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Ensayo Argumentativo Actos Mercantiles y No Mercantiles

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ACTOS MERCANTILES Y NO MERCANTILES

Por:
Nury Yineth Buitrago ID: 714749
Estid Fernando Prieto Guerrero ID: 712304
Valentina Gomez Cortes ID: 712674

Docente:
Juan Carlos Pardo Vargas

CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS


FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES
CONTADURIA PUBLICA
LEGISLACION COMERCIAL
SOACHA / CUNDINAMARCA
2019
IINTRODUCCION

La finalidad de este trabajo es detallar cómo se aplica la legislación para los actos de
comercio, conociendo a su vez los conceptos claves para abordar el tema en mención.

Un acto mercantil en principio, la noción de acto puede hacer referencia a una acción o a
una celebración. El comercio, por otra parte, está vinculado a la actividad que las personas
realizan con el objetivo de conseguir ciertos bienes que no pueden producir por sí mismos;
para ello es necesario interactuar con los respectivos productores y llegar a un acuerdo
(intercambio de bienes por dinero).

Los actos mercantiles tienen relevancia en la medida que en ocasión a ellos se identifica
si una persona natural o jurídica se clasifica como comerciante o no, y dependiendo de esa
clasificación se pueden derivar una serie de obligaciones legales.

Para poder ser comerciante tiene que tener capacidad física completa, capacidad mental
completa y ser mayor de edad. El índice de comerciante es uno de los más importantes de la
sociedad, ya que a lo largo del tiempo ha sido la única que ha podido relacionar la materia
prima con los beneficiarios, ofreciendo a cada uno de los consumidores la posibilidad de
conocer y disfrutar de productos de otra calidad.

Cuando se establece cuales personas ejercen la profesión de comerciantes, la primera


conclusión es que a ellas se les aplicara el estatuto mercantil y, por consiguiente, serán
sometidas a las obligaciones que el mismo reglamento les impone, dada su calidad de
profesionales del comercio.
Los actos de comercio o actos mercantiles son las acciones de carácter mercantil que
incluyen cualquier negociación de naturaleza comercial, llevados a cabo por comerciantes o
no comerciantes, en los cuales debe existir un intercambio de servicios o bienes, con
especulación o circulación de riqueza, cuyo fin último es obtener un lucro.

Esta actividad nace de la necesidad, desde el punto de vista legal, de diferenciar aquellas
actuaciones meramente civiles de las que tienen injerencia en el campo mercantil, donde
están estipuladas y reglamentadas.

Su objetivo es obtener un beneficio económico, el cual se materializará en el mismo


momento en que se disponga del bien, una vez que sea cancelado por el comprador según
los términos acordados. Estos actos se efectúan dentro de la normativa legal vigente, con
características propias de las leyes de cada país.

El término comercio suele ser utilizado como sinónimo de acto de comercio, pero hay
una diferencia entre estos. Los intercambios de bienes en el comercio son actos jurídicos
que pueden estar regulados por el derecho civil o por el mercantil, mientras que todo acto
comercial está calificado como mercantil por ley.

Las normas que rigen el comercio son fundamentales para el óptimo funcionamiento de
las redes de intercambios y para la gestión de materias relacionadas como los reglamentos
técnicos, las compras públicas, el comercio electrónico o la propiedad intelectual.

La aplicabilidad de la ley comercial Articulo 1 “Los comerciantes y los asuntos mercantiles


se regirán por las disposiciones de la ley comercial, y los casos no regulados expresamente
en ella serán decididos por analogía de sus normas.” Nos sugiere que todo acto que rija
dentro de los asuntos mercantiles deberá seguir una seria de normas fundamentales que se
encuentran vigentes dentro del código de comercio del articulo 2 al 9 mediante las cuales se
busca:

 Hacer cumplir los requisitos regulados por el Articulo 1, de efectuar las condiciones
para este, deberá proceder a aplicar la disposición de la legislación civil
 Velar por autoridad de la costumbre mercantil, costumbre local y costumbre general
 Verificar que todos los contratos que se lleven a cabo por el comerciante sean
legales e irrefutables ante las costumbres mercantiles.
 Comprobar las acciones de testigos mercantiles tanto para pruebas nacionales como
internacionales que le darán su acreditación
 La aplicación de los tratados y costumbres internacionales que se lleven a cabo
deberán ser ratificados por Colombia

Adicional los comerciantes deben cumplir con una serie de generalidades:

Requisitos para ser comerciantes

● Capacidad para contraer obligaciones


● Ejercer el comercio habitualmente
● Obtener el Registro Único de Contribuyente

No pueden ejercer el comercio

● Las corporaciones eclesiásticas, los religiosos y los clérigos


● Los funcionarios públicos a quienes está prohibido ejercer el comercio
● Los quebrados que no hayan obtenido rehabilitación

Obligaciones de los comerciantes

● De la Matrícula de Comercio
● Del registro Mercantil
● De la Contabilidad Mercantil

Ahora bien, es importante tener en cuenta que los comerciantes son aquellas personas
que se dedican de manera oficial a la actividad comercial. Esto supone que compra y vende
diferentes artículos o servicios para obtener una ganancia por actuar como intermediario
entre quien realiza el articulo o servicio y quien lo utiliza.; pero para definir comerciante
debemos tener presente el decreto 410 de 1971 articulo 10 “con comerciantes las personas
que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera
mercantiles. La calidad de comerciante se adquiere, aunque la actividad mercantil se ejerza
por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.”

Teniendo en cuenta lo anterior no podemos considerar como comerciante a una persona


que vende su vehiculó a un tercero en un momento determinado o a quien alquila su carro
para trasladar a un grupo de personas a un lugar determinado por solo una vez ya que esta
acción tal y como lo establece el artículo 11 del código de comercio “ Las personas que
ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se considerarán comerciantes, pero
estarán sujetas a las normas comerciales en cuanto a dichas operaciones.”

Por otro lado, si podemos considerar comerciantes a las empresas que se encuentran en
el mercado de la prestación de servicios para la nacionalización de mercancías que
ingresaran a territorio nacional, siempre y cuando sean personas habilitadas que pueden
desarrollar esta actividad y se rijan bajo el código de comercio, adicional deben dar
cumplimiento a una serie de efectos legales que los presumen en el ejercicio comercial
como lo estipula el Articulo 13 y 14 del código de comercio 410

1) Cuando se halle inscrita en el registro mercantil;


2) Cuando tenga establecimiento de comercio abierto, y
3) Cuando se anuncie al público como comerciante por cualquier medio
4) Los comerciantes declarados en quiebra, mientras no obtengan su rehabilitación;
5) Los funcionarios de entidades oficiales y semioficiales respecto de actividades
mercantiles que tengan relación con sus funciones, y
6) Las demás personas a quienes por ley o sentencia judicial se prohíba el ejercicio de
actividades mercantiles

Pero no todos los actos y operaciones son consideradas mercantiles ante la ley, por
tanto debemos tener presente que algunas de las actividades consideradas por el Código de
Comercio en su artículo 20 como actividades mercantiles son las siguientes:
● La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma y
la enajenación de los mismos.
● La adquisición a título oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el
arrendamiento de estos, el arrendamiento de toda clase de bienes para
subarrendarlos y el subarriendo de los mismos.
● El recibo de dinero a interés, con garantía o sin esta, para darlo en préstamo, y los
préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés.
● La adquisición o enajenación, a título oneroso de establecimientos de comercio, y la
prenda, arrendamiento, administración y demás operaciones análogas relacionadas
con los mismos.
● La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los
actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes
de interés, cuotas o acciones.
● Las operaciones bancarias, de bolsas o de martillos.
● Las empresas de obras o construcciones, reparación, montajes, instalaciones u
ornamentaciones.
● Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración,
custodia o circulación de toda clase de bienes.
● Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil.

Así mismo el código de comercio en su Artículo 23 estipula que las siguientes


actividades no son consideradas como actos mercantiles

 La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquirente,


y la enajenación de los mismos o de los sobrantes;
 La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de éstas por
su autor;
 Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio
público;
 Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos
de sus cosechas o ganados, en su estado natural. Tampoco serán mercantiles las
actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o
ganaderos, siempre y cuando que dicha transformación no constituya por sí misma
una empresa, y
 La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales

Pero como o mediante que se puede estar totalmente claros de que los dos incisos
mencionados anteriormente se regirán y cumplirán al pie de la letra, para esto la legislación
se basa en el Artículo 24 el cual nos indica que “Las enumeraciones contenidas en los
artículos 20 y 23 son declarativas y no limitativas.”

Las personas o empresas (“Se entenderá por empresa toda actividad económica
organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de
bienes, o para la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más
establecimientos de comercio” Artículo 25 del código de comercio 410 de 1971) que
realicen actos mercantiles deberán cumplir reglas estipulas no solo por el código de
comercio si no también otras entidades que tienen como fin de vigilar que el comerciante
este cumpliendo con lo estipulado en la ley y que el objetivo del derecho comercial y del
Código de Comercio de la República de Colombia logre su cometido, estas reglas son:

1. La Superintendencia Bancaria ejerce una función administrativa de policía, por lo


tanto, las sanciones que esta entidad de control imponga deben ser razonables y
guardar proporcionalidad con la gravedad de las faltas cometidas por los
funcionarios de las entidades vigiladas.

2. La jurisprudencia constitucional distingue entre profesión y oficio, la ley puede


establecer títulos de idoneidad y las autoridades están obligadas a exigirlos en
relación con una profesión. Desde esta perspectiva constitucional los comerciantes
no son profesionales

3. En Colombia se garantiza el derecho de Asociación, lo cual trae como consecuencia


que ninguna persona podrá ser compelida a no asociarse, ni a permanecer en una
organización de esta naturaleza en contra de su voluntad.
Las fuentes del derecho comercial es la parte del llamado derecho privado que se
encarga de formar pautas principales a la hora de realizar el ejercicio de trabajos así
como de crear principios que sirvan de base para todas las normas y leyes creadas que
traten de forma directa o indirecta las actividades comerciales de cualquier natural. Las
ramas del derecho comercial están constituidas por un conjunto de leyes, decretos,
normas de costumbre y jurisprudencias que dan lugar a la forma final de todo aquello
que tenga trato con actividades con un fin oneroso.

1. SON FUENTES FORMALES:

La Ley: En el momento que pasa a ser medio de formulación expresa del estado, son
normas encaminadas a regular la materia comercial

La Costumbre: En cuanto manifiesta diferentes preceptos llenos de suficiente poder


vinculatorio para disciplinar muchas de las relaciones que surgen del ejercicio de
actividades mercantiles

2. NO SON FUENTES FORMALES:

Jurisprudencia y Doctrina
Método Empírico de formación: por el poder del carácter empírico del derecho
comercial, los hechos realizados son más relevantes y fundamentales que las concepciones
abstractas.

Valor auxiliar: su interpretación material hace que posea un valor auxiliar


interpretante.

Sin poder vinculatorio: En el sistema nacional estas fuentes carecen de poder


vinculatorio alguno

Aceptando los anteriores conceptos, nos referiremos al derecho comercial como una
rama del Derecho Privado que regulariza los actos de comercio a través de lo estipulado en
el Código de Comercio de Colombia pero este código también acoge normas que se
encuentran estipuladas en el Código Civil Colombiano para el manejo de los Comerciantes,
este concepto al igual que algunas normativas irán evolucionando con el tiempo a través de
las situaciones o necesidades mercantiles que presente el mercado colombiano con esto
también nos daremos cuenta que el nacimiento de este tipo de derecho privado está unido a
toda organización de actividad comercial que data desde tiempos antiguos por mercaderes,
para Colombia con cierta influencia española que permitieron la normatividad de carácter
mercantil. Actualmente la estructura general del código de comercio se basa en seis libros:

 De los comerciantes y de los de los comerciantes y de los asuntos de comercio


asuntos de comercio,
 De las sociedades comerciales,
 De los bienes mercantiles,
 Los contratos y las obligaciones mercantiles,
 De la navegación y
 De procedimientos.

Por último, veremos los principios generales del derecho, que se pueden dividir para
efectos de estudio en general y especiales, los primeros son aplicables a todo sistema
jurídico, en tanto que los especiales son se aplican a cada rama jurídica en particular.
1. Buena fe: Es un principio del Derecho mercantil donde los contratantes están
obligados a decir las ventajas y desventajas que lleva ese negocio jurídico.
2. Verdad sabida: Consistente en algunas costumbres que se dan en el derecho
mercantil que a pesar de no estar reguladas se presume que ya se sabía.
3. Toda prestación se presume onerosa: Es un principio del derecho mercantil que
señala que toda prestación se presume onerosa, o sea que tiene que haber una
contraprestación. Ya que en lo mercantil no hay nada gratuito.
4. Ante la duda deben favorecerse las soluciones que hagan más segura la circulación
de bienes mercantiles: Busca en lo posible reducir el mínimo de los conflictos a
nuestros clientes
5. Autonomía de voluntad: Siempre puede dedicarse a cualquier negocio siempre que
la ley no lo prohíba
6. Orden público: Observa el compendio de leyes, actividades licitas, leyes nacionales
e internacionales
7. Equilibrio de intereses: Mantener un equilibrio entre satisfacer su necesidad, oferta
y demanda igualdad o economía estable

8. Intención de lucro: Es un principio del derecho mercantil, en la cual todo


comerciante tiene derecho a percibir una ganancia conforme a la actividad que
realiza.
CONTRAARGUMENTO
CONCLUSIONES

Nos podemos referir al derecho comercial como una rama del Derecho Privado que regula
los actos de comercio a través de lo estipulado en el Código de Comercio de Colombia,
pero este código además acoge normas que se encuentran estipuladas en el Código Civil
Colombiano para el manejo de los Comerciantes, este concepto sumado a algunas
normativas van evolucionando con el tiempo a través de situaciones o necesidades
mercantiles que se presenten en el mercado colombiano con el que nos daremos cuenta que
el nacimiento de este tipo de derecho está unido a toda organización de actividad
comercial.

Es importante destacar que los comerciantes deben cumplir con la responsabilidad de


cumplimiento para estar en el mercado, identificándose por nombre o razón social, llevando
a cabo en regla las obligaciones legales. Así mismo para ser un buen comerciante debe
mantener en regla todos sus documentos estipulados por la ley.

Toda persona que realice actos de comercio (comerciante) tendrá que regirse por el derecho
mercantil , dependerá de este cada vez que realice un acto de comercio y se ejecuta a través
del código de comercio
BIBLIOGRAFIA

 Colombia. (2018). Código de comercio.


 Bogotá. Legis cámara de comercio de Bogotá. (2002).
 Cámara de Comercio de Bogotá. (s.f.). Que actos y operaciones son considerados
como mercantiles. Recuperado 16 febrero, 2019, de
https://www.ccb.org.co/Preguntas-frecuentes/Tramites-registrales/Que-actos-y-
operaciones-son-considerados-como-mercantiles

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