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Trabajo de Revisoria

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TRABAJO DE LA HISTORIA DE LA REVISORIA FISCAL EN COLOMBIA

ANGIE LISETH SIERRA FANDIÑO

Cod.2016082003

KAREN ALEJANDRA PRECIADO CHAPARRO

Cod: 2016082007

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL DEL TRÓPICO AMERICANO


(UNITRÓPICO)
PROGRAMA DE CONTADURÍA PÚBLICA
REVISORIA FISCAL Y CONTROL INTERNO
YOPAL-CASANARE
2020

1
TRABAJO DE LA REVISORIA FISCAL EN COLOMBIA

ANGIE LISETH SIERRA FANDIÑO

COD. 2016082003

KAREN ALEJANDRA PRECIADO CHAPARRO

COD. 2016082007

DOC. JAIRO ISAZA GÓMEZ

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA INTERNACIONAL EL TRÓPICO AMERICANO


(UNITRÓPICO)
PROGRAMA DE CONTADURÍA PÚBLICA
ÁREA PRACTICA DE CONTEXTO
YOPAL-CASANARE
2020

2
Nota de aceptación:

Firma del coordinador del programa de Contaduría Pública

YEINS ANDRES GUATIBONZA PEREZ

Firma del docente de Revisoria Fiscal y Control Interno

JAIRO ALFONSO ISAZA GÓMEZ

Yopal, 2 de septiembre de 2020

3
DEDICATORIA

Primero a DIOS por haber bendecido nuestras vidas y guiarnos en cada uno de
nuestros pasos, por darnos fuerzas para seguir adelante y no desmayar en los
problemas que se nos oresentan, enseñándonos a enfrentar las adversidades, sin
perder nunca la dignidad ni desfallecer en el intento.

Yo soy el señor el Dios de todo ser viviente, nada hay imposible para mi
JEREMIAS 32:27

A nuestras familia por el apoyo que nos dieron con sus palabras, consejos y su
amor, no nos dejaron decaer en los momentos de tempestad. Gracias a ellos
somos las persona que somos hoy en día.

4
AGRADECIMIENTOS

Agradezemos de manera especial al profesor jairo alfonzo isaza goméz docente


de unitropico por su paciencia, disponibilidad, generosidad y por compartir todo su
amplio conocimiento y experiencia y en guiarnos en la materia de revisoria fiscal.

Los que siembran con lágrimas cosecharan gritos de alegría. SALMO 125:5

5
TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCIÓN.....................................................................................................14

1. JUSTIFICACIÓN..............................................................................................15

2. GLOSARIO.......................................................................................................16

3. OBJETIVOS......................................................................................................19

3.1. OBJETIVO GENERAL................................................................................19

3.2. OBJETIVO ESPECIFICO...........................................................................19

4. DESARROLLO DEL TRABAJO.......................................................................20

4.1. DEFINICIÓN MARCO LEGAL DE LA REVISORIA FISCAL......................20

4.2. OBJETIVO GENERAL Y OBJETIVOS ESPECIFICOS DE REVISORIA


FISCAL.................................................................................................................21

4.2.1 OBJETIVO GENERAL............................................................................21

4.2.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS..................................................................21

4.3. LEY 58 DE 1931.........................................................................................22

4.4. LEY 73 DE 1935.........................................................................................23

4.5. DECRETO 1946 DE 1936..........................................................................24

4.6. DECRETO 2521 DE 1950..........................................................................25

4.7. DECRETO 2376 DE 1956..........................................................................26

4.8. DECRETO 410 DE 1971............................................................................29

4.9. PRINCIPIOS DE LA REVISORIA FISCAL.................................................38

4.10. INHABILIDADES DEL REVISOR FISCAL..............................................40

4.11. INCOMPATIBLIDADES DEL REVISOR FISCAL...................................42

4.12. CASA MATRIZ, SUBORDINADA Y FILIAL............................................43

6
4.13. AGENCIA Y SUCURSAL........................................................................45

4.14. MAPA MENTAL LEY 22 DE 1995..........................................................48

4.15. MARCO LEGAL DE LA REVISORIA FISCAL........................................53

4.15.1. Con qué objetivo fue creada la revisoría fiscal....................................53

4.15.2 La ley 42 de 1993.................................................................................54

4.16 ARTÍCULOS DE LA LEY 145 DE 1960 EN LA LEY 43 DE 1990...............56

4.17 EL EJERICIO DE LA REVISORIA FISCAL.................................................64

4.18 CLASES DE REVISORIA FISCAL..................................................................65

4.19 PAPELES DE TRABAJO QUE TULIZA EL REVISOR FISCAL......................66

4.20 TIPOS DE DICTAMENES DEL REVISOR FISCAL........................................74

4.21 INFORMES QUE REPRESENTA EL REVISOR FISCAL...............................98

4.22 LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA.......................................................99

4.23 LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES.................................................101

4.24 EXPLIQUE.................................................................................................102

4.24.1 UNA COOPERATIVA:.........................................................................102

4.24.2 PRE COOPERATIVA:.........................................................................104

4.24.3 FONDO DE EMPLEADOS:.................................................................104

4.24.4 ASOCIACIONES MUTUALES............................................................106

4.24.5 CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR:.........................................107

4.24.6 PROPIEDAD HORIZONTAL:..............................................................109

4.24.7 SOCIEDADES ANONIMAS -S.A.:.....................................................110

4.24.8 SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS -S.A.S.:..............112

4.24.9 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA LTDA:...................113

4.24.10 IPS EPS.............................................................................................115

7
REGIMEN SUBSIDIADO:..................................................................................115

4.25 ELABORE UN RESUMEN EXPLICATIVO DEL ARCHIVO ADJUNTO EN


PDF EN LA PLATAFORMA...............................................................................117

4.26 SI LE DIERAN LA OPORTUNIDAD DE ELEGIR SER REVISOR FISCAL


ENTRE:..............................................................................................................118

4.26.1 SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS (S.A.S.)..............118

4.26. 2 COOPERATIVA..................................................................................120

4.26.3 INSTITUCIÓN PRESTADORA DE SERVICIOS DE SALUD. IPS


“HOSPITAL DE YOPAL”................................................................................121

MISIÓN...............................................................................................................121

4.26.4 SOCIEDAD LTDA...............................................................................123

4.27 CONCLUCIONES..........................................................................................125

4.28 RECOMENDACIONES..................................................................................126

4.29 BIBLIOGRAFÍA..............................................................................................127

8
TABLA DE ILUSTRACIONES

Ilustración 1 Objetivos del trabajo..........................................................................16


Ilustración 2 Revisoria fiscal...................................................................................17
Ilustración 3 Registros del revisor fiscal.................................................................21
Ilustración 4 Camara de comercio registro de Revisor fiscal.................................25
Ilustración 5 Importancia del revisor fiscal..............................................................26
Ilustración 6 Sociedades por acciones simplificadas.............................................27
Ilustración 7 Inhabilidades del revisor fiscal...........................................................29
Ilustración 8 Responsabilidades del revisor fiscal..................................................32
Ilustración 9 Ilustración 9 Responsabilidades y sanciones del revisor fiscal.........34
Ilustración 10 Principios del revisor fiscal...............................................................36
Ilustración 11 Grados de parentesco y afinidad.....................................................37
Ilustración 12 Casa matriz,filial, subordinada.........................................................41
Ilustración 13 Agencias..........................................................................................42
Ilustración 14 Ejemplo de agencias........................................................................42
Ilustración 15 Sucursales........................................................................................43
Ilustración 16 Ejemplo de sucursales.....................................................................44
Ilustración 17 Ley 222 de 1995..............................................................................49
Ilustración 18 El objetivo de la revisoria fiscal........................................................50
Ilustración 19 Control fiscal.....................................................................................51
Ilustración 20 Revision del control interno..............................................................52
Ilustración 21 Ejercicio de la revisoria fiscal...........................................................61
Ilustración 22 Clases de revisoria fiscal.................................................................63
Ilustración 23 Superintendencia financiera de colombia........................................96
Ilustración 24 Superintendencia de valores...........................................................97
Ilustración 25 Mercado de valores..........................................................................98
Ilustración 26 Cooperativas....................................................................................99

9
Ilustración 27 Ejemplo de la cooperativa..............................................................100
Ilustración 28 Fondos de Empleados...................................................................102
Ilustración 29 Asociaciones mutuales..................................................................103
Ilustración 30 Cajas de compensación familiar....................................................105
Ilustración 31 Propiedad horizontal......................................................................106
Ilustración 32 Sociedad por acciones S.A............................................................108
Ilustración 33 Sociedadd por acciones simplificadas...........................................109
Ilustración 34 Sociedad de responsabiliad limitada LTDA...................................110
Ilustración 35 IPS EPS.........................................................................................111

10
TABLA DE GRAFICAS

Grafica 1 Objetivos del trabajo................................................................................20


Grafica 2 Artículos que se refiere a la revisoria fiscal ley 58 de 1931....................21
Grafica 3 Funciones del revisor fiscal ley 73 de 1935.............................................22
Grafica 4 Legislación de las sociedades anonimas Decreto 2521 de 1950...........24
Grafica 5 Ley 43 de 1990........................................................................................40
Grafica 6 Incompatiblidades del revisor fiscal.........................................................41
Grafica 7 Diferencia entre Casa matriz, Subordinida, Filial....................................42
Grafica 8 Cuadro comparativo entre Agencias y sucursales..................................46
Grafica 9 Mapa mental de la ley 222 de 1995 del decreto 410 de 1971................47
Grafica 10 Diferencia Entre La Auditoria interna, revisoria fiscal y control interno. 62
Grafica 11 Esquema de HPJA de trabajo para activos...........................................68
Grafica 12 Esquema de cedula sumaria para activos.............................................70
Grafica 13 Esquema de cedula analitica de bancos...............................................71
Grafica 14 Esquema de cedula sub analitica de banco andino..............................72
Grafica 15 Dictamenes del revisor fiscal.................................................................73
Grafica 16 Estructura del examen...........................................................................74
Grafica 17 diferentes Informes del revisor fiscal.....................................................97
Grafica 18 Elementos de la superintendencia.........................................................99
Grafica 19 IPS........................................................................................................121

11
TABLA DE ANEXOS

Anexo 1 Ejemplo del nombramiento del revisor fiscal............................................36


Anexo 2 Ejemplo de dictamenes del revisor +fiscal...............................................74
Anexo 3 Ejemplo de informe ´del revisor fiscal......................................................97
Anexo 4 Ejemplo de escritura publica de una S.A...............................................110
Anexo 5 Ejemplo modelo de documento privada de una S.A.S..........................112

12
INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo de investigacion, hace referencia al tema de revisoria fsical


en colombia, es una disciplina establecida como el organo, control y vigilancia de
las empresas de cierta envergadura, las cuales deben cmplir con unos requisitos
minismos para el nombramiento de revisor fiscal. La revisoria fiscla surgió en 1931
acorde a la ley 58 y se fortalecio con las leyes y decretos, como la ley 73 de 1935
y la ley 43 de 1990, se le da la importancia y es importante tener un revisor fiscal,
en las sociedades por acciones, es hay donde el revisor fiscal tiene cumplir con
unas funciones especificas para poder desarrollar su labor.

De acuerdo al codigo de comercio corresponde al revisor fiscal desarrollar y


ejecutar el examen critico, sistematico y detallado de los sistemas de información
fiananciera de la sociedad, realizado con independencia por un contador publico y
utilizando tecnicas especificas, con e fin de emitir un informe profesioanl sobre la
razonabilidad de la infirmación financiera, la eficiencia y economidad en el manejo
de los recursos y el apego de las operaciones economicas a las normas contables
administrativas y legales que le son aplicables para la toma de deciciones que
permitan la mejora de la productivdad de la misma. [CITATION Res20 \l 9226 ]

La reisoria fiscal ha tenido bastantes cambios ya que se puede decir que hace
mas de 70 años, la profesion del revisor fiscal fue facultada por el estado, para
cumplir funciones de vigilancia y control interno en las organizaciones tanto
publicas como privadas. Es asi que la re visoria fiscal se ha convertido en una
profesion muy importante para todas las organizaciones que por ley requiran tener
un revisor fiscal, para que puedan velar por toda la informacion financiera de la
empresa.

13
1. JUSTIFICACIÓN

La contaduria publica se ve enfrentada a nuevas condiciones cuyas caracteristicas


son la turbulencia y el cambio acelerado, y la modificaición constante, del entorno
de las empresas publicas y priadas, en todos los ordenes en que se domina una
explosión de complejidad esta complejidad da origen a una permanente
inestabilidaden los escenarios de los cuales estan las organizaciones actual
mente.

Desde esta óptica la Revisoría Fiscal ha sido una de las figuras más destacadas
del ejercicio profesional contable a lo largo del tiempo, debido a su trayectoria
histórica y sus arraigos políticos y sociales, la cual ha sido fundamentada para
proporcionar confianza pública y dar respuesta a los diferentes agentes que
confluyen en la sociedad. Por consiguiente el interés de la investigación se centra
en comprender claramente como es el desempeño del revisor fiscal en cada una
de las empresas del municipio de Ocaña Norte de Santander que están obligadas
a tener esta figura. Para lograrlo es preciso estudiar y realizar un análisis acerca
del actuar del profesional, la forma de ejercer sus funciones y asumir
responsabilidades.

Es por eso entonces que en este trabjo se dara a conocer una aproximación, de
como es la profesión del revisor fisca, por todas las leyes y decretos que han
pasado y los actualizados hasta el dia de hoy, tambien su formación y etica
profesional en sus funciones, y responsabiliad a si como su desempeño y aporte a
las organizaciones.

14
2. GLOSARIO

AUDITORIAS: para comprender a todas las personas naturales que tienen una
relación laboral con el Estado, y trabajan a su servicio para efectos de asegurar el
cumplimiento de sus fines constitucionales.

CONTROL INTERNO: se conoce como Contador Público, aquel profesional


dedicado a aplicar, analizar e interpretar la información contable y financiera de
una organización, con la finalidad de diseñar e implementar instrumentos y
mecanismos de apoyo a las directivas de la organización en el proceso de Toma
de decisiones.

CONTADOR PUBLICO: se conoce como Contador Público, aquel profesional


dedicado a aplicar, analizar e interpretar la información contable y financiera de
una organización, con la finalidad de diseñar e implementar instrumentos y
mecanismos de apoyo a las directivas de la organización en el proceso de Toma
de decisiones.

CTCP: Consejo técnico de la contaduría pública

CODIGO DE COMERCIO: El Código de Comercio es el conjunto de normas,


criterios y principios del derecho mercantil que tratan de regular las relaciones
mercantiles

CONTROL FISCAL: es una función pública, la cual vigila la gestión de la


administración de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del
Estado, en todos sus órdenes y niveles.

15
CAMARA DE COMERCIO: Se encarga de facilicat el ejercicio de la actividad
empresarial y el crecimiento de la competitividad de colombia en un entorno
global.

DICTAMEN: Un dictamen es una opinión, o un su defecto un juicio, especialmente


aquel que realiza un especialista en la materia en cuestión, que se forma o emite
sobre algo o alguien

ENTIDADES publicas: Las entidades públicas empresariales son organismos


públicos a los que se les encomienda la realización de actividades prestacionales,
la gestión de servicios o la producción de bienes de interés público susceptibles de
contraprestación.

ESTADO: El Estado es una forma de organización política y jurídica de la


sociedad, integrado por cuatro elementos: la población, el territorio, la soberanía y
el reconocimiento internacional. 

ENTIDADES PRIVADAS: Se reconoce el derecho de la iniciativa privada a


participar en la prestación de Servicios Sociales con sujeción al régimen de
registro, autorización e inspección establecido en esta Ley y demás legislación
que resulte de aplicación

FUNCIONARIOS PUBLICOS: para comprender a todas las personas naturales


que tienen una relación laboral con el Estado, y trabajan a su servicio para efectos
de asegurar el cumplimiento de sus fines constitucionales

INFORMES: El informe es un documento escrito en el cual se vuelcan todos los


datos inherentes a una investigación o estudio que se efectuó sobre un asunto o
temática; el informe siempre está precedido por una tarea iunvestigativa.

INCP: Instituto nacional de contadores públicos

Revisoria fiscal: La revisoría fiscal es un instrumento por medio del que se puede
ejercer la inspección y vigilancia de sociedades mercantiles, además de

16
resguardar por el cumplimiento de las leyes, de los estatutos sociales y de las
decisiones de los órganos de administración.

REVISOR FISCAL: Debe ser contador Público titulado (Artículo 13 Ley 43/90).
Examina la información financiera y evalúa los sistemas de control interno de la
entidad, para ello debe practicar una auditoría integral que incluya auditoría
financiera, de cumplimiento y de control. Igualmente, está obligado a entregar un
dictamen con el resultado de su examen (Artículo207 del Código de Comercio). 

S.A.S: Sociedades por acciones simplificadas

S.M.V: Superintendencia de mercado de valores

S.F.C: Superintendencia financiera de colombia

PAPELES DE TRBAJO: Son el conjunto de cedulas y documentación fehaciente


que contiene los datos, e infromación obtenidos por el auditor en su examen, asi
como la ddescripción de las pruebas realizadas y los resultados de la mismas,
sobre los cuales sustentan la opinion que emite al suscribir el informe.

17
3. OBJETIVOS

3.1. OBJETIVO GENERAL

Investigar e indigar lo referente a la revisoria fiscal dentro del marco legal,


colombiano y las funicones correspondientes para el ejercicio de este cargo

3.2. OBJETIVO ESPECIFICO

 Aprender los diferentes conceptos que se presentan dentro del presente


trabajo

 Poder conocer toda la normatividad que rigen la revisoria fiscal en colombia

 Analizar la información investigada con el fin de tener una visión integral de


la investigación

18
Ilustración 1 Objetivos del trabajo

4. DESARROLLO DEL TRABAJO

4.1. DEFINICIÓN MARCO LEGAL DE LA REVISORIA FISCAL

La primera ley que se refirio al revisor fiscal fue la ley 58 de 1931, en el articulo 26
donde se establecio las incompatibilidades y en el articulo 40 y 41 de sus
responsabilidades, la ley 73 de 1935 fue la primera en desarrollar de manera clara,
en sus articulos 6 las funciones del revisor fiscal, en el articulo 7 se establece el
mecanismo de nombramiento del revisor. De hay le sigue el decreto 1946 de 1936
en el articulo 1 ordeno que para practicar la inscipcion de las sociedades
anonimas, en el registro publico de comercio era requisitos tener el revisor fiscal
con su suplente. En 1946 la superintendecia de sociedades emitio la resolucion N°
531 aprobada por el decreto 1357, mediante el cual reglamento las funciones de
los contadores juramentados, en el articulo 17 numeral 6 se mencionan las
funciones 1) revisar los balances y libros de contabiliad, 2) liquidadores, 3)
comiciones especiales S.S.A, 4) certificaciones. De hay el decreto 2521 de 1950
se nombra al revisor fiscal en los siguientes articulos, en el articulo 134 habla de
todas tendran revisor fiscal que sera elegido por la asamble ageneral de

19
accionistas, articulo 135 los nombramientos del revisor fiscal y su suplente
deberan ser registrados por la camara de comercio, articulo 136 no podra tener
acciones en la misma sociedad, articulo 137 sus funciones, articulo 138 firma del
revisor fiscal en los balances, articulo 139 su responsabiliad y en el ariculo 141
habla sobre multas y sanciones que tendra el revisor fiscal.

Ilustración 2 Revisoria fiscal

4.2. OBJETIVO GENERAL Y OBJETIVOS


ESPECIFICOS DE REVISORIA FISCAL.

4.2.1 OBJETIVO GENERAL

Proponer una opinión con valor social y profesional de los estados financieros y de
los actos de la administración de una manera técnica, profesional y moral que le
permitan juzgar los actos que le interesen a la empresa de una forma imparcial.

4.2.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS

 Evaluar y supervisar los sistemas de control interno


 Examinar la información financiera de la entidad
 Considerar las directrices o políticas que deben adoptar las empresas

20
Grafica 1 Objetivos del trabajo

Fuente: Elaborado por los autores

21
4.3. LEY 58 DE 1931

Grafica 2 Artículos que se refiere a la revisoria fiscal ley 58 de 1931

Fuente: Elaborado por el autor

22
4.4. LEY 73 DE 1935

Grafica 3 Funciones del revisor fiscal ley 73 de 1935

Fuente: Elaborado por los autores.

23
4.5. DECRETO 1946 DE 1936

1. Con la creación del decreto 1946 de 1936 se ordena que para practicar
o renovar la inscripción de las sociedades anónimas S.A. se debía tener
como requisito esencial que en los documentos entregados a la cámara
de comercio estuviera el revisor fiscal con su respectivo suplente el cual
debe ser nombrado por la asamblea general de accionistas como lo
indica en el artículo 1° de este decreto.

Ilustración 3 Registros del revisor fiscal

24
4.6. DECRETO 2521 DE 1950

Grafica 4 Legislación de las sociedades anonimas Decreto 2521 de 1950

Fuente: Elaborado por los autores.

25
4.7. DECRETO 2376 DE 1956

En el año de 1951 se creó el instituto Nacional de Contadores Públicos, asociación


que agrupó a los principales contadores de la época. Con la creación de esta
nueva asociación se despertó en sus miembros el interés por legislar acerca de la
profesión del Contador Público y se dijeron los pasos para redactar el primer
Proyecto de Ley que se presentó a la consideración del gobierno nacional y fue
aprobado en septiembre de 1956, bajo el número 2373, por medio de la cual se
reglamentó el ejercicio de la Contaduría Pública en Colombia. Haciendo énfasis en
los siguientes artículos de este decreto que se refirieron al Revisor Fiscal:

Art. 6°. - Se requerirá haber sido inscrito como Contador Juramentado,


conforme a los artículos anteriores, para todas aquellas actividades en que
las leyes exijan dicha condición, y especialmente para las siguientes:
1° para desempeñar el cargo de Revisor Fiscal de sociedades para las
cuales la Ley exija la provisión de ese cargo, o un equivalente, sea
denominación u otra similar.
Art. 7°. - Los funcionarios públicos que acepten documentos que deben ser
autorizados por un contador inscrito, sin esa autorización, o que designen
como peritos personas que no sean contadores inscrito, en los casos que
deben serlo, incurrirán en multas de cien pesos ($100.00) a quinientos
pesos ($500.00), por primera vez, y en pérdida del cargo o empleo, en caso
de reincidencia.
Las sociedades que estén legalmente obligadas a tener Revisor Fiscal o
Auditores y que designen para tales cargos a personas que no sean
contadores inscritos, incurrirán en multas de doscientos pesos ($200.00) a
mil pesos ($1000.00), que se doblará en caso de reincidencia o de renuncia
en hacer una designación ajustada en este decreto.

26
Art. 15. - La atestación o firma de un Contador Público en los casos que las
leyes se lo exijan hará presumir, salvo prueba en contrario, que el acto o
documento respectivo se ajusta a los requisitos legales de forma lo mismo
que a los estatutarios, cuando se trate de personas jurídicas.
Tratándose de balances la presunción se extenderá, además, al hecho de
que han sido tomados fielmente de los libros, de que éstos se ajustan a las
normas legales, y de que las cifras registradas en ellos reflejan en forma
fidedigna la situación financiera en la fecha del balance.
Art. 47. - La Revisoría Fiscal, Auditoría, o Interventoría de cuentas en las
sociedades o entidades que estén obligadas legalmente a la provisión de
tales cargos podrá organizarse en forma de departamento, con las
secciones (técnicas, legales, contables, etc.), que fueren necesarias, y ser
desempeñadas por profesionales de cada ramo, en calidad de jefes de
tales secciones. Para la sección o parte contable de la misma deberá estar
siempre a cargo de un Contador.
Art. 48. - La firma con que un Contador juramentado expresa su concepto
sobre un balance general. Como Revisor Fiscal, Auditor o Interventor de
cuentas, ira acompañada de un informe sucinto que deberá mencionar por
lo menos:
1. Si ha obtenido todas las informaciones necesarias para cumplir sus
funciones.
2. Si se siguieron durante el curso de la revisión los procedimientos
convenientes y necesarios aconsejados por la técnica de la Interventoría de
Cuentas.
3. Si, en su concepto, la sociedad o institución lleva su contabilidad
conforme a las normas legales y a la técnica contable y si las operaciones
registradas se ajustan a los estatutos y a las decisiones de la Asamblea
General o Juntas Directivas.

27
4. Si el balance y el estado de pérdidas y ganancias han sido tomados
fielmente de los libros; si en su opinión, el balance presenta en forma
fidedigna, de acuerdo con las normas de contabilidad generalmente
aceptadas, la situación financiera de la sociedad al terminar el período
revisado, y si el estado de pérdidas y ganancias refleja el resultado de las
operaciones en dicho período;
5. Las reservas o salvedades a que estuviere sujetan a su opinión sobre la
fidelidad de los estados financieros, si las hubiere.

Con este decreto y concretamente con el Artículo 48, se da inicio a la era


profesional del Revisor Fiscal. En él se indica que la Revisoría Fiscal debe ser
exclusiva del Contador Público y, lo que es más importante, se establece que la
misma se debe ejercer mediante la realización de un trabajo profesional de
acuerdo con los procedimientos aconsejados para hacer una Auditoría o
Interventoría de Cuentas. Por otra parte, se exige que la firma del Revisor Fiscal
debe ser acompañada de un dictamen para el que la profesión dispone de normas
sobre su Contenido y de la responsabilidad que el Contador Público asume en el
mismo.
Este decreto tuvo vigencia hasta el año 1960, cuando se expidió la Ley 145 de
1960, que lo derogo.

28
Ilustración 5 Importancia del revisor fiscal

4.8. DECRETO 410 DE 1971


En este decreto en el cual se expide el codigo de comercio, en el capitulo VIII hace
enfasis en el Revisor Fiscal, dando a saber cuales son las sociedades que estan
obligadas a tener revisor fiscal, como debe ser la elección del revisor, que
inhabilidades tiene, cuales son sus funciones, el periodo de tiempo, el contenido
del informe que debe presentar a la asamblea, las responsabilidades que tiene, los
requisitos para ser revisr fiscal, el incumplimiento del cargo y las sanciones.

ARTÍCULO  203. SOCIEDADES QUE ESTÁN OBLIGADAS A TENER REVISOR


FISCAL. Deberán tener revisor fiscal:

1) Las sociedades por acciones, dentro de las sociedades por acciones se


encuentran las sociedades por acciones simplificadas, las sociedades en
comandita por acciones y las sociedades limitadas.

29
2) Las sucursales de compañías extranjeras, hace referencia a las sucursales que
se encuentran dentro del pais las cuales pertenecen a una compañía extranjera.

3) Las sociedades en las que, por ley o por los estatutos, la administración no
corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga cualquier número de
socios excluidos de la administración que representen no menos del veinte por
ciento (20%) del capital.

Adicionalmente, es obligatorio para las sociedades comerciales de cualquier


naturaleza, cuyos activos brutos a 31 de diciembre del año inmediantamente
anterior en este caso 2019 sean o excedan el equivalente a 5.000 SMMLV
($4.140.580.000) y/o cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año 2019 sean o
excedan al equivalente a 3.000 SMMLV ($2.484.348.000).

Las entidades sometidas a la vigilincia de la superintendencia nacional de salud,


como por ejemplo: EPS (Entidades Promotoras de Salud), IPS (Las Instituciones
Prestadoras de Salud) y en general las que pertenezcan al sistema de seguridad
social en salud.

Ilustración 6 Sociedades por acciones simplificadas

30
ARTÍCULO 204. ELECCIÓN DE REVISOR FISCAL. La elección del revisor fiscal
se hará por la mayoría absoluta de la asamblea o de la junta de socios.

En las comanditarias por acciones, el revisor fiscal será elegido por la mayoría de
votos de los comanditarios.

En las sucursales de sociedades extranjeras lo designará el órgano competente


de acuerdo con los estatutos.

Esta elección solamente la puede hacer la asamblea o junta de socios, es una


facultad indelegable.

ARTÍCULO  205. INHABILIDADES DEL REVISOR FISCAL. No podrán ser


revisores fiscales:

1) Quienes sean asociados de la misma compañía o de alguna de sus


subordinadas, ni en éstas, quienes sean asociados o empleados de la sociedad
matriz.

2) Quienes estén ligados por matrimonio o parentesco dentro del cuarto grado de
consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad, o sean consocios de los
administradores y funcionarios directivos, el cajero auditor o contador de la misma
sociedad.

3) Quienes desempeñen en la misma compañía o en sus subordinadas cualquier


otro cargo.

Quien haya sido elegido como revisor fiscal, no podrá desempeñar en la misma
sociedad ni en sus subordinadas ningún otro cargo durante el período respectivo.

31
Ilustración 7 Inhabilidades del revisor fiscal

[ CITATION ACC19 \l 9226 ]

ARTÍCULO 206. PERIODO DEL REVISOR FISCAL. En las sociedades donde


funcione junta directiva el período del revisor fiscal será igual al de aquella, pero
en todo caso podrá ser removido en cualquier tiempo, con el voto de la mitad más
una de las acciones presentes en la reunión.

ARTÍCULO  207. FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL. Son funciones del revisor


fiscal:OBJA

1) Cerciorarse de que las operaciones que se celebren o cumplan por cuenta de la


sociedad se ajustan a las prescripciones de los estatutos, a las decisiones de la
asamblea general y de la junta directiva; oportuna cuenta, por escrito, a la
asamblea o junta de socios, a la junta directiva o al gerente, según los casos, de
las irregularidades que ocurran en el funcionamiento de la sociedad y en el
desarrollo de sus negocios;

32
3) Colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y
vigilancia de las compañías, y rendirles los informes a que haya lugar o le sean
solicitados;

4) Velar por que se lleven regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas


de las reuniones de la asamblea, de la junta de socios y de la junta directiva, y
porque se conserven debidamente la correspondencia de la sociedad y los
comprobantes de las cuentas, impartiendo las instrucciones necesarias para tales
fines;

5) Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad y procurar que se tomen


oportunamente las medidas de conservación o seguridad de los mismos y de los
que ella tenga en custodia a cualquier otro título;

6) Impartir las instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes que
sean necesarios para establecer un control permanente sobre los valores sociales;

7) Autorizar con su firma cualquier balance que se haga, con su dictamen o


informe correspondiente;

8) Convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias


cuando lo juzgue necesario, y

9) Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes o los estatutos y las
que, siendo compatibles con las anteriores, le encomiende la asamblea o junta de
socios.

ARTÍCULO 208. CONTENIDO DE LOS INFORMES DEL REVISOR FISCAL


SOBRE BALANCES GENERALES. El dictamen o informe del revisor fiscal sobre
los balances generales deberá expresar, por lo menos:

1) Si ha obtenido las informaciones necesarias para cumplir sus funciones;

2) Si en el curso de la revisión se han seguido los procedimientos aconsejados por


la técnica de la interventoría de cuentas;

33
3) Si en su concepto la contabilidad se lleva conforme a las normas legales y a la
técnica contable, y si las operaciones registradas se ajustan a los estatutos y a las
decisiones de la asamblea o junta directiva, en su caso;

4) Si el balance y el estado de pérdidas y ganancias han sido tomados fielmente


de los libros; y si en su opinión el primero presenta en forma fidedigna, de acuerdo
con las normas de contabilidad generalmente aceptadas, la respectiva situación
financiera al terminar el período revisado, y el segundo refleja el resultado de las
operaciones en dicho período, y

5) Las reservas o salvedades que tenga sobre la fidelidad de los estados


financieros.

ARTÍCULO 209. CONTENIDO DEL INFORME DEL REVISOR FISCAL


PRESENTADO A LA ASAMBLEA O JUNTA DE SOCIOS. El informe del revisor
fiscal a la asamblea o junta de socios deberá expresar:

1) Si los actos de los administradores de la sociedad se ajustan a los estatutos y a


las órdenes o instrucciones de la asamblea o junta de socios;

2) Si la correspondencia, los comprobantes de las cuentas y los libros de actas y


de registro de acciones, en su caso, se llevan y se conservan debidamente, y

3) Si hay y son adecuadas las medidas de control interno, de conservación y


custodia de los bienes de la sociedad o de terceros que estén en poder de la
compañía.

ARTÍCULO 210. AUXILIARES DEL REVISOR FISCAL. Cuando las


circunstancias lo exijan, a juicio de la asamblea o de la junta de socios, el revisor
podrá tener auxiliares u otros colaboradores nombrados y removidos libremente
por él, que obrarán bajo su dirección y responsabilidad, con la remuneración que
fije la asamblea o junta de socios, sin perjuicio de que los revisores tengan
colaboradores o auxiliares contratados y remunerados libremente por ellos.

34
El revisor fiscal solamente estará bajo la dependencia de la asamblea o de la junta
de socios.

ARTÍCULO 211. RESPONSABILIDAD DEL REVISOR FISCAL. El revisor fiscal


responderá de los perjuicios que ocasione a la sociedad, a sus asociados o a
terceros, por negligencia o dolo en el cumplimiento de sus funciones.

La responsabilidad del revisor fiscal llega hasta el momento en que descubra y


reporte las irregularidades a los organismos competentes, de modo que si la
sociedad, a pesar de que el revisor fiscal le ha reportado la existencia de las
irregularidades siguen incurriendo en las mismas, el revisor fiscal no debe tener
responsabilidad ninguna porque sus funciones no van mas allá de identificar fallas
y sugerir correctivos, mas no el de tomar decisiones, así que una vez identificada y
reportada la irregularidad, la responsabilidad de seguir incurriendo en la misma
irregularidad corresponderá exclusivamente a la sociedad y a quienes hayan
tomado tales decisiones.

Ilustración 8 Responsabilidades del revisor fiscal

35
ARTÍCULO 212. RESPONSABILIDAD PENAL DEL REVISOR FISCAL QUE
AUTORIZA BALANCES O RINDE INFORMES INEXACTOS. El revisor fiscal que,
a sabiendas, autorice balances con inexactitudes graves, o rinda a la asamblea o
a la junta de socios informes con tales inexactitudes, incurrirá en las sanciones
previstas en el Código Penal para la falsedad en documentos privados, más la
interdicción temporal o definitiva para ejercer el cargo de revisor fiscal.

ARTÍCULO 213. DERECHO DE INTERVENCIÓN DEL REVISOR FISCAL EN LA


ASAMBLEA Y DERECHO DE INSPECCIÓN. El revisor fiscal tendrá derecho a
intervenir en las deliberaciones de la asamblea o de la junta de socios, y en las de
juntas directivas o consejos de administración, aunque sin derecho a voto, cuando
sea citado a estas. Tendrá asimismo derecho a inspeccionar en cualquier tiempo
los libros de contabilidad, libros de actas, correspondencia, comprobantes de las
cuentas demás papeles de la sociedad.

ARTÍCULO 214. RESERVA DEL REVISOR FISCAL EN EL EJERCICIO DE SU


CARGO. El revisor fiscal deberá guardar completa reserva sobre los actos o
hechos de que tenga conocimiento en ejercicio de su cargo y solamente podrá
comunicarlos o denunciarlos en la forma y casos previstos expresamente en las
leyes.

El sigilo profesional es carta de garantía para empresarios, directivos y


administradores, que solo puede ser levantada por mandato de una autoridad
legal.

ARTÍCULO 215. REQUISITOS PARA SER REVISOR FISCAL. El revisor fiscal


deberá ser contador público. Ninguna persona podrá ejercer el cargo de revisor en
más de cinco sociedades por acciones.

Con todo, cuando se designen asociaciones o firmas de contadores como


revisores fiscales, éstas deberán nombrar un contador público para cada revisoría,

36
que desempeñe personalmente el cargo, en los términos del artículo 12 de la Ley
145 de 1960. En caso de falta del nombrado, actuarán los suplentes.

ARTÍCULO 216. INCUMPLIMIENTO DE FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL. El


revisor fiscal que no cumpla las funciones previstas en la ley, o que las cumpla
irregularmente o en forma negligente, o que falte a la reserva prescrita en el
artículo 214, será sancionado con multa hasta de veinte mil pesos, o con
suspensión del cargo, de un mes a un año, según la gravedad de la falta u
omisión. En caso de reincidencia se doblarán las sanciones anteriores y podrá
imponerse la interdicción permanente o definitiva para el ejercicio del cargo de
revisor fiscal, según la gravedad de la falta.

ARTÍCULO 217. SANCIONES IMPUESTAS AL REVISOR FISCAL. Las


sanciones previstas en el artículo anterior serán impuestas por la
Superintendencia de Sociedades, aunque se trate de compañías no sometidas a
su vigilancia, o por la Superintendencia Bancaria, respecto de sociedades
controladas por ésta.

Estas sanciones serán impuestas de oficio o por denuncia de cualquier persona.

37
Ilustración 9 Ilustración 9 Responsabilidades y sanciones del revisor fiscal

../Downloads/Nombramiento%20Representante%20Legal.%20Órgano
%20Administración%20y%20Revisoría%20Fiscal%20(3).docx
Anexo 1 Ejemplo del nombramiento del revisor fiscal

4.9. PRINCIPIOS DE LA REVISORIA FISCAL

Los principios que todo revisor fiscal debe cumplir a cabalidad son los siguientes:

38
Permanencia: Indica que la labor del revisor fiscal debe realizarse de manera
continua, pues como órgano de fiscalización requiere ejercer vigilancia constante
sobre las operaciones efectuadas por la entidad objeto del examen del revisor
fiscal; además debe inspeccionar y corroborar todo el proceso llevado a cabo para
la toma de decisiones que genera las actividades realizadas por la entidad.

Integralidad: Al ejercer la revisoría fiscal el control sobre toda la entidad, es


necesario que esta labor se realice de manera integral, por lo que ninguna
actividad, área, operación o función debe escapar a la aplicación del control de
fiscalización.

Oportunidad: El ejercicio de la revisoría fiscal debe ser oportuno; esto hace


referencia a que el control de fiscalización para que sea eficiente, debe aplicarse
en lo posible, antes y durante la ocurrencia de los hechos, pues de no ser así,
podría suceder que se ejecuten operaciones que no se encuentran acordes con
las normas preestablecidas, desviando a la entidad de su objetivo central.

Función preventiva: En concordancia con el principio de oportunidad, las


acciones realizadas por la revisoría fiscal deben buscar evitar el daño; por lo que
de acuerdo con señalamientos hechos por la Superintendencia Financiera, “la
vigilancia del revisor fiscal debe tener carácter preventivo”, para lo cual es
necesaria la emisión de informes oportunos que eviten que se incurra en actos
irregulares.

Independencia: Aunque la vinculación del revisor fiscal se suscribe con el


presidente o gerente de la entidad, esto no implica que exista subordinación, por lo
que el revisor fiscal no obedece ordenes o instrucciones de ningún estamento
administrativo; su labor debe estar sustentada sin ningún impedimento, en la
capacidad y buen juicio profesional de quien hace las veces de revisor fiscal.

Objetividad: El revisor fiscal debe tener una actitud imparcial y sustentar sus
acciones y su opinión en la realidad.

39
Fe Pública: Se entiende por fe pública la aceptación de lo dicho por aquellos que
tienen la investidura para atestar, por lo que se presume que sus manifestaciones
están revestidas de verdad y certeza. Teniendo en cuenta que la calidad de
revisor fiscal recae exclusivamente en cabeza de los contadores públicos, los
informes y documentos emitidos por él tienen la calidad de verdad, es decir, tienen
el sello de la fe pública.

Actuación racional: El ejercicio de la revisoría fiscal debe estar sustentado en un


criterio racional y en un conocimiento basado en la lógica, en donde el juicio
profesional tiene como base la evidencia obtenida mediante la aplicación de
técnicas reconocidas.

Cobertura General: El revisor fiscal debe ejecutar su trabajo en la entidad


considerándola como un todo, por lo que sus acciones deben recaer sobre las
transacciones, hechos económicos, operaciones, áreas, decisiones y políticas de
la organización.

Cumplimiento de las Normas de la Profesión Contable: Las labores realizadas


por los revisores fiscales deben efectuarse de acuerdo con las normas vigentes
aplicables, que para este caso, corresponden a las establecidas para los
profesionales de la contaduría pública.

40
Ilustración 10 Principios del revisor fiscal

4.10. INHABILIDADES DEL REVISOR FISCAL

En el Codigo de Comercio en el articulo 5 menciona las inhabilidades que puede


tener un revisor fiscales las cuales son:

1) Quienes sean asociados de la misma compañía o de alguna de sus


subordinadas, ni en éstas, quienes sean asociados o empleados de la sociedad
matriz;

2) Quienes estén ligados por matrimonio o parentesco dentro del cuarto grado de
consanguinidad, primero civil o segundo de afinidad, o sean consocios de los
administradores y funcionarios directivos, el cajero, auditor o contralor de la misma
sociedad, y
3) Quienes desempeñen en la misma compañía o en sus subordinadas cualquier
otro cargo.

41
Ilustración 11 Grados de parentesco y afinidad

42
Grafica 5 Ley 43 de 1990

Fuente: Elaborado por el autor

43
4.11. INCOMPATIBLIDADES DEL REVISOR FISCAL

Grafica 6 Incompatiblidades del revisor fiscal

Fuente: Elaborado por el autor

44
4.12. CASA MATRIZ, SUBORDINADA Y FILIAL.

CASA MATRIZ SUBORDINADA FILIAL


Es la empresa que tiene Una empresa será Una empresa filial es
una inversión en otra subordinada o controlada aquella controlada por
llamada subsidiaria; cuando su poder de otra entidad, conocida
dicha inversión será del decisión se encuentre como holding (empresa
51% o más de las sometido a la voluntad de matriz), es decir, más del
acciones de la misma; otra u otras personas que 50% de su capital social
esto para tener dominio serán su matriz o es propiedad del holding.
administrativo y controlante, bien sea La empresa filial sólo
financiero de la empresa. directamente, caso en el puede actuar siguiendo
cual aquélla se las directrices marcadas
denominará filial o con el por los responsables de
concurso o por su holding, si bien a
intermedio de las efectos de regulación y
subordinadas de la pago de impuestos son
matriz, en cuyo caso se consideradas entidades
llamará subsidiaria. independientes de la
empresa matriz.

Grafica 7 Diferencia entre Casa matriz, Subordinida, Filial

45
Ilustración 12 Casa matriz,filial, subordinada

4.13. AGENCIA Y SUCURSAL

46
son vendedores locales cuya acción es intermediaria entre la empresa y el publico

EJEMPLO BESTDAY

Bestday entró a Colombia en enero, aunque ya venía operando a través de Hotel


Do. David Rebolledo, director general de Bestday, comentó hace algunos meses a
REPORTUR.mx, que el éxito que ha registrado la agencia de viajes online en
Colombia ha sido rotundo.

Ilustración 14 Ejemplo de agencias

Ilustración 15 Sucursales

En ese orden de ideas a los estatutos que no se determine las facultades de los
administradores de las sucursales, deberá otorgárseles un poder por escritura
pública o documento legalmente reconocido, que se inscribirá en el registro

47
mercantil. A falta de dicho poder, se presumirá que tendrán las mismas
atribuciones de los administradores de la principal. [ CITATION DEC20 \l 9226 ]

Es un establecimiento de comercio independientemente con cierta autónoma que


maneja sus propios inventarios y cobra a los clientes

Ejemplo Bancolombia

Otro de los principales bancos de Colombia es Bancolombia se creó en Bogotá en


1875. Más tarde en 1969, se convirtieron en un hito en la región, ofreciendo al

Ilustración 16 Ejemplo de sucursales

mercado la primera tarjeta de crédito en toda América del Sur. Siendo pioneros en
medios de pago.

gerencieddd.com/diferencia-ttttentre-sucurffffffsal-y-agenci

AGENCIAS SUCURSALES

El gerente o administrador de la agencia El gerente de la sucursal puede actuar en


no tiene esa facultad nombre de la sociedad

48
Venden directamente conceden créditos y Una sucursal puede hacer negocios,
realizan sus propios cobros firmas, contratos y convenios en nombre
de la principal, lo que la hace mas
adecuada para controlar un mercado

No tienen personería jurídica No tienen personería jurídica

No llevan contabilidad Llevan contabilidad y tienen sistema


contable

El fondo fijo para gastos lo provee la casa El gerente de la sucursal extiende lso
matriz no manejan efectivo cheques para los gastos

ddddd

as-de-una-sociedad.h

tml

Grafica 8 Cuadro comparativo entre Agencias y sucursales

49
4.14. MAPA MENTAL LEY 22 DE 1995.

Grafica 9 Mapa mental de la ley 222 de 1995 del decreto 410 de 1971

Fuente: Elaborado por el autor

50
ARTICULO 28 #7: Registro de los libros de comercio de socios y/o accionistas y
actas de asambleas de socios.

ARTICULO 56: Los libros podrán llevarse en hojas electrónicas “la nube” donde
garantizan la inalterabilidad de los mismos.

ARTICULO 57: Los libros de registro de socios o accionistas, y los de actas de


asamblea y juntas de socios.

ARTICULO 58: SANCIONES POR VIOLACIONES A LAS PROHIBICIONES


SOBRE LOS LIBROS DE COMERCIO, A LAS OBLIGACIONES DEL
COMERCIANTE Y OTRAS: Se aplican en el cumplimiento en el ejercicio del
comercio, aquella persona comerciante será multada entre 10 y 1.000 SMLMV; la
multa será dispuesta por la superintendencia de sociedades o del ente de
inspección. Si la persona reincide en ejercer la profesión de comerciante esta
procederá lo suspenderá por 2 meses.

ARTICULO 79: ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE LAS CÁMARAS DE


COMERCIO: Serán administradas y gobernadas por los comerciantes del distrito,
el cual obtendrá un presidente de los comerciantes ante la junta directiva de esta.

ARTICULO 80 INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA: Las Juntas Directivas


de las Cámaras de Comercio estarán conformadas por afiliados elegidos y por
representantes designados por el Gobierno Nacional. Los miembros serán
principales y suplentes, En ese orden de ideas el gobierno fijará directivas y
contará con un número de afiliados “comerciantes” donde su composición será de
6 a 12 miembros.

ARTICULO 82: ELECCION DE DIRECTORES: Son elegidos por un periodo


constitucional de 4 años con posible reelección; la elección o escrutinio será
conocido por la superintendencia de industria y comercio.

51
ARTICULO 83: QUÓRUM PARA DELIBERAR Y DECIDIR: Decidirá una vez por
mes y existirá quorum se asignará un representante legal para la aprobación de
las normas estatutarias.

ARTICULO 85: REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE JUNTA DIRECTIVA:


Para ser Miembro de Junta Directiva de una Cámara de Comercio se requerirá ser
ciudadano colombiano en ejercicio de sus derechos políticos, no haber sido
sancionado por ninguno de los delitos determinados en el artículo 16 de este
Código, estar domiciliado en la respectiva circunscripción, ser persona de
reconocida honorabilidad. Nadie podrá ejercer el cargo de Miembro de Junta
Directiva en más de una Cámara de Comercio”

ARTICULO 92: CONDICIONES PARA SER AFILIADO: Para ser afiliado o


conservar esta calidad, las personas naturales o jurídicas deberán acreditar que
no se encuentran incursas en cualquiera de las siguientes circunstancias:

1. Haber sido sancionadas en procesos de responsabilidad disciplinaria con


destitución o inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas;

2. Haber sido condenadas penalmente por delitos dolosos;

3. Haber sido condenadas en procesos de responsabilidad fiscal;

4. Haber sido excluidas o suspendidas del ejercicio profesional del comercio o de


su actividad profesional;

5. Estar incluidas en listas inhibitorias por lavado de activos o financiación del


terrorismo y cualquier actividad ilícita.

ARTICULO 100: SOCIEDAD COMERCIAL Y AMBITO DE APLICACION DE ESTA


LEY: Se tendrán como comerciales, para todos los efectos legales, las sociedades
que se formen para la ejecución de actos o empresas mercantiles. Si la empresa
social comprende actos mercantiles y actos que no tengan esa calidad, la
sociedad será comercial. Las sociedades que no contemplen en su objeto social
actos mercantiles serán civiles.

52
ARTICULO 103: CAPACIDAD DE LOS SOCIOS: Los incapaces no podrán ser
socios de sociedades colectivas ni gestores de sociedades en comandita. En los
demás casos, podrán ser socios, siempre que actúen por conducto de sus
representantes o con su autorización, según el caso.

ARTICULO 155: MAYORÍA PARA LA APROBACIÓN DE DISTRIBUCIÓN DE


UTILIDADES: Según la distribución de utilidades la asamblea aprobará el 78% de
las acciones, cuotas o partes de interés.

ARTICULO 165: REFORMA ESTATUTARIA POR CAMBIO DE DOMICILIO DE LA


SOCIEDAD: Deberá ser registrada únicamente la reforma que contiene el cambio
de domicilio social en la cámara de comercio de origen, la cual procederá a hacer
el respectivo traslado de las inscripciones que reposan en sus archivos, a la
cámara de comercio del nuevo domicilio.

ARTICULO 184: REPRESENTACION DE LOS SOCIOS: Todo socio podrá


hacerse representar en las reuniones de la Junta de Socios o Asamblea mediante
poder otorgado por escrito, en el que se indique el nombre del apoderado, la
persona en quien éste puede sustituirlo.

ARTICULO 200: RESPONSABILIDAD DE LOS ADMINISTRADORES: Los


administradores responderán solidaria e ilimitadamente de los perjuicios que por
dolo o culpa ocasionen a la sociedad, a los socios o a terceros. (Artículo 151) Cod.
De comercio.

ARTICULO 260: SUBORDINACION: Una sociedad será subordinada o controlada


cuando su poder de decisión se encuentre sometido a la voluntad de otra u otras
personas que serán su matriz o control ante, bien sea directamente, caso en el
cual aquélla se denominará filial o con el concurso o por intermedio de las
subordinadas de la matriz, en cuyo caso se llamará subsidiaria.

ARTICULO 261: PRESUNCIONES DE SUBORDINACION:

53
 Cuando más del cincuenta por ciento (50%) del capital pertenezca a la
matriz.

 Cuando la matriz y las subordinadas tengan conjunta o separadamente el


derecho de emitir los votos constitutivos de la mayoría mínima decisoria en
la junta de socios o en la asamblea.

 Cuando la matriz, directamente o por intermedio o con el concurso de las


subordinadas, en razón de un acto o negocio con la sociedad controlada o
con sus socios.

ARTICULO 262: PROHIBICION A SOCIEDADES SUBORDINADAS: Las


sociedades subordinadas no podrán tener a ningún título, partes de interés, cuotas
o acciones en las sociedades que las dirijan o controlen. Serán ineficaces los
negocios que se celebren, contrariando lo dispuesto en este artículo.

ARTICULO 265: COMPROBACION DE OPERACIONES DE SOCIEDADES


SUBORDINADAS: Son los organismos de inspección, vigilancia o control, podrán
comprobar la realidad de las operaciones que se celebren entre una sociedad y
sus vinculados.

Ilustración 17 Ley 222 de 1995


54
4.15. MARCO LEGAL DE LA REVISORIA FISCAL

4.15.1. Con qué objetivo fue creada la revisoría fiscal.

la revisoría fiscal ha tenido bastantes cambios hasta el día doy, en los enfoques
del trabajo, en sus funciones, y en comunicar el resultado de su trabajo, pero estos
cambios han sido lentos y han respondió más bien a las nuevas exigencias de los
usuarios, como se sabe el mundo está cambiando y a medida que avanza va
exigiendo más, por eso hoy en día la profesión del revisor fiscal tiene que ir
avanzado como avanza las nuevas tecnologías en las empresas, y poder estar
actualizado en que las nuevas organizaciones, entidades públicas o privadas que
van llegando, con diferentes cambios como se sabe los antiguos métodos que
daban buenos resultados ya no son tan eficaces, esto hace que el revisor fiscal se
actualice, que tenga nuevos pensamientos, que tenga una nueva mentalidad, que
se construya de una manera radical a medida del ritmo de las trasformaciones, el
revisor fiscal tiene que asumir nuevos cambios en los negocios, que proporcione
un valor agregado a los servicios de la revisoría fiscal en lugar de convertirse en
una carga o gasto para la entidad, de esta manera el revisor fiscal trabaja con su
ética profesional y con sus nuevos conocimientos para ejercerlos en las empresas.

Ilustración 18 El objetivo de la revisoria fiscal

55
4.15.2 La ley 42 de 1993

Ilustración 19 Control fiscal

El Control Fiscal es una función pública, la cual vigila la gestión de la


administración de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes del
Estado, en todos sus órdenes y niveles. Los entes de control fiscal, tales como la
Contraloría General de la República o sus entidades delegadas, y las
Contralorías Departamentales o Municipales, son los órganos encargados de
adelantar las respectivas investigaciones encaminadas a obtener el
resarcimiento de los bienes o recursos, que han sido objeto de desviación o
detrimento patrimonial por parte de servidores públicos o particulares que tienen
a su cargo la custodia, guarda y/o administración de estos. Para el ejercicio del
control fiscal se podrían aplicar sistemas de control como el financiero, de
legalidad, de gestión, de resultados, la revisión de cuentas y la evaluación del
control interno. [ CITATION CON07 \l 9226 ]

En el control de legalidad se realiza para comprobar que todas las operaciones


financieras, administrativas y económicas se haya realizado como lo indica la
norma, así mismo el control de gestión de resultado es el examen que se realiza a
las empresas para evaluar y analizar, y poder determinar todo su proceso
administrativo, llevando a cabo unos indicadores de rentabilidad y desempeño, en
el control de resultados es la el examen que se realiza para mirar si se lograron los
objetivos, los planes y los proyectos que se tenían adaptados para la
administración en un cierto tiempo, de ahí se realiza la evaluación del control

56
interno es el análisis determinado que se le realiza a las entidades sujetas de
vigilancia, para determinar la calidad y la confianza y poder observar si son
eficaces y eficientes en su trabajo y en sus objetivos.

Ilustración 20 Revision del control interno

4.16 ARTÍCULOS DE LA LEY 145 DE 1960 EN LA LEY 43 DE 1990


ARTÍCULO 1° Se ARTÍCULO 2° Sólo ARTÍCULO 3° Habrá una
entenderá por contador podrán ejercer la sola clase de contador
público la persona profesión de contador público y podrá ser
natural que mediante la público las personas que titulados o autorizados,
inscripción que acredita haya cumplido con los según el caso.
su competencia requisitos señalados en
profesional, queda esta Ley y en las normas
facultada para dar fe que la reglamenten.
pública Quien ejerza ilegalmente
de determinados actos, la profesión de contador
así como para público será sancionado

57
desempeñar ciertos con multas.
cargos, en los términos
de la
presente Ley
ARTÍCULO 4° Para ser ARTÍCULO 5° Para ser ARTÍCULO 6° Para ser
inscrito como contador inscrito como contador inscrito como contador
público deberán llenarse público titulado, se público autorizado, se
los siguientes requiere a) Haber requiere: a) Haber
requisitos generales, obtenido el título obtenido matrícula como
además de los correspondiente en una contador público ante la
especiales exigidos en Facultad colombiana Junta Central de
cada caso por esta Ley: autorizada por Contadores, con arreglo
a) Ser nacional el Gobierno para a los Decretos 2373 de
colombiano en ejercicio conferirlo, de acuerdo 1956, ¡0025 de 1957 y
de los derechos civiles, o con las normas 0099 de 1958;
extranjero reglamentarias de la b) O poseer el título
domiciliado en el país enseñanza expedido por la
con no menos de tres (3) universitaria de la Superintendencia de
años de anterioridad a la materia; b) O haber Sociedades Anónimas,
respectiva obtenido dicho título de de
solicitud de inscripción b) contador público o de acuerdo con el artículo
Acreditar solvencia moral una denominación 46 de la Ley 58 de 1931;
con declaraciones equivalente, expedido c) O tener matrícula
juradas de tres personas por instituciones como contador inscrito
de reconocida extranjeras de países expedida por la Junta
honorabilidad, de con los cuales Colombia Central de
preferencia aquellas con tuviere celebrados Contadores con
las cuales el interesado convenios sobre anterioridad a la vigencia
hubiere trabajado; reciprocidad de títulos, y de la presente Ley;
refrendado por el

58
Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 7° No podrá ARTÍCULO 8° Se ARTÍCULO 9° La
inscribirse como necesitará la calidad de atestación y firma de un
contador público la contador público en contador público hará
persona en quien todos los casos en que presumir, salvo prueba
concurriere las en
alguna de las siguientes leyes lo exijan, y además contrario, que el acto
causales de inhabilidad: en los siguientes: respectivo se ajusta a los
1. Haber violado la 1. Para desempeñar el requisitos legales, lo
reserva de los libros o de cargo de Revisor Fiscal mismo que a los
las informaciones de sociedades para las estatutarios en el caso
comerciales de cuales la Ley de personas jurídicas.
personas o entidades a exija la provisión de ese Tratándose de balances,
cuyo servicio hubiere o de uno equivalente, ya se presumirá
trabajado o de que con la misma además, que los saldos
hubiere tenido denominación o con la se han tomado fielmente
conocimiento en ejercicio de Auditor u otra similar. de los libros, que éstos
de cargos o funciones 2. Para actuar como se ajustan a las
públicos 2. Haber perito en controversias normas legales y que las
cometido falta grave de carácter técnico cifras registradas en ellos
contra la ética contable, especialmente reflejan en forma
profesional a juicio de la en diligencias sobre fidedigna la
Junta Central de exhibición de libros, correspondiente
Contadores. juicios de rendición de situación financiera en la
cuentas y avalúo de fecha del balance.
intangibles patrimoniales.

ARTÍCULO 10. El ARTÍCULO 11. Los ARTÍCULO 12. Las


dictamen de un contador contadores públicos se firmas u organizaciones
público sobre un balance asimilarán a funcionarios profesionales dedicadas

59
general, como públicos para el al ejercicio de
Revisor Fiscal, Auditor o efecto de las sanciones actividades contables,
Interventor de cuentas, penales por las culpas y sólo podrán cumplir las
ira acompañado de un delitos que cometieren funciones adscritas a los
informe sucinto en el ejercicio de contadores
que deberá expresar por actividades propias de su públicos bajo la
lo menos: profesión, sin perjuicio de responsabilidad de
1. Si ha obtenido las las responsabilidades de personas que hayan
informaciones necesarias orden civil obtenido la inscripción
para cumplir sus a que hubiere lugar, correspondiente, y no
funciones. 2. Si en el conforme a las leyes. podrán encargarse, en
curso de la revisión se ningún caso, de la
siguieron los Revisoría, Auditoría o
procedimientos Interventoría de Cuentas
aconsejados por la de las sociedades o
técnica de la instituciones en las
Interventoría de Cuentas. cuales alguno de los
3. Las reservas o afiliados a tales firmas u
salvedades a que organizaciones sea
estuviere sujetan su ocasional o
opinión sobre la fidelidad permanentemente
de los Contador,
estados financieros, si la Cajero o Administrador.
tuviere.
ARTÍCULO 13. Los ARTÍCULO 14. La Junta ARTÍCULO 15. La Junta
Auditores, Contralores, Central de Contadores, Central de Contadores
Revisores e creada por el Decreto tendrá el carácter de
Interventores de cuentas legislativo número entidad disciplinaria
de 2373 de 1956, continuará de la profesión, en el
empresas dedicadas a la funcionando en la capital ejercicio de las

60
explotación de recursos de la República como siguientes funciones:
naturales, a más de la dependencia 1° Decidir sobre las
condición de 1. del Ministerio de solicitudes de inscripción
contadores debidamente Educación Nacional, y la de los aspirantes a
inscritos ante la Junta integrarán seis contadores y cancelar
Central, deberán tener la miembros, así: las que haya autorizado,
de colombianos 2.El Ministro de con sujeción las normas
en pleno goce de los Educación o un delegado de esta Ley y a las
derechos civiles, o la de suyo. reglamentaciones
extranjeros domiciliados 3.El Superintendente de posteriores.
en el país con no Sociedades Anónimas o 2. Autorizar por medio de
menos de tres (3) años un delegado suyo. su presidente, la
de anterioridad a la fecha 4.Un representante de la inscripción de los
en que se empiecen a Asociación Colombiana contadores públicos en
ejercer el cargo. de Universidades, con su los
suplente. libros respectivos, y las
5.El Decano de la licencias y certificados
Facultad Nacional de del caso.
Contaduría y Ciencias 3. Recibir, por medio de
Económicas o un su presidente o del
delegado miembro a quien éste
suyo. designe, el juramento
6.Un representante de profesional a los
los contadores públicos contadores sin título
titulados, con su universitario.
suplente. 4. Señalar, previa
7.Un representante de aprobación del Ministerio
los contadores públicos de Educación, la forma
autorizados, con su de acreditar el
suplente. cumplimiento de los

61
8.Los representantes de requisitos de admisión
los contadores serán para los cuales no se
elegidos para períodos hubiere exigido una
de dos (2) años por prueba especial en esta
los respectivos gremios o Ley o en los decretos
entidades. que la reglamenten.

ARTÍCULO 16. La Junta ARTÍCULO 17. Para ARTÍCULO 18. La


Central de Contadores cumplir con lo ordenado solicitud de inscripción
tendrá un secretario en el artículo anterior y de contador público se
permanente y los con las demás surtirá en papel sellado
demás empleados que disposiciones que en ante la Junta Central,
fueren necesarios, de esta Ley se contemplan indicando la categoría
libre nombramiento y para el permanente y para la cual se formula y
remoción de ella eficaz acompañándola de
misma, los cuales se funcionamiento de la los documentos y
considerarán como Junta Central de comprobantes del caso;
trabajadores oficiales Contadores, el Gobierno y la Junta la resolverá
para todos los efectos creará los cargos y les dentro de un término de
legales. señalará las sesenta (60) días.
asignaciones
correspondientes,
efectuará los traslados,
abrirá los créditos y
hará las operaciones
presupuestales a que
hubiere lugar.
ARTÍCULO 19. Serán ARTÍCULO 20. Serán ARTÍCULO 21. Las
causales de suspensión causales de cancelación decisiones de la Junta
de la inscripción de un de la inscripción de un Central de Contadores

62
contador público, contador público las estarán sujetas a los
hasta por un año, las siguientes, debidamente recursos indicados en el
siguientes, debidamente comprobadas: artículo 77 de la Ley 167
comprobadas: 1. Haber violado la de 1941. En la
1. Haber ejecutado actos reserva comercial de los tramitación de dichos
violatorios del código de libros, papeles e recursos se aplicará lo
ética profesional que informaciones que dispuesto en el Capítulo
dictará la Junta hubiere conocido en VIII de la misma Ley. La
Central, cuando la ejercicio de la profesión. vía
gravedad de ellos no 2. Haber sido condenado gubernativa se agotará
justifique la cancelación. por cualquiera de los mediante el recurso de
2. La enajenación delitos indicados en el apelación ante el
mental, la embriaguez numeral 3 del Ministerio de
habitual u otro vicio o artículo 7° de esta Ley. Educación.
incapacidad grave que lo 3. Haber ejercido
inhabilite temporalmente actividades o funciones
para el correcto ejercicio adscritas a los
de la profesión. contadores públicos,
3. Los demás previstos durante
en las leyes. el tiempo de suspensión
de la inscripción.
4. Haber fundado la
solicitud de inscripción
en documentos que
posteriormente fueren
encontrados inexactos,
falsos o adulterados.
ARTÍCULO 22. Las ARTÍCULO 23. La
solicitudes pendientes presente Ley rige desde
que sobre inscripción de su promulgación y

63
contadores públicos se deroga los Decretos
hallen actualmente en 2373 y
poder de la Junta 3131 de 1956, 0025 de
Central, las tramitará y 1957 y 0099 de 1958, así
Graficas 1 Artículo de la ley 145 de 1960
resolverá ésta dentro de como las demás
un plazo máximo de seis disposiciones que la
(6) meses, contados contradigan.
desde la vigencia de la
presente.

[ CITATION LEY20 \l 9226 ]hhhh

AUDITORÍA EXTERNA REVISORÍA FISCAL CONTROL INTERNO

Se realiza de manera Es de carácter obligatorio Se realiza de manera


voluntad si la junta de en algunas empresas, y voluntaria si la junta
socios, directiva o la debe ser asignado por la directiva, la gerencia o
asamblea lo desea asamblea general de todo el recurso humano
realizar accionistas lo desee
La auditoría externa la La revisoría fiscal es un El control interno esta
realiza, una persona órgano, de integrado por un conjunto
ajena a la empresa, responsabilidad, de principios y normas,
para así llevar un honestidad, y integridad esto hace que evalué de
examen detallado, que tiene el revisor fiscal, una manera más
sistemático y crítico de como objetivo de velar minuciosa todas las
la entidad. Así poder por la información que se actividades desarrollas
dar una opinión acerca se da en el manejo de en la organización
del sistema de las entidades ya sea
información de la públicas o privas sobre

64
entidad la información financiera
Su opinión deberá ser El revisor fiscal tiene la Se realiza con el fin de
ejercida, de forma ética profesional, para poder prevenir, detectar
independiente a la dictaminar los estados posibles que se
empresa a la que se financieros, revisarlos y encuentre en la
esta evaluando. evaluarlos organización
sistemáticamente.
El interés está dirigida a El revisor fiscal El interés esta dirigida al
la empresa o a terceras salvaguarda los personal interno, a la
personas intereses, y de las partes empresa
que conforman el ente
económico
Tienen responsabilidad Tiene responsabilidad, Tiene responsabilidad
civil civil, penal y legal con la empresa
Njjj

4.17 EL EJERICIO DE LA REVISORIA FISCAL

El ejercicio de la Revisoría Fiscal es una función privativa de los contadores


públicos, profesionales, que cuentan con los conocimientos y con independencia
absoluta que garantice la imparcialidad y la objetividad en sus sus funciones
de fiscalización en tal es entidades, al igual que para otorgar fe pública en los
casos determinados en la ley, actividad el cual se asimilan a funcionarios públicos
en el establecimiento de responsabilidades legales

Sin embargo, para ejecutar con profesionalidad y excelencia la gestión se deben


Grafica 10 Diferencia Entre La Auditoria interna, revisoria fiscal y control
interno

identificar puntualmente los mecanismos para evitar errores, fraudes y desfaces,

65
se debe articular la estadística y la matemática con las herramientas tecnológicas
(sistemas de información) generando la eficacia de la gestión, en tiempo real.

Ilustración 21 Ejercicio de la revisoria fiscal

4.18 CLASES DE REVISORIA FISCAL

Las funciones del revisor fiscal que figura en la legislación colombiana desde 1931
van más allá del dictamen de los estados financieros: es una figura esencial cuya
vigilancia del buen hacer y apego a las normas en comunidad son garantía de
confianza para inversionistas, el Estado y la sociedad en general sobre el actuar
de empresas y sus administradores.

Es por ello que en la legislación nacional se ha mencionado desde 1931 la figura


de revisoría fiscal, recalcando la responsabilidad frente a la sociedad y a todos los
usuarios de la información.

66
 Revisoría Fiscal Individual: Esta fiscalización es la ejercida por los socios o
asociados en ejercicio del derecho de inspección sobre los libros de
contabilidad. Esta inspección puede ser efectuada por sí mismo o por
medio de delegado.
 Revisoría Fiscal Jurisdiccional: Es la ejercida por la rama jurisdiccional con
el fin de dirimir controversias entre socios, las sociedades o estas con
terceros. La ejercen los jueces.
 Revisoría Fiscal Administrativa: Este tipo de fiscalización le compete al
poder ejecutivo, es decir al presidente y este a su vez delega en las
conocidas como Superintendencias. Le compete por mandato constitucional
acorde a las leyes.
 Revisoría Fiscal Tributaria: Es de competencia de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales en todo lo concerniente al proceso de
recaudo de impuestos y para ello puede inspeccionar toda la información
que considere pertinente para cumplir con su función.

 Revisoría Fiscal Privada: Es en este tipo de fiscalización que se enmarca la


Revisoría Fiscal con un ingrediente adicional que es el de actuar en la
búsqueda y protección del interés general o público o el bien común.
 Revisoría Fiscal Pública: Se conoce como control fiscal y se ejerce hacia el
sector público y la gestión realizada por éste.

67
Ilustración 22 Clases de revisoria fiscal

4.19 PAPELES DE TRABAJO QUE TULIZA EL REVISOR FISCAL

Los papeles de trabajo se realizan con el objetivo de dejar constancia de los


procedimientos realizados, de las comprobaciones y de información obtenida. Los
papeles de trabajo, pueden clasificarse desde dos puntos de vista:  Por su uso y
su contenido. 

POR SU USO

De acuerdo a la utilización que tengan los papeles de Auditoría en el período


examinado o en varios períodos de clasifican en Archivo de la Auditoría y Archivo
Continuo.
 

68
ARCHIVO DE LA AUDITORÍA
 
El archivo de la auditoria son papeles de uso limitado para una sola Auditoría; se
preparan en el transcurso de la misma y su beneficio o utilidad solo se referirá a
las cuentas, a la fecha o por período a de que se trate. El contenido del archivo de
la auditoría puede variar pero por lo general debe contener:

  Estados financieros del período sujeto a examen y el período anterior


  Hojas de trabajo de los estados financieros sujetos a examen
 Cédulas sumarias de los rubros de los estados financieros
 Cédulas analíticas y su analítica de las cédulas sumarias
 Resultados de las circularizaciones
 Análisis de las pruebas de auditoría practicadas
  Documentos preparados por el cliente utilizados en la auditoría

ARCHIVO CONTINUO DE AUDITORÍA

Este archivo continuo de Auditoria como su nombre lo indica, son aquellos que se
usarán continuamente siendo útiles para la comprobación de las cuentas no sólo
en el período en el que se preparan, sino también en ejercicios futuros; sus datos
se refieren normalmente al pasado, al presente y al futuro. 
Este expediente debe considerarse como parte integrante del conjunto de papeles
de trabajo de todas y cada una de las auditorías a las cuales se refieran los datos
que contiene.  También se conoce como el archivo permanente.  El contenido del
Archivo Permanente puede ser:
 
 Historia de la Compañía
   Contratos y Convenios a largo plazo
  Sistema y Políticas Contables
 Estados Financieros de los últimos años
  Estado Tributario
 Conclusiones y recomendaciones de las últimas auditorías

69
  Hojas de trabajo de la última auditoría
 
POR SU CONTENIDO

De acuerdo al contenido de cada papel de trabajo, estos se clasifican en Hojas de


Trabajo, Cédulas Sumarias y Cédulas Analíticas

HOJA DE TRABAJO
 
Son hojas multicolumnares en las cuales se listan agrupamientos de cuentas de
mayor con los saldos sujetos a examen. Sirven de resumen y guía o índice de las
restantes cédulas que se refieran a cada cuenta. Estos papeles representan los
estados financieros en conjunto. Aquí se inicia la técnica del análisis pues se
empieza a descomponer el todo en unidades de estudio más pequeñas. El método
usado es el deductivo.  Puede hacerse este listado como simple balance de
comprobación, sin buscar orden alguno en las cuentas; pero se encontrará muy
conveniente hacerlo siguiendo el ordenamiento del Balance General y del Estado
de Resultados. 
 
Cada rubro de la Hoja de Trabajo estará representado por una Cédula Sumaria. 
Es de advertir que no necesariamente el rubro debe representar una cuenta de
mayor, pues a criterio del Auditor, este puede agrupar dos o más si así se le
facilita el examen. El criterio para agrupar las cuentas en cédulas sumarias es la
homogeneidad de las cuentas agrupadas, pues se requiere que las conclusiones
del examen del grupo sean aplicables a todas la cuentas examinadas.
 
Las hojas de trabajo contendrán los saldos del ejercicio anterior con el fin de hacer
comparaciones.  También se anotarán en estas hojas de trabajo los ajustes y
reclasificaciones que resulten de la revisión, para obtener en ellas las cifras finales
o de Auditoría que son las referidas en el dictamen.

70
 
El esquema de una Hoja de Trabajo es el presentado cuando se describió la
estructura de las cédulas de auditoría.  Es importante destacar que la columna que
contiene los saldos a examinar representa el primer término de la ecuación de
auditoría, es decir, la evidencia primaria.  Estos saldos son la primera evidencia
que el auditor tiene acerca de los estados financieros a dictaminar,  por tanto él
debe comprobar la razonabilidad de estos saldos para emitir su opinión, en otras
palabras debe obtener evidencia corroborativa de esta evidencia primaria para
encontrar la evidencia suficiente y competente que le exige la norma relativa a la
ejecución del trabajo.

Grafica 11 Esquema de HPJA de trabajo para activos

ESQUEMA DE HPJA DE TRABAJO PARA ACTIVOS

71
 
Cédulas sumarias o de resumen
Estas cedulas son aquellas que contienen el primer análisis de los datos relativos
a uno de los renglones de las hojas de trabajo y sirven como enlace entre ésta y
las cédulas de análisis o de comprobación. 

Las cédulas sumarias normalmente no incluyen pruebas o comprobaciones; pero


conviene que en ellas aparezcan las conclusiones a que llegue el Auditor como
resultado de su revisión y de comprobación de la o las cuentas a la que se refiere.
Las cédulas sumarias se elaboran teniendo en cuenta los rubros correspondientes
a un grupo homogéneo, que permita el análisis de manera más eficiente.  Para
cada
sumaria debe existir un rubro en la Hoja de Trabajo.

Grafica 12 Esquema de cedula sumaria para activos

72
CÉDULAS ANALÍTICAS O DE COMPROBACIÓN
 
En estas cédulas se detallan los rubros contenidos en las cédulas sumarias, y
contienen el análisis y la comprobación de los datos de estas últimas, desglosando
los renglones o datos específicos con las pruebas o procedimientos aplicados para
la obtención de la evidencia suficiente y competente.  Si el estudio de la cédula
analítica lo amerita, se deben elaborar sub-cédulas.
 
En términos generales la cédula analítica es la mínima unidad de estudio, las
analíticas deben obligatoriamente describir todos y cada uno de las técnicas y
procedimientos de auditoría que se efectuaron en el estudio de la cuenta, pues en
estas cédulas y en las subanalíticas se plasma el trabajo del auditor y son las que
sirven de prueba del trabajo realizado.
 
En este nivel se ha desarrollado el método deductivo, pues se ha partido de lo
general (los estados financieros) y se ha llegado a lo particular (la cédula analítica
o subanalítica) . Ahora se debe iniciar el método deductivo, es decir, partir de lo
particular para llegar a lo general y de esta manera emitir una opinión sobre estos
estados tomados en conjunto.

73
Grafica 13 Esquema de cedula analitica de bancos

CÉDULAS SUB-ANALÍTICAS
 
En algunos casos en particular para las cuentas se requiere elaborar cédulas
adicionales a las analíticas para examinar otras cuentas que se desagregan de
estas últimas. Tienen similitud con la cédulas analíticas pues son la mínima unidad
de análisis y en ellas se deben obligatoriamente describir todas y cada una de las
técnicas y procedimientos de auditoría que se aplicaron en la cuenta.  Las pruebas
aplicadas originan documentos que deben indexarse utilizando el índice de la sub-
analítica adicionándole números consecutivos separados por una barra inclinada.

74
Grafica 14 Esquema de cedula sub analitica de banco andino

75
4.20 TIPOS DE DICTAMENES DEL REVISOR FISCAL

76
Grafica 15 Dictamenes del revisor fiscal

Fuente: Elaborado por el autor

77
78
Grafica 16 Estructura del examen
Estructura de los dictamenes

http://www.ctcp.gov.co/publicaciones-ctcp/orientaciones-tecnicas/orientacion-
revisoria-fiscal-parte-i-agosto-1-2019
Anexo 2 Ejemplo de dictamenes del revisor fiscal

79
EJEMPLOS

Modelo informe del Revisor Fiscal para Entidades que no cotizan en un mercado
público – Opinión Adversa

[A los miembros de la Asamblea General de Accionistas]

Opinión He auditado los estados financieros [separados] de la Entidad ABC (la


Entidad), que comprenden el estado de situación financiera al 31 de diciembre de
20XX, el estado de resultados [estado integral de resultados], el estado de
cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo correspondientes al
ejercicio terminado en dicha fecha, así como las notas explicativas de los estados
financieros que incluyen un resumen de las políticas contables significativas.

En mi opinión, debido a la significatividad de la cuestión descrita en la sección


Fundamentos de la Opinión desfavorable [adversa], los estados financieros
adjuntos de la Entidad no presentan fielmente en todos los aspectos materiales, la
situación financiera a 31 de diciembre de 20XX, ni de sus resultados y flujos de
efectivo correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, de conformidad
con el anexo N° 2 del Decreto 2420 de 2015 y sus modificatorios, que incorporan
las Normas Internacionales de Información Financiera. [Cambiar según al grupo
que corresponda N° 2 o N° 3]

Los estados financieros terminados en 31 de diciembre de 20XX [fecha del año


anterior], fueron auditados [por mi o por otro Revisor Fiscal] y en opinión del XX de
XXXXXX de 20XX, emitió [emití] una opinión favorable.

Fundamentos de la opinión desfavorable [adversa]

a. La Gerencia de la Compañía no ha registrado las provisiones por concepto de


demandas laborales, lo que supone un incumplimiento al Decreto 2420 de 2015 y
sus modificatorios, que incorpora las Normas Internacionales de Información
Financiera para PYMES, las cuales requieren que las provisiones se registren por
la mejor estimación. En consecuencia, las provisiones se encuentran

80
infravaloradas (subvaloradas) en cuantía aproximada de $840 millones y el
impuesto diferido de la Compañía subvalorado en aproximadamente $240
millones, cifras que son consideradas materiales.

b. La Gerencia de la Compañía no ha registrado el deterioro por concepto de


cuentas por cobrar, lo que supone un incumplimiento al Decreto 2420 de 2015 y
sus modificatorios, que incorpora las Normas Internacionales de Información
Financiera para PYMES, las cuales requieren que los instrumentos financieros se
deterioren por incumplimiento en el pago, relacionado con riesgo de crédito, por el
valor presente del valor recuperable. En consecuencia, el deterioro se encuentra
infravalorado (subvalorado) en cuantía aproximada de $920 millones y el estado
de resultados por concepto de impuesto diferido y gastos de la Compañía
subvalorado en aproximadamente $270,8 millones y $320 millones,
respectivamente cifras que son consideradas materiales.

c. Las existencias de la sociedad se reflejan en el estado de situación financiera


por $780 millones, la Gerencia no permitió la verificación de la existencia física de
los inventarios, y no me fue posible aplicar procedimientos alternativos para
obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada, lo que genera una limitación
en el alcance. Razón por la cual no me permite establecer la razonabilidad de
dicha cuantía, la cual es considerada material en el contexto de los estados
financieros.

He llevado a cabo mi auditoría de conformidad con el artículo 7 de la Ley 43 de


1990. Mi responsabilidad de acuerdo con dichas normas se describe más adelante
en la sección Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los
estados financieros de mi informe.

Soy independiente de la Entidad de conformidad con los requerimientos de ética


aplicables a mi auditoría de los estados financieros en [jurisdicción] y he cumplido
las demás responsabilidades de conformidad con esos requerimientos. Considero
que la evidencia de auditoría que he obtenido proporciona una base suficiente y

81
adecuada para mi opinión. Responsabilidades de la dirección y de los
responsables del gobierno de la entidad en relación con los estados financieros La
dirección es responsable de la preparación y presentación de los estados
financieros adjuntos de conformidad con el anexo N° 2 del Decreto 2420 de 2015 y
sus modificatorios, que incorporan las Normas Internacionales de Información
Financiera. [Cambiar según al grupo que corresponda N° 2 o N° 3]. En la
preparación de los estados financieros [separados], la dirección es responsable de
la valoración de la capacidad de la Entidad de continuar como empresa en
funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la
Empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en
funcionamiento excepto si la dirección tiene intención de liquidar la Entidad o de
cesar sus operaciones, o bien no exista otra alternativa realista.

La Junta Directiva [colocar el nombre del comité] de la entidad es responsables


de la supervisión del proceso de información financiera de la Entidad.
Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados
financieros Mi objetivo es obtener una seguridad razonable de que los estados
financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o
error, y emitir un informe de auditoría que contiene mi opinión. Seguridad
razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría
realizada de conformidad con el artículo 7 de la Ley 43 de 1990 siempre detecte
una incorrección material cuando existe.

Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran materiales si,


individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que
influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los
estados financieros [separados] Como parte de una auditoría de conformidad con
el artículo 7 de la Ley 43 de 1990, aplique mi juicio profesional y mantengo una
actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:

 Identifique y valore los riesgos de incorrección material en los estados


financieros [separados], debida a fraude o error, diseñe y aplique procedimientos

82
de auditoría para responder a dichos riesgos y obtuve evidencia de auditoría
suficiente y adecuada para proporcionar una base para mi opinión. El riesgo de no
detectar una incorrección material debida a fraude es más elevado que en el caso
de una incorrección material debida a error, ya que el fraude puede implicar
colusión, falsificación, omisiones deliberadas, manifestaciones intencionadamente
erróneas o la elusión del control interno.

 Evalué la adecuación de las políticas contables aplicadas y la razonabilidad de


las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por la
dirección.

 Concluí sobre lo adecuado de la utilización, por la dirección, del principio


contable de empresa en funcionamiento y, basándome en la evidencia de
auditoría obtenida, concluí sobre si existe o no una incertidumbre material
relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas
significativas sobre la capacidad de la Entidad para continuar como empresa en
funcionamiento. Si concluyo que existe una incertidumbre material, se requiere
que llame la atención en mi informe de auditoría sobre la correspondiente
información revelada en los estados financieros o, si dichas revelaciones no son
adecuadas, que exprese una opinión modificada.

 Mis conclusiones se basan en la evidencia de auditoría obtenida hasta la fecha


de mi informe de auditoría. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser
causa de que la Entidad deje de ser una empresa en funcionamiento. Comunique
con los responsables del gobierno de la entidad en relación con, entre otras
cuestiones, el alcance y el momento de realización de la auditoría planificados y
los hallazgos significativos de la auditoría, así como cualquier deficiencia
significativa del control interno que identifique en el transcurso de la auditoría.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios Además, informo que


durante el año 2018, la Compañía no ha llevado su contabilidad conforme a las
normas legales y a la técnica contable; las operaciones registradas en los libros de

83
contabilidad y los actos de los administradores no se ajustan a los estatutos y a las
decisiones de la Junta de Socios y Junta Directiva; la correspondencia, los
comprobantes de las cuentas y los libros de actas y de registro de acciones no se
llevan y no se conservan debidamente; el informe de gestión de la Administración
no guarda la debida concordancia con los estados financieros separados, y la
Compañía no ha efectuado la liquidación y pago oportuno al Sistema de Seguridad
Social Integral.

Los administradores no dejaron constancia en el informe de gestión de que no


entorpecieron la libre circulación de las facturas de sus proveedores de bienes y
servicios. Opinión sobre control interno y cumplimiento legal y normativo Además,
el Código de Comercio establece en el artículo 209 la obligación de pronunciarme
sobre el cumplimiento de normas legales e internas y sobre lo adecuado del
control interno.

Mi trabajo se efectuó mediante la aplicación de pruebas para evaluar el grado de


cumplimiento de las disposiciones legales y normativas por la administración de la
entidad, así como del funcionamiento del proceso de control interno, el cual es
igualmente responsabilidad de la administración. Para efectos de la evaluación del
cumplimiento legal y normativo utilicé los siguientes criterios:

 Normas legales que afectan la actividad de la entidad;

 Estatutos de la entidad;

 Actas de asamblea y de junta directiva

 Otra documentación relevante. [Ajustar a los documentos observados] Para la


evaluación del control interno, utilicé como criterio el modelo COSO [o incluir el
modelo utilizado por el Revisor Fiscal]. Este modelo no es de uso obligatorio para
la compañía, pero es un referente aceptado internacionalmente para configurar un
proceso adecuado de control interno.

84
El control interno de una entidad es un proceso efectuado por los encargados del
gobierno corporativo, la administración y otro personal, designado para proveer
razonable seguridad en relación con la preparación de información financiera
confiable, el cumplimiento de las normas legales e internas y el logro de un alto
nivel de efectividad y eficiencia en las operaciones.

El control interno de una entidad incluye aquellas políticas y procedimientos que


(1) permiten el mantenimiento de los registros que, en un detalle razonable,
reflejen en forma fiel y adecuada las transacciones y las disposiciones de los
activos de la entidad; (2) proveen razonable seguridad de que las transacciones
son registradas en lo necesario para permitir la preparación de los estados
financieros de acuerdo con el marco técnico normativo aplicable al Grupo N° 2 [o
Grupo N° 3], que corresponde a la NIIF para las PYMES, y que los ingresos y
desembolsos de la entidad están siendo efectuados solamente de acuerdo con las
autorizaciones de la administración y de aquellos encargados del gobierno
corporativo; y (3) proveer seguridad razonable en relación con la prevención,
detección y corrección oportuna de adquisiciones no autorizadas, y el uso o
disposición de los activos de la entidad que puedan tener un efecto importante en
los estados financieros.

También incluye procedimientos para garantizar el cumplimiento de la


normatividad legal que afecte a la entidad, así como de las disposiciones de los
estatutos y de los órganos de administración, y el logro de los objetivos propuestos
por la administración en términos de eficiencia y efectividad organizacional.
Debido a limitaciones inherentes, el control interno puede no prevenir, o detectar y
corregir los errores importantes.

También, las proyecciones de cualquier evaluación o efectividad de los controles


de periodos futuros están sujetas al riesgo de que los controles lleguen a ser

85
inadecuados debido a cambios en las condiciones, o que el grado de cumplimiento
de las políticas o procedimientos se pueda deteriorar.

Esta conclusión se ha formado con base en las pruebas practicadas para


establecer si la entidad ha dado cumplimiento a las disposiciones legales y
estatutarias, y a las decisiones de la asamblea y junta directiva, y mantiene un
sistema de control interno que garantice la efectividad y eficiencia de las
operaciones, la confiabilidad de la información financiera y el cumplimiento de las
leyes y regulaciones aplicables.

Las pruebas efectuadas, especialmente de carácter cualitativo, pero también


incluyendo cálculos cuando lo consideré necesario de acuerdo con las
circunstancias, fueron desarrolladas por mí durante el transcurso de mi gestión
como revisor fiscal y en desarrollo de mi estrategia de revisoría fiscal para el
periodo. Considero que los procedimientos seguidos en mi evaluación son una
base suficiente para expresar mi conclusión. Opinión sobre el cumplimiento legal y
normativo En mi opinión, debido a la significatividad de las cuestiones descritas en
la sección Fundamentos de Opinión desfavorable [adversa] la entidad no ha dado
cumplimiento a las leyes y regulaciones aplicables, así como a las disposiciones
estatutarias, de la asamblea de accionistas y de la junta directiva, en todos los
aspectos importantes.

Opinión sobre la efectividad del sistema de control interno En mi opinión, debido a


la significatividad de las cuestiones descritas en la sección Fundamentos de
Opinión desfavorable [adversa] el control interno es inefectivo, en todos los
aspectos importantes, con base en el modelo COSO. [en caso de que sea otro
modelo se debe indicar] Párrafo de énfasis [Llamamos la atención sobre la Nota X
de los estados financieros, que describe los efectos de un incendio en las
instalaciones de producción de la Entidad. Mi opinión no ha sido modificada en
relación con esta cuestión.] Este párrafo se incluye sólo si es necesario.

NOMBRE DEL PROFESIONAL


Revisor Fiscal T.P. N° XX-XXX

86
Marzo XX de 202X Carrera XX N° XX- XX
Bogotá Colombia

Ejemplo sin salvedades

EJEMPLO DE DICTAMEN LIMPIO O SIN SALVEDADES

EJEMPLO DE DICTAMEN LIMPIO O SIN SALVEDADES:


A LOS SEÑORES ACCIONISTAS DE

COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS METÁLICOS, S.A. DE C. V.

He examinado los estados de situación financiera de comercializadora de


productos metálicos, s.a. de c. v., al 31 de diciembre de 2016 y 2017, y los
estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambio en la
situación financiera, que le son relativos, por los años que terminaron en esas
fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la
compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los
mismos con base en mi auditoría.

Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las normas de auditoría


generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoría sea
planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable
de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que
están preparados de acuerdo con normas de información financiera.

la auditoría consiste en el examen, en base a pruebas selectivas, de la


evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros,
asimismo, incluye la evaluación de las normas de información financiera

87
utilizadas, de las estimaciones significativas efectuadas por la
administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su
conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para
sustentar mi opinión.

En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan


razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de
comercializadora de productos metálicos, s.a. de c. v. al 31 de
diciembre de 2016 y 2017, y los resultados de sus operaciones, las
variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los
años que terminaron en esas fechas, de conformidad con normas de información
financiera. Temozón, Yucatán, México a 12 de diciembre del año 2018

___________________

FIRMA DEL AUDITOR:

CALLE 11X8 Y 6 ESQUINA S/N

Daniel Ángel Ciau Canu

88
Modelo de Abstención de Opinión

INFORME DEL REVISOR FISCAL

Señores [Accionistas / Socios / Junta Directiva de la Casa Matriz]

Informe sobre los estados financieros

He auditado los estados financieros [consolidados/separados] 1 adjuntos de


Compañía ABC, que comprenden el estado [consolidado/separado] de situación
financiera al 31 diciembre de 201X [podría ser a una fecha diferente], y los estados
[consolidados/separados] de resultados y otro resultado integral, de cambios en el
patrimonio y de flujos de efectivo por el año terminado en esa fecha, así como un
resumen de políticas contables significativas y otra información explicativa.

Responsabilidad de la Administración en relación con los estados financieros

89
La Administración es responsable por la adecuada preparación y presentación de
los estados financieros [consolidados/separados] adjuntos de conformidad con las
Normas de Contabilidad y de Información Financiera aceptadas en Colombia.
Dicha responsabilidad incluye diseñar, implementar y mantener el control interno
relevante para la preparación y presentación de estados financieros
[consolidados/separados] libres de errores de importancia material, bien sea por
fraude o error; seleccionar y aplicar las políticas contables apropiadas; así como
establecer los estimados contables razonables en las circunstancias.

Responsabilidad del Revisor Fiscal

Mi responsabilidad es expresar una opinión sobre los estados financieros


[consolidados/separados] adjuntos, con base en mi auditoría. He llevado a cabo mi
auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría aceptadas
en Colombia. Dichas normas exigen que cumpla con requisitos éticos, así como
que planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener seguridad razonable
sobre si los estados financieros [consolidados/separados] están libres de
incorrección material.

presentación de los estados financieros [consolidados/separados].

Considero que la evidencia de auditoría que he obtenido proporciona una base


suficiente y adecuada para fundamentar mi opinión de auditoría.

Bases para la abstención de opinión

[Detallar el asunto que genera la abstención]

Abstención de Opinión

Debido a la importancia del asunto descrito en el párrafo “Bases para la


abstención de opinión”, no he podido obtener evidencia de auditoría que

90
proporcione una base suficiente y adecuada para expresar una opinión de
auditoría. En consecuencia, no expreso una opinión sobre los estados financieros
adjuntos.

Otros asuntos2

Los estados financieros [consolidados/separados] al y por el año terminado [el 31


de diciembre de 201X] se presentan exclusivamente para fines de comparación y
fueron auditados por mí3 de acuerdo con normas internacionales de auditoría
aceptadas en Colombia y en mí informe de fecha [XX de XXXX de 201X], expresé
una opinión [sin / con] salvedades sobre los mismos.

Con base en el resultado de mis pruebas, en mi concepto, durante 2017:

a) La contabilidad de la Sociedad ha sido llevada conforme a las normas legales y


a la técnica contable.4

b) Las operaciones registradas en los libros se ajustan a los estatutos y a las


decisiones de la Asamblea de [Asamblea de Accionistas/Junta de Socios/Junta
Directiva de la Casa Matriz].5

c) La correspondencia, los comprobantes de las cuentas y los libros de actas y de


registro de [acciones/cuotas sociales] se llevan y se conservan debidamente.

91
d) Existe concordancia entre los estados financieros que se acompañan y el
informe de gestión preparado por los administradores, el cual incluye la
constancia por parte de la administración sobre la libre circulación de las
facturas emitidas por los vendedores o proveedores.

e) La información contenida en las declaraciones de autoliquidación de aportes al


sistema de seguridad social integral, en particular la relativa a los afiliados y a
sus ingresos base de

Para dar cumplimiento a lo requerido en los artículos 1.2.1.2. y 1.2.1.5. del Decreto
Único Reglamentario 2420 de 2015, en desarrollo de las responsabilidades del
Revisor Fiscal contenidas en los numerales 1º y 3º del artículo 209 del Código de
Comercio, relacionadas con la evaluación de si los actos de los administradores
de la Sociedad se ajustan a los estatutos y a las órdenes o instrucciones de la
Asamblea y si hay y son adecuadas las medidas de control interno, de
conservación y custodia de los bienes de la Sociedad o de terceros que estén en
su poder, emití un informe separado de fecha [XX de XXXX de 201X], aplicando la
Norma Internacional de Trabajos para Atestiguar 3000 aceptada en Colombia.

[Nombre]
Revisor Fiscal
Tarjeta Profesional [XXXXX –T]
[Designado por XYZ]6

[Ciudad]
[Fecha]

92
Ejemplo dictamen con salvedades

BRONSON & RAY Auditores


Alberdi 753
Tel/Fax: 59521445566
www.br.com.py
Asunción, Paraguay

DICTAMEN DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

A los Señores
Presidente y Miembros del Directorio
BEANS S.A.E.C.A.
Asunción, Paraguay

1. Hemos efectuado una auditoría al Balance General de BEANS S.A.E.C.A. al 31


de diciembre de 2006 y a sus correspondientes Estados de Resultados, de
Cambios en el Patrimonio Neto y de Flujos de Efectivo y las notas aclaratorias a
los estados contables correspondientes, por el ejercicio terminado en esa fecha.
La preparación de dichos estados contables y sus notas es responsabilidad de la

93
administración de BEANS S.A.E.C.A. Nuestra responsabilidad consiste en emitir
una opinión sobre los mismos, basados en la auditoría que efectuamos.

2. Nuestra auditoría fue realizada de acuerdo con la normativa emitida al respecto


por el Banco Central del Paraguay y las Normas Internacionales de Contabilidad.
Tales normas requieren que planifiquemos y realicemos la auditoría con la
finalidad de obtener seguridad razonable que los estados contables no contengan
errores importantes. Una auditoría comprende el examen basado en
comprobaciones selectivas de evidencias que respaldan los importes y las
divulgaciones reveladas en los estados contables. Una auditoría también
comprende una evaluación de los principios de contabilidad aplicados y de las
estimaciones significativas efectuadas por la administración de BEANS
S.A.E.C.A.; así como la evaluación de la presentación general de los estados
contables. Consideramos que nuestra auditoría constituye una base razonable
para fundamentar nuestra opinión.

3. Al 31 de diciembre de 2006, la sociedad ha omitido el registro de


aproximadamente G. 350 millones en concepto de facturas por cobrar a las
empresas que obtuvieron de parte de BEANS S.A.E.C.A. Certificados de Depósito
y Warrant, debido a que adoptó como política registrar sus ingresos por el método
de lo percibido y no por el devengado, contraviniendo de esta manera las Normas
Internacionales de Contabilidad y la Normativa Legal al respecto.

4. Debido a que existen errores en el cálculo del revalúo y la depreciación del


ejercicio, la sociedad ha cargado a resultados en concepto de depreciación del
año G. 100 millones de más, originando de esta manera un mayor cargo a
resultados por este mismo importe.

94
5. Teniendo en consideración lo mencionado en los párrafos 3 y 4 que preceden,
el resultado del ejercicio se encuentra subvaluado en G. 450 millones,
aproximadamente; el que de haberse corregido arrojaría una utilidad de G. 700
millones, aproximadamente.

6. En nuestra opinión, excepto por el efecto de los hechos mencionados en los


párrafos anteriores y que se resumen en el párrafo 5, los estados contables que se
acompañan presentan razonablemente en todos sus aspectos de importancia, la
situación patrimonial y financiera de BEANS S.A.E.C.A. al 31 de diciembre de
2006 y los resultados de sus operaciones, por el año terminado en esa fecha, de
conformidad con normas prescriptas por el Banco Central del Paraguay y Normas
Internacionales de Contabilidad.

7. Los estados contables al 31 de diciembre de 2005 fueron examinados por otros


auditores independientes, quienes en fecha 25 de febrero de 2006 han emitido un
dictamen con salvedades debido a errores en el cálculo del revalúo y depreciación
acumulada.

Asunción, Paraguay
24 de marzo de 2007

BRONSON & RAY Auditores

Lic. Roberto J. Benítez, Socio


Certificado S.B. S.G. Nº 00295/04
Mat. CCP Nº F-11. Resol. 031/04

95
Ejemplo opinion favorable

Modelo informe del Revisor Fiscal para Entidades que no cotizan en un mercado
público – Opinión Favorable

[A los miembros de la Asamblea General de Accionistas] Opinión He auditado los


estados financieros

[separados] de la Entidad ABC (la Entidad), que comprenden el estado de


situación financiera al 31 de diciembre de 20XX, el estado de resultados [estado
integral de resultados], el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de
flujos de efectivo correspondientes al ejercicio terminado en dicha fecha, así como
las notas explicativas de los estados financieros que incluyen un resumen de las
políticas contables significativas.

En mi opinión, los estados financieros adjuntos de la Entidad han sido


preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el anexo N° 2
del Decreto 2420 de 2015 y sus modificatorios, que incorporan las Normas
Internacionales de Información Financiera. [Cambiar según al grupo que
corresponda N° 2 o N° 3] Los estados financieros terminados en 31 de diciembre
de 20XX [fecha del año anterior], fueron auditados [por mi o por otro Revisor

96
Fiscal] y en opinión del XX de XXXXXX de 20XX, emitió [emití] una opinión
favorable.

Fundamento de la opinión He llevado a cabo mi auditoría de conformidad con el


artículo 7 de la Ley 43 de 1990. Mi responsabilidad de acuerdo con dichas normas
se describe más adelante en la sección Responsabilidades del auditor en relación
con la auditoría de los estados financieros de mi informe.

Soy independiente de la Entidad de conformidad con los requerimientos de ética


aplicables a mi auditoría de los estados financieros en [jurisdicción] y he cumplido
las demás responsabilidades de conformidad con esos requerimientos. Considero
que la evidencia de auditoría que he obtenido proporciona una base suficiente y
adecuada para mi opinión.

Responsabilidades de la dirección y de los responsables del gobierno de la


entidad en relación con los estados financieros La dirección es responsable de la
preparación y presentación de los estados financieros adjuntos de conformidad
con el anexo N° 2 del Decreto 2420 de 2015 y sus modificatorios, que incorporan
las Normas Internacionales de Información Financiera. [Cambiar según al grupo
que corresponda N° 2 o N° 3].

En la preparación de los estados financieros [separados], la dirección es


responsable de la valoración de la capacidad de la Entidad de continuar como
empresa en funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones
relacionadas con la Empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable
de empresa en funcionamiento excepto si la dirección tiene intención de liquidar la
Entidad o de cesar sus operaciones, o bien no exista otra alternativa realista. La
Junta Directiva [colocar el nombre del comité] de la entidad es responsables de la
supervisión del proceso de información financiera de la Entidad.

Responsabilidades del auditor en relación con la auditoría de los estados


financieros Mi objetivo es obtener una seguridad razonable de que los estados

97
financieros en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o
error, y emitir un informe de auditoría que contiene mi opinión.

Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una


auditoría realizada de conformidad con el artículo 7 de la Ley 43 de 1990 siempre
detecte una incorrección material cuando existe. Las incorrecciones pueden
deberse a fraude o error y se consideran materiales si, individualmente o de forma
agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones
económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros
[separados] Como parte de una auditoría de conformidad con el artículo 7 de la
Ley 43 de 1990, aplique mi juicio profesional y mantengo una actitud de
escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:

 Identifique y valore los riesgos de incorrección material en los estados


financieros [separados], debida a fraude o error, diseñe y aplique procedimientos
de auditoría para responder a dichos riesgos y obtuve evidencia de auditoría
suficiente y adecuada para proporcionar una base para mi opinión. El riesgo de no
detectar una incorrección material debida a fraude es más elevado que en el caso
de una incorrección material debida a error, ya que el fraude puede implicar
colusión, falsificación, omisiones deliberadas, manifestaciones intencionadamente
erróneas o la elusión del control interno.

 Evalué la adecuación de las políticas contables aplicadas y la razonabilidad de


las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por la
dirección.

 Concluí sobre lo adecuado de la utilización, por la dirección, del principio


contable de empresa en funcionamiento y, basándome en la evidencia de
auditoría obtenida, concluí sobre si existe o no una incertidumbre material
relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas
significativas sobre la capacidad de la Entidad para continuar como empresa en
funcionamiento. Si concluyo que existe una incertidumbre material, se requiere

98
que llame la atención en mi informe de auditoría sobre la correspondiente
información revelada en los estados financieros o, si dichas revelaciones no son
adecuadas, que exprese una opinión modificada.

 Mis conclusiones se basan en la evidencia de auditoría obtenida hasta la fecha


de mi informe de auditoría. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser
causa de que la Entidad deje de ser una empresa en funcionamiento. Comunique
con los responsables del gobierno de la entidad en relación con, entre otras
cuestiones, el alcance y el momento de realización de la auditoría planificados y
los hallazgos significativos de la auditoría, así como cualquier deficiencia
significativa del control interno que identifique en el transcurso de la auditoría.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios Además, informo que
durante el año 2018, la Compañía ha llevado su contabilidad conforme a las
normas legales y a la técnica contable; las operaciones registradas en los libros de
contabilidad y los actos de los administradores se ajustan a los estatutos y a las
decisiones de la Junta de Socios y Junta Directiva; la correspondencia, los
comprobantes de las cuentas y los libros de actas y de registro de acciones se
llevan y se conservan debidamente; el informe de gestión de la Administración
guarda la debida concordancia con los estados financieros separados, y la
Compañía ha efectuado la liquidación y pago oportuno al Sistema de Seguridad
Social Integral.

Los administradores dejaron constancia en el informe de gestión de que no


entorpecieron la libre circulación de las facturas de sus proveedores de bienes y
servicios. Opinión sobre control interno y cumplimiento legal y normativo Además,
el Código de Comercio establece en el artículo 209 la obligación de pronunciarme
sobre el cumplimiento de normas legales e internas y sobre lo adecuado del
control interno.

Mi trabajo se efectuó mediante la aplicación de pruebas para evaluar el grado de


cumplimiento de las disposiciones legales y normativas por la administración de la
entidad, así como del funcionamiento del proceso de control interno, el cual es

99
igualmente responsabilidad de la administración. Para efectos de la evaluación del
cumplimiento legal y normativo utilicé los siguientes criterios:

 Normas legales que afectan la actividad de la entidad;

 Estatutos de la entidad;

 Actas de asamblea y de junta directiva

 Otra documentación relevante. [Ajustar a los documentos observados] Para la


evaluación del control interno, utilicé como criterio el modelo COSO [o incluir el
modelo utilizado por el Revisor Fiscal].

Este modelo no es de uso obligatorio para la compañía, pero es un referente


aceptado internacionalmente para configurar un proceso adecuado de control
interno. El control interno de una entidad es un proceso efectuado por los
encargados del gobierno corporativo, la administración y otro personal, designado
para proveer razonable seguridad en relación con la preparación de información
financiera confiable, el cumplimiento de las normas legales e internas y el logro de
un alto nivel de efectividad y eficiencia en las operaciones.

El control interno de una entidad incluye aquellas políticas y procedimientos que


(1) permiten el mantenimiento de los registros que, en un detalle razonable,
reflejen en forma fiel y adecuada las transacciones y las disposiciones de los
activos de la entidad; (2) proveen razonable seguridad de que las transacciones
son registradas en lo necesario para permitir la preparación de los estados
financieros de acuerdo con el marco técnico normativo aplicable al Grupo N° 2 [o
Grupo N° 3], que corresponde a la NIIF para las PYMES, y que los ingresos y
desembolsos de la entidad están siendo efectuados solamente de acuerdo con las
autorizaciones de la administración y de aquellos encargados del gobierno
corporativo; y (3) proveer seguridad razonable en relación con la prevención,
detección y corrección oportuna de adquisiciones no autorizadas, y el uso o

100
disposición de los activos de la entidad que puedan tener un efecto importante en
los estados financieros.

También incluye procedimientos para garantizar el cumplimiento de la


normatividad legal que afecte a la entidad, así como de las disposiciones de los
estatutos y de los órganos de administración, y el logro de los objetivos propuestos
por la administración en términos de eficiencia y efectividad organizacional.
Debido a limitaciones inherentes, el control interno puede no prevenir, o detectar y
corregir los errores importantes.

También, las proyecciones de cualquier evaluación o efectividad de los controles


de periodos futuros están sujetas al riesgo de que los controles lleguen a ser
inadecuados debido a cambios en las condiciones, o que el grado de cumplimiento
de las políticas o procedimientos se pueda deteriorar.

Esta conclusión se ha formado con base en las pruebas practicadas para


establecer si la entidad ha dado cumplimiento a las disposiciones legales y
estatutarias, y a las decisiones de la asamblea y junta directiva, y mantiene un
sistema de control interno que garantice la efectividad y eficiencia de las
operaciones, la confiabilidad de la información financiera y el cumplimiento de las
leyes y regulaciones aplicables. Las pruebas efectuadas, especialmente de
carácter cualitativo, pero también incluyendo cálculos cuando lo consideré
necesario de acuerdo con las circunstancias, fueron desarrolladas por mí durante
el transcurso de mi gestión como revisor fiscal y en desarrollo de mi estrategia de
revisoría fiscal para el periodo.

Considero que los procedimientos seguidos en mi evaluación son una base


suficiente para expresar mi conclusión. Opinión sobre el cumplimiento legal y
normativo En mi opinión, la entidad ha dado cumplimiento a las leyes y
regulaciones aplicables, así como a las disposiciones estatutarias, de la asamblea
de accionistas y de la junta directiva, en todos los aspectos importantes. Opinión
sobre la efectividad del sistema de control interno En mi opinión, el control interno

101
es efectivo, en todos los aspectos importantes, con base en el modelo COSO. [en
caso de que sea otro modelo se debe indicar] Párrafo de énfasis [Llamamos la
atención sobre la Nota X de los estados financieros, que describe los efectos de
un incendio en las instalaciones de producción de la Entidad. Mi opinión no ha sido
modificada en relación con esta cuestión.] Este párrafo se incluye sólo si es
necesario.

NOMBRE DEL PROFESIONAL


Revisor Fiscal T.P. N° XX-XXX
Marzo XX de 202X
Carrera XX N° XX- XX
Bogotá Colombia

102
4.21 INFORMES QUE REPRESENTA EL REVISOR FISCAL

Grafica 17 diferentes Informes del revisor fiscal

Fuente: Elaborado por el autor

https://www.confiar.coop/uploads/imagenes/Documentos%20PDF/2019/informe-
y-dictamen-2018.PDF
Anexo 3 Ejemplo de informe del revisor fiscal

103
4.22 LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA

Ilustración 23 Superintendencia financiera de colombia

La superintendencia bancaria se creo a partir del año 1923 por medio de esta ley
45 del mismo año, siendo esta la primera superintendencia creada en colombia.
Es un organismo tecnico adscrito al ministerio de hacienda y credito publico, con
personeria juridica, autonimia administrativa y financiera y patrimonio publico.

Es por medio de esta que el presidente de la republica ejerce la inspección,


vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financieras,
bursutiles, aseguradoras y cual quier otras, relacionadas con el manejo,
aprovechamiento e inversión de recursos captados por el publico.

Su función principal se concentra en la supervisión del sistema financiero


colombiano, con el fin de preservar su estabilidad, confianza, asi como promover,
organizar, y desarrollar el mercado de valores de colombia y la proteccion de los
inversionistas, aseguradores y asociados. [CITATION SUP20 \l 9226 ]

En el años 2005 se realiza la fusión de la integración de las superintendencias de


Valores y Bancaria, en la Superintendencia Financiera de Colombia, como ente
supervisor que entró a reemplazar a las dos anteriores. Y el objetivo principal de
este no fue que una superintendencia asumiera las funciones de la otra, sino que

104
se creara un nuevo esquema supervisor, que estuviese acorde con el sistema
financiero colombiano.

La superintendencia financiera surge de la necesidad de regular el sistema


financiero, ya que es el encargado de mediar, entre quienes gastan su diniero y no
gastan mas de lo que tienen, estimulando el crecimiento del pais. Tambien
despues de la fusión de estas dos la superintendencia de valor y la
superintendencia financiera, podemos encontrar que va a relizar una inspección y
vigalancia sobre las actividades de carácter financiero y bursatiles.

Grafica 18 Elementos de la superintendencia


4.23
LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES

105
Ilustración 24 Superintendencia de valores

En el decreto 2379 de 1991 se dispuso a denominar la llamada comisión nacional


de valores, hasta la ley 32 de 1979 la llamaron superintendencia de valores,
encargado de organizar, regular y promver las transaciones en el mercado público
de valores. Los mercados de valore, las sociedaades comisionstas de bolsa, los
depositos centralizados de valores, las sociedades administradoras de fondo de
inversión, los fondos de garantias, las sociedades administradoras de los
depositos centralizados de valors entre otras. [ CITATION ELT04 \l 9226 ]

Su funcion principal es proteger los rechos de los inversionistas, promover el


desarrollo y eficiencia del mercado de valores, prevenir y manejar el riesgo
sistematico del mercado de valor, preservar el buen funcionamiento, la equidad,
trasnparencia y dicplina del mercado de valores en genenral la confianza del
publico

La superintendencia de valores busca, busca una adminisracion clara y


responsable, del mercado publico de valores para dar confianza y atraer a los
inversionistas nacionales e internacionales, quienes prefieren invertir en paises
que cuenten con entidades regulatorias confiables. La superintendencia de valores
busca realizar un seguimiento de los agentes del mercado de valores.

106

Ilustración 25 Mercado de valores


4.24 EXPLIQUE

4.24.1 UNA COOPERATIVA: es una asociación de personas que se unen de


forma voluntaria para atender y satisfacer en común sus necesidades y
aspiraciones económicas, sociales, de salud, educación y culturales mediante una
empresa que es de propiedad colectiva y de gestión democrática.

En Colombia, las cooperativas están reglamentadas por la Ley 79 de 1988, ley


que reglamenta los aspectos básicos que deben regir el cooperativismo. Las
cooperativas tienen unas características que las establecen y son las siguientes:

 Las posibilidades de asociarse y retrase de ella libre y voluntariamente

 Su estructura democrática con un voto para cada asociado, una toma de


decisiones por mayoría y una gestión electiva responsable ante aquellos.

 El reportorio equitativo, distributivo y proporcional justo leal de los


excedentes.

Las cooperativas deben constituirse y funcionar, sujetándose básicamente al


derecho constitucional de asociarse con fines útiles y a los principios cooperativos.
[ CITATION Ger171 \l 9226 ]

107

Ilustración 26 Cooperativas
4.24.2 PRE COOPERATIVA: Según la ley 79 de 1988 se consideran
precooperativas los grupos que bajos la orientación y el concurso de una entidad
patrocinadora, se organizan para realizar actividades permitidas a las cooperativas
y que por carecer de capacidad económica, educativa, administrativa o técnica no
estén en posibilidad inmediata de organizarse como cooperativa.

Ilustración 27 Ejemplo de la cooperativa

4.24.3 FONDO DE EMPLEADOS: Según el decreto 1481 de 1989, un fondo de


empleados es una  empresa asociativa de derecho privado, sin ánimo de lucro y
constituida por trabajadores dependientes, es decir, por trabajadores vinculados
con una empresa o persona natural.

Según el mismo decreto, el fondo de empleados se distingue por las siguientes


características:

108
1. Que se integren básicamente con trabajadores asalariados.

2. Que la asociación y el retiro sean voluntarios.

3. Que garanticen la igualdad de los derechos de participación y decisión de


los asociados sin consideración a sus aportes.

4. Que presten servicios en beneficio de sus asociados.

5. Que establezcan la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de


liquidación, la del remanente patrimonial.

6. Que destinen sus excedentes a la prestación de servicios de carácter


social y el crecimiento de sus reservas y fondos.

7. Que su patrimonio sea variable e ilimitado.

8. Que se constituyan con duración indefinida.

9. Que fomenten la solidaridad y los lazos de compañerismo entre asociados.

El fondo de empleados puede ser constituido por cualquiera de los siguientes


empleados:

1. De una misma institución o empresa.

2. De varias sociedades en las que se declare la unidad de empresa, o de


matrices y subordinadas, o de empresas que se encuentren integradas
conformando un grupo empresarial.

3. De varias instituciones o empresas independientes entre sí, siempre que


éstas desarrollen la misma clase de actividad económica.

Cómo se puede ver, un fondo de empleados es una empresa asociativa que no


tiene ánimo de lucro, sino que su objetivo es el de propender por el bienestar de
sus asociados, como es el objetivo de casi todas las entidades sin ánimo de lucro.
[CITATION Ger \l 9226 ][ CITATION GER17 \l 9226 ]

109
Ilustración 28 Fondos de Empleados

110
4.24.4 ASOCIACIONES MUTUALES :Según el decreto 1480 de 1989 en sus
artículos 2 y 3, las Asociaciones Mutuales son personas jurídicas de derecho
privado, sin ánimo de lucro, constituidas libre y democráticamente por personas
naturales, inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca
frente a riesgos eventuales y satisfacer sus necesidades mediante la prestación de
servicios de seguridad social.

Toda Asociación Mutual debe reunir las siguientes características:

 Que funcione de conformidad con los principios de autonomía, adhesión


voluntaria, participación democrática, neutralidad política, religiosa,
ideológica y racial, solidaridad, ayuda mutua e integración.
 Que establezca contribuciones económicas a sus asociados para la
prestación de los servicios.
 Que el patrimonio y el número de asociados sea variable e ilimitado.
 Que realice permanentemente actividades de educación mutual.
 Que garantice la igualdad de derechos y obligaciones de los asociados.

Ilustración 29 Asociaciones mutuales

111
4.24.5 CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR: Fue creada por la junta militar
de gobierno en el decreto 118 de 1957, con el proposito de administrar y pagar el
subsidio familiar, son una entidad de carácter privado, sin  ánimo de lucro, de
redistribución económica y naturaleza solidaria. Estas fueron creadas para mejorar
la calidad de vida de las familias de los trabajadores colombianos, por medio de la
gestión y entrega de subsidios y servicios de una parte de los aportes de
seguridad social que realizan los empleadores.

Entre los diferentes tipos de beneficios que disponen y otorgan las cajas de
compensación se pueden encontrar los beneficios en los siguientes aspectos:

 Salud
 Educación
 Recreación
 Cultura
 Turismo
 Deportes
 Vivienda
 Crédito
 Microcrédito.

Estas cajas reciben el 4% de los aportes de seguridad social que pagan los
empleadores sobre el salario de los trabajadores permanentes que tienen a su
cargo. Sin embargo se debe destacar que algunas cajas de compensación del
país han logrado multiplicar estos ingresos reinvirtiendo los fondos remanentes.

Los empleadores, afilian a sus trabajadores y sus familiares a dicho sistema.

En el caso de ser un trabajador independiente también pueden afiliarse a una Caja


de Compensación Familiar, aportando 0,6% sobre la base de un salario mínimo
mensual vigente, smmlv., o el 2% sobre tus ingresos.

112
Los empleadores deben afiliar y pagar los aportes de sus trabajadores
permanentes o que realicen actividades para un patrono por más de cuatro horas
al día o durante más de 93 horas al mes.

 Entre los diferentes tipos de afiliados que pueden encontrarse además de los


diferentes tipos de trabajadores pueden ser afiliados como los siguientes:

Los trabajadores como sus personas a cargo

Los hijos legítimos, naturales, adoptivos o hijastros que sean menores de 18 años

Los hermanos huérfanos de padres

Padres que tienen más de 60 años o cuya capacidad de trabajo esté disminuida
en al menos un 50%, y que no reciben renta, pensión o salario.[ CITATION
Ran19 \l 9226 ]

113
Ilustración 30 Cajas de compensación familiar
4.24.6 PROPIEDAD HORIZONTAL: articulo 4 de la le 675 del año 2001 establece
“Un edificio se somete al régimen de propiedad horizontal mediante escritura
pública registrada en la oficina de Registro de Instrumentos Público. Realizada
esta inscripción, surge la persona jurídica, a que se refiere esta ley”. [ CITATION
UNI20 \l 9226 ], La propiedad horizontal es un sistema o figura jurídica que permite
gestionar un conjunto de unidades o construcciones privadas en un entorno
comunitario o común, donde se parte de la infraestructura debe ser compartida por
quienes conforman la propiedad horizontal.

Estos son a saber en primer lugar el derecho propietario sobre las áreas privadas,
plenamente limitables, señalables, separables por el norte, por el sur, por el
oriente, por el occidente, por el cenit y por el nadir, cuya materialidad no admite
dudas, pero para su disfrute y goce requiere de zonas comunes a todos, las
cuales pertenecen a cada uno de los integrantes de la comunidad en un
porcentaje o coeficiente, pero no identifica la pertenencia de manera
individualizada.[ CITATION Ger20 \l 9226 ][CITATION GER \l 9226 ]

114
Ilustración 31 Propiedad horizontal

4.24.7 SOCIEDADES ANONIMAS -S.A.: Ley 18 046 Constitución, transformación


y Disolución: A través de escritura pública ante notario o por Documento privado
siempre y cuando cumpla con alguno de los dos requisitos de la ley 1014 de 2006.

Número de accionistas: Mínimo 5 accionistas y no tiene un límite máximo.

Su capital social se divide: en acciones.

Las acciones son libremente negociables, con las excepciones previstas en el


artículo 403 y 381 CC.

Formación del Capital:

1. Autorizado: Cuantía fija que determina el tope máximo de capitalización de


la sociedad
2. Suscrito: La parte del capital autorizado que los accionistas se
comprometen a pagar a plazo (máximo 1 año) y debe ser al momento de su
constitución no menos de la mitad del autorizado.
3. Pagado: La parte del suscrito que los accionistas efectivamente han pagado
y que ha ingresado a la sociedad.

Responsabilidad de los accionistas: Responden hasta el monto de sus aportes por


las obligaciones sociales (Artículo 373 del Código de Comercio 794 E.T. Inciso 2).

Revisor Fiscal: Es obligatorio tenerlo, sin importar su patrimonio. También


debemos tener en cuenta que:

1. Si se creó por escritura debe disolverse por escritura y liquidarse por acta.
2. Si se creó por documento privado se puede disolver y liquidar por acta.
3. Si se va a transformar solo a SAS lo puede hacer por acta.
4. Si se va a transformar a otra sociedad lo debe hacer por escritura.

115
Ilustración 32 Sociedad por acciones S.A

Anexo 4 Ejemplo de escritura publica de una S.A

4.24.8 SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS -S.A.S.: por medio de la


ley 1258 del 5 de diciembre del 2008, Constitución, transformación y Disolución: A
través de Escritura Pública ante Notario o a través de Documento Privado, a
menos que ingrese un bien sujeto a registro, caso en el cual la constitución se
debe hacer mediante Escritura Pública ante Notario.

Número de accionistas: Mínimo 1 accionista y no tiene un límite máximo.

Su capital social se divide: En acciones.

Las acciones son libremente negociables, pero puede por estatutos restringirse
hasta por 10 años su negociación, (por eso se dice que es un modelo ideal para
sociedades de familias) Formación del capital:

1. Autorizado: Cuantía fija que determina el tope máximo de capitalización de


la sociedad

116
2. Suscrito: La parte del capital autorizado que los accionistas se
comprometen a pagar a plazo (máximo en 2 años), al momento de su
constitución no es necesario pagar, pues se puede pagar hasta en 2 años,
la totalidad suscrita.
3. Pagado: La parte del suscrito que los accionistas efectivamente han pagado
y que ha ingresado a la sociedad.

Responsabilidad de los accionistas: Responden hasta el monto de sus aportes por


las obligaciones sociales. Si la SAS es utilizada para defraudar a la ley o en
perjuicio de terceros, los accionistas y los administradores que hubieren realizado,
participado o facilitado los actos defraudatorios, responderán solidariamente por
las obligaciones nacidas de tales actos y por los perjuicios causados, más allá del
monto de sus aportes.

Revisor Fiscal: Es Voluntario, pero si tiene Activos Brutos a 31 de diciembre del


año anterior iguales o superiores a 5.000 s.m.m.l.v. y/o cuyos ingresos brutos sean
o excedan a 3.000 s.m.m.l.v. v será obligatorio tenerlo.

Ilustración 33 Sociedadd por acciones simplificadas

117
Anexo 5 Ejemplo modelo de documento privada de una S.A.S

4.24.9 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA LTDA: ley 124 de 1937,


Constitución, transformación y Disolución: A través de Escritura Pública ante
Notario o por Documento privado siempre y cuando cumpla con alguno de los dos
requisitos de la ley 1014 de 2006.

Número de Socios: Mínimo de socios 2, máximo 25.

Formación del Capital:

1. El capital se divide en cuotas o partes de igual valor.


2. El capital debe pagarse totalmente al momento de constituirse.
3. La cesión de cuotas implica una reforma estatutaria.
4. En caso de muerte de uno de un socio, continuará con sus herederos, salvo
estipulación en contrario.
5. La representación está en cabeza de todos los socios, salvo que éstos la
deleguen en un tercero.

Responsabilidad de los Socios: Responden solamente hasta el monto de sus


aportes. No obstante, en los estatutos podrá estipularse para todos o algunos de
los socios una mayor responsabilidad (Naturaleza, cuantía, duración y modalidad
de responsabilidad adicional), sin comprometer una responsabilidad indefinida o
ilimitada (artículo 353 CC.).

118

Ilustración 34 Sociedad de responsabiliad limitada LTDA


4.24.10 IPS EPS

Ilustración 35 IPS EPS

119
REGIMEN SUBSIDIADO: El Régimen Subsidiado es el mecanismo mediante el
cual la población más pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los
servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado. Para lograr la
afiliación de la población pobre y vulnerable del país al SGSSS, el Estado
colombiano ha definido al Régimen Subsidiado en Salud como su vía de acceso
efectiva al ejercicio del Derecho fundamental de la Salud. Es responsabilidad de
los Entes Territoriales la operación adecuada de sus procesos, en virtud de su
competencia descentralizada frente al bienestar de la población de su jurisdicción.

RÉGIMEN CONTRIBUTIVO: El régimen contributivo es un conjunto de normas


que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de
Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de
una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado
directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador.

REGIMEN ESPECIAL:Se deben afiliar en el régimen contributivo, las personas


que tienen una vinculación laboral, es decir, con capacidad de pago, como los
trabajadores formales e independientes, los pensionados y sus familias. Para
tener mayor información sobre los derechos y deberes en el Sistema General de
Seguridad Social.

Se entiende por régimen especial aquellos sectores de la población que se rigen


por las normas legales concebidas antes de la entrada en vigencia de la Ley 100
de 1993.

 Algunos casos son:


 Fuerzas Militares
 Policía Nacional
 Ecopetrol

Magisterio (Docentes)

Universidades Públicas

120
Estos regímenes tienen establecidos requisitos de pensión diferentes a los
definidos para el sistema general de pensiones, además administran su sistema
de recaudo propio, por tanto, las entidades administradoras de dichos regímenes
no realizan aportes al subsistema de pensión a través de PILA.

Para tal fin es necesario la utilización del subtipo de cotizante 6 - Cotizante


perteneciente a un régimen exceptuado de pensiones. Sin embargo, aquellos
cotizantes que se reporten con esta condición y devenguen mas de 4 SMMLV
deberán aportar al Fondo de Solidaridad Pensional bajo las condiciones
establecidas para el mismo.

4.25 ELABORE UN RESUMEN EXPLICATIVO DEL ARCHIVO ADJUNTO


EN PDF EN LA PLATAFORMA

Hernando Bermúdez Gómez en su articulo marco conceptual de la revisoría fiscal


en Colombia, busca enfatizar el proceso de la revisoría a través de los años,
cuales han sido las leyes, decretos y sentencias que la regulan, empezando por la
ley 58 de 1931 donde se establecieron las normas sobre el revisor fiscal en las
sociedades anónimas, es importante aclarar que aunque esta ley es de 1931 entro
en vigencia en el año 1937, con la 73 de 1935 se convirtió en obligatorio que las
sociedades anónimas tuvieran un revisor fiscal, de ahí en adelante surgieron
nuevas leyes que permitieron el control y manejo de revisor, cuando apareció la
ley 145 de 1990 paso a ser obligatorio para el revisor fiscal tener el titulo de
contador público, seguidamente siguieron apareciendo más leyes que regulan al
revisor fiscal en las diferentes entidades donde puede prestar sus servicios.

Algunas de las entidades que requieren obligatoriamente de un revisor fiscal son:


entidades sometidas a control y vigilancia de la superintendencia bancaria,
superintendencia de valores, las entidades del sector solidario, las cámaras de
comercio, las cajas de compensación familiar, las IPS y EPS, entre otros fondos y

121
asociaciones. Para el nombramiento del revisor fiscal se debe hacer por voto y se
designa a la asamblea general de accionistas para dicho nombramiento. Es
importante resaltar que todo contador público deberá tener y demostrar absoluta
independencia mental y de criterio, lo cual generaría unas inhabilidades si no
cumple con dicha independencia. La revisoría fiscal es muy similar a un auditor
por lo cual dentro de sus funciones debe realizar auditoria financiera, de
cumplimiento, de control interno, sobre gestión, las cuales serian las mas
importantes a la hora de presentar los informes. Todo revisor tiene unas
responsabilidades estas se clasifican en civil, administrativa, penal y disciplinaria,
las cuales tienen unos encargos específicos.

Lo que Hernando Bermúdez quiere mostrar con su artículo es que se deben


buscar continuas mejoras en la profesión del contador publico y a su vez en el
ámbito de la revisoría fiscal, donde se deben realizar acciones de globalización
para generar dichos beneficios y adaptarnos a la nueva era de la tecnología por lo
cual se considera que los papeles de trabajo deben dar el paso a ser documentos
electrónicos de esta manera estaríamos en un sector que va a la par con los
continuos cambios que se presentan a nivel global y tecnológico.

4.26 SI LE DIERAN LA OPORTUNIDAD DE ELEGIR SER REVISOR FISCAL


ENTRE:

a) Una empresa cuya figura jurídica es una Cooperativa “Transportes


de buses de Yopal”.
b) Institución Prestadora de Servicios de Salud. IPS “Hospital de
Yopal”.
c) Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.) “Actividades
inmobiliarias, empresariales y de alquiler”.
d) Sociedad Ltda. “Empresa Agroindustrial de Yopal”

122
¿Cuál sería la opción que escogería para desarrollar las funciones de
Revisor Fiscal? explique ¿Por qué escoge esa opción? Y ¿Por qué no las
otras dos?

Angie liseth sierra Fandiño

4.26.1 SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADAS (S.A.S.)

La sociedad por acciones simplificada es una sociedad de capital, de


naturaleza comercial, conformada por una o varias personas naturales o
jurídicas, que fue creada por la ley 1258 de 2008, su constitución, que como
su nombre lo indica, es simplificada en la medida en que se puede constituir
mediante documento privado, excepto si en su constitución se aportan
bienes sujetos a escritura pública, caso en el cual sí se debe constituir
mediante escritura pública. no introdujo ningún límite a la cantidad o
número de socios que se requieren para constituir una sociedad por
acciones simplificada, El capital de la S.A.S está conformado por acciones
de igual valor, que no puede ser negociadas en el mercado de valores o
bolsa de valores, La suscripción y pago del capital de la sociedad por
acciones simplificada se puede hacer en la forma en que lo acuerden
quienes la constituyen, pues no está sujeta a los límites que impone el
código de comercio para otro tipo de sociedades. La ley 1258 de 2008 no
impuso la obligación a la SAS de crear una reserva legal en su patrimonio,
ni la remitió a las normas generales, por lo tanto, no están obligadas a

123
constituir reservas. El artículo 23 de la ley 1258 no obliga a que las
sociedades por acciones simplificadas elijan una junta directiva, de manera
que será optativa, y en tal caso debe constar en los estatutos respectivos.
Según el artículo 26 de la ley 1258, el representante legal de la sociedad
por acciones simplificada será nombrado por la asamblea de accionistas,
de acuerdo a lo que los estatus consideren. Las responsabilidades de los
administradores de la sociedad por acciones simplificada, como el
representante legal o la juta directiva, serán las mismas que señala la ley
222 de 1995 para los otros tipos de sociedades. La obligación o no de la
S.A.S de tener un revisor fiscal está sujeto a las normas generales, como la
ley 43 y el artículo 203 del código de comercio. De acuerdo al artículo
primero de la ley 1258 de 2008, los socios de una sociedad por acciones
simplificada responden hasta por el monto de sus respectivos aportes. Las
S.A.S están sometidas a la vigilancia de la Superintendencia [ CITATION
GER201 \l 9226 ]

Para desarrollar las funciones del revisor fiscal escogí la “La sociedad por
acciones simplificadas S.A.S”, escojo esta esta empresa pues por que al
buscar de que se trata y al leer me parece muy interesante, hay varios
puntos a favor que me gustaron al momento de crear una empresa S.A.S,
dos de esos fue el primero que no tiene un máximo de socios y el segundo
es que el capital está conformado por acciones de igual valor, por eso
escojo esta sociedad, de las cuatro empresas que me tocaba escoger.

4.26. 2 COOPERATIVA

una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se ha unido


voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones

124
económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de
propiedad conjunta y democráticamente controlada”.
Las cooperativas son empresas de producción o servicios, pero su razón de
ser no es la de dar excedentes sino, y, ante todo, la de mejorar las
condiciones de vida de sus asociados, sirviendo del modo mejor a las
necesidades, aspiraciones e intereses de los miembros a los que
pertenecen y que las controlan, en el caso de las cooperativas los
excedentes (que a veces se producen) deben quedar subordinadas siempre
a otros intereses. Las cooperativas deben constituirse y funcionar,
sujetándose básicamente al derecho constitucional de asociarse con fines
útiles y a los principios cooperativos. El tamaño de las cooperativas varía
considerablemente, como también los sectores en los que ejercen sus
actividades y la clase de beneficios que obtienen sus asociados y terceros
de sus operaciones. Las cooperativas suelen ser muy sensibles a sus
responsabilidades sociales. Aunque su preocupación principal se oriente
naturalmente a satisfacer las necesidades e intereses de sus asociados-
miembros, su estructura descentralizada y democrática hace que estén
firmemente enraizadas en sus comunidades locales y regional, Por ello, es
normal que los intereses de éstas se tengan más en cuenta en las
decisiones de las cooperativas que en las de las empresas que persiguen
como primer objetivo la obtención de rentas del capital. ir ser también una
forma de cooperación económica, las cooperativas tienen en su
organización y en sus objetivos algunas características similares a las de
las mutuales, los consorcios camineros, ONG`s y otras asociaciones.
[CITATION GER202 \l 9226 ]

125
4.26.3 INSTITUCIÓN PRESTADORA DE SERVICIOS DE SALUD. IPS
“HOSPITAL DE YOPAL”.
MISIÓN
Salud yopal es una empresa social del estado que ofrece servicios de baja y
algunos de mediana complejidad, de manera oportuna y pertinente garantizando
accesibilidad y seguridad en el paciente, comprometidos con las necesidades y
expectativas de los ciudadanos y sus familias querequieren de nuestros servicios,
cocn optimos recursos tecnologicos, talento humano idoneo orientado al
mejoramiento contino atención humanizaada y eficiente con principios eticos y
responsabilidad social.

VISIÓN

“El Hospital Regional de la Orinoquía ESE orienta sus políticas de atención en


salud para consolidarse como una empresa Líder en la prestación de servicios de
salud en Casanare y la Orinoquia. Proyecta ser una empresa auto-sostenible, con
recursos tecnológicos de punta, comprometida con respeto por el ambiente y
apuntando hacia la acreditación en salud en el año 2020”

Tambien es muy importante que nos apersonemos, de lo necesario que es la


importancia que tiene el revisor fiscal, como protector y profesional de nuestras
organizaciones empresariales, ya
que actua con una independencia
mental y su etica profesional, para
poder realizar bien su el trabajo
asignado, y cuidar el patrimos de las
empresas.

Las instituciones Prestadoras de


Servicios de Salud (IPS) son las
entidades responsables de

126
prestar servicios de salud a la población con altos estándares de seguridad y
calidad. Estas instituciones se caracterizan por el uso intensivo de recursos
humanos altamente especializados; utilizan tecnologías sofisticadas y de alto valor
social; desarrollan protocolos basados en evidencia que pretende disminuir el
riesgo y los costos al sistema; y buscan ser sostenibles social, medio ambiental y
financieramente.

Grafica 19 IPS

Las IPS son un eslabón fundamental para el


funcionamiento de este sistema pues en ellas se concentra la responsabilidad de
la recuperación de la salud y la prevención de la enfermedad. Sin importar los
cambios que se generen en la estructura del sistema, en las fuentes de
financiación, en el flujo de los recursos o en los mecanismos de acceso de la
población, las IPS siempre serán las responsables de la atención al paciente.

Las características del sistema de salud definen la estructura de relaciones


internas y externas de las IPS, las oportunidades de colaboración y los retos y

127
oportunidades en la creación de valor social, ambiental y económico. [ CITATION
ENC \l 2058 ]

4.26.4 SOCIEDAD LTDA

La sociedad de responsabilidad limitada es una sociedad se caracteriza por ser


una sociedad de personas, y como su nombre lo indica, la responsabilidad de los
socios está limitada al monto de sus aportes, de modo que no responden solidaria
e ilimitadamente con su patrimonio. Las sociedades de responsabilidad limitada en
Colombia están reguladas por el código de comercio a partir del articulo 353 hasta
el 372. La razón social de este tipo de sociedades se caracteriza porque debe ir
acompañada de la «Ltda», como lo dispone el artículo 357 del código de comercio.
Esta sigla es tan importante que, si no aparece en los estatutos, la responsabilidad
de los socios deja de ser limitada a solidaria e ilimitada. El capital de las
sociedades de responsabilidad limitada se divide en cuotas partes o cuotas de
interés de igual valor. La sociedad de responsabilidad limitada se debe constituir
mediante escritura pública ante notario, y debe inscribirse en el registro mercantil
de la respectiva cámara de comercio. Esta sociedad se pude constituir mediante
documento privado si cumple con las condiciones señaladas en el artículo 22 de la
ley 1014 de 2006, que consiste en tener máximo 10 trabajadores y activos totales
inferiores a 500 salarios mínimos. La sociedad de responsabilidad limitada se
debe constituir con un mínimo de dos socios, y un máximo de 25. Las sociedades
de responsabilidad limitada están obligadas a constituir una reserva legal en los
términos que aplican a las sociedades anónimas. Al tratarse de una sociedad de
personas, la representación y administración corresponde a todos y cada uno de
los socios, mediante la juta de socios, según lo señala el artículo 358 del código
de comercio. Por supuesto que la administración y representación pueden ser
delegadas a un gerente o administrador, pero en todo caso el máximo órgano
administrativo será la junta de socios. La sociedad de responsabilidad limitada no
está obligada a conformar una junta directiva, Por tratarse de una sociedad
cerrada de personas, la cesión de cuotas está sujeta a reglas especiales que

128
limitan o restringen su negociabilidad. En segundo lugar, el artículo 363 del código
de comercio implementa un derecho de preferencia para los demás socios, de
manera que, el socio que quiera ceder sus cuotas, primero debe ofrecerlas a los
otros socios, y sólo si estos rechazan la oferta, se pueden ceder a un tercero.
Si ningún socio desea adquirir las cuotas, ni se autoriza el ingreso de un extraño,
de acuerdo con lo establecido en el artículo 365 del código de comercio, la
sociedad tiene la obligación de presentar a una o más que las adquieran, esto
dentro de un término de sesenta días siguientes a la petición del cedente.

La sociedad limitada es por lo general una sociedad de familia, por lo que, si uno
de sus socios fallece, surge la duda de cómo proceder considerando la naturaleza
de este tipo de sociedad. El código de comercio no obliga a que las sociedades de
responsabilidad limitada tengan un revisor fiscal, de modo que la aplica la norma

general de la ley 43, en razón al monto de sus ingresos o activos. [CITATION

GER203 \l 9226 ]

129
Por que no escojo ninguna de estas tres opciones, estuve leyendo como es su
constitución, toda su forma jiridica, quien las regula y todo lo necesario para
escoger la mejor, megusto mas y por escoji la S.A.S, no escojo ninguna de estas
por que no me llamaron la tención en momento de constituirlas, son un poco mas
tediosas colocan como mas requisitos y como problemas para estas empresas, en
la IPS, tampoco me gusta ya que de manera perosonal pienso que tienen vaste
responsabiliad son empresas que trabajan con el estado, y es una entidad mas de
cuidado. Por estas razones no escoji ninguna de estas tres empresas.

130
4.27 CONCLUCIONES

Para concluir se puede decir que la revisoria fiscal, es el organo de control para la
sociedades colombianas, es la maxima expresión del ejercicio de la contaduria
publica. El revisor fiscal es un auditor un organo de control muy importante que
debe cerciorarse, que esten ocurriendo en el funcionamiento de la sociedad, y en
el desarrollo de sus negocios.

131
4.28 RECOMENDACIONES

Se recomieda investigar, realizar grupos de investigación sobre esta profesion de


la revisoria fiscal, ya que como se puedo observar tiene bastante tema, para
poder realizar una muy buena investigacion sobre el revisor fiscal, a demas que es
muy necesario para nuestra vida profesional.

132
4.29 BIBLIOGRAFÍA

UNISA. [En línea] [Citado el: 29 de AGOSTO de 2020.] https://unisa.com.co/que-


es-la-propiedad-horizontal-en-colombia/.

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%20adscrito%20al,el%20mercado%20p%C3%BAblico%20de%20valores..

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%20deban%20regularse%20por%20ella..

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%20simplificada,la%20ley%201258%20de%202008.&text=Constituci%C3%B3n
%20de%20la%20sociedad%20por%20acciones%20simpl.

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FINANCIERA DE COLOMBIA. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE
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135

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