Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Copia de Evaluación Estándares ESO (Formal)

Descargar como xlsx, pdf o txt
Descargar como xlsx, pdf o txt
Está en la página 1de 10

ESO N° 1 "SALUD COMPATIBLE"

EMPRESA:

FECHA:

APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS

CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

A.1. Asistir a las evaluaciones médicas requeridas cuando sea citado por la Organización.

A.2. Conocer la vigencia de sus evaluaciones de salud.


Reportar inmediatamente a su nivel superior cualquier contraindicación médica detectada en sus evaluaciones de
A.3.
salud, que pueda generar restricciones para desempeñar sus labores habituales.
A.4. Mantener su condición de salud compatible con el trabajo, durante su vida laboral.

A.5. Participar de las actividades que las compañías o su empresa generen para mantener su salud compatible.
Cada visita debe gestionar anticipadamente sus exámenes de salud compatible de acuerdo a la legislación
A.6.
nacional y validarlo con el área de salud ocupacional de la compañía correspondiente.
B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO
Para los exámenes pre-ocupacionales: Las instalaciones y equipos utilizados deben cumplir con la legislación,
B.1. permitiendo generar trazabilidad y confiabilidad en el proceso, validados por la autoridad sanitaria
correspondiente.
Para los exámenes ocupacionales: Deben ser ejecutados y/o validados por su respectivo organismo administrador
B.2.
de la ley 16.744.
B.3. Elaborar y mantener
Los laboratorios un plan
utilizados anual
para de evaluaciones
el análisis de salud
de las muestras compatible
deben para sus trabajadores
estar acreditados de acuerdo a sus
y/o certificados.
funciones previo a la contratación y durante su vida laboral, asegurando como mínimo:
C REQUISITOS A LA ORGANIZACIÓN.
i. Definir baterías de exámenes según rol y puesto de trabajo, asociado a los agentes de riesgo.
ii. Contar con calendario de
programación de evaluaciones de salud según agentes de riesgo detectados.
iii. Entregar y, si es requerido por el trabajador, explicar los informes
con los resultados de evaluaciones de salud.
C.1. iv. Asegurar que evaluaciones de salud se encuentran vigentes y realizadas según frecuencias establecidas.
v. Mantener registros de informes de salud
compatible de trabajadores hasta el plan de cierre de la compañía, en caso de empresas contratistas, deberán
definir tiempos de mantención de los registros.
vi. Generar las acciones
correspondientes en caso de pérdida de la condición de salud compatible con el trabajo en conjunto con las áreas
de RRHH y operativas correspondientes.
Promover conductas saludables y de calidad de vida para mantener la condición de saludvii. compatible
Mantenerde los
y respetar
C.2.
trabajadores.
la confidencialidad de los exámenes médicos de los trabajadores.

Exigir que los prestadores de servicios médicos para exámenes pre-ocupacionales y ocupacionales cumplan con lo
C.3.
señalado en la legislación vigente.

Los dueños de áreas deben asegurar que los trabajadores asistan a las evaluaciones de salud y deben mantener
C.4.
el seguimiento del cumplimiento a lo menos una vez al mes.

C.5. Es de carácter obligatorio realizar exámenes pre-ocupacionales previos a la contratación.

Evaluar el cumplimiento de la aplicación e implementación de la Directriz Técnica de Salud Ocupacional


C.6.
“Exámenes pre-ocupacionales y ocupacionales”.

ASESOR SSO SGS SIGA/FIRMA ASESOR SSO EECC/FIRMA


ESO N° 2 "HIGIENE OCUPACIONAL"
EMPRESA:

FECHA:

APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS

CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

A.1. Conocer los agentes y los niveles de riesgo a los que está expuestos en el área de trabajo.

Participar de los procesos de evaluaciones ambientales y personales, la realización de estudios de exposición,


A.2.
pruebas de EPP y capacitaciones.

A.3. Conocer y utilizar los sistemas de control asociados a agentes de riesgo presentes en su lugar de trabajo.

A.4. Informar y reportar desviaciones en medidas de control, de acuerdo a Manual de Reportabilidad AMSA.

Será considerada falta grave la alteración y manipulación no adecuada de los instrumentos de medición
A.5.
ambiental y personal durante las evaluaciones cuantitativas de agentes de riesgo ocupacional.

B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO

Los equipos utilizados para las mediciones de agentes de riesgo para la salud deben cumplir con la mantención,
B.1. calibración y certificación que corresponda a cada equipo, asegurando la trazabilidad y confiabilidad en el proceso
de acuerdo a las normas y guías técnicas nacionales vigentes.

Los Laboratorios utilizados para el análisis de las muestras deben estar acreditados y/o certificados por el Instituto
B.2.
de Salud Pública de Chile (ISPCH).

B.3. Los equipos o sistemas de control deben estar operativos y mantenidos frecuentemente.

C REQUISITOS A LA ORGANIZACIÓN.

Las áreas de trabajo deben identificar y conocer los agentes de riesgo presentes en el trabajo definiendo los
C.1. grupos de exposición similar (GES), considerando efectos sinérgicos entre los agentes. Es mandatorio contar con
el apoyo metodológico del área de salud.

C.2. Generar, mantener actualizados y publicar los mapas de riesgo de cada área.

El área de Salud Ocupacional debe actualizar los mapas de riesgo cada vez que ocurran cambios, mejoras en los
C.3. procesos y/o se alteren los agentes de riesgo de higiene ocupacional. Si lo anterior no ocurre deberá validarse una
vez al año.

C.4. Contar con programa anual de evaluaciones ambientales (fijas-personales) de agentes de riesgo de salud.

Asegurar que todos los procesos de evaluación y análisis de laboratorio se realicen según el “Manual Básico Sobre
Mediciones y Toma de Muestras Ambientales y Biológicas en Salud Ocupacional” vigente del Instituto de Salud
C.5.
Pública de Chile. En caso de procesos no definidos en el Manual, se deberán basar en normas internacionales y en
las Directrices Técnicas de Salud Ocupacional que apliquen.

De acuerdo a los niveles de riesgo presentes, cada área debe definir planes de acción/control asegurando su
C.6.
cumplimiento según lo establecido en las Directrices Técnicas de Salud Ocupacional existentes para cada riesgo.

C.7. Generar programas de capacitación y difusión asociados a los agentes de riesgo.

Cada área debe Informar a los trabajadores los agentes de riesgo, los niveles aceptables y las medidas de control
C.8. aplicables en su lugar de trabajo incluyendo los informes con resultados de evaluaciones ambientales (fija y
personales) realizados.

Los dueños de área deben dar facilidades al área de Salud Ocupacional para realizar las evaluaciones ambientales
C.9.
(fija y personales), la realización de estudios de exposición, pruebas de EPP y capacitaciones.

Cada área debe incorporar en las etapas de ingeniería y diseño de proyectos, análisis y evaluaciones de sistemas
C.10.
de control para los agentes de riesgos según corresponda.

Las áreas deben identificar y registrar los sistemas de control y componentes críticos para cada agente de riesgo
C.11.
ocupacional.

Los sistemas de control deben encontrarse incorporados en el plan y programa de mantenimiento oficial de la
C.12.
organización asegurando, disponibilidad y uso de forma eficiente.

Elaborar y mantener “Programas de Protección Respiratoria y Auditiva” de acuerdo a las guías del Instituto de
C.13.
Salud Pública de Chile (ISP)

ASESOR SSO SGS SIGA/FIRMA ASESOR SSO EECC/FIRMA


ESO N° 3 "ERGONOMIA"
EMPRESA:

FECHA:

APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS

CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

A.1. Conocer su puesto de trabajo y el entorno, identificando los riesgos ergonómicos.

A.2. Ejecutar de forma correcta las actividades para reducir los factores de riesgo ergonómico.

A.3. Informar y reportar desviaciones en el puesto de trabajo.

A.4. Participar de los procesos de evaluaciones de puestos de trabajo.


A.5. Conocer y aplicar correctamente las medidas de control asociadas a los riesgos ergonómicos.

A.6. Informar y reportar desviaciones en las medidas de control, de acuerdo a Manual de Reportabilidad AMSA.

B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO

Los equipos, herramientas e instalaciones, deben tener propiedades de ajustes y funcionalidad relacionadas con la población
B.1. usuaria, además deben estar disponibles, mantenidas y renovadas para mantener sus características y así evitar posturas de
riesgo y sobreesfuerzos.

Para la manipulación de componentes (Manejo Manual de Carga), de más de 25 Kilos en hombres y 20 Kilos en mujeres,
B.2.
requieren elementos de izaje auxiliares, carros y/o elementos de transporte.

Las instalaciones y señalizaciones deben ser adecuadas para la tarea según lo especifique la normativa vigente (ruido,
B.3.
iluminación, segregación, etc.) y a las Directrices Técnicas de Salud ocupacional.

C REQUISITOS A LA ORGANIZACIÓN.

Las áreas de trabajo deben identificar y evaluar los factores ergonómicos de riesgo presentes en el trabajo estableciendo los
C.1. grupos de exposición similar (GES). Es mandatorio contar con el apoyo metodológico del área de salud quien definirá las
herramientas a utilizar.

C.2. Las áreas deben identificar y registrar los sistemas de control y componentes críticos para cada agente de riesgo ergonómico.

Los dueños del área o del riesgo deben generar las acciones correspondientes necesarias para la implementación de las
C.3.
medidas de control asociadas a los riesgos de ergonomía.

C.4. Verificar la implementación de los controles aplicados a los factores ergonómicos, según programa de auditoria.

C.5. Reevaluar la efectividad de los controles implementados en los puestos de trabajo intervenidos.

El área usuaria debe solicitar al proveedor las características ergonómicas para la adquisición, sustitución y/o renovación de
C.6. equipos, herramientas e instalaciones las que deben contemplar criterios de acuerdo a lo establecido en la “Directriz Técnica
de Salud Ocupacional: Ergonomía”.

C.7. Los cambios en equipos, herramientas e instalaciones deben considerar evaluaciones ergonómicas.

Los estándares y criterios ergonómicos deberán ser incorporados desde las primeras etapas del ciclo inversiones de los
C.8.
proyectos, así como también en la adquisición de EPP, mobiliario, herramientas u otro equipamiento.

C.9. Generar programas de capacitación y difusión asociados a los riesgos ergonómicos.

ASESOR SSO SGS SIGA/FIRMA ASESOR SSO EECC/FIRMA


ESO N° 4 "PSICOSOCIAL"
EMPRESA:

FECHA:

APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS

CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

A.1. Participar en el proceso de encuestas de riesgos psicosociales en el trabajo.

A.2. Asistir a las capacitaciones de riesgos psicosociales en el trabajo.

A.3. Cumplir con las recomendaciones asociadas al control riesgos psicosociales en el trabajo.

B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO

B.1 NO APLICA

C REQUISITOS A LA ORGANIZACIÓN.

Se debe crear un comité de aplicación (CdA) el cual debe estar conformado al menos por:
• Representante de Recursos Humanos.
• Representante de Sindicato (cuando aplique).
C.1.
• Representante de Seguridad y Salud Ocupacional.
• Representante de Comité Paritario.

Evaluar y procesar los datos de la aplicación de la encuesta de los riesgos psicosociales en el trabajo según la legislación
C.2.
vigente.

C.3. Comunicar a las áreas y trabajadores los resultados de la evaluación de los riesgos psicosociales.

El comité de aplicación en conjunto con el área evaluada y RRHH deben implementar las medidas de control aplicables
C.4.
entregadas por el Organismo Administrador de la Ley 16.744.

Los dueños de áreas deben planificar y disponer de los recursos necesarios para la implementación de las medidas de control
C.5.
asociadas a los riesgos psicosociales.

ASESOR SSO SGS SIGA/FIRMA ASESOR SSO EECC/FIRMA


ESO N° 5 "VIGILANCIA MEDICA OCUPACIONAL"
EMPRESA:

FECHA:

APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS

CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

A.1. Asistir a las evaluaciones de vigilancia médica cuando sean citados.

Asistir a capacitaciones de efectos a la salud de acuerdo al riesgo al cual está expuesto según lo indicado en guías técnicas
A.2.
del Ministerio de Salud de Chile.
A.3. Mantener condición de salud compatible con el trabajo.

B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO

Las instalaciones y equipos utilizados deben cumplir con la legislación, permitiendo generar trazabilidad y confiabilidad en el
B.1.
proceso, validados por la autoridad sanitaria correspondiente.

B.2. Los laboratorios utilizados para el análisis de las muestras deben estar acreditados y/o certificados.

C REQUISITOS A LA ORGANIZACIÓN.

C.1. Mantener identificados los GES y actualizada las Nóminas de Expuestos (INE).
Los dueños de área deben asegurar la asistencia de los trabajadores a las evaluaciones de salud del PVMO, dando las
C.2.
facilidades para la coordinación e informando oportunamente la fecha y hora de la citación.
Recursos Humanos deberá coordinar exámenes de egreso de la exposición previo a la desvinculación o cambio de puesto de
C.3. trabajo, en relación con los agentes o factores de riesgo a los que estuvo expuesto, e informar los resultados al área de Salud
Ocupacional.

La Gerencia de SSO deberá mantener registro de evaluaciones de vigilancia médica ocupacional, indefinidamente, después
C.4.
de que los trabajadores han egresado de la empresa.

Las áreas de Salud Ocupacional de las Compañías, a través de los administradores de contrato, deberán exigir a las empresas
contratistas:
• Avance trimestral de sus programas de salud ocupacional, que incluya resultados estadísticos.
C.5.
• Número de trabajadores con enfermedad profesional que incluya, área y puesto de trabajo donde se desempeña, y el
agente que causó la enfermedad.

Deberá hacer la DIEP “empleador” cada vez que un trabajador requiera ser evaluado por sospecha de enfermedad
C.6.
profesional y derivarla al respectivo organismo administrador de la Ley 16.744.

Los exámenes deben ser ejecutados oportunamente y/o validados por su respectivo Organismo Administrador de la Ley
C.7.
16.744.

ASESOR SSO EECC/FIRMA


ESO N° 6"GESTIÓN DE CASOS DE SALUD"
EMPRESA:

FECHA:

APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS

CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

Comunicar a su jefatura directa y al área de Salud Ocupacional de la compañía o empresa, cualquier alteración de salud
A.1.
diagnosticada que pueda afectar su desempeño laboral.

A.2. Cumplir con las indicaciones entregadas por los profesionales de la salud.

Posterior a una ausencia laboral por salud, entregar documento formal (certificado médico, tratamiento, restricciones, etc.) al
A.3.
área de Salud Ocupacional.

B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO

B.1 NO APLICA

C REQUISITOS A LA ORGANIZACIÓN.

Verificar que las restricciones que puedan afectar la capacidad de un trabajador para desempeñar su trabajo habitual, deban
C.1. ser indicadas por médicos especialistas de acuerdo a su enfermedad, respaldadas mediante certificado médico y validadas
por los organismos pertinentes.

Asegurar que se definan acciones sobre los casos de alteración de salud de origen común, tales como:
• El área de salud debe informar al trabajador de su restricción personalmente y dejar los registros correspondientes.
• El informe de restricción será enviado por la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional a la Gerencia de Recursos
Humanos con copia al área de trabajo para su cumplimiento obligatorio.
C.2. • En el caso de las empresas contratistas estos deben informar a los administradores de contrato de la compañía a fin de
comunicar la respectiva restricción y las medidas que se están aplicando.
• En el caso de que la restricción tenga el carácter de permanente, se deberá evaluar su aptitud para el cargo de acuerdo a la
“Directriz de Salud Ocupacional” correspondiente.

Deben gestionar las reubicaciones por enfermedad profesional como se indica a continuación:
• El Organismo Administrador de la Ley que corresponda, debe remitir la resolución de incapacidad permanente a la Gerencia
de Seguridad y Salud Ocupacional una vez cumplido el plazo de apelación, adjuntando un informe que señale que el
trabajador debe ser reubicado en un área sin exposición al agente causante de la enfermedad, en un plazo de 30 días
C.3.
contados desde la fecha de emisión de este informe.
• Las áreas de Salud Ocupacional en conjunto con la Gerencia de Recursos Humanos deberán verificar el cumplimiento de la
reubicación.

ASESOR SSO SGS SIGA/FIRMA ASESOR SSO EECC/FIRMA


ESO N° 7 "FATIGA Y SOMNOLENCIA"
EMPRESA: HIGH SERVICE INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN

FECHA: 04 - 11 - 2019
APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS
CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

A.1. Conocer los riesgos y medidas de control asociados a la fatiga y somnolencia y asistir a las capacitaciones que sea citado. X

A.2. Cumplir con las medidas de control de los riesgos de fatiga y somnolencia X

Informar de inmediato a su jefatura y reportar cualquier condición física, psíquica o el consumo de cualquier fármaco que
A.3. x
pueda generar somnolencia.

A.4. Informar de inmediato cualquier condición del ambiente o habitabilidad que pueda afectar la calidad del sueño. x

A.5. Mantener condición de salud compatible con el trabajo. x

Informar de inmediato cualquier desperfecto de los sistemas de detección de fatiga y somnolencia si es que están
A.6. x
disponibles.

A.7. Será considerada falta grave la alteración y manipulación no adecuada de los sistemas de detección de fatiga y somnolencia. x

B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO

Cumplir con las condiciones mínimas de habitabilidad en áreas de descanso, para contribuir a la higiene de sueño de acuerdo
B.1. x
a las “Directriz Técnica de Salud Ocupacional: Fatiga y Somnolencia”

B.2. Contar con medidas administrativas y/o herramientas para detectar y alertar la fatiga y somnolencia. x

Los dispositivos deberán cumplir al menos con los siguientes requisitos:


• Detectar de manera confiable el estado de somnolencia.
• Alertar oportunamente al trabajador y al sistema de control, respecto de la condición detectada.
B.3. X
• Registrar, almacenar, centralizar y reportar la información de los episodios detectados.
• Que sea inocuo para la salud del trabajador.

B.4. Contar con áreas habilitadas para activación/descanso en el área operativa. X

C REQUISITOS A LA ORGANIZACIÓN.

Implementar el programa control de riesgo de la fatiga y somnolencia de acuerdo a la “Directriz Técnica de Salud
Ocupacional: Fatiga y Somnolencia” según los siguientes focos:
• Capacitación y Motivación
• Factores de Trabajo
C.1. • Alerta temprana X
• Gestión de Salud
• Tecnología

Cada compañía debe identificar y definir sus áreas y/o procesos críticos, internos y de empresas contratistas para
C.2. X
implementar el programa de control de riesgo de la fatiga y somnolencia.

Cada área crítica deberá mantener un seguimiento y control mensual del proceso de implementación, ejecución y gestión de
C.3. X
resultados.

Proveer las condiciones mínimas de habitabilidad en áreas de descanso, para contribuir a la higiene de sueño de acuerdo a la
C.4. X
“Directriz Técnica de Salud Ocupacional: Fatiga y Somnolencia”.

Cada área, a través de Recursos Humanos, deben capacitar a los trabajadores contemplando los siguientes contenidos como
mínimo:
• Estilo de vida saludable: alimentación saludable y sus beneficios; importancia de la actividad física y del control del peso.
• Efecto del alcohol y las drogas (lícitas o ilícitas).
C.5. • Impacto de la fatiga en la salud de las personas; causas y efectos de la fatiga y/o somnolencia. X
• Reconocimiento de síntomas y signos de fatiga y/o somnolencia.
• Higiene del sueño.
• Estrategias para combatir la fatiga y/o somnolencia dentro y fuera del trabajo.

Debe en todos los casos de incidentes en los que participe un vehículo motorizado, realizar una entrevista al o a los
C.6. X
conductores involucrados para pesquisar factores asociados a fatiga y somnolencia.

La supervisión directa deberá, en los casos de reporte de trabajadores que indiquen condiciones asociadas a la fatiga y
somnolencia (psíquicas, físicas y/o consumo de fármacos), realizar la encuesta de fatiga y somnolencia, el análisis del riesgo
C.7. X
y gestionar los controles correspondientes para cada caso, de acuerdo a la “Directriz Técnica de Salud Ocupacional: Fatiga y
Somnolencia”.

ASESOR SSO EECC/FIRMA


ASESOR SSO SGS SIGA/FIRMA
ESO N° 8 "MATERNIDAD"
EMPRESA: HIGH SERVICE INGENIERIA Y CONSTRUCCION

FECHA: 04 - 11 - 2019
APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS
CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

A.1. Notificar inmediatamente embarazo medicamente confirmado a su supervisión directa y/o área de salud ocupacional. X

Cumplir con las indicaciones, restricciones y reubicaciones generadas por la compañía, su empresa o su Organismo
A.2. X
Administrador de la Ley 16.744.

A.3. Informar inmediatamente síntomas desfavorables a la condición de embarazo. X

Informar inmediatamente condiciones desfavorables del puesto de trabajo y entorno que puedan afectar el desarrollo del
A.4. X
embarazo.

B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO

Disponer de una sala que tenga las condiciones adecuadas para un proceso higiénico y seguro para la extracción y/o
B.1. x
almacenamiento de la leche materna.

C REQUISITOS A LA ORGANIZACIÓN.

El área de Recursos Humanos debe mantener un sistema de registro actualizado de perfil de género y grupo etario de la
C.1. x
compañía o empresa.

Debe definir un plan para la protección efectiva de las trabajadoras embarazadas, dependiendo del lugar y condiciones de
C.2. x
trabajo de acuerdo a la “Directriz Técnica de Salud Ocupacional: Maternidad”.

C.3. Generar las indicaciones de restricciones y recomendaciones de las trabajadoras embarazadas. X

Otorgar las facilidades de tiempos y permisos durante la jornada de trabajo para la protección de la lactancia de acuerdo a las
C.4. X
modalidades establecidas en la legislación vigente.

ASESOR SSO SGS SIGA/FIRMA ASESOR SSO EECC/FIRMA


ESO N° 9 "ALCOHOL, DROGAS Y TABACO"
EMPRESA: HIGH SERVICE INGENIERIA Y CONSTRUCCION

FECHA: 04- 11 - 2019


APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS
CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

A.1. No ingresar ni consumir alcohol o drogas en las instalaciones y/o lugares de trabajo. X

A.2. No presentarse al lugar de trabajo bajo los efectos del alcohol y/o drogas. X

A.3. No fumar en las instalaciones, salvo en los lugares habilitados. X

A.4. Informar al policlínico el consumo de drogas licitas con prescripción médica acreditada. X

Trabajadores con problemas de adicción al alcohol o drogas y que deseen superarlo, deben informar oportunamente a su
A.5. X
jefatura, al área de Salud Ocupacional y/o al área de Recursos Humanos (La información será tratada de forma confidencial).

A.6. Asistir a capacitaciones de prevención del consumo de alcohol, drogas y tabaco.

A.7. Reportar situaciones asociadas al consumo de alcohol o drogas en las instalaciones. X

A.8. Asistir y cumplir con los requerimientos del programa de su proceso de rehabilitación. X

B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO

Contar con los equipos de medición de alcohol y drogas los cuales deben ser mantenidos y calibrados según las
B.1. X
especificaciones del fabricante.

Los métodos de detección de sustancias para screening inicial deben tener la especificidad y sensibilidad adecuada, de
B.2. X
acuerdo a la “Directriz Técnica de Salud Ocupacional: Alcohol, Drogas y Tabaco”.

El laboratorio para la comprobación de la contra muestra debe ser de referencia y contar con las acreditaciones
B.3. X
correspondientes.

Los lugares habilitados como zona de fumadores deben cumplir con características técnicas indicadas en la Ley 20.660 del
B.4. X
2013 que Modifica la Ley 19.419, en materia de ambientes libres de humo de tabaco.

B.5. Las salas de tomas y análisis de muestras deben estar acreditadas y cumplir con la resolución sanitaria correspondiente. X

C Procedimiento de trabajo

La empresa mandante y empresas contratistas deben tener políticas de alcohol y drogas incluidos en su reglamento interno
C.1. X
de orden, higiene y seguridad de acuerdo a la “Directriz Técnica de Salud Ocupacional: Alcohol, Drogas y Tabaco”.

El área de Salud Ocupacional debe desarrollar y ejecutar un programa de prevención del consumo de alcohol, drogas y tabaco
C.2. en conjunto con el área de Recursos Humanos de acuerdo a la “Directriz Técnica de Salud Ocupacional: Alcohol, Drogas y X
Tabaco”.

El área de Recursos Humanos dispondrá de un programa de rehabilitación y deberá gestionarlo y mantenerlo de acuerdo a la
C.3. X
política de alcohol, drogas y tabaco.

Contar con sistemas de selección aleatoria de personal para muestreo de alcohol y drogas, que sea trazable, auditable,
C.4. X
confidencial y representativo.

C.5. Asegurar que los procesos de toma y análisis de muestra cumplan con la normativa vigente. X

C.6. Habilitar zonas para el consumo de tabaco según lo estipulado en la Ley 19.419. X

Asegurar que los trabajadores se sometan a un examen de alcohol y drogas en caso de:
• Sorteo Aleatorio.
• Participar en accidentes de trabajo
C.7 • Trabajadores que se presenten presumiblemente bajo la influencia de alcohol o de drogas. X
• Trabajadores detectados en flagrancia.
• Seguimiento de Rehabilitación.

C.8 Si el trabajador se niega a realizar la evaluación de alcohol y drogas, solicitar el abandono de la faena. X

ASESOR SSO SGS SIGA/FIRMA ASESOR SSO EECC/FIRMA


ESO N° 10 "CONDUCTAS SALUDABLES Y CALIDAD E VIDA"
EMPRESA:

FECHA:
APLICABILIDAD DE CONTROLES CRÍTICOS
CUMPLE NO CUMPLE NO APLICA

A REQUISITO A LAS PERSONAS

A.1. Participar en actividad de promoción de salud que realice la empresa.

A.2. Obligación de asistir y participar de las actividades con exigencia legal.

Cumplir con las recomendaciones de promoción de la salud dictadas por sus especialistas (Médico, Nutricionista,
A.3.
Traumatólogo, Cardiólogo, Kinesiólogo, etc.)

A.4. Mantener su condición de salud común debidamente controlada y compatible con el trabajo.

B REQUISITOS A LOS EQUIPOS/ENTORNO

Las instalaciones y equipos que fomenten la calidad de vida saludable (gimnasios, recintos deportivos y de recreación, etc.)
B.1.
deben estar en óptimas condiciones.

C REQUISITOS A LA ORGANIZACIÓN.

Generar programas de promoción de conductas saludables y calidad de vida con metas, métricas e indicadores de acuerdo al
C.1.
análisis de cada compañía enfocado en los problemas de salud más relevantes.

C.2. Asignar recursos para la promoción de conductas saludables y calidad de vida.

Los dueños de área deben fomentar la asistencia de los trabajadores a actividades de promoción de las conductas saludables
C.3.
y calidad de vida.

ASESOR SSO SGS SIGA/FIRMA ASESOR SSO EECC/FIRMA

También podría gustarte