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Acta Subsanacion Oferta LP SM 3 2021 MPFN 1

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ACTA DE SUBSANACIÓN DE OFERTAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 003- 2021- MPFN-1

En la ciudad de Lima, a los 02 días del mes de junio del 2021, siendo las 09:30 horas, se
reunieron virtualmente los miembros del Comité de selección, y en esta oportunidad encargado
de organizar, conducir y ejecutar el procedimiento de selección; LICITACIÓN PÚBLICA N.º 03-
2021-MPFN- PRIMERA CONVOCATORIA para la “ADQUISICIÓN DE SERVIDORES EN EL
MARCO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL NCPP CORRESPONDIENTE AL TERCER TRAMO
DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA NORTE, PRIMER Y SEGUNDO TRAMO DEL DISTRITO
FISCAL DE LIMA ESTE, PRIMER TRAMO DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA SUR Y PRIMER
TRAMO DEL DISTRITO FISCAL DE LIMA”, conformado por las siguientes personas:

 Sr. HUGO GERARDO BECERRA MIÑANO, como presidente titular del Comité.
 Sr. SEGUNDO ANTONIO BECERRA FUKUNAGA, como miembro titular del Comité.
 Sra. GIOVANNA JIMÉNEZ TORRES, como miembro suplente del Comité. En
reemplazo del Sr. CARLOS RUFINO ALEJOS CAMPOS por encontrarse de descanso
físico vacacional.

1. De la revisión efectuada para la ADMISIÓN de propuestas presentadas, se observa lo


siguiente:

Participante: CONSORCIO SYSPEL-EML (EML INVERSIONES & SOLUCIONES


INALAMBRICAS S.A.C. - GRUPO SYSPEL S.A.C.)

 No realizo foliatura a su propuesta.


 No consigna el visado en la totalidad de los folios de la oferta presentada.
 Omitió la presentación de la vigencia de poder del consorciado GRUPO SYSPEL SAC
 La promesa formal de consorcio según ANEXO N° 5 no se encuentra legalizada.

Las observaciones indicadas al participante se encuentran enmarcados en documentos


subsanables, amparados mediante el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado
en su Artículo 60° “Subsanación de las ofertas”, los cuales señala en sus numerales lo
siguiente:

60.1. Durante el desarrollo de la admisión, evaluación y calificación, el órgano a cargo del


procedimiento solicita, a cualquier postor que subsane alguna omisión o corrija algún error
material o formal de los documentos presentados, siempre que no alteren el contenido
esencial de la oferta.

60.2. Son subsanables, entre otros, los siguientes errores materiales o formales:

b) La nomenclatura del procedimiento de selección y falta de firma o foliatura del


postor o su representante;

c) La legalización notarial de alguna firma. En este supuesto, el contenido del


documento con la firma legalizada que se presente coincide con el contenido del
documento sin legalización que obra en la oferta;

h) La no presentación de documentos emitidos por Entidad Pública o un privado


ejerciendo función pública.

Que, en aplicación de los principios que rigen las contrataciones del Estado, se concede el
plazo de TRES (3) días hábiles para subsanar todas las observaciones detectadas en su
propuesta.

LA SUBSANACIÓN de cada una de las observaciones se realizará a través de la


plataforma del SEACE.
Seguidamente se procedió a la lectura de la presente Acta de manera virtual, no habiendo
observación alguna, los presentes procedieron a suscribirla en señal de conformidad; y no
teniendo nada más que tratar, se levantó la reunión siendo las 11:30 horas.

___________________________________ ______________________________
HUGO GERARDO BECERRA MIÑANO SEGUNDO ANTONIO BECERRA FUKUNAGA
Presidente (T) Primer Miembro (T)

_____________________________________
GIOVANNA JIMÉNEZ TORRES
Segundo Miembro (S)

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