Requerir Al Demandado
Requerir Al Demandado
Requerir Al Demandado
Exp. : 045-2016-0-1815-JP-CO-06
Esp. : Mónica Cecilia Melgar Lozano
Cuad : PRINCIPAL
SUMILLA: PIDO REQUERIR AL DEMANDADO
SEÑOR JUEZ DEL SEXTO (6°) JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SURCO Y SAN BORJA
AUTOMOTRIZ TRANS CAR S.A.C., en los seguidos contra ALFREDO MIGUEL RISCO GODOY sobre
Obligación de Dar Suma de Dinero, a Ud. con respeto digo:
I.-PETITORIO:
Requerir a Alfredo Miguel RISCO GODOY el pago, bajo apercibimiento de iniciar la ejecución forzada.
II.-FUNDAMENTO DE HECHO:
1. Que por RES N° 12 se comunica la RES N°11, subsanando los errores de notificación, en razón a ello
solicito requerir al demandado ALFREDO MIGUEL RISCO GODOY el pago de la obligación patrimonial,
bajo apercibimiento de iniciar la ejecución forzada
2. Que el art. 692-A del Código Procesal Civil señala: “Artículo 692-A.-Señalamiento de bien libre y
procedimiento de declaración de deudor judicial moroso Si al expedirse el auto que resuelve la
contradicción y manda llevar adelante la ejecución en primera instancia, el ejecutante desconoce la
existencia de bienes de propiedad del deudor, aquel solicitara que se requiera a este para que dentro
del quinto día señale uno o más bienes libres de gravamen o bienes parcialmente gravados, a
efectos que, con su realización, se cumpla el mandato de pago, bajo apercibimiento establecido
por el Juez, de declarase deudor judicial moroso e inscribirse dicho estado en el Registro de
Deudores Judiciales Morosos, a solicitud del ejecutante. (…).
ANEXO:
1.-Una (01) copia de la RES N° 12 y RES N° 11.
2.-Una (01) copia del reporte vía Web de la Notificación 2018-0010849-JP-CO
POR TANTO:
Al Juzgado pedimos se sirva tener presente lo expuesto y proveer con arreglo a Ley.
PRIMER OTROSI DECIMOS: El presente escrito es suscrito y presentado por el abogado que autoriza
en observancia del art. 290° de la L.O.P.J.
Dr. Víctor Enrique Pantoja Niño de Guzmán AUTOMOTRIZ TRANS CAR SAC
Reg. CAL Nª 25777 Alberto Negrón Miranda
Gerente General