Plan de Prevención PS - 0 - 1
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establecen los responsables de realizar las acciones oportunas necesarias para que
el Sistema sea eficiente y suficientemente integrado en cuanto a la distribución de
funciones y responsabilidades en todo el escalafón de la estructura jerárquica de la
empresa.
Asimismo, todos estos procedimientos vendrán acompañados de sus
correspondientes registros, así como de la normalización de la ubicación de los
mismos.
Para el caso específico de las aeronaves, el cumplimiento con los requisitos legales
se realiza también mediante la elaboración e implantación del SGS que se
completará con los procedimientos necesarios, en su caso.
Objeto:
El presente Plan de Prevención se elabora por tanto atendiendo a lo establecido en
el artículo 16.1 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales tras la
modificación introducida en la misma en virtud de la Ley 54/2003, de reforma del
marco normativo de la prevención de riesgos laborales, así como en el art. 2.2 del
R.D. 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención modificado por el R.D.
604/2006.
La Dirección de Compañía Acciona Airport Services considera que las obligaciones
que introdujeron la Ley 54/2003 y el R.D. 604/2006 constituyen una oportunidad
para dar un nuevo impulso a la acción preventiva en la empresa que,
coherentemente con el espíritu que inspira esta reforma normativa, pasa por
propiciar una creciente integración de la prevención en nuestras prácticas de
gestión, lo que aconseja revisar los procedimientos y prácticas de trabajo en
relación con la prevención, constituyéndose este Plan de Prevención como el
Manual que guía las actuaciones del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos
Laborales, recogiendo la estructura organizativa, las responsabilidades, las
funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios
para realizar la acción de prevención de riesgos laborales en nuestra Empresa.
El presente Plan, por tanto, tiene como objetivo servir de guía para el desarrollo,
impulso e implantación de un adecuado sistema preventivo; pretende ser el
documento de referencia de la Compañía Acciona Airport Services en materia de
prevención, recoger los principios básicos de la actividad preventiva en la empresa,
su organización y estructuración y las obligaciones y derechos de todos los que la
integran.
Siendo éste un documento marco, se describirán procedimientos individuales para
el desarrollo de todas aquellas actuaciones que no queden claramente
reglamentadas aquí. Tales documentos, que se incluyen en este Plan, se renovarán
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Difusión de la política
La política debe ser difundida a todos los niveles de la organización mediante:
• Entrega de la misma a todos los directores, jefes, mandos y representantes
legales de los trabajadores.
• Su exhibición en lugares apropiados al conjunto de los trabajadores, como son
los tablones de anuncios de los distintos centros de trabajo de la empresa.
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Los Delegados de cada Centro de Trabajo son los responsables de que la Política de
Prevención de Riesgos Laborales sea difundida, entendida, aplicada y mantenida al
día por todos los niveles de la organización.
Organización de la prevención
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de representación especializados.
Según dicho Reglamento, el Servicio de Prevención Propio ha de contar, como
mínimo, con dos de las especialidades o disciplinas de entre Medicina del trabajo,
Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada,
desarrolladas por expertos con la capacitación requerida para las funciones de nivel
superior, a los que podrá añadirse el personal técnico necesario con distintos
niveles de capacitación.
El ámbito de actuación del Servicio de Prevención Propio son todos los centros de
trabajo de la compañía y sus medios se distribuyen teniendo en cuenta la ubicación
de los mismos.
La composición y estructura del Servicio de Prevención Propio de Acciona Airport
Services está descrito en el Acta de Constitución de dicho Servicio y en ella se
especifica que se han asumido como propias las disciplinas preventivas de
Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
Dicho Acta está firmada por el Gerente de RRHH. Este Acta de Constitución se
anexa al presente Plan de Prevención y en ella están establecidos los recursos
humanos y técnicos. (Anexo IV)
El Servicio de Prevención Propio constituye una unidad organizativa específica y sus
integrantes dedican de forma exclusiva su actividad profesional en la empresa a los
fines del mismo, de acuerdo a lo indicado en el artículo 15 del Reglamento de los
Servicios de Prevención (R.D. 39/1997). Asimismo cuenta con los recursos
económicos, las instalaciones, materiales y equipos necesarios para dicho
desempeño. Por otra parte, se ha estructurado organizativamente de modo que
pueda atender eficazmente sus labores de asesoramiento a todos los centros de
trabajo, independientemente de su ubicación geográfica.
El Servicio de Prevención Propio se reserva la facultad de subcontratar actividades
preventivas puntuales tales como mediciones higiénicas, impartición de actividades
formativas, realización de inspecciones de seguridad de los centros de trabajo o
evaluaciones de riesgos específicos, etc., asumiendo los resultados de las mismas
posteriormente a su estudio pormenorizado.
El Servicio de Prevención Propio elaborará anualmente y mantendrá a disposición
de las autoridades laborales y sanitarias competentes, así como de los
representantes de los trabajadores en materia preventiva, la memoria y la
programación anual de las actividades preventivas de cada centro de trabajo.
Asimismo, para el desempeño de las actividades preventivas no cubiertas con
medios propios del Servicio de Prevención Propio se efectúan los conciertos
pertinentes conformes a lo establecido en el artículo 20 del Reglamento de los
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4.- Funciones
Alta Dirección
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Tiene como función general fomentar la cultura preventiva así como la promoción y
mejora de las condiciones de seguridad y salud integrándola en todos los niveles
jerárquicos de las diferentes sociedades de Acciona.
Se encarga de aprobar y firmar el Plan de Prevención, y de dotar los medios
necesarios humanos y materiales para lo cual dotará de la partida presupuestaria
suficiente y necesaria.
Sus funciones son:
• Liderar el proyecto y conseguir el compromiso de todos los agentes de la
organización con respecto a la integración de la prevención en todas las
actividades y procesos desarrollados por la empresa
• Dotar a la organización de los recursos necesarios para que el trabajo se pueda
realizar en condiciones seguras y saludables para los trabajadores
• Organizar e impulsar la gestión de la prevención de riesgos laborales en las
actividades de la empresa, responsabilizándose de la difusión y cumplimiento de
la Política de Prevención de la Compañía
• Autorizar y dar conformidad a la Modalidad de la Actividad preventiva de la
Compañía
• Participar en la definición y la integración de la prevención de riesgos laborales
en todas las actividades de la Compañía, estableciendo los canales de
comunicación oportunos entre las diferentes Áreas y Direcciones
• Recibir anualmente información sobre los Objetivos y la Planificación de la
Actividad Preventiva de la Compañía dando conformidad a la misma.
Estas funciones las realiza con el apoyo y asesoramiento del Servicio de Prevención
Propio.
Dirección de Área
Deberá desarrollar y promover la Política Preventiva en su área, adaptándola a las
especiales necesidades que pudieran existir. Sus funciones son:
• Dotar de los recursos necesarios para que el trabajo pueda realizarse en
condiciones seguras y saludables para los trabajadores
• Organizar e impulsar la gestión de la prevención de riesgos laborales en su Área,
responsabilizándose de la difusión y cumplimiento de la Política de Prevención
de la Compañía, así como de la integración en las actividades de la empresa.
• Participar en la definición y la integración de la prevención de riesgos laborales
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Gerente de RRHH:
Además de las funciones de la Dirección de Área, entre sus funciones se
encuentran:
• Dar conformidad a la Constitución del Servicio de Prevención Propio de la
Compañía
• Participar anualmente en los Objetivos y la Planificación de la Actividad
Preventiva de la Compañía, dando conformidad a la misma.
• Dar conformidad a la revisión de los procedimientos de gestión de Prevención de
Riesgos Laborales a propuesta del Servicio de Prevención.
• Revisar bienalmente el contenido del Plan de Prevención y sus actualizaciones.
• Supervisar las relaciones con la Representación de los Trabajadores.
• Dotar de los recursos necesarios para que el trabajo pueda realizarse en
condiciones seguras y saludables para los trabajadores
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Departamento de Mantenimiento
Entre sus funciones se encuentran:
• Realizar labores de mantenimiento de carácter preventivo y correctivo así como
las reparaciones de las instalaciones y equipos propios.
• Seguimiento y control de las acciones correctoras y preventivas de las
anomalías detectadas en estas instalaciones.
• La coordinación de actividades empresariales, según el procedimiento específico.
• Cumplir los procedimientos de aplicación.
Departamento de Personal
Entre sus funciones se encuentran:
• Establecer con el Servicio de Prevención Propio los canales de comunicación
oportunos para la transmisión de la información preventiva entre los diferentes
Departamentos de la Compañía.
• Supervisar el cumplimiento de los requisitos legales en la contratación de
personal de Empresas de Trabajo Temporal según lo establecido en el R.D.
216/1999.
• Comunicar las nuevas incorporaciones al Servicio de Prevención y al
departamento de formación.
• Gestionar las comunicación y los partes de Accidente de Trabajo y Enfermedad
Profesional mediante el Sistema Delt@.
• Estudiar junto con el Servicio de Prevención Propio los contenidos didácticos de
la información y de la documentación corporativa en relación con la prevención
de riesgos laborales.
• Entregar la información sobre riesgos, medidas preventivas y medidas a tener
en cuenta en caso de emergencia a los trabajadores del centro de trabajo y
registrar el acuse de recibo de dicha entrega, particularmente en los casos de
trabajadores de nueva incorporación, según las instrucciones del Servicio de
Prevención.
Departamento de Uniformidad
Este departamento no existe en todos los centros de trabajo como unidad
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Departamento de Formación
Entre sus funciones se encuentran:
• Estudiar junto con el Servicio de Prevención Propio los contenidos de formación
en relación con requisitos o condiciones preventivas para el personal propio, en
función de sus necesidades.
• Estudiar junto con el Servicio de Prevención Propio los Objetivos y la
Planificación de la Actividad Preventiva en relación a la formación de prevención
de riesgos laborales del personal propio.
• Seguir las instrucciones de los establecido al efecto en el Sistema de Calidad
Departamento de Compras
Este departamento no existe en todos los centros de trabajo como unidad
independiente; en caso de no existir sus funciones las asumiría el Delegado.
Entre sus funciones se encuentran:
• Estudiar junto con el Servicio de Prevención Propio los contenidos de clausulados
de contratos en relación con requisitos o condiciones preventivas para los
proveedores y suministradores.
• Establecer junto con el Servicio de Prevención Propio los requisitos o condiciones
preventivas para los proveedores y suministradores específicos de equipos de
protección individual, medios de protección colectiva y equipos de trabajo. Estos
requisitos se actualizarán periódicamente y se difundirán a los Centros de
Trabajo.
• Las especificaciones de compra en materia preventiva quedarán incorporadas al
pedido/contrato, directamente en el clausulado o mediante documento adjunto.
• Recoger en un apartado específico la documentación que debe presentar el
proveedor.
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Mandos intermedios
Este puesto lo ocuparán los Supervisores, Coordinadores de Rampa, Jefes de turno,
Loadmaster, Subloadmasters/capataz y cualquier otro personal que tenga
trabajadores a su cargo sin llegar a ser el responsable del Departamento.
Entre sus funciones se encuentran:
• Integrar en las actividades de la empresa la Gestión de la Prevención a nivel de
su área, responsabilizándose de su cumplimiento por el personal propio y de
empresas colaboradoras.
• Realizar las funciones asignadas por el Delegado o responsable de
Departamento, según la Planificación de la Actividad Preventiva a nivel de su
área de actividad.
• Implantar las actividades preventivas en su área, bajo la supervisión del
Responsable.
• Gestionar los recursos humanos y medios materiales disponibles en su área de
actividad.
• Adoptar medidas preventivas que antepongan la protección colectiva a la
individual.
• Dar las debidas instrucciones preventivas al personal propio y de empresas
colaboradoras en su área de actividad.
• Solicitar el asesoramiento del Responsable del departamento y/o del Servicio de
Prevención Propio en la aplicación de las medidas preventivas que sea necesario
adoptar en su área de actividad.
• Adoptar las medidas necesarias para que se lleve a cabo en su área de actividad
los medios de coordinación de actividades empresariales en el caso necesario.
• Conocer y transmitir los riesgos, instrucciones y normas referentes a los
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Trabajadores
Las funciones que se relacionan a continuación deben entenderse a nivel personal e
independientemente de la función que desempeñe.
Con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán
en particular:
• Velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de
prevención adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de
aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa
de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las
instrucciones del empresario.
• Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el
mando inmediato.
• Utilizar correctamente las máquinas, aparatos, equipos, instalaciones,
herramientas, sustancias, productos, y cualesquiera otros medios con los que
desarrollen su actividad.
• No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de
seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su
actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.
• Informar de inmediato a su superior jerárquico y/o a las personas competentes
en materia preventiva de toda situación detectada que implique a su juicio
riesgo de accidente, así como de cualquier deficiencia en los dispositivos de
seguridad.
• Colaborar en la investigación de accidentes/incidentes.
• Realizar los cursos de formación general o específica en materia de Prevención
de Riesgos Laborales organizados por la empresa, y comprometerse a la
aplicación de las enseñanzas recibidas.
• Mantener en correcto estado de conservación, orden y limpieza todo el área,
equipos, herramientas y otros elementos a su cargo (durante y al finalizar sus
trabajos).
• Acudir a los reconocimientos médicos que con carácter obligatorio puedan
establecerse.
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Delegados de Prevención:
Sus competencias son:
• Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.
• Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución y
cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
• Asumir las competencias del Comité de Seguridad y Salud cuando éste no
exista.
• Ser consultado por el empresario, con carácter previo a su ejecución, acerca de
las decisiones a que se refiere el artículo 33 de la presente Ley.
• Realizar visitas a los lugares de trabajo para ejercer una labor de vigilancia y
control del estado de las condiciones de trabajo, pudiendo, para tal fin, acceder
a cualquier zona de los mismos y comunicarse durante la jornada con los
trabajadores, de manera que no se altere el normal desarrollo del proceso
productivo.
• Guardar sigilo profesional según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 65 del
Estatuto de los Trabajadores.
Están facultados para:
• Acompañar a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio
ambiente de trabajo, pudiendo formular ante ellos las observaciones que
consideren oportunas.
• Tener acceso, con limitaciones previstas en el apartado 4 del artículo 22 de la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a la información y documentación
relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de las
funciones, de manera que se garantice el respeto de la confidencialidad.
• Ser informado por los empresarios sobre los daños producidos en la salud de los
trabajadores una vez que aquél hubiese tenido conocimientos de ellos, pudiendo
presentarse, aún fuera de la jornada laboral, en el lugar de los hechos para
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Se establecen para los centros de trabajo una serie de Prácticas Operativas que
describen la forma segura de realizar un trabajo crítico y constituyen la
documentación principal para la información y formación de los trabajadores sobre
los riesgos de su puesto de trabajo y las medidas de prevención y protección a
aplicar.
Así, se establecen Prácticas Operativas para todos aquellos trabajos, actividades o
tareas en donde se haya puesto de manifiesto la necesidad de las mismas por la
transcendencia que pueden tener sobre la seguridad de los trabajadores o las
instalaciones.
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12.- Señalización
Los delegados de las bases velarán porque éstas estén señalizadas adecuadamente
conforme a lo establecido en los Reales Decretos 485/1997 y 486/1997.
Esta señalización debe cumplir suficientemente con el objeto de advertir acerca de
los riesgos asociados a las distintas áreas de trabajo, así como de la obligación de
uso de Equipos de Protección Individual, la ubicación de la mayoría de los
elementos de protección contra incendios y de las vías y salidas de evacuación de
emergencia.
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prevención a que se refiere dicho Real Decreto, y asegurar así a estos trabajadores
el mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes
trabajadores del centro de trabajo de Compañía Acciona Airport Services donde
prestan sus servicios.
Por ello queda prohibido celebrar contratos de puesta a disposición de trabajadores
de ETT para las actividades relacionadas en el Art. 8 del R.D. 216/99.
Acciona Airport Services entregará a la ETT:
- Los riesgos generales del centro de trabajo que pueden afectar al trabajador y
los específicos del puesto de trabajo a cubrir, así como las medidas de
prevención a adoptar en relación con los mismos y los EPI’s que haya que
utilizar (si existe la necesidad de mediciones de contaminantes ambientales, se
informará específicamente de sus resultados).
- Formación en materia de PRL que debe poseer el trabajador.
- Medidas de vigilancia de la salud que deben adoptarse relativas al puesto de
trabajo (especificando si tienen carácter voluntario o obligatorio para el
trabajador) y periodicidad.
El departamento de Recursos Humanos verificará que por cada trabajador puesto a
su disposición y conforme a la evaluación de riesgos del puesto a cubrir que
disponen de los siguientes certificados:
- Aptitud médica, a través de un adecuado reconocimiento de su estado de salud
en función de los riesgos a los que va a estar expuesto para la realización de los
servicios que deba prestar o la renuncia pertinente.
- Entrega de las informaciones relativas a las características propias del puesto de
trabajo y de las tareas a desarrollar, así como de las cualificaciones y aptitudes
que precisa para desempeñarlo.
- Formación recibida en relación con los riesgos a los que va a estar expuesto.
Hasta que el departamento de personal no tenga constancia de lo anterior, no se
permitirá el inicio del trabajo por el trabajador de ETT.
Una vez incorporado a sus funciones, el Servicio de Prevención Propio, por su parte,
informará al trabajador de los riesgos existentes para su salud y seguridad, tanto
de aquellos que concurran de manera general en la empresa como de los
específicos del puesto de trabajo y tareas a desarrollar, y de las correspondientes
medidas y actividades de prevención y protección, en especial en lo relativo a las
posibles situaciones de emergencia.
Acciona Airport Services informará si es necesario a la ETT sobre los resultados de
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o Cambios Técnicos
En aquellos centros de trabajo donde se vayan a efectuar modificaciones
estructurales, el Departamento responsable de éstas o el Responsable de
Departamento deberá proceder a notificar con carácter previo dichos cambios al
Servicio de Prevención Propio al objeto de que se estudie su posible implicación
sobre las condiciones de trabajo en cuanto al cumplimiento de la normativa de
lugares de trabajo, así como la actualización de la Evaluación de Riesgos Laborales
de dicho centro.
Asimismo se deberá notificar este hecho al Delegado de la base para que se
efectúe, si procede, la oportuna revisión o modificación del Plan de Emergencia del
centro de que se trate.
o Cambios organizativos:
Los cambios a introducir en la organización, bien por creación de nuevos puestos de
trabajo o por reorganización o modificación de las funciones asignadas a puestos ya
existentes, serán analizados por el Servicio de Prevención Propio para valorar su
posible influencia sobre la seguridad y salud de los trabajadores, proponer, en caso
necesario, las medidas de control apropiadas y realizar, en su caso, las
correspondientes modificaciones en el documento de evaluación de riesgos. La
notificación de estos cambios la deberá hacer el Departamento responsable o el
Responsable del Departamento o Delegado de Base, en su caso.
Corresponderá a los Responsables de cada Departamento en colaboración con el
Servicio de Prevención Propio la realización de las siguientes actividades:
• En el caso de promociones internas o incorporaciones a plantilla de personal con
atribuciones concretas expuestas en el Plan de Prevención, se procederá a
notificar por escrito a esta persona dichas funciones y responsabilidades al
efecto que conozca las atribuciones que conlleva su puesto de trabajo en
materia preventiva
• Si en un centro de trabajo se da de baja a alguna persona que se encuentra
nombrada entre los equipos de emergencia relacionados en el Plan de
Emergencia de dicho centro, se procederá actualizar dichos equipos dando de
baja al trabajador de los mencionados equipos de emergencia, y procediendo a
nombrar a otra persona que le sustituya en el cargo.
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La Medicina del trabajo de los trabajadores es, dentro del Plan de Prevención, una
actividad de evaluación de su eficacia, ya que el principal objetivo del Plan es evitar
que las condiciones de trabajo tengan efectos negativos sobre la seguridad y salud
de los trabajadores.
La labor de Medicina del trabajo estará pues dirigida a prevenir posibles
alteraciones en la salud de los trabajadores derivadas de las condiciones de trabajo,
sirviendo de alerta temprana para identificar posibles situaciones de riesgo, bien a
nivel colectivo, por las condiciones del puesto, o individual, por la especial
sensibilidad de la persona.
La especialidad de Medicina del trabajo está en la actualidad concertada con un
Servicio de Prevención Ajeno.
En el caso del centro de Alcobendas, la especialidad de Medicina del Trabajo se ha
mancomunado con todas las empresas del grupo Acciona que disponen de
trabajadores en este lugar.
La sistemática en esta materia se encuentra descrita en el procedimiento PS-10
Medicina del Trabajo.
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todos los riesgos, incluidos los de origen psicosocial, con el ánimo de establecer las
medidas oportunas para evitarlos, comprometiéndose en el establecimiento de las
condiciones más saludables dentro de las posibilidades reales.
Por ello se establece un procedimiento de identificación y evaluación de riesgos
psicosociales, PS-12, que será difundido a toda la organización a través de los
Comités de Seguridad y Salud.
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Registros de la prevención
Son los documentos que proporcionan una evidencia objetiva de la realización de
las actividades preventivas y de los resultados obtenidos conforme a lo establecido
en el Plan de Prevención.
Constituyen registros de la prevención, entre otros, los siguientes:
• Resultados de la Evaluación de Riesgos Laborales tanto de los centros de trabajo
como de los puestos de trabajo existentes en cada uno de ellos.
• Evidencia documentada de la entrega a los trabajadores de información de
riesgos y medidas de protección y prevención.
• Planificación de la Actividad Preventiva y su seguimiento.
• Acta de Constitución del Servicio de Prevención Propio.
• Acta de constitución del Servicio de Prevención Mancomunado de ACCIONA
Madrid.
• Conciertos establecidos con Servicios de Prevención Ajenos.
• Registros de asistencia a acciones formativas en Prevención de Riesgos
Laborales.
• Actas de reuniones trimestrales de los Comités de Seguridad y Salud.
• Notas de consulta con los Delegados de Prevención.
• Notificación de accidentes a los delegados de prevención, en su caso.
• Comunicaciones Externas (Libro de Visitas de Inspección de Trabajo, etc.).
• Informes de inspecciones de seguridad realizadas.
• Planificación de la ejecución de acciones correctoras derivadas de inspecciones
de seguridad, investigaciones de accidentes y simulacros de emergencia
realizados.
• Registros de mantenimiento y revisión de equipos e instalaciones existentes.
• Acuse de recibo de entrega de equipos de protección individual.
• Certificaciones de conformidad de equipos de trabajo.
• Fichas de Datos de Seguridad de productos o sustancias químicas.
• Evidencias documentales de entrega de información sobre riesgos, normas de
seguridad y medidas de emergencia a empresas contratistas presentes en los
centros de trabajo.
• Documentación de empresas contratistas respecto al cumplimiento por su parte
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de la normativa preventiva.
• Plan o Medidas de Emergencia de los centros de trabajo.
• Actas de simulacros de emergencia realizados.
• Memoria Anual del Servicio de Prevención.
• Títulos acreditativos de la formación en PRL del personal que forma parte del
Servicio de Prevención.
• Informes de evaluación de condiciones ambientales en los puestos de trabajo.
• Declaraciones de aptitud médica específica para el desempeño del puesto de
trabajo de los trabajadores emitida por el Servicio de Prevención Ajeno
concertado o renuncia al reconocimiento médico firmado por el trabajador.
• Investigación de accidentes acontecidos.
• Evidencia justificativa del envío a la Autoridad Laboral mediante el sistema
delt@ de los partes de baja médica de los trabajadores que han ocasionado
baja.
• Estudios de evolución de la siniestralidad.
• Relación de trabajadores autorizados en los centros de trabajo para uso de
maquinaria.
• Relación de nombramiento de Recursos Preventivos.
25.- Auditorías
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Las delegaciones que forman la empresa Acciona Airport Services, S.A.U. son:
2.- MENORCA
3.- IBIZA
4.- MADRID
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Además deberá:
• Favorecer la aplicación de los principios de la acción preventiva y la aplicación
correcta de los métodos de trabajo, el control de interacciones de las diferentes
actividades desarrolladas en el centro de trabajo y la adecuación entre los riesgos
existentes en el centro de trabajo y las medidas aplicadas para su prevención.
• Cualesquiera otras actividades técnico-preventivas encomendadas por la empresa en
el transcurso del trabajo.
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- Plan de Prevención.
- PS-01 Evaluación de Riesgos.
- PS-02 Planificación de la Actividad Preventiva.
- PS-03 Información y formación de los trabajadores.
- PS-04 Consulta y participación.
- PS-05 Controles periódicos.
- PS-06 Gestión de equipos e instalaciones.
- PS-07 Gestión de equipos de protección individual
- PS-08 Coordinación de Actividades Empresariales.
- PS-09 Preparación ante emergencias.
- PS-10 Medicina del Trabajo.
- PS-11 Registro, investigación y comunicación de accidentes.
- PS-12 Evaluación de Riesgos Psicosociales.
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Fecha 05/10
PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES
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