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2000-002-006 Manual de Umaa

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS DE

ATENCIÓN AMBULATORÍA

Índice
Página

1. Introducción 3
2. Objetivos 5
3. Antecedentes Históricos 6

4. Marco Jurídico Administrativo 7


5. Atribuciones 8

6. Políticas 10
7. Organigrama Estructural 11
7.1 Unidades Médicas de Atención Ambulatoria (UMAA) 11

8. Funciones Sustantivas 12
8.1 Dirección 12
8.1.1 Coordinación Clínica de UMAA 13
8.1.2 Departamento de Enfermería 15
8.1.3 Administración 18
8.1.3.1 Jefatura de Conservación 20

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS DE
ATENCIÓN AMBULATORÍA

1. Introducción

El Instituto Mexicano del Seguro Social, (IMSS) como uno de los organismos públicos
encargados de la organización y administración de la Seguridad Social en México, es el
instrumento esencial para proteger al trabajador y a su familia, al promover la salud de sus
derechohabientes con un enfoque integral, anticipatorio y atender en forma oportuna y
eficiente las enfermedades para reducir la discapacidad, invalidez y muerte prematura
asociada a sus complicaciones.

Con la convicción de favorecer la calidad y el mejor desempeño en la prestación de los


servicios para responder de manera apropiada a las necesidades y expectativas de salud de
los derechohabientes y al mismo tiempo, incidir favorablemente en la modernización
institucional, la Dirección de Prestaciones Médicas, fortaleció el cambio progresivo al
considerar la atención médica ambulatoria como una opción que beneficia a los
derechohabientes y a los servicios hospitalarios institucionales.

Para optimizar los recursos institucionales con obras de menor costo de construcción y
operación, se crearon las Unidades Médicas de Atención Ambulatoria (UMAA) como
inmuebles diseñados y equipados para dar atención diagnóstica y terapéutica, médica o
quirúrgica, de acuerdo a su capacidad resolutiva, en la que él o la paciente egresa el mismo
día en condiciones estables y sin haber hecho uso de cama hospitalaria.

Las UMAA brindan atención médica y quirúrgica en servicios ambulatorios de alta demanda,
los cuales son:

 Cirugía ambulatoria de las especialidades de Cirugía General, Oftalmología,


Otorrinolaringología, Ortopedia y Urología.
 Endoscopias de tubo digestivo alto y bajo, urológicas y broncoscopias.
 Quimioterapia.
 Hemodiálisis.
 Inhaloterapia que incluye sesiones de terapia respiratoria y de inhaloterapia (fisioterapia
pulmonar), además de estudios de espirometría.

Con base en lo descrito en párrafos anteriores, los servicios que proporcionan las UMAA son
del Segundo Nivel de Atención Médica.

Dependiendo de su ubicación geográfica, cercanía y vinculación con otras unidades médicas,


las UMAA se orientaron en tres modelos estructurales:

 Autónoma con administración propia e inmueble para su uso exclusivo.


 Anexa a Unidad de Medicina Familiar (UMF) de la cual depende administrativamente.
 Anexa a Hospital General (HG) del cual depende administrativamente.

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ATENCIÓN AMBULATORÍA

De tal manera que los propósitos que persiguen estas unidades son:

 Incrementar la capacidad de respuesta de los servicios médicos ante el diferimiento


quirúrgico.
 Ordenar la atención bajo criterios médicos congruentes entre la naturaleza de los
procedimientos y las instalaciones.
 Evitar ingresos y estancias hospitalarias innecesarias, para disminuir el riesgo de
infecciones nosocomiales.
 Acercar los servicios a los derechohabientes.
 Mejorar la satisfacción de los usuarios y de los prestadores de servicios.
 Descentralizar los servicios ambulatorios de los hospitales de segundo nivel.

Lo anterior, le da a las UMAA características operativas particulares:


 La atención médica que proporciona es por referencia de pacientes de las Unidades de
Medicina Familiar o del o los Hospitales Generales de la zona médica. No llegan
pacientes espontáneos.
 La atención médica es escalonada lo que permite el movimiento constante en el flujo de
pacientes para que esta sea inmediata, con calidad y eficiencia. En consecuencia las
salas de espera están semi-vacías.
 En las UMAA con infraestructura prototipo, es decir que no ha ampliado su cartera de
servicios, su máximo potencial se presenta con la atención de aproximadamente 150
pacientes al día.

Este documento contiene los objetivos, políticas y funciones a desarrollar en la operación de


las UMAA autónomas del Sistema, incluido su organigrama.

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2. Objetivos

2.1 General

Establecer los objetivos, políticas y funciones de las Unidades Médicas de Atención


Ambulatoria con la finalidad de proporcionar atención médico quirúrgica con oportunidad,
seguridad, calidad, de vanguardia y sentido humanista a las y los derechohabientes del
Instituto Mexicano del Seguro Social.

2.2 Objetivos específicos

– Fortalecer la oportunidad de la atención médica de segundo nivel en la zona médica a la


que pertenece.

– Otorgar tratamiento ambulatorio médico y/o quirúrgico en las especialidades que se


disponen.

– Favorecer la oportunidad de atención en enfermedades de alta demanda, como la


insuficiencia renal crónica otorgando el servicio de hemodiálisis y padecimientos
oncológicos que requieren manejo farmacológico.

– Disminuir el rezago quirúrgico de los Hospitales Generales, al referir los pacientes con
patología quirúrgica apropiada para ser tratada en las UMAA.

– Fortalecer mediante acuerdos de gestión los procesos operativos con aquellos Hospitales
Generales que se encuentren en otra zona médica de la UMAA, donde ésta pueda
contribuir a la atención de las y los pacientes con padecimientos que estén considerados
en su Cartera de Servicios.

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3. Antecedentes Históricos

Los procedimientos ambulatorios se iniciaron en el IMSS en 1976, por lo que se generaron


grupos piloto en el Distrito Federal, Jalisco, Nuevo León, Hidalgo y Yucatán para el estudio
en sus aspectos asistenciales, económicos y laborales.

Como los resultados fueron favorables se propuso la creación de unidades médicas


exclusivamente de este tipo de atención.

En 1996, el H. Consejo Técnico, aprobó el modelo con base a la política de disminuir el


rezago de infraestructura e impulsar la contención de costos dentro del Instituto, diversificar
la oferta de servicios para la población a través de las Unidades Médicas de Atención
Ambulatoria (UMAA).

En el proyecto original, se autorizó la construcción e implementación de 45 UMAA, de las


cuales 9 eran autónomas, 15 anexas a Hospital General (HG) y 21 a Unidad de Medicina
Familiar (UMF), con un horario diurno de atención de lunes a viernes, para la atención de las
y los pacientes candidatos a cirugía y de otros procedimientos ambulatorios que no requieren
hospitalización o cuidados especiales.

Mediante Acuerdo No. ACDO.SA2.HCT.211112/284.P.DAED, de fecha 21 de noviembre de


2012, el H. Consejo Técnico autorizó el Manual de Organización de las Unidades Médicas de
Atención Ambulatoria (Modelo Autónomo).

El presente manual se actualiza de conformidad al punto 8.7.3 de la Norma que Establece las
Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar los Manuales de Organización de los
Órganos Administrativos y los Manuales de Integración y Funcionamiento de Comités o
Comisiones del Instituto Mexicano del Seguro Social, con clave 1000-001-019 vigente.

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4. Marco Jurídico Administrativo.

 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la


Federación el 05 de febrero de 1917 y sus reformas posteriores.

 Ley General de Salud, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de


1984 y sus reformas posteriores.

 Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre


de 1995 y sus reformas posteriores.

 Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, publicada


en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002 y sus reformas posteriores.

 Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario


Oficial de la Federación el 09 de mayo de 2016.

 Contrato Colectivo de Trabajo IMSS-SNTSS, 2015-2017.

 Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 18 de septiembre de 2006, y sus reformas posteriores.

 Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006.

 Reglamento Interior de la Comisión Interinstitucional del Cuadro Básico y Catálogo de


Insumos del Sector Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de junio de
2011 y sus reformas posteriores

 Norma que establece las disposiciones para mantener y controlar los equipos de la red de
frío en el manejo de insumos para la salud en el Instituto Mexicano del Seguro Social,
Clave 1000-001-008, registrada en el Catálogo Normativo Institucional el 24 de abril de
2015.

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5. Atribuciones

Las atribuciones de la Dirección de Prestaciones Médicas se establecen en el Artículo 82 del


Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social y que a la letra dicen:

I. Planear, dirigir y normar las acciones relacionadas con la prestación de los servicios
médicos, de rehabilitación y de salud pública, atención de los riesgos de trabajo,
educación e investigación en salud, así como analizar sus resultados;

IV. Emitir la normatividad institucional relativa a vigilancia epidemiológica, medicina


preventiva, fomento a la salud, salud reproductiva, salud materno-infantil, educación
médica, investigación médica, salud en el trabajo y la prestación de los servicios
médicos y de rehabilitación en sus tres niveles de atención;

V. Participar con las demás unidades administrativas y entidades del Sistema Nacional de
Salud, en la vigilancia epidemiológica de la población;

X. Establecer coordinación con los Órganos Normativos correspondientes para definir


conjuntamente políticas, programas y acciones dirigidas a la población usuaria en
materia de salud;

XI. Establecer, operar y explotar el sistema de información médica, de acuerdo con los
lineamientos del Instituto y los del Sistema Nacional de Salud;

XIII. Planear, dirigir y analizar en coordinación con los Órganos Normativos competentes, la
capacitación y el fomento de la cultura de la calidad relacionada con la prestación de
los servicios médicos;

XIV. Emitir lineamientos, en coordinación con los Órganos Normativos competentes, para
mejorar y rediseñar los procesos y sistemas operacionales relativos a la prestación de
servicios médicos, así como apoyar la implantación de proyectos de calidad en los
servicios de salud;

XV. Validar en campo los nuevos modelos de organización de servicios de salud, en


coordinación con los Órganos Normativos y de Operación Administrativa
Desconcentrada, así como generalizar y normar aquellas acciones de calidad que se
compruebe mejoran los procesos correspondientes;

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XVI. Orientar, capacitar y coadyuvar con los Órganos Normativos y de Operación


Administrativa Desconcentrada competentes, en el desarrollo de propuestas de
funciones, normas de operación, nuevos esquemas de funcionamiento y criterios de
clasificación de unidades de servicio que garanticen la calidad de los servicios de
salud;

XVII. Administrar los proyectos de cambio, orientados a la mejora de la gestión clínica y a la


satisfacción del usuario de las prestaciones médicas;

XVIII. Diseñar y operar, en coordinación con los Órganos Normativos, de Operación


Administrativa Desconcentrada y unidades operativas competentes, un sistema de
seguimiento y evaluación de los procesos de atención a la salud;

XIX. Normar y promover con la participación de los Órganos Normativos, de Operación


Administrativa Desconcentrada y unidades operativas competentes, las acciones que
impulsen la calidad y el mejoramiento de los procesos de atención a la salud;

XXI. Las demás que le señale la Ley, sus reglamentos y acuerdos del Consejo Técnico, así
como las que le encomiende el Director General.

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6. Políticas

 El lenguaje empleado en el presente documento, no busca generar ninguna distinción, ni


marcar diferencias entre hombres y mujeres, por lo que las referencias o alusiones en la
redacción hechas hacia un género representan a ambos sexos, salvo en aquellos casos
en que por la naturaleza de la atención, resulte necesaria la precisión de algún género en
particular.

– Fortalecerá la vinculación con unidades médicas de primero y segundo nivel de atención


de la zona médica que le corresponde, para la referencia oportuna y correcta de pacientes
candidatos a la atención médica ambulatoria.

 Establecerá la estrategia zonal para que los pacientes portadores de patologías incluidas
en la cartera de servicios de la UMAA, sean atendidos en ella.

 Evaluará la o las posibilidades de ajustar o ampliar la Cartera de Servicios de la UMAA,


fundamentado en el diagnóstico epidemiológico y cuando las condiciones operativas,
permitan un funcionamiento sólido del nuevo servicio a otorgar.

 Gestionará ante la Coordinación de Atención Integral en Segundo Nivel la autorización


para la ampliación de la Cartera de Servicios de la UMAA, para que posteriormente se
realicen los trámites necesarios ante la instancia correspondiente para tramitar la
disponibilidad de los recursos necesarios del servicio propuesto y que tenga apego a la
normatividad institucional y/o sectorial.

 Otorgará atención médica que cumpla con las Metas Internacionales de Seguridad del
paciente.

 Otorgará la atención médica sin solicitar a los pacientes, familiares o representantes


legales, la adquisición de insumos para realizar procedimientos diagnósticos o
terapéuticos.

 Gestionará con oportunidad y eficiencia los insumos necesarios para realizar los
procedimientos médicos o quirúrgicos incluidos en la Cartera de Servicios.

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7. Organigrama Estructural

7.1 Unidades Médicas de Atención Ambulatoria (UMAA)

DIRECCIÓN
dirección

COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
dirección
UMAA ADMINISTRACIÓN
dirección
DEPARTAMENTO
DE
dirección
ENFERMERÍA

JEFATURA
dirección
DE
CONSERVACIÓN

Vigencia: 29 de junio de 2012

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8. Funciones Sustantivas

8.1 Dirección

 Organizar los procesos de atención médica y administrativa, conforme a la Misión y Visión


de la Unidad, con apego al marco legal y normativo vigente.

 Integrar, actualizar y difundir el marco normativo, bibliográfico e informativo de la Unidad


para el cumplimiento de las funciones directivas y operativas en los procesos de atención
médica y administrativa.

 Analizar con el personal directivo de la Unidad Médica los objetivos, metas y programas
institucionales a desarrollar; los mecanismos para su ejecución; su cumplimiento y
evaluación e informar a la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas los resultados
obtenidos con propuestas de mejora, en caso de ser necesario.

 Fortalecer las gestiones ante las instancias correspondientes para que ningún servicio
que proporciona la UMAA se suspenda por causas inherentes a ésta.

 Analizar con el personal directivo de la UMAA el comportamiento del proceso de


referencia y contra-referencia de las y los pacientes de la zona médica donde se ubica la
UMAA y con base en los resultados obtenidos, establecer las acciones de mejora para
difundirlas en las reuniones de vinculación.

 Coordinar anualmente la integración del Diagnóstico Situacional y Programa de Trabajo


de la UMAA autorizarlo y presentarlo a la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas.

 Coordinar anualmente o con una periodicidad menor dependiente de modificaciones


operativas, la integración y autorización de la Cartera de Servicios y los Criterios de
Referencia de la UMAA. Una vez elaborados, difundirlos a la brevedad a las Unidades
Médicas de Primero y Segundo Nivel de la zona médica que le corresponde o las
contiguas a esta.

 Evaluar la productividad, el desempeño y la eficiencia de los servicios médicos y


administrativos, y difundir los resultados obtenidos al personal directivo y operativo.

 Evaluar la correcta aplicación de los Contratos de Servicios que involucren a la UMAA.

 Efectuar inspecciones directas a las áreas de servicio de la Unidad, con el objeto de


verificar que la atención a la población usuaria sea otorgada con sentido humano.

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 Convocar y presidir reuniones con el Cuerpo de Gobierno de la Unidad, a fin de definir


estrategias que permitan solucionar la problemática detectada.

 Participar en los Comités intra o extra institucionales, conforme al ámbito de su


competencia donde se requiera representatividad de la UMAA, dando cumplimiento a los
acuerdos alcanzados.

 Gestionar ante la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas las necesidades de


infraestructura, equipamiento, insumos y personal, para cumplir con el objetivo de
creación de la UMAA.

 Sancionar el uso del presupuesto anual asignado a la Unidad, de conformidad con el


techo financiero determinado y presentarlo a las autoridades delegacionales para su
autorización.

 Verificar el correcto ejercicio del presupuesto autorizado, con base en los resultados del
análisis de las variaciones presupuestales.

 Verificar que la administración de los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros


asignados a la Unidad, se realice de acuerdo con las normas vigentes.

 Vigilar que se proporcione la atención y solución a las demandas, quejas,


inconformidades y solicitudes de información contenidas en el expediente clínico
presentadas por la población derechohabiente.

 Realizar acuerdos con las unidades médicas hospitalarias de la zona médica donde se
encuentra incluida la UMAA, para dar continuidad a la atención médica en caso de
complicaciones por los procedimientos diagnósticos o terapéuticos realizados en la
misma.

8.1.1 Coordinación Clínica de UMAA

 Coordinar y supervisar el desarrollo de los procesos de la atención médica y/o quirúrgica


que se proporciona en la UMAA, con apego a la normatividad institucional vigente, a las
Metas Internacionales para la Seguridad del Paciente y con apoyo de las Guías de
Práctica Clínica.

 Mantener estrecha coordinación con la Dirección de la Unidad, para garantizar la


continuidad de la función directiva, así como la calidad en la atención médica
proporcionada a las y los pacientes que acuden a la UMAA.

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 Fortalecer las gestiones ante las instancias correspondientes para que ningún servicio
que proporciona la UMAA, se suspenda por causas inherentes a ésta.

 Elaborar anualmente el Diagnóstico situacional y el Programa de Trabajo. Una vez


concluidos presentarlos a la Dirección de la Unidad para su aprobación.

 Elaborar anualmente o con una periodicidad menor dependiente de modificaciones


operativas, la integración y autorización de la Cartera de Servicios y los Criterios de
Referencia de la UMAA. Presentarlos a la Dirección de la Unidad para su aprobación.

 Planificar, organizar y controlar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros


de acuerdo con objetivos, metas y presupuesto asignado, identificando las carencias y
necesidades para solicitar su cobertura.

 Difundir al personal a su cargo, el Programa de Trabajo y las metas para cada servicio.

 Vigilar que se dé cumplimiento al Programa de Trabajo de la UMAA realizando las


propuestas de solución a las variaciones detectadas.

 Verificar que la productividad se identifique y registre correctamente en las fuentes


primarias para poder analizar y evaluar los resultados de los procesos de atención médica
que se desarrollan en los servicios de la UMAA con base en los criterios, estándares, e
indicadores establecidos.

 Validar la información médica que se genere en los servicios de la UMAA.

 Informar a la Dirección de la Unidad el resultado de la supervisión de la atención médica


y/o quirúrgica que se proporciona en la Unidad, la prescripción de medicamentos, el uso
de los Contratos de Servicios, la expedición de certificados de incapacidad temporal para
el trabajo y el sistema de referencia contrarreferencia.

 Coordinar las actividades del personal de salud para coadyuvar en la mejora continua de
la calidad de los servicios y la seguridad de las y los pacientes.

 Coordinar con el Departamento de Enfermería la programación de todos los servicios


ambulatorios, incluida la consulta de especialidades en UMAA.

 Participar en los Comités intra o extra institucionales, conforme al ámbito de su


competencia donde se requiera representatividad de la UMAA, dando cumplimiento a los
acuerdos alcanzados.

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 Colaborar en el ámbito de su responsabilidad en la determinación del presupuesto anual


de la Unidad Médica, tomando como base los lineamientos de racionalidad presupuestal y
autonomía de gestión.

 Contribuir en la determinación del Consumo Promedio Mensual de los medicamentos y


del material de curación con base en los aspectos epidemiológicos de la zona médica,
datos históricos, comportamiento de abasto y modificaciones en los Cuadros Básicos,
entre otros aspectos.

 Llevar a cabo la entrega-recepción del turno bajo su responsabilidad e informar a la


Dirección Médica de la problemática relevante y soluciones adoptadas.

 Vigilar que se proporcione la atención médica ambulatoria a todos los pacientes que
tengan padecimientos incluidos en la Cartera de Servicios de la UMAA.

 Supervisar las actividades del personal de Trabajo Social con base en el Procedimiento
para la intervención de Trabajo Social en Unidades Hospitalarias, Clave 2660-003-028.

8.1.2 Departamento de Enfermería

 Difundir y aplicar las políticas, normas y programas emitidos por la Dirección de


Prestaciones Médicas, relativas a los procesos médico-asistenciales y validar su eficiencia
en el ámbito de competencia.

 Planear, organizar, dirigir y evaluar los procesos sustantivos de enfermería relativos al


desempeño, conforme a la Misión y Visión de la UMAA, con apego al marco legal y
normativo institucional vigente.

 Fortalecer en el ámbito de su responsabilidad las gestiones ante las instancias


correspondientes y/o dar las instrucciones a quien este facultado a ello, para que ningún
servicio que proporciona la UMAA se suspenda por causas inherentes a ésta.

 Integrar anualmente el Diagnóstico Situacional de Enfermería y con base en los


resultados, elaborar el Programa de Trabajo, de Capacitación y Supervisión.

 Participar en la implementación y evaluación de los programas institucionales y de la


Unidad en el ámbito de su competencia, utilizando las herramientas administrativas y de
gestión vigentes.

 Informar a la Dirección de la Unidad y difundir al personal operativo de enfermería los


resultados obtenidos en la evaluación de procesos, implementación de estrategias y
avance en el cumplimiento de metas y programa de trabajo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS DE
ATENCIÓN AMBULATORÍA

 Participar en los Comités intra o extra institucionales, conforme al ámbito de su


competencia donde se requiera representatividad de la UMAA, dando cumplimiento a los
acuerdos alcanzados.

 Planificar, organizar, dirigir y controlar los procesos en los que participe el personal de
enfermería para que, con base en el proceso de atención establecido, los cuidados de
enfermería se proporcionen libres de riesgos, de manera continua, oportuna, humana y
que satisfagan la demanda de atención de las y los pacientes.

 Desarrollar programas permanentes de supervisión de los procesos, evaluando los


servicios de enfermería a través de indicadores de calidad de la atención a fin de
identificar áreas de oportunidad e instrumentar procesos de mejora continua para que la
atención se otorgue con oportunidad, calidad y eficiencia.

 Participar en el cálculo, organización, dirección, evaluación y control de los recursos


humanos necesarios para asegurar la calidad en el cuidado que se proporciona al
paciente.

 Participar en la determinación de dotación fija de insumos terapéuticos y no terapéuticos.

 Actualizar y organizar la plantilla teórica y el Cuadro de distribución de personal de


enfermería por servicio, turno y categoría de acuerdo al equilibrio de la fuerza de trabajo
requerida, programación de vacaciones, descansos, guardias festivas en caso de
proceder y cobertura de plazas. Lo anterior en coordinación con la Administración de la
Unidad

 Realizar análisis semestral de los recursos humanos de Enfermería con base en la


plantilla teórica, nominal y equilibrio de vacaciones y descansos con el fin de gestionar
con oportunidad la cobertura.

 Vigilar en el ámbito de su competencia el cumplimiento de las Metas Internacionales para


la Seguridad del Paciente e implementar y evaluar las medidas necesarias para su
observancia.

 Promover y apoyar el desarrollo de líneas de investigación en el cuidado de enfermería y


de los sistemas de salud, así como la práctica de enfermería basada en evidencias.

 Promover y supervisar la utilización de las recomendaciones contenidas en las Guías de


Práctica Clínica durante el proceso de la atención de enfermería.

 Desarrollar, implementar y evaluar programas y estrategias de capacitación, educación


continua, adiestramiento e inducción al puesto del personal de enfermería.

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ATENCIÓN AMBULATORÍA

 Colaborar en la elaboración de programas de autocuidado de la salud y prevención de


riesgos de trabajo para el personal de enfermería.

 Participar en los programas institucionales e interinstitucionales de reconocimiento a la


actuación profesional del personal de enfermería; así como planear, implementar y
evaluar programas locales que promuevan el reconocimiento al desempeño laboral.

 Participar en la implementación, registro, análisis y evaluación del Sistema de vigilancia


de eventos centinela y riesgos (VENCER II).

 Participar en los procesos relacionados con la Certificación de Establecimientos de


Atención Médica y acreditación de Unidades Médicas y adicionalmente verificar la
aplicación de recomendaciones y estrategias para la mejora continua de los servicios de
salud.

 Participar en el diseño, implantación y evaluación de estrategias ante urgencias o


emergencias epidemiológicas.

 Promover, implementar y supervisar la separación adecuada de residuos peligrosos,


biológicos-infecciosos con el personal médico y de enfermería; así como con el paciente,
su familiar y visitantes.

 Participar con la Jefatura de Conservación de la Unidad en la programación de acciones


de mantenimiento preventivo y correctivo del equipamiento, instalaciones y áreas físicas.

 Analizar las quejas de los usuarios, familiares y personas legalmente responsables


relacionadas con el Departamento de Enfermería para generar y aplicar las acciones de
solución conducentes.

 Supervisar que el personal de enfermería ejerza una práctica profesional competente,


responsable, oportuna, basada en su código de ética y sentido humano.

 Supervisar el cumplimiento a las líneas del Modelo Institucional para Prevenir y Reducir
las Infecciones Nosocomiales (MIPRIN) que apliquen a la UMAA.

 Supervisar que el personal de enfermería asignado a un servicio que disponga de equipo


e insumos de la red de frio, realice los registros acorde a lo establecido en la normatividad
correspondiente.

 Informar oportunamente a la Jefatura de Conservación la presencia de alguna falla del


equipo de la red de frio.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS DE
ATENCIÓN AMBULATORÍA

8.1.3 Administración

 Coordinar y supervisar el desarrollo de los procesos administrativos de la UMAA, que sea


acorde a la misión y visión de la Unidad, a su programa de trabajo, y al marco legal-
normativo vigente.

 Fortalecer en el ámbito de su responsabilidad las gestiones ante las instancias


correspondientes, para que ningún servicio que proporciona la UMAA se suspenda por
causas inherentes a ésta.

 Informar a la Dirección de la Unidad sobre asuntos y problemas de índole administrativo


que ocurran y proponer alternativas de solución.

 Administrar los recursos humanos, técnicos, materiales, tecnológicos y financieros que se


requieran para el funcionamiento de la UMAA.

 Vigilar se lleve a cabo el ejercicio correcto del presupuesto asignado a la Unidad.

 Analizar las variaciones presupuestales y proponer acciones para la corrección de las


desviaciones.

 Participar en los Comités intra o extra institucionales, conforme al ámbito de su


competencia donde se requiera representatividad de la UMAA, dando cumplimiento a los
acuerdos alcanzados.

 Gestionar oportunamente los insumos, medicamentos, ropa y equipamiento necesarios,


suficientes y adecuados para otorgar atención médica segura a las y los pacientes que
reciben su atención en la UMAA.

 Supervisar la correcta administración de la red de cómputo, los diferentes equipos, sus


aplicativos y su interconexión con otras unidades, así como de la suficiencia de insumos
para su funcionamiento y en caso de fallas o deficiencias, realizar las acciones que
correspondan.

 Garantizar que los procesos de integración, validación y distribución de la información


sistematizada, médica y administrativa de la UMAA, se realicen correctamente.

 Vigilar que se apliquen las medidas de protección y seguridad durante la recepción,


traslado y entrega de informes, correspondencia y medios magnéticos generados en la
UMAA.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS DE
ATENCIÓN AMBULATORÍA

 Atender las solicitudes de daros personales contenidos en los expedientes clínicos en el


tiempo definido por el marco legal correspondiente.

 Promover y coordinar estudios de cargas de fuerza de trabajo, que permitan el mejor


aprovechamiento del recurso humano en la UMAA.

 Supervisar y observar los lineamientos para la elaboración del programa anual de


vacaciones del personal, de cobertura para días festivos y turnos necesarios por
ampliación de horario del o los servicios de la UMAA, además de analizar el índice de
ausentismo y proponer las medidas procedentes para su abatimiento.

 Vigilar permanentemente el estricto cumplimiento de los contratos donde la UMAA sea


beneficiaria de los bienes o servicios proporcionados por proveedores externos. En caso
de incumplimiento del proveedor, realizar el acta correspondiente para notificar a las
instancias delegacionales correspondientes, informando oportunamente a la Dirección, el
o los problemas detectados y las soluciones adoptadas. En todo momento, cumplir con el
marco legal y normativo aplicable.

 Dar a conocer la disponibilidad de los servicios contratados y otorgar asesoría de los


mismos al Cuerpo de Gobierno de la Unidad.

 Supervisar que los pacientes que recibirán los servicios contratados, estén vigentes en
sus derechos y durante todo el tiempo que se les proporcionará la asistencia médica
correspondiente al interior de la UMAA.

 Supervisar que se aplique el proceso de inducción al puesto para el personal de nuevo


ingreso.

 Supervisar y evaluar que los servicios generales que se proporcionan a las áreas
operativas de la UMAA, se otorguen con oportunidad y conforme a los lineamientos
vigentes.

 Sancionar los resultados de los inventarios físicos de equipos, mobiliario e infraestructura,


y dotaciones fijas de ropa hospitalaria. En caso de ser necesario realizar los dictámenes
de baja y enajenación requeridos; informando en cada paso a la Dirección.

 Establecer comunicación con la Dirección para reportar los casos de ilícitos, daños o
siniestros ocurridos a la Unidad para que a su vez se informe a las instancias
delegacionales correspondientes.

 Supervisar y evaluar el cumplimiento de los programas de conservación a las


instalaciones y equipos, así como la atención oportuna de las solicitudes de servicios.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS DE
ATENCIÓN AMBULATORÍA

 Vigilar el cumplimiento de las normas y procedimientos vigentes en materia del manejo de


residuos peligrosos biológico infecciosos generados por la UMAA.

 Vigilar que se realicen oportunamente y de acuerdo con los programas de trabajo, los
procesos de limpieza y desinfección de la UMAA, clasificación y aprovechamiento de
desechos, fumigación y control de fauna nociva.

 Validar la información de los consumos y autorizar los consolidados de requisiciones


ordinarias y extraordinarias de bienes de consumo.

 Evaluar los procesos para la recepción, almacenaje, distribución, registro y control de


existencias de bienes de consumo, considerando como base los lineamientos de
racionalización y optimización de recursos; así como la productividad, capacidad
instalada, morbilidad y acciones médicas y administrativas, con especial atención en la
supervisión de las bitácoras de control de medicamentos narcóticos y psicotrópicos.

 Coordinar con base en la normatividad institucional, la elaboración de las respuestas a las


solicitudes de datos personales contenidos en el expediente clínico para ser entregadas
oportunamente al peticionario.

 Dar seguimiento oportuno a las notificaciones de falla del equipo de la red de frio de la
Unidad.

 Realizar las gestiones para que se dispongan de los insumos necesarios para la
adecuada operación de la red de frío.

8.1.3.1 Jefatura de Conservación

 Elaborar el Programa Anual de Operación (PAO), el Programa de mantenimiento


preventivo y correctivo del equipamiento de la Unidad con cronograma de actividades y
enviarlos a la Administración de la UMAA para su revisión y validación y posteriormente a
la Dirección para su autorización.

 Coordinar y controlar los programas de conservación y de limpieza e higiene de la Unidad


vigilando que en su ejecución, se cumpla con los ordenamientos legales y normativos
correspondientes y vigentes.

 Supervisar la ejecución de los procesos de clasificación y control de desechos,


desinfección, fumigación y control de fauna nociva de la Unidad.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS DE
ATENCIÓN AMBULATORÍA

 Vigilar la correcta aplicación de los procedimientos para el manejo de los residuos


peligrosos biológico-infecciosos y de la basura común y en cumplimiento a las
indicaciones de la Administración de la Unidad, determinar su volumen y realizar su
entrega.

 Realizar semanalmente el cambio de la gráfica de control de temperatura de los


termograficadores de los refrigeradores de la red de frio y analizarla al cambio de la
misma, para comprobar que la temperatura se ha mantenido en el intervalo establecido y
corregir las variaciones que puedan presentarse.

 Realizar de inmediato la evaluación para el mantenimiento correctivo de los equipos de la


red de frío, a partir de la recepción de notificación del reporte de falla.

 Efectuar recorridos de supervisión en la Unidad, para detectar la problemática de su


competencia y definir su inclusión en el programa correspondiente.

 Efectuar evaluaciones técnico-operativas de equipos e instalaciones de la Unidad, para


estructurar el programa de mantenimiento preventivo y/o adoptar acciones correctivas
procedentes; asimismo, coordinar y controlar su ejecución.

 Atender las solicitudes de servicios de conservación e higiene y limpieza de las áreas de


servicio de la Unidad; determinar la prioridad de los trabajos a desarrollar, evaluar los
recursos materiales con que se cuenta para su solución y determinar el tipo de trabajo
que se requiera contratar.

 Efectuar el análisis de precios unitarios de los trabajos a contratar, con estricto apego a la
normatividad correspondiente y a las indicaciones definidas por la Coordinación
Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento.

 Vigilar el cumplimiento y calidad de los trabajos de conservación subrogados y de los


contratos consolidados, de acuerdo con los programas y términos convenidos.

 Tramitar el pago de los trabajos subrogados, las órdenes de compra y los contratos
menores de conservación, de acuerdo con las normas vigentes.

 Identificar las necesidades de remodelaciones o ampliaciones de las instalaciones de la


Unidad y proponer a la Administración de la Unidad su inclusión en el programa anual
correspondiente, previo análisis de costos y disponibilidad presupuestal.

 Observar en las acciones y ejecución de obras en la Unidad el cumplimiento de las Leyes


de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; y de Obras Públicas y
Servicios Relacionados con las Mismas.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN DE LAS UNIDADES MÉDICAS DE
ATENCIÓN AMBULATORÍA

 Dictaminar sobre la baja de mobiliario y establecer coordinación con la Administración de


la Unidad, para los trámites correspondientes.

 Coordinar, supervisar y controlar los resguardos, uso y funcionamiento de los equipos,


instalaciones y materiales propios del servicio de conservación.

 Supervisar que el desarrollo de las funciones del personal de conservación y limpieza e


higiene, se realicen de conformidad con los profesiogramas vigentes, funciones y
responsabilidades conferidas.

 Identificar las necesidades de capacitación técnica para el personal de conservación y de


limpieza e higiene adscrito a la Unidad, así como capacitación y adiestramiento de
personal de otros servicios con responsabilidad en la operación y cuidado de equipos y
proponerlas a la Administración.

 Elaborar el Programa Interno de Protección Civil con la consecuente coordinación,


integración y capacitación de brigadas así como el cumplimiento de programas del Plan
Institucional para Casos de Siniestro.

 Evaluar el avance y/o cumplimiento de objetivos y metas asignadas al servicio, aplicando


los indicadores autorizados para la evaluación de la productividad, eficiencia y calidad de
los servicios de conservación para su entrega a la Administración y al Departamento
Delegacional de Construcción y Planeación Inmobiliaria.

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