Art. 24 Reglamento LIR PDF
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ECONÓMICA
Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
Artículo 24
• Capacidad de influencia
• Ausencia de contraposición de
intereses
• Incentivo fiscal para manipular
utilidades
Artículo 32-A LIR
Dos o más personas, empresas o entidades son partes
vinculadas cuando:
• Caso 1
A B
• Administración;
• Control; o
• Capital
Artículo 32-A LIR (cont.)
• Caso 2 C
A
O D
AyB
• Administración; E
• Control; o
• Capital
Supuestos de Vinculación
contemplados en el
Reglamento
Participación en el Capital - Inciso 1
A
Vinculación
Directa
Vinculación
(100%)
B Indirecta
(31%)
Vinculación
Directa
(31%) C
Participación en el Capital - Inciso 2
A
Vinculación (100%) (31%)
Indirecta
(31%)
B C
Vinculación
(31%)
D Vinculación
Indirecta
Informe N° 205-2001-SUNAT/K00000
Según el numeral 1 del Art. 24 del Reglamento de la Ley del Impuesto
a la Renta, en el ejemplo planteado existe la vinculación económica
indirecta entre “A” y “C”.
A
Vinculación
Directa (31%)
No hay
B Vinculación
Indirecta
Vinculación (31%)
(9.61%)
Directa
C
Participación en el Capital - Inciso 3
Sociedad A Sociedad B
Vinculadas
Participación en el Capital - Inciso 4
“Juan” “Pedro” “Juan” “Pedro”
+ = 31% + = 31%
Sociedad A Sociedad B
Sociedad A Sociedad B
Sociedad A
“Controladora”
Si “A” ejerce
control sobre “B” y
“C”, debería
Vinculadas presentar EE.FF.
consolidados
incluyéndolas.
Sociedad B Sociedad C (>50% del poder
“Subsidiaria” “Subsidiaria” de voto – NIC 27)
Vinculadas
Participación en el Capital/Control -
Inciso 7
Contrato de Colaboración Empresarial
con Contabilidad Independiente.
A
Existirá vinculación si
Vinculación (100%) “C” tiene poder de
Indirecta
decisión en los
(31%) B C acuerdos del contrato
(31%) (10%)
Contrato
Participación en la Administración/
Control/Capital - Inciso 8
Contribución
Asociante Asociado
(empresario) (capitalista)
31% de participación en
los resultados o utilidades
Establecimiento Permanente
Empresa
Empresa No
Domiciliada
Domiciliada
E.P. E.P.en el
en el Perú Exterior
Vigencia de la Vinculación