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2000-002-006 Manual de Umaa
2000-002-006 Manual de Umaa
2000-002-006 Manual de Umaa
ATENCIÓN AMBULATORÍA
Índice
Página
1. Introducción 3
2. Objetivos 5
3. Antecedentes Históricos 6
6. Políticas 10
7. Organigrama Estructural 11
7.1 Unidades Médicas de Atención Ambulatoria (UMAA) 11
8. Funciones Sustantivas 12
8.1 Dirección 12
8.1.1 Coordinación Clínica de UMAA 13
8.1.2 Departamento de Enfermería 15
8.1.3 Administración 18
8.1.3.1 Jefatura de Conservación 20
1. Introducción
El Instituto Mexicano del Seguro Social, (IMSS) como uno de los organismos públicos
encargados de la organización y administración de la Seguridad Social en México, es el
instrumento esencial para proteger al trabajador y a su familia, al promover la salud de sus
derechohabientes con un enfoque integral, anticipatorio y atender en forma oportuna y
eficiente las enfermedades para reducir la discapacidad, invalidez y muerte prematura
asociada a sus complicaciones.
Para optimizar los recursos institucionales con obras de menor costo de construcción y
operación, se crearon las Unidades Médicas de Atención Ambulatoria (UMAA) como
inmuebles diseñados y equipados para dar atención diagnóstica y terapéutica, médica o
quirúrgica, de acuerdo a su capacidad resolutiva, en la que él o la paciente egresa el mismo
día en condiciones estables y sin haber hecho uso de cama hospitalaria.
Las UMAA brindan atención médica y quirúrgica en servicios ambulatorios de alta demanda,
los cuales son:
Con base en lo descrito en párrafos anteriores, los servicios que proporcionan las UMAA son
del Segundo Nivel de Atención Médica.
De tal manera que los propósitos que persiguen estas unidades son:
2. Objetivos
2.1 General
– Disminuir el rezago quirúrgico de los Hospitales Generales, al referir los pacientes con
patología quirúrgica apropiada para ser tratada en las UMAA.
– Fortalecer mediante acuerdos de gestión los procesos operativos con aquellos Hospitales
Generales que se encuentren en otra zona médica de la UMAA, donde ésta pueda
contribuir a la atención de las y los pacientes con padecimientos que estén considerados
en su Cartera de Servicios.
3. Antecedentes Históricos
El presente manual se actualiza de conformidad al punto 8.7.3 de la Norma que Establece las
Disposiciones para Elaborar, Autorizar y Registrar los Manuales de Organización de los
Órganos Administrativos y los Manuales de Integración y Funcionamiento de Comités o
Comisiones del Instituto Mexicano del Seguro Social, con clave 1000-001-019 vigente.
Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 18 de septiembre de 2006, y sus reformas posteriores.
Reglamento de Prestaciones Médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social, publicado
en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006.
Norma que establece las disposiciones para mantener y controlar los equipos de la red de
frío en el manejo de insumos para la salud en el Instituto Mexicano del Seguro Social,
Clave 1000-001-008, registrada en el Catálogo Normativo Institucional el 24 de abril de
2015.
5. Atribuciones
I. Planear, dirigir y normar las acciones relacionadas con la prestación de los servicios
médicos, de rehabilitación y de salud pública, atención de los riesgos de trabajo,
educación e investigación en salud, así como analizar sus resultados;
V. Participar con las demás unidades administrativas y entidades del Sistema Nacional de
Salud, en la vigilancia epidemiológica de la población;
XI. Establecer, operar y explotar el sistema de información médica, de acuerdo con los
lineamientos del Instituto y los del Sistema Nacional de Salud;
XIII. Planear, dirigir y analizar en coordinación con los Órganos Normativos competentes, la
capacitación y el fomento de la cultura de la calidad relacionada con la prestación de
los servicios médicos;
XIV. Emitir lineamientos, en coordinación con los Órganos Normativos competentes, para
mejorar y rediseñar los procesos y sistemas operacionales relativos a la prestación de
servicios médicos, así como apoyar la implantación de proyectos de calidad en los
servicios de salud;
XXI. Las demás que le señale la Ley, sus reglamentos y acuerdos del Consejo Técnico, así
como las que le encomiende el Director General.
6. Políticas
Establecerá la estrategia zonal para que los pacientes portadores de patologías incluidas
en la cartera de servicios de la UMAA, sean atendidos en ella.
Otorgará atención médica que cumpla con las Metas Internacionales de Seguridad del
paciente.
Gestionará con oportunidad y eficiencia los insumos necesarios para realizar los
procedimientos médicos o quirúrgicos incluidos en la Cartera de Servicios.
7. Organigrama Estructural
DIRECCIÓN
dirección
COORDINACIÓN
CLÍNICA DE
dirección
UMAA ADMINISTRACIÓN
dirección
DEPARTAMENTO
DE
dirección
ENFERMERÍA
JEFATURA
dirección
DE
CONSERVACIÓN
8. Funciones Sustantivas
8.1 Dirección
Analizar con el personal directivo de la Unidad Médica los objetivos, metas y programas
institucionales a desarrollar; los mecanismos para su ejecución; su cumplimiento y
evaluación e informar a la Jefatura de Servicios de Prestaciones Médicas los resultados
obtenidos con propuestas de mejora, en caso de ser necesario.
Fortalecer las gestiones ante las instancias correspondientes para que ningún servicio
que proporciona la UMAA se suspenda por causas inherentes a ésta.
Verificar el correcto ejercicio del presupuesto autorizado, con base en los resultados del
análisis de las variaciones presupuestales.
Realizar acuerdos con las unidades médicas hospitalarias de la zona médica donde se
encuentra incluida la UMAA, para dar continuidad a la atención médica en caso de
complicaciones por los procedimientos diagnósticos o terapéuticos realizados en la
misma.
Fortalecer las gestiones ante las instancias correspondientes para que ningún servicio
que proporciona la UMAA, se suspenda por causas inherentes a ésta.
Difundir al personal a su cargo, el Programa de Trabajo y las metas para cada servicio.
Coordinar las actividades del personal de salud para coadyuvar en la mejora continua de
la calidad de los servicios y la seguridad de las y los pacientes.
Vigilar que se proporcione la atención médica ambulatoria a todos los pacientes que
tengan padecimientos incluidos en la Cartera de Servicios de la UMAA.
Supervisar las actividades del personal de Trabajo Social con base en el Procedimiento
para la intervención de Trabajo Social en Unidades Hospitalarias, Clave 2660-003-028.
Planificar, organizar, dirigir y controlar los procesos en los que participe el personal de
enfermería para que, con base en el proceso de atención establecido, los cuidados de
enfermería se proporcionen libres de riesgos, de manera continua, oportuna, humana y
que satisfagan la demanda de atención de las y los pacientes.
Supervisar el cumplimiento a las líneas del Modelo Institucional para Prevenir y Reducir
las Infecciones Nosocomiales (MIPRIN) que apliquen a la UMAA.
8.1.3 Administración
Supervisar que los pacientes que recibirán los servicios contratados, estén vigentes en
sus derechos y durante todo el tiempo que se les proporcionará la asistencia médica
correspondiente al interior de la UMAA.
Supervisar y evaluar que los servicios generales que se proporcionan a las áreas
operativas de la UMAA, se otorguen con oportunidad y conforme a los lineamientos
vigentes.
Establecer comunicación con la Dirección para reportar los casos de ilícitos, daños o
siniestros ocurridos a la Unidad para que a su vez se informe a las instancias
delegacionales correspondientes.
Vigilar que se realicen oportunamente y de acuerdo con los programas de trabajo, los
procesos de limpieza y desinfección de la UMAA, clasificación y aprovechamiento de
desechos, fumigación y control de fauna nociva.
Dar seguimiento oportuno a las notificaciones de falla del equipo de la red de frio de la
Unidad.
Realizar las gestiones para que se dispongan de los insumos necesarios para la
adecuada operación de la red de frío.
Efectuar el análisis de precios unitarios de los trabajos a contratar, con estricto apego a la
normatividad correspondiente y a las indicaciones definidas por la Coordinación
Delegacional de Abastecimiento y Equipamiento.
Tramitar el pago de los trabajos subrogados, las órdenes de compra y los contratos
menores de conservación, de acuerdo con las normas vigentes.