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FINAL - ComunicaciónII - REV 2

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COMUNICACIÓN II

ACTIVIDAD CALIFICADA – EF
EXAMEN FINAL

I. DATOS INFORMATIVOS:
● Título : Examen final
● Tipo de participación : Grupal (4 participantes)
● Plazo de entrega : Séptima semana de clase (Semana 7)
● Medio de presentación : Aula virtual / menú principal / EF
● Calificación : 0 a 20 – 40% del promedio final

II. EVIDENCIA(S) DE APRENDIZAJE


Realiza un plan de redacción en un esquema numérico y redacta un texto
argumentativo a partir del plan elaborado previamente, empleando estrategias
discursivas pertinentes, respetando las propiedades textuales básicas, los parámetros
académicos APA, y la normatividad ortográfica y gramatical.

III. INDICACIONES
Para la rendición del examen final se debe considerar:
1. El contenido de todos los módulos.
2. Condiciones para el envío:
● El documento debe ser presentado en archivo de Ms. Word (.doc).
● Graba el archivo con el siguiente formato:
EF_(nombre del curso)_Apellidos y nombres completos
Ejemplo: EF_ComunicaciónII_Nuñez Gutiérrez Carlos Alejandro
3. Extensión del trabajo:
● La extensión máxima será de 2 páginas. Una para el esquema y una para el
texto argumentativo.
4. Asegúrese de enviar el archivo y que sea el correcto, y cumplir con las condiciones
de envío, de lo contrario, no habrá opción a reclamos posteriores.

NOTA: Si el/la estudiante comete cualquier tipo de plagio, su puntuación automática será
cero (0).

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COMUNICACIÓN II

IV. ANEXOS

Instrucción I: Selecciona uno de los siguientes temas.

o Eliminación de los Estudios Generales en las universidades del Perú


o Legalización de la maternidad subrogada en el Perú
o Uso de la tecnología durante los partidos de fútbol como apoyo arbitral
o Validez de personas transgénero en certámenes de belleza femeninos

Instrucción II: Elabora el plan de redacción en el esquema numérico


presentado a partir del tema elegido.

o Título: Legalización de la maternidad subrogada en el Perú

1. Párrafo de inicio (primer párrafo)


1.1. Contexto (Estrategia de inicio):
La naturaleza del ser humano determina que debe reproducirse, por ello el hombre
añora siempre tener hijos y pese a la infertilidad incurable de años remotos, se ha
procurado por todos los medios conseguir al heredero tan anhelado. Con los avances
científicos y tecnológicos que se evidencian actualmente, se debería utilizar estos
medios para regular lo que ya es posiblemente tangible.
Existe mucha controversia sobre la maternidad subrogada desde su definición
conceptual hasta los problemas éticos-jurídicos que se generan. Sin embargo, esta
técnica se ha convertido en los últimos años en una posibilidad para aquellas parejas
que aun deseando procrear naturalmente no logran hacerlo debido a que la mujer sufre
problemas de infertilidad.
Por lo cual esta técnica está orientada a enfrentar la infertilidad de la mujer
garantizando sus derechos reproductivos.

1.2 Controversia:
La maternidad subrogada constituye el único mecanismo para resolver los problemas
de infertilidad en la mujer, sin embargo, en el Perú, existe una prohibición tacita de
utilizar esta técnica.
Desde un punto de viste positivo se establece que recurrir a la utilización de las
técnicas de reproducción asistida es un derecho que tiene toda persona a tratar su
infertilidad y procrear mediante las mismas, y lograr su propia descendencia.
1.3. Postura:

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COMUNICACIÓN II

La legalización de la maternidad subrogada en el Perú, debe ser regularizada en su


aplicación de técnicas de reproducción asistida mediante una ley específica.

Anticipación:
A continuación, daremos a conocer nuestros argumentos que respaldan y sustentan
nuestra postura a fin justificar la legalización de la maternidad subrogada en el Perú

2. Argumento 1 (segundo párrafo)


En el Perú no existe un marco normativo explícito que regule la maternidad
subrogada, ni para declararla nula, ni para admitirla. La Ley 26842, Ley General de
Salud, en su artículo 7 establece una prohibición tácita respecto de esta práctica en
los siguientes términos:
Toda persona tiene derecho a recurrir al tratamiento de su
infertilidad, así como a procrear mediante el uso de técnicas de
reproducción asistida, siempre que la condición de madre
genética y de madre gestante recaiga sobre la misma persona.
Para la aplicación de técnicas de reproducción asistida, se
requiere del consentimiento previo y por escrito de los padres
biológicos.

No obstante, tal escenario, la maternidad subrogada es una práctica real


en el Perú que ha sido puesta en evidencia, principalmente, a través de
fuentes periodísticas (Canessa, 2011: 106)
En el año 2006 un canal de televisión española difundió un reportaje
sobre una red de profesionales médicos y personas encargadas de
contactar vía internet a parejas interesadas en concebir un hijo mediante
una mujer portadora.
«Organización que se anuncia en internet contacta a extranjeros para
ofrecer a jóvenes peruanas como incubadoras vivientes». Se trataba de
una red que operaba en nuestro país y ofrecía el servicio de maternidad
subrogada o como lo denomina el reportaje de "vientres de alquiler"
(Diario La República, 2006)1

1
Reportaje periodístico publicado por el diario La República, edición del 13 de diciembre de 2006. Información
recuperada el 23 de setiembre de 2014, de http://www.larepublica.pe/13-12-2006/canal-espanol-destapa-red-

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COMUNICACIÓN II

Si bien el reportaje revela la forma clandestina e ilegal con la que actúan


estas personas, expone también la participación de clínicas reconocidas
en el manejo de técnicas de reproducción asistida.

Esta situación, por lo tanto, pone al descubierto una realidad que se viene
dando al margen de lo establecido en la regulación nacional o para ser
más precisos, que se da más bien por ausencia de regulación expresa al
respecto.

3. Argumento 2 (tercer párrafo)


Por su parte la corte suprema de Justicia en diciembre del año 2011 emitió una
sentencia que sería la primera resolución de este órgano en relación con la maternidad
subrogada, donde además se tuvieron que definir aspectos referidos a la determinación
de la filiación del menor y el interés superior del niño2
Con relación a lo expuesto es posible advertir que en tanto se trasladan al ámbito
judicial las controversias suscitadas por incumplimiento de los compromisos entre las
partes involucradas (comitentes y mujer gestante) con el objeto de encontrar una
solución jurídica al problema, es precisamente cuando se constata el vacío legal en
dicha materia, razón por la cual el camino obligado es la búsqueda de subterfugios
legales que permitan encontrar la mejor solución, más aún cuando de por medio está
la vida y el futuro de un menor.
En octubre del año 2013 se presentó el Proyecto de Ley 2839/20013-CR que tiene
como finalidad modificar el artículo 7 de la Ley 26842, Ley General de Salud e
incorporar la modalidad de maternidad sustituta parcial altruista. Esta figura, según se
advierte en el artículo 2 de la propuesta legislativa se refiere a lo siguiente:

La maternidad sustituta parcial y altruista se realizará con el aporte del material


genético femenino y con el gameto masculino para su concepción, mediante la

de-vientres-de-alquiler-en-lima
2
El caso en discusión describía a una pareja que tomó la decisión de encargar a una mujer la gestación de un niño que después de nacido debía ser entregado
a la pareja comitente (contratante). Este acuerdo fue convenido con el pago de una determinada suma de dinero en favor de la mujer gestante. La fecundación
se realizó con el gameto del esposo comitente y el de la mujer gestante, razón por la que, genéticamente, él era el padre del niño concebido y la mujer
subrogada era la madre. Una vez nacido el bebé (fue una niña), esta fue entregada a la pareja contratante, quienes iniciaron un proceso de adopción por
excepción para que legalmente se constituyera la filiación a su favor, sin embargo, la madre genética o madre subrogada y su pareja se arrepintieron de
finalizar el proceso y desistieron de continuar con la adopción. Luego de una serie de demandas y recursos en contra de la adopción, la Corte Suprema
determinó que todas las causales carecían de sustento, «[…] y basado en el comportamiento de la gestante y su pareja, dispuestos en un principio a renunciar
a su hija a cambio de dinero, resolvió que había de primar el interés superior de la niña a que continúe viviendo con los demandantes, quienes, sostuvo el
Tribunal, le proporcionaban un ambiente adecuado. Por lo que, concluyó, “arrancarla de su seno familiar a su corta edad resultaría gravemente perjudicial”.
Por estos motivos, declaró infundado el recurso de casación». Información recuperada el 15 de setiembre de 2014, de http://udep.edu.pe/derecho/index.php?
id_cont=5019

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COMUNICACIÓN II

fecundación in vitro de la concepción de su propio hijo, cuyo embrión será implantado


en el vientre de la mujer que aceptará de manera altruista la gestación del nuevo ser.

En consecuencia, y frente a un escenario en el que se evidencia no solo el tratamiento


irregular de la maternidad subrogada en el Perú, sino, sobre todo, el vacío legal que
impide su control y dificulta la resolución de conflictos derivados de esta práctica,
resulta necesario y relevante adoptar medidas que de forma explícita ordenen esta
realidad.

4. Párrafo de cierre (cuarto párrafo)


Conector de cierre
En conclusión, la legislación peruana debería regular de forma específica el uso de esta
técnica. En dicha norma deberán abarcar distintos aspectos que brinden una adecuada
protección los que intervienen en el uso de la misma.

Reafirmación de la postura:
Respecto al tema es una técnica que puede permitir que muchas personas con problemas de
fertilidad se conviertan en padres, por tal motivo es importante que sea regulada de forma
adecuada.

Síntesis de los párrafos de desarrollo:


En el Perú no existe un marco normativo explícito que regule la maternidad subrogada, ni
para declararla nula, ni para admitirla. Sin embargo, esta es una práctica real que ha sido
expuesta principalmente a través de fuentes periodísticas que develan la forma clandestina e
ilegal con la que actúan algunas personas y clínicas involucradas. Esta situación evidencia, no
solo el tratamiento irregular de la maternidad subrogada en el Perú, sino esencialmente, el
vacío legal que impide su control y dificulta la resolución de controversias derivadas de esta
práctica, razón por la cual resulta necesario y relevante adoptar medidas que de forma
explícita ordenen esta realidad.

Estrategia de cierre:
La técnica de reproducción de la maternidad subrogada debería considerarse como un
derecho, para que toda mujer infértil pueda recurrir a esta técnica y logre cumplir con su
proyecto de vida de ser madre.

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COMUNICACIÓN II

Instrucción III: Redacta el texto argumentativo a partir de los enunciados de


tu plan de redacción (esquema numérico).

El texto debe presentar las siguientes condiciones:


⮚ El texto debe respetar el formato APA:
-Fuente: Times New Roman
-Tamaño: 12 puntos.
-Alineación: Izquierda
-Interlineado: Doble espacio
El texto se debe presentar como un texto continuo, con título. No
incluir subtítulos.
⮚ Debe estar compuesto por cuatro párrafos: Párrafo de inicio, primer
párrafo de desarrollo, segundo párrafo de desarrollo y párrafo de
cierre.
⮚ Cada párrafo debe respetar la estructura propuesta en el esquema;
además, deben estar compuestos por 5 líneas como mínimo y 7
como máximo. Así mismo un mínimo de 5 oraciones.
⮚ Elabora el listado de referencias que utilizó en su texto. Considere la
normativa APA (6ta. Edición)

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COMUNICACIÓN II

Título: Legalización de la maternidad subrogada en el Perú

El tema sobre el derecho de la mujer infértil al acceso a la TERA1 de maternidad subrogada en el Perú es muy

importante y controversial por las distintas posiciones que se toman respecto de ella. La técnica de maternidad

subrogada, mal llamada como “alquiler de vientres” por algunos especialistas, no ha sido materia de análisis

desde los derechos fundamentales, es decir, desde una perspectiva constitucional, sino que la mayoría de las

investigaciones exploran este tema en el ámbito del negocio jurídico, en concreto, del contrato. A continuación,

explicare mi afiliación

En Primer lugar, En el Perú no existe un marco normativo explícito que regule la maternidad subrogada, ni para

declararla nula, ni para admitirla. La Ley 26842, Ley General de Salud, en su artículo 7 establece una

prohibición tácita respecto de esta práctica. Además la legislación presentada por el grupo de

Ciudadanos descarta toda compensación económica. Es decir, quiere anular el anterior argumento opositor,

echando por tierra la idea de "vientre de alquiler" y bautizándolo en su lugar como "gestación subrogada", por la

cual una mujer se prestaría libremente al embarazo. Los costes generados durante el embarazo, eso sí, sí se

podrán compensar.

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COMUNICACIÓN II

En Conclusión, Regular la maternidad subrogada gestacional altruista demanda grandes esfuerzos de los

legisladores para otorgar adecuada protección a todos los implicados en esta. Por ello, debe regirse de

acuerdo con parámetros limitados para que no sea posible distorsionarla a través de ficciones legales. El

primer desafío de regularla es que se despejen todas las dudas referidas a la errónea interpretación del artículo

7 de la Ley General de Salud. De otra manera, será imposible proteger los derechos constitucionales de los

integrantes de la nueva familia que nace, pues seguirían emitiéndose pronunciamientos contradictorios

respecto a este artículo. Asimismo, que se establezca que la maternidad subrogada gestacional altruista solo

podrá ser utilizada ante la infertilidad certificada de la pareja que desee acudir a esta.

V. RÚBRICA DE EVALUACIÓN:
La asignación del puntaje máximo a cada criterio es aplicable si este se cumple a nivel
satisfactorio. El docente del curso determina el puntaje de cada ítem de acuerdo con su juicio de
experto.

CRITERIOS NIVELES DE LOGRO

SATISFACTORIO EN PROCESO EN INICIO

ESQUEMA NUMÉRICO (4 puntos)

Todos los enunciados son claros y La mayoría de las ideas son claras y están Pocas ideas son claras y los
SINTAXIS DE LOS
precisos, y presentan la misma adecuadamente redactadas en frases nominales u enunciados se presentan con
ENUNCIADOS
estructura sintáctica: frase nominal u oraciones. diferentes estructuras sintácticas.
(2 puntos)
oraciones.

2 1 0

Respeta la estructura propuesta y el


ESTRUCTURA formato de numeración y sangrado
FORMATO Y adecuados, reflejando la planificación de No respeta la estructura propuesta. No presenta la controversia ni la postura o estas no
SECUENCIA LÓGICA una organización argumentativa son adecuadas. Los enunciados de los argumentos no presentan la estructura solicitada
(1 puntos) consistente. El esquema tiene sentido y/o no presentan relación con la postura, reflejando un esquema numérico sin lógica
lógico como unidad textual discontinua. secuencial

1 0

GRAMÁTCA Y
El párrafo no presenta errores
ORTOGRAFÍA Presenta errores ortográficos y/o gramaticales.
gramaticales u ortográficos.
(1 punto)

1 0

TEXTO ARGUMENTATIVO (16 puntos)

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COMUNICACIÓN II

La introducción tiene estrategia de inicio, A la introducción le faltan algunos elementos o No respeta la estructura propuesta.
INICIO
controversia, postura y anticipación en la contiene errores.
(3 puntos)
estructura adecuada.

3 2-1 0

El desarrollo consta de dos párrafos, El desarrollo consta de dos párrafos, pero faltan No respeta la estructura propuesta.
DESARROLLO cada uno compuesto por IP, IS, cita y algunos elementos o contiene errores
(4 puntos) fundamentación en la estructura
adecuada.

4-3 2-1 0

CITAS Respeta la estructura de la cita textual Respeta la estructura pero faltan algunos No respeta la estructura APA o no
(2 puntos) corta APA elementos APA. realiza las citas.

2 1 0

El cierre consta de conector de cierre, Al cierre le faltan algunos elementos o contiene No respeta la estructura propuesta.
CIERRE reafirmación de la postura, síntesis de errores.
(3 puntos) los argumentos y estrategia de cierre en
la estructura adecuada.

3 2-1 0

REFERENCIA Respeta la estructura de las referencias Presenta más de tres errores en la estructura de las referencias APA
BIBLIOGRÁFICAS según APA
(1 punto)

1 0

Todos los enunciados son claros y están Algunas de las ideas son claras y están Muy pocas o ninguna idea es clara
relacionados con conectores y adecuadamente enlazadas o todas las ideas son y se han usado conectores o
COHESIÓN Y
referencias con propiedad y secuencia claras, pero no se han usado los recursos referencias inadecuados. El texto
COHERENCIA
lógica. Los párrafos tienen sentido como adecuados para establecer su correcta relación. A no tiene sentido porque no hay
(2 puntos)
unidad y entre sí generando una lectura nivel global, uno de los párrafos no presenta relación o secuencia lógica entre
clara del texto. relación con los demás. los párrafos.

2 1 0

GRAMÁTICA Y
El párrafo no presenta errores
ORTOGRAFÍA Presenta más de 3 errores ortográficos y/o gramaticales.
gramaticales ni ortográficos.
(1 punto)

1 0

PUNTOS EN CONTRA:

PRESENTA EF CON Si el texto se presenta con miembros de otra sección obtendrá un descuento de 7 puntos sobre la nota que saque (menos
MIEMBROS DE OTRAS siete, -7).
AULAS

PRESENTA EF SIN Si el texto se presenta sin carátula obtendrá un descuento de 5 puntos sobre la nota que saque y se calificara solo si
CARÁTULA DE aparece en la carátula de otro integrante (menos cinco, -5).
INTEGRANTES

PRESENTA EF CON UN
Si el texto se presenta con otro tema obtendrá un descuento de 5 puntos sobre la nota que saque (menos cinco, -5).
TEMA DIFERENTE A LOS
SOLICITADOS

Si el texto se presenta en forma individual, sin justificación y aceptación del docente, obtendrá la nota mínima (cero, 0).
PRESENTA EF INDIVIDUAL

NO SUBE DOCUMENTO Si el texto no es subido al aula virtual obtendrá la nota mínima (cero, 0).
DE EF

PRESENTA EF CON Si el texto se presenta en su propósito y estructura como un texto expositivo obtendrá la nota mínima (cero, 0).
ESTRUCTURA EXPOSTIVA

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