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Medios de Control

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MEDIOS DE CONTROL

OSCAR ALVAREZ

Medio de control Concepto Procedencia Normatividad Titulares Caducidad Clase de Finalidad Conciliación Efecto
proceso del
fallo
Acción de nulidad por Aquella Para que Código de Cualquier No caduca Establecer la No Aplica Erga
inconstitucionalidad operación que proceda es Procedimiento ciudadano nulidad contra omnes
procede contra necesario que la Administrativo. es de los actos de
los actos de revisión de Ley 1437 del carácter carácter general
carácter general dicho decreto 2011. ART, 135 público. dictado por el
dictados por el infractor CPACA. gobierno
gobierno expedido por el nacional en los
nacional. gobierno no sea cuales se
de competencia encuentre
de la corte violada o
constitucional. vulnerada
normas de
carácter
inconstitucional,
cuya revisión no
corresponda a la
corte
constitucional.
Nulidad Es aquella que En tiempos Código de Cualquier No caduca Por regla Erga
permite que atrás Procedimiento ciudadano general, la omnes
cualquier únicamente Administrativo. es de nulidad solo
persona pueda procedía para Ley 1437 del carácter tiene como
acudir antes un impugnar los 2011. ART, 137 público. finalidad la mera
juez contencioso actos CPACA. declaración de
administrativo administrativo nulidad de un
para que un acto cuando habían acto
administrativo sido expedidos administrativo
que infringe el con violación de creador de
orden jurídico, las normas de situaciones
sea extraído del competencia. jurídicas
mismo, generales,
declarando su impersonales u
nulidad. objetivas.
Acción de nulidad y Es la acción que Procede contra Código de Toda Debe Ordinario Es el Si aplica Erga
restablecimiento del permite a la los actos Procedimiento persona presentarse restablecimiento omnes
derecho persona administrativos Administrativo. que sea dentro de los de la legalidad
afectada con un general cuando Ley 1437 del creada 4 meses para asegurar la
acto de la haya lesionado 2011. ART, 138 lesionada siguientes de actuación lícita
administración un derecho CPACA. en un su publicación. de la
obtener su subjetivo. derecho administración.
nulidad y el subjetivo
restablecimiento amparado
del derecho que en una
le ha sido norma
vulnerado. jurídica.
Acción de reparación En los términos Procede contra Código de Tiene un
directa del artículo 90 actos, cuando Procedimiento término de 2
de la causan un daño Administrativo. años, contado
Constitución especial, a Ley 1437 del a partir del
Política, la pesar de estar 2011. ART, 140 día siguiente
persona conformes con CPACA. del
interesada el ordenamiento acaecimiento
podrá demandar jurídico. del hecho,
directamente la omisión u
reparación del operación
daño antijurídico administrativa.
producido por la
acción u omisión
de los agentes
del Estado.
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OSCAR ALVAREZ
Controversias Es aquella en la Procede para Código de Cualquiera la caducidad Ordinario Permite que las Si aplica
Contractuales cual se pueden controvertir los Procedimiento de las es de 2 años partes del
controvertir asuntos sobre la Administrativo. partes de se cuenta contrato puedan
todos los validez del Ley 1437 del un contrato dependiendo controvertir
asuntos contrato o 2011. ART, 141 estatal. de la clase de todos los
relacionados con algunas de sus CPACA. Ministerio contrato. asuntos
la diferencia que cláusulas. público. relacionados
se presenten anteriormente.
entre la entidad
y el particular
contratista.
Acción de repetición Es una acción Procede Código de Esta acción Dentro de los ordinario El interés Si aplica
civil de carácter medidas Procedimiento la puede 6 meses publico
patrimonial que cautelares de Administrativo. presentar siguiente al
deberá embargo y Ley 1437 del las pago.
ejercerse en secuestro. 2011. ART, 142 entidades
contra del CPACA. públicas.
servidor o ex
servidor público
que como
consecuencia de
su conducta
dolosa o
gravemente
culposa haya
dado
reconocimiento
indemnizatorio
por parte del
Estado,
proveniente de
una condena,
conciliación u
otra forma de
terminación de
un conflicto.
Perdida de investidura A los Código de Término no
congresistas se Procedimiento mayor de 20
les puede seguir Administrativo. días hábiles,
un juicio de Ley 1437 del contados a
responsabilidad 2011. ART, 143 partir de la
por haber CPACA. fecha de la
incurrido en una solicitud
de las causales formada
que están
consignadas en
la constitución y
en la ley.
Nulidad electoral Cualquier La persona Código de Cualquier Termino de 30 La protección No aplica Cosa
persona podrá elegida para Procedimiento persona es días. del juzgada
pedir la nulidad ocupar el cargo Administrativo. de carácter ordenamiento
de los actos de se encuentra Ley 1437 del pública. jurídico en
elección por inmersa en 2011. ART, 139 general.
voto popular o alguna de las CPACA.
por cuerpos causales de
electorales, así inhabilidad o
como de los inelegibilidad.
actos de
nombramiento
que expidan las
entidades y
autoridades
públicas de todo
orden.
Nulidad de las carta de Cualquier El Consejo de Código de Cualquier La acción La protección No aplica Erga
naturaleza y de las persona podrá Estado conoce Procedimiento persona es tendrá un del omnes
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OSCAR ALVAREZ
resoluciones de pedir que se en forma Administrativo. de carácter término de ordenamiento
autorización de declare la privativa y en Ley 1437 del pública. Caducidad de jurídico en
inscripción nulidad de única instancia, 2011. ART 147, 10 años, general.
cartas de de las Acciones CPACA. contados a
naturaleza y de de Nulidad partir de la
resoluciones de contra las fecha de la
autorización de Cartas de expedición.
inscripción Naturaleza,
dentro de la pues el artículo
oportunidad y 128, numeral 4°,
por las causales tal como fue
prescritas en los modificado por
artículos 20 y 21 la Ley 446 de
de la Ley 43 de 1998 en su
1993. artículo 36.
Proceso ejecutivo La actuación Código de Cualquiera Termino de 5 Busca que las Si aplica
jurisdiccional Procedimiento persona o años. entidades
regulada por las Administrativo. titular de un públicas queden
leyes de Ley 1437 del 2011. derecho obligadas al pago
procedimiento ART, 297 CPACA. formalmente del dinero.
por la cual el probado.
titular de un
derecho
formalmente
probado puede
hacerlo exigible
por intermedio de
la manifestación
de un juez.
Control inmediato de Las medidas de Código de
legalidad carácter general Procedimiento
que sean dictadas Administrativo.
en ejercicio de la Ley 1437 del 2011.
función ART, 136 CPACA.
administrativa y
como desarrollo
de los decretos
legislativos
durante los
Estados de
Excepción,
tendrán un
control inmediato
de legalidad,
ejercido por la
Jurisdicción de lo
Contencioso
Administrativo en
el lugar donde se
expidan, si se
tratare de
entidades
territoriales, o
del Consejo de
Estado si
emanaren de
autoridades
nacionales, de
acuerdo con las
reglas de
competencia
establecidas en
este Código.

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