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TDR EXP TECNICO - UCAYALI (1 Pte)

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REPUBLICA DEL PERÚ

MINISTERIO DE TRANSPORTES
Y COMUNICACIONES
PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO

PROVIAS DESCENTRALIZADO

ELABORACION DEL EXPEDIENTE TECNICO DE LA INVERSION:

“MONTAJE, INSTALACION Y CONSTRUCCION DE


OBRAS CIVILES DEL PUENTE MODULAR IBIATIA”

DEPARTAMENTO DE UCAYALI

TÉRMINOS DE REFERENCIA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS

JUNIO – 2020

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TECNICO DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI
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Contenido
1. INFORMACIÓN GENERAL. .................................................................................................................. 4
1.1 DEPENDENCIA QUE REQUIERE EL SERVICIO. .................................................................................... 4
1.2 DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN. ........................................................................................ 4
1.3 FINALIDAD PÚBLICA. ......................................................................................................................... 4
1.4 OBJETIVO........................................................................................................................................... 4
1.5 ANTECEDENTES. ................................................................................................................................ 4
1.6 SISTEMA DE CONTRATACIÓN. .......................................................................................................... 5
1.7 MODALIDAD DE EJECUCIÓN. ............................................................................................................ 5
1.8 APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO. ........................................................................................ 5
1.9 BASE LEGAL PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO .................................................... 5
1.10 NORMAS REFERIDAS AL COVID-19 ................................................................................................... 5
1.11 UBICACIÓN DEL PUENTE MODULAR IBIATIA – UCAYALI ................................................................. 6
2. ASPECTOS TÉCNICOS PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO........................................ 7
2.1 CONSIDERACIONES TÉCNICAS DEL EXPEDIENTE TÉCNICO ................................................................ 7
2.2 ALCANCES GENERALES DEL EXPEDIENTE TECNICO ........................................................................... 8
2.3 REVISIÓN Y EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES ................................................................................. 10
2.4 CONTENIDO DEL EXPEDIENTE TÉCNICO .......................................................................................... 10
2.4.1 CONSIDERACIONES GENERALES DEL ESTUDIO 10
2.4.2 INSPECCIONES, EVALUACIÓN INICIAL Y ANÁLISIS DE ANTECEDENTES 11
2.4.3 DESARROLLO DE LA INGENIERÍA 11
2.4.3.1 TOPOGRAFÍA Y TRAZO 11
2.4.3.1.1
TOPOGRAFÍA. 12
2.4.3.1.2
TRAZO Y DISEÑO VIAL. 13
2.4.3.1.3
ACCESOS AL PUENTE. 14
2.4.3.2 GEOTECNIA. 14
2.4.3.3 HIDROLOGÍA E HIDRÁULICA. 15
2.4.3.3.1
HIDROLOGÍA. 15
2.4.3.3.2
HIDRÁULICA 16
2.4.3.4 ESTRUCTURAS. 17
2.4.3.5 METRADOS, ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS, PRESUPUESTO Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. 18
2.4.3.6 CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRA, ADQUISICIÓN DE MATERIALES Y RELACIÓN DE EQUIPO
MÍNIMO. 19
2.5 COORDINACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE CONSULTORÍA. ......................................... 20
2.6 INFORMES A PRESENTAR POR EL CONSULTOR. .............................................................................. 20
2.6.1 COMPONENTE INGENIERÍA. ............................................................................................................ 20
2.6.2 INFORME N° 01. ............................................................................................................................... 20
2.6.3 INFORME FINAL. .............................................................................................................................. 21
2.6.4 REVISIÓN DE INFORMES (REVISION DE LOS EXPEDIENTES TECNICOS). ........................................... 22
2.7 CONFORMIDAD DEL SERVICIO. ........................................................................................................ 23
2.8 RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR. .............................................................................................. 23
2.9 ADELANTO DIRECTO ........................................................................................................................ 23
2.10 FORMA DE PAGO Y REQUISITOS ...................................................................................................... 24
2.11 LIQUIDACION DEL CONTRATO ......................................................................................................... 24
2.12 PRODUCTO ESPERADO .................................................................................................................... 24
2.13 PLAZO .............................................................................................................................................. 25
2.14 PENALIDAD POR MORA ................................................................................................................... 25
2.15 OTRAS PENALIDADES ....................................................................................................................... 25
2.16 RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS. ...................................................................................... 26
2.17 PROPIEDAD INTELECTUAL ............................................................................................................... 26
2.18 CONFIDENCIALIDAD......................................................................................................................... 26
2.19 NORMAS ANTICORRUPCIÓN ........................................................................................................... 27
2.20 NORMAS ANTISOBORNOS ............................................................................................................... 27
2.21 PROTOCOLO SANITARIO SECTORIAL PARA LA PREVENCION DEL COVID – 19, EN LOS CONTRATOS DE
CONSULTORIAS DE OBRAS ................................................................................................................................ 27

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2.22 RECURSOS MÍNIMOS Y OPERACIONALES QUE DEBERÁ PROPORCIONAR. ...................................... 28
2.22.1 RECURSOS MÍNIMOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y AUXILIARES. .................................................. 28
2.22.2 REQUISITOS DEL CONSULTOR ......................................................................................................... 28
2.22.3 DEL PERSONAL: ................................................................................................................................ 29
2.22.4 CONDICIONES DE LOS CONSORCIOS: .............................................................................................. 29
2.23 SEGUROS. ........................................................................................................................................ 29
2.24 PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES FINALES. .................................................................................. 30
2.25 ESTRUCTURA DE COSTOS ................................................................................................................ 32
2.26 REQUISITOS DE CALIFICACION......................................................................................................... 33
2.27 FORMULA DE REAJUSTE .................................................................................................................. 35
2.28 ANEXOS............................................................................................................................................ 36
ANEXO Nº 01 .................................................................................................................................................... 37
ANEXO Nº 02 .................................................................................................................................................... 40
ANEXO Nº 03 .................................................................................................................................................... 48
ANEXO Nº 04 .................................................................................................................................................... 49
PROTOCOLO SANITARIO SECTORIAL PARA PREVENCION DEL COVID – 19, EN LOS CONTRATOS DE
CONSULTORIA DE OBRAS ............................................................................................................... 49

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TECNICO DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI
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1. INFORMACIÓN GENERAL.
Los presentes Términos de Referencia describen las actividades y condiciones, bajo las cuales el
CONSULTOR, utilizando las mejores técnicas y recursos de la ingeniería, desarrolle el expediente
técnico para la ejecución de las obras civiles necesarias, el traslado, montaje e instalación del
puente modular IBIATIA, ubicado en el departamento de UCAYALI.

1.1 DEPENDENCIA QUE REQUIERE EL SERVICIO.


Gerencia de Intervenciones Especiales (en adelante GIE) – PROVIAS DESCENTRALIZADO

1.2 DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.


Elaboración del Expediente Técnico de la inversión: “MONTAJE, INSTALACIÓN Y
CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI”.

1.3 FINALIDAD PÚBLICA.


La finalidad de la ejecución de la inversión es el “MONTAJE, INSTALACIÓN Y CONSTRUCCION
DE OBRAS CIVILES DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI”, intervención que permitirá
asegurar la transitabilidad vial terrestre de modo adecuado y seguro en la vías vecinales y
departamentales del departamento de UCAYALI.

Esta intervención permitirá contar con mejores condiciones de las vías, a fin de mantener la
continuidad y seguridad de las mismas; reduciendo costos operativos vehiculares y tiempos
de viaje en beneficio de la población.

1.4 OBJETIVO.
El objetivo de los presentes Términos de Referencia es describir las pautas, actividades y
condiciones técnicas que permita la contratación de una persona natural o empresa con
experiencia en Proyectos de Infraestructura Vial, que se encargue de la elaboración del
Expediente Técnico de la Inversión “MONTAJE, INSTALACIÓN Y CONSTRUCCION DE OBRAS
CIVILES DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI”, teniendo en cuenta la normativa vigente,
intervención que se enmarca dentro del IOARR N° 2427005, que comprende los siguientes
puentes:

NOMBRE DEL
REGION PROVINCIA DISTRITO PUENTE LUZ (m)
CORONEL NUEVA
UCAYALI IBIATIA 39.20
PORTILLO REQUENA

1.5 ANTECEDENTES.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones MTC, a través del Proyecto Especial de
Infraestructura de Transporte Descentralizado – PROVIAS DESCENTRALIZADO, en adelante la
ENTIDAD, tiene a su cargo contribuir a la gestión descentralizada de la infraestructura vial
departamental y vecinal a ser desarrollada por los gobiernos regionales y locales,
respectivamente, implementando mecanismos técnicos, institucionales, legales y financieros
que garanticen la sostenibilidad de las inversiones viales.
En este marco uno de los objetivos de la ENTIDAD, es ampliar, mejorar y consolidar la
accesibilidad, conectividad e integración de poblaciones a bienes, servicios públicos y privados
y a oportunidades generadoras de ingresos, mejorando la infraestructura vial vecinal y

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departamental, que permita incrementar, restablecer y conservar la transitabilidad entre los
pueblos.
En ese contexto, la ENTIDAD, ha adquirido puentes metálicos modulares tipo BERD para ser
instalados en los caminos vecinales y departamentales del país y se ha previsto efectuar el
montaje, lanzamiento y construcción de obras civiles del puente IBIATIA, ubicados en el
departamento de UCAYALI.

1.6 SISTEMA DE CONTRATACIÓN.


Sistema de Suma Alzada para la elaboración del expediente técnico.

1.7 MODALIDAD DE EJECUCIÓN.


No aplica.

1.8 APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO.

Aprobación del Expediente Técnico por parte de la GIE, previo informe de evaluación y
conformidad de los Especialistas designados por la GIE.

1.9 BASE LEGAL PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO


En relación a otros conceptos generales, términos de uso frecuente y normativa técnica, nos
remitimos a las definiciones y disposiciones contenidas en los siguientes documentos, en cuanto
corresponda a las actividades que son objeto de contratación:

➢ Manual de Puentes RD N.º 019-2018-MTC/14 (20.12.2018)


➢ Manual de Carreteras: Diseño Geométrico DG-2018, aprobado con Resolución
Directoral N.º 03-2018-MTC/14 del 30.01.2018.
➢ Manual de Carreteras “Suelos, Geología, Geotecnia y Pavimentos. Sección Suelos y
Pavimentos”, aprobado con R.D. N.º 010-2014-MTC/14 del 09.04.2014.
➢ Manual de Hidrología, Hidráulica y Drenaje, aprobado con Resolución Directoral N.º
20-2011-MTC/14 del 12.09.2011.
➢ Normatividad ambiental DS N° 004-2017-MTC - Reglamento de Protección Ambiental
del Sector Transportes (RPAST).
➢ DS N° 008-2019-MTC – Modificación del RPAST aprobado con DS N° 004-2017-MTC.
➢ TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado
por D. S. N° 344-2018-EF
➢ DS N° 377-2019-EF – Modificación del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado.

1.10 NORMAS REFERIDAS AL COVID-19

➢ Decreto Supremo N° 044-2020-PCM que declara el Estado de Emergencia, las


disposiciones dictadas por el Ministerio de Salud (MINSA), el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, entre otros sectores competentes.
➢ R. M. Nº 0257-2020-MTC/01 de fecha 07.05.2020, se aprobaron los Protocolos
Sanitarios Sectoriales. Como Anexo III, se aprobó el Protocolo Sanitario Sectorial para
la prevención del COVID-19, en los contratos de consultorías de obras, el mismo que
se encuentra en el Anexo Nº 04.
➢ R.M N° 239-2020-MINSA y sus modificatorias, que aprueba los lineamientos para la
vigilancia de la salud de los trabajadores con riego de exposición al COVID-19.

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➢ Decreto Supremo N° 103-2020-EF, emitido el 14 de mayo de 2020, en el que
establece disposiciones reglamentarias para la tramitación de los procedimientos de
selección que se reinicien en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225.

1.11 UBICACIÓN DEL PUENTE MODULAR IBIATIA – UCAYALI

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Vista del Puente Ibatia

Nombre de puente IBATIA


Distrito NUEVA REQUENA
Provincia CORONEL PORTILLO
Departamento UCAYALI
Emp. Rio Aguaytia – NV Barranca – San Pablo de Juanita – Nva.
Carretera
Eden – Pte. Carretera
Código de ruta R - 44
Tipo de camino VECINAL
Ubicación UTM Norte: 9088229 Este: 513661
Altitud media 179 msnm

2. ASPECTOS TÉCNICOS PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TÉCNICO


Se describen las actividades y condiciones, bajo las cuales el CONSULTOR, utilizando las mejores
técnicas y recursos de la ingeniería, desarrolle el expediente técnico para el traslado, montaje,
instalación y construcción de obras civiles de la Inversión “MONTAJE, INSTALACIÓN Y
CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI”.
De existir interferencias relacionadas con propiedades de terceros a liberar, el CONSULTOR
elaborará el expediente técnico coordinadamente con la GIE.

2.1 CONSIDERACIONES TÉCNICAS DEL EXPEDIENTE TÉCNICO


La elaboración del Expediente Técnico se realizará tomando como referencia las coordenadas
indicadas en el numeral 1.10. Además, deberá solicitar información al respecto a las
municipalidades provincial y distrital. Así como otra información complementaria que la Entidad
ponga a su disposición a las que puede realizar consultas.
La información proporcionada será revisada y/o complementada y/o actualizada por el
CONSULTOR en coordinación con el especialista que designe la GIE.

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La GIE proporcionará la información relacionada a las características de los puentes tipo BERD.

2.2 ALCANCES GENERALES DEL EXPEDIENTE TECNICO


Son alcances generales para contratar, el desarrollo del expediente técnico de
ingeniería, la ejecución de obras civiles necesarias, traslado, montaje e instalación del puente
modular IBIATIA - UCAYALI.

El proyecto a desarrollar comprende todos los estudios necesarios, así como todos los
detalles de diseño para llevar adelante el proceso constructivo sin problemas, ni
interferencias que resulten necesarios para el cumplimiento de la meta prevista.

El CONSULTOR suministrará todos los recursos necesarios hasta la entrega del expediente
técnico para la instalación del puente y asumirá plena responsabilidad por este servicio.

Sin exclusión de las obligaciones que les corresponden conforme a los dispositivos legales
vigentes, y que le son inherentes como tal, el desarrollo del expediente técnico abarca las
siguientes actividades que se constituyen en obligaciones esenciales:

a. Trabajos de Campo

• Realizar una inspección de campo a fin de evaluar las condiciones del puente y
estado de la infraestructura existente (puente, estado de accesos, estado de las vías
de acceso a la zona de trabajo, entre otros) para plantear la mejor solución.
• Ejecutar los muestreos, ensayos de suelos y otros que sean necesarios.
• Ejecutar los levantamientos topográficos necesarios para el planteamiento de las
obras civiles de ser el caso y la consiguiente instalación del puente modular, así
como para la ubicación de depósitos de material excedente y para otros fines
necesarios. Verificar la disponibilidad y recabar permisos para su uso.
• Identificar la ubicación donde se instalarán el campamento y además verificar su
disponibilidad.
• Identificar las condiciones ambientales de la zona, así como obtener los permisos
de corresponder.
• Realizar el trámite para la obtención del CIRA, de corresponder.

b. Trabajo de Gabinete
• Recopilación, revisión y análisis de toda información relacionada con los estudios,
para tomar conocimiento de los antecedentes de las soluciones planteadas
anteriormente, evaluar el desempeño de éstas, y obtener los mejores criterios
para el planteamiento de la solución del puente.
• Cálculo de todos los parámetros que intervienen en los diseños y en el
dimensionamiento de las soluciones a plantear.
• Diseñar y/o acondicionar las obras de arte y de drenaje, u otras estructuras de
protección necesarias.
• Calcular los volúmenes de materiales requeridos para su ejecución de la obra.
• De acuerdo a la magnitud de los problemas que se identifiquen presentar las
soluciones adecuadas para cada caso específico.
• Plantear soluciones en la señalización que contribuyan a introducir mejoras en la
seguridad de los usuarios del puente.
• Elaborar el instrumento de gestión ambiental FITSA.

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• Establecer las especificaciones técnicas de todos los trabajos que se planteen
cuidando que éstas cubran todos los aspectos generales y especiales de la obra.
• Establecer la relación de equipo mínimo para la ejecución de la obra.
• Elaborar el Expediente Técnico que incluya entre otros: memoria descriptiva,
especificaciones técnicas, diseño de ingeniería, metrados, costos unitarios,
presupuestos, fórmula polinómica, programación de actividades, planos,
cotizaciones de materiales y cálculo de la mano de obra.

c. Expediente Técnico
• Deberá contener en forma precisa las actividades que se deben ejecutar, para
cumplir con el objeto del mismo, las que sin ser limitativas deberán comprender:
desmontaje o demolición de estructuras existentes de ser el caso, ubicación de
subestructuras, montaje de estructuras modulares, habilitación de accesos y sus
costos, señalización y obras civiles de protección.

• La ubicación de los depósitos de materiales excedentes, los permisos o licencias


para su uso deben estar debidamente autorizados por las autoridades
competentes.
• EL CONSULTOR dispondrá del personal profesional y técnico, así como de los
recursos suficientes para la elaboración de los estudios, con la calidad, precisión
y costo necesario en el plazo establecido, debiendo tener en cuenta, sin ser
limitativo, lo siguiente:

▪ El CONSULTOR realiza la descripción, de los alcances del servicio, siendo


responsable de todas las investigaciones de campo, trabajos de gabinete y
estudios que realice.
▪ El CONSULTOR será directamente responsable de la calidad del servicio que
preste y de la idoneidad del personal a su cargo, así como del cumplimiento de
la programación, logro oportuno de las metas previstas y adopción de las
previsiones necesarias para el fiel cumplimiento del Contrato, en el plazo
otorgado.
▪ EL CONSULTOR dispondrá de una organización de profesionales especialistas,
técnicos, administrativos y personal de apoyo, los medios de transporte y
comunicación para cumplir eficientemente sus obligaciones (radio y teléfono).

• El CONSULTOR deberá contar en la zona de trabajo, obligatoriamente, con el


personal y el equipamiento ofertado en su propuesta.
• Para el diseño se utilizarán programas de cómputo “software” de diseño de
estructuras, diseño vial entre otros, que cuenten con reconocimiento
internacional y/o nacional para su utilización. Estos programas deben producir
archivos capaces de ser importados y reproducidos.
• El CONSULTOR entregará en archivos digitales editables toda la información
correspondiente a los informes parciales y final del estudio, en forma ordenada y
con una memoria explicativa, indicando la manera de reconstruir totalmente
dichos informes, en original y una copia.
• Todo cálculo, aseveración, estimación o dato, deberá estar justificado en lo
conceptual y en lo analítico; no se aceptarán estimaciones o apreciaciones de El
CONSULTOR sin el debido sustento.
• EL CONSULTOR será responsable de todos los trabajos y estudios que realice, en
cumplimiento de los presentes Términos de Referencia.

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Nota 01: Cada uno de los documentos que conforman el Expediente Técnico deberá estar
firmado por jefe del estudio o el que haga sus veces, los especialistas, el CONSULTOR y el
representante legal.

Nota 02: Debe evaluarse la accesibilidad a la zona de trabajo para vehículos de carga
(camiones cama baja, tráileres, camión plataforma, volquetes, entre otros).

2.3 REVISIÓN Y EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES


EL CONSULTOR deberá revisar y evaluar todos los antecedentes que la GIE a través de sus
Especialistas y Unidades Zonales, ponga a su disposición y otros documentos que pueda
consultar y/o encontrar en los archivos de la Sede Central de Provias Descentralizado o de las
Unidades Zonales que correspondan.

El CONSULTOR, durante el desarrollo del expediente técnico debe determinar las


características, tipo de intervención y cantidades definitivas de las actividades que se
ejecutarán, proponiendo la mejor solución técnica.

2.4 CONTENIDO DEL EXPEDIENTE TÉCNICO


El Expediente Técnico de la inversión “MONTAJE, INSTALACIÓN Y CONSTRUCCION DE OBRAS
CIVILES DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI”, será elaborado cumpliendo con los
requerimientos establecidos en los presentes Terminos de Referencia (TdR).

2.4.1 CONSIDERACIONES GENERALES DEL ESTUDIO

El CONSULTOR procederá a la elaboración del expediente técnico de la obra y


desarrollará su labor, respetando el marco normativo y legal vigente:

• Todo diseño que elabore el CONSULTOR debe ceñirse estrictamente al


procedimiento que indique su correspondiente Norma o Método, y en la
memoria de cálculo se deberá hacer referencia explícita a ésta.
• De manera similar debe proceder para la ejecución de ensayos.
• Toda aseveración, estimación, dato o planteamiento del CONSULTOR debe estar
respaldado por una justificación conceptual y analítica. No se aceptarán
estimaciones o apreciaciones del CONSULTOR sin el debido sustento.
• Durante el desarrollo de sus labores de campo, el CONSULTOR debe efectuar
coordinaciones permanentes con el especialista designado por la GIE, con el
propósito de identificar con mayor precisión las situaciones adversas que
permitan plantear y desarrollar la alternativa de solución en el Expediente
Técnico de la obra.
• El Expediente Técnico debe plantear sistemas constructivos con aplicación de
tecnologías modernas, sin irrogar mayores costos.
• Las soluciones temporales deben ser racionales y económicas.
• El Expediente Técnico debe estar suscrito por los Especialistas que participen en
su elaboración en señal de conformidad, incluyendo el Jefe de Proyecto y el
Representante Legal del CONSULTOR.
• La documentación que se genere durante el desarrollo de los estudios
constituirá propiedad de la ENTIDAD, y no podrá ser utilizada para fines distintos
a los del Expediente Técnico, sin consentimiento escrito de la GIE.
• EL CONSULTOR debe tener en cuenta los pesos y costo de las estructuras
metálicas modulares que se instalarán en el puente (estructura metálica

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modular tipo BERD - PROJECTO INVESTIGACAO E ENGENHARIA DE PONTES S. A.),
que servirá para el cálculo de las pólizas, el flete de transporte y el diseño de los
apoyos entre otros. Esta información será alcanzada por la ENTIDAD a solicitud
del CONSULTOR.
• El CONSULTOR debe tomar conocimiento puntual de las características y
condiciones físicas, técnicas, normativas, funcionales, climatológicas,
topográficas, geológicas, etc., que tengan implicancias en el proyecto a desarrollar
• El Expediente Técnico deberá ser elaborado de manera tal que, al momento de
ejecutar la Obra, no se haga necesaria la aprobación de partidas adicionales, o
rectificaciones por omisiones, errores, falta de previsión o planificación; salvo
casos extremos e imprevisibles al momento de elaborar el expediente técnico.
• En la edición del Expediente Técnico, deberá utilizarse softwares compatibles
con Microsoft Word para los textos, Microsoft Excel para las hojas de cálculo,
Power Point para las diapositivas, MS Project para la programación, AUTOCAD
para los planos y S10 o programa similar para los costos y los presupuestos.
• EL CONSULTOR deberá dar cumplimiento a la Resolución Ministerial N°257-
2020-MTC/01. Anexo II: Protocolo sanitario sectorial para la prevención del
COVID-19 en los contratos de ejecución de obras y servicios de la red vial.

2.4.2 INSPECCIONES, EVALUACIÓN INICIAL Y ANÁLISIS DE ANTECEDENTES

• El CONSULTOR debe realizar la inspección y evaluación in situ del puente con el


objeto de contrastarlo con los antecedentes que recopile.
• Complementariamente, se deberá efectuar tomas fotográficas en la ubicación
propuesta del puente:

➢ A lo largo de la vía, puentes y accesos, en una extensión no menor a 300


m por cada acceso.
➢ En el cauce, en sentido de aguas arriba y aguas abajo.

• Cantidad mínima fotografías de cada puente: 25 tomas


• Recopilación, revisión y análisis de Estudios Básicos existentes y toda
información relacionada con los mismos, que exista en la GIE, en otra
dependencia del MTC, u otra entidad, que pueda ser de utilidad para la
elaboración del Expediente Técnico de la obra: Estudios Hidrológicos, Estudios
Geotécnicos, etc.
• Recopilación, revisión y análisis de las últimas evaluaciones y controles
efectuados en el puente: controles estructurales y funcionales.
• El análisis de toda la información, debe permitir al CONSULTOR tomar
conocimiento de todos los antecedentes relacionados con el puente en estudio,
a fin de proponer las soluciones más adecuadas a partir de estas experiencias.

2.4.3 DESARROLLO DE LA INGENIERÍA

Sin ser limitantes deberá desarrollar:

2.4.3.1 TOPOGRAFÍA Y TRAZO


OBJETIVOS:
• Realizar los trabajos de campo que permitan elaborar los planos topográficos
y el diseño geométrico de los accesos.

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• Proporcionar información de base para complementar los estudios de
hidrología e hidráulica, geología, geotecnia, de ser el caso.
• Posibilitar la definición precisa de la ubicación y las dimensiones de los
elementos estructurales.
• Estableces puntos de referencia para el replanteo durante la construcción.

2.4.3.1.1 TOPOGRAFÍA.

a. Se colocarán Bench Mark (BMs), los cuales deberán ser


monumentados en concreto debidamente protegidos fuera del
alcance de los trabajos y referidos a puntos inamovibles.
b. Las cotas de los BMs y de las poligonales de apoyo, se nivelarán
diferencialmente (geométricamente).
c. El CONSULTOR presentará el Levantamiento Topográfico general
de la zona del puente, documentado en planos a escala 1:1000 con
curvas de nivel cada 1 m y comprendiendo en la zona de influencia
la longitud necesaria para el desarrollo adecuado de los diseños. En
la dirección del eje de la carretera los levantamientos abarcarán
toda la longitud de los accesos, por lo menos 100 m a cada lado del
puente proyectado.

Para el levantamiento de los cauces de quebradas y ríos, se tomará


como referencia las siguientes longitudes, pero no podrán ser
menores que las longitudes indicadas en el Manual de Hidrología y
Drenaje del MTC.

Longitud del Levantamiento de Cauce


Estructura Existente
o Proyectada A los extremos de
Aguas Arriba Aguas Abajo
la Ribera
Puente 500 m 350 m 30 m

d. El CONSULTOR presentará el Levantamiento topográfico detallado


de la zona donde se ubica la intervención a realizar, con planos a
escala entre 1/100 y 1/250 considerando curvas de nivel a
intervalos no mayores que 1 m y con secciones transversales tanto
en la dirección longitudinal como en la dirección transversal. Las
secciones transversales serán tomadas cada 10 metros en tramos
en curva o donde se presenten irregularidades en el terreno y cada
20 metros en tramos en tangente.
e. En la zona de la proyección del puente y obras de arte si hubiese se
harán tres (03) perfiles longitudinales, el primero corresponde al
eje de la estructura y los otros dos a cinco (5) m aguas arriba y cinco
(5) m aguas abajo del eje mencionado referenciando en dichos
perfiles la ubicación de las estructuras de apoyo y la
superestructura. Además, deberá presentar secciones
transversales en una longitud no menor de 500m aguas arriba y 350
m aguas abajo, así como las secciones transversales de los accesos;
donde se referencie de ser el caso las estructuras existentes.
f. El nivel de detalle en el área de levantamiento debe permitir
identificar todas las estructuras a considerar y cuantificar sus

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dimensiones adecuadamente, para esto deben usarse equipos de
alta precisión que garanticen lo solicitado.
g. El CONSULTOR deberá prever levantamientos topográficos
complementario, extensión de poligonales de apoyo, y otros que a
su juicio sean indispensables para el estudio.
h. Para dar conformidad al trazo del eje del puente, el CONSULTOR
deberá proceder al replanteo del mismo después de haber
presentado el informe correspondiente, esto con la finalidad de
verificar que los puntos de referencia dejados coinciden con los
indicados en el plano, teniendo en cuenta que el eje y niveles deben
de coincidir con el puente existente.
i. Los registros digitales serán entregados en CDs (editables) en un
formato compatible con los programas especializados, tales como
el SAP, AutoCAD, Autodesk, Excel, etc.

2.4.3.1.2 TRAZO Y DISEÑO VIAL.


Para el diseño se utilizarán programas de diseño vial, que cuenten con
aceptación internacional o nacional. Los resultados serán presentados
en PDF o programas que sean compatibles con AutoCAD.

Características de Diseño:
De corresponder la reubicación del puente, el CONSULTOR debe
diseñar la ubicación exacta en planta; así como detalles de perfil
longitudinal secciones y cotas correspondientes. De igual forma el
diseño del pase provisional, de ser requerido.

Para la definición de los ejes del puente y accesos de corresponder,


deberá proponer un alineamiento recto a la dirección del flujo y
horizontal homogéneo a través de tangentes y curvas (circulares y/o
espirales) se sucedan armónicamente, evitando en lo posible la
utilización de radios mínimos y pendientes máximas.

Presentación de Planos:
a. Los planos de planta y perfil, deberán ser presentados a colores y
en formato del tamaño A1.
b. No se aceptará superposición de información. Los planos deben ser
completamente legibles y detallados.
c. El tamaño del texto de los nombres, valores de las coordenadas,
ángulos distancias, progresivas, cotas de las curvas maestras, etc.,
deberá permitir su lectura, a la escala de presentación fijada para
la revisión.
d. Los planos deberán indicar los accesos del puente, así como,
autopistas, caminos, vías férreas y otras posibles referencias.
Deberá igualmente indicarse con claridad los postes de luz, torres
de alta tensión, buzones, y otros, etc.
e. Deberá indicar los nombres de los centros poblados, ríos, etc.,
próximos al eje del puente.
f. Sera necesario indicar en los planos la dirección del curso de agua
y los limites aproximados de la zona inundable en las condiciones
de aguas máximas y mínimas, así como los observados en los
eventos de carácter excepcional.

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2.4.3.1.3 ACCESOS AL PUENTE.

a. El CONSULTOR debe evaluar la longitud de los accesos y determinar


la alternativa más viable técnica y económica para la construcción de
estos, de ser necesario; alternativa de solución que debe definirse en
el expediente técnico conforme a la normativa vigente.

2.4.3.2 GEOTECNIA.

a. Para el caso de estructuras de apoyo (diseño) la cimentación tendrá una


profundidad confinada no menor a la asumida en los cálculos de
capacidad portante, debiendo ceñirse a la necesidad del proyecto. Bajo
ningún aspecto se aprobará diseños sin el debido sustento conceptual y
analítico plasmado en el estudio.
En el caso de existir obras civiles como estribos y/o defensa ribereña
construido por el Gobierno Regional o Gobierno Local u otra institución,
se debe solicitar el expediente técnico correspondiente para su
evaluación.

b. De encontrar roca en las estructuras de apoyo o accesos, se debe realizar


Estudios de Mecánica de Rocas que permitan caracterizar y evaluar su
grado de estabilidad.
c. La memoria de cálculo de la capacidad portante de los suelos y de los
cálculos de estabilidad de taludes de los accesos y de la excavación,
formaran parte del expediente técnico como anexo, de corresponder.
d. De corresponder, en estructuras existentes se deberá presentar un
informe técnico de evaluación de resistencia de dichas estructuras
utilizando métodos directos (testigos) o indirectos (esclerometría); así
mismo, la verificación de estabilidad de dichas estructuras a las nuevas
condiciones según los requerimientos del proyecto.
e. La verificación de la profundidad de cimentación estará referida a cotas
absolutas (msnm), debiendo verificarse que dicha cota se encuentre por
debajo del nivel de socavación total y que, de acuerdo a esta condición
crítica, la cimentación tenga una profundidad confinada no menor a la
asumida en los cálculos de capacidad portante.
f. Las fuerzas sísmicas de verificación de diseño se sustentarán en el
catálogo sísmico nacional y se calcularán a partir de los considerandos
establecidos en el Manual de Diseño de Puentes.
g. Los cálculos de capacidad de carga deben contemplar la influencia del
nivel freático, por tanto, es obligación del CONSULTOR verificar la cota de
este e incluir en el estudio esta información para su respectiva evaluación.
h. Se deberá presentar la metodología empleada, así como el cálculo de los
parámetros de diseño (cohesión, fricción, presión de poros, peso unitario,
etc.) sustentados mediante ensayos debidamente certificados, memorias
de cálculos y resultados de capacidad portante.
i. La cimentación en taludes podrá ser procedente siempre y cuando se
garantice fehacientemente la nula socavación de la zona de apoyo y se

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realicen análisis de estabilidad de taludes tanto en suelos como en rocas;
y para los cálculos de capacidad de carga se emplearán metodologías
propias de cimentación en taludes, considerando la resistencia al corte de
los materiales.
j. Cualquier otra consideración no contemplada en los presentes Términos
de Referencia y de corresponder, las alternativas de solución se ceñirán
al Manual de Puentes vigente.

2.4.3.3 HIDROLOGÍA E HIDRÁULICA.


Tendrá como objetivo verificar y confirmar las dimensiones de cada puente
propuesto en los Estudios de Ingeniería Básica (EIB), así como: el drenaje,
obras de protección de accesos y las estructuras de apoyo.

Sin ser limitativo deberá contener como mínimo lo siguiente:

2.4.3.3.1 HIDROLOGÍA.
a. El Consultor al inicio de la etapa del estudio, deberá realizar una
inspección y evaluación hidrológica sobre el comportamiento y
funcionamiento del puente o estructura de cruce a reemplazar
(incluir entre otros, dimensiones existentes, características
geométricas de apoyos, ángulo de esviamiento, etc.), sobre todo
durante la ocurrencia de eventos extremos como el Fenómeno El
Niño ocurrido.

b. Presentar los parámetros geomorfológicos a utilizar en el estudio y


algunos parámetros complementarios de la cuenca y/o sub
cuencas.

c. Presentar la red de estaciones meteorológicas disponibles en la


zona del Proyecto, las estaciones seleccionadas y representativas a
ser utilizadas en los cálculos hidrológicos, y los respectivos registros
históricos actuales de las estaciones meteorológicas analizadas
(precipitación y/o caudales máximos, precipitaciones y/o caudales
medios, etc.) debidamente certificadas por las entidades
encargadas de las mediciones.

d. Las informaciones hidrometeorológicas e hidrométricas antes de


ser usadas, deberán ser completadas y ajustadas a una función de
distribución para eventos máximos.

e. El CONSULTOR deberá realizar el levantamiento del perfil de la


sección transversal del cauce utilizando los aparatos apropiados
tales como el ecosonda u otros similares que garanticen la
profundidad del cauce lo más aproximado posible en el eje del

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puente proyectado. Así mismo, se determinará el nivel de aguas
medias ordinarias y extraordinarias en el eje (NAMO y NAME).

f. El estudio hidrológico deberá contener los análisis de consistencia


de la información hidrológica básica correspondiente, los análisis
de frecuencias, la estimación de los caudales máximos de diseño
para diferentes periodos de retorno (tanto para el puente, obras de
protección, drenaje en accesos y estudio de socavación).

g. Presentar la información terminada, luego de los análisis de


consistencia, valores atípicos, o cualquier control de calidad.

h. El estudio hidrológico deberá estimar los períodos de estiaje,


período de crecidas, ocurrencia de eventos extremos y establecer
en el estudio las recomendaciones a tener en cuenta durante la
construcción de las obras.

2.4.3.3.2 HIDRÁULICA
a. Realizar estudios de la morfología fluvial y características
hidráulicas del cauce del río en la zona de emplazamiento del
puente, nivel máximo y ordinario de agua, pendiente, tipo de flujo,
estudios de suelos en las áreas de ubicación de los apoyos
(granulometría, diámetros representativos, etc.).
b. Los parámetros hidráulicos serán determinados previo a los
ensayos de laboratorio como el diámetro medio de las partículas
del lecho de rio (mm), peso volumétrico seco del material (Kg/m3),
estos valores serán determinados según el tipo de material que
presenta el lecho. Así mismo, deberán determinar el coeficiente
Manning (n) del cauce y de los bordes.
c. La luz, altura, niveles de socavación potencial, gálibo y obras de
protección o de encauzamiento, en cada puente serán evaluados
de acuerdo a los caudales de diseño. Se presentarán las secciones
hidráulicas cada 20 m en tramos rectos y 10 m en tramos curvos.
d. La luz mínima del puente modular deberá ser tal que no ocasione
estrechamiento de la sección hidráulica del río, con el objeto de
evitar la formación de curvas de remanso, acumulación de
sedimentos aguas arriba y resalto hidráulico inmediatamente
aguas abajo del puente, cuya formación de vórtices puedan
comprometer seriamente la estabilidad de los apoyos.
e. EL CONSULTOR propondrá soluciones y/o dimensiones, cuyo
estándar o magnitud hidráulica no será menor a la que presenta la
estructura existente a reemplazar.

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f. La altura libre de cada puente modular deberá permitir el pase de
material sólido flotante y deberá estar de acuerdo a lo establecido
en las Normas de Diseño vigentes.
g. Determinación de las profundidades de socavación potencial total
(general, local, curvas, etc.) en la zona de los apoyos de cada
puente modular con la mayor precisión posible, con el objeto de
verificar la cota de desplante de las estructuras de apoyo con el
nivel de confianza esperada.
h. En las zonas donde se producen erosión de ribera y que podrían
afectar la estabilidad de las estructuras de apoyo, deberán
diseñarse las obras de protección más convenientes, como muros
de contención, enrocados, gaviones u otros, debiendo establecer la
longitud, altura y nivel de desplante de la estructura seleccionada,
entre otros.
i. De plantearse obras de protección como enrocados, se deberán
establecer los diámetros mínimo y máximo de las rocas, calidad y
gradación de la roca en función a la capacidad de arrastre del flujo
y su resistencia a la abrasión, diseñándose filtros de protección para
evitar el lavado de finos, previamente se deberá verificar la
disponibilidad de material para estas obras de protección.
j. Los criterios de diseño hidráulico serán concordantes con lo
establecido en el Manual de Hidrología, Drenaje e Hidráulica y el
Manual de Diseño de Puentes del MTC.

2.4.3.4 ESTRUCTURAS.

a. Elaborará la memoria descriptiva para la Instalación del puente modular,


en la que se describa claramente todos los aspectos relacionados con el
puente, tales como antecedentes, accesibilidad a la zona de trabajo,
facilidad y disposición de materiales para la construcción, ubicación y tipo
de los desvíos provisionales, describir las obras de arte menores
complementarias que sean necesarias en la inversión, etc.
b. Determinará la selección del tipo de material a utilizar, así como la forma
de los elementos que se requieran para las estructuras de apoyo.
c. Se propondrán subestructuras adecuadas en función a los ensayos,
conclusiones y recomendaciones de los Especialistas en Geotecnia,
Hidrología e Hidráulica.
d. Se diseñará los elementos para el apoyo de los puentes modulares en
base a la información de la capacidad de carga admisible del suelo de
fundación, asentamientos diferenciales, niveles de aguas máximas
extraordinarias, niveles de aguas mínimas, niveles de socavación,
disponibilidad de materiales y equipos en la zona de trabajo, así como el
aspecto económico.

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e. En el Costo Directo el CONSULTOR deberá incluir las partidas
correspondientes a la implementación del Protocolo Sanitario en el marco
de la aplicación de la Resolución Ministerial N° 257-2020-MTC/01: Anexo
II: Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19, en los
contratos de ejecución de obras y servicios de la red vial.
f. El expediente incluye el diseño de todas las estructuras de obras de arte
menores necesarias para un adecuado funcionamiento del puente, como
es el caso de muros de contención, protecciones de estribos, defensas
ribereñas y otros, en concordancia también con los accesos al puente y
entorno del cauce de ser necesario.
g. De ser el caso, se efectuará el reconocimiento en campo de todos los
componentes existentes con la finalidad de efectuar la verificación
estructural acorde para los objetivos de los trabajos programados según
la normatividad vigente, para dicho efecto, deberá efectuar el
levantamiento de sus dimensiones, verificación de la calidad del concreto
y de los aparatos de apoyo utilizados en su construcción, así como,
determinar su profundidad de cimentación a través de metodologías que
sean valederas y fiables.
h. En caso se determine la necesidad de reforzar la estructura existente, el
CONSULTOR deberá considerar las soluciones técnicas adecuadas que
permitan materializar dichos refuerzos.
i. Se considerarán losas de aproximación y muros contra impactos en
ambos extremos del puente modular.
j. Se precisa que se realizará el diseño de todos los elementos que permitan
la instalación del puente modular teniendo en cuenta sus diferentes
etapas constructivas, los que serán incluidos en planos, secuencias de
construcción, incluyendo montaje y lanzamiento del puente modular.
k. Se establecerá la pendiente longitudinal del puente modular como nula
de ser posible. De no ser así deberá considerarse la menor pendiente
posible indicada por el fabricante.
l. Se deberá considerar las diferentes etapas para el montaje del puente
modular teniendo en cuenta el traslado de las estructuras desde almacén
de Provias Descentralizado en Lima ubicado en el Km. 24.875 de la
carretera Panamericana Sur, distrito de Lurín, hasta la puesta en servicio.

2.4.3.5 METRADOS, ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS, PRESUPUESTO Y


ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.

a. Los metrados, análisis de precios unitarios y especificaciones técnicas se


corresponderán estrechamente y estarán compatibilizados entre sí, en
procedimientos constructivos, métodos de medición, y base de pago.

b. Los metrados se efectuarán considerando las partidas de obra a


ejecutar, la unidad de medida, los diseños y detalles constructivos
indicados en los planos.

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c. Los análisis de precios unitarios se efectuarán en forma detallada para
cada partida y sub partidas necesarias de acuerdo a las condiciones
particulares del puente, considerando la composición de mano de obra,
equipo, materiales y rendimientos. Los costos ambientales, deben ser
considerados, en lo posible en el costo directo de la obra.

d. El Presupuesto de la Obra debe ser calculado en base a los metrados y


análisis de precios unitarios, diferenciando los costos directos,
indirectos (gastos generales fijos y variables, utilidad) y el IGV que
corresponda.

e. El presupuesto deberá ser elaborado usando el programa S10 u otro


similar que la ENTIDAD disponga para su revisión y se debe presentar la
base de datos tanto en físico como en digital. Los precios de la mano de
obra deben ser sustentadas con el reporte actualizado y los insumos y
equipos mecánicos deberán de ser sustentados mediante dos
cotizaciones o fuentes como mínimo.

f. Las Especificaciones Técnicas serán desarrolladas para todas las partidas


consignadas en el presupuesto de obra y se sujetarán al Manual de
Carreteras - Especificaciones Técnicas Generales para Construcción EG-
2013, el Manual de Ensayos de Materiales EM-2016, el Manual de
Carreteras: Diseño Geométrico DG-2018 y otras normas aprobadas por
el MTC. Las especificaciones particulares serán concordantes con las
condiciones particulares del puente y tendrán como base las
recomendaciones y soluciones, formuladas y visadas por los respectivos
especialistas.

2.4.3.6 CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DE OBRA, ADQUISICIÓN DE MATERIALES Y


RELACIÓN DE EQUIPO MÍNIMO.

a. El CONSULTOR debe formular el cronograma de ejecución de obra,


considerando las restricciones que puedan existir para el normal
desenvolvimiento de los trabajos, tales como lluvias o condiciones
climáticas adversas, dificultad de acceso a ciertas áreas, etc. El
cronograma de ejecución de obra, se elaborará considerando todas las
partidas consignadas en el presupuesto de obra, empleando el método
PERT CPM y se presentará mediante un diagrama de barras (GANTT)
utilizando el software MS Project u otro software similar que la Entidad
disponga para su revisión, identificando las actividades o partidas que se
hallen en la ruta crítica del proyecto.

b. Debe elaborar y presentar el cronograma valorizado de ejecución de obra,


cronograma de movilización de las estructuras modulares y el
cronograma de adquisición de materiales concordados con el cronograma
de ejecución de Obra.

c. Deberá presentar la relación de equipo mínimo para asegurar el


cumplimiento de los trabajos en los plazos programados para el puente.

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2.5 COORDINACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE CONSULTORÍA.
La administración del contrato estará a cargo de la GIE, la cual designará un profesional para
tal fin.

Previa comunicación con el CONSULTOR, durante desarrollo del estudio y según considere la
ENTIDAD, se mantendrán reuniones de trabajo con EL CONSULTOR (Jefe de Estudio y/o
Especialistas), a fin de aclarar cualquier duda o inquietud que pueda ocurrir.

Los tiempos de revisión, evaluación, levantamiento de observaciones, conformidad y/o


aprobación de los Informes del Expediente Técnico y otros no están computados en el plazo
contractual, motivo por el cual no son causales de modificación del plazo contractual, no
dando derecho a EL CONSULTOR a reclamo de pago por prestaciones adicionales.

2.6 INFORMES A PRESENTAR POR EL CONSULTOR.

2.6.1 COMPONENTE INGENIERÍA.


El contenido descrito en cada uno de los informes, en el desarrollo del Expediente
Técnico, serán presentados según los plazos indicados en el cuadro siguiente:

TIEMPO DE ENTREGA DEL


INFORMES
CONSULTOR
A los 15 días calendario (de iniciado
INFORME N° 01
el servicio)
A los 35 días calendario (de iniciado
INFORME FINAL
el servicio)

Los Informes se presentarán en original y una copia + CD´s versión editable y en PDF.

Los estudios correspondientes a cada Informe, serán presentados en anillados


independientes y correctamente identificados, firmados, foliados y sellados por el
responsable de su formulación.

Los Informes deberán estar firmados por el Jefe de Estudio o el que haga sus veces, los
Especialistas del CONSULTOR y/o representante legal.

2.6.2 INFORME N° 01.


EL CONSULTOR presentará el Informe N° 01 con el avance realizado a nivel técnico y
deberá contener el siguiente contenido:

• Topografía, trazo y diseño vial (100%).


- Georreferenciación 100%.
- Topografía 100%.
- Trazo y Diseño Vial, planta y perfil al 100%.

• Estudio de Suelos y Geotecnia (100 %).


- De los accesos a los puentes (100 %).
- Geotecnia al 100%
- De canteras y fuentes de agua al 100% (de corresponder)

• Estudio de hidrología e hidráulica (50%).


- Hidrología (50%).

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- Hidráulica (50 %).

• Estudio de estructuras (50 %).


- Diseño de estructuras: Memoria de Cálculo (50 %).

• Ficha Técnica Socio Ambiental FITSA (100 %).


- EL CONSULTOR presentará la Ficha Técnica Socio Ambiental - FITSA requerida
por las autoridades competentes, de acuerdo con la normativa vigente
aplicable, la cual contemplará principalmente medidas para mitigar impactos de
material particulado, generación de residuos sólidos e incremento de ruido y
vibraciones entre otros.

- La FITSA para puentes modulares aplica siempre que no se sobrepongan a una


Área Natural Protegida o Zona de Amortiguamiento, de ser el caso se deberá
consultar ante el MINAM sobre la pertinencia de desarrollar una FITSA. Ver
Anexo N° 03.

2.6.3 INFORME FINAL.


El levantamiento de observaciones o correcciones que se efectúen a los informes se
presentaran integradas en un solo documento conformando el Informe Final.
EL CONSULTOR presentará el Informe Final con los siguientes capítulos elaborados al
100%.

• Estudio de hidrología e hidráulica (100%).


- Hidrología (100%).
- Hidráulica (100 %).

• Estudio de estructuras: elaborado al 100 %.

• Estudio de señalización y seguridad vial al 100% para la etapa de ejecución y de


operación.

• Procedimientos constructivos al 100%.


EL CONSULTOR, presentará el procedimiento constructivo adoptado para la
ejecución de la obra.

• Metrados, al 100%.
EL CONSULTOR deberá calcular los metrados por partidas para cada actividad
considerada en el presupuesto de la obra, teniendo en cuenta las unidades de
medición y base de pago indicadas en el Manual de Carreteras - Especificaciones
Técnicas Generales para Construcción EG-2013 y/o el Glosario de Partidas,
Aplicables a Obras de Rehabilitación, Mejoramiento; y Construcción de Carreteras
y Puentes (R.D. N.º 017-2012-MTC/14).

• Costos unitarios y presupuestos al 100%.


EL CONSULTOR, presentará la estructura del presupuesto de la obra conforme al
Manual de Carreteras - Especificaciones Técnicas Generales para Construcción EG-
2013 y metrados al 100% de las partidas.

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• Memoria descriptiva y especificaciones técnicas al 100%.

• Cronograma de ejecución de obra, adquisición de materiales y relación de quipo


mínimo al 100%.

• Gestión de riesgos de la ejecución de obras.


Información de acuerdo al ítem de Gestión de Riesgos en la planificación de la
ejecución de obras junto a los anexos según la Directiva N°012-2017-OSCE/CD y
Decreto Supremo N°056-2017-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 19 de
marzo del 2017 vigente desde el 03 de abril del 2017, que modifica el Reglamento
de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N°350-
2015-EF. El análisis de la gestión de riesgos está incluido en las actividades del Jefe
de Proyecto.
En el marco de gestión de riesgo, EL CONSULTOR, deberá desarrollar el Anexo N°
02, del DS N° 017-2018-MINAM, referido a la incorporación de criterios sobre
infraestructura natural y gestión del riesgo en un contexto del cambio climático.

• Las recomendaciones y/o precisiones que hagan los encargados de revisar los
informes deben considerarse en la presentación del Informe Final, debidamente
visados por el CONSULTOR, Jefe de Estudio y/o Representante Legal, así como por
los profesionales especialistas que elaboraron el estudio, se debe cumplir con lo
establecido en el Artículo 2 de la Ley N° 28858 y el numeral 5.1 del Artículo 5 del DS
N° 016-2008-Vivienda. Ver Anexo N° 02.

2.6.4 REVISIÓN DE INFORMES (REVISION DE LOS EXPEDIENTES TECNICOS).


La GIE, a través de los especialistas designados, supervisará la elaboración del
expediente técnico del puente, quienes revisarán cada uno de los informes y notificará
al CONSULTOR la conformidad u observaciones en un plazo establecido en el artículo
168 del RLCE.

De existir observaciones, la ENTIDAD comunicará al CONSULTOR indicando el sentido


de estas, debiendo el CONSULTOR subsanar las observaciones en el plazo de ocho (8)
días. Si pese al plazo otorgado, el CONSULTOR no cumpliese a cabalidad con la
subsanación, la ENTIDAD procederá de acuerdo al artículo 168 del RLCE.

Cuando, los informes requieran de la opinión favorable de otras entidades, los plazos
de revisión que estos requieran no estarán contenidos en el plazo de revisión de la
ENTIDAD.

Si EL CONSULTOR presenta los Informes y/o entregables y Absolución de


Observaciones (de ser el caso), sin que cuente con la documentación completa, será
devuelto y se dará por no presentado, al margen de las observaciones que se formulen,
la ENTIDAD, dentro de los cinco (05) días calendario, lo devolverá y no efectuará la
recepción o no otorgará la conformidad, según corresponda, debiendo considerarse
como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas.

Si el CONSULTOR se retrasa, o no cumple con presentar los Informes y/o entregables,


así como levantamientos de observaciones en los plazos establecidos en los párrafos
precedentes, se aplicará la penalidad por mora respectiva.

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Durante la revisión de los informes, podrán formularse observaciones, aun cuando
éstas se refieran a temas incluidos en alguno de los informes previos del expediente
técnico y que ya cuentan con la conformidad respectiva; las cuales deberán ser
subsanadas por EL CONSULTOR.

A la aprobación del Informe Final, el CONSULTOR expondrá ante la GIE el desarrollo y


alcances del Expediente Técnico y devolverá a la GIE, toda la documentación recibida
para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales.

Cualquier error, defecto u omisión que se detecte posteriormente deberá ser


subsanado por el CONSULTOR.

La documentación que se genere durante la ejecución del Expediente Técnico


constituirá propiedad de la ENTIDAD y no podrá ser utilizada para fines distintos a los
del Expediente Técnico contratado, sin consentimiento escrito del mismo.

2.7 CONFORMIDAD DEL SERVICIO.


La conformidad del servicio será emitida por la Gerencia de Intervenciones Especiales con la
aprobación administrativa, previo informe del especialista (s) designado (s) por la GIE,
expresando su Conformidad sobre el expediente técnico.

La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 168 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por la GIE.

2.8 RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR.


EL CONSULTOR asumirá la responsabilidad técnica total por los servicios profesionales
prestados para la elaboración del Expediente Técnico. La revisión de los documentos y
planos, durante la elaboración del Expediente Técnico, no exime a EL CONSULTOR de la
responsabilidad final y total del mismo.

EL CONSULTOR será responsable por la precisión de los Metrados del Expediente Técnico.

EL CONSULTOR como único responsable del Expediente Técnico, deberá garantizar la calidad
del servicio y responder por el trabajo realizado, de acuerdo a las normas legales durante los
siguientes tres (03) años después de la conformidad de obra otorgada por la Entidad, por lo
que, en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección, no podrá negar su
concurrencia. En caso de no concurrir a la citación antes indicada, se hará conocer su negativa
al OSCE y/o la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, para los efectos legales
consiguientes, en razón de que el servicio prestado es un acto administrativo por el cual es
responsable ante el Estado.

Si durante la ejecución de la obra se detectaran errores que requieran modificaciones


sustanciales en el Expediente Técnico, EL CONSULTOR estará obligado a subsanar o corregir,
a su costo, dichos errores u omisiones.

En el caso que EL CONSULTOR sea Consorcio, las empresas integrantes son solidariamente
responsables frente a la ENTIDAD.

2.9 ADELANTO DIRECTO


No será entregado.

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2.10 FORMA DE PAGO Y REQUISITOS
El pago se efectuará después de ejecutada y aprobada la respectiva prestación objeto del
contrato, previa conformidad emitida por el responsable de la Gerencia de Intervenciones
Especiales.

DESCRIPCION DEL SERVICIO % MONTO DEL CONTRATO


APROBACION DEL INFORME FINAL (Resolución Directoral
100 %
o equivalente que aprueba el Expediente Técnico)
TOTAL 100%

Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe
contar con la siguiente documentación:

- Informe del funcionario responsable de la Gerencia de Intervenciones Especiales


emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Notificación de la aprobación del informe.
- Comprobante de pago.
- Copia de pólizas de seguro
- Código de Cuenta Interbancaria - CCI

Dicha documentación se debe presentar en la Unidad de Tramite Documentario de Provias


Descentralizado, sito en Jirón Camaná N°678 – Cercado de Lima, piso 7.

2.11 LIQUIDACION DEL CONTRATO


EL CONSULTOR presentará a PROVIAS DESCENTRALIZADO la liquidación del contrato de
consultoría de obra dentro de los quince (15) días siguientes de haberse otorgado la
conformidad de la última prestación, en mérito a lo dispuesto en el Artículo 170° del
Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado. De no ser presentada la liquidación
en el plazo indicado, PROVIAS DESCENTRALIZADO efectuará y notificará la misma dentro de
los quince (15) días siguientes, a costo de EL CONSULTOR.

La liquidación, se presentará en original y copia, foliada y visada en todas sus hojas, debiendo
contener; ANALISIS DE LA LIQUIDACIÓN, CUANTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO, los mismos que deberán estar sustentados con todos los
documentos de la gestión del contrato, tales como: notificaciones, actas, resoluciones,
adendas, contrato, resumen de estado económico financiero del contrato, facturas,
comprobantes de pago, entre otros.

De no ser presentada, PROVIAS DESCENTRALIZADO cobrará los gastos administrativos por la


elaboración de la misma, que serán descontados de la Garantía de Fiel Cumplimiento.

2.12 PRODUCTO ESPERADO


El producto esperado es el Expediente Técnico de la Inversión: “MONTAJE, INSTALACIÓN Y
CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI”, ejecutado en
forma satisfactoria de acuerdo a lo requerido en el presente término de referencia y alcances
del contrato.

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2.13 PLAZO
El plazo para la elaboración del Expediente Técnico será de treinta y cinco (35) días
calendario.

Los tiempos de revisión, evaluación, levantamiento de observaciones, dar conformidad y/o


aprobación de los Informes del Expediente Técnico y Ficha Técnica Socio Ambiental FITSA, no
están computados en el plazo contractual, motivo por el cual no son causales de modificación
del plazo contractual, ni mucho menos le dará derecho a EL CONSULTOR a reclamar pagos
de gastos generales.

El plazo se computa desde el día siguiente de la Entrega de Terreno.

2.14 PENALIDAD POR MORA


De conformidad con el Artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado,
si el CONSULTOR incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto
del contrato, PROVIAS DESCENTRALIZADO le aplicará en todos los casos, una penalidad por
cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento
(10%) del monto contractual. La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de
acuerdo a la siguiente fórmula:

0.10 x Monto
Penalidad Diaria =
F x Plazo en días
Donde:

F = 0.40 para plazos menores o iguales a 60 días.


F = 0.25 para plazos mayores a 60 días

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el


contrato o documento equivalente parcial o totalmente por incumplimiento mediante la
remisión de Carta Simple suscrita por el funcionario de igual o superior nivel de aquel que
suscribió la Orden de Servicio.

2.15 OTRAS PENALIDADES


Procede igualmente la aplicación de otras penalidades en virtud a lo establecido en el Artículo
163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado según el siguiente detalle:

N° Supuestos de aplicación de Forma de cálculo Procedimiento


penalidad
1 Cuando el personal acreditado UNA (1) UIT por cada día de ausencia del Según Informe de la GIE.
permanece menos de sesenta (60) días personal en el plazo previsto.
calendario o del íntegro del plazo de
ejecución de la prestación, si este es
menor a los sesenta (60) días, de
conformidad con las disposiciones
establecidas en el numeral 190.2 del
artículo del Reglamento.
2 En caso culmine la relación contractual 0.5 UIT por cada día de ausencia del personal. Según Informe de la GIE.
entre EL CONSULTOR y el personal
ofertado y la Entidad no haya aprobado
la sustitución del personal por no cumplir
con las experiencias y calificaciones
requeridas.

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N° Supuestos de aplicación de Forma de cálculo Procedimiento
penalidad
3 En caso el contratista incumpla con su 0.5 UIT por cada día de ausencia del personal. Según Informe de la GIE.
obligación de ejecutar la prestación con
el personal acreditado o debidamente
sustituido.
4 Inasistencia de personal clave a 0.05% del monto del contrato vigente, por Acta de reunión de trabajo e Informe
reuniones de trabajo convocados por la inasistencia, por profesional y por cada reunión del Administrador del Contrato. La
Entidad penalidad se realizará por cada
profesional ausente.

Estas penalidades se calculan de forma independiente a la penalidad por mora. La penalidad


se aplicará automáticamente, y puede alcanzar un monto máximo equivalente al diez por
ciento (10%) del monto del contrato vigente de conformidad al Artículo 163 del Reglamento
de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado

2.16 RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS.

El CONSULTOR es responsable por los vicios ocultos, errores, deficiencias que deriven a partir
de la elaboración del presente expediente técnico por un plazo de tres (3) años después de
la conformidad de obra otorgada por la Entidad, de acuerdo a lo establecido en el numeral
40.3 del artículo 40 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado N° 30225.

El CONSULTOR asumirá la responsabilidad total de los servicios profesionales prestados para


la elaboración del Expediente Técnico materia del presente términos de referencia. Debe
considerarse lo establecido en el Artículo 173. Del Reglamento de la Ley de Contrataciones
del Estado N° 30225, “Vicios ocultos” señala que: “La recepción conforme de la Entidad no
enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos”.

2.17 PROPIEDAD INTELECTUAL

De acuerdo a la materia de contratación, precisar que la entidad tendrá todos los derechos
de propiedad intelectual (Sin limitación, patentes, derechos de autor, nombres comerciales
y marcas registradas respecto a los productos u otros materiales relacionados a la
contratación).

2.18 CONFIDENCIALIDAD

El POSTOR deberá cumplir con la Confidencialidad y Reserva Absoluta en el manejo de


información a la que se tenga acceso y que se encuentre relacionada con la prestación,
quedando prohibido revelar dicha información a terceros.

En tal sentido, el POSTOR deberá dar cumplimiento a todas las políticas y estándares
definidos por la Entidad en materia de seguridad de la información. Dicha obligación
comprende la información que se entrega, así como la que se genera durante la ejecución de
las prestaciones y la información producida una vez que se haya concluido las prestaciones.
Dicha información puede consistir en mapas, dibujos, fotografías, mosaicos, planos,
informes, recomendaciones, cálculos, documentos y demás documentos e información
compilados o recibidos por el proveedor.

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2.19 NORMAS ANTICORRUPCIÓN

El proveedor / contratista acepta expresamente que no llevará a cabo, acciones que están
prohibidas por las leyes locales u otras leyes anticorrupción. Sin limitar lo anterior, el
proveedor / contratista se obliga a no efectuar algún pago, ni ofrecerá o transferirá algo de
valor, a un funcionarios o empleado gubernamental o a cualquier tercero relacionado con el
servicio aquí establecido de manera que pudiese violar las leyes locales u otras leyes
anticorrupción, sin restricción alguna.
En forma especial, el proveedor contratista declara con carácter de declaración jurada que
no se encuentra inmerso en algún proceso de carácter penal vinculado a presuntos ilícitos
penales contra el Estado Peruano, constituyendo su declaración, la firma del mismo en la
Orden de Servicio de la que estos términos de referencia forman parte integrante.

2.20 NORMAS ANTISOBORNOS

El proveedor, no debe ofrecer, negociar o efectuar, cualquier pago, objeto de valor o


cualquier dádiva en general, o cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato,
que pueden constituir un incumplimiento a la ley, tales como robo, fraude, cohecho o tráfico
de influencias, directa o indirectamente, o a través de socios, integrantes de los órganos de
administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas
vinculadas, en concordancia a lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Contrataciones del
Estado, Ley N° 30225, los artículos 248° y 248°-A de su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo N° 350-2015-EF.

Asimismo, el proveedor se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del


contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o
de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participantes,
integrantes de los órganos de administración apoderados, representantes legales,
funcionarios, asesores y personas vinculadas en virtud a lo establecido en los artículos antes
citados de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

Asimismo, el proveedor se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de


manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviere
conocimiento; así también en adoptar medidas técnicas, prácticas, a través de los canales
dispuestos por la entidad.

De la misma manera, el proveedor es consciente que, de no cumplir con lo anteriormente


expuesto, se someterá a la resolución del contrato y a las acciones civiles y/o penales que la
entidad pueda accionar.

2.21 PROTOCOLO SANITARIO SECTORIAL PARA LA PREVENCION DEL COVID – 19, EN LOS
CONTRATOS DE CONSULTORIAS DE OBRAS

Mediante R. M. Nº 0257-2020-MTC/01 de fecha 07.05.2020, se aprobaron los Protocolos


Sanitarios Sectoriales. En el Anexo III, se aprobó el Protocolo Sanitario Sectorial para la
prevención del COVID-19, en los contratos de consultorías de obras, el mismo que se
encuentra en el Anexo Nº 04 y debe ser cumplido por el consultor en el proceso de
elaboración del expediente técnico.

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Asimismo, deberá tener en cuenta lo dispuesto por las Resoluciones Ministeriales Nos. 239,
265 y 283-2020-MINSA.

Los costos de la implementación del Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del
COVID-19, están considerados en el Costo Directo.

2.22 RECURSOS MÍNIMOS Y OPERACIONALES QUE DEBERÁ PROPORCIONAR.

2.22.1 RECURSOS MÍNIMOS PROFESIONALES, TÉCNICOS Y AUXILIARES.

• EL CONSULTOR, proporcionará y dispondrá de un plantel adecuado de


profesionales, técnicos, administrativos y personal de apoyo, los cuales contarán
con medios de transporte y comunicación necesarios para cumplir eficientemente
sus obligaciones.

• Todo el personal asignado a la elaboración del Expediente Técnico tendrá


permanencia durante el período y en la oportunidad señalada en la propuesta de
EL CONSULTOR.

• Todo el personal está obligado a participar como mínimo en el porcentaje de


participación y tiempo establecido en la oferta de EL CONSULTOR.

• EL CONSULTOR utilizará el personal profesional especificado en su propuesta,


indicándose que sólo están permitidos cambios por muerte, incapacidad
sobrevenida, inhabilitación profesional posterior a la presentación de las ofertas y
por sustitución de personal autorizada por la entidad. En caso no enmarcarse el
cambio en las causales antes señaladas se aplicará la penalidad que corresponda.

2.22.2 REQUISITOS DEL CONSULTOR

Persona natural y/o jurídica, quien deberá contar con Registro Nacional de
Proveedores del Estado (RNP) de Consultor de Obra en la especialidad de obras
viales, puertos y afines, categoría B o superior.

EL CONSULTOR, debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA


(1) VEZ EL VALOR REFERENCIAL por la contratación de servicios de consultoría de
obras iguales o similares al objeto de la convocatoria durante los diez (10) años
anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha
de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda.

Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes:


• La elaboración de Estudios Definitivos o expedientes técnicos de Construcción y/o
reconstrucción y/o rehabilitación y/o mejoramiento de Puentes Vehiculares.

• Elaboración de planes de trabajo para la instalación y/o lanzamiento de puentes


modulares y/o montaje de puentes modulares metálicos (Obras – Servicios).

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• También serán válidas las experiencias en la Supervisión de Elaboración de
Expedientes Técnicos de Puentes Vehiculares y/o Supervisión de Construcción de
Puentes Vehiculares, mejoramiento y/o rehabilitación y/o ampliación de puentes
vehiculares. No incluye puentes peatonales.

2.22.3 DEL PERSONAL:

Personal clave
Cargo Profesión Experiencia
Jefe del Ingeniero Civil Dos (02) años de experiencia en consultoría de
proyecto obras similares, que se computa desde la
colegiatura.
Especialista en Ingeniero Civil Un (01) año de experiencia en consultoría de
Estructuras y obras similares, que se computa desde la
obras de arte colegiatura.
Especialista en Ingeniero Civil y/o Un (01) año de experiencia en consultoría de
Suelos y Ingeniero Geólogo obras similares, que se computa desde la
Geotecnia colegiatura.
Especialista en Ingeniero Civil Un (01) año de experiencia en consultoría de
Hidrología e obras similares, que se computa desde la
Hidráulica colegiatura.
Especialista en Ingeniero Un (01) año de experiencia en consultoría de
Seguridad y obras similares, que se computa desde la
Medio Ambiente colegiatura.

Otro personal
Cargo Profesión Experiencia
Especialista en Ingeniero Civil Un (01) año de experiencia en consultoría de
Metrados, obras de infraestructura vial, que se computa
Costos y desde la colegiatura.
Presupuestos

Especialista Profesional en Un (01) año de experiencia en consultoría de


Social Ciencias Sociales obras de infraestructura vial, que se computa
y/o afines desde la colegiatura.

2.22.4 CONDICIONES DE LOS CONSORCIOS:

De conformidad con el numeral 49.5 del artículo 49 del Reglamento, el área usuaria puede
incluir lo siguiente:

El número máximo de consorciados es de dos (2).

El porcentaje mínimo de participación de cada consorciado es de 40%.

El porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para el integrante del


consorcio que acredite mayor experiencia, es de 60%.

2.23 SEGUROS.

Los Seguros que EL CONSULTOR deberá mantener vigente durante la prestación del servicio
serán los siguientes:

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• EL CONSULTOR debe contratar Seguros Complementarios de Trabajo de Riesgo (Salud y
Pensión) – SCTR para su equipo técnico y personal que realice las visitas de campo, tales
como: Jefe del proyecto, Especialistas, Ingenieros, topógrafo, ayudantes y otros. Cabe
precisar que esto afecta únicamente a la relación contractual entre EL CONSULTOR y su
equipo técnico, pues PROVIAS DESCENTRALIZADO no tiene obligación alguna al respecto.

• Seguro SOAT de vehículos utilizados.

2.24 PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES FINALES.


- EL CONSULTOR elaborará el Expediente Técnico del Proyecto de Ejecución de Obra, el
mismo que deberá ser sellado y firmado en todas sus páginas por EL CONSULTOR o el
Representante Legal, así como por los profesionales especialistas que elaboraron el
estudio de corresponder, mostrando el sello con su registro del C.I.P, en señal de
conformidad técnica en todo el contenido, asumiendo responsabilidad ésta por la revisión
y control técnico en todos sus efectos.
- En la memoria Descriptiva se incluirá una relación de todos los profesionales responsables
de cada actividad del proyecto, esta relación mostrará especialidad, nombre, registro
profesional y firma.
- El Informe Final será presentado en ORIGINAL (por cada especialidad). Además, EL
CONSULTOR deberá entregar los CD’s con los archivos correspondientes al Expediente
Técnico, en una forma ordenada y con una memoria explicativa indicando la manera de
restituir totalmente el Informe Final.
- El informe final se presentará en archivadores tipo pioner color blanco.
- EL CONSULTOR entregará en archivos digitales editables toda la información
correspondiente a los informes parciales y final del estudio, en forma ordenada y con una
memoria explicativa, indicando la manera de reconstruir totalmente dichos informes, en
original y dos copias.
- EL CONSULTOR deberá entregar como mínimo doce (12) vistas fotográficas ordenadas
secuencialmente con descripción e indicación de las estructuras a construir (indicar con
progresivas).
- Los planos originales y las copias deben ser presentados de manera ordenada y en
archivadores pioner color blanco que permitan su fácil desglosamiento, deberán estar
identificados por una numeración y codificación adecuada y además de consignar la fecha,
sello y firma del Representante Legal, Jefe de Estudio y Profesionales Especialistas.

PLANOS.

- Respecto a los Planos de Diseño serán presentados en “CD” en archivos de formato CAD
o MicroStation o AutoCAD.
- Los Planos originales y las copias deben ser presentados en formato A1 ordenados en uno
o varios archivadores pioner color blanco, de manera que permitan su fácil
desglosamiento para hacer reproducciones. Deberán estar identificados por una
numeración y codificación adecuada y mostrarán la fecha, sello y firma del EL CONSULTOR
e ingenieros especialistas de corresponder.
- Todos los planos se dibujarán en formato A1, a escalas según las Normas de Diseño
Geométrico de Carreteras (DG-2018) y a falta de estas las que la experiencia y buena
práctica de la ingeniería, aconsejan.

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- Las secciones transversales deberán ser dibujadas en escala 1:200. Los planos de las obras
de arte y drenaje deben presentarse por cada una y en una escala 1:200, en planta, cortes
respectivos y detalles.
- El plano general de ubicación (PLANO CLAVE), deberá ser dibujado en escala 1:5000 u otra
escala adecuada, con progresivas y ubicación de obras de arte (existentes y proyectadas),
centros poblados que atraviesa, zonas críticas, canteras de materiales y fuentes de agua
u otra información que estime necesario EL CONSULTOR.
- Los planos tendrán una presentación y tamaño uniforme, debiendo ser entregados en
archivador pioner color blanco, que los mantenga unidos, pero que permita su fácil
desglosamiento.

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2.25 ESTRUCTURA DE COSTOS
"EXPEDIENTE TECNICO PARA EL MONTAJE, INSTALACION Y CONSTRUCCION DE OBRAS CIVILES DEL
PUENTE IBIATIA - UCAYALI

PRESUPUESTO JUNIO 2020


IBIATIA (39,20 m ) TOTAL
Costo Diario
Item Descripción Und. Cantidad Plazo Sub total Plazo Total
(S/)
(días) (S/) (días) (S/)

I Personal Profesional - Técnico


A Personal Profesional (incluye leyes sociales) 0.00
1 Jef e de Estudio Día 1 35 35
2 Especialista en Estructuras y obras de arte Día 1 10 10
3 Especialista en Suelos y Geotécnia Día 1 10 10
4 Especialista en Hidrología e Hidráulica Día 1 10 10
5 Especialista en Seguridad y Medio Ambiente Día 1 10 10
6 Especialista en Metrados, Costos y Presupuestos Día 1 10 10
7 Especialista Social Día 1 3 3
B Personal Técnico (inluye leyes sociales) 0.00
1 Dibujante de autocad, digitador Día 1 7 7
2 Topógraf o Día 1 5 5
3 Ayudante de Topograf ía Día 2 3 3
II Viáticos (Alim entación, hospedaje y pasajes) 0.00
1 Personal Prof esional y Técnico Glb 1
III Vehículos 0.00
1 Tipo Minivan de 11 pasajeros 4x4 (incluye chof er y combustible)
Día 1 10 10
IV Equipos y Servicios de Ingeniería 0.00
1 Alquiler de equipo de Topograf ía y otros Día 1 3 3
2 Certif icación Pluviométrica de 25 años del SENAMHI Glb 1
3 Servicio de ensayos estandar, especiales y otros Glb 1
V Materiales y útiles de oficina 0.00
1 Utiles de Of icina y Dibujo Glb 1
2 Copias y Reproducciones, impresiones y ploteos Glb 1
VI Im plem entación Protocolo Sanitario COVID-19 0.00
1 Equipos de Protección Personal Glb 1
2 Equipos de Evaluación Glb 1
3 Artículos de higiene y limpieza Glb 1
VII Seguros 0.00
1 SCTR (Seguro Complem. de Trabajo de Riesgo) Glb 1

Costo Directo 0.00


Gastos Generales %
Utilidad %
Sub Total sin IGV 0.00
I.G.V. 18%
Total General 0.00

SON:

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2.26 REQUISITOS DE CALIFICACION

B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL


B.1 CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE
FORMACIÓN ACADÉMICA

Requisitos:

1. Jefe de Estudio ………………………………………………......... Ingeniero Civil


2. Especialista en Estructuras y Obras de Arte …...……………..…Ingeniero Civil
3. Especialista en Suelos y Geotecnia... …………………………… Ingeniero Civil y/o Ingeniero Geólogo
4. Especialista en Hidrología e Hidráulica……. …………..…………Ingeniero Civil
5. Especialista en Seguridad y Medio Ambiente ………………….. Ingeniero

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

B.2 EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE


Requisitos:

Para el requisito de calificación del personal profesional, será válida aquella experiencia adquirida desde la titulación
y colegiación del mismo a la fecha de presentación de propuestas.

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento

CARGO O
N° CANT PROFESION REQUERIMIENTO MINIMO PERSONAL
ESPECIALIDAD

Dos (02) años de experiencia en consultoría de obras similares, que se


1 1 Jefe de Estudio Ingeniero Civil computa desde la colegiatura.
Especialista en
Un (01) año de experiencia en consultoría de obras similares, que se
2 1 estructuras y obras de Ingeniero Civil
computa desde la colegiatura.
arte
Especialista en suelos Un (01) año de experiencia en consultoría de obras similares, que se computa
3 1 Ingeniero Civil y/o
y geotecnia desde la colegiatura.
Ingeniero Geólogo
Especialista en Un (01) año de experiencia en consultoría de obras similares, que se computa
4 1 Ingeniero Civil
hidrología e hidráulica desde la colegiatura.
Especialista en
Un (01) año de experiencia en consultoría de obras similares, que se computa
5 1 Seguridad y Medio Ingeniero
desde la colegiatura.
Ambiente
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Importante
De conformidad con el artículo 186 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con la misma experiencia
establecida para el residente de obra. Asimismo, el jefe del proyecto para la elaboración del expediente
técnico debe cumplir con la experiencia exigida en el artículo 188 del Reglamento.

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B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
B.3 EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO
Requisitos:
El Consultor deberá poner a su disposición de la consultoría su propio equipamiento mínimo clasificado como estratégico, para
ejecutar la prestación objeto de la convocatoria, como:

Equipo mínimo:

a) Equipos de Ingeniería (Topografía)*.


Una (01) Estación Total, la precisión de la lectura angular deberá estar comprendida entre 3 y 5 segundos.
Dos (02) Prismas, el alcance de la medida deberá estar comprendida como mínimo entre 1500 y 2000 metros
Un (01) Equipo portátil Drones de transporte aérea, a fin tomar fotografías instantáneas y autofotos aéreas perfectos
que se guardan en la memoria.

b) Una (01) Una Camioneta 4x4, con una antigüedad no mayor a 5 años*

Acreditación:

De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato
C EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD

Requisitos:

El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA VEZ EL VALOR REFRENCIAL, por la
contratación de servicios de consultoría de obra iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los diez
(10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la fecha de la conformidad
o emisión del comprobante de pago, según corresponda.

Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes:

- La elaboración de Estudios Definitivos o expedientes técnicos de Construcción y/o reconstrucción y/o


rehabilitación y/o mejoramiento de Puentes Vehiculares.
- Elaboración de planes de trabajo para la instalación y/o lanzamiento de puentes modulares y/o montaje de
puentes modulares metálicos (Obras – Servicios).
- También serán válidas las experiencias en la Supervisión de Elaboración de Expedientes Técnicos de
Puentes Vehiculares y/o Supervisión de Construcción de Puentes Vehiculares, mejoramiento y/o
rehabilitación y/o ampliación de puentes vehiculares. No incluye puentes peatonales.

Acreditación:

La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de servicios
y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite
documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier
otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el
mismo comprobante de pago1.

1
Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:

“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser
considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir
ello equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha
sido cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado”
o “pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual
debiera reconocerse la validez de la experiencia”.

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Los postores pueden presentar hasta un máximo de veinte (20) contrataciones para acreditar el requisito
de calificación y el factor “Experiencia de Postor en la Especialidad”.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe
acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan
contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas
en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad.

En el caso de servicios de supervisión en ejecución, solo se considera como experiencia la parte del contrato que
haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las conformidades
correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el
contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en
el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012,
la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las
Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de
participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se
consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el
postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación
sustentatoria correspondiente.

Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una reorganización societaria,
debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.

Cuando en los contratos, órdenes de servicio o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado
en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros
y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio o de cancelación
del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor
en la Especialidad.

Importante
• El comité de selección debe valorar de manera integral los documentos presentados por el
postor para acreditar la experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos
presentados la denominación del objeto contractual no coincida literalmente con el previsto en
las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades que ejecutó el postor
corresponden a la experiencia requerida.

• En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva


“Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.

2.27 FORMULA DE REAJUSTE

Los pagos estarán sujetos a reajuste establecido en el Artículo 38 del Reglamento de la


Ley de Contrataciones D.S. 344-2018-EF (31/12/2018):

Pr = [Po x (lr/lo)] – [(A/C) x Po x (Ir – la)/(la)] – [(A/C) x Po]

Donde:

Pr = Monto de la valorización reajustada


Po= Monto de la valorización, a precios del mes de la fecha correspondiente a la
Propuesta.

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Ir = Índice general de precios al Consumidor (INEI-LIMA) a la fecha de la
valorización.
Io= Índice general de precios al Consumidor (INEI-LIMA) al mes de la fecha
correspondiente a la Propuesta
Ia= Índice general de precios al Consumidor (INEI-LIMA) a la fecha de pago del
Adelanto
A = Adelanto directo entregado.
C = Monto del Contrato Principal

El primer monomio expresa la valorización reajustada; el segundo, la deducción del


reajuste que no corresponde por el adelanto Directo otorgado y el Tercero la
Amortización del Adelanto Directo otorgado.

2.28 ANEXOS

Contenidos técnicos, a ser desarrollados en el presente estudio:

Anexo 01: Contenido de Expediente Técnico


Anexo 02 : Gestión de Riesgos en la Planificación de la Ejecución de Riesgos
Anexo 03: Ficha Técnica Socio Ambiental – FITSA
Anexo 04: Protocolo Sanitario Sectorial

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ANEXO Nº 01
CONTENIDO DE EXPEDIENTE TÉCNICO

I. Volumen Nº 01 – Resumen Ejecutivo

II. Volumen Nº 02 – Memoria Descriptiva

II.1. Descripción General


II.1.1. Memoria Descriptiva para cada una de las especialidades que conforman el
proyecto, en concordancia con lo señalado en los presentes Términos de
Referencia.
II.1.2. Resumen del presupuesto de obra y cronogramas de ejecución de obra, equipo
y materiales y relación de equipo mínimo.
II.1.3. Planos de Ubicación, Planos Generales
II.1.4. Conclusiones y Recomendaciones.

III. Volumen Nº 03 – Estudios de Ingeniería Básica


III.1 Estudio de Topografía
III.2 Estudio Geotecnia.
III.3 Estudio de Hidrología e Hidráulica
III.4 Estudio de Estructuras y obras de arte.
III.5 Procedimientos Constructivos
III.6 Estudio de canteras y fuentes de agua (de corresponder)
III.6 Estudio de Señalización y seguridad vial
III.7 Ficha Técnica Socio Ambiental - FITSA.

IV. Volumen Nº 04 – Metrados, Costos y Presupuestos


IV.1 Metrados
Los metrados serán detallados por cada partida específica del presupuesto de obra y
se incluirán diagramas, secciones y croquis típicos, en los casos que corresponda y
sean necesarios para el sustento del metrado, por ejemplo:

IV.1.1 Metrados del Puente.

▪ Obras y Trabajos Preliminares (incluyendo demoliciones, desmontajes, así


como metrados de interferencias y obstrucciones, en concordancia con los
planos respectivos de corresponder).

▪ Subestructura de corresponder.

▪ Detalles Varios (juntas de dilatación, aparatos de apoyos, dispositivos


sísmicos, procedimientos constructivos y otros).

▪ Montaje e Instalación de Puente Modular (Se deben incluir todas las partidas
que sean necesarias para el montaje e instalación considerando desde el
transporte del puente, carguíos, obras complementarias hasta la puesta en
marcha del puente modular).

IV.1.2 Metrados de los Accesos (de corresponder).


▪ Movimiento de tierras

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▪ Base y sub base
▪ Pavimentos
▪ Obras de Arte y Drenaje
▪ Transportes
▪ Señalización y Seguridad Vial

IV.1.3 Metrados de Obras de Protección (de corresponder).

IV.2 Presupuesto de Obra


Se deberá realizar la siguiente estructura:

a. Memoria de Costos y Bases para el cálculo.


b. Resumen de Presupuesto.
c. Análisis de gastos generales.
d. Presupuesto de Obra.
e. Análisis de Precios Unitarios.
f. Análisis de Sub partidas.
g. Agrupamiento preliminar y Fórmula Polinómica.
h. Relación de Recursos.
i. Costo de Mano de Obra.
j. Costo de Materiales.
k. Costo de Alquiler de Equipo.
l. Relación de equipo mínimo.
m. Rendimiento de Transporte.
n. Cálculo de Flete y Movilización.
o. Cronograma de ejecución de Obra (Gantt y CPM).
p. Cronograma valorizado de ejecución de Obra (CAO).
q. Cronograma de Adquisición de materiales.
r. Cronograma de Utilización de equipo.
s. Cronograma de Desembolso Económico.
t. Otros relacionados y anexos, incluyendo cotizaciones (estudio de mercado),
reglamentos, normativas, disposiciones generales u otros documentos
sustentatorios.

V. Volumen Nº 05 – Especificaciones Técnicas.


Comprenderá las especificaciones técnicas materia de la obras a ejecutar, por rubros y
por cada partida del presupuesto de obra, comprendiendo la descripción de los trabajos,
métodos de construcción, calidad de materiales, sistemas de control de calidad, métodos
de medición y condiciones de pago, incluyendo el control de calidad y ensayos durante la
ejecución y para la recepción de la obra; asimismo comprenderá las actividades para la
conservación del medio ambiente, precisándose que cada una de las partidas que
conforman el presupuesto de obra deberá tener su respectiva especificación técnica.

VI. Volumen Nº 06 – Planos:


Los planos tendrán una presentación y tamaño uniforme, debiendo ser entregados
debidamente protegidos en archivadores pioner color blanco que los mantengan unidos
pero que permitan su fácil desglosamiento.

Deberán estar identificados por una numeración y codificación adecuada y mostrarán la


fecha, sello y firma del Jefe de Estudio y de los Especialistas, según su competencia.

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Sin estar limitados a la relación que a continuación se detalla, los planos más importantes
y su contenido serán los siguientes:

(1) Informe general e índice de planos.


(2) Plano de ubicación, mostrando las vías, centros poblados y proyectos más
importantes, dentro del área de influencia del estudio.
(3) Plano Topográfico, incluyendo los puntos de referencia de la carretera (Puntos
Geodésicos, Puntos de Poligonal Principal y de apoyo, BMs) cada uno de estos con su
respectiva designación y coordenadas (Norte, Este y cota en coordenadas UTM).
Escala 1/ 1000 y con curvas de nivel a intervalos de 1.00 m.
(4) Planos Clave.
(5) Plano de Secciones Tipo, incluyendo secciones de carreteras y puentes.
(6) Planos de Planta y Perfil (Diseño Geométrico rehabilitación, habilitación de accesos
y accesos provisionales).
(7) Planos de Secciones Transversales (accesos).
(8) Planos de depósitos de material excedente.
(9) Detalles estructurales de la Subestructura, indicando la capacidad de carga del suelo
de fundación y la máxima presión transmitida de corresponder.
(10) Planos de demoliciones y desmontajes, así como planos de interferencias y
obstrucciones de corresponder.
(11) Plano de obras de defensas ribereñas y de protección de corresponder.
(12) Plano Sistema de Drenaje de ser necesario.
(13) Plano de Secciones geotécnicas del área de apoyo de los puentes modulares y obras
de arte proyectadas y accesos de corresponder.
(14) Planos de Señalización y Seguridad Vial: Se presentarán a escala variable e incluirá la
señalización durante la ejecución de la obra, señalización vertical (señales
preventivas, restrictivas, informativas y ambientales), detalle de postes de fijación,
elementos de seguridad vial. Además, se presentará un plano general de señalización
y seguridad vial, a escala adecuada, ubicando claramente la correspondiente
señalización horizontal, vertical y los elementos de seguridad vial.
(15) Plano de montaje del Puente Modular de acuerdo al proveedor.

VII. Volumen Nº 07 – Discos Compactos


El CONSULTOR deberá entregar los discos compactos, con los archivos correspondientes
al Estudio, en los formatos AUTOCAD, MS WORD, EXCEL, S10 u otros softwares
estándares, incluido los archivos de HDM en una forma ordenada y con una memoria
explicativa indicando la manera de reconstruir totalmente el Informe Final. De igual forma
presentará los discos compactos correspondientes al escaneado del impreso del
Expediente Técnico debidamente firmado por los profesionales que elaboraron el Estudio.
VIII. Volumen Nº 08 Anexos
1. Información de campo y ensayos de laboratorio del estudio de geotecnia.
2. Información de campo Estudio de Estructuras y obras de arte y Memoria de Cálculo
Detallada de Estructuras de corresponder.
3. Estudio de canteras y fuentes de agua (de corresponder).
3. Panel fotográfico ordenado y detallado.
4. Recomendaciones

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ANEXO Nº 02

GESTIÓN DE RIESGOS EN LA PLANIFICACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS

1. OBJETIVOS
➢ Identificar y priorizar los diferentes tipos de riesgos del proyecto en estudio previsibles
de ocurrencia durante la ejecución de la obra.
➢ Cuantificar los riesgos que tengan mayor impacto en la rentabilidad del proyecto.
➢ Establecer las estrategias de mitigación de los riesgos del proyecto con prioridades e
impactos más altos.
➢ Proponer los parámetros con los que se controlará y monitoreará los riesgos durante
la ejecución del proyecto.

2. HIPÓTESIS
Aplicar una metodología de gestión o administración de riesgos del proyecto que permite
obtener mejores resultados en su rentabilidad, al identificar aspectos del proyecto que
pueden afectarlo de forma negativa y formular estrategias para hacer frente a los mismos.

3. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN O ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS


La planificación de la Gestión o Administración del riesgo es el proceso en que se definen
las actividades a realizar para administrar los riesgos de un proyecto. En esta etapa se
definen los recursos y el tiempo para las actividades de administración y se establece una
base para la evaluación de riesgos.

Información necesaria para iniciar con la planificación de la Gestión o Administración de


riesgos
• Alcance del proyecto: que define los entregables del proyecto, y brinda una manera
clara para identificación de riesgos.
• Programa de Inversiones: que indica cómo se utilizará el presupuesto para la
cobertura de riesgos, las contingencias y las reservas de gestión. Este programa Incluirá
la inversión (presupuesto y costos unitarios) necesaria para la implementación de cada
uno de los riesgos identificados. Se asigna recursos y se estima los fondos necesarios
para la administración de riesgos, para incluirlos en el presupuesto del proyecto.
• Cronograma de Actividades: define la forma en que se informarán y evaluarán las
contingencias del programa. Incluye la base de estructura de desglose de trabajo como cada
entregable lo cual facilitará la identificación de los riesgos para cada nivel y la categorización de
los mismos.
• Plan de gestión de las comunicaciones: define las interacciones que ocurrirán a lo largo del
proyecto y determina quien estará disponible para hacer circular la información sobre los
diversos riesgos y sus respuestas en diferentes momentos.
• Factores ambientales de la empresa o CONSULTOR: se refiere a aquellos que puedan
influenciar en el proceso de planificación de administración de riesgos e incluye las
actitudes y tolerancias respecto al riesgo por parte de la organización.

TIPOS DE RIESGOS

A continuación, sin estar limitados en la identificación de riesgos, se detalla los diferentes


tipos de riesgos los cuales se deberá desarrollar según el proyecto de expediente técnico a
proyectar.

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Fuentes de Riesgos específicos
Riesgos
• Problemas geotécnicos inesperados.
Técnicos • Supuestos inadecuados sobre asuntos técnicos en la fase de planeación.
• Fallas técnicas.
• Cambio de prioridades en el programa actual.
• Inconsistencia en los objetivos de costo, tiempo, alcance y calidad.
• Objeciones de las comunidades locales.
Externos
• Cambios en los factores políticos.
• Solicitudes de cambios de los interesados a última hora.

• Riesgo ambiental relacionado con el riesgo de incumplimiento de la


normativa ambiental y de las medidas correctoras definidas en la aprobación
de los estudios ambientales.
• Riesgo arqueológico que se traduce en hallazgos de restos arqueológicos
significativos que generen la interrupción del normal desarrollo de las obras
de acuerdo a los plazos establecidos en el contrato o sobrecostos en la
ejecución de las mismas.
• Riesgo de obtención de permisos y licencias derivado de la no obtención
Socio ambientales de alguno de los permisos y licencias que deben ser expedidas por las
instituciones u organismos públicos distintos a la Entidad contratante y que
es necesario obtener por parte de ésta antes del inicio de las obras de
construcción.
• Riesgo de expropiación de terrenos de que el encarecimiento o la no
disponibilidad del predio donde construir la infraestructura provoquen
retrasos en el comienzo de las obras y sobrecostos en la ejecución de las
mismas.
• Asignación de personal sin experiencia.
• Pérdida de personal crítico en una etapa crucial del proyecto.
• Tiempo insuficiente para planificar.
Organizacional • Carga de trabajo imprevista para el gerente del proyecto.
• Burocracia interna causa retraso en la obtención de
aprobaciones y decisiones.
• Nuevas prioridades agregadas al programa del proyecto

• Objetivo y necesidad del proyecto no está bien definido.


• Alcance del proyecto, programa, objetivos, costos y entregables no están
claramente definidos o comprendidos.
• Retrasos de los Consultores o Consultor.

Administración de • Fracaso en la comunicación del equipo de proyecto.


proyecto • Presión para entregar el proyecto con un programa acelerado.
• Falta de coordinación/comunicación.
• Cambio del personal clave a lo largo del proyecto.
• Mano de obra sin experiencia, personal inadecuado y disponibilidad
de recursos.

Riesgos de derecho de • Retraso en la reubicación de servicios públicos.


Vía. • Objeciones para evaluación del derecho de vía toma más tiempo y/o
costo.

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• Inadecuada estimación del tiempo contratado.
• Condiciones geotécnicas del suelo.
• Contaminación del suelo
• Peligros naturales.
• Riesgos de fallas operación.
• Defectos en la construcción.
• *Inherentes al tipo de construcción.
Constructivos • Cumplir las actividades tal y como estaban previstas en el plan original en
lo que se refiere a plazos.
• Imprevistos que retrasan la ejecución del proyecto.
• Retrasos por mal tiempo.
• Huelgas de los trabajadores.
• Accidentes laborales.
• Defectos en la construcción producto de una mano de obra deficiente.
• Desastres naturales (huaycos, inundaciones etc.).

• Cambios en el criterio sísmico.


Diseño • Fundación de puentes.
• Demanda de tráfico.

• Cambios en los reglamentos de calidad.


Normativos • Nuevos permisos o nueva información requerida.
• Requerimientos de las autoridades sectoriales.

• Financiamiento del proyecto: Deuda, capital


• Fluctuación de divisas
Financiero
• Cambios de las tasas de interés: riesgo de crédito.
• Las fluctuaciones de precios de productos básicos.
• Responsabilidad contractual: incumplimiento, acciones de terceros.
Contractuales • Indemnización: Clausulas de exoneración de responsabilidades.
• Formas de indemnización: Limitada, intermedia y amplia.

4. DEFINICIONES DE LA PROBABILIDAD E IMPACTO DE LOS RIESGOS:


Las definiciones generales de los niveles de probabilidad e impacto se adaptan a cada
proyecto individual durante el proceso de Planificación de la administración de riesgos para
usarse en el proceso de análisis cualitativo.
Una escala de la probabilidad de riesgos cae naturalmente entre 0.0 (no existe
probabilidad) y 1.0 (certeza). Evaluar la probabilidad del riesgo puede ser difícil ya que
normalmente se utiliza el juicio basado en la experiencia, el cual a menudo no tiene el
beneficio de la información histórica. Se puede usar una escala ordinal que representa
valores relativos de probabilidad desde improbable hasta casi seguro. O bien, se puede
asignar una escala general como: 0.1 / 0.3 / 0.5 / 0.7 / 0.9.
Las escalas de impactos de riesgos reflejan la severidad de sus efectos en los objetivos
del proyecto. El impacto puede ser ordinal o cardinal, dependiendo de los hábitos de la
organización que realiza el análisis. Las escalas ordinales son simplemente valores
ordenados por rango, tales como: muy bajo, bajo, moderado, alto y muy alto. Las escalas
cardinales asignan valores a estos impactos. Estos valores son generalmente lineales: 0.1
/0.3 / 0.5 / 0.7 / 0.9 o no son lineales: 0.05 / 0.1 / 0.2 / 0.4 / 0.8.

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5. REALIZAR EL ANÁLISIS CUALITATIVO DE RIESGOS
Este proceso evalúa la prioridad de los riesgos identificados en caso que se presenten,
usando la probabilidad relativa de ocurrencia y el impacto correspondiente sobre los
objetivos del proyecto. Además, evalúa otros factores como: el plazo de respuesta y la
tolerancia al riesgo por parte de la organización asociados con las restricciones del
proyecto en cuanto a costos, programa, alcance y calidad.

Este es un medio rápido y económico de establecer prioridades para la planificación de


respuesta a los riesgos y sienta las bases para realizar el análisis cuantitativo, si es
necesario. Este proceso debe ser revisado durante el ciclo de vida del proyecto para
mantenerlo actualizado con respecto a los cambios de los riesgos del proyecto. Las
organizaciones pueden mejorar el desempeño del proyecto concentrándose en los
riesgos de alta prioridad.

Un análisis cualitativo del riesgo, por lo general incluye los siguientes aspectos:

• Una breve descripción del riesgo.


• Etapas del proyecto donde pueda ocurrir.
• Elementos del proyecto que podrían ser afectadas.
• Los factores que influyen en que ocurra.
• La relación con otros riesgos.
• La probabilidad de ocurrencia.
• Como el riesgo podría afectar el proyecto.

Calificación del Riesgo = P X I


Muy Alta 0.90 0.045 0.09 0.18 0.36 0.72
1.PROBABILIDAD
DE OCURRENCIA

Alta 0.70 0.035 0.07 0.14 0.28 0.56


Moderada 0.50 0.025 0.05 0.10 0.20 0.40
Baja 0.30 0.015 0.03 0.06 0.12 0.24

Muy Baja 0.10 0.005 0.01 0.02 0.04 0.08

2. IMPACTO EN LA 0.05 0.10 0.20 0.40 0.80


EJECUCIÓN DE LA OBRA
Muy Bajo Bajo Moderado Alto Muy Alto

3. PRIORIDAD DEL RIESGO Baja Moderada Alta

6. REALIZAR EL ANÁLISIS CUANTITATIVO DE RIESGOS

Un análisis cuantitativo intenta medir el riesgo relacionando la probabilidad de


ocurrencia con la severidad de su posible resultado y luego un valor numérico al riesgo.
Este método es usado en situaciones en las que un fallo de funcionamiento podría ser
muy grave (como diseño de puentes)
El análisis cuantitativo de riesgos se realiza respecto a los riesgos priorizados en el
proceso análisis cualitativo de riesgos por tener impacto significativo sobre algún
objetivo del proyecto. Se realiza para asignar a esos riesgos una calificación numérica
individual o para evaluar el efecto acumulativo de los riesgos que afectan el
proyecto.

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El proceso de realizar un análisis cuantitativo de riesgos debe repetirse después del
proceso de planificación de respuesta como durante el proceso de monitoreo y
control de riesgo, para determinar si se han reducido satisfactoriamente el riesgo global
del proyecto. Las tendencias pueden indicar la necesidad de implementar más o menos
acciones para la administración de riesgos.

El análisis cuantitativo hace uso de técnicas de simulación y decisiones que sirven


para:
• Cuantificar numéricamente los posibles resultados del proyecto.
• Evaluar la probabilidad de lograr los objetivos específicos del proyecto.
• Identificar los riesgos que requieren una mayor atención mediante la cuantificación de
su contribución relativa al riesgo general del proyecto.
• Identificar objetivos de costo, programa o alcance realistas y viables, dados los riesgos
del proyecto.
• Determinar la mejor decisión de dirección de proyectos cuando algunas condiciones o
resultados son inciertos.

7. MONITOREO Y CONTROL DE RIESGOS

En base a los análisis efectuados de acuerdo a los Anexos 1 y 3 de la Directiva N° 012-


2017-OSCE/CD, donde se identifican los riesgos del proyecto, EL CONSULTOR propondrá
un plan de respuestas y/o actividades que tomen en consideración las estrategias
seleccionadas para mitigar, evitar, aceptar o transferir los riesgos identificados;
detallando en qué periodo, trabajo o actividad de la obra deberán ser realizadas
identificando los actores (Entidad - CONSULTOR) que deben efectuar el monitoreo y
control de riesgos de la futura obra.

8. ANEXOS (según Directiva N°012-2017-OSCE/CD)

ANEXO Nº 01.01: Formato para identificar, analizar y dar respuesta a riesgos.


ANEXO Nº 01.02: Matriz de probabilidad e impacto según guía PMBOK
ANEXO Nº 01.03: Formato para asignar riesgos.

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Anexo Nº 01.01
Formato para identificar, analizar y dar respuesta a riesgos
NÚMERO Y FECHA Número
1
DEL DOCUMENTO Fecha

Nombre del Proyecto


DATOS GENERALES
2
DEL PROYECTO Ubicación Geográfica
3 IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS
3.1 CÓDIGO DE RIESGO

3.2 DESCRIPCIÓN DEL RIESGO

3.3 CAUSA(S) GENERADORA(S)


Causa Nº 1

Causa Nº 2

Causa Nº 3
4 ANÁLISIS CUALITATIVO DE RIESGOS

4.1 PROBABILIDAD DE OCURRENCIA 4.2 IMPACTO EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA


Muy baja 0.10 Muy bajo 0.05
Baja 0.30 Bajo 0.10
Moderada 0.50 Moderado 0.20
Alta 0.70 Alto 0.40

Muy alta 0.90 Muy alto 0.80

4.3 PRIORIZACIÓN DEL RIESGO

Puntuación del Riesgo Prioridad


0.000
=Probabilidad x Impacto del Riesgo

5 RESPUESTA A LOS RIESGOS


5.1 ESTRATEGIA
Mitigar Riesgo Evitar Riesgo
Transferir
Aceptar Riesgo
Riesgo
5.2 DISPARADOR DE RIESGO
5.3 ACCIONES PARA DAR RESPUESTA
AL RIESGO

Nombres y Apellidos del responsable de su Nombres y Apellidos del responsable de su


elaboración por Especialidad aprobación - Jefe de Proyecto

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ANEXO N° 01.02

Anexo N° 02
Matriz de probabilidad e impacto según Guía PMBOK

Muy Alta 0.90 0.045 0.090 0.180 0.360 0.720


1. PROBABILIDAD DE
OCURRENCIA

Alta 0.70 0.035 0.070 0.140 0.280 0.560

Moderada 0.50 0.025 0.050 0.100 0.200 0.400

Baja 0.30 0.015 0.030 0.060 0.120 0.240

Muy Baja 0.10 0.005 0.010 0.020 0.040 0.080

0.05 0.10 0.20 0.40 0.80


2. IMPACTO EN LA
EJECUCIÓN DE LA OBRA
Muy Bajo Bajo Moderado Alto Muy Alto

3. PRIORIDAD DEL RIESGO Baja Moderada Alta

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ANEXO N° 01.03
Anexo N° 03
Formato para asignar los riesgos

Número Nombre del Proyecto


2. DATOS GENERALES
1. NÚMERO Y FECHA DEL DOCUMENTO
DEL PROYECTO
Fecha Ubicación Geográf ica

4 PLAN DE RESPUESTA A LOS RIESGOS


3.INFORMACIÓN DEL RIESGO
4.1 ESTRATEGIA SELECCIONADA 4.3 RIESGO ASIGNADO A

3.1 CÓDIGO 3.3 PRIORIDAD Mitigar e l Evitar e l Ace ptar e l Trans fe rir 4.2 ACCIONES A REALIZAR EN EL MARCO DEL PLAN
3.2 DESCRIPCIÓN DEL RIESGO Entidad Contratis ta
DE RIESGO DEL RIESGO rie s go rie s go rie s go e l rie s go

Nom bres y Apellidos del res pons able de


Nom bres y Apellidos del res pons able de s u aprobación
s u elaboración
DNI: Cargo:
Dependencia:

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
“Año de la Lucha Contra la Corrupción y la Impunidad”

ANEXO Nº 03

FICHA TÉCNICA SOCIO AMBIENTAL - FITSA

De acuerdo a lo indicado en el Artículo 1 del D. S. N° 008-2019-MTC que modifica el Reglamento


de Protección Ambiental para el Sector Transportes (RPAST), la Ficha Técnica Socio Ambiental
(FITSA) es un instrumento de gestión ambiental complementario al Sistema Nacional de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de carácter preventivo que aplica para proyectos de
inversión, actividades y servicios de competencia del Sector Transportes que no están sujetos al
SEIA. Los proyectos, actividades y servicios que se encuentren en dicha condición, y se ubiquen
dentro de un Área Natural Protegidas o Zona de Amortiguamiento deben hacer la consulta ante
el MINAM sobre la pertinencia de desarrollar una FITSA.

Los titulares de los proyectos que les corresponda un FITSA, deben desarrollar las actividades y
obras de conformidad con el marco legal vigente, debiendo cumplir con todas las normas
generales emitidas para el manejo de residuos sólidos, aguas, efluentes, emisiones, ruidos,
suelos, diversidad biológica, conservación del patrimonio cultural, zonificación y ordenamiento
territorial y otros que pudieran corresponder. La FITSA debe ser elaborada por personal
calificado y con experiencia en temas relacionados al sector Transporte.

Asimismo, mediante el Memorando N° 0549-2019-MTC/16, el Director General de Asuntos


Ambientales del MTC, remite el Informe Técnico Legal N° 015-2019-MTC/16.02.JLVL.NYC,
referido a la “Opinión sobre la aplicación de la Ficha Técnica Socio Ambiental (FITSA) para
inversiones de reposición de puentes con estructuras modulares".

El Contenido básico del FITSA señalado en el Anexo 2 del RPAST

La FITSA de los proyectos no comprendidos en el SEIA, deben contener sin carácter limitativo, lo
siguiente:

• Antecedentes.
• Marco legal.
• Objetivos.
• Descripción del Proyecto.
• Caracterización de la línea base ambiental, socioeconómico y cultural.
• Identificación, caracterización y valoración de los impactos ambientales (En este ítem solo
debe realizarse la descripción de los impactos).
• Medidas de prevención, mitigación y corrección.
• Cronograma de Ejecución.
• Presupuesto de implementación.
• Conclusiones y Recomendaciones.
• Anexos.

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
“Año de la Lucha Contra la Corrupción y la Impunidad”

ANEXO Nº 04

PROTOCOLO SANITARIO SECTORIAL PARA PREVENCION DEL COVID – 19, EN LOS


CONTRATOS DE CONSULTORIA DE OBRAS

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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
“Año de la Lucha Contra la Corrupción y la Impunidad”

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TECNICO DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI
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“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
“Año de la Lucha Contra la Corrupción y la Impunidad”

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA ELABORACIÓN DEL EXPEDIENTE TECNICO DEL PUENTE MODULAR IBIATIA - UCAYALI
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