Bases de Licitacion Armada
Bases de Licitacion Armada
Bases de Licitacion Armada
Fecha: 01/08/2019
Número de acto administrativo: 4100-141
Vistos:
lo dispuesto en los artículos 169° y 170° del D.L. N° 2.222, de 1978 del Ministerio de Defensa, Sustituye la
Ley de Navegación el artículo 105°, del D.S. N° 427 de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional la Ley N°
18.928 de 1990, que fija normas Sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e
Incorporales lo establecido en la Ley N° 19.886, de 2003 el D.S N° 250, del 2004, del Ministerio de
Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886 las Resoluciones de la Contraloría General de
la Republica N°s 7 y 8, ambas del 26 de marzo de 2019 la Resolución D.G.T.M. Y M.M. Exenta N°
12.240/14 Vrs., de fecha 25 de junio de 2019, que delega facultades, publicada en el Diario Oficial N°
42.401, de fecha 11 de julio de 2019 la Ley N° 18.575 de 1986, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado la Ley N°19.880 de 2003, que Establece las Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado la Ley
N° 21.125, Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019 y teniendo presente las
atribuciones que me confiere la reglamentación vigente,
Considerando:
1.-Que, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, tiene la necesidad de contratar
los servicios de instalación de piso flotante y reestructuración de entrepuente de esta Dirección General.
2.-Que, dicho servicio no se encuentra disponible en el catálogo electrónico de productos y servicios del
portal www.mercadopublico.cl.
3.-Que, el servicio contratado corresponde a servicios estándar de simple y objetiva especificación, por lo
que no se suscribirá un contrato especial, sino que el contrato se formalizará con la emisión de la orden de
compra y la aceptación por parte del proveedor.
4.-Que, la presente licitación será financiada de conformidad a lo dispuesto en los artículos 169 y 170 de la
Ley de Navegación, aprobada por D.L. N° 2.222, de 1978 y el artículo 105 del Reglamento de Tarifas y
Derechos de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
5.- Que, para los efectos de lo dispuesto en la Resolución de la Contraloría General de la República N°
1.600, de fecha 30 de octubre de 2008, el presupuesto previsto para el presente contrato es inferior a 1.00
UTM.
Resuelvo:
1. APRUÉBENSE las bases de licitación y sus anexos, si los hubiera, correspondientes a la propuesta
pública ID 813685-25-L119, para la contratación de INSTALACIÓN DE PISO FLOTANTE Y
REESTRUCTURACIÓN DE ENTREPUENTE
Rut 61.102.014-7
Especificaciones Técnicas:
INSTALACIÓN DE PISO FLOTANTE PASILLO ACCESO SALA DE MANDO Y
REESTRUCTURACIÓN ENTREPUENTE DE MUJERES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL
TERRITORIO MARÍTIMO Y MM”
1.- ANTECEDENTES:
LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARITIMO Y MARINA MERCANTE llama a los
proveedores, personas naturales y jurídicas, chilenas constituidas en Chile, a presentar sus
ofertas para el proceso de licitación denominado: " INSTALACIÓN DE PISO FLOTANTE
PASILLO ACCESO SALA MANDO Y REESTRUCTURACIÓN ENTREPUENTE DE MUJERES
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL TERRITORIO MARÍTIMO Y MM”
2.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS INSTALACIÓN PISO FLOTANTE:
Se requiere instalación de piso flotante en pasillo de acceso a sala de mando, las que comprende
a 15 M2 aproximadamente.
CONSIDERACIONES GENERALES
Las presentes especificaciones son de carácter general y particular, se refieren al tipo y calidad
de los materiales y al método o sistema de construcción que se consulta para cada uno de ellos.
Obras incluidas
Las obras comprenden:
Retiro de alfombra existente teniendo especial cuidado en artefactos que no forman parte del
trabajo a realizar.
El retiro total de escombros generados por parte de empresa adjudicada.
Instalación del piso flotante de acuerdo a especificaciones.
Trabajos preliminares
Desarmes y Retiros
Se consultan en ésta partida todos los trabajos correspondientes al desarme y retiro de
elementos, artefactos y equipos que no formarán parte del cambio de piso.
1. Retiro de alfombra.
2. Retiro de guardapolvos
TERMINACIONES:
El piso flotante deberá ser de laminado decorativo sobre soporte de HDF en 8 mm de espesor
alto trafico marca Global Wood o equivalente, bajo el piso se colocará lámina niveladora de
poliuretano expandido y se respetará todas las especificaciones del fabricante en cuanto a
separación de muros, juntas, guardapolvos, ¼ rodón y remates.
El contratista deberá presentar muestras y especificaciones junto al presupuesto.
3.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REEMODELACIÓN ENTREPUENTE MUJERES:
Las presentes especificaciones son de carácter general y particular, se refieren al tipo y calidad
de los materiales y al método o sistema de construcción que se consulta para cada uno de ellos.
Obras incluidas:
Las obras comprenden:
Retiro de tabique divisorio, puerta guardapolvos y junquillos, puntos eléctricos existente.
Trazar nuevo tabique, construcción de volcametal 0,60 y volcanita 15mm.
Instalación nuevos puntos eléctricos e instalación de pilastra puerta de acceso.
Reinstalar puerta de acceso.
Instalación de guardapolvos pre pintados, junquillos y ¼ rodón.
Preparación de muros y cielo.
Considerar la aplicación de un mínimo de dos manos o las necesarias para cubrir y dejar
homogénea la superficie, con pintura esmalte al agua satinado Revor o equivalente técnico.
El retiro total de escombros generados por parte de empresa adjudicada.
4.- Requisitos Generales
El contratista adjudicado deberá tener presente que trabajará en un recinto fiscal, por lo tanto
entregará un programa de obras (Carta Gantt) para ser coordinado con el mandante y tomará
todas las medidas de seguridad para el control de su personal y manejo de materiales.
5.- OBRAS DE CONSTRUCCIÓN:
Todo material de desecho y desarmes, será retirado de la obra en cuanto se produzca,
trasladándose a botadero autorizado.
En caso de presentarse elementos rescatables o en buen estado, se consultará previamente al
inspector si se almacenan o se eliminarán.
6.- ASEO GENERAL, ENTREGA Y RETIRO:
La obra se deberá mantener permanentemente aseada y se tendrá especial cuidado de no
dañar elementos existentes y nuevos ya instalados.
En términos generales la empresa contratista deberá hacerse responsable del cuidado y
mantención de todos los elementos instalados y no instalados.
Al término de la obra se deberá considerar un aseo general, con limpieza profunda de todos los
elementos.
7.-HORARIO
Los trabajos se realizarán de lunes a domingo , horario de 09:00 a 19:
hrs.
Visita a terreno:
Se efectuará una(s) visita a terreno en la(s) siguiente(s) fecha(s):
el día 05/08/2019, a las 10:00 hrs., en La visita en terreno es de carácter de obligatoria para esta licitación.
Es fundamental par
a comprender de mejor forma el servicio que se están licitando.
Criterios de evaluación
Nombre % (Porcentaje)
Plazo de entrega 30
Precio 50
Plazo de entrega
Entrega de 1 a 12 días hábiles: 10 ptos.
Entrega de 13 a 18 días hábiles: 5 ptos.
Entrega de 19 a 24 días: 3 ptos.
Entrega de más de 24 días hábiles o no informa: se declarará oferta inadmisible..
El oferente que haya incumplido los requisitos formales o haya omitido antecedentes o certificaciones al
momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad al cierre de
presentación de las ofertas, en virtud del artículo 40, inciso segundo, del Reglamento de la Ley 19.886,
obtendrá 0 puntos.
Precio
Para la evaluación de este criterio se considerará la siguiente fórmula:
Adjudicación
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los
términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente, la que
será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Readjudicación
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las
demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de
los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original,
adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del
plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Para dichas aclaraciones y presentaciones de antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días hábiles,
contados desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema de
información www.mercadopublico.cl.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando
éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán
derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Antecedentes requeridos
Los siguientes antecedentes serán requeridos al respectivo adjudicatario, como requisito previo a la firma
del contrato o a la emisión de la orden de compra, según sea el caso:
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado,
aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el
artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición
de celebrar actos
y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del Registro dispuesto por la ley
N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho,
lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Inscripción en ChileProveedores
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas
de la Administración deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación
de la resolución de adjudicación.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá
inscribirse en ChileProveedores.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los
comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de
estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual,
pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Documentos integrantes
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los
siguientes documentos:
i) Bases de licitación.
ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.
iii) Oferta.
iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si lo hubiere.
v) Orden de compra.
Vigencia y renovación
La relación contractual tendrá una vigencia de 30 días, contados desde la total tramitación del acto
administrativo que apruebe el contrato, si lo hubiere, o desde la aceptación de la orden de compra, si no se
suscribe contrato.
Plazo de Entrega
a.-El servicio solicitado deberá ser entregado de acuerdo a las especificaciones técnicas ofertadas y
adjudicadas, dentro del plazo establecido.
b.- La entrega del servicio se pacta en conformidad a la recepción conforme por parte de la oficina de
mantención.
c.- Si se presentan detalles o incumplimiento de las especificaciones técnicas, aun cuando cumpla con la
fecha de entrega, será responsabilidad del adjudicatario corregirlo a la brevedad, asumiendo los costos
correspondientes.
Las multas que pudieran surgir de este hecho serán tratadas de acuerdo a lo descrito en la cláusula
"efectos derivados de incumplimientos del proveedor".
Pago
El/los pago/s al proveedor por los bienes adquiridos o servicios contratados por la entidad licitante, deberá
efectuarse por ésta dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo
instrumento tributario de cobro.
Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente la entidad licitante certifique la recepción
conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por aquella.
El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los
bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación.
Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de
especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un 1 % del valor neto de
los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de 10 días hábiles.
Las multas no podrán sobrepasar el 10% del valor total del contrato.
El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los
estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos
pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel
cumplimiento, si la hubiere.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con
decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales
Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida
por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad
licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor,
para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos
del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la
entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada
resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta
certificada.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
Término Anticipado
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado de la relación
contractual, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre
alguna de las causales que se señalan a continuación:
3)Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado. Se entenderá por
incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones
contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de
responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento
de sus funciones.
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere
implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público
durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
5)En caso que el atraso en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios supere los 10 días
hábiles.
6)En caso que las multas cursadas por atrasos sobrepasen el 10 % del valor total contratado.
7)Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases.
8)Registrar, a la mitad del período de ejecución contractual, con un máximo de seis meses, saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos 2 años.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel
cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
En estos casos de término anticipado se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las
medidas derivadas de incumplimientos.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad
licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la
relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo.
Propiedad de la información
Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del
órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido
adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados bajo este contrato.
Confidencialidad
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de la relación contractual, la
documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya
accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquélla.
El Adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la relación
contractual, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes
relacionados con el desarrollo de aquélla.
Estándares de probidad
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la
relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de
probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos
a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas
en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada
necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y, en general,
por todas las personas con que aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también
procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Domicilio y jurisdicción
Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Valparaíso y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales
Ordinarios de Justicia.
Aumento de servicio
El servicio solicitado en la presente licitación, podrá aumentar hasta en un 30% del total adjudicado, lo que
se verá reflejado en una orden de compra complementaria.
Adjudicación
En el caso que la licitación no pueda ser adjudicada en el plazo establecido en las bases, se informara
oportunamente las razones que justifican el incumplimiento, indicando un nuevo plazo para su
adjudicación.
De acuerdo a lo contemplado en el artículo 41, inciso segundo del Reglamento de la Ley.
2.- PUBLÍQUESE el llamado a licitación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública
www.mercadopublico.cl
PM
http://www.mercadopublico.cl/ValidadorQR/Validador?qs=E75C3740-8470-4364-82F6-A7BD2D25E015