Const Mrglet 2019
Const Mrglet 2019
Const Mrglet 2019
ANTECEDENTES
Que, el día 3 de septiembre de 2014 E.·. V.·., en la ciudad de
México D.F. bajo la coordinación de la Confederación de
Grandes Logias Regulares de los Estados Unidos Mexicanos
se firmó el Acta Constitutiva de la Gran Logia del Estado de
Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·., con la participación de
las logias constituyentes: “Cosmopolita 37”, “Valentín Gómez
Farías”, “Temachtia”, “Tlamaztli 17”, “Heliópolis”, “Vitrubio
5”, “Horus”, “Hermes”, “Tlaxcallan”, “Tepectipac”,
“Arquitectura Moral” y “Rey Salomón”, pertenecientes a
diferentes Grandes Orientes.
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Unidos Mexicanos, presidida por el V.·. H.·. Raúl Arturo
Gómez Mariscal.
Capítulo 1 De la Masonería.
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La Muy Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·.
LL.·. y AA.·. MM.·. es una asociación constituida libremente
por Respetables Logias Simbólicas, formadas a su vez por
masones que se han adherido a su Constitución y a sus leyes.
Esta asociación se estructura de forma federativa y tiene por
objeto poner en práctica los principios establecidos por esta
Constitución.
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Artículo 5. Trabajo.
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XII. Todo M.·., tiene derecho a ser representado y de dar
instrucciones a su representante, en las Asambleas de
las que forme parte;
XIII. Todo M.·. puede apelar a la Gr.·. Log.·., de las
decisiones de sus HH.·. congregados en Log.·.;
XIV. Todo M.·. en uso pleno de sus derechos, puede visitar
cualquier Log.·. regular;
XV. Ningún visitante desconocido puede penetrar en las
Respetables Logias Simbólicas sin ser
cuidadosamente retejado;
XVI. Ninguna Log.·. puede intervenir en los negocios de
otra Log.·.;
XVII. Todo Mas.·. está bajo el dominio de las leyes y
reglamentos de la jurisdicción en que resida, aunque
no sea miembro de las Respetables Logias Simbólicas
de la Obediencia;
XVIII. Las mujeres, los cojos, los lisiados, los esclavos, los
mutilados, los menores de edad y los ancianos, no
pueden ser iniciados;
XIX. Es ineludible para todo Mas.·. la creencia en la
existencia de un Principio Creador o de Dios, como
G.·. A.·. D.·. U.·.;
XX. Todo Mas.·. debe creer en la resurrección a una vida
futura;
XXI. Un Libro de la Ley, no debe faltar nunca en una Log.·.
cuando trabaja;
XXII. Todos los MM.·. son iguales;
XXIII. La Mas.·. es una sociedad secreta;
XXIV. La Mas.·. ha sido fundada como ciencia especulativa
sobre un arte operativo, tomando simbólicamente los
usos de este arte; y
XXV. Ninguno de estos Landmarks podrá ser cambiado
nunca en lo más mínimo.
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Artículo 9. Principios Particulares.
I. Los Landmarks;
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II. La presente Constitución;
III. Los Tratados Interpotenciales suscritos por la Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·.
LL.·. y AA.·. MM.·.;
IV. Las leyes presentadas por las comisiones respectivas
y aprobadas ante la Gran Asamblea de la Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·.
LL.·. y AA.·. MM.·.
V. Los decretos dictados por el Muy Respetable Gran
Maestro de la Muy Respetable Gran Logia del Estado
de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.;
VI. Los reglamentos y demás normas de régimen interior,
que en ejercicio de su autonomía, dicten las
Respetables Logias Simbólicas de la jurisdicción, con
obligatoriedad para sus miembros y visitadores.
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en Asamblea General de la Muy Respetable Gran Logia del
Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·., convocada
para este fin, por las dos terceras partes de las Respetables
Logias Simbólicas jurisdiccionadas, y mediante votación a
favor, que represente las dos terceras partes de las
Respetables Logias Simbólicas jurisdiccionadas, presentes en
dicha asamblea.
Capítulo 3 De la jurisdicción.
Artículo 15. Conformación de la Muy Respetable Gran
Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.
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TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN DE LA MUY
RESPETABLE GRAN LOGIA DEL ESTADO DE TLAXCALA
DE AA.·. LL.·. Y AA.·. MM.·.
Capítulo Único
15
Artículo 23. Suplencias.
16
Artículo 26. Sesiones ordinarias de la Gran Asamblea
General de la Muy Respetable Gran Logia del Estado
de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·..
18
tomado posesión de sus respectivos cargos y hayan sido
nombradas las GGr.·. CCom.·. de Hacienda y de Honor y
Justicia.
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día. Previo a la sanción del orden del día se otorgará
la palabra para la inclusión de algún punto en asuntos
generales.
III. Salvo los casos de excepción señalados en esta
Constitución, las convocatorias a las sesiones de la
Asamblea General deberán notificarse por escrito a
todas las Respetables Logias Simbólicas
jurisdiccionadas y ser publicadas en el tablero de
avisos de la sede oficial de la Muy Respetable Gran
Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·.
MM.·., mínimo con siete días previos a la celebración
de la Asamblea General, convocatoria que deberá
contener el orden del día. Las notificaciones por
medios electrónicos no son consideradas como
oficiales.
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III. El quórum legal necesario para aprobar la
modificación, derogación, adición o abrogación de la
presente Constitución, será de dos terceras partes de
las Respetables Logias Simbólicas jurisdiccionadas. En
segunda convocatoria será la mitad más una de las
Respetables Logias Simbólicas jurisdiccionadas.
IV. Es deber de las Respetables Logias Simbólicas
jurisdiccionadas para ejercer su voto en las sesiones
de la Asamblea General estar a plomo con el Gr.·.
Tesoro. En caso contrario solo contarán con derecho
a voz.
V. Previamente al inicio de la Asamblea General, el Gr.·.
Tes.·., dará un informe al Gr.·. Sec.·., para que este
al momento de pasar lista mencione que Respetables
Logias Simbólicas, tienen derecho a voz y voto y
cuales solo con el derecho a voz.
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Artículo 34. Aprobación legislativa.
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a leyes, reglamentos y decretos de carácter
obligatorio.
II. El Muy Respetable Gran Maestro por conducto del
Gr.·. Sec.·. notificará las resoluciones de la Asamblea
General de la Muy Respetable Gran Logia del Estado
de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·., mediante
Gr.·. Pl.·. a cada una de las Respetables Logias
Simbólicas jurisdiccionadas, notificándola por escrito,
teniendo estas la obligación de acusar de recibido por
ese mismo medio.
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III. La concesión del derecho de asilo a Potencias Mas.·.
de la Amistad, compelidas a salir de su territorio por
persecuciones políticas;
IV. Expedir leyes orgánicas y reglamentarias de artículos
constitucionales; y
V. Analizar y aprobar la Ley de Ingresos y Presupuesto
de Egresos de la Muy Respetable Gran Logia del
Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.
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TÍTULO III ESTRUCTURA DEL ALTO CUERPO.
Capítulo Único Del Alto Cuerpo.
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IX. Estar en pleno ejercicio de sus derechos Masónicos.
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Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y
AA.·. MM.·.;
VIII. Haber sido V.·. M.·. de una Log.·. Jurisdiccionada a la
Gr.·. Log.·.;
IX. No ostentar el cargo de V.·. M.·. dentro de su Log.·.,
al día de la elección; y
X. Estar en pleno ejercicio de sus derechos Masónicos.
29
Capítulo1 Del Muy Respetable Gran Maestro
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V. Si por cuestiones de salud o de fuerza mayor y
justificable ante la Gr.·. Asamblea, el Muy Respetable
Gran Maestro no pudiera asistir a las reuniones del
Consejo Masónico Nacional y/o convocatoria del
Presidente de la Confederación de GG.·. LLog.·.
Regulares de Los Estados Unidos Mexicanos será
sustituido por el Diputado Gr.·. Maestro o por un Past
Muy Respetable Gran Maestro, debidamente
acreditado;
VI. Los gastos de representación al Consejos Masónico
nacional y/o convocatoria del Presidente de la
Confederación de GGr.·. LLog.·. Regulares de Los
Estados Unidos Mexicanos serán absorbidos en su
totalidad por la Gr.·. Tes.·. de la Muy Respetable Gran
Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·.
MM.·. del Estado de Tlaxcala únicamente en la
persona e investidura del Muy Respetable Gran
Maestro de la Muy Respetable Gran Logia del Estado
de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.;
VII. Todos los cuerpos Masónicos de la obediencia, deben
cumplir exactamente las órdenes, disposiciones y
mandatos emitidos formalmente por el Muy
Respetable Gran Maestro;
VIII. Todos los actos trascendentes del Muy Respetable
Gran Maestro, están sujetos a la aprobación de la
Asamblea General de la Muy Respetable Gran Logia
del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. en
reunión ordinaria o extraordinaria si así lo amerita el
acto y/o hecho;
IX. El cargo de Muy Respetable Gran Maestro no es
renunciable sino por causas graves debidamente
justificadas. Las ausencias temporales serán suplidas
interinamente por el Dip.·. Gr.·. M.·. y a falta de este,
por los GGr.·. VVig.·. en el orden jerárquico
respectivo;
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X. La ausencia definitiva del Muy Respetable Gran
Maestro, si no ha transcurrido la mitad del ejercicio
Mas.·. para el que fue elegido, será suplida mediante
elecciones; pero si ya transcurrió la primera mitad, el
cargo será cubierto por el Dip.·. Gr.·. M.·.
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LL.·. y AA.·. MM.·., proveyendo lo necesario para su
ejecución y observancia;
V. Rendir a la Asamblea General de la Muy Respetable
Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y
AA.·. MM.·. el informe anual de su gestión
administrativa y de gobierno, dicha asamblea, se
llevara a cabo el día 21 de marzo de cada año;
VI. Presentar durante la primer quincena de diciembre a
la Asamblea General de la Muy Respetable Gran Logia
del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. el
proyecto de la Ley de Ingresos y el Presupuesto de
Egresos, así como en cualquier tiempo, los proyectos
de ley que estime necesarios, previa revisión de la
Gran Comisión de Puntos Constitucionales,
Legislación y Codificación;
VII. Supervisar la administración de los fondos de la Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·.
LL.·. y AA.·. MM.·. a cargo del Gr.·. Tes.·. y aprobar
los gastos y erogaciones en forma mancomunada con
el mismo;
VIII. Iniciar y mantener relaciones con las Potencias
MMas.·. regulares del país o del extranjero,
nombrando ante ellas a los GGr.·. GGar.·. de Paz y
Amistad;
IX. En su carácter de representante, dirigir la redacción
de los tratados Interpotenciales con GGr.·. LLog.·.
regulares;
X. Visitar personalmente a las Respetables Logias
Simbólicas regulares de la jurisdicción, en sus
horarios de trabajos, por lo menos, una vez cada
ejercicio masónico;
XI. Emitir extrañamientos a las Respetables Logias
Simbólicas jurisdiccionadas o a sus integrantes, en
caso de faltas menores. Esta disposición también es
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aplicable a los miembros del Alto Cuerpo, dando
cuenta de ello a la Asamblea de Gr.·. Log.·.;
XII. En caso de faltas mayores, podrá suspender
provisionalmente en sus derechos a las Respetables
Logias Simbólicas y Mas.·. de la jurisdicción y a los
miembros del Alto Cuerpo, con la obligación de dar
cuenta en un término no mayor de quince días a la
Gr.·. Com.·. de Honor y Justicia, para la
substanciación inmediata del procedimiento
correspondiente;
XIII. Representar a la Muy Respetable Gran Logia del
Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·., ante
las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas,
siendo su único representante ante el mundo Prof.·.
Esta representación podrá ser delegada. Deberá
evitar que las Respetables Logias Simbólicas de la
jurisdicción actúen fuera esta disposición;
XIV. Nombrar e investir con la autoridad de sus respectivos
cargos a los miembros de las GGr.·. CCom.·.
permanentes y de las GGr.·. CCom.·. especiales;
XV. Expedir cartas bajo dispensa para constituir nuevas
Respetables Logias Simbólicas y renovarlas si lo
estima conveniente; expedir la carta patente,
Consagrar e instalar las Respetables Logias
Simbólicas de nueva creación, haciéndolo
personalmente o bien por delegación;
XVI. Conceder o denegar la dispensa de intersticios;
XVII. Permitir o negar la celebración de actos MMas.·.
públicos, dentro o fuera de los inmuebles sujetos a la
jurisdicción de la Muy Respetable Gran Logia del
Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.;
XVIII. Resolver las quejas argumentadas y razonadas, que
se presenten contra las Respetables Logias Simbólicas
o sus miembros, excepto las de carácter penal;
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XIX. Indultar, a petición de parte, a los Mas.·. sujetos a
penas MMas.·. temporales, debiendo pedir para ello,
los informes necesarios a la Gr.·. Com.·. de Honor y
Justicia, o en su caso, a la Log.·. que corresponda;
XX. Conocer de la documentación que se reciba en la Gr.·.
Log.·., para su inmediato acuerdo;
XXI. Designar al personal necesario para el despacho de
los asuntos de la Muy Respetable Gran Logia del
Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.;
XXII. Comunicar la Pal.·. semestral;
XXIII. Designar a los MM.·. MM.·. que serán los Instructores
de los grupos que integran la Asociación de Jóvenes
Esperanza de la Fraternidad, quienes deberán contar
con la adecuada capacitación;
XXIV. Dirimir las controversias que se susciten entre las
Respetables Logias Simbólicas o los MMas.·.,
comportándose como árbitro y amigable
componedor;
XXV. Nombrar la terna de candidatos en caso de falta
definitiva de GGr.·. DDig.·. u OOf.·.;
XXVI. La resolución de todos los asuntos de índole
administrativa y de gobierno que no competen,
especifica y legalmente a algún otro órgano de la Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·.
LL.·. y AA.·. MM.·.; y
XXVII. Las demás facultades y obligaciones que esta
Constitución, las leyes y reglamentos que de ella
emanen le confieran y le impongan.
35
Capítulo 2 De los GGr.·. DDig.·.
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MM.·., salvo la que, por índole especial de su labor,
sean expedido directamente por las GGr.·. CCom.·.;
VI. Llevar un registro actualizado no mayor de seis meses
de las Respetables Logias Simbólicas jurisdiccionadas,
en el que se incluya el número total de miembros que
las integran, quiénes son las tres luces, cuántos son
los AApr.·. de Mas.·., CCom.·. de Mas.·. y MM.·.
MM.·., qué actividad Mas.·. y profana tiene cada uno
de ellos, y todos los demás datos que faciliten un
mejor control, además de las altas y bajas de los
miembros de las Respetables Logias Simbólicas
jurisdiccionadas, siendo obligaciones de los SSec.·. de
éstas, aportar de forma mensual la información
inherente;
VII. Llevar un registro actualizado, de los miembros, que
integran el Alto Cuerpo, su antigüedad en la Orden,
Respetables Logias Simbólicas a la que pertenecen,
profesión o actividad profana, su domicilio, teléfonos,
y demás datos inherentes;
VIII. Recabar, en su caso, en unión de la Gr.·. Com.·. del
Directorio Mas.·., toda la información de las
Respetables Logias Simbólicas jurisdiccionadas,
poniéndose en contacto con los SSec.·. de las
Respetables Logias Simbólicas, quienes les
proporcionaran todos y cada uno de los datos que
estos les requieran, teniendo la obligación de recabar
dicha información mensualmente, informando de los
cambios o modificaciones que hayan tenido;
IX. Llevar al día los registros de los MM.·. MM.·. de la
obediencia que reúnan los requisitos exigidos para ser
electos como Muy Respetable Gran Maestro, GGr.·.
DDig.·. o GGr.·. FFun.·.;
X. Llevar al día, de manera escrupulosa, los GGr.·. libros
de oro y negro;
39
XI. Presentar a la Asamblea de Gr.·. Log.·., un informe
anual de su actuación que indique el resultado de las
labores desempeñadas durante su encargo y todos
los hechos dignos de mención que hayan acontecido
en el año;
XII. Previa petición fundada por escrito, expedir las copias
certificadas de los documentos que obren en los
archivos de la Gr.·. Log.·.;
XIII. Todas aquellas relacionadas con sus funciones, que le
sean encomendadas por el Muy Respetable Gran
Maestro.
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Artículo 61. Obligaciones de los GGr.·. DDig.·.
44
Artículo 64. Funciones de los GGr.·. EExp.·.
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Artículo 68. Obligaciones del Gr.·. Guar.·. Temp.·.
Int.·.
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Capítulo 4 De las GGr.·. CCom.·.
I. La de Honor y Justicia;
II. La de Hacienda;
III. La de Relaciones MMas.·. Nacionales e
Internacionales;
IV. La de Puntos Constitucionales, Legislación y
Codificación;
V. La de Instrucción Mas.·., Estudios Litúrgicos e
Instructivos;
VI. La de Gobernación;
VII. La de Beneficencia y Previsión Social;
VIII. La del Seguro Mas.·.;
IX. La de los Grupos AJEF;
X. La de Editorial y Difusión Mas.·.;
XI. La de Festejos;
XII. La de Administración;
XIII. La del Directorio Mas.·.;
XIV. La de Biblioteca y Hemeroteca; y
XV. La Jurídica.
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III. Cada una de las GGr.·. CCom.·. creará su reglamento,
el cual deberá ser aprobado por la Asamblea General
de la Muy Respetable Gran Logia del Estado de
Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. previo dictamen
de las GGr.·. CCom.·. de Gobernación, de Puntos
Constitucionales, Legislación y Codificación.
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II. Dictaminar en segunda instancia, las apelaciones
formuladas contra las resoluciones dictadas por las
Respetables Logias Simbólicas jurisdiccionadas,
proponiendo a la Asamblea General de la Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·.
LL.·. y AA.·. MM.·. la resolución que legalmente
corresponda;
III. Resolver de forma pronta los asuntos de los cuales
tenga conocimiento, dentro de los términos
establecidos en Ley Penal y de Procedimientos
Penales.
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Gr.·. Hosp.·., para conocimiento y resolución de la
Asamblea General de Gr.·. Log.·.
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IV. Auxiliar al Muy Respetable Gran Maestro en la
elaboración, estudio, análisis y en su caso,
aprobación, de los Acuerdos Nacionales y Tratados
con Potencias MMas.·. RReg.·.;
V. Organizar el directorio Mas.·. nacional e internacional
de las GGr.·. Llog.·.RReg.·.;
VI. Informar periódicamente al Muy Respetable Gran
Maestro y a la Asamblea General de la Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·.
LL.·. y AA.·. MM.·., sobre los sucesos relevantes del
mundo Mas.·. nacional e internacional;
VII. Llevar el registro de los GGr.·. Representantes
nacionales e internacionales.
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códigos de la Muy Respetable Gran Logia del Estado
de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.;
III. Recopilar todas las leyes, códigos, reglamentos,
decretos y acuerdos MMas.·., que se encuentren
vigentes;
IV. Emitir un dictamen sobre las consultas que le formule
el Muy Respetable Gran Maestro o la Asamblea
General de Gr.·. Log.·., respecto al contenido o
vigencia de las leyes, códigos, reglamentos, decretos
y acuerdos MMas.·.;
V. Compilar los documentos de derecho Mas.·.
comparado, de las Potencias de la Amistad y en
general de la Masonería Universal, sobre temas,
principios y puntos generales que pueda servir de
base para la evolución legislativa de la Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·.
LL.·. y AA.·. MM.·.
54
los trabajos al interior de cada una de las Respetables
Logias Simbólicas jurisdiccionadas;
III. Emitir dictamen en relación con las consultas que le
sean formuladas, en relación con el ritual o a las
interpretaciones del Simb.·.;
IV. Organizar y celebrar las GGr.·. TTen.·. de Inst.·. con
previa autorización del Muy Respetable Gran Maestro.
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III. Crear y supervisar el contenido y acceso a la página
electrónica de la Muy Respetable Gran Logia del
Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.,
velando por la vigencia de su contenido y del dominio
electrónico;
IV. Verificar de manera permanente, el contenido de las
publicaciones electrónicas que lleven a cabo las
Respetables Logias Simbólicas jurisdiccionadas o los
HH.·. en particular, haciendo del conocimiento de la
Muy Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de
AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·., de aquellas que violen los
juramentos relativos al secreto Mas.·.;
V. Encargarse de la edición y publicación de la presente
Constitución y normas que de ella deriven.
58
siempre por los intereses materiales y/o morales de
la Frat.·.
59
también los datos generales de las altas y bajas de los Mas.·.
de la jurisdicción, así como su currículo Mas.·., para el
cumplimiento de su objeto tiene las siguientes facultades:
60
las obras; y establecer el control de préstamo de
libros a los MM.·., de la jurisdicción;
II. Recomendar al Muy Respetable Gran Maestro la
adquisición de nuevas obras, que deban figurar en el
catálogo respectivo;
III. Aumentar el acervo de la biblioteca y hemeroteca,
mediante las gestiones que conduzcan a la
adquisición de libros, revistas y periódicos de interés
para la orden, o de interés general;
IV. Proponer al Muy Respetable Gran Maestro la edición
o reedición de textos que juzgue importantes para la
vida Mas.·.;
V. Compilar los trabajos que las Respetables Logias
Simbólicas jurisdiccionadas remitan al Alto Cuerpo y
elaborar un informe mensual de los trazados
recibidos, con el número de referencia de su archivo,
para la fácil consulta de los MM.·. y para la formación
del catálogo anual.;
VI. Redactar el reglamento interno de la Biblioteca; y
VII. Redactar anualmente una memoria informativa de los
acervos adquiridos y el progreso de la biblioteca, así
como del movimiento de lectores y obras consultadas.
61
TÍTULO V DE LAS RESPETABLES LOGIAS
SIMBÓLICAS, DEL V.·. M.·., LOS DDIG.·. Y DEMÁS
OOF.·.
62
disposiciones complementarias que de ella emanen, a las que
se sujetarán en el ejercicio de su soberanía.
63
jerarquía de las normas legales contenidas en esta
Constitución, tiene la obligación Mas.·., de turnar de
inmediato mediante escrito firmado el asunto a la Gr.·.
Com.·. de Honor y Justicia dentro de cinco días siguientes a
su conocimiento.
64
Artículo 96. De las obligaciones de las Respetables
Logias Simbólicas
65
XI. Las Respetables Logias Simbólicas de la jurisdicción
deberán informar por escrito dentro de los primeros
quince días posteriores al movimiento a La Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·.
LL.·. y AA.·. MM.·. de cualquier movimiento que
realicen al Interior e implique IInic.·., AAum.·. de
SSal.·., EExalt.·., RReg.·., Otorgamiento de Garantes
de Paz y Amistad y Afiliaciones;
XII. Ser instalados ritualísticamente;
XIII. Dar cumplimiento puntualmente con los deberes
administrativos que tienen con la Muy Respetable
Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y
AA.·. MM.·., informándole mensualmente de todos los
movimientos que lleven al cabo en la Respetable
Logia Simbólica y contribuyendo con el pago de las
cápitas que apruebe aquella;
XIV. Desarrollar sus Ttrab.·. en Ten.·. Reg.·., cuando
menos una vez al mes;
XV. Conservar incólume el espíritu y la forma de la
institución estimulando la instrucción de sus
miembros e influyendo en su perfeccionamiento
moral, para que ese benéfico influjo se proyecte en el
mundo exterior;
XVI. Evitar que se utilice el tiempo de los TTr.·. RReg.·. de
cualquier Cám.·. para proselitismo, difusión o
prácticas de índole religiosa o de política partidista,
fomentando un absoluto respeto a las creencias
individuales de cada persona, Masón o Prof.·.;
XVII. Solicitar permiso a la Muy Respetable Gran Logia del
Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. para
participar en actividades públicas de índole masónica
o que sean identificadas con la Masonería;
XVIII. Realizar TTen.·. en lugares públicos sin arreos ni
parafernalia masónica, evitando publicar en medios
electrónicos fotografías con arreos y signos Mas⸫;
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XIX. Auxiliar a sus miembros, a las viudas y a los huérfanos
de éstos, socorriéndolos en sus necesidades.
67
VIII. Expedir los documentos que corresponden a sus
atribuciones;
IX. Celebrar TTen.·. FFun.·., TTen.·. BBl.·. y TTen.·.
Interlogiales.
68
podrán solicitar Carta Patente Definitiva para ser
permanentes.
II. Las Respetables Logias Simbólicas permanentes son
las creadas con ese carácter para el cumplimiento de
los fines de la institución, siendo la expresión fiel de
la orden, y, en consecuencia, tanto corporativamente
como en lo individual, sus MM.·. MM.·. gozan de plena
capacidad Mas.·. Para que estas mantengan su
calidad de Permanentes no deberán de ser menores
a siete QQ.·. HH.·. activos y en pleno goce de sus
derechos masónicos.
a. El V.·. M.·.;
b. El Prim.·. Vig.·.;
c. El Seg.·. Vig.·.;
d. El Prim.·. Diac.·.;
e. El Orad.·.;
f. El Sec.·.;
g. El Tes.·.;
h. El M.·. de Cer.·.;
i. El Hosp.·. y
j. El representante del Tall.·. ante la Asamblea General
de la Muy Respetable Gran Logia del Estado de
Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·.
a. El Seg.·. Diac.·.;
b. El Prim.·. Exp.·.;
70
c. El Seg.·. Exp.·.;
d. El Port.·. Est.·.;
e. El Econ.·.; y
f. El Guard.·. Temp.·. Int.·.
71
Artículo 103. De las comisiones de las Respetables
Logias Simbólicas
73
VII. El V.·. M.·. que sea juramentado deberá permanecer
por lo menos medio año en el cargo para que sea
considerado Past Master;
VIII. El Dig.·. u Of.·. que sea juramentado deberá
permanecer por lo menos medio año en el cargo para
que sea considerado Past del Cargo que desempeño;
IX. El puesto de Dig.·. u Of.·. sí es renunciable, pero no
así de manera conjunta dos o más DDig.·.;
X. Los Maestros Masones reunido en Ter.·. Cam.·. son
los únicos capaces de solicitar a la Gr.·. Log.·. la
renovación del cuadro Log.·. o remover a algún Dig.·.
u Of.·. de la Log.·.;
XI. Queda prohibida la formación de camarillas o grupos
que conspiren o contravengan la armonía, autoridad
y orden en contra de los DDig.·. de la Log.·.;
XII. Si existiera la formación de camarillas o sedición en
contra de los DDig.·. de la Log.·. los responsables
serán juzgados conforme a la Ley penal Masónica
vigente.
I. Activos;
II. Miembros Libres;
III. Suspensos; In afiliados; e
IV. Irregulares.
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Artículo 110. De los Mas.·. activos.
76
para el ejercicio de sus derechos MMas.·. por faltas
de asistencia o de pago; o el que sufre una pena
temporalmente impuesta, que lo incapacite para el
ejercicio de sus derechos como masón;
II. El Masón suspenso podrá recuperar su calidad de
activo mediante su rehabilitación, siempre que
cumpla con los requisitos y realice los trámites
establecidos por esta Constitución y su logia de
procedencia, y concluya la suspensión proveniente de
la pena Masonica.
77
Artículo 114. De los Masones irregulares.
78
Artículo 115. De la recuperación de la calidad de
miembro activo.
79
Artículo 117. De los derechos de los masones
80
II. Transcurrido cuando menos un año a partir de su
Inic.·. el Apr.·. de Mas.·. podrá ser propuesto por el
Seg.·. Vig.·. para su Aum.·. de Sal.·., con base en su
trabajo masonico y cumpliendo con el 80% de
asistencia;
III. Transcurrido cuando menos un año después de la
Cer.·. de Aum.·. de Sal.·. Todo Comp.·. de Mas.·.
tiene derecho a solicitar a su Prim.·. Vig.·., para ser
Exalt.·. al Sublime grado de M.·. M.·. y último de la
Mas.·. Simb.·., con base en su trabajo masonico y
cumpliendo con el 80% de asistencia
81
Artículo 120. Pérdida de derechos.
82
Artículo 122. Observancia obligatoria.
84
I. Promoción y fomento educativo, cultural, artístico,
científico y tecnológico, mediante la siguiente
planeación;
II. Promover y fomentar la educación en el seno familiar
y en la sociedad en general, coadyuvando con las
instituciones educativas;
III. Difundir los avances científicos y tecnológicos a la
población en general y entre los grupos juveniles,
maduros y selectos;
IV. Para efectos de cumplir con el objeto social, la
asociación civil podrá realizar todos los actos,
convenios, contratos, actividades y operaciones
administrativas, mercantiles o civiles que sean
necesarios para la subsistencia de esta, así como de
llevar a cabo las demás funciones que le señale la Ley
de la materia o se deriven de los presentes estatutos
y todas aquellas actividades propias de la Institución;
V. La asociación civil no perseguirá fines de lucro y las
actividades tendrán como finalidad primordial el
cumplimiento de su objeto social, por lo que no podrá
intervenir en campañas políticas ni en actividades de
propaganda o destinadas a influir en la legislación; no
se considera que influye en la legislación la
publicación de un análisis o de una investigación que
no tenga carácter proselitista o la asistencia técnica a
un órgano gubernamental que lo hubiere solicitado
por escrito.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado, firmado y sellado, para conocimiento y observancia, en
el Gr.·. Or.·. de Tlaxcala, El veintiuno de junio de dos mil
diecinueve E.·. V.·.
“lucía lux in eis “
87
Gran Secretario
V.·. H.·. Vicente López Ramos
ANTECEDENTES ....................................................................... 1
TÍTULO I DE LA MASONERÍA, PRINCIPIOS, LEYES Y
JURISDICCIÓN. ....................................................................... 2
Capítulo 1 De la Masonería. ............................................ 2
Artículo 1. De la Muy Respetable Gran Logia del
Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. ..... 2
Artículo 2. Divisas de la Masonería. ......................... 4
Artículo 3. Lazos FFrat.·................................................ 4
Artículo 4. Deber de ayuda. ......................................... 4
Artículo 5. Trabajo. ......................................................... 5
88
Artículo 6. Modos de reconocimiento. ..................... 5
Capítulo 2 De los Principios. ........................................... 5
Artículo 7. De los principios fundamentales ........ 5
Artículo 8. De los Landmarks ...................................... 6
Artículo 9. Principios Particulares. ........................... 8
Artículo 10. Jerarquía de las normas. ...................... 9
Artículo 11. Tratados Interpotenciales. ................ 10
Artículo 12. Vigencia, obligatoriedad e
interpretación de la Constitución. .......................... 11
Artículo 13. Modificación a la Constitución. ........ 11
Artículo 14. Circulación de proyecto. ..................... 12
Capítulo 3 De la jurisdicción. ........................................ 12
Artículo 15. Conformación de la Muy Respetable
Gran Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y
AA.·. MM.·. ....................................................................... 12
Artículo 16. Ámbito territorial. ................................. 12
Artículo 17. Soberanía. ............................................... 13
Artículo 18. Sede. .......................................................... 13
TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN DE LA MUY
RESPETABLE GRAN LOGIA DEL ESTADO DE
TLAXCALA DE AA.·. LL.·. Y AA.·. MM.·. ........................... 14
Capítulo Único .................................................................... 14
Artículo 19. De su Estructura Orgánica. ............... 14
Artículo 20. De la Asamblea General de la Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de
AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. ................................................ 14
Artículo 21. Miembros titulares. .............................. 14
89
Artículo 22. Voz y voto. ............................................... 15
Artículo 23. Suplencias. .............................................. 16
Artículo 24. Asistencia a la Asamblea General de
la Muy Respetable Gran Logia del Estado de
Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. ........................ 16
Artículo 25. Sesiones de la Asamblea General de
la Muy Respetable Gran Logia del Estado de
Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. ........................ 16
Artículo 26. Sesiones ordinarias de la Gran
Asamblea General de la Muy Respetable Gran
Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·.
MM.·.. ................................................................................. 17
Artículo 27. Ceremonias ritualistas. ....................... 18
Artículo 28. Asamblea Electoral. ............................. 18
Artículo 29. Sesiones Extraordinarias de la
Asamblea General. ........................................................ 19
Artículo 30. Convocatorias y orden del día de las
Asambleas Generales de la Muy Respetable Gran
Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·.
MM.·. .................................................................................. 19
Artículo 31. Quórum legal de las Asambleas
Generales de la Muy Respetable Gran Logia del
Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. ... 20
Artículo 32. Términos. ................................................. 21
Artículo 33. Generación normativa. ....................... 21
Artículo 34. Aprobación legislativa. ....................... 22
Artículo 35. Aprobación de acuerdos por la
Asamblea General de la Muy Respetable Gran
90
Logia del Estado de Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·.
MM.·. .................................................................................. 22
Artículo 36. Obligatoriedad normativa. ................ 22
Artículo 37. Facultad resolutiva............................... 23
Artículo 38. Facultades normativas. ...................... 23
Artículo 39. Facultades coercitivas. ....................... 24
Artículo 40. Facultades generales. ......................... 24
TÍTULO III ESTRUCTURA DEL ALTO CUERPO. ........... 26
Capítulo Único Del Alto Cuerpo. .................................. 26
Artículo 41. Conformación del Alto Cuerpo. ........ 26
Artículo 42. Elección del Alto Cuerpo. ................... 26
Artículo 43. De la Soberanía de la Gran Asamblea
de la Muy Respetable Gran Logia del Estado de
Tlaxcala de AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·., representada
por todos los MM.·. MM.·. ........................................... 26
Artículo 44. Requisitos para ser elegido como
Muy Respetable Gran Maestro de la Muy
Respetable Gran Logia del Estado de Tlaxcala de
AA.·. LL.·. y AA.·. MM.·. ................................................ 27
Artículo 45. De la no reelección............................... 28
Artículo 46. Requisitos para ser elegido como
Gr.·. Dig.·.......................................................................... 28
Artículo 47. De los GGr.·. FFun.·. ............................. 29
Artículo 48. Requisitos para ser Gr.·. Func.·. ...... 29
TÍTULO IV. FUNCIONES Y OBLIGACIONES DEL MUY
RESPETABLE GRAN MAESTRO, LOS GGR.·. DDIG.·.,
GGR.·. FFUN.·., Y GGR.·. CCOM.·. .................................... 29
Capítulo1 Del Muy Respetable Gran Maestro ......... 30
91
Artículo 49. Autoridad del Muy Respetable Gran
Maestro ............................................................................. 30
Artículo 50. Facultades y obligaciones del Muy
Respetable Gran Maestro........................................... 32
Capítulo 2 De los GGr.·. DDig.·..................................... 36
Artículo 51. De las funciones de los GGr.·.
DDig.·. ............................................................................... 36
Artículo 52. Del Dip Gr.·. M.·. .................................... 36
Artículo 53. De los GGr.·. VVig.·............................... 36
Artículo 54. Del Prim.·. Gr.·. Diac.·. ........................ 37
Artículo 55. Funciones del Gr.·. Orad.·. ................. 37
Artículo 56. Funciones del Gr.·. Sec.·..................... 38
Artículo 57. Sustitución del Gr.·. Sec.·. ................. 40
Artículo 58. Funciones del Gr.·. Tes.·. .................... 40
Artículo 59. Funciones del Gr.·. Hosp.·. ................ 42
Artículo 60. Funciones del Gr.·. M.·. de Cer.·. ..... 43
Artículo 61. Obligaciones de los GGr.·. DDig.·. ... 44
Artículo 62. Sanciones de los GGr.·. DDig.·. ........ 44
Artículo 63. Faltas de los GGr.·. DDig.·. ................ 44
Capítulo 3 De los GGr.·. FFun.·. .................................... 44
Artículo 64. Funciones de los GGr.·. EExp.·. ........ 45
Artículo 65. Funciones del Seg.·. Gr.·. Diac.·. ..... 45
Artículo 66. Funciones del Gr.·. Port.·. Est.·. ....... 45
Artículo 67. Funciones del Gr⸫Port⸫Bandera .... 45
Artículo 68. Obligaciones del Gr.·. Guar.·. Temp.·.
Int.·. ................................................................................... 46
92
Artículo 69. Funciones del Gr.·. Ecón.·. ................. 46
Artículo 70. Funciones de los GGr.·. FFun.·.
adjuntos. .......................................................................... 46
Artículo 71. Nombramiento de los GGr.·. FFun.·.
adjuntos. .......................................................................... 46
Capítulo 4 De las GGr.·. CCom.·. .................................. 47
Artículo 72. Definición de las GGr.·. CCom.·. ...... 47
Artículo 73. Los tipos de GGr.·. CCom.·. ............... 47
Artículo 74. Las GGr.·. CCom.·. permanentes. .... 48
Artículo 75. Nombramiento y remoción de los
miembros de las GGr.·. CCom.·. ............................... 48
Artículo 76. Requisitos para ser miembro de una
Gr.·. Com.·. ...................................................................... 49
Artículo 77. Funcionamiento de la GGr.·. CCom.·.
permanentes................................................................... 49
Artículo 78. De la Gr.·. Com.·. de Honor y
Justicia, su objeto y facultades ............................... 50
Artículo 79. De la Gr.·. Com.·. de Hacienda, su
objeto y facultades....................................................... 51
Artículo 80. De la Gr.·. Com.·. de Relaciones
Exteriores e Información Internacional, su
objeto y facultades....................................................... 52
Artículo 81. De la Gr.·. Com.·. de Puntos
Constitucionales, Legislación y Codificación, su
objeto y facultades....................................................... 53
Artículo 82. De la Gr.·. Com.·. de Instrucción,
Estudios Litúrgicos e Instructivos, su objeto y
facultades. ....................................................................... 54
93
Artículo 83. De la Gr.·. Com.·. de Gobernación, su
objeto y facultades....................................................... 55
Artículo 84. De la Gr.·. Com.·. de Beneficencia y
Previsión Social y su objeto. ..................................... 56
Artículo 85. De la Gr.·. Com.·. del Seguro Mas.·.,
su objeto y facultades. ................................................ 56
Artículo 86. De la Gr.·. Com.·. de la Asociación
Jóvenes Esperanza de la Fraternidad, y su
objeto. ............................................................................... 56
Artículo 87. De la Gr.·. Com.·. Editorial y de
Difusión Mas.·., su objeto y facultades. ................ 57
Artículo 88. De la Gr.·. Com.·. de Festejos, su
objeto y facultades....................................................... 58
Artículo 89. De la Gr.·. Com.·. de Administración
y sus facultades. ............................................................ 59
Artículo 90. De la Gr.·. Com.·. del Directorio
Mas.·., su objeto y facultades. ................................. 59
Artículo 91. De la Gr.·. Com.·. de Biblioteca y
Hemeroteca, su objeto y facultades: ..................... 60
Artículo 92. De la Gr.·. Com.·. Jurídica y su
objeto. ............................................................................... 61
TÍTULO V DE LAS RESPETABLES LOGIAS
SIMBÓLICAS, DEL V.·. M.·., LOS DDIG.·. Y DEMÁS
OOF.·.......................................................................................... 62
Capítulo 1 De las Respetables Logias Simbólicas . 62
Artículo 93. Constitución de las Respetables
Logias Simbólicas.......................................................... 62
Artículo 94. Sobre la libertad y soberanía de las
Respetables Logias Simbólicas ................................ 62
94
Artículo 95. De la soberanía de las Respetables
Logias Simbólicas.......................................................... 64
Artículo 96. De las obligaciones de las
Respetables Logias Simbólicas ................................ 65
Artículo 97. De los derechos de las Respetables
Logias Simbólicas.......................................................... 67
Artículo 98. De la clasificación de las Respetables
Logias Simbólicas.......................................................... 68
Artículo 99. De las Respetables Logias
Simbólicas de Ocasión y Bajo Dispensa. .............. 69
Artículo 100. Del funcionamiento de las
Respetables Logias Simbólicas ................................ 69
Artículo 101. De los DDig.·. y OOf.·. de las
Respetables Logias Simbólicas ................................ 70
Artículo 102. Requisitos para ser elegido V.·. M.·.
de una Log.·. ................................................................... 71
Artículo 103. De las comisiones de las
Respetables Logias Simbólicas ................................ 72
Artículo 104. De la incompatibilidad de
funciones. ........................................................................ 72
Artículo 105. De la elección y obligaciones de los
DDig.·. y OOf.·. de las Respetables Logias
Simbólicas. ...................................................................... 72
Artículo 106. Abatimiento de CCol.·....................... 74
Artículo 107. Retiro de Carta Patente. .................. 75
Capítulo 2 De los Mas.·., sus derechos y deberes. 75
Artículo 108. De los Mas.·. ......................................... 75
Artículo 109. Clasificación de los masones ......... 75
95
Artículo 110. De los Mas.·. activos. ........................ 76
Artículo 111. De los Miembros Libres de la
Orden................................................................................. 76
Artículo 112. De los Mas.·. Suspensos. ................. 76
Artículo 113. De los Mas.·. inafiliados. .................. 77
Artículo 114. De los Masones irregulares. ........... 78
Artículo 115. De la recuperación de la calidad de
miembro activo. ............................................................. 79
Artículo 116. Deberes de todo masón ................... 79
Artículo 117. De los derechos de los masones ... 80
Artículo 118. Derechos específicos de los AApr.·.
de Mas.·. y CComp.·. de Mas.·. ................................. 80
Artículo 119. Derechos específicos de los MM.·.
MM.·. .................................................................................. 81
Artículo 120. Pérdida de derechos. ........................ 82
Artículo 121. Ley Penal Mas.·. .................................. 82
Artículo 122. Observancia obligatoria. ................. 83
Artículo 123. Interpretación. .................................... 83
TÍTULO VI DE LA ORGANIZACIÓN CIVIL EXTERNA
DE LA MUY RESPETABLE GRAN LOGIA DEL ESTADO
DE TLAXCALA DE AA.·. LL.·. Y AA.·. MM.·. .................... 83
Capítulo 1 De la Asociación Civil “Gran Logia de
Tlaxcala A.C.”. .................................................................... 83
Artículo 124. Organismo externo............................ 83
Artículo 125. Objeto general de la Asociación. .. 84
Artículo 126. Pacto Social. ......................................... 85
Artículo 127. Obligatoriedad de los principios. .. 86
96
ARTÍCULOS TRANSITORIOS. ............................................ 86
97