Economía y Hacienda PDF
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Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés
general
La LEY establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad
de los organismos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general.
Art. 129 CE
Promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y
Los poderes públicos fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas
Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en
particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de
Art. 130 CE
vida de todos los españoles.
Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.
El Estado, mediante LEY, podrá panificar la actividad económica general para atender a las necesidades
colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y
de la riqueza y su mas justa distribución.
Son bienes de dominio público, los que determine la ley y, en todo caso:
- La zona marítimo-terrestre
- Las playas
- El mar territorial
- Y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.
La POTESTAD ORIGINARIA para establecer tributos corresponde EXCLUSIVAMENTE AL ESTADO, mediante LEY
Las CC.AA y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la CE y las leyes.
Art. 133 CE Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de LEY.
Las administraciones públicas sólo podrán contraer obligaciones financieras y realizar gastos de acuerdo con
las leyes
Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y las Cortes Generales, su
examen, enmienda y aprobación. Tendrán carácter anual
Incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público
Los Presupuestos Generales del Estado estatal
Y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que
afecten a los tributos del Estado.
El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los PGE al menos 3 meses antes de la
expiración de los del año anterior.
Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del 1º día del ejercicio económico correspondiente, se
Art. 134 CE considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de
los nuevos.
Aprobados los PGE, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público
o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.
Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos
presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.
La Ley de Presupuestos NO PUEDE CREAR TRIBUTOS. Podrá MODIFICARLOS cuando una ley tributaria
sustantiva así lo prevea.
El Estado y las CC.AA no podrán incurrir en un déficit estructura que supere los márgenes establecidos, en
su caso, por la UE para sus Estados miembros
Una LO fijará el déficit estructural máximo permitido Ley Orgánica 2/2012, de
al Estado y a las CC.AA, en relación con su producto Estabilidad Presupuestaria y
interior bruto. Sostenibilidad Financiera
Las entidades locales deberán presentar equilibrio
presupuestario
Art. 135 CE
El Estado y las CC.AA habrán de estar autorizados por LEY para emitir deuda pública o contraer crédito.
- Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se
entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de
prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se
ajusten a las condiciones de la ley de emisión.
- El volumen de la deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el PIB
del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el TFUE.
Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de
catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al
control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o
social del Estado, apreciadas por la MAYORÍA ABSOLUTA de los miembros del Congreso.
Una LO desarrollará los principios de este artículo, así como la participación en los procedimientos
respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de
política fiscal y financiera.
a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las
distintas Administraciones Públicas, los supuestos
excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo
de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro
pudieran producirse.
Art. 135 CE En todo caso, regulará:
b) La metodología y procedimiento para el cálculo del déficit
estructural
El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del
Estado, así como del sector público.
- Dependerá directamente de las CORTES GENERALES y ejercerá sus funciones por delegación de ellas
en el examen y aprobación de la Cuenta General del Estado.
Las cuentas del Estado y del sector público estatal se rendirán al Tribunal de Cuentas y serán censuradas por
éste.
El Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de su propia jurisdicción, remitirá a las Cortes Generales un informe
Art. 136 CE anual en el que, cuando proceda, comunicará las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se
hubiere incurrido
Miembros del Tribunal de Cuentas: Gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos
a las mismas incompatibilidades que los Jueces.
Una LO regulará la composición, organización y funciones del Tribunal Ley Orgánica 2/1982 del Tribunal
de Cuentas de Cuentas