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Trayectorias Escolares - Resolución 701 - 16abril2020

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& sen SA gn 701 ‘ai. ec Conres Pests” Lay 31868 resisrenc, 1 G ABR 2020 Los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia N° 260/20 y N° 297/20, los Decretos Provinciales N? 432/20, N° 433/20 y N° 486/20 Protocolo unificado de actuacién para la etapa de contencién de Emergencia Sanitaria por Coronavirus COVI-19, las Resoluciones Ministeriales N° 6477/1 y N° 430/20, y las Resoluciones N° 93/09, 102/10, 103/10 del Consejo Federal de Educacién; y visto: CONSIDERANDO: Que ante la Emergencia Sanitaria por Coronavirus COVID- 19, nacional y provincial, que establece aislamiento social, resulta necesario prever medidas que garanticen el derecho social a la educacion. Que Ia suspension de las clases presenciales en e! marco del aislamiento social preventivo no suspende el Derecho Social a la Educacion de los nitos/as nifos, adolescentes, jovenes y adultos que integran el universo de estudiantes del Sistema Educative Chaqueno, Que es oportuno, ante la situacién de la emergencia sanitaria nacional y provincial y el aistamiento social decretado, revisar y adoptar medidas de excepcién que regulen el cuidado de las trayectorias, educativas de los estudiantes, Que miles de docentes, a instancias de las Direcciones Regionales y de los equipos de gobierno escolar, han desplegado diferentes estrategias de acompariamiento de las trayectorias educativas y de sus estudiantes y de sus familias, a través del uso de diferentes herramientas teonolégicas. Que es necesario adoptar dispostvos que permitan dar continuidad a estas estrategias implementadas y ordenar el periodo escolar, dentro de un marco normativo general que contemiple las diversas realidades de las instituciones educativas y sus equipos pedagogicos, de los estudiantes y de sus familia. Que resulta necesario, como medida de excepcién, implementar propuestas de acompafiamiento y regularizaciin de las trayectorias escolares, en el marco de la emergencia sanitaria, destinadas a ‘garantizar el derecho a la educacién de los nifos, las nifas, adolescentes, Jovenes y adultos, de los niveles y modalidades de la obligatorieded. ‘Que es necesario ante la emergencia sanitaria modifcar el calendario escolar establecido por Resolucin Ministerial N° 430/2020. Que el Régimen Académico, establecido por Resolucién Ministerial N° 6477/19 no contempla ni contiene especicaciones que permitan el acompariamiento de las trayectorias escolares en este contexio de cexcepcionalidad dado por la pandemia del coronavirus COVID-19 Escaneado con CamScanner — 701 ined snc Cur Cay Teena “aia. At et Congas Pane ay 1168 de generacién democratica y colectiva para los niveles obligatorios del sistema ‘educativo. Que es necesario un Régimen Académico de los sistemas obligatorios que se convierta en un instrumento fundamental de la Politica Educativa, garantizando el acceso, la permanencia y el egreso de los estudiantes en la diversidad de contextos heterogéneos. Que la Subsecretaria de Educacion avala lo actuado; Por lo expuesto corresponde el dictado del presente instrumento legal; Por ello; LA MINISTRA DE EDUCACION CULTURA CIENCIA Y TECNOLOGIA RESUELVE: ARTICULO 4°:DEJAR SIN EFECTO la Resolucién Ministerial N° 6477/19 por lo expuesto en los considerandos. ARTICULO 2°: APROBAR, el ‘Plan de Acompatiamiento y Regularizacién de las Trayectorias Escolares” que como ANEXO I acomparia a la presente Resolucén, y que se implementara de manera excepcional en el marco de la emergencia santara garantizando el acceso y la permanencia de los estudiantes de todos los niveles y modaldades de la obligatoriedad de sistema educatv, ARTICULO 3°: DETERMINAR, de manera excepcional por los considerandos ‘expuestos, que se modificaré la Resolucién Ministerial N° 40/2020, de acuerdo a las necesidades del Plan de Acompaftamiento y Regularizacion de las Trayectorias Escolares, y se adecuaré la organizacién institucional para garantizar derechos de todos/as losilas estudiantes del sistema educativo provincial de acuerdo a lo normado en el ANEXO I de la presente Resolucién ARTICULO 4 °:CONTINUAR con la Plataforma Digital Educativa “ELE” para los niveles educativos obligatorios, como herramienta de acompafiamiento virtual a estudiantes, familias y docentes en alternativas de ensefianza y aprendizajes mediados por TIC y como repositorio de materiales didécticos acorde a los lineamientos curriculares nacionales y provinciales, para garantizar la continuidad del periodo escolar. ARTICULO 5°: ESTABLECER que durant el presente Ciclo Lectvo se pondré del Congreso Pedagégico, la Resolucién 6477/19 del M. documento de andlisis para el debate y propuestas de los Fi Escaneado con CamScanner & inne ancsn, Car, ney Teese ‘ano. kn Conga Pent La 31108 comprenden el Régimen Académico de acuerdo con los requerimientos de la Resolucién 93/99 del Consejo Federal de Educacién. ARTICULO 6°: DETERMINAR que para todos los casos de movilidad de los estudiantes en todos los niveles y modalidades de la educacién ‘secundaria obligatoria se procedera de acuerdo a lo encomendado en el ANEXO I de la Resolucién N° 102/10 del Consejo Federal de Educacién. ARTICULO 7°:DETERMINAR que las fechas establecidas quedan supeditadas a definiciones emitidas por Deoretos Nacionales y Provinciales de los Poderes Ejecutivo Nacional y Provincial en el marco de la Emergencia Sanitaria. ARTICULO 2°: REGISTRAR, comunicar y archivar. RESOLUCION N°. 7 0 i Escaneado con CamScanner & Miter oral, ar, rely Teeaaga “ae. ol Corre ates" Ley 3168 ANEXO | A LA RESOLUCION N® @ 0 1 PLAN DE ACOMPANAMIENTO Y REGULARIZACION DE LAS TRAYECTORIAS ESCOLARES | CONSIDERACIONES GENERALES PARA TODOS LOS NIVELES Y MODALIDADES: EI Plan de Acompafiamiento y Regularizacién de las Trayectorias Escolares requiere tener en cuenta los siguiontes aspectos: 1. Los Equipos Pedagégicos del MECCyT, remitiran ~por todas las vias establecidas en este contexto de emergencia~ una Secuencia de Saberes Priorizados que incluird ejes, aprendizajes esperados y orientaciones didécticas para cada uno de los ciclosigrados /cursos fafios seleccionados de los respectivos Disefios Curriculares y organizados temporalmente. Dichos contenidos se subirdn, asimismo al Portal ‘Ele’ en los espacios de Orientaciones para el docente. 2. El trabajo articulado entre directivos, asesores pedagégicos, docentes, equipos de apoyo a la integracion escolar, auxiliares docentes, para implementar el Plan de Acompafiamiento y Regularizacién de las Trayectorias Escolares, tanto en el marco de la no presencialidad impuesta por la emergencia sanitaria como en el contexto presencial una vez decretada la finalizacion del aislamiento social preventivo, a través de herramientas mediadas por TIC, de materiales didacticos disponibles en las instituciones, provistos por el estado nacional y provincial 3. La elaboracién, a nivel institucional, del Plan de Acompafiamiento y Regularizacion de las Trayectorias Escolates, situado y contextualizado a las particularidades y realidades de la institucién, a partir de las Secuencias de Aprendizajes Priorizados y orientaciones elaboradas por las Direcciones de Niveles y Modalidades. 4. El disefio de estrategias didécticas que posibilten el acompafiamiento a los estudiantes en situacién de riesgo pedagbgico, riesgo de promocién y/o para compensacién de aprendizajes, contando con el permanente asesoramiento y ‘seguimiento de los/las supervisoresias y Directores/as Regionales. 5, La ullizacion de materiales de desarrollo curricular especialmente elaborados en Escaneado con CamScanner & sd ene 701 "a0. Ato sl Congres Petes Ley 2164 6. El acompafiamiento tutorial especiico a través de la Plataforma ‘Ele’, la Plataforma “Seguimos Educando” del Ministerio de Educacién Nacional, cuaderillos de apoyo pedagégico y otros dispositives y_herramientas tecnoldgicas que consideren perinentes de acuerdo a los recursos y contextos de ta Institucion. 7. La acteditacion de espacios curriculares pendientes de aprobacién, en diferentes ‘momentos del ciclo lectivo, en funci6n de la organizacién institucional dada en el ‘marco de la emergencia sanitara y lo establecido en la presente Resolucién para cada nivel modalidad (Ver consideraciones especificas) 8. Elacuerdo entre directvos, asesores pedagégicos, auxiiares docentes y padres 0 tutores de los estudiantes para el seguimiento de las trayectorias escolares, el registro y sistematizacion de la informacion de cada estudiante incluido en el proceso de acompariamiento mediado por herramientas tecnolégicas, asf como de cada estudiante matriculado que no haya podido inciurse, contando con el Permanente asesoramiento y seguimiento de los/las supervisores/as._y Directores/as Regionales. 8. La adecuacién de los tiempos, recursos y secuencias didacticas de la planifcacién curricular, en funcién de la reformulacién de las instancias de ‘creditacién ~para cada nivel y modalidad- establecido en la presente Resolucién (Ver consideraciones especiicas por nivelimodalidad), 10.E! Plan institucional de Acompaftamionto y Regularizacion de las Trayectorias Escolares -elaborado en primer cuatimestre del ciclo lectivo- debe contener la mirada integral del equipo de enseftanza del ambito! areal disciplinal interdiscipina y de los docentes tutores de las instancias de apoyo, evtando una implementacién parcial o fragmentada, y el trabajo del docente en forma aislada. 11.Dicho equipo tiene la responsabilidad de acordar y planificar las actividades,

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