Cláusulas Especiales de Los Títulos Valores I para Prsentar
Cláusulas Especiales de Los Títulos Valores I para Prsentar
Cláusulas Especiales de Los Títulos Valores I para Prsentar
2017
DEDICATORIA
Dedicamos este presente trabajo en primer lugar a nuestros padres ya que fueron las
personas más importantes en nuestras vidas también quienes nos impulsaron para
seguir con nuestras carreras profesionales para cada uno de nosotros, también
dedicamos el presente trabajo a nuestro licenciado favorito Miguelito quien nos enseñó
gran parte de sus conocimientos con gran empeño y paciencia.
INTRODUCCION
Las partes no están obligadas a acordar las clausulas especiales, pero pueden
utilizarlas mediante hojas adheridas al título valor si en la extensión del mismo título no
hubiera un lugar que permitiera su redacción.
Para que las clausulas tengan validez deben estar impresas en el documento, pero en
el caso de haber sido incorporados en forma manuscrita debe constar la firma del
obligado que las admite.
También incorporamos las cláusulas especiales que se debe incluir en un título valor
como:
Cláusula de prórroga. Prolonga el plazo vencido del título valor, con la firma de
aceptación del obligado. El plazo del vencimiento puede prorrogarse en la fecha del
vencimiento o después de él, por el cual el obligado este de acuerdo.
Cláusula de liberación del protesto. Llamada sin protesta, como un pacto para liberar
al tenedor o beneficiario legitimo del título valor de la obligación de protestarlo, lo que
le permitirá ejercer la acción cambiaría inmediatamente una vez llegada la fecha de
vencimiento.
Implica que los títulos valores sujetos a protesto puede incluir la frase “sin protesto “o
“equivalente”, en el acto de su emisión o aceptación.
No todos los títulos valores están sujetos a protesto, o a cláusulas de bono y acciones
exigibles.
Requisitos:
Cláusula de venta extrajudicial. Son para los títulos valores afectados en garantía, se
puedan ejecutar directamente o extrajudicialmente, para que así el acreedor prendario
pueda recuperar su inversión. En caso incumplimiento del pacto, se tramita como
proceso de garantía.
Cláusula de sometimiento a la ley y tribunales. En esta cláusula sirve para que las dos
partes se sometan a las leyes y tribunales, para solucionar los conflictos que puedan
derivarse del incumplimiento de las obligaciones.
CAPÍTULO I
CLAUSULAS ESPECIALES DE LOS TÍTULOS VALORES
1.1. ASPECTOS GENERALES
A. La cláusula de prórroga.
B. La cláusula de pago en moneda extranjera.
C. La cláusula sobre pago de intereses y reajustes.
D. La cláusula de liberación del protesto.
E. La cláusula de pago con cargo en cuenta bancaria.
F. La cláusula de venta extrajudicial.
G. La cláusula de sometimiento a leves y tribunales.
a) Oportunidad.
b) Fecha fija e impone.
c) Firma.
d) Comunicación del vencimiento.
Una vez puesta la cláusula de prórroga, ésta puede quedar sin efectos.
Sin embargo, existen tres casos en los que el pago del deudor debe ser
efectuado necesariamente en moneda extranjera, es decir, sin que exista
posibilidad de que se pague su equivalente en moneda nacional:
Establece que en los títulos valores que contengan obligaciones de pago podrá
acordarse de que dicho pago se efectúe mediante cargo en cuenta mantenida en
una empresa del Sistema Financiero Nacional, debiendo contar con la
autorización previa del titular de la cuenta, el nombre de la empresa y el número o
código de cuenta.
1.2.6. CLAUSULA DE VENTA EXTRAJUDICIAL
1.-Podemos decir que los títulos valores son aquellos documentos que permiten
agilizar el tráfico comercial.
2.-Las cláusulas especiales son aquellos acuerdos asumidos por los sujetos
cambiarios que se incorporan al título valor, mediante las cuales estos aceptan
someterse a situaciones excepcionales que de ordinario no se derivarían de un
documento cambiario.
3.-Las cláusulas deberán estar impresas en el documento o refrendadas
especialmente con firma del obligado que las admite en el caso de haber sido
incorporadas en forma manuscrita, con sellos o cualquier otro medio distinto, pues sin
su firma no hay obligación que pueda imputársele.
4.-Mediante este trabajo denominado "La Nueva Ley de Títulos Valores" hemos
analizado cada requisito formal que un título valor tiene, permitiendo conocer que cada
persona que lo tenga adquiera los derechos que este contenga considerando como
actual titular sin importar quienes hayan sido los titulares anteriores.
5.-También que un título valor tiene que tener requisitos de carácter como también
particular, es decir específicos a cada título valor.
6.- Los títulos valores incorporan solamente derechos patrimoniales, esto es de
contenido económico. Puede ser el pago de una suma de dinero, entrega de
mercaderías o derechos de participación.
7.- Podemos decir que los títulos valores son aquellos documentos que permiten
agilizar el tráfico comercial.
8.- Las cláusulas especiales son aquellos acuerdos asumidos por los sujetos
cambiarios que se incorporan al título valor, mediante las cuales estos aceptan
someterse a situaciones excepcionales que de ordinario no se derivarían de un
documento cambiario.