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ec

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL


ECUADOR
CARRERA DE ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA
CURSO DE:
ADMINISTRACIÓN SECCIONAL Y
REGIONAL 1 –
Organización Territorial
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ORGANIZACIÓN
TERRITORIAL
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ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
u.ec
(provincial)

Provincia 1

Provincia 2

Provincia 3

Recuperado el 28 de febrero de 2015 desde www.mapasparacolorear.com


ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
(cantonal / distrital)

Recuperado el 28 de febrero de 2015 desde www.mapasparacolorear.com


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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


PARROQUIAS
RURALES

¿Qué es la CANTONES

Organización
Territorial y cuáles PROVINCIAS
son sus niveles?
REGIONES

REGÍMENES ESPECIALES
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PARROQUIAS RURALES
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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


PARROQUIAS RURALES
Paroikein (griego) = vivir cerca
¿Cuál es su
Paroikós (griego) = próximo
origen?
Parochia (latín) = próximo

Religioso: Templo o comunidad de


Alguna fieles a cargo un culto determinado.
definiciones Político-Administrativo: subdivisión
CARACTERÍSTICAS dentro del territorio nacional
GENERALES
¿Qué es lo Rural (ruralis): Vida en el campo.
urbano y lo rural? Urbano (urbanus): Relativo a la ciudad.

Constituye el nivel básico de la


Nivel Territorial organización territorial (cuarto nivel)

¿QUIÉN DEFINE LO QUE URBANO Y LO RURAL?


NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
PARROQUIAS URBANAS

PARROQUIAS URBANAS DE QUITO, recuperado el 04 de marzo de 2016 desde


www.epmmop.gob.ec
www.uc
e.edu.ec

NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


Zonas Administrativas del DMQ: parroquias urbanas y rurales

https://lahora.com.ec/noticia/1101340570/la-nomenclatura-an-no-cumple-a-100_-su-cometido
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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


PARROQUIAS RURALES
Concepto:

• Circunscripciones territoriales
integradas a un cantón (COOTAD).
• Son los espacios territoriales más
pequeños de la organización política
(Suing)
• Actualmente existen más de 900
parroquias rurales en el Ecuador
(INEC, 2019).
• Creadas bajo la iniciativa del
concejo municipal o metropolitano.

ecuadorecuatoriano.blogspot.com
NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
PARROQUIAS RURALES
- Gobierno Municipal: Concejo
Municipal;
INSTITUCIÓN
- Gobierno Metropolitano: Concejo
Metropolitano

- GAD Municipal: Ordenanza


municipal
INSTRUMENTO LEGAL
- GAD Metropolitano: Ordenanza
metropolitana
CREACIÓN (COOTAD Art. 25)

1) Descripción del territorio que


comprende la nueva parroquia
CONTENIDO DEL
rural,
INSTRUMENTO LEGAL
2) Descripción de sus límites,
3) Designación de la nueva
cabecera parroquial, y;
4) Garantía del cumplimiento de sus
requisitos
NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
Requisitos para la Creación de una Parroquia Rural:
Este trámite lo deben realizar los Concejos Municipales / Metropolitanos
Requisitos físicos:
1. Población residente: Al menos
• En la mayoría 10 mil hab., con mínimo 2 mil domiciliados en la nueva cabecera.
• En los cantones amazónicos y aquellos ubicados en la franja fronteriza: 2 mil hab.;
• En cantones con mayoría de indígenas y montubios: 5 mil hab.
2. Delimitación física: de manera detallada (accidentes geográficos) sin conflictos con
parroquias existentes;
Requisitos formales:
1. En el caso de iniciativa ciudadanía: solicitud con firmas de mínimo 10% de los
ciudadanos de la futura parroquia, mayores de dieciocho años;
2. Informe técnico del gobierno cantonal o distrital correspondiente;
3. Informe técnico favorable del organismo de los límites internos: límites parroquiales;
4. Informe técnico favorable del organismo de censos: requisito poblacional;
5. Si tiene límites con otro país, informe del ministerio correspondiente.
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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


Fusión (caso especial):
1. Dos o más parroquias pueden fusionarse, previa aprobación con mayoría absoluta de
sus respectivas juntas parroquiales;
2. Luego sus presidentes presentarán al alcalde la propuesta de fusión para
conocimiento del concejo metropolitano o municipal;
3. El proyecto de ordenanza definirá: la denominación, la cabecera parroquial, especio
territorial y límites. También la convocatoria a elecciones (45 días);
4. Las parroquias rurales fusionadas, recibirán un estímulo del GC igual a una obra total
o proyecto de interés prioritario y de impacto en las necesidades insatisfechas
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EL CANTÓN
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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


EL CANTÓN ¿Cuál es su Origen diverso, según el contexto que
origen? se utilice.

Arquitectura: Esquina de un edificio.


Algunas Geografía: Provincia de Cantón (China).
definiciones Música: Relativo al canto.
Político-Administrativo: división
CARACTERÍSTICAS administrativa de cierta importancia.
GENERALES
Municipio: (del latín municipium): En la
época romana, ciudad libre que se
¿Municipio o gobernaba por sus propias leyes, con
cantón? ciudadanos que tenían diversas
situaciones jurídicas.
Municipalidad: Institución que
gobierna al municipio.

Constituye el nivel local de la


Nivel territorial organización territorial (tercer nivel)
NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
El Cantón o Municipio Tulcán
Esmeraldas
Ibarra
Nueva Loja
Sto. Domingo (Lago Agrio)
Portoviejo
Latacunga

Guaranda Tena

Ambato
Babahoyo
Puyo
(Pastaza)
Santa Elena
Macas
(Morona
Machala Santiago)
Zamora
Loja (Zamora
Chinchipe)
CANTONES DEL ECUADOR, recuperado el 04 de marzo de
2016 desde en.wikipedia.org/wiki/Cantons_of_Ecuador
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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


EL CANTÓN
• Concepto: Los cantones son
circunscripciones territoriales
conformadas por parroquias rurales
y la cabecera cantonal con sus
parroquias urbanas, señaladas en
su respectiva ley de creación, y por
las que se crearen con
posterioridad, de conformidad con
el COOTAD.
• Comúnmente conocido como el
gobierno local o el municipio(Suing)
• Actualmente existen 221 cantones
en el Ecuador.
• A partir de 2010, son creadas por
Ley, y bajo la iniciativa de la o el
Presidente de la República.
NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

Requisitos para la Creación de un Cantón:


Requisitos Físicos:
1. Una población residente:
• En la mayoría 50 mil hab., con mínimo 12 mil hab. en la futura cabecera;
• En las provincias amazónicas, 10 mil hab. en el futuro cantón.
2. Delimitación física de manera detallada, que incluya la descripción de los accidentes
geográficos existentes;
Requisitos Formales:
1. Proyecto de creación, que indique: territorio del cantón, sus límites, la designación de
la cabecera cantonal y garantía de cumplimiento requisitos;
2. Tiempo de creación de las parroquias rurales que promueven creación 10 años;
3. Informes favorables del gobierno provincial y del organismo nacional de planificación;
4. Informe previo no vinculante de los gobiernos autónomos municipales
descentralizados que se encuentren involucrados; y,
5. La decisión favorable de la ciudadanía que va a conformar el nuevo cantón expresada
a través de consulta popular convocada por el organismo electoral nacional, dentro de
los cuarenta y cinco días siguientes a la fecha de presentación de la solicitud por el
Presidente de la República.
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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


FUSIÓN (caso especial):
1. Dos o más cantones contiguos;
2. Iniciativa propia;
3. Voto favorable de la mayoría absoluta de cada concejo municipal;
4. Los alcaldes presentarán al Presidente de la República el proyecto de ley para que lo
remita a conocimiento y aprobación de la Asamblea Nacional;
5. La ley de fusión determinará: su denominación, la cabecera cantonal, definirá el
espacio territorial y límites que serán los correspondientes a los cantones fusionados,
y ordenará que se convoque a elecciones de autoridades dentro de los subsiguientes
cuarenta y cinco días;
6. Una vez fusionados, recibirán del gobierno central el financiamiento total de una obra o
proyecto de interés prioritario de los cantones fusionados, siempre que tenga impacto
en el desarrollo cantonal y en la satisfacción de necesidades básicas insatisfechas.
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LA PROVINCIA
NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


Provincias ¿Cuál es su Del latín pro = “por”; vincia = “victoria”
origen?

Organización territorial: En estados


Algunas unitarios y federales constituye una
subdivisión dentro del territorio nacional.
definiciones Departamento: En algunos países es
la denominación de provincia.
CARACTERÍSTICAS
GENERALES Estado federado: Unidad territorial con
cierto nivel de autonomía.
Estado asociado: Unidad territorial que
no cuenta con plena soberanía y cuya
jurisdicción depende de un estado
hegemónico.

NIVEL DE Constituye el nivel intermedio de la


GOBIERNO organización territorial (segundo nivel)
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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

LA PROVINCIA
• Concepto: Circunscripción
territorial conformada por los
cantones que legalmente
correspondan.
• Unidades territoriales de mediana
extensión (Suing) ;
• Algunos la llaman la patria chica.
• Actualmente existen 24 provincias
en el Ecuador.
• A partir de 2010, son creadas por
Ley, y bajo la iniciativa de la o el
Presidente de la República.
Datos sobre provincias (INEC, 2010)
Hab.
# Provincia Capital Área (km²) Densidad Cantones Fundación
(2010)1
1 Azuay Cuenca 712 127 8 639 82,43 15 1824/junio/25
2 Bolívar Guaranda 183 641 3 254 56,43 7 1884/abril/23
3 Cañar Azogues 164 524 3 908 57,62 7 1880/noviembre/3
4 Carchi Tulcán 225 184 3 699 44,47 6 1880/noviembre/19
5 Chimborazo Riobamba 458 581 5 287 86,73 10 1824/junio/25
6 Cotopaxi Latacunga 409 205 6 569 62,29 7 1851/abril/1
7 El Oro Machala 600 659 5 988 100,31 14 1882/noviembre/29
8 Esmeraldas Esmeraldas 491 168 14 893 32 7 1847/noviembre/20
Galápagos Puerto Baquerizo
9 Moreno 25 124 8 010 3,13 3 1973/febrero/18
10 Guayas Guayaquil 3 645 483 17 139 212,7 25 1824/junio/25
11 Imbabura Ibarra 398 244 4 599 86,59 6 1824/junio/25
12 Loja Loja 453 966 11 027 40,71 16 1824/junio/25
13 Los Ríos Babahoyo 778 115 6 254 124,41 13 1860/octubre/6
14 Manabí Portoviejo 1 369 780 18 400 74,44 22 1824/junio/25
15 Morona Santiago Macas 147 940 25 690 5,75 12 1952/noviembre/5
16 Napo Tena 103 697 13 271 7,81 5 1959/noviembre/22
Orellana Francisco de
17 Orellana 136 396 20 773 6,57 4 1998/julio/30
18 Pastaza Puyo 83 933 29 520 2,84 4 1959/noviembre/22
19 Pichincha Quito 2 576 287 9 612 271,35 8 1824/junio/25
20 Santa Elena Santa Elena 308 693 3 763 82,03 3 2007/noviembre/7
Santo Domingo Santo Domingo
21 de los Tsáchilas 410 937 4 180 98 2 2007/noviembre/6
22 Sucumbíos Nueva Loja 176 472 18 612 9,48 7 1989/febrero/13
23 Tungurahua Ambato 504 583 3 334 151,34 9 1860/julio/3
24 Zamora Chinchipe Zamora 91 376 10 556 8,65 9 1953/noviembre/10
NIVELES DE ORGANIZACIÓN
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u.ec TERRITORIAL
Requisitos para la Creación de una Provincia:
Requisitos Físicos:
1. Una población residente: al menos el 3% de la población total nacional;
2. Una extensión territorial de al menos 10 mil kilómetros cuadrados;
Requisitos Formales:
1. Delimitación física del territorio provincial de manera detallada, que incluya la
descripción de los accidentes geográficos existentes;
2. Los cantones que promuevan el proceso de provincialización deberán tener
al menos 10 años de creación;
3. Informe favorable del gobierno autónomo descentralizado regional y del
organismo nacional de planificación; y,
4. Decisión favorable de la ciudadana, través de consulta popular convocada, a
solicitud del Presidente o Presidenta de la República, por el organismo
electoral nacional conforme a la ley.

NOTA: Disposición Transitoria Sexta: Prohibición de la creación de provincias


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LA REGIÓN
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NIVELES DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL


LA REGIÓN
• Concepto: Circunscripción territorial conformada por
provincias, constituidas conforme el procedimiento
constitucional y legal;
• Conformación: Los requisitos son:
• Dos o más provincias;
• Continuidad territorial;
• Superficie regional (ambas) mayor a 20 mil Km2 y menor a 54 mil
Km2 (es el 20% del territorio nacional).
• Habitantes (ambas) superior al 5% de la población (773 mil
habitantes – proyecciones marzo 2013 INEC);
• Equilibrio interregional, afinidad histórica y cultural;
• Complementariedad ecológica y manejo integrado de cuencas.
RESOLUCIÓN APROBADA POR
INICIATIVA
LOS 2/3 DEL CONSEJO
(GAD Provincial) PROVINCIAL

• DECLARACIÓN DE CREACIÓN Y DELIMITACIÓN


DEL TERRITORIO;
ESTRUCTURA
•EXPLICACIÓN DE MOTIVOS, REQUISITOS Y
CRITERIOS

PROYECTO DE LEY PRESENTACIÓN AL • VERIFICACIÓN REQUISITOS;


PRESIDENTE/A •REMISIÓN A LA ASAMBLEA

• DISCUSIÓN (MAX. 180 DÍAS);


APROBACIÓN DE LA
•APROBACIÓN
ASAMBLEA NACIONAL
•NEGAR O ARCHIVAR: 2/3 ASAM.

• DENOMINACIÓN.
PROYECTO DE
PROCESO PARA ESTATUTO DE NORMA INSTITUCIONAL BÁSICA
•SÍMBOLOS Y PRINCIPIOS;
•INSTITUCIONES Y SEDE
CONFORMACIÓN AUTONOMÍA DE LA REGIÓN
•COMPETENCIAS
DE REGIONES •RENTAS Y PATRIMONIO;
•ESTRUCTURA DESCONCENTRADA
• VERIFICACIÓN (MAX. 45 DÍAS);
DICTAMEN DE APROBACIÓN DE LA CORTE •SI NO SE EMITE FALLO, FAVORABLE
CONSTITUCIONALIDAD CONSTITUCIONAL •CORRECCIONES (MÁX: 10 DÍAS)
•SI ES NEGATIVO, INICIO NUEVAMENTE
• CNE CONVOCA CONSULTA POPULAR
PRONUNCIAMIENTO
CONSULTA POPULAR •EN 45 POSTERIORES A SOLICITUD
POPULAR
•SE REALIZARÁ EN LA MISMA FECHA

VIGENCIA DE LEY Y APROBACIÓN CON MAYORÍA • PUBLICACIÓN REGISTRO OFICIAL


ESTATUTO ABSOLUTA •CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN DE
GOBERNADOR/A Y CONSEJEROS REGIONALES
(45 DÍAS)

REFORMA AL CONFORME LO SEÑALE EL


ESTATUTO MISMO
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GRACIAS POR SU
ATENCIÓN

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