Taller Matriz de Epp
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RESPUESTA: las normas que soportan la matriz de EPP, son las siguientes:
a) Cascos para los trabajadores de las minas, canteras, etc., de las estructuras
metálicas, de las construcciones, y en general para los trabajadores que están
expuestos a recibir golpes en la cabeza por proyecciones o posibles caídas de
materiales pesados, que serán resistentes y livianos, de material incombustible o
de combustión lenta y no deberán ser conductores de la electricidad (dieléctricos),
ni permeables a la humedad. Los cascos de seguridad que se fabriquen en el
País, deberán cumplir con las normas, pruebas y especificaciones técnicas
internacionales.
b) Cofias para las personas con cabello largo que trabajen alrededor de
maquinaria, y en aquellos establecimientos en donde se preparan comestibles,
drogas, etc. las cofias serán de material que no sea fácilmente inflamable y
durables para resistir el lavado y la desinfección.
a) Calzado de seguridad para proteger los pies de los trabajadores con caídas
de objetos pesados, o contra aprisionamiento de los dedos de los pies bajo
grandes pesos; este calzado de seguridad tendrá puntera (casquillo) de acero, y
deberá cumplir con la norma de fuerza aceptada, que la puntera soportará un
peso de 1.200 kilos que se coloque sobre ella, o resistirá el impacto de un peso
de 5 kilos que se deje caer desde una altura de 30 centímetros; la parte interior
del casquillo (puntera), en cualquiera de estas dos pruebas, no deberá llegar a
menos de 1,25 centímetros de la superficie superior de la suela.
b) Calzado de seguridad de puntera de acero y suela de acero interpuesta entre
las de cuero para proteger los pies del trabajador contra clavos salientes en
obras de construcción, etc.
c) Calzado dieléctrico (aislante) para los electricistas, y calzado que no despida
chispas para los trabajadores de fábricas de explosivos, que no tengan clavos
metálicos.
d) Polainas de seguridad para los trabajadores que manipulen metales
fundidos, que serán confeccionadas de asbesto u otro material resistente al
calor, y cubrirán la rodilla.
e) Polainas de seguridad en cuero para los trabajadores que laboren en
canteras, etc.
f) Polainas de seguridad para los trabajadores que estén expuestos a
salpicaduras ligeras o chispas grandes, o que manipulen objetos toscos o
afilados, que serán confeccionados de cuero curtido al cromo u otro material de
suficiente dureza.
g) Protectores de canilla de suficiente resistencia cuando los trabajadores
empleen hachas, muelas, y herramientas similares.
h) Botas de caucho de caña alta o de caña mediana, para los trabajadores que
laboran en lugares húmedos, y manejen líquidos corrosivos.
- Artículo 179: los lentes de los cristales y de material plástico, ventanas, y otros
medios protectores para la vista deberán estar libres de estrías, burbujas de aire,
ondulaciones o aberraciones esféricas o cromáticas. La superficie del frente y de
la parte posterior de los lentes y ventanas no deberá causar distorsión lateral, a
excepción del caso cuando proporcionan correcciones ópticas.
- Artículo 180: para los trabajadores que utilizan lentes para corregir sus defectos
visuales y necesiten protección visual complementaria, el patrono deberá
suministrar gafas especiales que puedan ser colocadas sobre sus anteojos
habituales; en caso de ser imposible utilizar ambos tipos de anteojos, el patrón
deberá suministrarles anteojos de seguridad corregidos.
- Artículo 181: para los trabajadores que laboren en soldadura y corte de arco,
soldadura y corte con llama, trabajos en hornos o en cualquier otra operación
donde sus ojos están expuestos a deslumbramientos o radiaciones peligrosas, el
patrono deberá suministrar lentes o ventanas, filtros de acuerdo a las siguientes
normas de matiz o tinte:
- Artículo 193: las gafas protectoras para los trabajadores que manipulen líquidos
corrosivos, tales como ácidos y substancias cáusticas, tendrán las copas de gafas
de material blando, no inflamable, lo suficientemente flexible para que conforme
fácilmente a la configuración de la cara y construidas de tal manera que las
salpicaduras de líquidos no puedan entrar en el ojo a través de las aberturas para
ventilación.
- Artículo 195: las gafas protectoras, los capuchones y las pantallas protectoras
para los trabajadores ocupados en soldadura por arco, soldadura oxiacetilénica,
trabajos de hornos, o en cualquier otra operación donde sus ojos puedan estar
expuestos a deslumbramientos deberán tener lentes o ventanas filtros conforme a
las normas de absorción aceptadas por la autoridad competente.
A) INSTRUCCIONES A EMPLEADORES:
PELIGRO
ASOCIADO
EPP REQUERIDO
PARTE DEL
CUERPO A
CUBRIR
DESCRIPCION DE
EPP
NORMA
ASOCIADA A EPP
VIDA UTIL
LIMITACIONES
REQUIERE
INSPECCION
TIEMPO DE
REPOSICION
DISPOSICION
FINAL
FOTOGRAFIA
OBSERVACIONES