Indemnizaciones Laborales
Indemnizaciones Laborales
Indemnizaciones Laborales
Docente
INES MARIA CORTINA CABRERA
Presentado por:
HAYLI VENGOECHEA RICARDO
CC 36.720.530
GRUPO 40778 – Modalidad Distancia
La indemnización es una compensación de índole económica que recibe una persona, institución o
empresa como resultado de haber recibido algún daño o perjuicio. Este concepto también suele
hacer referencia al monto que se utiliza en el acto de indemnizar.
Cuando se despide sin justa causa a una persona que tiene un contrato de trabajo a término
indefinido, hay que pagar la indemnización contemplada por el artículo 64 de código sustantivo
del trabajo, y aquí explicamos cómo se liquida la indemnización y adjuntamos aplicación en Excel
para automatizar el cálculo.
Esta norma contempla dos posibilidades dependiendo el monto del sueldo del trabajador
despedido.
Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1)
año.
Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días
adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1, por cada uno de los años de
servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción;
Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1)
año.
Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo, se le pagarán quince (15) días
adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los
años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
Ejemplo para el primer caso:
Sueldo: 3.000.0000
Sueldo: 9.000.0000
La indemnización será:
El empleador o empresa que despida a un trabajador sin que exista una justa causa para ello,
tendrá que pagar al trabajador la indemnización de que trata el artículo el artículo 64 del código
sustantivo del trabajo, que tratándose de un contrato de trabajo a término fijo, contempla las
siguientes reglas.
Como se observa, el procedimiento es muy sencillo, puesto que sólo hay que determinar el tiempo
que falta para terminar el contrato de trabajo.
El valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del
contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el
cual la indemnización no será inferior a quince (15) días.
Calcular la indemnización por despido sin justa causa en el contrato a término fijo
Esto para un contrato común y corriente. Veamos ahora el caso de un CONTRATO DE OBRA O
LABOR.
Supongamos un trabajador que fue contratado para construir 10 apartamentos a $8.000.000 cada
uno y que fue despedido cuando apenas había construido 8.
La indemnización será:
El contrato de prestación de servicios está gobernado por la legislación civil y no por la legislación
laboral, de modo que no le son aplicables las regulaciones propias que contiene el código
sustantivo del trabajo, como es el pago de una indemnización al trabajador que es despedido sin
justa causa.
El contrato de servicios al ser regulado por la ley civil; es ésta la aplicable y es a ésta a la que debe
recurrir el contratista si pretende alegar algún perjuicio o detrimento por cuenta de la terminación
del contrato de servicios.
Si bien la legislación civil no contempla de forma taxativa una indemnización por la terminación de
un contrato de servicios, no significa que el contratista no la pueda exigir, máxime si la
terminación se dio sin que mediara una “justa causa”, es decir, sin que el contratista hubiera
incumplido con las obligaciones asumidas al firmar el contrato de servicios, pero en tal caso debe
atenerse a lo que se haya pactado el contrato de servicios.
Ahora, si en el contrato de servicios de forma expresa se pactó en una cláusula algún tipo de
indemnización o sanción económica por el incumplimiento de las obligaciones asumidas, habrá
lugar al pago de lo acordado por parte de quien incumpla sus obligaciones. Basta con demostrar el
incumplimiento de la contraparte para exigir el pago acordado, el cual depende enteramente de la
voluntad de la partes plasmada en el respectivo contrato.
De otra parte, si el contratista despedido alega y logra probar que su vinculación no era civil sino
laboral (Contrato de trabajo realidad), entonces sí tendrá derecho a exigir la indemnización por
despido injustificado que contempla el código sustantivo del trabajo, pero se repite, primero debe
conseguir que el juez declare la existencia de una relación laboral para luego entrar a exigir el pago
de la indemnización.
TIPOS DE INDEMNIZACIÓN
No todas las indemnizaciones se deben a la misma situación, si bien estas pueden variar según las
leyes vigentes del país en donde se apliquen, se pueden clasificar de la siguiente manera:
- Indemnización por despido sin justa causa: Para determinar dicha indemnización, esta
debe ser calculada a través de una investigación y emisión de la justicia sujeta a las leyes
dispuestas en el país en cuestión. Por otro lado, también existen indemnizaciones
automáticas, las cuales se llevan a cabo cuando existe una serie de episodios que la ley
defiende de antemano.
- Indemnización por la finalización de un contrato temporal: esto sucede cuando un
contrato temporal se finaliza porque ha terminado el motivo del contrato, allí el
trabajador o empresa cuenta con el derecho a exigir una indemnización.
- Indemnización por cambios que realiza la empresa: este es el caso de aquel trabajador que
se le cambia de lugar o tipo de trabajo, puede decidir si aceptar o no estos cambios, si no
los acepta puede exigir una indemnización.
- Indemnización por incumplimiento: sucede cuando la empresa no cumple con lo
estipulado en el contrato de trabajo, por lo que debe retribuir al trabajador o empresa
afectada.
- Indemnización por fallecimiento: en este respecto si un trabajador fallece de forma
natural, la empresa en donde trabajaba debe dar una indemnización a su familia.
- Indemnización por discapacidad, fallecimiento o jubilación de un empresario autónomo:
por no poder continuar con su actividad, debe indemnizar a sus trabajadores.
- Indemnización debido a la disolución de una sociedad: si dicha sociedad decide
repentinamente romper y están vigentes los contratos, debe indemnizar a los
trabajadores activos.
- Indemnización por despido justificado: estas situaciones justificadas pueden ser de motivo
disciplinarios, tales como: falta de adaptación, ineptitud o inasistencia. En algunos casos,
el empleador tiene el derecho de no abonarlas.
- Indemnización de fuerza mayor por despido: en este caso la empresa tiene que constatar
ante la autoridad laboral dicho despido y abonar una indemnización referente a ello.