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Variacion de Tenencia 2019
Variacion de Tenencia 2019
Variacion de Tenencia 2019
N°
SEC. DR.
ESC. N° 01
Cristiano Dos Santos Aveiro, con DNI N° 77777777, con domicilio real en Avenida los
fresnos N° 210, señalando domicilio procesal en Jirón José Gálvez N° 211 de esta
ciudad y señalando Casilla Electrónica N° 96341; a usted digo:
II. PETITORIO:
Pretensión Principal:
Pretensión Accesoria:
CUARTO: Por otro lado, debo precisar que a la demandada no le complace criar a
nuestras menores hijas, puesto que, cada cierto tiempo viaja a la ciudad de Trujillo a
“TRABAJAR” por periodos largos, como se puede apreciar en el acta de tenencia de
menores de edad (dos niñas)– que adjunto a la presente – de fecha 06.08.2016, la
emplazada, GEORGINA ROCUSSO MESSI, me otorgo la tenencia temporal de mis
menores hijas a solo dos meses de haberme ganado el proceso de reconocimiento de
tenencia, esto prueba claramente que ella no quiere vivir con nuestras hijas, de lo
contrario las hubiera llevado consigo a Trujillo como haría cual madre responsable, y
más si lucho tanto para que vivieran con ella, esto me hace pensar que ella solo
quiere aprovecharse de la pensión de alimentos que paso a mis hijas.
OCTAVO: Que, cuando se me reconozca la tenencia de mis dos menores hijas, será
innecesario seguir pasando una pensión de alimentos a favor de ellas, puesto que,
seré yo quien las cuide, atienda y asumiré los gastos de su crianza de acuerdo a mis
posibilidades.
NOVENO: Por otro lado, debo precisar que la demandada retiro todo el dinero
correspondiente al mes de diciembre por concepto de pensión de alimentos de mis
dos menores hijas, demostrando un desinteres total sobre la crianza de nuestras hijas,
puesto que, ella me las entrego para que yo las criara hasta que ella vuelva de Trujillo,
por lo que, esa pensión de alimentos no tendría por qué haberla retirado ya que era
para cubrir los gastos de nuestras menores hijas durante el mes de enero.
Ø El art. 81º y siguiente del Código de los Niños y Adolescentes reconoce el derecho
a la tenencia y custodia del menor.
Ø El art. 483° que regula las Causales de exoneración de alimentos al dispones que
“El obligado a prestar alimentos puede pedir que se le exonere si disminuyen sus
ingresos, de modo que no pueda atenderla sin poner en peligro su propia
subsistencia, o si ha desaparecido en el alimentista el estado de necesidad.
Ø El art. 472°; que define a los alimentos como lo que es indispensable para el
sustento, habitación, vestido y otros.
Ø El art. 481°; que prescribe que los alimentos se regulan en proporción a las
necesidades del que la pide y las posibilidades del que debe darlos.
Ø Los arts. 424 y 425; que señalan los requisitos que debe reunir la presente
demanda.
V. VÍA PROCEDIMENTAL:
Se tramitará como PROCESO ÚNICO, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 160
del Código de Niños y Adolescentes.
Que, en cumplimiento del Artículo 424° inciso 10 del Código Procesal Civil, en parte
de prueba se ofrece en mérito de los siguientes:
– Documentales:
b) Acta de tenencia de menores de edad (dos niñas), con la que pruebo que se me
otorgo la tenencia temporal de mis menores hijas, desde el seis de agosto hasta
finales del mes de diciembre del año 2016, lo que demuestra sin ninguna duda el
desinteres de criar a nuestras hijas, puesto que, que después de dos meses de
ganarme la tenencia y custodia de mis menores hijas, me las dejo, lo que me hace
pensar que solo quiere beneficiarse de la pensión de alimentos.
c) Acta de tenencia de dos niñas, de fecha 06 de marzo del 2017, con lo que
demuestro que me volvió a dar la tenencia provisional de mis menores hijas para
poder viajar a Trujillo, debo precisar si bien es cierto que, en el acta se menciona que
la tenencia provisional será hasta julio del presente año; sin embargo, la realdad es
otra, puesto que, en aquel año mis hijas estuvieron viviendo conmigo hasta diciembre,
tal como se demostrar con las declaraciones de mis pequeñas hijas.
a) Audiencia única, del expediente número 344-2014, en el que se me fija una pensión
de alimentos a favor de mis dos menores hijas, por un total del 30% de mis
remuneraciones, 15% para cada una.
VII. ANEXOS:
1 – A: Copia de DNI.
POR LO TANTO:
Solicito a usted señor Juez, tener por presentada la demanda de alimentos, darle el
trámite que corresponda, resuelva de acuerdo a mi derecho y de acuerdo a ley.
Trujillo, 16 de
enero del 2019.