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Resumen Acerca Del Convenio Belem Do para de Los Grupos Vulnerables

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales


Derecho

Nombre: Shirley Romero

Paralelo: D1-003

Legislación Social I

Elabore un resumen acerca del convenio Belem do Para de los Grupos Vulnerables.

CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y

ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER "CONVENCION DE BELEM

DO PARA"

Dicha Convención fue adoptada el 9 de junio de 1994, durante el vigésimo cuarto periodo ordinario de

sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, está compuesta de 5

capítulos y 25 artículos.

La Convención contra la violencia consta de un preámbulo donde reconoce que la violencia contra la

mujer constituye una violación de los derechos humanos y libertades fundamentales que trasciende

todos los sectores de la sociedad, independientemente de su clase raza o grupo étnico, nivel de

ingresos, cultura, nivel educacional, edad o religión. Asimismo, reconoce que la violencia contra la

mujer es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y

mujeres. (Rodríguez)

Primero se debe tener conocimiento a que se refiere violencia contra las mujeres, y podemos

encontrarlo en el artículo 1 y 2 de la Convención antes mencionada.

Artículo 1

1
Para los efectos de esta Convención debe entenderse por violencia contra la mujer

cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento

físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.

Artículo 2

Se entenderá que violencia contra la mujer incluye la violencia física, sexual y

psicológica:

a. que tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier otra relación

interpersonal, ya sea que el agresor comparta o haya compartido el mismo domicilio que

la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual;

b. que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrada por cualquier persona y que

comprende, entre otros, violación, abuso sexual, tortura, trata de personas, prostitución

forzada, secuestro y acoso sexual en el lugar de trabajo, así como en instituciones

educativas, establecimientos de salud o cualquier otro lugar, y

c. que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra.

La Convención do Belém do Para, para prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra la mujer es

la primera convención continental que tiene como objetivo específico la lucha contra la discriminación

extrema y social que viven las mujeres a diario. Establece el derecho de las mujeres a vivir una vida

libre de violencia y destaca a la violencia como una violación de los derechos humanos y de las

libertades fundamentales. Propone el desarrollo de mecanismos de protección y defensa de los

derechos de las mujeres y poder luchar contra el gran fenómeno de la violencia contra su integridad

física, sexual y psicológica, tanto en el ámbito público como en el privado.

Además la Convención de Belém do Para reconoce, diversos escenarios en los cuales se manifiesta y

persiste la violencia contra las mujeres así como los diversos actores de esta violencia.

2
La Convención do Belém do Para reconoce claramente en su articulado el origen de la violencia que

sufren las mujeres como producto de una organización social sexista en la cual el abuso y el maltrato

contra las mujeres es el resultado de relaciones de poder históricamente desiguales entre hombres y

mujeres.

Lo que indica y resalta la idea principal de varios de sus artículos es el defender el derecho que tiene

toda mujer a una vida digna y libre de violencia como lo señala el artículo 3

Artículo 3

Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como

en el privado.

La Convención de Belém do Pará fue ratificada por Costa Rica en el año 1995. Desde entonces ha

inspirado y guiado el desarrollo de la política pública nacional sobre violencia contra las mujeres y

continua siendo el referente para medir el avance hacia su erradicación.

Este instrumento de derechos humanos es una gran conquista de las mujeres del continente, de sus

organizaciones y de los Estados parte que de manera visionaria reconocieron que la erradicación de la

violencia es un requisito indispensable para que las mujeres puedan hacer un ejercicio efectivo de

todos los demás derechos que les corresponde como seres humanos.

Bibliografía

Departamento de Derecho Internacional . (s.f.). Recuperado el 26 de Octubre de 2019, de

https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html

Rodríguez, M. V. (s.f.). Revista jurídica de la Universidad de Palermo. Recuperado el 26

de Octubre de 2019, de

3
https://www.palermo.edu/derecho/publicaciones/pdfs/revista_juridica/n1N1-

Abril1996/011Juridica07.pdf

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