Private Law">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Compra-Venta Privada de Moto Lineal.

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 2

COMPRA-VENTA DE VEHICULO MENOR

Conste en el presente contrato, una de compra venta de Bien Mueble que celebran de una
parte INVERSIONES JAGC, Sociedad Anónima Cerrada, identificado con RUC: N°
20605760571, con domicilio legal en Cal 4 N° 452 Dpto. 901, Urbanización el Álamo Retablo,
Torre “B” condominio Alameda Buganvillas, distrito de Comas, Provincia y departamento de
Lima, debidamente representada por RODRIGUEZ ALVEAR BLEYNI LORENA de
nacionalidad Colombiana, identificada con Carnet de Extranjería N° 001370530, de Estado Civil
soltera, conforme a poder Inscrito en la partida electrónica N°14433537 del Registro de Personas
Jurídicas de Lima, a quien en lo sucesivo se denominará “LA VENDEDORA”; y de otra parte
el señor _______________________________________________ identificado con ____ Nº
________________, de nacionalidad ________________, con domicilio real en
_______________________________________________ distrito de _________, provincia
de ______ y departamento de ______ a quien en adelante se le denominará “EL
COMPRADOR”; en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: “LA VENDEDORA” es propietaria un bien mueble menor (MOTO LINEAL),
en adelante “EL VEHÍCULO” con las siguientes características:
Placa : _______________.
Partida reg. : _______________- Oficina registral de ______.
Motor : _______________.
Serie de Chasis : _______________.
Modelo : _______________.
Año : _______________.
Marca : _______________.
Color : _______________.
SEGUNDO: Las partes convienen que el precio de venta de “EL VEHÍCULO” es la suma
de US$. __, _00.00 (___ MIL__ DÓLARES AMERICANOS CON 00/100), monto que
“EL COMPRADOR” cancelara en ____ partes de la siguiente manera:

- La PRIMERA PARTE, a la firma del presente contrato “EL COMPRADOR” emite


cheque de Gerencia Nº _____________ a favor de “LA VENDEDORA” por a la
suma de S/__,000.00 (__mil soles con 00/100), monto equivalente al tipo de cambio
del día a US$ __,000.00 (__ mil Dólares Americanos con 00/100).
- La SEGUDA PARTE, mediante de letra de cambio firmada por la suma de US$
__,000.00 (___ mil Dólares Americanos con 00/100), monto que será cancelado en la
fecha __ de __del dos mil __.
TERCERO: Las partes acuerdan que una vez cancelada la letra de cambio correspondiente a
la cuarta parte de clausula anterior, en el mismo día “LA VENDEDORA” se obliga a elevar a
escritura pública el presente contrato, formalizando para ello la transferencia vehicular a favor
de “EL COMPRADOR” o de quien este último designe, para su respectiva inscripción ante
los Registros Públicos.
CUARTO: A la firma del presente contrato “LA VENDEDORA” hace entrega física de “EL
VEHÍCULO”, conjuntamente el seguro de SOAT, la tarjeta de propiedad, tarjeta de
circulación para transporte público, revisión técnica demás documentación correspondiente a
“EL VEHÍCULO”.
QUINTO: Las partes dejan EXPRESA CONSTANCIA que, a partir de la firma del presente
acuerdo y “EL COMPRADOR” tome posesión de “EL VEHÍCULO”, todo incidente de
índole Civil, Penal, Policial, Administrativa, infracciones de tránsito u otros, será
EXCLUSIVAMENTE responsabilidad de “EL COMPRADOR” por lo que la transferencia
formal quedara condicionada al cumplimiento de la presente clausula.
SEXTO: “LA VENDEDORA” declara que sobre “EL VEHÍCULO” materia del presente
contrato, no existe ningún embargo, gravamen, medidas judiciales o extrajudiciales,
obligándose en todo caso al saneamiento y evicción de Ley.
SEPTIMO: El retraso en el pago por parte de “EL COMPRADOR”, por más de 30 días
calendarios de cualquiera de las cuotas, contempladas en clausula segunda, será causal de
resolución de contrato, con la devolución del vehículo y “LA VENDEDORA” solo se
devolverá a “EL COMPRADOR” el 50 % de lo abonado a la fecha de resolución.
OCTAVO: Para cualquier controversia que se derive del presente contrato, “LA
VENDEDORA” y “EL COMPRADOR” señalan como domicilio real el mismo que esta
mencionado en la introducción del presente documento, lugar a donde deberán ser notificados
tanto extra Judicial como judicialmente, sometiéndose las partes a los Jueces de Lima Norte.
Que, estando conformes cada una de las clausulas estipuladas el presente documento,
las partes se ratifican en él y lo suscriben con firma legalizada ante notario, en duplicado, en
la ciudad de Lima a los __ días del mes de __ del 202_.

 _____________________________     ________________________________      

RODRIGUEZ ALVEAR BLEYNI LORENA …….…….. ……………………………….……….


  C. E N°. 001370530
LA VENDEDORA           EL COMPRADOR                    

También podría gustarte