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Acta Notarial de Sobrevivencia

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En la ciudad de Guatemala, el dieciocho de septiembre de dos mil

diecinueve, siendo las trece horas, Yo, EDWIN ROLANDO MÉRIDA

GARRIDO, Notario, constituido en mi oficina profesional situada en la

diecinueve avenida veintinueve guion cincuenta y nueve, zona doce, Colonia

Santa Rosa II, ciudad de Guatemala, soy requerido por el señor CARLOS

ENRIQUE MANSILLA CÁRDENAS de sesenta y nueve años de edad,

soltero, guatemalteco, Electricista Automotriz, de éste domicilio, con

residencia en doce calle veintidós guion cincuenta y uno Barrio San Antonio,

zona seis, de esta ciudad capital, quién se identifica con Documento Personal

de Identificación, Código Único de Identificación número dos mil trescientos

setenta y siete espacio, ochenta y nueve mil cuarenta y tres, espacio cero

ciento uno (2377 89043 0101), extendido por el Registro Nacional de las

Personas de la República de Guatemala, quien requiere de mis servicios

profesionales como Notario con el objeto de prestar DECLARACIÓN

JURADA DE SOBREVIVENCIA, DE RESIDENCIA Y DE NO HABER

PERDIDO LA NACIONALIDAD GUATEMALTECA, y para el efecto procedo

de la siguiente forma: PRIMERO: Bajo juramento de ley ante el Notario

autorizante y advertido de la pena relativa al delito de perjurio y las penas que

eso conlleva, declara: Ser de los datos de identificación antes consignados; y

que hace la presente declaración con el objeto de poder recibir el beneficio

del PROGRAMA DE APORTE ECONÓMICO DEL ADULTO MAYOR, y que

para ello hago constar su sobrevivencia, por tener al señor CARLOS

ENRIQUE MANSILLA CÁRDENAS ante mi presencia. SEGUNDO:

Manifiesta expresamente el requirente que no ha perdido la nacionalidad

guatemalteca, que reside en la dirección antes consignada, que no está


gozando de ninguna pensión o jubilación y que no presta sus servicios, a las

entidades del Estado de Guatemala, o del sector privado; y, que por

encontrarse con necesidad económica, tramita ante la institución encargada

de dicho programa las diligencias necesarias para poder ser favorecido o

beneficiado del mismo. TERCERO: Manifiesta el requirente expresamente

que en ningún momento ha perdido la nacionalidad guatemalteca. CUARTO:

Se finaliza la presente acta veinte minutos después de su inicio en el mismo

lugar y fecha la cual esta contenida en una hoja de papel bond, haciendo

constar que este tipo de acta no se encuentra afecta al impuesto de timbres

fiscales, por lo que solo adhiero un timbre notarial de diez quetzales, de

acuerdo con el artículo once, numeral dos de la Ley de Timbres Fiscales y

Papel Sellado Especial para Protocolos. Leo íntegramente al requirente la

presente acta, quien enterado de su contenido, objeto, validez y demás

efectos legales, la ratifica, acepta y firma con el Notario autorizante. DOY FE.

F.

ANTE MÍ:

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