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Guia Didactica de Civica # 3
Guia Didactica de Civica # 3
Guia Didactica de Civica # 3
GUÍA N° 3
Asignatura – Cívica – Décimo Grado
Bachiller en Comercio: X° L, M, N.
Bachiller en Contabilidad: X° P
TEMA N° 4
El Matrimonio Eclesiástico
DOCENTE: MELISA BRANDAO R.
DEPARTAMENTO DE CIENCIAS SOCIALES
OBJETIVO GENERAL
Definir el concepto legal del matrimonio eclesiástico.
OBJETIVOS DE APRENDIZAJE
Reflexión de los roles dentro del
matrimonio.
Concienciación del matrimonio como base
de la familia.
CONTENIDOS
CONCEPTUALES PROCEDIMENTALES ACTITUDINALES
El Matrimonio Eclesiástico
Impedimentos matrimoniales
Por edad, a los varones menores de dieciséis años y las mujeres menores de
catorce años. Por impotencia del varón o de la mujer para realizar físicamente la
cópula o acto conyugal. Por ligamen. Por anterior matrimonio, salvo que haya
sentencia canónica de nulidad. Por disparidad de cultos entre una persona
bautizada en la Iglesia católica o recibida en su seno y otra no bautizada. Por
razón del orden, a los varones que han recibido las órdenes sagradas de
episcopado, presbiterado y diaconado. Están excluidos los varones casados
ordenados de diáconos. Por razón del voto, a las personas, hombres y mujeres,
que estén vinculados por el voto perpetuo de castidad en un instituto religioso. Los
eremitas, anacoretas, miembros de institutos seculares y de sociedades de vida
apostólica no están sujetos a este impedimento.
Por razón del rapto, el varón que rapta o retiene a una mujer contra su voluntad
para contraer matrimonio con ella. Por razón del crimen, el que, con el fin de
contraer matrimonio con una determinada persona, mata al cónyuge de ésta o su
propio cónyuge. Por razón de consanguinidad en línea recta, a todos los
ascendientes y descendientes entre sí en cualquier grado, sean legítimos o
naturales; y en línea colateral, a todos los parientes hasta el cuarto grado
inclusive. Por razón de pública honestidad, el concubinato notorio o público en
primer grado de línea recta entre el varón y las consanguíneas de la mujer o
viceversa. Por razón de adopción, en línea recta entre los adoptantes y el
adoptado y en segundo grado en línea colateral entre los hijos naturales y
adoptados de aquellos.
Nulidad Matrimonial
Separación Matrimonial.
El cónyuge inocente tiene derecho a separarse del otro cónyuge por adulterio,
siempre que sea sin su consentimiento ni sea motivado ni cometido ni perdonado
expresa o tácitamente por él. Se presume que hay perdón, cuando pasan seis
meses de convivencia conyugal sin que el cónyuge inocente acuda a la autoridad
civil o eclesiástica. Asimismo, uno de los cónyuges tiene derecho a separarse del
otro, si éste pone en grave peligro espiritual o corporal al otro cónyuge o a los hijos
o hace demasiada dura la vida en común.
Privilegios Matrimoniales
El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por nadie. Sin embargo, el
Romano Pontífice, por el privilegio Petrino, puede disolver el matrimonio rato no
consumado y el matrimonio rato y consumado entre una parte bautizada y otra no
bautizada.
Biblioteca
https://iglesiaactualidad.wordpress.com/2015/09/11/el-matrimonio-
eclesiastico/.
ACTIVIDAD
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Ejemplo
CRITERIOS DE
EVALUACIÓN
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5 4 3 2 1
Total