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Estatutos SCHC REVISADO
Estatutos SCHC REVISADO
Estatutos SCHC REVISADO
Señor Notario:
Sírvase Ud. Extender en el Registro de Escrituras Públicas, una de CONSTITUCIÓN
DE UNA ASOCIACIÓN CIVIL, denominada “SOCIEDAD CHOTANA DE CIENCIAS”,
cuya sigla es “SChC” de la Provincia de Chota, otorgada por su Presidente don:
JORGE LUIS MÍREZ TARRILLO, peruano, de profesión Ingeniero Mecánico
Electricista, identificado con DNI. No. 27423478, sufragante, de estado civil casado
con doña Sara Wilma Sánchez Vilchez, con domicilio en el Jr. Cajamarca N°. 742 de
la ciudad de Chota, Distrito y Provincia de su mismo nombre, Región Cajamarca,
debidamente autorizado, según Acta de Aprobación de Estatutos de fecha
09/10/2003; la presente, bajo los términos siguientes:
PRIMERO.-El otorgante manifiesta que por Acta de fecha 07 de Octubre del 2003, ha
decidido constituir una Asociación Civil denominada “SOCIEDAD CHOTANA DE
CIENCIAS”, pudiendo usar las siglas “SChC”, de la Provincia de Chota, Región
Cajamarca, de la República del Perú, con sus fines y objetivos que se especifican en
dicha Acta, la misma que se insertará en el cuerpo de la Escritura Pública.
SEGUNDO.-Que por Acta de fecha 09 de Octubre del 2003, se aprobaron los
Estatutos, cuyos Estatutos darán origen a la institución, los mismos que también se
insertarán en el cuerpo de la Escritura Pública.
TERCERO.-La Asociación, fija su domicilio en el Distrito y Provincia de chota,
Departamento de Cajamarca, República del Perú, pudiendo tener filiales en cualquier
parte del Perú y del mundo, fijando además su sede social en el Jr. Cajamarca 744 de
la Provincia de Chota, Región Cajamarca, República del Perú.
CUARTO.-La duración de esta Institución es indefinida y dará por iniciada sus
actividades luego de la inscripción en los Registros Públicos.
QUINTO.-Los objetivos de la Asociación y que es de carácter no lucrativo, y que se
indican en el Art. 6°. del Estatuto, son los siguientes:
A.-Incentivar las actividades de enseñanza, investigación y desarrollo de Ciencia y
Tecnología en Chota.
B.-Velar por el mantenimiento de un código de conducta ética, responsabilidad
profesional e identidad nacional de la comunidad técnico científica que actúa en las
áreas de la Ciencia.
SEXTO.-Para lograr sus objetivos la “SChC.” y que están establecidos en el Art. 7°.
del referido Estatuto, es de llevará a cabo las siguientes actividades:
A.-Promover anualmente, por ser de interés de la “SChC.”, la Semana de Ciencia y
Tecnología.
B.-Promover y gestionar la continua capacitación de los miembros a fin de difundir un
adecuado nivel de la Ciencias;
C.-Asistir y otorgar capacitación a las Universidades y otras instituciones educativas
mediante la educación y capacitación en las diferentes áreas de investigación.
D.-Promover programas y actividades de cooperación nacional e internacional, con el
fin incrementar la difusión de las Ciencias y su aplicación dentro de la economía
nacional.
Y todas aquellas acciones, actividades y actos dirigidos al desarrollo y fomento de la
cultura de las ciencias y tecnología.
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SÉTIMO.-La presente Minuta, se encuentra exenta del Impuesto al Registro, de
conformidad con la Ley 26283
Agregue Ud. Señor Notario, lo que sea de Ley, tratando de remitir los Partes
pertinentes a los Registros Públicos, para que adquiera la Personería Jurídica.
Chota, 13 de Octubre del 2003.
En la ciudad de Chota, Región Cajamarca, República Del Perú, siendo las siete de la
noche del día 07 de Octubre del 2003, reunidos en el Jr. Cajamarca N° 744 de Chota
las siguientes personas: JORGE LUIS MÍREZ TARRILLO, identificado con DNI N°.
27423478, de profesión Ingeniero Mecánico Electricista, casado con doña Sara
Wilma Sánchez Vilchez; CARLOS BERNARDINO GUERRERO ZAVALA,
identificado con DNI N°. 18149707, de profesión Ingeniero En Computación y
Sistemas, casado con doña; PEDRO ISAÍAS MACHUCA ROJAS, identificado con DNI
N°. 27422617, soltero, de profesión Bachiller en Ingeniería de Computación y
Sistemas; JOHN ENRIQUE FERNÁNDEZ DEDIOS, identificado con DNI. N°.
40366275, soltero, de profesión, Bachiller en Ciencias de la Comunicación; ROSA
TORRES BARBOZA, identificada con DNI. N°. 42271642, de profesión Técnico en
Computación e Informática, casada con don ; con el objeto de asociarse y constituir
una Asociación Civil, sin fines de lucro, por acuerdo de los presentes, se decidió, que
la sesión sea presidida, por el señor Jorge Luis Mírez Tarrillo, actuando como
Secretario el señor Carlos Bernardino Guerrero Zavala declarando instalada la sesión,
y válidos los acuerdos que se tomen, se llegó a la conclusión de constituir la
Asociación Civil denominada: “SOCIEDAD CHOTANA DE CIENCIAS”, cuyas siglas
serán SChC, cuyos fines y objetivos se orientará básicamente a promover actividades
de investigación, enseñanza y desarrollo de la ciencia y la tecnología en Chota y la
Región. la referida Asociación Civil, se regirá por los Estatutos que serán aprobados
posteriormente, para tal efecto se conformó una comisión integrada por los señores
Carlos Bernardino Guerrero Zavala, quien la preside; Pedro Isaías Machuca Rojas y
Jorge Luis Mírez Tarrillo, comprometiéndose a elaborarlos y presentarlo en la próxima
sesión, para su discusión y aprobación respectiva. acto seguido se deliberó sobre el
número de cargos que conformarán el Consejo Directivo, acordándose por
unanimidad considerar únicamente cinco cargos que son: Un Presidente, Un
Vicepresidente, Un Secretario de Actas y Archivo, Un Secretario de Relaciones
Públicas y Marketing y Un Tesorero, los demás integrantes serán como asociados
fundadores.
Posteriormente se acordó designar al órgano de gobierno gestor y ejecutor de los
acuerdos de la Asamblea General, quienes integrarán el Primer Consejo Directivo, los
mismos que mediante voto directo y mayoritario designaron en tales cargos a las
siguientes personas:
PRESIDENTE: Ingeniero Jorge Luis Mírez Tarrillo.
VICEPRESIDENTE: Ingeniero Carlos Bernardino Guerrero Zavala.
SECRETARIO DE ACTAS Y ARCHIVO: Bachiller en Ingeniería Pedro Isaías
Machuca Rojas.
SECRETARIO DE RELACIONES PÚBLICAS Y MARKETING: Bachiller en Ciencias
de la Comunicación John Enrique Fernández Dedios.
TESORERA: Rosa Torres Barboza.
Posteriormente, se tomo el juramento de estilo, al Presidente del Consejo Directivo,
este a su vez juramento a los demás miembros, quedando autorizado el señor
Presidente a partir de la fecha, a representar a esta Asociación de acuerdo a las
potestades conferidas al ejercicio de sus funciones como tal.
No habiendo otro punto que tratar se dio por terminada la sesión, siendo las once de
la noche y pasando a firmar los presentes.
Jorge Luis Mírez Tarrillo Carlos Bernardino Guerrero Zavala
DNI. No. 27423478 DNI. No. 18149707
En la ciudad de Chota, Región Cajamarca, República del Perú, siendo las ocho de la
noche del día Jueves nueve de Octubre del año 2003, reunidos los miembros
integrantes de la Asociación Civil “SOCIEDAD CHOTANA DE CIENCIAS”, con la
finalidad de analizar, debatir y aprobar los Estatutos, que regirá su organización y
funciones.
La comisión presidida por el Ingeniero Carlos Bernardino Guerreo Zavala, puso los
Estatutos a consideración de los asistentes, dando lectura a cada uno de los Títulos y
Artículos de éste, a fin de hacer las deliberaciones y observaciones que hubiere lugar.
ORDEN DEL DÍA: Se aprobó la lectura de cada uno de los artículos y luego de un
debate, algunas modificaciones y sugerencias, se dio por aprobado el Estatuto que en
adelante regirá a la “SOCIEDAD CHOTANA DE CIENCIAS”, quedando establecido
de la siguiente manera:
TITULO PRIMERO
CONTENIDO Y ALCANCE DEL ESTATUTO.
TITULO SEGUNDO
DE LA DENOMINACCIÓN, DURACIÓN, OBJETO Y DOMICILIO
Denominación
TITULO TERCERO.
DE LA FINALIDAD Y MEDIOS
Objetivos
Artículo 7°.-Para lograr sus objetivos la “SChC”, llevará a cabo las siguientes
actividades:
TITULO IV
DEL PATRIMONIO
TITULO V
DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO Y DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO
a) La Asamblea General.
b) El Consejo Directivo
Artículo 11°.-La Asamblea General se reúne ordinariamente una vez por año,
durante la Semana de ciencia y Tecnología de la “SChC”.
Artículo 18°.-Se contará como asistente a una sesión, con todos los derechos y
deberes, a aquellos asociados que lo hagan personalmente o a través de cualquier
medio electrónico en tiempo real aprobado previamente por el Consejo, habiendo sido
planteado este por la Directiva con la debida anticipación.
Artículo 22°.-Cada lista deberá contener los nombres para todos y cada uno de los
cargos descritos anteriormente para el Consejo Directivo.
Artículo 23°.-Cualquier grupo de por lo menos 10% de los asociados puede presentar
una lista para el nuevo Consejo Directivo, así como su respectivo programa de
gestión que pretende implementar en la asociación, para ser divulgados por la Comité
Electoral.
Artículo 24°.-La elección será realizada con cualquier número de votantes y será
considerada ganadora, en el caso del Consejo Directivo, la lista que obtenga mayoría
simple de votos.
Artículo 25°.-Cada asociado podrá votar por una sola lista para el Consejo Directivo.
Artículo 26°.-Las elecciones serán en sesión pública para todos los asociados
presentes físicamente y virtualmente por medio del “SITE” de la “SChC”.-El Comité
Electoral será el responsable de verificar tal hecho y de conducir el proceso
electoral en forma imparcial.
Artículo 29°.-El Consejo Directivo será elegido cada dos años y estará compuesta por
sus asociados, que desempeñarán los siguientes cargos: Presidente, Vice-Presidente,
Secretario de Actas y Archivos, Secretario de Relaciones Públicas y Marketing y
Tesorero, todos ellos con voz y voto.
Artículo 30°.-El mandato del Presidente es de dos años. El Presidente podrá ser
reelegido una vez para un mandato consecutivo.
Artículo 31°.-El Vicepresidente asumirá la Presidencia en forma interina si el
Presidente por algún motivo no pudiera ejercerla. Si se declarara la vacancia de la
Presidencia, el Vicepresidente la asumirá hasta el fin del mandato.
Artículo 32°.-En caso de vacancia de algún cargo del Consejo Directivo, con
excepción de la Presidencia, el Consejo Directivo propondrá sustitutos a la Asamblea
para que esta en Sesión Extraordinaria designe a uno o más de ellos para el (los)
cargo(s) vacantes.
Artículo 33°.-Si existe renuncia de más de la mitad de los miembros del Consejo
Directivo, se convocarán a nuevas elecciones según los artículos relacionados con las
elecciones y dentro del plazo de treinta días calendarios, con la finalidad de
completar el mandato.
Comisiones Especiales
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b) Realizar otras actividades que promuevan el desenvolvimiento de su área, en
consonancia con los objetivos de la “SChC”.
c) Realizar una asamblea por ocasión del simposio periódico con ella organizado,
para el cual serán invitados todos sus miembros y durante el cuál será elegido
el coordinador de la comisión de los asociados.
TITULO VII
De Los Asociados.
Artículo 51°.-Son Asociados: Las personas admitidas por decisión del Consejo
Directivo, debido a la propuesta de dos asociados fundadores o efectivos, con todos
los derechos y deberes de los asociados efectivos, excepto el de ocupar cargos
directivos de la “SChC”.
a) Cumplir con los estatutos y acuerdos del Consejo Directivo, así como, de la
Asamblea General.
b) Asistir a todas las sesiones de trabajo programados, además, de las
asambleas convocadas debiendo justificar debidamente cualquier inasistencia.
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c) Aportar con sus cuotas mensuales en forma consistente y dentro de los plazos
establecidos en el presente estatuto.
d) Contribuir al fortalecimiento y buena marcha institucional de la “SChC”.
e) Otros no considerados y que sean de interés para la asociación.
Artículo 58°.- El asociado que haya sido separado por actos dolosos en contra de la
“SChC” no tendrá derecho a reclamar o retirar suma alguna de dinero o bienes que
posea la Asociación. A los asociados renunciantes se les dará trato diferente tomando
en cuenta, el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo o por la Asamblea General.
TITULO VIII
Modificaciones al Estatuto.
Artículo 60.-Las modificaciones deberán ser aprobadas por la mayoría absoluta del
número de asociados votantes en Asamblea General.
Artículo 62°.-La “SChC” podrá ser disuelta y liquidada en cualquier momento, por
decisión motivada de la mayoría absoluta de asociados con derecho a voto,
participante en Asamblea General convocada para este fin.
Disposiciones Finales.
QUINTA.-Los presentes acuerdan que el Presidente sea la persona que realice los
trámites para la constitución legal de la Asociación tanto en el Notario y en Registros
Públicos.
No habiendo otro punto que tratar se levanto la sesión, siendo las 10: 00 p.m. del
mismo día pasando a firmar todos lo presentes.
Jorge Luis Mírez Tarrillo Carlos Bernardino Guerrero Zavala
DNI. No. 27423478 DNI. No. 18149707