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Lic.: Juana Isela Sánchez Escalante: Licenciatura en Derecho

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Módulo 17. Practica forense civil y mercantil.

Unidad 2. procesos y procedimientos judiciales civiles y mercantiles.

Sesión 4. procedimiento de jurisdicción voluntaria y procesos civiles judiciales.

Actividad Integradora: ESTUDIANTE:


Actividad 1 y 2 e Integradora Mariana Elizabeth Macías Félix
ES162005108

Lic.: Juana Isela Sánchez Escalante. Licenciatura en Derecho


Índice

INTRODUCCIÓN

ACTIVIDAD 1: DILIGENCIAS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.

ACTIVIDAD 2: CONTROVERSIAS DE ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO.

MARIANA ELIZABETH MACIAS FELIX

ACTIVIDAD INTEGRADORA. ELABORANDO DEMANDA DE CONTROVERSIA DE LO FAMILIAR.

CONCLUSIONES

FUENTES DE CONSULTA
INTRODUCCIÓN
• Las diligencias de jurisdicción voluntaria, suelen ser criticadas porque en ellas propiamente no existe controversia entre las partes, y por lo

mismo, el juez no ejerce jurisdicción en ellas, pues no resuelve litigio alguno. Así lo confirma el artículo 893 del CPCDF, en su primer

párrafo: La jurisdicción voluntaria comprende todos los actos en que, por disposición de la ley o por solicitud de los interesados, se

requiere la intervención del juez, sin que esté promovida ni se promueva cuestión alguna entre partes determinadas.

• Una vez que has conocido las reglas del proceso ordinario civil, vía en la que se tramitan los “juicios” cuando no tienen establecida una

regla especial, es necesario que conozcas algunos de los procesos especiales en materia civil reguladas por el Código de Procedimientos

Civiles para el Distrito Federal. No obstante, recuerda que las reglas del proceso ordinario civil son las primeras que se consideran

supletoriamente para cubrir todas las lagunas de los procesos especiales. Conforme a lo anterior, se te sugiere que leas los artículos

reguladores de los procesos especiales con la mira de identificar las diferencias entre el proceso ordinario y el especial, la comparación es

una herramienta metodológica que te ayudará a comprender mejor las instituciones, ya que cada proceso especial se ha creado para atender

necesidades específicas. Por ello, en primer lugar, debes identificar la procedencia de cada proceso y si el litigio que estés por plantear no

encuadra en los procesos especiales, deberás acudir al ordinario.


MARIANA ELIZABETH MACIAS FELIX
A
A C T I V I D A D 1 : D I L I G E N C I A S D E J U R I S D I C C I Ó N V O L U N TA R I A .
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA
Diligencias de jurisdicción voluntaria sobre
información AD-PERPETUAM
PRESENTE
Escrito inicial

Al Juez de lo Civil en turno, del Tribunal Superior de Justicia de Tepic Nayarit. Lic Juana Isela Sánchez Escalante, en mi carácter de apoderada para

pleitos y cobranzas de la C Mariana Elizabeth Macias Félix, personería que acredito en términos de la escritura treinta mil ochocientos noventa y cuatro,

otorgado ante este honorable juzgado, en la Ciudad de Tepic Nayarit, en funciones de Notario Público, el día 23 de enero de 2017, mismo que como

ANEXO y acompaño a esta solicitud en copias certificada y simple para que previo su cotejo me sea devuelto el primero de los mencionados, señalo

como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en calle Juárez # 300-A colonia centro, en Tepic, Nayarit y autorizo para consultar el expediente e

imponerse de autos a los Licenciados en Derecho marco Antonio Mendoza Díaz e Iván Eliut Rodríguez Martínez, quienes son titulares de las Cédulas

Profesionales 245876 y 245784, expedidas por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública, mismas que se encuentran

registradas ante la Primera Secretaría de Acuerdos de la Presidencia y del Pleno de éste Tribunal, con los números de folio f32547, y autorizo para el solo

efecto de oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos al Licenciado en Derecho Carlos Alberto Parra Lomelí , así como a Laura Anairam

Fuentes Macias.
A C T I V I D A D 1 : D I L I G E N C I A S D E J U R I S D I C C I Ó N V O L U N TA R I A .

Expongo:

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 893 del Código de Procedimientos Civiles, así como los artículos 2080, 2478 y 2425 fracción I

del Código Civil, promuevo estas diligencias de jurisdicción voluntaria sobre información AD-PERPETUAM a efecto de que se notifique al

señor DESTINATARIO, quien tiene su domicilio zacatecas #343 colonia centro, Tepic Nayarit, lo siguiente:

1.- Acreditar la posesión y pleno dominio del siguiente bien mueble AUTOMOVIL MARCA FIAT TIPO HATCHBACK, 4 PUERTAS,

TRANSMISION AUTOMATICA, MODELO 2017 SERIE E23S6544332312423456744, MOTOR 1.0, COLOR GRIS ESCANDIUM.

2.- Ofrecer prueba testimonial de los C. Luis Ernesto macias Félix y alma Guadalupe macia Félix a fin de justificar que soy propietaria de bien

mueble AUTOMOVIL MARCA FIAT TIPO HATCHBACK, 4 PUERTAS, TRANSMISION AUTOMATICA, MODELO 2017 SERIE

E23S6544332312423456744, MOTOR 1.0, COLOR GRIS ESCANDIUM., en Tepic, Nayarit. En tal virtud, pido se le haga saber al destinatario

de estas diligencias.

Baso estas diligencias de jurisdicción voluntaria, en los siguientes:


A C T I V I D A D 1 : D I L I G E N C I A S D E J U R I S D I C C I Ó N V O L U N TA R I A .

HECHOS

El 26 de enero de 2017, celebre un contrato de compra venta a la agencia álica automotriz en Tepic Nayarit, mediante el cual me entregaron

una factura con folio f121212 con un valor de 179,000.00 00/MN.

dicha factura del vehículo en cuestión fue extraviada por mi representante, dando fundada razón de su dicho.

El día de la compra procedí sacar copias fotostáticas de la factura en mención, y mediante este acto vengo a presentar

Por otra parte, vengo a presentar mis pruebas testimoniales, mismas que acredita que el bien mueble, es propiedad de la suscrita

Así, por los hechos narrados, es que promuevo estas diligencias a fin de que se notifique a su destinatario tanto mi deseo que se acredite que

siguiente bien mueble AUTOMOVIL MARCA FIAT TIPO HATCHBACK, 4 PUERTAS, TRANSMISION AUTOMATICA, MODELO 2017

SERIE E23S6544332312423456744, MOTOR 1.0, COLOR GRIS ESCANDIUM. Es propiedad de la suscrita y que conste que está en mi

posesión.
A C T I V I D A D 1 : D I L I G E N C I A S D E J U R I S D I C C I Ó N V O L U N TA R I A .

Por lo expuesto pido:

1.- Tenerme por presentada con la personería con que me ostento.

2.- Admitir a trámite estas diligencias de jurisdicción voluntaria, ordenando practicar la notificación

solicitada.

3.- Ordenar que se me acredite la posesión de siguiente bien mueble AUTOMOVIL MARCA FIAT TIPO HATCHBACK, 4 PUERTAS,

TRANSMISION AUTOMATICA, MODELO 2017 SERIE E23S6544332312423456744, MOTOR 1.0, COLOR GRIS ESCANDIUM.

4.- En su oportunidad, expedirme copias certificadas de todo lo actuado.

México, Tepic Nayarit, a 08 septiembre de 2017.

SRA. REPRESENTANTE
A C T IVIDA D 2 : C O N T R O VER SI AS D E A R RE NDAM IE NT O I N M O B I LIAR IO .

MARIANA ELIZABETH MACIAS FELIX


VS
JUANA ISELA SANCHEZ ESCALANTE
CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO
ESCRITO INICIA

C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO

TEPIC NAYARIT.

PRESENTE

MARIANA ELIZABETH MACIAS FELIX , por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de

notificaciones y documentos el ubicado en la calle Juárez 300-A Colonia centro en esta Ciudad de México Distrito Federal, y autorizando en

términos del artículo 112 párrafo cuarto del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, a los Licenciados en Derecho ivan Eliut

Rodríguez Martínez y marco Antonio Mendoza día así como a los pasantes y estudiantes de la misma profesión Laura Anairam Fuentes

Macias y al c. Regina del Rosario Fuentes Macias , ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
A C T I VIDA D 2 : C O N TROVERSIAS D E A RRE NDAM IE NTO I N M OBILIARIO.

Que, por medio del presente ocurso, vengo a demandar a c. Juana Isela Sánchez Escalante, con domicilio en Avenida Eugenia 1360-B, Mezanine, Oficina

101, Colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez de esta Ciudad, las siguientes:

PR E STAC I O N E S

a) La rescisión del contrato de arrendamiento que celebramos el día Veinte de agosto del año dos mil 2019, respecto del bien inmueble ubicado en calle

jade 9 fraccionamiento riveras de la laguna de esta Ciudad, por terminación de contrato desde julio del año 2020.

b) El pago de las rentas que causen durante el tiempo que dure el proceso.

c) La desocupación y entrega la escuela primaria arrendada.

d) El pago de gastos y costas que origine el presente juicio.

Me fundo para hacerlo en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho.


A C T IVIDA D 2 : C O N T R O VER SI AS D E A R RE NDAM IE NT O I N M O B I LIAR IO .
HECHOS

1. El día veinte de agosto del año dos mil diecinueve, la C Juana Isela Sánchez Escalante en su carácter de arrendatario, y el suscrito como arrendador,
celebramos el contrato de arrendamiento, respecto de la bien inmueble ubicado en, calle jade # 9 fraccionamiento riveras de la laguna, de esta ciudad, tal
y como lo acredito con el contrato de arrendamiento, cuyo original acompaño en el presente ocurso.

2.El caso es que el arrendatario Juana Isela Sánchez Escalante, desde la firma del contrato de arrendamiento era consiente que el contrato era por 12
meses, mismos que han sido vencidos el día veinte de agosto del año 2020

3.Asimismo el arrendatario Juana Isela Sánchez Escalante, se comprometió a pagar los primeros 10 días de cada mes, la renta del inmueble, obligándose
el arrendatario a que por la falta de pago oportuno pagaría un 5% sobre el monto de las rentas adeudadas para cubrir los gastos de cobranza especial, tal y
como lo refiere la cláusula segunda del contrato de arrendamiento referido.

4. En la Cláusula 3ª del Contrato de Arrendamiento de referencia, se pactó entre la C. Juana Isela Sánchez Escalante y el suscrito que el término del
Arrendamiento sería forzoso de un año, pero en razón de que a la fecha el arrendatario ha seguido en el goce y uso del bien inmueble, sin oposición del
suscrito a pesar de que el contrato fue pactado por tiempo fijo, por lo que fue operada la tácita reconducción del presente contrato de arrendamiento.

5. hasta la fecha la C. Juana Isela Sánchez Escalante se ha negado a la entrega de dicho bien inmueble, por lo que demando la entrega de la misma materia
de arrendamiento, con los muebles del baño completos, instalación hidráulica, eléctrica, pintura, todo en buen estado, solo con el demerito propio de su
uso, así como las mejoras que se hubiesen hecho al mismo.
A C T IVIDA D 2 : C O N T R O VER SI AS D E A R RE NDAM IE NT O I N M O B I LIAR IO .
DERECHO

I. Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 1796,1832, 2398, 2425 fracción I, 2478 2487, 2489 fracción I y demás relativos
y aplicables del Código Civil.

II. El procedimiento se rige por lo dispuesto en los artículos 957, 958, 959, 960 y demás relativos y aplicables del Código de
Procedimientos Civiles.

P R U E B A S.

a) DOCUMENTAL PRIVADA. - consistente en el contrato de arrendamiento exhibido como documento base de la acción, de fecha
20 de agosto del año 2019. Esta prueba que se relaciona con todos y cada uno de los hechos de la demanda.

b) CONFESIONAL. A cargo del demandado Juana Isela Sánchez Escalante quien deberá absolver personalmente las posiciones que
en sobre cerrado se exhibirán en su momento procesal oportuno para su calificación, solicitando se le cite con el apercibimiento de ley de ser
declarado confeso en caso de que dejara de asistir en el día y hora que se sirva señalar su Señoría, relacionando esta prueba con todos y cada
uno de los hechos contenidos en el ocurso inicial de demanda .
A C T IVIDA D 2 : C O N T R O VER SI AS D E A R RE NDAM IE NT O I N M O B I LIAR IO .

c) LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES. - Consistente en todo lo actuado en el presente juicio, y que favorezca o beneficie
a los intereses del suscrito. Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos de la demanda.

d) LA PRESUNCIONAL, LEGAL Y HUMANA.- Consistente en todo lo actuado en el presente juicio y que favorezca o
beneficie a los intereses del suscrito. Esta prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos de la demanda.

Por lo anteriormente expuesto, a USTED C. JUEZ atentamente pido se sirva:

PRIMERO. Tenerme por presentado con esta demanda, documentos y copias simples que acompaño, demandado de la persona que indico las
prestaciones que señalo en el proemio del presente ocurso.
SEGUNDO, Solicito se sirva ordenar se le emplace al demandado, para que produzca su contestación en los términos de ley.

TERCERO. En su oportunidad, previos los trámites legales, dictar sentencia condenatoria en los términos solicitados.

CUARTO. Se sirva tener por autorizados a los profesionistas que se mencionan y para los fines que se indican.
QUINTO. Proveer conforme a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO

______________________________
Mariana Elizabeth Macias Félix
A la fecha de su presentación
A C T I VIDA D I N T EG RADO R A: E L A BO RA NDO D E M A NDA D E C O N T R O VER SI A D E LO FA M ILI AR.
MARIANA ELIZABETH MACIAS FELIX
VS
LUIS JAVIER FUENTES RAMIREZ
SE PRESENTA DEMANDA
CONTROVERSIA DEL ORDEN
FAMILIAR
CIUDADANO JUEZ _JUEZ DE LO FAMILIAR
DEL H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL
MARIANA ELIZABETH MACIAS FELIX, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones
Av. Juárez 300-A colonia centro, y autorizando para oírlas en mi nombre y para recoger toda clase de documentos al C. Lic. Marco Antonio
Mendoza Díaz, con cédula profesional número 9898541, antes usted, con el debido respeto comparezco para exponer:
Que, con fundamento en lo dispuesto para las Controversias del Orden Familiar, del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal,
vengo a demandar al C. LUIS JAVIER FUENTES RAMÍREZ, persona que tiene su domicilio en Calle Chacala numero 36 treinta y seis,
Colonia Morelos, entre calles Ixtlán y Compostela, de esta Ciudad, Capital, y del cual demando por el pago y cumplimiento de las siguientes,
a) Por la Guarda y custodia de nuestras menores hijas de nombres LAURA ANAIRAM y REGINA DEL ROSARIO de apellidos
FUENTES MACIAS..
b) Subsidiariamente, por convivencia y visitas controladas del hoy demandado LUIS JAVIER FUENTES RAMÍREZ
c) El pago de los gastos y costas que el presente juicio origine.
Me fundo para hacerlo en los siguientes considerandos de hecho y de derecho:
A C T I VIDA D I N T EG RADO R A: E L A BO RA NDO D E M A NDA D E C O N T R O VER SI A D E LO FA M ILI AR.
HECHOS

I.- Que con fecha 25 veinticinco de octubre del año 2012 dos mil doce, la suscrita, contraje matrimonio con el señor LUIS JAVIER FUENTES
RAMÍREZ, bajo el régimen de separación de bienes ante la Oficialía del Registro Civil Numero 01 (uno), del Municipio de Tepic, Nayarit, misma
que quedó debidamente registrada en el Libro 05 (cinco), Acta número 979 (novecientos setenta y nueve), la cual anexo a en original a la presente
demanda para que surta los efectos legales correspondientes.
II. Durante el lapso de tiempo que compartimos juntos el ahora demandado y la suscrita, procreamos dos hijas de nombres LAURA ANAIRAM y
REGINA DEL ROSARIO de apellidos FUENTES MACIAS, de los cuales la primera nació el día 01 primero de marzo del año 2005 dos mil
cinco, y fue registrada en la Oficialía del Registro Civil Numero 01 (uno), del Municipio de Tepic, Nayarit, el día 11 once de abril del año 2005 dos
mil cinco, nacimiento el cual quedó debidamente registrado en el Libro 04 (cuatro), Acta número 000687, seiscientos ochenta y siete, y la segunda,
de nombre REGINA DEL ROSARIO de apellidos FUENTES MACIAS, nació el día 06 seis de agosto del año 2010 dos mil diez, y fue
registrada en la Oficialía del Registro Civil Número 02 (dos), del Municipio de Tepic, Nayarit, el día 25 veinticinco de agosto del año 2010 dos mil
diez, nacimiento el cual quedó debidamente registrado en el Libro 06 (seis), Acta número 1105 (mil ciento cinco), tal y como lo acredito con las
actas de nacimiento que al efecto anexó en original al cuerpo de la presente demanda a efecto de que surtan los efectos legales correspondientes.
III. Desde el momento de su nacimiento, hasta la fecha. Las citadas menores han vivido al lado su madre, en el domicilio que ha señalado de la
demandada.
IV.- Por el tiempo que perduró nuestro matrimonio establecimos nuestro domicilio conyugal en Calle Ixtlán número 46 cuarenta y seis, interior
“B” Colonia Morelos, entre calles Ixtlán y Compostela, Municipio de Tepic, Nayarit.
V. En virtud de lo anterior, solicito se decrete la Guarda y custodia de nuestras menores hijas de nombres LAURA ANAIRAM y REGINA DEL
ROSARIO de apellidos FUENTES MACIAS.
A C T I VIDA D I N T EG RADO R A: E L A BO RA NDO D E M A NDA D E C O N T R O VER SI A D E LO FA M ILI AR.

PRUEBAS
Desde luego, ofrezco como pruebas de mi parte las siguientes:
a) CONFESIONAL de la parte demandada, al tenor de las posiciones que personalmente deberá absolver, solicito se le cite para que el día y hora
que se señale comparezca a absolver posiciones, con el apercibimiento de ser declarada confesa si deja de asistir sin justa causa. Esta prueba la
relaciono con los puntos del I al IV del escrito de demanda.
1.- DOCUMENTAL PUBLICA.- Relativa al acta de matrimonio que se llevó a cabo ante la Oficialía del Registro Civil Numero 01 (uno), del
Municipio de Tepic, Nayarit, misma que quedó debidamente registrada en el Libro 05 (cinco), Acta numero 979 (novecientos setenta y nueve),
expedida por el Oficial del Registro Civil de Tepic, Nayarit, con la cual se acredita la existencia del vínculo matrimonial que me une con el señor
LUIS JAVIER FUENTES RAMÍREZ, la cual se anexa en original a efecto de que surta los efectos legales correspondientes.
2.- DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en las actas de nacimiento de nuestros menores hijas de nombres LAURA ANAIRAM y REGINA
DEL ROSARIO de apellidos FUENTES d) DOCUMENTALES PRIVADA consistentes en los recibos en los que consta que he pagado pensiones
alimentaria mensuales para el sostenimiento del menor de referencia, mismo que adjunto a este ocurso. La relaciono con el punto III.
e) TESTIMONIAL de los CC. Luis Ernesto macias Félix y maría Laura Félix Trujillo a quienes presentaré el día y hora que se señale para la
audiencia en este procedimiento de controversia familiar.
f) INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES en lo que favorezca los intereses del suscrito.
g) PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA, en los mismos términos que la prueba anterior.
A C T I VIDA D I N T EG RADO R A: E L A BO RA NDO D E M A NDA D E C O N T R O VER SI A D E LO FA M ILI AR.

DERECHO
I. Son aplicables en cuanto al fondo los artículos 412, 413, 414, 415, 380 y demás relativos del Código Civil del Distrito Federal.
II. El procedimiento se rige por lo dispuesto en los artículos 940, 941, 942, 943 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles del Distrito
Federal
Por lo expuesto, a usted C. Juez, atentamente pido se sirva:
PRIMERO. Tenerme por presentado con este ocurso, documentos y copias simples que acompaño, promoviendo controversia familiar
demandando las prestaciones indicadas ene l proemio.
SEGUNDO. Correr traslado a la demandada, para que, en el término de nueve días, produzca su contestación.
TERCERO. Señalar día y hora para que tenga verificativo la audiencia a que se refiere el artículo 943 del ordenamiento adjetivo.
CUARTO. Tener por ofrecidas, admitir y decretar el desahogo de las pruebas a que me refiero.
QUINTO. En su oportunidad, previos los trámites de ley, dictar sentencia por la Guarda y custodia de nuestras menores hijas de nombres LAURA
ANAIRAM y REGINA DEL ROSARIO de apellidos FUENTES MACIAS
PROTESTO CONFORME A DERECHO

____________________________________
Mariana Elizabeth Macias Félix
En la Ciudad de México, Distrito Federal a 08 de septiembre de2020.
.
Conclusiones

• A manera de conclusión personal, hago mención que una La jurisdicción voluntaria comprende todos los actos en que, por disposición de la ley o por

solicitud de los interesados, se requiere la intervención del juez, sin que esté promovida ni se promueva cuestión alguna entre partes determinadas,

Artículo 896.-Si a la solicitud promovida se opusiere parte legítima después de efectuado el acto de la jurisdicción voluntaria se reservará el derecho al

opositor para que lo haga valer en la vía y forma que corresponda.

• • . Entre las reglas del proceso civil ordinario, se encuentra que al actor le corresponde demostrar la existencia del derecho que reclama y sólo en caso de

que así lo determine el juez, se dictará una sentencia condenatoria y de acuerdo al caso, se ejecutará mediante el embargo y secuestro de bienes. Sin

embargo, en el tipo de proceso que nos ocupa, el requerimiento de pago y embargo de bienes se realiza en la propia diligencia de emplazamiento. Esta

previsión se contiene en el artículo 962 CPCDF


Fuentes de consulta
https://campus.unadmexico.mx/contenidos/DCSA/MODULOS/DE/M17_DEPFCM/U1/S1/Descargables/DE_M17_U2_S4_TA.pdf

https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/paginas/DetalleGeneralScroll.aspx?id=20913&Clase=VotosDetalleBL

• Coto, d. (08 de septiembre de 2020). 4 obtenido www.elcontribuyente.mx. https://www.elcontribuyente.mx/2020/03/este-es-el-procedimiento-

que-se-sigue-en-los-juicios-laborales/

• JFCA. (08 deseptiembre de 2020). DEMANDAS. (F.A CASTRO, Entrevistador )

• Ojeda, M (1984). La política exterior de México: objetivos, principios e instrumentos. En Revista Mexicana de Política Exterior Vol. 1 No. 2.
• . enero-marzo. Recuperado de: https://revistadigital.sre.gob.mx/images/stories/numeros/n2/ojeda.pdf

• Presidencia de la República. (2020). Objetivos de la Política Exterior de México. Consultado el

• Legislación

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

• Código civil federal .

• Código procedimientos civiles .

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