Guía de Participación Ciudadana en La Gestión Municipal
Guía de Participación Ciudadana en La Gestión Municipal
Guía de Participación Ciudadana en La Gestión Municipal
en la Gestión Municipal
2016
Guía Participación Ciudadana
en la Gestión Municipal
2016
Prólogo
Considerando los importantes cambios
que ha experimentado la relación entre
la sociedad civil y la gestión del Estado, el
Gobierno de la Presidenta Michelle Bache-
let ha formulado una invitación a la ciu-
dadanía para que tome parte en las pro-
fundas reformas que se están impulsando
para derrotar la enorme desigualdad exis-
tente en nuestro país, la que también se
expresa a la hora de participar en la toma
de decisiones.
En este contexto, los funcionarios públicos
estamos llamados a generar nuevos y diversos espacios para ampliar la demo-
cracia participativa, lo que implica acercar la acción del Estado a las reales nece-
sidades y legítimas aspiraciones de los ciudadanos, permitiendo así que las per-
sonas y comunidades puedan influir en la elaboración y gestión de las políticas
públicas, lo que a la vez va a contribuir a una mejora significativa en la relación
entre el Estado y la sociedad civil.
Sabemos que en Chile el municipio es uno de los espacios privilegiados para dar
sentido y poner en práctica la participación ciudadana, ya que es el primer esla-
bón para la puesta en marcha y ejecución de políticas públicas, así como también
es el lugar más cercano para que los ciudadanos pueden poner en valor sus opi-
niones y aportes, para hacer que dichas iniciativas sean más efectivas y pertinen-
tes a las necesidades de las personas.
Precisamente por esta razón es que los municipios ocupan un lugar prioritario en
el quehacer de la Subsecretaría de Desarrollo Regional (SUBDERE). En efecto, y
Tras casi cinco años de la promulgación de la Ley número 20.500 Sobre Asociati-
vidad y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, y en un contexto de imple-
mentación de la institucionalidad que esta dispone para el Estado central y los
gobiernos locales, es que durante el año 2015 como División de Organizaciones
Sociales hemos llevado adelante un proceso de consulta sobre esta normativa,
cuyos protagonistas han sido precisamente la sociedad civil y sus organizacio-
nes. Esto lo hemos llevado adelante con la convicción que toda norma, política
INTRODUCCIÓN 10
REFERENCIAS 49
2. CONSULTAS CIUDADANAS
En el artículo 73 de la Ley N° 20.500 se indica que “los órganos de la Ad-
ministración del Estado, de oficio o a petición de parte, deberán señalar
aquellas materias de interés ciudadano en que se requiera conocer la opi-
nión de las personas (…) La consulta señalada (…) deberá ser realizada de
manera informada, pluralista y representativa (...) Las opiniones recogidas
serán evaluadas y ponderadas por el órgano respectivo, en la forma que
señale la norma de aplicación general”.
3. PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS
Es un mecanismo de decisión ciudadana sobre una parte de los recursos
que un Servicio Público dispone anualmente, para financiar el diseño, for-
mulación y ejecución de proyectos prioritarios para la sociedad civil del
ámbito del servicio. A través de jornadas de votación directa, abiertas a
toda la comunidad, combinado con los acuerdos adoptados por el consejo
o asamblea del Presupuesto Participativo, se decide la inversión y parti-
cipación en todo el proceso de desarrollo del proyecto. Supone por tanto,
procesos deliberativos de la comunidad para realizar diagnósticos, formu-
lar propuestas, elaborar proyectos, vigilar su implementación y evaluar
tanto los resultados del proyecto como del mismo proceso.
Por otra parte, el Consejo del Fondo estará conformado por el Subsecre-
Entre sus funciones destacan: Aprobar las bases generales y los requisitos
administrativos para la postulación de proyectos o programas a ser finan-
ciados en el país por los recursos del Fondo; y adjudicar los proyectos o
programas de carácter nacional que postulen anualmente.
•• Organizaciones sindicales
•• Asociaciones gremiales*
Propuesta de Cobertura y
presupuesto y eficiencia de
plan comunal los servicios
de desarrollo municipales
Cuenta
pública de
la gestión
municipal
Existe una cantidad límite de sus miembros, depende del número de Con-
cejales presentes en la comuna:
•• 4 años
El Consejo debe reunirse a lo menos cuatro veces por año, con la presencia
del Alcalde (quien preside el COSOC). En su ausencia, será presidido por el
vicepresidente del COSOC, elegido en la 1° sesión ordinaria del Consejo
por sus propios miembros. El Secretario Municipal cumplirá la función de
Ministro de fe, deberá traer consigo mismo las actas de las reuniones y
acuerdos adoptados en las sesiones anteriores, el original de la ordenanza
de participación ciudadana y del reglamento del Consejo, documentos que
Objetivos
Conforme a la ley, las materias que pueden resolverse en las urnas son las
siguientes:
La aprobación o
modificación del
Asuntos de administración plan comunal
local relativas a inversiones de desarrollo y
específicas de modificación del
desarrollo comunal plan regulador
•• Procedimientos de participación.
Objetivos
•• Por otra parte, una Audiencia Pública busca poder obtener y/o entregar
datos sobre una determinada materia, esencialmente aquellos que la
misma ciudadanía desee proporcionar acerca del tema en cuestión.
Etapa 1
Solicitud Audiencia
Etapa 5
Evento para presentar Etapa 2
Informe con los detalles y Difusión y organización
acuerdos de la audiencia del evento
Etapa 3
Elaboración informe con Etapa 3
detalles y acuerdos de la Audiencia
Audiencia
2. 5. Consultas Ciudadanas
3. Asociaciones gremiales
4. Organizaciones sindicales.
5. La ciudadanía en general
Objetivos
Objetivos
Etapa 6
Ejecución, seguimiento y
evaluación de proyectos
Etapa 4 Etapa 1
Asambleas para discutir, Diseño del proceso
negociar y definir y asignación
proyectos presupuestaria
Etapa 5 Etapa 2
Votación para definir Difusión y organización
proyectos del proceso
Etapa 3
Asambeas para
identificar prioridades
2. 8 Cabildos Comunales
Objetivos
Cabildos
Sectoriales
Cabildos
Barriales
2. 9 Cartas de Servicio
Las cartas de Servicio son “un instrumento a partir del cual el municipio
se compromete a difundir y prestar servicios y programas con determi-
nados estándares de calidad, fijando mecanismos para la presentación
de opiniones, aportes, reclamos y sugerencias de parte de los vecinos y
estableciendo las formas de corrección cuando no puede cumplir con los
compromisos asumidos. Su propósito es transparentar las acciones del
municipio, estableciendo compromisos públicos de gestión, facilitando y
promoviendo la participación de los vecinos a través de compromisos y
deberes asumidos por ambas partes, para la mejora continua de los pro-
gramas y servicios ofrecidos por el municipio, transformando a los ciuda-
danos en protagonistas de su propio desarrollo local ”.
5. Christie, I. (1996). A Green Light for local peopel in return of the local, Demos
Quartely issue 9.
11. Parry, G., Moyser, G. y Day, N. (1992). Political Participation and Democracy in
Britania. Cambrige
División de Municipalidades
Departamento de Desarrrollo Municipal
Unidad de Participación Ciudadana y Transparencia Municipal