Oscar Castillo Tarea7
Oscar Castillo Tarea7
Oscar Castillo Tarea7
Oscar Castillo
Instituto IACC
20-05-2019
Desarrollo
1.
Razones del
término
contractual Causas
Causas que no son
imputables para el imputables al
trabajador ni para el
empleador, ya que son
trabajador por
casos o acuerdos de fuerza las que no hay
mayor por los que no hay derecho a
derecho a indemnización.
indemnización.
Causas imputables
al empleador por
las que dan derecho
a indemnización
Mapa conceptual de los tipos de indemnizaciones
Indemnización legal: son todas aquellas por las cuales el trabajador haya sido
despedido por causa justa. Se componen de dos tipos:
a) Indemnización sustitutiva del aviso previo ( deshaucio): se cancela en el caso de
de que se invoque la causal del inciso 1 del art. 161 (necesidades de la empresa),
siempre y cuando el trabajador no haya sido notificado de su despido con 30 días
de anticipación.
b) Indemnización por años de servicio: corresponde ser cancelada si el contrato del
trabajador es indefinido y haya prestado sevicios por un mínimo de un año. Cada
año o fracción de 6 meses se paga un año más de indemnización, con un tope de
11 años. El valor que es pagado es de 30 días de la última indemnización
devengada por cada año de servicio prestado a mismo empleador. Si la
remuneración varía, se promedia la remuneraicón imponible de los 3 últimos
meses, adicionalmente tiene un tope de UF 90 por mes.
c) Indemnización por feriado legal pendiente: son todas aquellas vacaciones que
se encuentran pendientes al momento de la desvinculación del trabajador. Se
cancela junto con el IAS y el deshaucio. Equivale a remuneración íntegrada que es
determinada en proporción al tiempo que corresponde y a los días a la fecha del
contrato del trabajador que haya devengado.
Indemnizaciones contractuales: son todas aquellas que han sido convenidas por
ambas partes (empleador y trabajador) por medio de los contratos (individuales y
colectivos). Su principal cualidad es que no pueden ser menores a la indemnización
legal.
Indemnizaciones voluntarias: son aquellas que son otorgadas por el empleador sin
tener la obligación de hacer virtud en la legislación vigente o de un acuerdo de
trabajo. Esta puede exceder del tope de 90 UF, como es voluntaria no constituye
remuneración ya que no es imponible. Aunque en algunos casos si excedede el límite
establecido, se debe tributar.
2.
Los despidos a causa de fuerza mayor son todos aquellos que proviene de una causa ajena a la
voluntad de las partes, que no se haya provido prever y que no se haya podido evitar. Algunos
ejemplos son:
Daños ocurridos a las instalaciones de la empresa, que se deban por causa de terremotos.
Que el daño del evento ocurrido no se haya provido prever dentro de cálculos ordinarios
o corrientes.
3.
La indemnización voluntaria corresponde a aquellos pagos que realiza el empleador sin tener la
de los años de servicios pasado el plazo de los 11 años establecido por la ley, algún incentivo,
bono, etc.
4.
Datos:
Asiento:
5.
Cálculo finiquito
Períodos a pagar 1
Total 450.000
Indemnización por años de servicio
Años a considerar 3
Total 1.350.000
Meses a considerar 11
Total 206.250
Total 2.006.250
Descuentos:
Cálculo final
Total 1.820.650
Bibliografía
2019, desde:
http://online.iacc.cl/pluginfile.php/4785574/mod_resource/content/2/CONTENIDO%20S
EMANA%207%20GESTION%20DE%20REM%20Y%20COM.pdf.