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Mercadotecnia Electronica

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INSTITUTO TECNOLÓGICO DE NUEVO LEÓN

MERCADOTECNIA ELECTRONICA

TEMA 4
LEGISLACIÓN Y SEGURIDAD EN EL COMERCIO ELECTRONICO
DOCENTE: LIC. JORGE ARTURO HERNANDEZ PRADO.

ALUMNO(a): MONICA DANAHÍ HERNÁNDEZ DUARTE

CARRERA: INGENIERÍA EN GESTIÓN EMPRESARIAL

MATRICULA: 18481124

FECHA DE ENTREGA: 14/11/2021


INDICE

Introducción………………………………………………….………………………..…….….1

1. Normas y leyes que regulan el comercio electrónico ……………………………....2


2. Tipos y clasificación de contratos que se realizan en el comercio electrónico…..8
3. Diseña un contrato y las condiciones de tu negocio……………………………….11
4. Criptografía o Encriptamiento………………………………………………………...12
5. Empresas que ofrecen servicios y tecnologías de seguridad…………………….13
6. Tabla Delitos / Amenazas / Ética del negocio………………………………………15

Conclusión……………………………………………………………….………..………......17

Bibliografía………………………………………………………………………………….....17
INTRODUCCION

Hacer comercio electrónico no significa solamente comprar cosas a través de Internet,


sino la posibilidad de establecer una línea de comercio estable y realizar a través de
medios electrónicos toda una conducta mercantil que incluye ofertas, pedidos,
negociaciones, en general todo lo que es usual en el comportamiento de la vida
mercantil, incluyendo todos los problemas legales que conllevan en el entorno ajeno a
lo electrónico las transacciones de negocios.

En México no existen Leyes que protejan a clientes y usuarios para efectuar


operaciones mediante comercio electrónico. Especialistas en la materia opinan que
sobre el particular, existe un atraso de dos años o más y de acuerdo con otros legistas
no hay leyes que garanticen la sanción de operaciones fraudulentas por este medio

Hoy en día es ampliamente aceptado el hecho de que las nuevas tecnologías, en


particular el acceso a Internet, tienden a modificar la comunicación entre los distintos
participantes del mundo profesional, especialmente: las relaciones entre la empresa y
sus clientes, el funcionamiento interno de la empresa, que incluye las relaciones entre
la empresa y los empleados, la relación de la empresa con sus diversos socios y
proveedores.

Por lo tanto, el término "comercio electrónico" se refiere a la integración dentro de la


empresa de herramientas basadas en tecnologías de información y comunicación
(denominadas por lo general software empresarial con el fin de mejorar su
funcionamiento y crear valor para la empresa, sus clientes y sus socios.

El comercio electrónico ya no se aplica solamente a empresas virtuales cuyas


actividades están en su totalidad basadas en la Web, sino también a empresas
tradicionales (denominadas de ladrillos y cemento).

El término comercio electrónico, de hecho sólo cubre un aspecto de los negocios


electrónicos: la utilización de un soporte electrónico para la relación comercial entre la
empresa e individuos.

El propósito de este documento es presentar las distintas "tecnologías" subyacentes (en


realidad, modos organizativos basados en tecnologías de información y comunicación)
y los acrónimos asociados a ellas.

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TEMA 4 L E G I S L A C I Ó N Y S E G U R I D A D E N E L
COMERCIO ELECTRONICO

1.- Se deberá investigar las normas y leyes que regulan el comercio electrónico
realiza un cuadro sinóptico indicando que define y /o especifica cada norma o ley.
Actualmente en México el comercio electrónico se ha volcado una herramienta

confiable, atractiva y segura, para realizar transacciones vía electrónica, a través de

tecnologías de información, todo ciudadano mexicano tiene derecho a dedicarse al

comercio, como se establece en la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, en su artículo 5 que a la letra dice:

Artículo 5o. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión,

industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. El ejercicio de esta libertad

sólo podrá vedarse por determinación judicial, cuando se ataquen los derechos de

tercero, o por resolución gubernativa, dictada en los términos que marque la ley,

cuando se ofendan los derechos de la sociedad. Nadie puede ser privado del producto

de su trabajo, sino por resolución judicial.

La Ley determinará en cada Estado, cuáles son las profesiones que necesitan título

para su ejercicio, las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades

que han de expedirlo.

El comercio electrónico en México, se encuentra regulado a través de un marco legal

que permite al consumidor tener una adecuada protección con el fin de evitar fraudes al

momento de la contraprestación, esta regulación comenzó en abril de 1998, por la

Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) a través de su

Comité de Políticas del Consumidor de la OCDE, recomendando a los gobiernos,

proveedores, consumidores y sus representantes apegarse a directrices formulación e

instrumentación de esquemas auto regulatorios de protección del consumidor en


2
materia de comercio electrónico. (http://www.oecd.org/mexico/)

En México se creó la Ley Federal de Protección al Consumidor, con el objetivo de

promover y proteger los derechos y cultura del consumidor y procurar la equidad,

certeza y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores. Que a

la letra dicen los siguientes artículos:

ARTÍCULO 1.- La presente ley es de orden público e interés social y de observancia en

toda la República. Sus disposiciones son irrenunciables y contra su observancia no

podrán alegarse costumbres, usos, prácticas, convenios o estipulaciones en contrario.

Fracción. VIII. La real y efectiva protección al consumidor en las transacciones

efectuadas a través del uso de medios convencionales, electrónicos, ópticos o de

cualquier otra tecnología y la adecuada utilización de los datos aportados;

ARTÍCULO 20.- La Procuraduría Federal del Consumidor es un organismo

descentralizado de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio. Tiene

funciones de autoridad administrativa y está encargada de promover y proteger los

derechos e intereses del consumidor y procurar la equidad y seguridad jurídica en las

relaciones entre proveedores y consumidores. Su funcionamiento se regirá por lo

dispuesto en esta ley, los reglamentos de ésta y su estatuto.

ARTÍCULO 21.- El domicilio de la Procuraduría será la Ciudad de México y establecerá

delegaciones en todas las entidades federativas y el Distrito Federal. Los tribunales

federales serán competentes para resolver todas las controversias en que sea parte.

ARTÍCULO 24. La procuraduría tiene las siguientes atribuciones:

IX bis.- Promover en coordinación con la Secretaría la formulación, difusión y uso de

códigos de ética, por parte de proveedores, que incorporen los principios previstos por

3
esta Ley respecto de las transacciones que celebren con consumidores a través del uso

de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología;

La Procuraduría Federal del consumidor es la que se encarga de verificar y regular el

comercio electrónico a través de las facultades que la ley mencionada anteriormente le

confiere como el resolver los problemas entre las transacciones comerciales con

proveedores en línea, y el monitorear la existencia de tiendas virtuales.

ARTÍCULO 76 BIS.- Las disposiciones del presente Capítulo aplican a las relaciones

entre proveedores y consumidores en las transacciones efectuadas a través del uso de

medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología. En la celebración de dichas

transacciones se cumplirá con lo siguiente:

I. El proveedor utilizará la información proporcionada por el consumidor en forma

confidencial, por lo que no podrá difundirla o transmitirla a otros proveedores ajenos a la

transacción, salvo autorización expresa del propio consumidor o por requerimiento de

autoridad competente;

II. El proveedor utilizará alguno de los elementos técnicos disponibles para brindar

seguridad y confidencialidad a la información proporcionada por el consumidor e

informará a éste, previamente a la celebración de la transacción, de las características

generales de dichos elementos;

III. El proveedor deberá proporcionar al consumidor, antes de celebrar la transacción,

su domicilio físico, números telefónicos y demás medios a los que pueda acudir el

propio consumidor para presentarle sus reclamaciones o solicitarle aclaraciones;

IV. El proveedor evitará las prácticas comerciales engañosas respecto de las

características de los productos, por lo que deberá cumplir con las disposiciones

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relativas a la información y publicidad de los bienes y servicios que ofrezca, señaladas

en esta Ley y demás disposiciones que se deriven de ella;

V. El consumidor tendrá derecho a conocer toda la información sobre los términos,

condiciones, costos, cargos adicionales, en su caso, formas de pago de los bienes y

servicios ofrecidos por el proveedor;

VI. El proveedor respetará la decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad

de los productos que desea recibir, así como la de no recibir avisos comerciales, y

VII. El proveedor deberá abstenerse de utilizar estrategias de venta o publicitarias que

no proporcionen al consumidor información clara y suficiente sobre los servicios

ofrecidos, en especial tratándose de prácticas de mercadotecnia dirigidas a la población

vulnerable, como los niños, ancianos y enfermos, incorporando mecanismos que

adviertan cuando la información no sea apta para esa población. (Ley Federal de

Protección al Consumidor, 1992)

(http://www.profeco.gob.mx/internacionales/com_elec.asp)

Otra de las leyes creadas para la regulación de comercio electrónico es la Ley Federal

de Competencia Económica, que sus artículos que a la letra dice:

Artículo 2o. Esta Ley tiene por objeto proteger el proceso de competencia y libre

concurrencia, mediante la prevención y eliminación de monopolios, prácticas

monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de

bienes y servicios.

Para efectos de esta Ley, se entenderá por Secretaría, la Secretaría de Economía, y

por Comisión, la Comisión Federal de Competencia.

Artículo 3o. Están sujetos a lo dispuesto por esta Ley todos los agentes económicos,

5
sea que se trate de personas físicas o morales, con o sin fines de lucro, dependencias y

entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, asociaciones,

cámaras empresariales, agrupaciones de profesionistas, fideicomisos, o cualquier otra

forma de participación en la actividad económica. Serán responsables solidarios los

agentes económicos que hayan adoptado la decisión y el directamente involucrado en

la conducta prohibida por esta Ley. (Rosillo, 2012)

6
CUADRO SINÓPTICO

Constitución Política El Art. 5° permite que cualquier persona se

de los Estados dedique a la profesión, industria, comercio etc. Protección al

Unidos Mexicanos De manera licita. comerciante

Regula a través de un marco legal, y


Organización para la
Protección de los
recomienda el apego a las directrices y
cooperación y
intereses del
Normas que esquemas regulatorios.
desarrollo consumidor
Regulan el
económico
El Art. 1° Protege al consumido en sus transacciones.
Comercio
Los Art. 20°, 21° y 24° Hablan de la procuraduría Federal Protege la relación
Electrónico Ley Federal de
del consumidor, que protege el interés de los clientes consumidor
Protección al
procurando seguridad y equidad en la relación cliente
proveedor
Consumidor proveedor, también de la discreción de los datos que el

cliente proporciona en sus compras electrónicas.

Ley Federal de
Art. 2° Habla de la prevención y eliminación de monopolios y Disposiciones del
Competencia
restricciones del mercado de bienes y servicios. comercio
Económica
Art. 3° Responsabilidad de los agentes económicos.

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2.- Investiga los tipos y clasificación de contratos que se realizan en el comercio

electrónico al igual las formas en que se inician y ejecutan los contratos.

Los contratos electrónicos son acuerdos de voluntades celebrados a través de medios


electrónicos por los cuales las partes establecen de forma volitiva obligaciones
exigibles.

Al contrario de la opinión mayoritaria, los contratos electrónicos no son un tipo de


contrato especial; ni son contratos referidos a bienes o servicios tecnológicos. El
contrato electrónico es el contrato tradicional celebrado a través de medios electrónicos.

Sin embargo, si bien no constituyen por sí mismos figuras jurídicas diferentes a las
clásicas, les son de aplicación ciertos requisitos adicionales en materia de información,
plazos, forma, obligaciones y derechos.
Con el fin de hacer más didáctico el estudio de dichos requisitos adicionales, usaremos
la siguiente clasificación de contratos:

 Por su forma de ejecución:


 Contrato de comercio electrónico directo: aquel que permita la entrega virtual
de bienes inmateriales o la prestación de servicios que no precisen de presencia
física de su prestador. Esta entrega o prestación puede ser, a su vez, inmediata o
diferida. Ejemplos: adquisición de licencias de uso de programas informáticos o
derechos sobre canciones y vídeos o la contratación de servicios de hosting,
gestión de pagos, y servicios virtuales.
 Contrato de comercio electrónico indirecto: aquel que requiere la entrega física
de bienes materiales o la prestación presencial. Su ejecución es necesariamente
diferida. Ejemplos: compra de cartuchos de tinta, contratación de pintor de casas,
contratación de servicios jurídicos.
 Por la emisión de las declaraciones:

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 Contrato electrónico puro: las declaraciones de voluntad se manifiestan
íntegramente a través de medios electrónicos tales como el correo electrónico las
páginas interactivas.
 Contratos Reactivos: Exigen de las partes el uso de herramientas adicionales
de comunicación para poder llevar a cabo la contratación. Son los más
comunes en sistemas de micropagos, contratación de servicios personalizados
y venta por catálogo. Ejemplos: Contratación a través de e-mail, Suscripción a
servicios por medio del envío de SMS.
 Contratos Interactivos: El lugar en que se encuentra la oferta permite por sí
mismo efectuar la contratación.
 Contratos «click«: La formalización del contrato exige del aceptante una
manifestación expresa de voluntad, que otorga pulsando el botón que se
indica a tal efecto y que habitualmente contiene la palabra «Acepto».
Ejemplo: Aceptación por medio click de las condiciones de uso de una red
social online.
 Contratos «browse«: El contrato se formaliza con el mero acceso a la página
web o sitio, sin necesidad de aceptación expresa. Ejemplos: Aceptación
tácita de las condiciones de uso de una página web o de su aviso legal.
 Contrato electrónico mixto. La contratación combina sistemas electrónicos de
manifestación de voluntad con otros tradicionales. Ejemplo: Descarga de
formulario de solicitud de pedido para su envío por fax o correo postal.
 Por los sujetos que son parte del contrato electrónico:
 Contrato electrónico de consumo: el contrato será de consumo cuando en él
participe al menos un consumidor o usuario. Ejemplo: compra de billetes de vuelo
a través de una página web.
 Contrato electrónico mercantil: el contrato será mercantil cuando todas las
partes contratantes sean empresarios o profesionales. Ejemplo: Compra-venta de
madera para la fabricación de sillas.

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Adicionalmente puede hacerse una clasificación de contratos electrónicos en función de
la forma de pago que las partes hayan establecido o por el objeto del contrato:

 Por la forma de pago (sólo aplicable a contratos onerosos):


 Contrato con pago electrónico: El medio de pago elegido por las partes es el
dinero electrónico. Los ejemplos más comunes son los siguientes: pago con
tarjeta de crédito, transferencia bancaria, PayPal. Sin embargo, cada vez tienen
más relevancia los pagos realizados con moneda privada en páginas web de
comercio electrónico, subastas y MMORPGS; así , en Second Life los pagos se
realizan en Linden Dollars (L$), en algunas páginas se compra con tokens y en
WOW con monedas de oro.
 Contrato con pago tradicional: El medio de pago escogido es el dinero en
efectivo o cheque, pudiéndose entregarse mediante su envío postal o
contrarrembolso.
 Por el objeto del contrato: Esta clasificación está intimamente unida a la indicada
por forma de ejecución.
 Contratos de entrega:
 Contratos de entrega material.
 Contratos de entrega inmaterial
 Contratos de prestación:
 Contratos de prestación instantánea
 Contratos de prestación diferida

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3.- Diseña un contrato y las condiciones de tu negocio.

Modelo de Contrato de Trabajo de Temporada


En Guadalupe, N.L, a 11 de Noviembre de 2021, entre SMART COMPANY (razón
social), RUT 31000000012, representada por don(a) .Monica Hdz, cédula de identidad
Nº .HDM171769MNLRR, ambos domiciliados en calle Yolanda Montemayor, Nº .1253,
ciudad de Guadalupe, que en adelante se denominará "el empleador", y don(a) .Miguel
Angel, de nacionalidad Mexicana. nacido(a) el 10 de Octubre de 1998, cédula de
identidad Nº .DHM710890MNLRRNL RUT 120000032 de profesión u oficio Ing. En R.H
de estado civil soltero, domiciliado en calle Saturnino Gzz, que en adelante se
denominará “el trabajador", se ha convenido en el siguiente contrato de trabajo de
temporada o de faena transitoria.
El trabajador prestará sus servicios como ayudante general ubicados en Recursos
Humanos.
El presente contrato se entenderá terminado automáticamente, en la fecha en que
concluyen las faenas que le dieron origen y a que se ha hecho referencia en la cláusula
primera, sin perjuicio que el empleador comunique por escrito este hecho, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo.
La jornada ordinaria de trabajo será de 28 horas semanales.
El empleador se compromete a remunerar los servicios del trabajador con un sueldo de
$ $2000, por 4 HRS a la semana, que será liquidado y pagado, por períodos vencidos
en forma proporcional a los días efectivamente trabajados.
Cuando por necesidades de funcionamiento de la Empresa, sea necesario pactar
trabajo en tiempo extraordinario, el trabajador que lo acuerde, se obligará a cumplir el
horario que al efecto determinen con la Empleadora, dentro de los límites legales. Dicho
acuerdo constará por escrito y se firmará por ambas partes, previamente a la
realización del trabajo.
Queda prohibido expresamente al trabajador laborar sobretiempo o simplemente
permanecer en el recinto de la Empresa, después de la hora diaria de salida, salvo en
los casos a que se refiere el inciso precedente.
De acuerdo al artículo 38, Nº 3 del Código del Trabajo, las partes dejan establecido que
la jornada ordinaria puede comprender domingos o festivos, atendido el carácter de las
labores frutícolas materia del presente contrato.
Se deja constancia que el trabajador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305
del Código del Trabajo, por la naturaleza de las faenas no está habilitado para negociar
colectivamente.
Se deja expresa constancia que el trabajador ingresó al servicio del empleador el .12 de
Noviembre de 2021
Para todos los efectos derivados del presente contrato las partes fijan domicilio en la
ciudad de Guadalupe, N.L, y se someten a la Jurisdicción de sus Tribunales.
El presente contrato se firma, declarando el trabajador haber recibido en este acto un
ejemplar de dicho instrumento, que es el fiel reflejo de la relación laboral convenida.
.......Monica Hernández........ ...........Miguel A........
FIRMA EMPLEADOR FIRMA TRABAJADOR

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4.- Investiga en internet en documentales o videos los temas de Criptografía o

Encriptamiento de Información.

“Seguridad Privada (Criptografía o encriptamiento)”

En el video se habla del concepto de criptografía que es la técnica que protege

documentos y datos y que funciona a través de la utilización de cifras o códigos para

escribir algo secreto en documentos y datos confidenciales que circulan en redes

locales.

Algunas de sus características:

-Confidencialidad -Autenticidad

-Vinculación -Integridad

Tipos de criptografía:

 Criptografía simétrica

Las ventajas son: El cifrado es muy fácil de usar, es rápida y utiliza menos recursos

informáticos que otras formas de cifrado.

Desventajas: puede haber un problema con el número de claves utilizadas, el mayor

inconveniente es la necesidad de comunicar la clave compartida.

 Criptografía asimétrica

Ventajas: alivia el problema de pasar las claves a través de internet, las claves públicas

pueden ser distribuidas libremente.

Desventajas: las claves deben ser de mayor tamaño que las simétricas, el mensaje

cifrado ocupa más espacio que el original.

 Criptografía hibrida

Link del video: https://www.youtube.com/watch?v=BNBIdOzlWlc

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5.-Empresas que ofrecen servicios y tecnologías de seguridad para el

procesamiento de información en ambiente Web.

Servicio Softtek: Servicios de seguridad de la información de Softtek proporciona una

solución rentable para la prevención de riesgos. Más de 12 años de experiencia en la

entrega de servicios de seguridad de la información, experiencia que nos permite

reducir y simplificar el proceso de IT.

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empresa más del sector, existimos para ofrecer diferenciales que las otras

13
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6.- Hacer una tabla Delitos / Amenazas / Ética del negocio

Delitos y amenazas del comercio electrónico

Delitos Amenazas Ética del negocio

El delito electrónico, también Estafa o phisin. Este tipo de

denominado informático, es la amenazas consiste en que Se basa en una serie de reglas

conducta típica, antijurídica y el estafador suplanta la escritas y tácitas sobre los

culpable, no ética o no identidad de una empresa principios que rigen las acciones y

autorizada, vinculada al de confianza y envía la toma de decisiones de una

procesador automático de datos correos electrónicos falsos empresa. La ética viene de una

y/o transmisiones de datos. en su nombre a los rama de la filosofía que ve los

destinatarios para que estos valores humanos en relación con

se confíen y proporcionen su conducta a lo bueno o malo, lo

los datos que solicita la correcto e incorrecto. En el mundo

supuesta empresa. de los negocios, esta ideología, tal

1.- El "Caballo de Troya": Malware. Se trata de un y como vamos a ver a lo largo de

consiste en introducir en un software que tiene como este artículo, asegura mejores

sistema conocido por el autor del objetivo infiltrarse o dañar un empleados y más inversiones.

delito y desconocido por la ordenador sin el

víctima, un programa informático consentimiento de su Existen varias acciones para

a través del cual puede acceder a propietario. implementar correctamente la

ese u otros programas del ética en los negocios. Algunas de

usuario. ellas son:

2.- El "Salame": consiste en Crimeware, su objetivo es la

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alterar un programa informático realización de delitos que El establecimiento de unos

que maneja cuentas bancarias permitan conseguir un criterios de «Buen Gobierno» a

para que montos pequeños beneficio económico. desarrollar por y entre el propio

(centavos), se acrediten en otras Consejo de Administración en las

cuentas manejadas por el autor, grandes corporaciones.

de las que luego extrae el dinero

así obtenido. La implantación de la figura del

3.- Falsificación informática: Clikjacking, es otra técnica «Legal Compliance Officer».

consiste en utilizar la maliciosa que tiene como fin

computadora para falsificar conseguir información La redacción de un buen Código

documentos. confidencial o controlar el de Conducta bien comunicado a

ordenador cuando el usuario todos los empleados y firmado por

haga clic en páginas web todos y cada uno de ellos.

aparentemente inocentes.

4.-Reproducción no autorizada Código Malicioso / Virus.

de programas informativos de Se define como todo

protección legal: consiste en programa o fragmento del

afectar la propiedad intelectual mismo que genera algún tipo

de problema en el sistema

en el cual se ejecuta,

interfiriendo de esta forma

con el normal

funcionamiento del mismo.

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CONCLUSIÓN

El auge del comercio electrónico con las nuevas tecnologías crear oportunidades en la

red, siendo así una estrategia para las empresas al ingreso del mercado internacional,

desarrollando diferentes formas de comercialización, promoción, mejorando así la

compra, venta y abastecimiento en su cadena de valor, permitiendo la calidad del

servicio pre y posventa por medio de una respuesta más efectiva y rápida disminuyendo

la intermediación en las relaciones comerciales en cuanto a horarios y tiempos

establecidos en las transacciones on-line con una disponibilidad las 24 horas.

La propiedad intelectual en el comercio electrónico es susceptible debido a las

transacciones como transmitir, almacenar y reproducir información por los sistemas

electrónicos sin que predomine los derechos de autor, no obstante los sitios on-line

deben ser protegidos por medio de control de acceso y autentificación proporcionados

por registros de entrada como nombre de usuarios, contraseñas y certificaciones que

permite establecer su confiabilidad a los datos ingresados.

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Ley Federal de Protección al Consumidor. (24 de Diciembre de 1992). Obtenido de

http://www.profeco.gob.mx/juridico/pdf/l_lfpc_ultimo_CamDip.pdf

Rosillo, H. G. (18 de Diciembre de 2012). Gestiópolis. Obtenido de

http://www.gestiopolis.com/comercio-electronico-mexico/

PAGINA DE INTERNET:

http://www.eszmelopez07.wixsite.com/smart-boiler

https://www.pablofb.com/2010/06/tipos-y-clasificacion-de-contratos-electronicos/

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