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Fuero Sindical Segunda Parte

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DERECHO LABORAL COLECTIVO

CAPITULO
FUERO SINDICAL SEGUNDA PARTE
JUSTAS CAUSAS DE DESPIDO DEL TRABAJADOR
AFORADO
Artículo 410 del Código Sustantivo del Trabajo:

Son justas causas para que el Juez autorice el despido de un trabajador


amparado por el fuero:

a) La liquidación o clausura definitiva de las empresa o establecimiento

b) La suspensión total o parcial de actividades por parte del {empleador} durante


más de ciento veinte (120) días, (art 51 CST):
- Por razones técnicas o económicas u otras independientes de la voluntad del
empleador,
- El empleador deberá informar por escrito a sus trabajadores.
- Permiso del Ministerio de Trabajo

b) Las justas causas de artículos 62 y 63 CST

Se requiere permiso del Juez laboral para realizar el despido


TERMINACIÓN DE CONTRATO SIN PERMISO
DE JUEZ LABORAL ART 411

1. Terminación de obra o labor contratada (culminó la


construcción, el tiempo de reemplazo, etc)

2. Ejecución de trabajo ocasional, accidental o transitorio


(menos de un mes y en actividades diferentes a las
normales)

3. Mutuo consentimiento

No requiere previa calificación judicial de la causa en ningún caso.


SANCIONES DISCIPLINARIAS (Artículos 412 y 413 del
CST):

Los titulares del fuero sindical pueden:

 Ser sancionados disciplinariamente pues el fuero no impide aplicarles las


sanciones disciplinarias distintas al despido,

 También puede ser suspendido,

 Sin solicitar autorización judicial.


Proceso especial de fuero sindical
.
Demanda del empleador:

Para obtener permiso para despedir a un trabajador amparado por fuero sindical,
para desmejorarlo en sus condiciones de trabajo, o para trasladarlo a otro
establecimiento de la misma empresa o a un municipio distinto, deberá expresar
la justa causa invocada. (art. 113 del Código Procesal del trabajo )

Demanda del trabajador:

El trabajador despedido, desmejorado en sus condiciones o trasladado sin la


previa autorización judicial, busca el reintegro o restablecimiento de sus
condiciones anteriores. . (art. 118 del Código Procesal del trabajo )
PROTECCIÓN FUERO SINDICAL
.
Protección por Vía TUTELA:

La Corte ha reconocido la relación que existe entre el fuero sindical y el derecho


de asociación sindical y, en ese sentido, ha concedido la protección vía tutela.

La Corte Constitucional en varias oportunidades ha resaltado, precisamente, el


nexo existente entre la protección especial para las asociaciones sindicales y el
fuero sindical. De hecho, ha especificado que se atenta contra el derecho de
asociación sindical, cuando se despide, suspende o se modifican las condiciones
de trabajo del personal sindicalizado con el objeto de impedir y dificultar el
ejercicio de sus derechos
ACCIONES ANTE EL JUEZ LABORAL

ACCIONES LEGALES ANTE JUEZ LABORAL

Prescriben a los dos meses del despido o desinstalación:

a. Acción de reintegro:

Cuando se comprueba que el empleado fue despedido sin la autorización


correspondiente. Incluye el pago de salarios y prestaciones sociales dejados
de percibir hasta el momento del reintegro, así como el pago de la seguridad
social correspondiente.

b. Acción de reinstalación:

El trabajador solicita ser reinstalado en el cargo y con las condiciones


iniciales, las que le fueron cambiadas. EL trabajador puede solicitar
indemnización de perjuicios pero a través de otro proceso (acción ordinaria)
ACCIONES ANTE EL JUEZ LABORAL

c. Acción de levantamiento de fuero sindical:

El empleador solicita permiso para despedir, trasladar o desmejorar


las condiciones del empleador aforado. El empleador sólo podrá
solicitar esta acción con base en las siguientes causas:

 Liquidación de la empresa o suspensión total o parcial de actividades por


parte del empleador durante más de 120 días- Art 410 CST

 Causales enumeradas en los art 62 y 63 CST (engaño, violencia, daño


material, robo, incumplimiento de las obligaciones etc)
PROTECCIÓN FUERO SINDICAL
.Pronunciamientos de la Corte en materia de protección del fuero sindical
vía tutela:

1. Sentencia T – 947 de 2009


Dentro de los procesos ordinarios de fuero sindical, las organizaciones sindicales
no son terceros, sino que tienen que ser vinculadas de manera forzosa al
mismo….

…no puede este adelantarse sin darle la oportunidad legal de participar en la


controversia. En tal virtud, su vinculación al proceso no es voluntaria, sino
forzosa

2. Sentencias T – 731 de 2001, T – 029 de 2004 y T – 330 de 2005,


Cuando se produce el despido de un trabajador aforado y el trabajador
despedido instaura la acción de reintegro por fuero sindical, el juez que resuelve
la acción simplemente debe constatar que el despido se haya producido sin
autorización judicial y no puede calificar si el despido fue justo o injusto; hacerlo
significa incurrir en una vía de hecho
PROTECCIÓN FUERO SINDICAL
.Pronunciamientos de la Corte en materia de protección del fuero sindical
vía tutela:

3. Sentencia T – 695 de 2004


Cuando la violación del fuero sindical afecta de manera directa alguno de los
ámbitos de protección del derecho de asociación sindical. En estos casos la
Corte acepta la procedibilidad de la acción de tutela como mecanismo transitorio
para evitar un perjuicio irremediable.
PROTECCIÓN FUERO SINDICAL
.
Protección internacional.

El fuero sindical es una protección para garantizar el ejercicio de la


asociación sindical. En ese sentido, forma parte de este y participa de los
mecanismos de control de la OIT, en especial, el Comité de Libertad
Sindical.

A nivel nacional
El fuero sindical dentro de la legislación colombiana, tiene rango
constitucional. Forma parte del Derecho fundamental de asociación
sindical y,, es una garantía para posibilitar el ejercicio de este derecho.
Por tal razón, es un derecho garantizado por la misma norma superior.

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