS
ALCANCE DE ESTA SECCIÓN
29.2. Esta sección trata la contabilidad del impuesto a las ganancias. Se requiere que una
entidad reconozca las consecuencias fiscales actuales y futuras de transacciones y
otros sucesos que se hayan reconocido en los estados financieros. Estos importes
fiscales reconocidos comprenden el impuesto corriente y el impuesto diferido. El
impuesto corriente es el impuesto por pagar (recuperable) por las ganancias (o
pérdidas) fiscales del periodo corriente o de periodos anteriores. El impuesto diferido
es el impuesto por pagar o por recuperar en periodos futuros, generalmente como
resultado de que la entidad recupera o liquida sus activos y pasivos por su importe en
libros actual, y el efecto fiscal de la compensación de pérdidas o créditos fiscales no
utilizados hasta el momento procedentes de periodos anteriores.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
SECCIÓN 29 IMPUESTO A LAS GANANCIAS
ALCANCE DE ESTA SECCIÓN
29.3. Esta sección no trata sobre los métodos de contabilización de las
subvenciones del gobierno (véase la Sección 24 Subvenciones del
Gobierno). Sin embargo, esta sección se ocupa de la contabilización
de las diferencias temporarias que pueden derivarse de tales
subvenciones.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO
SECCIÓN 29 IMPUESTO A LAS GANANCIAS
RECONOCIMIENTO DE IMPUESTOS DIFERIDOS
29.8. Una entidad reconocerá un activo o pasivo por impuestos diferidos
por el impuesto por recuperar o pagar en periodos futuros como
resultado de transacciones o sucesos pasados. Este impuesto surge
de la diferencia entre los importes en libros de los activos y pasivos
de la entidad en el estado de situación financiera y los importes
atribuidos a los mismos por parte de las autoridades fiscales (estas
diferencias se denominan “diferencias temporarias”), y la
compensación de pérdidas o créditos fiscales no utilizados
hasta el momento procedentes de periodos anteriores.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

RECONOCIMIENTO DE IMPUESTOS DIFERIDOS

Todas las entidades que sean contribuyentes de impuesto de


renta y ganancia ocasional deben reconocer y medir los
impuestos diferidos resultantes de las diferencias entre el valor
contable y el valor fiscal de sus activos y pasivos.
IMPORTANCIA DEL CALCULO DEL
IMPUESTO DIFERIDO

RAZONES POR LAS CUALES NO SE CALCULA EL IMPUESTO DIFERIDO


 Dificultad en su cálculo.
 Costo desproporcionado.
 No se desea de ninguna manera disminuir el patrimonio (Impuesto
diferido pasivo).
CONSECUENCIAS:
Cuando una entidad no calcula el impuesto diferido, debe entenderse que
deja de reconocer los impactos fiscales actuales y futuros de la realización o
liquidación de sus activos y pasivos, alterando sus utilidades (en la mayoría
de los casos sobreestimando los resultados).
SITUACIONES PARTICULARES DEL
IMPUESTO DIFERIDO

En el desarrollo de las actividades de la entidad pueden surgir múltiples


cálculos o hechos que tendrán afectación en el cálculo del impuesto diferido.
La siguientes son algunas de estas situaciones que generan el cálculo del
impuesto diferido.
ALGUNAS SITUACIONES
IMPUESTO IMPUESTO IMPUESTO
DIFERIDO EN LA IMPUESTO DIFERIDO POR DIFERIDO POR IMPUESTO IMPUESTO
REVALUACIÓN DIFERIDO EXCESO DE MEDICIÓN A DIFERIDO EN DIFERIDO POR
DE PROVENIENTE RENTA VALOR CONTRATOS DE COSTOS DE
PROPIEDADES DE PÉRDIDAS PRESUNTIVA RAZONABLE DE ARRENDAMIENT ESTABLECIMIEN
PLANTA Y FISCALES SOBRE RENTA ACTIVOS O TO
EQUIPO LÍQUIDA BIOLÓGICOS
IMPUESTO DIFERIDO ORIGINADO POR LA APLICACIÓN DEL
MODELO DE REVALUACIÓN EN PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

SECCIÓN 17 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO


MEDICIÓN POSTERIOR AL RECONOCIMIENTO INICIAL
17.15 La entidad elegirá como política contable el modelo del costo del párrafo 17.15A o
el modelo de revaluación del párrafo 17.15B, y aplicará esa política a todos los
elementos que compongan una misma clase de propiedades, planta y equipo. (…)

17.15A Modelo del costo. Una entidad medirá un elemento de propiedades, planta y
equipo tras su reconocimiento inicial al costo menos la depreciación acumulada y
cualesquiera pérdidas por deterioro del valor acumuladas.
IMPUESTO DIFERIDO ORIGINADO POR LA APLICACIÓN DEL
MODELO DE REVALUACIÓN EN PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

SECCIÓN 17 PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO


MEDICIÓN POSTERIOR AL RECONOCIMIENTO INICIAL
17.15B Modelo de revaluación. Una entidad medirá un elemento de propiedades, planta
y equipo cuyo valor razonable pueda medirse con fiabilidad por su valor revaluado,
que es su valor razonable, en el momento de la revaluación, menos la
depreciación acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro de
valor posteriores. Las revaluaciones se harán con suficiente regularidad, para
asegurar que el importe en libros, en todo momento, no difiera significativamente
del que podría determinarse utilizando el valor razonable al final del periodo sobre
el que se informa. Los párrafos 11.27 a 11.32 proporcionan una guía para
determinar el valor razonable. Si se revalúa un elemento de propiedades,
planta y equipo, se revaluarán también todos los elementos que
pertenezcan a la misma clase de activos.
IMPUESTO DIFERIDO ORIGINADO POR LA APLICACIÓN DEL
MODELO DE REVALUACIÓN EN PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

• Es necesario anotar que el modelo de revaluación no se reconoce para


efectos fiscales, por lo tanto, cualquier medición a valor razonable de
propiedades, planta y equipo genera una diferencia temporaria entre el
valor contable y el valor fiscal de estas partidas, y por lo tanto, un impuesto
diferido.

• Serán varias las diferencias generadas, pues las revalorizaciones se harán


con suficiente regularidad, para asegurar que el importe en libros, en todo
momento, no difiera significativamente del que podría determinarse
utilizando el valor razonable en la fecha del balance.
IMPUESTO DIFERIDO ORIGINADO POR LA APLICACIÓN DEL
MODELO DE REVALUACIÓN EN PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

Existen ciertas posturas según las cuales no se requiere calcular el impuesto


diferido bajo la premisa de que “no se espera vender estos activos (PPyE) en
el corto ni mediano plazo” y, por lo tanto, “no se espera que se tenga que
pagar un impuesto a las ganancias”, para lo anterior es necesario tener
presente que en ninguna parte de la Sección 29 del Estándar para Pymes se
permite obviar el reconocimiento de un pasivo por impuesto diferido bajo el
argumento de la expectativa de venta del mismo.
Sin embargo es de aclarar que cuando el activo se muestra revaluado, es
irrefutable que al momento de realizarlo, se presentará una ganancia fiscal que
generará impuesto a cargo de la entidad.
IMPUESTO DIFERIDO ORIGINADO POR LA APLICACIÓN DEL
MODELO DE REVALUACIÓN EN PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

Para evaluar lo anterior, suponga que una entidad tiene un terreno clasificado como
propiedades, planta y equipo adquirido el 1 de enero del año 2000 por un costo de 100
millones, el cual fue ajustado en el Estado de Situación Financiera, a su valor razonable de
$1.000 millones.
Registro contable: Ajuste al valor razonable del terreno:
Cuenta Débito Crédito
ESTADO DE aSITUACIÓN FINANCIERA Si no se reconoce
PPyE– Terreno – Ajuste valor razonable $ 900,000,000
el impuesto
Ganancias
PPyE– retenidas
TERRENO $ 1,000,000,000 $ 900,000,000
diferido pasivo, la
Cálculo del Impuesto
PASIVO diferido: DIFERIDO
POR IMPUESTO $ 90,000,000 entidad estaría
sobrevalorando
Tarifa Impuesto su
PATRIMONIO
Concepto Valor fiscal $ 910,000,000
Valor contable Diferencia
impositiva diferido pasivo
patrimonio.
Terreno $ 100,000,000 $ 1,000,000,000 $ 900,000,000 10% $ 90,000,000
IMPUESTO DIFERIDO ORIGINADO POR LA APLICACIÓN DEL
MODELO DE REVALUACIÓN EN PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

Cual es el análisis (Contable y tributario) que le podría dar al anterior ejercicio si la


empresa decide vender el terreno por el valor que aparece en libros:
Desde una perspectiva Contable: Desde una perspectiva Tributaria:
En el estado de resultados no se presenta Se deberá declarar un ingreso por venta
una utilidad en venta de activos, mientras de activo fijo correspondiente a ganancia
tanto el Estado de situación financiero ocasional que tributará a una tarifa del
simplemente desaparece un terreno por 10%. En lugar de afectar los resultados, la
ese valor, y se constituye un incremento entidad traslada el pasivo por impuesto
por ese mismo valor en la cuenta diferido de $90.000.000 a una cuenta de
bancaria. impuestos por pagar, y procede a cancelar
este valor.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

Una entidad decide sustituir el valor en libros de un edificio que estaba


registrado por el método del costo amortizado menos deterioro al inicio de un
ejercicio, por el valor razonable proporcionado en un peritaje técnico. En el
avalúo, el valor de los edificios es de $32.000.000 y se les asigna una vida útil
de 30 años y el valor neto en libros a la misma fecha fue de $22.240.000.
Considerando una tarifa de impuestos del 33%. ¿Cuál es el valor del impuesto
diferido a esa fecha? ¿Es activo o pasivo por impuesto diferido? Realice el
registro contable.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

Tarifa Impuesto
Concepto Valor fiscal Valor contable Diferencia
impositiva diferido pasivo
Edificio $ 22,240,000 $ 32,000,000 $ 9,760,000 33% $ 3,220,800

I M P U E S T O D I F E R I D O PA S I V O – D I F E R E N C I A I M P O N I B L E
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL PATRIMONIO SUPERAVIT POR VALORIZACION $3,220,800
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) $3,220,800

El superávit por revaluación que inicialmente estaba en 9.760.000, se disminuirá en 3.220.800 por los
efectos fiscales futuros, para finalmente quedar en 6.539.200, parte que significa el mayor valor de los
edificios que les correspondería a los accionistas de la compañía en caso de realización de los valores
tasados.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

Una empresa adquiere un terreno el 1 de Enero de 2017 por $150.000.000.


De acuerdo con la política contable de la empresa, este tipo de activos se
miden posteriormente por su valor razonable, el cual no tiene efectos sobre la
renta fiscal. El terreno no se espera vender en los próximos años lo cual
supone que el reconocimiento del impuesto diferido debe hacerse con base en
la tarifa del impuesto de ganancias ocasionales (10%)

El valor razonable del terreno a 31 de Diciembre de 2017 es de $190.000.000


y a Diciembre 31 de 2018 es de $250.000.000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

Registro Contable a 31 de Diciembre de 2017, reconociendo la revaluación.


CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL ACTIVO TERRENO $ 40,000,000
CUENTA DEL PATRIMONIO SUPERAVIT POR VALORIZACION $ 40,000,000

Información contable y fiscal del activo en la fecha


INFORMACIÓN INFORMACIÓN DIFERENCIA IMPUESTO
CONTABLE FISCAL TEMPORARIA DIFERIDO (10%)
TERRENO (COSTO) $ 150,000,000 $ 150,000,000

REVALORIZACIÓN $ 40,000,000
BASE CONTABLE V/S BASE
FISCAL
$ 190,000,000 $ 150,000,000 $ 40,000,000 $ 4,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

Registro Contable a 31 de Diciembre de 2017, reconociendo del impuesto


diferido .
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL PATRIMONIO SUPERAVIT POR VALORIZACION $ 4,000,000
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) $ 4,000,000

Como se trata de una posible utilidad (No realizada) y atendiendo el principio


de prudencia, el impuesto diferido se reconoce contra el superávit por
revaluación y no contra la cuenta del gasto por impuesto de renta.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

Registro Contable a 31 de Diciembre de 2018, reconociendo la revaluación.


CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL ACTIVO TERRENO $ 60,000,000
CUENTA DEL PATRIMONIO SUPERAVIT POR VALORIZACION $ 60,000,000

Información contable y fiscal del activo en la fecha


INFORMACIÓN INFORMACIÓN DIFERENCIA IMPUESTO
CONTABLE FISCAL TEMPORARIA DIFERIDO (10%)
TERRENO (COSTO) $ 190,000,000 $ 150,000,000

REVALORIZACIÓN $ 60,000,000
BASE CONTABLE V/S BASE
FISCAL
$ 250,000,000 $ 150,000,000 $100,000,000 $10,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

Registro Contable a 31 de Diciembre de 2018, reconociendo del impuesto


diferido .
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL PATRIMONIO SUPERAVIT POR VALORIZACION $ 6,000,000
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) $ 6,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA MEDICIÓN
DE INVERSIONES A VALOR RAZONABLE

El siguiente ejercicio describe la diferencia temporaria originada por la medición de


inversiones a valor razonable.

La Empresa XYZ SAS decide realizar la siguiente inversión en el año 2017:


$10.000.000 para comprar $10.000 acciones de la Empresa ABC SAS, su objetivo
era lograr beneficiarse del valor del mercado de las acciones en el corto plazo.

Finalizando el año 2017 las acciones de la empresa ABC SAS se cotizaban en el


mercado a $1.200 cada una.

(La regulación contable señala que una inversión debe reconocerse por el valor razonable con cambio en resultados
(valor de mercado), las normas fiscales disponen que el valor patrimonial de las acciones es su costo fiscal).
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA MEDICIÓN
DE INVERSIONES A VALOR RAZONABLE

Registro Contable a 31 de Diciembre de 2017.


CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL ACTIVO ACTIVO FINANCIERO ACCIONES $ 2,000,000
INGRESO POR VALORIZACION
CUENTA DEL INGRESO
DE ACCIONES
$ 2,000,000

Información contable y fiscal de las acciones en la fecha


INFORMACIÓN INFORMACIÓN DIFERENCIA IMPUESTO
CONTABLE FISCAL TEMPORARIA DIFERIDO (33%)
INVRESIÓN EN ACCIONES $ 10,000,000 $ 10,000,000

REVALORIZACIÓN $ 2,000,000
BASE CONTABLE V/S BASE
FISCAL
$ 12,000,000 $ 10,000,000 $ 2,000,000 $ 660,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA MEDICIÓN
DE INVERSIONES A VALOR RAZONABLE

Registro Contable a 31 de Diciembre de 2017, reconociendo del impuesto


diferido .
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL GASTO GASTO IMPUESTO DE RENTA $ 660,000
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) $ 660,000

Ya no se reconoce el impuesto diferido contra el superávit por revaluación si no


que por el contrario su reconocimiento debe hacerse contra la cuenta del gasto
por impuesto de renta, lo anterior debido a la expectativa de generación de
ingresos en el corto plazo.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

Diferencia temporaria originada por la revalorización de los activos en la


aplicación de la NIC 16. (La revalorización se contabiliza como mayor valor del
activo con contrapartida en el patrimonio y es base de depreciación, El
impuesto diferido corresponde al posible gravamen que habría de liquidarse
ante una eventual venta del bien, toda vez que el precio de venta será
superior al costo fiscal.)

Una empresa adquiere en Enero 1 del año 2010 un equipo por $100.000.000.
La vida útil contable y fiscal, se estima en 10 años. Al final de año 5 (2014) se
hace una revalorización del equipo de acuerdo con su valor razonable, el cual
equivale a $70.000.000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO
INFORMACIÓN INFORMACIÓN DIFERENCIA IMPUESTO
AÑO
CONTABLE FISCAL TEMPORARIA DIFERIDO
COSTO DE
100,000,000 100,000,000
ADQUISICIÓN
DEP. ACUMULADA 10,000,000 10,000,000
2010 0 0
VALOR EN LIBROS 90,000,000 90,000,000
DEP. ACUMULADA 20,000,000 20,000,000
2011 0 0
VALOR EN LIBROS 80,000,000 80,000,000
DEP. ACUMULADA 30,000,000 30,000,000
2012 0 0
VALOR EN LIBROS 70,000,000 70,000,000
DEP. ACUMULADA 40,000,000 40,000,000
2013 0 0
VALOR EN LIBROS 60,000,000 60,000,000
DEP. ACUMULADA 50,000,000 50,000,000
2014 REVALORIZACIÓN 20,000,000 - 20,000,000 6,600,000
VALOR EN LIBROS 70,000,000 50,000,000
DEP. ACUMULADA 64,000,000 60,000,000
2015 16,000,000 5,280,000
VALOR EN LIBROS 56,000,000 40,000,000
DEP. ACUMULADA 78,000,000 70,000,000
2016 12,000,000 3,960,000
VALOR EN LIBROS 42,000,000 30,000,000
DEP. ACUMULADA 92,000,000 80,000,000
2017 8,000,000 2,640,000
VALOR EN LIBROS 28,000,000 20,000,000
DEP. ACUMULADA 106,000,000 90,000,000
2018 4,000,000 1,320,000
VALOR EN LIBROS 14,000,000 10,000,000
DEP. ACUMULADA 120,000,000 100,000,000
2019 0 0
VALOR EN LIBROS - -
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

REGISTROS:
AÑO 2014 SUPERAVIT POR
VALORIZACIÓN
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO AÑO 2014 6,600,000 20,000,000 AÑO 2014
CUENTA DEL
ACTIVO
EQUIPO 20,000,000

CUENTA DEL SUPERAVIT POR


PATRIMONIO VALORIZACION 20,000,000
6,600,000 20,000,000
13,400,000

IM PUESTO DIFERIDO
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO (PASIVO)
6,600,000 AÑO 2014
CUENTA DEL SUPERAVIT POR
PATRIMONIO VALORIZACION 6,600,000

CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO


PASIVO (PASIVO) 6,600,000
- 6,600,000
6,600,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

REGISTROS:
AÑO 2015 AÑO 2016
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO
PASIVO (PASIVO) 1,320,000 PASIVO (PASIVO) 1,320,000
CUENTA DEL SUPERAVIT POR CUENTA DEL SUPERAVIT POR
PATRIMONIO VALORIZACION 1,320,000 PATRIMONIO VALORIZACION 1,320,000

IMPUESTODIFERIDO
IMPUESTO DIFERIDO SUPERAVIT POR
(PASIVO)
(PASIVO) VALORIZACIÓN
6,600,000 AÑO
6,600,000 AÑO2014
2014 AÑO 2014 6,600,000 20,000,000 AÑO 2014
AÑO2015
AÑO 1,320,000
2015 1,320,000 1,320,000 AÑO 2015
AÑO 2016 1,320,000 1,320,000 AÑO 2016

1,320,000 6,600,000
2,640,000 6,600,000 6,600,000 22,640,000
21,320,000
5,280,000
3,960,000 14,720,000
16,040,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

REGISTROS:
AÑO 2017 AÑO 2018
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO
PASIVO (PASIVO) 1,320,000 PASIVO (PASIVO) 1,320,000
CUENTA DEL SUPERAVIT POR CUENTA DEL SUPERAVIT POR
PATRIMONIO VALORIZACION 1,320,000 1,320,000
PATRIMONIO VALORIZACION

IMPUESTO DIFERIDO SUPERAVIT POR


(PASIVO) VALORIZACIÓN
6,600,000 AÑO 2014 AÑO 2014 6,600,000 20,000,000 AÑO 2014
AÑO 2015 1,320,000 1,320,000 AÑO 2015
AÑO 2016 1,320,000 1,320,000 AÑO 2016
AÑO 2017 1,320,000 1,320,000 AÑO 2017
AÑO 2018 1,320,000 1,320,000 AÑO 2018

3,960,000
5,280,000 6,600,000 6,600,000 23,960,000
25,280,000
2,640,000
1,320,000 17,360,000
18,680,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO EN LA
REVALUACIÓN DE PROPIEDADES PLANTA Y EQUIPO

REGISTROS:
AÑO 2019
CODIGO NOMBRE CUENTA DÉBITO CRÉDITO
CUENTA DEL
PASIVO
IMPUESTO DIFERIDO (PASIVO) 1,320,000
CUENTA DEL
PATRIMONIO
SUPERAVIT POR VALORIZACION 1,320,000

IMPUESTO DIFERIDO SUPERAVIT POR


(PASIVO) VALORIZACIÓN
6,600,000 AÑO 2014 AÑO 2014 6,600,000 20,000,000 AÑO 2014
AÑO 2015 1,320,000 1,320,000 AÑO 2015
AÑO 2016 1,320,000 1,320,000 AÑO 2016
AÑO 2017 1,320,000 1,320,000 AÑO 2017
AÑO 2018 1,320,000 1,320,000 AÑO 2018
AÑO 2019 1,320,000 1,320,000 AÑO 2019
6,600,000 6,600,000 6,600,000 26,600,000
- 20,000,000
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
PÉRDIDAS FISCALES

En el desarrollo de las actividades de la entidad y, en especial, en el proceso de presentación,


liquidación y pago de la obligación tributaria del impuesto a las ganancias, podrán surgir múltiples
cálculos o hechos que tendrán afectación en el cálculo del impuesto diferido.
SECCIÓN 29 IMPUESTO A LAS GANANCIAS
DIFERENCIAS TEMPORARIAS DEDUCIBLES
29.20 Cuando la entidad tiene un historial de pérdidas recientes, habrá de considerar las guías
que se ofrecen en los párrafos 29.21 y 29.22.
PERDIDAS Y CREDITOS FISCALES NO UTILIZADOS
29.21 Debe reconocerse un activo por impuestos diferidos, siempre que se puedan compensar,
con ganancias fiscales de periodos posteriores, pérdidas o créditos fiscales no utilizados,
pero solo en la medida en que sea probable la disponibilidad de ganancias
fiscales futuras, contra las cuales utilizar esas pérdidas o créditos fiscales
no usados. (Continua….)
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
PÉRDIDAS FISCALES

29.21 Al evaluar la probabilidad de disponer de ganancias fiscales contra las que cargar las
pérdidas o créditos fiscales no utilizados, la entidad puede considerar los siguientes
criterios:
(a) (…)
(b) si es probable que la entidad tenga ganancias fiscales antes de que prescriba el
derecho de compensación de las pérdidas o créditos fiscales no utilizados;
(c) si las pérdidas fiscales no utilizadas han sido producidas por causas identificables,
cuya repetición es improbable; y
(d) si la entidad dispone de oportunidades de planificación fiscal que vayan a generar
ganancias fiscales en los periodos en que las pérdidas o los créditos fiscales puedan ser
utilizados.
En la medida en que no sea probable disponer de ganancias fiscales contra las cuales usar las
pérdidas o créditos fiscales no utilizados, no se procederá a reconocer los activos por
impuestos diferidos.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
PÉRDIDAS FISCALES

29.22 La existencia de pérdidas fiscales no utilizadas puede ser una evidencia


importante de que, en el futuro, no se dispondrá de ganancias fiscales. Por
tanto, cuando una entidad tiene en su historial pérdidas recientes,
procederá a reconocer un activo por impuestos diferidos surgido de
pérdidas o créditos fiscales no utilizados, solo si dispone de una cantidad
suficiente de diferencias temporarias imponibles, o bien si existe alguna
otra evidencia convincente de que dispondrá en el futuro de suficiente
ganancia fiscal, contra la que utilizar dichas pérdidas o créditos.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
PÉRDIDAS FISCALES

Impuesto Diferido
proveniente de las perdidas
fiscales susceptibles de ser
compensadas con utilidades
de períodos siguientes

Si se tiene certeza razonable de que la NO tiene expectativas de generar utilidades


entidad generará utilidades con las futuras
cuales pueda cruzar dichas pérdidas.
NO reconocer activos por impuestos diferidos
Reconocer un ACTIVO POR IMPUESTO
DIFERIDO Si ha reconocido el activo por impuesto diferido en
períodos anteriores y pasa a ser poco probable que
genere utilidades futuras, debe reconsiderar este
activo y ajustarlo, o darlo de baja con cargo a
resultados
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
PÉRDIDAS FISCALES

Impuesto corriente por pérdidas Impuesto diferido por pérdidas


fiscales: fiscales:
• El párrafo 29.2 de la Norma para • Debido a que no es aplicable en
Pymes establece que “el impuesto Colombia lo establecido en el párrafo
corriente es el impuesto por pagar 29.2, entonces se aplica el párrafo
(recuperable) por las ganancias (o 29.3.e), según el cual, el impuesto que
pérdidas) fiscales del período corriente se podrá disminuir en períodos
o de períodos anteriores”. siguientes por la aplicación de pérdidas
• Hace referencia exclusivamente a la fiscales para lo cual se deberá
posibilidad de recuperar el impuesto reconocer como un activo por impuesto
pagado en períodos anteriores, diferido.
imputando la pérdida fiscal del período
corriente.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
PÉRDIDAS FISCALES

Impuesto corriente por pérdidas fiscales: Impuesto diferido por pérdidas fiscales:
• En algunos países las leyes fiscales permiten a • Cuando la entidad presenta una pérdida fiscal, es
las entidades compensar la pérdida de un muy probable que también haya obtenido una pérdida
período con las ganancias de uno o más años contable. El reconocimiento de un activo por impuesto
anteriores. En Colombia, La situación es diferido derivado de la pérdida fiscal genera una
diferente pues según el inciso 1 del artículo 147 disminución de la pérdida contable, toda vez que la
entidad adquiere el derecho a pagar un menor
del Estatuto Tributario establece que “las
impuesto en períodos futuros, mediante la
sociedades podrán compensar las pérdidas
compensación de sus pérdidas fiscales.
fiscales, con las rentas líquidas ordinarias que
obtuvieren en los doce (12) períodos gravables • Si la entidad no reconoce estos activos por impuestos
siguientes, sin perjuicio de la renta presuntiva diferidos, presentará distorsiones en sus estados de
del ejercicio”. resultados, tanto en el período en el que se presentó
• La disposición fiscal permite, entonces, la la pérdida como en los períodos en
compensación en períodos futuros, pero no los cuales se hayan compensado
admite la compensación con períodos anteriores
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

Una empresa tiene pérdidas por $100.000.000 durante los años 1 y 2, y utilidades durante los
períodos 3, 4 y 5 por valor de $80.000.000.
¿Con una tarifa de impuestos del 30%, e ignorando el efecto de la renta presuntiva, cómo
quedarían las declaraciones de renta y los estados de resultados de los años 1 al 5?

LAS DECLARACIONES DE RENTA DE LOS AÑOS 1 A 5 SERÍAN:

AÑO 1 2 3 4 5
RENTA LIQUIDA ORDINARIA DEL
EJERCICIO
$ - $ 80,000,000 $ 80,000,000 $ 80,000,000
PERDIDA LIQUIDA DEL EJERCICIO -$ 100,000,000 -$ 100,000,000
COMPENSACION DE PERDIDA
FISCAL
$ - $ - $ 80,000,000 $ 80,000,000 $ 40,000,000
RENTA LIQUIDA GRAVABLE $ - $ - $ - $ - $ 40,000,000
IMPUESTO A CARGO $ - $ - $ - $ - $ 12,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

EL COMPORTAMIENTO DE LA PÉRDIDA Y EL BENEFICIO FISCAL QUE DE ELLA SE DERIVA ES:

AÑO 1 2 3 4 5
PERDIDA ACUMULADA -$ 100,000,000 -$200,000,000 -$120,000,000 -$40,000,000 $ -
BENEFICIO FISCAL POR
APLICAR -$ 30,000,000 -$ 60,000,000 -$ 36,000,000 -$12,000,000 $ -
EFECTO EN EL ESTADO
DE RESULTADOS $ 30,000,000 $ 30,000,000 -$ 24,000,000 -$24,000,000 -$ 12,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

LOS ESTADOS DE RESULTADOS PRESENTAN LAS SIGUIENTES CIFRAS:

AÑO 1 2 3 4 5
UTILIDAD (PERDIDA)
ANTES DE IMPUESTOS -$ 100,000,000 -$ 100,000,000 $ 80,000,000 $ 80,000,000 $ 80,000,000
(GASTO) INGRESO POR
IMPUESTO A LAS $ 30,000,000 $ 30,000,000 -$ 24,000,000 -$24,000,000 -$ 12,000,000
GANANCIAS
RESULTADO -$ 70,000,000 -$ 70,000,000 $ 56,000,000 $ 56,000,000 $ 68,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

REGISTROS CONTABLES POR AÑO

AÑO 1
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA FISCAL $ - $ 30,000,000
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO
CUENTA DEL ACTIVO
PERDIDA FISCAL
$ 30,000,000 $ -

AÑO 2
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA FISCAL $ - $ 30,000,000
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA
CUENTA DEL ACTIVO
FISCAL
$ 30,000,000 $ -
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

REGISTROS CONTABLES POR AÑO

AÑO 3
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO CORRIENTE $ 24,000,000 $ -
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA
CUENTA DEL ACTIVO
FISCAL
$ - $ 24,000,000

AÑO 4
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO CORRIENTE $ 24,000,000 $ -
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA
CUENTA DEL ACTIVO
FISCAL
$ - $ 24,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

REGISTROS CONTABLES POR AÑO


AÑO 5
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL GASTOS IMPUESTO CORRIENTE $ 24,000,000
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO PERDIDA
CUENTA DEL ACTIVO
FISCAL
$ 12,000,000
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO POR PAGAR $ 12,000,000
SALDOS
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO SALDO
CUENTA DEL ACTIVO IMPUESTO
ACTIVO DIFERIDO PERDIDA FISCAL
$ 60,000,000 $ 60,000,000 $ -
CUENTA DEL IMPUESTO DIFERIDO
GASTO PERDIDA FISCAL
$ 60,000,000 -$ 60,000,000
CUENTA DEL
GASTO
IMPUESTO CORRIENTE $ 72,000,000 $ 72,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

La empresa XYZ tiene para el año 2017 una pérdida fiscal que asciende al valor de
$100.000.000 y a su vez una tasa impositiva del 34 %; suponga además que para ese año la
empresa debió pagar un impuesto sobre la renta presuntiva por $17.000.000 (Renta presuntiva:
$50.000.000 se genera otro impuesto diferido activo). Para el año 2018 se generaron utilidades
fiscales antes de impuestos por valor de $200.000.000, y la tarifa impositiva sigue siendo la
misma.

CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


ACTIVO POR IMPUESTOS
CUENTA DEL ACTIVO $34,000,000
DIFERIDO
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
CUENTA DEL GASTO $34,000,000
DIFERIDO
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

REGISTRO CONTABLE IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE RENTA PRESUNTIVA

CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


ACTIVO POR IMPUESTOS
CUENTA DEL ACTIVO $ 17,000,000
DIFERIDO
IMPUESTO A LAS
CUENTA DEL PASIVO $ 17,000,000
GANANCIAS POR PAGAR
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

REGISTRO CONTABLE AÑO 2018

Para este año si no existieran los activos por impuestos diferidos, la entidad reconocería un impuesto
corriente por $68.000.000., es por lo anterior que debido a que la normatividad fiscal permite disminuir
las rentas ordinarias con las pérdidas de períodos anteriores, y además imputar el exceso de renta
presuntiva, entonces la empresa en el año 2018, liquidará su impuesto a pagar así:

AÑO 2
RENTA LIQUIDA ORDINARIA DEL EJERCICIO $ 200,000,000
PERDIDA LIQUIDA DEL EJERCICIO
COMPENSACION DE PERDIDA FISCAL Y
RENTA PRESUNTIVA $ 150,000,000
RENTA PRESUNTIVA
RENTA LIQUIDA GRAVABLE $ 50,000,000
IMPUESTO A CARGO $ 17,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE
DE PÉRDIDAS FISCALES

CONTABILIZACIÓN IMPUESTOS DEL AÑO 2018


CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL ACTIVO ACTIVO POR IMPUESTOS DIFERIDO $ 51,000,000
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
CUENTA DEL GASTO $ 51,000,000
DIFERIDO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO DE RENTA CORRIENTE $ 17,000,000
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO POR PAGAR $ 17,000,000

AÑO 2
UTILIDAD (PERDIDA) ANTES DE IMPUESTOS $ 200,000,000
(GASTO) INGRESO POR IMPUESTO A LAS
GANANCIAS - $ 68,000,000
RESULTADO $ 132,000,000
IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO DE RENTA
PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

E.T. ART. 188. BASE Y PORCENTAJE DE LA RENTA PRESUNTIVA.

Para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que la renta líquida del
contribuyente no es inferior al tres y medio por ciento (3.5%) de su patrimonio
líquido, en el último día del ejercicio gravable inmediatamente anterior.

El porcentaje de renta presuntiva al que se refiere este artículo se reducirá́ al uno


y medio por ciento (1,5%) en los años gravables 2019 y 2020; Y al cero por
ciento 0% a partir del año gravable 2021.

Los contribuyentes inscritos bajo el impuesto unificado bajo el régimen


simple de tributación SIMPLE no estarán sujetos a renta presuntiva.
IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO DE RENTA
PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

E.T. ART. 189. DEPURACIÓN DE LA BASE DE CÁLCULO Y DETERMINACIÓN.

PARAGRAFO. El exceso de renta presuntiva sobre la renta líquida ordinaria


podrá compensarse con las rentas líquidas ordinarias determinadas dentro de los
cinco (5) años siguientes.

La renta presuntiva es un mecanismo de presunción donde se establece que la renta mínima de


todo contribuyente es por lo menos el 3.5 % del patrimonio líquido del año inmediatamente
anterior. Esta presunción ocasiona que, en algunos casos, los contribuyentes paguen impuesto
sobre una renta más alta que la resultante de tomar sus ingresos menos sus costos y
deducciones en el período fiscal.
IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO DE RENTA
PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

• Solo si existe alguna evidencia convincente de que dispondrá en el futuro de


suficiente ganancia fiscal hasta el punto que supere a la renta presuntiva, podrá
compensar los excesos de esta en los períodos fiscales siguientes.

• Los excesos de renta presuntiva sobre renta líquida crean lo que se conoce como
“crédito fiscal”, pues el contribuyente puede usar esos excesos para disminuir su
impuesto a pagar en períodos futuros.

• De acuerdo con lo anterior, es importante tener claro si la entidad tiene o no tiene


expectativas razonables de poder compensar estos excesos de renta presuntiva en
períodos futuros, pues de ser desfavorable el panorama deberá disminuir el monto del
activo por impuesto diferido hasta el valor que espere poder compensar.
IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO DE RENTA
PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

PERDIDAS Y CREDITOS FISCALES NO UTILIZADOS


29.21 Debe reconocerse un activo por impuestos diferidos, siempre que se puedan compensar,
con ganancias fiscales de periodos posteriores, pérdidas o créditos fiscales no utilizados,
pero solo en la medida en que sea probable la disponibilidad de ganancias fiscales
futuras, contra las cuales utilizar esas pérdidas o créditos fiscales no usados.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

La siguiente es la información de la sociedad ExcesoPresuntiva S.A.S. la


cual le es entregada con el objeto de que lo asesore en la determinación del
impuesto diferido proveniente del exceso de renta presuntiva sobre la renta
líquida..

Para el año 2018 la sociedad debió calcular y pagar su impuesto de renta


por el sistema de renta presunta toda vez que la utilidad generada para ese
año estaba por debajo de la renta presuntiva, $100.000.000 y $180.000.000
respectivamente.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

Renta presuntiva: $180.000.000


Tarifa impositiva 2018: 33 %
Impuesto a cargo: $180.000.000 x 33% = 59.400.000
Exceso de renta presuntiva sobre renta líquida:
($180.000.000 - $100.000.000)= $80.000.000
Impuesto diferido por exceso de renta presuntiva sobre renta líquida:
($80.000.000 * 33%)= $26.400.000

En este momento la entidad debe contabilizar el impuesto a cargo como un impuesto


corriente, y el impuesto sobre el exceso de renta presuntiva como un impuesto
diferido activo.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

CONTABILIZACIÓN IMPUESTOS DEL AÑO 2018


CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
ACTIVO POR IMPUESTOS
CUENTA DEL ACTIVO
DIFERIDO
$ 26,400,000
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
CUENTA DEL GASTO
DIFERIDO
$ 26,400,000
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO DE RENTA CORRIENTE $ 59,400,000
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO POR PAGAR $ 59,400,000
Continuando con el ejercicio, tome los siguientes supuestos para el año 2019

Para el año 2019 la sociedad debió calcular y pagar su impuesto de renta sobre su renta líquida y no
sobre su renta presunta que tomaron los siguientes valores respectivamente, $190.000.000 y
$160.000.000 respectivamente.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

Renta líquida: $190.000.000


Tarifa impositiva 2019: 33 %
Compensación por exceso de renta presuntiva:
($190.000.000-$160.000.000)= $30.000.000
Renta líquida gravable: $160.000.000
Impuesto a cargo: $160.000.000 x 33% = 52.800.000
Exceso de renta presuntiva compensado:
$30.000.000
Impuesto diferido : ($30.000.000 * 33%)= $9.900.000
En este momento la entidad debe contabilizar el impuesto a cargo como un impuesto corriente, y
debido a que la entidad compensó una parte del exceso de renta presuntiva del año anterior,
debe disminuir el activo por impuesto diferido hasta lo correspondiente a la compensación.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

CONTABILIZACIÓN IMPUESTOS DEL AÑO 2019

CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


CUENTA DEL ACTIVO ACTIVO POR IMPUESTOS DIFERIDO $ 9,900,000
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
CUENTA DEL GASTO $ 9,900,000
DIFERIDO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO DE RENTA CORRIENTE $ 52,800,000
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO POR PAGAR $ 52,800,000
Continuando con el ejercicio, tome los siguientes supuestos para el año 2020

Para el año 2020 la sociedad debió calcular y pagar su impuesto de renta sobre su renta líquida y no
sobre su renta presunta que tomaron los siguientes valores respectivamente, $430.000.000 y
$380.000.000 respectivamente.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

Renta líquida: $430.000.000


Tarifa impositiva 2020: 32 %
Compensación por exceso de renta presuntiva:
($430.000.000-$380.000.000)= $50.000.000
Renta líquida gravable: $380.000.000
Impuesto a cargo: $380.000.000 x 32% = $121.600.000
Exceso de renta presuntiva compensado:
$50.000.000
Impuesto diferido : ($50.000.000 * 32%)= $16.000.000
En este momento la entidad debe contabilizar el impuesto a cargo como un impuesto corriente, y
debido a que la entidad compensó una parte del exceso de renta presuntiva del año anterior,
debe disminuir el activo por impuesto diferido hasta lo correspondiente a la compensación.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

CONTABILIZACIÓN IMPUESTOS DEL AÑO 2020

CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


CUENTA DEL ACTIVO ACTIVO POR IMPUESTOS DIFERIDO $ 16,000,000
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
CUENTA DEL GASTO $ 16,000,000
DIFERIDO
CUENTA DEL GASTO IMPUESTO DE RENTA CORRIENTE $ 121,600,000
CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO POR PAGAR $ 121,600,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

La siguiente es la información de la sociedad Presuntiva S.A.S. la cual le es entregada con el objeto de que lo
asesore en la determinación del impuesto diferido proveniente del exceso de renta presuntiva sobre la renta
líquida..
Para el año 1 la sociedad obtuvo utilidades fiscales por valor de $54.545.000 y partiendo del análisis del
patrimonio liquido del año 0 cuyo valor asciende al valor de $2.987.000.000 debió calcular y pagar su
impuesto de renta por el sistema de renta presunta toda vez que la utilidad generada para ese año estaba por
debajo de la renta presuntiva, $54.125.000 y $104.545.000 respectivamente. El anterior caso fue posible toda
vez que la entidad tiene la expectativa de generar utilidades futuras, de la siguiente forma:
UTILIDADES RENTA PRESUNTIVA
AÑO
PROYECTADAS AÑO 1 A 5 AÑO 1 A 5
1 $ 54,545,000 $ 104,545,000
2 $ 72,000,000 $ 120,000,000
3 $ 98,000,000 $ 110,000,000
4 $ 185,000,000 $ 108,000,000
5 $ 199,000,000 $ 112,000,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

PROYECCION DECLARACIÓN DE RENTA AÑOS 1 A 5


AÑO 1 2 3 4 5
RENTA LIQUIDA
ORDINARIA DEL $ 54,545,000 $ 72,000,000 $ 98,000,000 $ 185,000,000 $ 199,000,000
EJERCICIO
RENTA PRESUNTIVA $ 104,545,000 $ 120,000,000 $ 110,000,000 $ 108,000,000 $ 112,000,000
EXCESO DE RENTA
PRESUNTIVA $ 50,000,000 $ 48,000,000 $ 12,000,000
RENTA GRAVADA $ 104,545,000 $ 120,000,000 $ 110,000,000 $ 185,000,000 $ 199,000,000
COMPENSACION POR
RENTA PRESUNTIVA $ 77,000,000 $ 33,000,000
RENTA LIQUIDA
GRAVABLE $ 108,000,000 $ 166,000,000
IMPUESTO A CARGO $ 34,499,850 $ 39,600,000 $ 36,300,000 $ 35,640,000 $ 54,780,000
TET=GI/UAI 63.25% 55.00% 37.04% 19.26% 27.53%
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO POR EXCESO
DE RENTA PRESUNTIVA SOBRE RENTA LÍQUIDA

IMPUESTO DIFERIDO ACTIVO AÑOS 1 A 5


AÑO 1 2 3 4 5
EXCESO RENTA
PRESUNTIVA $50,000,000 $98,000,000 $110,000,000 $33,000,000 -
IMPUESTO SOBRE EL
EXCESO $16,500,000 $32,340,000 $36,300,000 $10,890,000
-
EFECTO CONTABLE $16,500,000 $15,840,000 $3,960,000 -$ 25,410,000 -$ 10,890,000

PROYECCION ESTADO DE RESULTADOS AÑOS 1 A 5


AÑO 1 2 3 4 5
UTILIDAD (PERDIDA)
ANTES DE IMPUESTOS $54,545,000 $72,000,000 $98,000,000 $185,000,000 $199,000,000
IMPUESTOS CORRIENTES -$ 34,499,850 -$ 39,600,000 -$36,300,000 -$35,640,000 -$54,780,000
IMPUESTO DIFERIDO $16,500,000 $15,840,000 $3,960,000 -$25,410,000 -$ 10,890,000
TOTAL IMPUESTO $36,545,150 $48,240,000 $65,660,000 $123,950,000 $133,330,000
TET=GI/UAI 33.00% 33.00% 33.00% 33.00% 33.00%
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

SECCIÓN 34 ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS


ALCANCE DE ESTA SECCIÓN
34.1 Esta Sección proporciona una guía sobre la información financiera de las PYMES
involucradas en tres tipos de actividades especializadas—actividades agrícolas,
actividades de extracción y concesión de servicios.
AGRICULTRA
34.2 Una entidad que use esta Norma y que se dedique a actividades agrícolas determinará
su política contable para cada clase de sus activos biológicos, tal como se indica a
continuación:
(a) la entidad utilizará el modelo del valor razonable, de los párrafos 34.4 a 34.7, para
los activos biológicos cuyo valor razonable sea fácilmente determinable sin un costo o
esfuerzo desproporcionado; y
(b) la entidad usará el modelo del costo de los párrafos 34.8 a 34.10 para todos
los demás activos biológicos.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

SECCIÓN 34 ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS


RECONOCIMIENTO
34.3 Una entidad reconocerá un activo biológico o un producto agrícola
cuando, y solo cuando:
(a) la entidad controle el activo como resultado de sucesos pasados;
(b) es probable que la entidad obtenga los beneficios económicos
futuros asociados con el activo; y
(c) el valor razonable o el costo del activo puedan ser medidos de
forma fiable, sin un costo o esfuerzo desproporcionado.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

SECCIÓN 34 ACTIVIDADES ESPECIALIZADAS


MEDICIÓN DEL VALOR RAZONABLE
34.4 Una entidad medirá un activo biológico en el momento del
reconocimiento inicial, y en cada fecha sobre la que se informe, a su
valor razonable menos los costos de venta. Los cambios en el valor
razonable menos los costos de venta se reconocerán en resultados.
34.5 Los productos agrícolas cosechados o recolectados que procedan de
activos biológicos de una entidad se medirán a su valor razonable menos
los costos de venta en el punto de cosecha o recolección. Esta medición
será el costo a esa fecha, cuando se aplique la Sección 13 Inventarios u
otra sección de esta Norma que sea de aplicación.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

ART. 92 E.T. ACTIVOS BIOLÓGICOS.


Los activos biológicos, plantas o animales, se dividen en:
1. Productores porque cumplen con las siguientes características:
a) Se utiliza en la producción o suministro de productos agrícolas o pecuarios;
b) Se espera que produzca durante más de un periodo;
c) Existe una probabilidad remota de que sea vendida como producto
agropecuario.
2. Consumibles porque proceden de activos biológicos productores o cuyo ciclo de
producción sea inferior a un año y su vocación es ser:
a) Enajenados en el giro ordinario de los negocios o,
b) Consumidos por el mismo contribuyente, lo cual comprende el proceso de
transformación posterior.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

ART. 93 E.T. TRATAMIENTO DE LOS ACTIVOS BIOLÓGICOS


PRODUCTORES.
NUM. 4 Todas las mediciones a valor razonable de los activos biológicos
productores no tendrán efectos en la determinación del impuesto sobre la
renta y complementarios sino hasta el momento de la enajenación del
activo biológico
ART. 94 E.T. TRATAMIENTO DE LOS ACTIVOS BIOLÓGICOS
CONSUMIBLES.
PARAG. Todas las mediciones a valor razonable de los activos biológicos
consumibles no tendrán efectos en la determinación del impuesto sobre
la renta y complementarios sino hasta el momento de la enajenación del
activo biológico.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

ART. 28 E.T. REALIZACIÓN DEL INGRESO PARA LOS OBLIGADOS A


LLEVAR CONTABILIDAD.
NUM. 5 Los ingresos devengados por la medición a valor razonable, con cambios
en resultados, tales como propiedades de inversión, no serán objeto del
Impuesto sobre la Renta y Complementarios, sino hasta el momento de
su enajenación o liquidación, lo que suceda primero.
ART. 105 E.T. REALIZACIÓN DE LA DEDUCCIÓN PARA LOS OBLIGADOS
A LLEVAR CONTABILIDAD.
NUM. 1. LIT. B
Las pérdidas generadas por la medición a valor razonable, con cambios
en resultados, tales como propiedades de inversión, serán deducibles al
momento de su enajenación o liquidación, lo que suceda primero.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

 Con la adopción a las NIIF se logra identificar que dentro de la preparación y


presentación de los informes financieros, existe un cambio significativo en la forma de
medir los activos biológicos involucrados en actividades agrícolas; el cual involucra
según lo planteado el método de medición al valor razonable para todos los activos
biológicos en un contexto de actividad agrícola.

 Es así como se entiende que una entidad cuya actividad se desarrolla en la agricultura,
piscicultura o ganadería, debe medir sus activos biológicos relacionados con esas
actividades al valor razonable.

 Es necesario tener claro que la metodología de medición al valor razonable no es


opcional, solo se permite utilizar la medición al modelo del costo cuando por
ninguna manera se pueda acceder al modelo del valor razonable.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

 Una característica inherente a la medición de activos biológicos al valor razonable se


identifica dentro del reconocimiento de las ganancias en la medida en que sus activos
biológicos van creciendo hasta llegar a la ultima etapa del ciclo productivo, pues va
reconociendo de manera proporcional el efecto del incremento de los precios de
mercado en cada uno de los activos biológicos.

 Es importante considerar que en el período fiscal donde se ocasione la venta del activo
biológico, se efectuará la liquidación del impuesto a la renta, para lo cual se deberán
considerar los ingresos de dicha operación y los costos reales acumulados imputables a
dicha operación, para efectos de la determinación de la base imponible. Las ganancias
serán gravables o las pérdidas se consideraran como gastos no deducibles cuando se
produzca la cosecha óptima de los activos biológicos. (NIC 12).
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA MEDICIÓN A
VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

CONTABLEMENTE FISCALMENTE
La medición al valor razonable produce ART. 28 NUM. 5 Los ingresos
un incremento en el valor en libros de los devengados por la medición a valor
activos, a la vez que se generan ingresos razonable, con cambios en resultados,
ordinarios en el estado de resultados al tales como propiedades de inversión, no
corte de cada período serán objeto del Impuesto sobre la Renta
y Complementarios, sino hasta el
momento de su enajenación o liquidación,
lo que suceda primero.
Lo anterior genera que las bases fiscales y contables de los activos biológicos sean distintas, produciendo entonces
una diferencia temporaria, por lo tanto es necesario reconocer un valor por impuesto diferido
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

El valor razonable de un activo forestal se basa en su ubicación y condición,


referidas al momento actual (NIC 41, párrafo 9). Como consecuencia de ello, por
ejemplo, el valor razonable de los árboles sin talar de una plantación maderera es
el precio de los árboles vivos en el mercado correspondiente, teniendo en cuenta la
clase diamétrica de los árboles y la densidad de madera de la plantación por cada
metro cúbico.
La siguiente es la información de la empresa DiferidoBiológico S.A.S. la cual
reporta que tiene como activos biológicos 2859 árboles de madera TECA, los
cuales tuvieron un tiempo de preparación de 4 años antes de ser talados. Los
costos del cultivo según el sistema contable y los valores razonables de acuerdo a
las tarifas del mercado se mostraran en el siguiente cuadro:
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

Año Costo (acumulado) Valor razonable


1 $ 29,000,000 $ 34,000,000
2 $ 38,000,000 $ 49,000,000
3 $ 43,000,000 $ 58,000,000
4 $ 59,000,000 $ 80,000,000
La empresa DiferidoBiológico S.A.S. decide talar en los primeros tres meses del año
5 los 2859 árboles; pues logro conseguir un cliente que esta dispuesto a pagar por
ellos $94.000.000

Considerando una tasa impositiva del 30%, contabilizar las operaciones relacionadas
con: costos del cultivo, medición a valor razonable, impuesto diferido generado.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

AÑO 1
Reconocimiento costo Reconocimiento Valor Razonable
NOMBRE NOMBRE
CODIGO DÉBITO CRÉDITO CODIGO DÉBITO CRÉDITO
CUENTA CUENTA
CUENTA DEL ACTIVO CUENTA DEL ACTIVO
$ 29,000,000 ACTIVO BIOLOGICO
$5,000,000
ACTIVO BIOLOGICO
CUENTA DEL EFECTIVO Y INGRESOS
$ 29,000,000 CUENTA DEL
ACTIVO EQUIVALENTES
INGRESO
PROVENIENTE DE $ 5,000,000
LA MEDICION A V.R.

Cálculo impuesto diferido


Valor fiscal (igual Valor contable - Diferencia Impuesto
AÑO
al costo) Valor razonable temporaria diferido
1 $ 29,000,000 $ 34,000,000 $ 5,000,000 $ 1,500,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

AÑO 2
Reconocimiento costo Reconocimiento Valor Razonable
NOMBRE NOMBRE
CODIGO DÉBITO CRÉDITO CODIGO DÉBITO CRÉDITO
CUENTA CUENTA
CUENTA DEL ACTIVO CUENTA DEL ACTIVO
$ 9,000,000 ACTIVO BIOLOGICO
$6,000,000
ACTIVO BIOLOGICO
CUENTA DEL EFECTIVO Y INGRESOS
$ 9,000,000 CUENTA DEL
ACTIVO EQUIVALENTES
INGRESO
PROVENIENTE DE $ 6,000,000
LA MEDICION A V.R.

Cálculo impuesto diferido


Valor fiscal (igual Valor contable - Diferencia Impuesto
AÑO
al costo) Valor razonable temporaria diferido
1 $ 38,000,000 $ 49,000,000 $ 11,000,000 $ 3,300,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

AÑO 3
Reconocimiento costo Reconocimiento Valor Razonable
NOMBRE NOMBRE
CODIGO DÉBITO CRÉDITO CODIGO DÉBITO CRÉDITO
CUENTA CUENTA
CUENTA DEL ACTIVO CUENTA DEL ACTIVO
$ 5,000,000 ACTIVO BIOLOGICO
$ 4,000,000
ACTIVO BIOLOGICO
CUENTA DEL EFECTIVO Y INGRESOS
$ 5,000,000 CUENTA DEL
ACTIVO EQUIVALENTES
INGRESO
PROVENIENTE DE $ 4,000,000
LA MEDICION A V.R.

Cálculo impuesto diferido


Valor fiscal (igual Valor contable - Diferencia Impuesto
AÑO
al costo) Valor razonable temporaria diferido
1 $ 43,000,000 $ 58,000,000 $ 15,000,000 $ 4,500,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

AÑO 4
Reconocimiento costo Reconocimiento Valor Razonable
NOMBRE NOMBRE
CODIGO DÉBITO CRÉDITO CODIGO DÉBITO CRÉDITO
CUENTA CUENTA
CUENTA DEL ACTIVO CUENTA DEL ACTIVO
$16,000,000 ACTIVO BIOLOGICO
$ 6,000,000
ACTIVO BIOLOGICO
CUENTA DEL EFECTIVO Y INGRESOS
$16,000,000 CUENTA DEL
ACTIVO EQUIVALENTES
INGRESO
PROVENIENTE DE $ 6,000,000
LA MEDICION A V.R.

Cálculo impuesto diferido


Valor fiscal (igual Valor contable - Diferencia Impuesto
AÑO
al costo) Valor razonable temporaria diferido
1 $ 59,000,000 $ 80,000,000 $ 21,000,000 $ 6,300,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

Registro Impuesto Diferido


AÑO 1 AÑO 2
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL IMPUESTO A LAS CUENTA DEL IMPUESTO A LAS
GASTO GANANCIAS DIFERIDO $1,500,000 GASTO GANANCIAS DIFERIDO $1,800,000
CUENTA DEL PASIVO POR CUENTA DEL PASIVO POR
PASIVO IMPUESTOS DIFERIDO $ 1,500,000 PASIVO IMPUESTOS DIFERIDO $ 1,800,000

AÑO 3 AÑO 4
CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO
CUENTA DEL IMPUESTO A LAS CUENTA DEL IMPUESTO A LAS
GASTO GANANCIAS DIFERIDO $1,200,000 GASTO GANANCIAS DIFERIDO $1,800,000
CUENTA DEL PASIVO POR CUENTA DEL PASIVO POR
PASIVO IMPUESTOS DIFERIDO $ 1,200,000 PASIVO IMPUESTOS DIFERIDO $ 1,800,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

Cálculo impuesto corriente


Ingreso gravado (venta de los $ 94,000,000
árboles)
Costo de ventas (costo sin valor $ 59,000,000
razonable)
Renta gravada $ 35,000,000 Contabilización del impuesto a cargo y
Impuesto (30%) $ 10,500,000 la reversión del impuesto diferido:

CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


CUENTA DEL PASIVO PASIVO POR IMPUESTOS DIFERIDO $6,300,000

CUENTA DEL GASTO IMPUESTO A LAS GANANCIAS DIFERIDO $ 6,300,000

CUENTA DEL PASIVO IMPUESTO POR PAGAR $ 10,500,000


CUENTA DEL GASTO IMPUESTO A LAS GANANCIAS CORRIENTE $10,500,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LA
MEDICIÓN A VALOR RAZONABLE DE ACTIVOS BIOLÓGICOS

Los estados de resultados de cada uno de los 5 años son los siguientes:
1 2 3 4 5
Ingresos por medición a
valor razonable
$ 5,000,000 $ 6,000,000 $ 4,000,000 $ 6,000,000
Ingresos por ventas $ 94,000,000
Costo de mercancía vendida $ 80,000,000
Utilidad antes de impuestos $ 5,000,000 $ 6,000,000 $ 4,000,000 $ 6,000,000 $ 14,000,000
Impuesto a las ganancias
corriente
$ 10,500,000
Impuesto a las ganancias
diferido
$ 1,500,000 $ 1,800,000 $ 1,200,000 $ 1,800,000 -$ 6,300,000
Total gasto por impuesto $ 1,500,000 $ 1,800,000 $ 1,200,000 $ 1,800,000 $ 4,200,000
Resultado del período $ 3,500,000 $ 4,200,000 $ 2,800,000 $ 4,200,000 $ 9,800,000
T.E.T. 30% 30% 30% 30% 30%
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO

ARRENDAMIENTO

ARRENDAMIENTO ARRENDAMIENTO
FINANCIERO O P E R AT I V O
El arrendamiento financiero también conocido como El arrendamiento operativo es un contrato mediante el
«leasing» es un contrato mediante el cual el arrendador cual el propietario de un activo transfiere el derecho
se compromete a otorgar el uso o goce temporal de un de uso a otra persona a cambio del pago de un canon
bien al arrendatario, ya sea persona física o moral, periódico. Este es un arrendamiento común y
obligándose este último a pagar una renta periódica que corriente, en el cual no se incluye un una opción de
cubra el valor original del bien, más la carga financiera, y compra al finalizar el contrato de arrendamiento, como
los gastos adicionales que contemple el contrato. Al final sí se hace en el contrato de arrendamiento financiero.
del plazo estipulado el arrendatario tendrá la opción de
comprar el bien a un precio predefinido, devolverlo o
prorrogar el plazo del contrato a periodos posteriores
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO

ARRENDAMIENTO

ARRENDAMIENTO ARRENDAMIENTO
FINANCIERO O P E R AT I V O

Existe la posibilidad del reconocimiento del No dan lugar al reconocimiento del


impuesto diferido siempre y cuando el impuesto diferido
contrato fue celebrado con anterioridad a la
fecha de promulgación de la ley 1819 de
2016.
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO

SECCIÓN 16 PROPIEDADES DE INVERSION


DEFINICION Y RECONOCIMIENTO DE LAS PROPIEDADES DE INVERSION
16.2 Las propiedades de inversión son propiedades (terrenos o edificios, o partes de un edificio, o
ambos) que se mantienen por el dueño o el arrendatario bajo un arrendamiento financiero para
obtener rentas, plusvalías o ambas, y no para:
(a) su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, o para fines administrativos; o
(b) su venta en el curso ordinario de las operaciones.
SECCIÓN 20 ARRENDAMIENTOS
CLASIFICACIÓN DE LOS ARRENDAMIENTOS
20.4 Un arrendamiento se clasificará como financiero cuando transfiera sustancialmente todos los
riesgos y ventajas inherentes a la propiedad. Un arrendamiento se clasificará como operativo si no
transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad.
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO

SECCIÓN 20 ARRENDAMIENTOS
CLASIFICACIÓN DE LOS ARRENDAMIENTOS
20.5 Si un arrendamiento es un arrendamiento financiero u operativo depende de la esencia de la
transacción y no de la forma del contrato. Ejemplos de situaciones que, individualmente o en
combinación, normalmente llevarían a clasificar un arrendamiento como financiero son:
a. el arrendamiento transfiere la propiedad del activo al arrendatario a la finalización de su
plazo;
b. el arrendatario tiene la opción de comprar el activo a un precio que se espera sea lo
suficientemente inferior al valor razonable, en el momento en que la opción sea ejercitable (…)
c. el plazo del arrendamiento es por la mayor parte de la vida económica del activo, (…)
d. al inicio del arrendamiento, el valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento es,
al menos, sustancialmente igual a la totalidad del valor razonable del activo arrendado; y
e. los activos arrendados son de una naturaleza tan especializada que solo el arrendatario
puede usarlos sin realizar en ellos modificaciones importantes.
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO

SECCIÓN 20 ARRENDAMIENTOS
MEDICIÓN INICIAL
20.9 Al comienzo del plazo del arrendamiento financiero, un arrendatario reconocerá sus
derechos de uso y obligaciones bajo el arrendamiento financiero como activos y pasivos
en su estado de situación financiera por el importe igual al valor razonable del bien
arrendado, o al valor presente de los pagos mínimos por el arrendamiento, si éste fuera
menor, determinados al inicio del arrendamiento. Cualquier costo directo inicial del
arrendatario (costos incrementales que se atribuyen directamente a la negociación y
acuerdo del arrendamiento) se añadirá al importe reconocido como activo.
RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN
20.15 Un arrendatario reconocerá los pagos de arrendamientos bajo arrendamientos
operativos (excluyendo los costos por servicios tales como seguros o mantenimiento)
como un gasto a lo largo de la duración del arrendamiento
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO

SECCIÓN 20 ARRENDAMIENTOS
MEDICIÓN POSTERIOR
20.12 Un arrendatario depreciará un activo arrendado bajo un arrendamiento financiero de acuerdo
con la sección correspondiente de esta Norma para ese tipo de activo, es decir, la Sección 17
Propiedades, Planta y Equipo, la Sección 18 o la Sección 19 Combinaciones de Negocios y
Plusvalía. Si no existiese certeza razonable de que el arrendatario obtendrá la propiedad al
término del plazo del arrendamiento, el activo se depreciará totalmente a lo largo de su vida útil
o en el plazo del arrendamiento, según cuál sea menor. Un arrendatario también evaluará en
cada fecha sobre la que se informa si se ha deteriorado el valor de un activo arrendado
mediante un arrendamiento financiero (véase la Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos).
IMPUESTO DIFERIDO EN CONTRATOS DE
ARRENDAMIENTO

ART. 267-1 E.T. VALOR PATRIMONIAL DE LOS BIENES ADQUIRIDOS POR LEASING.
En los contratos de arrendamiento financiero o leasing financiero, el valor patrimonial
corresponderá al determinado en el artículo 127-1 de este Estatuto.
ART. 127-1 E.T. CONTRATOS DE LEASING
Son contratos de arrendamiento el arrendamiento operativo y el arrendamiento financiero o
leasing.
Los contratos de arrendamiento que se celebren a partir del 1 de enero de 2017, se someten a
las siguientes reglas para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios: (…)
(…)
PARÁGRAFO 1. Los contratos de arrendamiento financiero o leasing con opción de compra y los
contratos de arrendamiento operativo, que se hayan celebrado antes de la entrada en vigencia de
esta ley, mantendrán el tratamiento fiscal vigente al momento de su celebración.
IMPUESTO DIFERIDO
PROVENIENTE DE LOS
COSTOS DE
ESTABLECIMIENTO
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LOS
COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

COSTOS DE ESTABLECIMIENTO
NIIF PARA PYMES ART. 74-1 E.T. COSTO FISCAL DE LAS INVERSIONES
18.15 (b) actividades de establecimiento (por Corresponde a los gastos realizados de puesta
ejemplo, gastos de establecimiento), que en marcha de operaciones, tales como costos
incluyen costos de inicio de actividades, de inicio de actividades, costos de preapertura,
tales como costos legales y costos previos a la operación, entre otros,
administrativos incurridos en la creación
de una entidad con personalidad jurídica,
desembolsos necesarios para abrir una
nueva instalación o negocio (es decir,
costos de preapertura) y desembolsos de
lanzamiento de nuevos productos o
procesos (es decir, costos previos a la
operación).
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LOS
COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

¿PORQUE IMPUESTO DIFERIDO?


NIIF PARA PYMES ART. 74-1 E.T. COSTO FISCAL DE LAS INVERSIONES
18.15 (…) una entidad reconocerá los 2. De los gastos de establecimiento, el costo
desembolsos en las siguientes partidas fiscal corresponde a los gastos realizados de
como un gasto, y no como un activo puesta en marcha de operaciones, tales como
intangible: costos de inicio de actividades, costos de
(b) actividades de establecimiento (por ejemplo, preapertura, costos previos a la operación,
gastos de establecimiento), que incluyen costos
de inicio de actividades, tales como costos legales
entre otros, los cuales serán capitalizados. A
y administrativos incurridos en la creación de una todos los desembolsos de establecimiento
entidad con personalidad jurídica, desembolsos acumulados, se les permitirá su deducción
necesarios para abrir una nueva instalación o fiscal a partir de la generación de rentas.
negocio (es decir, costos de preapertura) y
desembolsos de lanzamiento de nuevos productos
o procesos (es decir, costos previos a la
operación).
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LOS
COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

¿PORQUE IMPUESTO DIFERIDO?


La disposición fiscal permite que los costos que constituyan una inversión sean
registrados como gastos sólo cuando se genere renta, ello en la medida que el
Legislador estimó que no es tributariamente consecuente que es existan gastos de
establecimiento si no hay ingresos operativos en el giro ordinario de los negocios.

Fuente del impuesto diferido en un caso especifico:


Una empresa que se dedica a la explotación petrolera debe incurrir en una serie
de gastos (inversiones) necesarios para la puesta en marcha de un yacimiento
sobre el cual se espera que pueda generar renta más adelante (para nuestro caso
generará renta a partir del año 10).
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LOS
COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

¿PORQUE IMPUESTO DIFERIDO?


RECONOCIMIENTO
NIIF PARA PYMES FISCALIDAD

Toda erogación de efectivo (inversión) Fiscalmente se configurarían los supuestos


necesaria para la puesta en marcha del para considerar esa inversión como costos de
yacimiento de petróleo se debe reconocer como establecimiento pero quedaría sujeta a
gasto, sin siquiera haber alcanzado algún tipo capitalizarse. Solo a partir del año 10 donde la
de renta (ingreso), en este caso se hace empresa iniciaría la generación de rentas se
necesario anotar que en la mayoría de años se les permitirá su deducción fiscal.
generaría contablemente perdidas en el
ejercicio.
IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE LOS
COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

EN RESUMEN
 Los gastos de establecimiento realizados para la puesta en marcha del negocio
deben ser capitalizados, e iniciaran su amortización a partir de la generación de
rentas gravables.

 La norma fiscal evita que la entidad presente beneficios a modo de deducción en


períodos en los cuales aún no ha generado utilidades.

 Las normas contables prohíben la capitalización de los gastos de establecimiento.

 Por tal motivo, y en base a los anteriores planteamientos entre lo contable y lo


fiscal, se genera una diferencia temporaria, pues se esta formando un
activo fiscalmente que no tiene valor en los estados financieros
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

La empresa DiferidoEstablecimiento SAS se dedica a la explotación minera de esmeraldas, la


anterior lo contrata para que los asesore en la determinación del posible impuesto diferido que
se desprende de la siguiente situación: para el año 2017 la empresa adquirió un terreno donde
se podría explotar grandes cantidades de esta piedra preciosa, pero para poder iniciar la
exploración debieron incurrir en el primer año en los siguientes gastos (ver tabla) para la
puesta a punto del terreno, a partir del año siguiente y sin ningún tipo de inconveniente la mina
estuvo en la capacidad de generar ingresos por la explotación de la piedra. (Tarifa Impositiva 30%)

GASTOS DE ESTABLECIMIENTO VALOR


COSTOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS $23.980.000
PREPARACIÓN DEL TERRRENO (Limpieza y desmonte, Tratamiento del suelo soporte,
Drenaje, Cortes y conformación de taludes del terreno, etc)
$96.452.000
ESTUDIOS AMBIENTALES (Impacto, Plan de mejoramiento, Plan de seguimiento y
monitoreo, etc)
$31.450.000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

Durante el año 1 la entidad incurrió en costos de establecimiento, los cuales se contabilizaron


como gasto, pero se trataron como activo en la declaración de renta, quedando la diferencia
expresada de la siguiente manera.

INFORMACIÓN AÑO 1 AÑO 1


DIFRENCIA
CONTABLE DEL VALOR ACTIVO - TEMPORAL VALOR EN LIBROS -
ACTIVO VALOR EN LIBROS - DEDUCIBLE
EN LOS
ACTIVOS
VALOR PATRIMONIAL $151,882,000
AÑO 1
SE DEBE
COSTO DE
ESTABLECIMIENTO
$151,882,000 RECONOCER
INFORMACION UN DIFERENCIA TEMPORAL $151,882,000
FISCAL DEL AMORTIZACION IMPUESTO
ACUMULADA COSTOS DIFERIDO
ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO
DE ESTABLECIMIENTO ACTIVO $45,564,600
ACTIVO
VALOR PATRIMONIAL $151,882,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

INFORMACIÓN
UTILIDAD ANTES DE
AÑO
IMPUESTOS
1 -$ 151,882,000
2 $ 80,000,000
3 $ 95,000,000
4 $ 99,000,000
5 $ 112,000,000

NOTA: En la amortización de los activos intangibles, no se tiene una vida útil definida, por lo
que cada empresa deberá determinar la vida útil de su intangible considerando que ésta debe ser la
menor entre la vida útil estimada y la duración de su respaldo legal.
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

La declaración de renta del año 1 presenta la Registro Impuesto Diferido y Corriente:


siguiente información:

CONCEPTO AÑO 1 CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


RENTA LIQUIDA -$ 151,882,000 CUENTA ACTIVO POR
AMORTIZACIÓN DE COSTOS IMPUESTOS $ 45,564,600
DEL ACTIVO DIFERIDO
DE -
IMPUESTO A LAS
ESTABLECIMIENTO CUENTA
GANANCIAS $ 45,564,600
RENTA LIQUIDA GRAVABLE DEL GASTO DIFERIDO
-
IMPUESTO CORRIENTE -
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

INFORMACIÓN AÑO 2
En el año 2 la entidad inició la amortización de los gastos de establecimiento. El término de amortización definido fue
de 4 años, quedando un valor de $37.970.500 como gastos de amortización.

INFORMACIÓN AÑO 2 AÑO 2


CONTABLE DEL VALOR ACTIVO - DIFRENCIA
TEMPORAL VALOR EN LIBROS -
ACTIVO VALOR EN LIBROS - DEDUCIBLE EN
LOS ACTIVOS VALOR PATRIMONIAL $113,911,500
AÑO 2
COSTO DE SE DEBE
ESTABLECIMIENTO
$151,882,000 RECONOCER
INFORMACION DIFERENCIA TEMPORAL $113,911,500
AMORTIZACION
UN IMPUESTO
FISCAL DEL $37,970,500 DIFERIDO
ACUMULADA COSTOS
ACTIVO ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO
DE ESTABLECIMIENTO
ACTIVO $34,173,450
VALOR PATRIMONIAL $113,911,500
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

La declaración de renta del año 2 presenta la Registro Impuesto Diferido y Corriente:


siguiente información:

CONCEPTO AÑO 2 CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


RENTA LIQUIDA $ 80,000,000 CUENTA ACTIVO POR
AMORTIZACIÓN DE COSTOS IMPUESTOS $11,391,150
DEL ACTIVO DIFERIDO
DE $37,970,500
IMPUESTO A LAS
ESTABLECIMIENTO CUENTA
GANANCIAS $11,391,150
RENTA LIQUIDA GRAVABLE $42,029,500 DEL GASTO DIFERIDO
IMPUESTO CORRIENTE $12,608,850 IMPUESTO DE
CUENTA
RENTA $12,608,850
DEL GASTO CORRIENTE
CUENTA IMPUESTO POR $12,608,850
DEL PASIVO PAGAR
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

INFORMACIÓN AÑO 3

INFORMACIÓN AÑO 3 AÑO 3


CONTABLE DEL VALOR ACTIVO - DIFRENCIA
TEMPORAL VALOR EN LIBROS -
ACTIVO VALOR EN LIBROS - DEDUCIBLE EN
LOS ACTIVOS VALOR PATRIMONIAL $75,941,000
AÑO 3
COSTO DE SE DEBE
ESTABLECIMIENTO
$151,882,000 RECONOCER
INFORMACION DIFERENCIA TEMPORAL $75,941,000
AMORTIZACION
UN IMPUESTO
FISCAL DEL $75,941,000 DIFERIDO
ACUMULADA COSTOS
ACTIVO ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO
DE ESTABLECIMIENTO
ACTIVO $22,782,300
VALOR PATRIMONIAL $75,941,000
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

La declaración de renta del año 3 presenta la Registro Impuesto Diferido y Corriente:


siguiente información:

CONCEPTO AÑO 3 CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


RENTA LIQUIDA $ 95,000,000 CUENTA ACTIVO POR
AMORTIZACIÓN DE COSTOS IMPUESTOS $11,391,150
DEL ACTIVO DIFERIDO
DE $37,970,500
IMPUESTO A LAS
ESTABLECIMIENTO CUENTA
GANANCIAS $11,391,150
RENTA LIQUIDA GRAVABLE $57,029,500 DEL GASTO DIFERIDO
IMPUESTO CORRIENTE $17,108,850 IMPUESTO DE
CUENTA
RENTA $17,108,850
DEL GASTO CORRIENTE
CUENTA IMPUESTO POR $17,108,850
DEL PASIVO PAGAR
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

INFORMACIÓN AÑO 4

INFORMACIÓN AÑO 4 AÑO 4


CONTABLE DEL VALOR ACTIVO - DIFRENCIA
TEMPORAL VALOR EN LIBROS -
ACTIVO VALOR EN LIBROS - DEDUCIBLE EN
LOS ACTIVOS VALOR PATRIMONIAL $37,970,500
AÑO 4
COSTO DE SE DEBE
ESTABLECIMIENTO
$151,882,000 RECONOCER
INFORMACION DIFERENCIA TEMPORAL $37,970,500
AMORTIZACION
UN IMPUESTO
FISCAL DEL $113,911,500 DIFERIDO
ACUMULADA COSTOS
ACTIVO ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO
DE ESTABLECIMIENTO
ACTIVO $11,391,500
VALOR PATRIMONIAL $37,970,500
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

La declaración de renta del año 4 presenta la Registro Impuesto Diferido y Corriente:


siguiente información:

CONCEPTO AÑO 4 CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


RENTA LIQUIDA $ 99,000,000 CUENTA ACTIVO POR
AMORTIZACIÓN DE COSTOS IMPUESTOS $11,391,150
DEL ACTIVO DIFERIDO
DE $37,970,500
IMPUESTO A LAS
ESTABLECIMIENTO CUENTA
GANANCIAS $11,391,150
RENTA LIQUIDA GRAVABLE $61,029,500 DEL GASTO DIFERIDO
IMPUESTO CORRIENTE $18,308,850 IMPUESTO DE
CUENTA
RENTA $18,308,850
DEL GASTO CORRIENTE
CUENTA IMPUESTO POR $18,308,850
DEL PASIVO PAGAR
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

INFORMACIÓN AÑO 5

INFORMACIÓN AÑO 5 AÑO 5


CONTABLE DEL VALOR ACTIVO - DIFRENCIA
TEMPORAL VALOR EN LIBROS -
ACTIVO VALOR EN LIBROS - DEDUCIBLE EN
LOS ACTIVOS VALOR PATRIMONIAL $0
AÑO 5
COSTO DE SE DEBE
ESTABLECIMIENTO
$151,882,000 RECONOCER
INFORMACION DIFERENCIA TEMPORAL $0
AMORTIZACION
UN IMPUESTO
FISCAL DEL $151,882,000 DIFERIDO
ACUMULADA COSTOS
ACTIVO ACTIVO IMPUESTO DIFERIDO
DE ESTABLECIMIENTO $0
ACTIVO
VALOR PATRIMONIAL $0
EJERCICIO: IMPUESTO DIFERIDO PROVENIENTE DE
LOS COSTOS DE ESTABLECIMIENTO

La declaración de renta del año 5 presenta la Registro Impuesto Diferido y Corriente:


siguiente información:

CONCEPTO AÑO 5 CODIGO CUENTA DEBITO CREDITO


RENTA LIQUIDA $112,000,000 CUENTA ACTIVO POR
AMORTIZACIÓN DE COSTOS IMPUESTOS $11,391,150
DEL ACTIVO DIFERIDO
DE $37,970,500
IMPUESTO A LAS
ESTABLECIMIENTO CUENTA
GANANCIAS $11,391,150
RENTA LIQUIDA GRAVABLE $74,029,500 DEL GASTO DIFERIDO
IMPUESTO CORRIENTE $22,208,850 IMPUESTO DE
CUENTA
RENTA $22,208,850
DEL GASTO CORRIENTE
CUENTA IMPUESTO POR $22,208,850
DEL PASIVO PAGAR

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