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Notificacion de Sentencia

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ACTO DE NOTIFICACION DE SENTENCIA CIVIL EN MATERIA DE LOS

REFERIMIENTOS, EN LEVANTAMIENTO DE EMBARGO EJECUTIVO.

ACTO NUMERO_____________________/
En el Ciudad de BARAHONA, Municipio Y Provincia del mismo nombre,
República Dominicana, a los_________________ ( ) días del mes de
SEPTIEMBRE del año DOS MIL ONCE (2011)...................................................

ACTUANDO requerimiento de la señora RADAILSA MANCEBO CASTILLO,


Dominicana, Mayor de Edad, Estudiante, Casada, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral Num.079-00015614-7, domiciliada y residente en el Distrito
Municipal de Canoa del Municipio de Vicente Noble, de esta Ciudad de Barahona y
quien tiene como Abogado legalmente constituido al LIC. JOSE ANTONIO
REYES CARABALLO, Dominicano, Mayor de Edad, Casado, portador de la
Cédula de Identidad y Electoral No. 079-0004373-3, con Estudio Profesional abierto
y permanente en la casa marcada con el No. 101, de la calle Nuestra Señora del
Rosario, Teléfono (809)-524-3979, de esta ciudad de Barahona, donde y para todos
los fines y consecuencias jurídicas del presente acto, mi requeriente, hace formal
elección de domicilio.....................................................................................................

Yo,_________________________________________________________________
___________________________________________________________________
___________________________________________________________________
___________________________________________________________________
___________________________________________________________________
_________________________________________________________________

EXPRESAMENTE, y en virtud del anterior requerimiento, me he trasladado dentro


de los limites de mi jurisdicción a casa marcada con el No. 31 de la calle Primera
del Distrito Municipal de Villa Central, que es donde tiene sus oficinas principales
la Razón Social PRESTAMO DOBLE AA, S.A y una vez allí hablando
personalmente con ____________________________quien me declaro y me dijo
ser __________________de PRESTAMO DOBLE AA, S.A. persona a quien doy
fe conocer y quien me dijeron tener calidad para recibir el presente acto, en
referencia a la Sentencia marcada con el Num.XXXXX, Emitida por la Segunda
Sala Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Barahona, en
fecha Primero (01), del Mes de Septiembre del año 2011, con motivo del Embargo
Ejecutivo, trabado en fecha Veinticuatro (24) del mes de Agosto de año 2011,
mediante Acto 568/2011, instrumentado por el Ministerial OSCAR A. LUPERON,
Alguacil de Estrados de la Cámara Civil de la Corte de Apelación del Departamento
Judicial de Barahona, en perjuicio de un Carro propiedad de mi requiriente, el cual
se encontraba en manos de su esposo AMADO MATOS MARTE y que mi
requeriente, por medio del presente acto LE NOTIFICA, de manera formal, una
copia Certificada de la Sentencia Civil marcada con el Núm. XXXXX, dictada por
la Segunda Sala Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia
del Distrito Judicial de Barahona en fecha Primero (01), del mes Septiembre, del
año Dos Mil Once (2011), en materia de los Referimientos y levantamiento de
Embargo y cuya parte dispositiva dice de la manera siguientes:

FALLA- PRIMERO: EN CUANTO A LA FORMA, DECLARA,


regular y valida la presente demanda Civil, en materia de los
Referimientos, intentada por la señora RADAILSA MANCEBO
CASTILLO, a través de su Abogado legalmente constituido, al LIC.
JOSE ANTONIO REYES CARABALO, en contra de la Razón Social
Préstamo Doble AA, S.A, debidamente representado por el señor Ángel
Domingo de León Castillo, por haber sido hecha de conformidad con la
ley. SEGUNDO: En cuanto al fondo, ORDENA el levantamiento del
Embargo Ejecutivo, trabado en contra de la señora RADAILSA
MANCEBO CASTILLO, según se puede comprobar mediante Acto de
Embargo Ejecutivo No. 568/2010, de fecha 24 del mes de Agosto del año
2011, TERCERO: Condena a la parte demandada señor Ángel Domingo
de León Castillo, al pago de las costas del presente proceso con
distracción de las mismas en provecho del LIC. JOSE ANTONIO
REYES CARABALLO, quien afirma haberlas avanzado en su totalidad.
CUARTO: DISPONE, que la presente sentencia sea ejecutoria
provisionalmente no obstante cualquier recurso que contra la misma se
interponga. I por esta nuestra sentencia, así se pronuncia, ordena,
manda y firma...................................................................................

Y a los mismos fines y requerimiento del presente acto, elección de domicilio,


constitución de Abogado y demás requerimientos del presente acto y con la persona
con la que dije haber hablado en la dirección de mi traslado antes ya mencionada le
he notificado a mi requerido que dispone de un plazo de Treinta (30) días para
interponer formalmente recurso de Apelación en caso de no estar de acuerdo con los
términos vertidos en la sentencia que hoy se Notifica.

I yo, Alguacil infrascrito, actuando y hablando en la forma y lugar de mi traslado y


con la persona con quien antes he dicho haber hablado, así se lo he dicho, declarado
y advertido a mis requeridos para que luego no aleguen ignorancia, dejándole en
manos de las personas con quienes antes he dicho haber hablado, una copia fiel y
conforme al presente acto, la cual se encuentra debidamente firmada, sellada y
rubricada por mí, tanto en su original como en las demás fojas. Este acto consta de
Cuatro (4) fojas escritas en papel para maquinilla a dos espacios y por una sola de
sus caras. Costo RD$_______________________. Certifico y doy fe-
EL ALGUACIL

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