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56 Normas Legales: El Peruano

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EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS


EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU
Fecha: 19/12/2020 04:29:52

56 NORMAS LEGALES Sábado 19 de diciembre de 2020 / El Peruano

Nacional del Perú, establece que el ascenso por selección Ejecutivo están sometidos a la Constitución Política, a las
se otorga con fecha 1 de enero del año siguiente al del leyes y a las demás normas del ordenamiento jurídico.
proceso. Se acredita con el despacho otorgado a nombre Desarrollarán sus funciones dentro de las facultades que
de la Nación, mediante Resolución Suprema, para le estén conferidas;
Oficiales Generales de Armas y de Servicios; Que, el numeral 4 del artículo 5 del Decreto Legislativo
Que, con Resolución de la Comandancia General N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece
de la Policía Nacional N° 364-2020-CG PNP/SECEJE- que el personal policial tiene derecho al ascenso, de
DIRREHUM, de fecha 12 de noviembre de 2020, se acuerdo a la Ley de la carrera y situación del personal de
declararon las vacantes para el ascenso al grado de la Policía Nacional del Perú;
General de Armas y de Servicios de la Policía Nacional Que, el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Legislativo
del Perú, del año 2020 – Promoción 2021; N° 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la
Que, el Comandante General de la Policía Nacional Policía Nacional del Perú, concordante con lo dispuesto
del Perú, Presidente de la Junta Selectora para el en el artículo 59 de su Reglamento, aprobado mediante
ascenso al grado de General de Armas y de Servicios de Decreto Supremo N° 016-2013-IN, establecen que el
la Policía Nacional del Perú, del año 2020 – Promoción ascenso tiene por finalidad promover al personal al grado
2021, cumpliendo con los procedimientos y reglas inmediato superior, en consideración a sus capacidades,
establecidas en el Decreto Legislativo N° 1149, Ley de la conocimientos, habilidades y aptitudes, así como por la
carrera y situación del personal de la Policía Nacional del evaluación objetiva de sus méritos y deméritos registrados
Perú y su Reglamento, aplicando los principios rectores durante la carrera;
de meritocracia, objetividad, imparcialidad, transparencia Que, el artículo 57 del Decreto Legislativo N° 1149,
y de igualdad de derechos y oportunidades, presentó al Ley de la carrera y situación del personal de la Policía
Presidente de la República, por intermedio del Ministro del Nacional del Perú, establece que el ascenso por selección
Interior, la propuesta institucional de ascenso al grado de se otorga con fecha 1 de enero del año siguiente al del
General de Armas y de Servicios; proceso. Se acredita con el despacho otorgado a nombre
De conformidad a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del de la Nación, mediante Resolución Suprema, para
Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Oficiales Generales de Armas y de Servicios;
Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Que, con Resolución de la Comandancia General
Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional de la Policía Nacional N° 364-2020-CG PNP/SECEJE-
del Perú y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo DIRREHUM, de fecha 12 de noviembre de 2020, se
N° 026-2017-IN; el Decreto Legislativo N° 1149, Ley de declararon las vacantes para el ascenso al grado de
la carrera y situación del personal de la Policía Nacional General de Armas y de Servicios de la Policía Nacional
del Perú y su Reglamento, aprobado mediante Decreto del Perú, del año 2020 – Promoción 2021;
Supremo N° 016-2013-IN; y, la Resolución Ministerial N° Que, el Comandante General de la Policía
1520-2019-IN, del Texto Integrado del Reglamento de Nacional del Perú, Presidente de la Junta Selectora
Organización y Funciones del Ministerio del Interior. para el ascenso al grado de General de Armas y de
Servicios de la Policía Nacional del Perú, del año 2020
SE RESUELVE: – Promoción 2021, cumpliendo con los procedimientos
y reglas establecidas en el Decreto Legislativo N°
Artículo 1.- Ascender al grado de General de Armas 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la
de la Policía Nacional del Perú, con eficacia al 01 de enero Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aplicando
de 2021, al Coronel de Armas de la Policía Nacional del los principios rectores de meritocracia, objetividad,
Perú, CARLOS EDUARDO CARAZAS CARDENAS. imparcialidad, transparencia y de igualdad de
Artículo 2.- Otórguesele el Despacho correspondiente derechos y oportunidades, presentó al Presidente de
e inscríbasele en el Escalafón Policial respectivo. la República, por intermedio del Ministro del Interior,
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es la propuesta institucional de ascenso al grado de
refrendada por el Ministro del Interior. General de Armas y de Servicios;
De conformidad a la Ley N° 29158, Ley Orgánica del
Regístrese, comuníquese y publíquese. Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el
FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional
Presidente de la República del Perú y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo N° 026-2017-IN; el Decreto Legislativo N°
JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la
Ministro del Interior Policía Nacional del Perú y su Reglamento, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 016-2013-IN; y, la
1913577-10 Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, del Texto
Integrado del Reglamento de Organización y Funciones
RESOLUCIÓN SUPREMA del Ministerio del Interior.
Nº 137-2020-IN
SE RESUELVE:
Lima, 18 de diciembre de 2020
Artículo 1.- Ascender al grado de General de Armas
VISTO, la propuesta de fecha 15 de diciembre de de la Policía Nacional del Perú, con eficacia al 01 de enero
2020, formulada por el General de Policía Comandante de 2021, al Coronel de Armas de la Policía Nacional del
General de la Policía Nacional del Perú, Presidente de la Perú, CARLOS ALEJANDRO CESPEDES MUÑOZ.
Junta Selectora del Proceso de Ascenso por Selección al Artículo 2.- Otórguesele el Despacho correspondiente
grado de General de Armas y de Servicios de la Policía e inscríbasele en el Escalafón Policial respectivo.
Nacional del Perú, del año 2020 – Promoción 2021; Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por el Ministro del Interior.
CONSIDERANDO:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Que, el artículo 172 de la Constitución Política del Perú,
establece que los ascensos se confieren de conformidad FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER
con la ley y que el Presidente de la República otorga los Presidente de la República
ascensos a los Generales de la Policía Nacional del Perú,
según propuesta del instituto; JOSÉ MANUEL ANTONIO ELICE NAVARRO
Que, el artículo 1 del Título Preliminar de la Ley N° Ministro del Interior
29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece
que las autoridades, funcionarios y servidores del Poder 1913577-11

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