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Documento - Participación Social y Política
Documento - Participación Social y Política
Documento - Participación Social y Política
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PARTICIPACIÓN SOCIAL Y POLÍTICA
El presente texto abordará las distintas formas de participación de la ciudadanía dentro del
sistema político. En este sentido, el texto está constituido de cinco apartados. El primero
entregará definiciones acerca de lo que se entiende como sociedad civil y sus características.
El segundo apartado abordará elementos sobre la participación política, particularmente
electoral. La tercera parte tratará lo que se entiende por participación ciudadana. El apartado
siguiente explicará los mecanismos de democracia directa. Finalizará el documento con una
síntesis de lo que se entiende por participación social y política.
1. Sociedad civil
1.1. Definiciones de sociedad civil
La sociedad civil se entiende como una parte de la sociedad, organizada, con objetivos
comunes cuya finalidad es elevar demandas a la esfera pública y, eventualmente, al Estado,
con la finalidad de influir en la sociedad a través de cambios realizados por la vía institucional
(BCN, 2016: 59).
Aun cuando se debe entender esta definición como un concepto dinámico, podemos
estudiar las siguientes definiciones:
Aristóteles La Sociedad Civil se entendía como politike koinonia (comunidad o sociedad política) y
se refería a una comunidad pública ética y política, conformada por ciudadanos libres e
iguales, bajo un sistema determinado de gobierno. Sin embargo, la ley en sí misma era
vista como la expresión de un ethos, un conjunto común de normas y valores que no
solo definían los procedimientos políticos, sino también virtudes y formas de relación.
Cicerón Entendía al Estado (civitas) como una asociación cívica (societas), donde sus miembros
tenían un igual estatus.
Jürgen La Sociedad Civil estaba compuesta por asociaciones de voluntarios, ajenas al ámbito del
Habermas Estado y la economía, las cuales abarcaban desde iglesias, asociaciones culturales,
clubes deportivos y sociedades de debates, además de medios de comunicación
independientes, academias, grupos de ciudadanos, iniciativas populares y
organizaciones de género, raza y sexualidad, hasta las asociaciones profesionales,
partidos políticos y sindicatos, los que llevan sus intereses comunes a la esfera pública.
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1.2. Características de la sociedad civil
La sociedad civil está compuesta por Organizaciones de la Sociedad Civil, las cuales poseen
las siguientes características (Salamon y Anheie, 1997. En Irarrázaval, Streeter, et. al., 2017):
- Ser una organización: debe poseer una estructura interna, tener estabilidad en sus objetivos
y un documento de constitución. El estatus jurídico de la agrupación no es necesariamente
un requisito.
- Ser autónoma: controla sus propias actividades, posee procedimientos propios de gobierno
interno y disfruta de un grado significativo de autonomía.
- No distribuir utilidades entre los miembros: debe ser sin fines de lucro, es decir, que no
distribuye las utilidades generadas entre sus integrantes. Si bien pueden acumular
excedentes, estos deben ser reinvertidos en la misma entidad.
- Ser privada: debe tener existencia separada del Estado. Tampoco puede ser una unidad
instrumental del gobierno; no obstante, las instituciones pueden recibir ingresos o aportes
públicos y pueden tener funcionarios públicos entre sus directivos.
1 Cultura y recreación
2 Educación e investigación
3 Salud
4 Servicios sociales
5 Medio ambiente
6 Desarrollo social y vivienda
7 Defensa de derechos y política
8 Intermediarios filantrópicos y promoción de voluntariado
9 Organizaciones internacionales
10 Asociaciones gremiales, asociaciones de profesionales y sindicatos
11 Religión
12 Otros
Fuente: Irarrázaval, Streeter, et al. (2017).
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2. Participación electoral
La Constitución Política de Chile, en su artículo 13, establece que son ciudadanos los chilenos
que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena
aflictiva1. La calidad de ciudadano otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de
elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran.
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El Código Penal de Chile entiende por penas aflictivas todas las penas de crímenes y, respecto de las de
simples delitos, las de presidio, reclusión, confinamiento, extrañamiento y relegación menores en sus grados
máximos. (art. 37).
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requisitos: una propiedad inmueble o un capital invertido en alguna especie de giro o
industria y el ejercicio de una industria o arte, o el goce de algún empleo, renta o usufructo.
La Constitución de 1925, que rigió hasta 1973, planteaba que eran ciudadanos con derecho
a sufragio los chilenos que hubieran cumplido veintiún años de edad, que supieran leer y
escribir, y estuvieran inscritos en los registros electorales (artículo 7).
A la vez, en el artículo 8 planteaba que se suspendía el derecho a sufragio por: ineptitud física
o mental que impida obrar libre y reflexivamente y; hallarse procesado el ciudadano como
reo de delito que merezca pena aflictiva.
Además, se destaca que en este periodo se dictó la primera ley electoral moderna chilena,
la Ley sobre el derecho a sufragio femenino en las elecciones municipales en 1934, la Ley de
sufragio femenino para elecciones parlamentarias y presidenciales de 1949, el Decreto de
derecho a voto a las personas no videntes de 1969, y la Ley que estableció la rebaja de edad
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para votar a 18 años y que concedió el derecho a voto a las personas analfabetas en 1970
(BCN, 2018c).
El académico Uhlaner (1995) señala que "si nadie votara, el sistema democrático
representativo colapsaría”. La abstención también puede resultar costosa en ciertas
ocasiones (Aldrich, 1993).
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3. Participación ciudadana
Font y Blanco (2006: 38) definen la participación ciudadana como “todas las actividades que
los ciudadanos realizan voluntariamente —ya sea a modo individual o a través de sus
colectivos y asociaciones— con la intención de influir directa o indirectamente en las políticas
públicas y en las decisiones de los distintos niveles del sistema político y administrativo”.
Sherry Arnstein define la participación ciudadana como dar poder a los ciudadanos, o
redistribuir el poder a favor de los ciudadanos, es decir incluirlos y permitirles compartir los
beneficios que da la sociedad. La Escalera de Arnstein clasifica las diversas modalidades de
participación ciudadana según la intensidad en que se ejerce esa posibilidad.
Como se aprecia en el esquema 1, la escalera tiene ocho peldaños, que parten por el nivel
de intensidad mínima de participación y llegan al nivel de máxima intensidad o
involucramiento en la participación ciudadana. Además, los agrupa sucesivamente por
categorías, que incluyen intensidades continuas y características y limitaciones afines en el
tipo de participación.
3Pedro Prieto-Martin y Álvaro Ramírez-Alujas, Caracterizando la participación ciudadana en el marco del Gobierno Abierto (Revista del
CLAD Reforma y Democracia, Nº 58, de febrero de 2014).
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Figura 1. Escalera de la Participación Ciudadana
CONTROL
CIUDADANO
COLABORACIÓN
APACIGUAMIENTO
Participación “de
CONSULTA fachada”
INFORMACIÓN
TERAPIA
No Participación
MANIPULACIÓN
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Categoría Participación de Fachada o Simbólica
3er escalón: Información. Es sin duda una “importante mejora” respecto a los niveles de
Terapia y Manipulación. En efecto, la entrega de información —poca o mucha, pero
fidedigna, y más aún si es relevante para el motivo que se convoca— puede ser un
avance cualitativo hacia una influencia efectiva en la definición de una política pública
o, cuando menos, ante una iniciativa concreta de nivel local.
En todo caso, se entiende que la sola información puede resultar insuficiente en sus
posibilidades, sobre todo cuando es unidireccional, desde la autoridad hacia la
ciudadanía convocada a participar, la que no tiene oportunidad de cuestionar y
contrapreguntar.
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Categoría Poder Ciudadano
El espíritu colaborativo que ha madurado entre las partes debe ser franco y evidente,
por lo que lo reconocido y acordado debería necesariamente influir, de una manera
significativa, en la decisión final del tomador de decisión, así como en las acciones del
resto de los participantes. Es decir, los acuerdos negociados no pueden ser modificados
unilateralmente.
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3.1. Organizaciones de la sociedad civil en Chile
De acuerdo con Irarrázaval, Streeter, et. al. (2017), en Chile existen actualmente 234.502
organizaciones de la sociedad civil, que están concentradas en desarrollo social y vivienda
(32,1%), cultura y recreación (31,6%), educación e investigación (13,3%) y asociaciones
gremiales, asociaciones profesionales y sindicatos (11,5%).
Se observa a partir de estas cifras que las organizaciones comunitarias y funcionales, juntas de vecinos
o uniones comunales constituyen la mayoría de las organizaciones de la sociedad civil (Irarrázaval,
Streeter, et. al., 2017: 34).
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4. Participación política directa
Por democracia directa se entiende un grupo de instituciones políticas en las que los
ciudadanos deciden o emiten su opinión en las urnas a través del sufragio universal y secreto
y que no forma parte del proceso electivo regular de autoridades (Altman, 2010).
Aquel tipo de consulta que se vota en las urnas, en donde se aprueba una
Referéndum
opción entre dos o más, y que es iniciada por los ciudadanos.
Consulta en donde también se aprueba una opción entre dos o más, pero
Plebiscito
que es activada por la autoridad.
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4.2. Argumentos en contra de la democracia directa (Lisidini, 2010)
5. Síntesis
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Bibliografía
▪ Ardiles, Mariana (2017). ¿Power to the people? Ideas para la incorporación de mecanismos
de democracia directa en Chile. Santiago de Chile: Centro de Estudios del Desarrollo.
▪ Altman, D. (2010). Plebiscitos, referendos e iniciativas populares en América Latina:
¿mecanismos de control político o políticamente controlados? Perfiles Latinoamericanos,
18(35), 9–34.
▪ Altman, D. (2011). Direct Democracy Worldwide. Nueva York: Cambridge University Press.
▪ BCN, Biblioteca del Congreso Nacional (2016). Guía de Formación Cívica.
▪ BCN, Biblioteca del Congreso Nacional (2018a). “Fin del sufragio censitario y establecimiento
del voto secreto.”. Disponible en: http://bit.ly/2XENlF8
▪ BCN, Biblioteca del Congreso Nacional (2018b). “Eliminación constitucional de requisitos
económicos para ejercer el derecho a voto.”. Disponible en: http://bit.ly/2W1PVEx
▪ BCN, Biblioteca del Congreso Nacional (2018b). “Procesos eleccionarios. 1925-1973”.
Disponible en: http://bit.ly/2IDUkdU
▪ Constitución Política de Chile.
▪ Font, Joan y Blanco, Ismael (2006), Polis, la ciudad participativa. Participar en los municipios:
¿quién?, ¿cómo? Y ¿por qué?, Barcelona, Diputació de Barcelona (Papers de Participació
Ciutadana; N° 9).
▪ Lissidini, A. (2011). Democracia directa en Latinoamérica: entre la delegación y la
participación. Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales-CLACSO.
▪ Irarrázaval, I.; Streeter, P.; et. al. (2017). Sociedad en Acción: construyendo Chile desde las
organizaciones de la sociedad civil. Santiago de Chile: Centro de Políticas Públicas UC.
▪ Salamon, L. M., y Anheier, H. K. (1997). Defining the nonprofit sector: A cross-national
analysis. Manchester University Press.
▪ Uhlaner, Carole Jean. 1995. "What the Downsian Voter Weighs: A Reassessment of the Costs
and Benefits of Action". En Information, Participation and Choice: An Economic Theory of
Democracy in Perspective, editado por Bernard Grofman Ann Arbor: Michigan University
Press, 67-79.
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