Bases Concurso Publico - UNP 2019-02 PDF
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2. DOMICILIO LEGAL:
Campus Universitario S/N Urb. Miraflores, Distrito de Castilla. Provincia de Piura,
Departamento de Piura, Teléfono N° (073) 285251
4. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Contratar recurso humano para el desarrollo de actividades administrativas de naturaleza
permanente en la Universidad Nacional de Piura, bajo la Modalidad de Contrato a Plazo
Determinado (fenece en cada ejercicio fiscal) para el próximo año fiscal (2020), para ocupar
plazas en los grupos ocupacionales de Servidor Auxiliar y Servidor Técnico, que se encuentren
vacantes en la Población Económicamente Activa de la institución, por motivo de cese,
fallecimiento o renuncia de servidores.
5. BASE LEGAL
1) Constitución Política del Perú
2) Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones
del Sector Público.
3) Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento del Decreto Legislativo N° 276.
4) Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificaciones.
5) Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444
Ley del Procedimiento Administrativo General.
6) Ley N° 28044 Ley General de Educación y sus modificatorias.
7) Ley N° 30220, Ley Universitaria
8) Ley N° 30879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.
9) Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación y su modificatoria.
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10) Decreto Supremo N° 011-2012-ED que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044 y sus
modificatorias.
11) Decreto Supremo N° 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
12) Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación.
13) Decreto Supremo N° 016-2015-MINEDU, que aprueba la Política de Aseguramiento de la
Calidad de la Educación Superior Universitaria.
14) Decreto Supremo 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenando de la Ley 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General.
15) Ley 29973, Ley General de la Persona Con Discapacidad
16) Directiva 001-2016-SERVIR/GOSRH. “Normas para la Formulación del Manual de Perfiles de
Puestos”
17) Resolución de Presidencia Ejecutiva 61-2010-SERVIR/PE
18) Estatuto de la Universidad Nacional de Piura.
19) Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 143-2019-SERVIR-PE “Directiva N° 001-2019-
SERVIR/GDSRH Normas para la gestión de los procesos de selección en el Régimen de la Ley
N° 30057 – Ley del Servicio Civil.
20) Resolución Rectoral N° 0320-R-2019 modificada con Resolución Rectoral N° 2078-R-2019 y
Resolución Rectoral N° 2167-R-2019.
21) Resolución de Consejo Universitario N° 0189-CU-2019.
7. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
00 Recursos Ordinarios
8. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
El postulante que resulte ganador, será contratado bajo la Modalidad de Contrato a Plazo
Determinado, al amparo del Decreto Legislativo N° 276, y su Reglamento Decreto Supremo N°
005-90-PCM y las modificaciones que se generen, previa emisión de la respectiva resolución.
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N° Registro
N° Orden Nivel y Grupo Ocupacional N° Plazas
AIRHSP
1 000685 Servidor Auxiliar “B” (SAB) 01
2 000726 Servidor Auxiliar “B” (SAB) 01
3 000775 Servidor Auxiliar “B” (SAB) 01
4 000993 Servidor Auxiliar “B” (SAB) 01
5 000011 Servidor Auxiliar “C” (SAC) 01
6 000078 Servidor Auxiliar “C” (SAC) 01
7 000138 Servidor Auxiliar “C” (SAC) 01
8 000174 Servidor Auxiliar “C” (SAC) 01
9 001134 Servidor Auxiliar “C” (SAC) 01
10 001168 Servidor Auxiliar “C” (SAC) 01
11 001203 Servidor Auxiliar “C” (SAC) 01
12 001224 Servidor Auxiliar “C” (SAC) 01
13 001245 Servidor Auxiliar “C” (SAC) 01
14 000075 Servidor Técnico “A” (STA) 01
15 000156 Servidor Técnico “A” (STA) 01
16 000217 Servidor Técnico “A” (STA) 01
17 000284 Servidor Técnico “A” (STA) 01
18 000555 Servidor Técnico “A” (STA) 01
19 001089 Servidor Técnico “A” (STA) 01
20 000114 Servidor Técnico “B” (STB) 01
21 000220 Servidor Técnico “B” (STB) 01
22 001088 Servidor Técnico “B” (STB) 01
23 000034 Servidor Técnico “C” (STC) 01
24 000081 Servidor Técnico “C” (STC) 01
25 000681 Servidor Técnico “C” (STC) 01
26 000168 Servidor Técnico “C” (STC) 01
TOTAL 26
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Señor
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE CONCURSO PÚBLICO DE PLAZAS
ADMINISTRATIVAS 2019.
Remite
(… Apellidos y Nombres del Postulante)
Plaza a la que Postula y Código Sobre
(… especificar la plaza)
DNI:
DIRECCIÓN:
TELÉFONO FIJO: TELÉFONO CELULAR:
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c. El postulante debe leer cuidadosamente las Bases del Concurso Público, siendo
responsable en la documentación presentada.
d. El sobre presentado es revisado para la inscripción del postulante, para tal efecto, debe
llevar copia de solicitud, la cual corresponde al “cargo de recepción”.
El siguiente proceso de selección consta de las siguientes etapas y actividades, según lo detallado a
continuación.
Punto
Puntaje
N° Etapas Carácter Mínimo Porcentaje
Máximo
Obligatorio
Revisión de Cumplimiento de
02 Eliminatorio No tiene No tiene No tiene
Requisitos
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CRONOGRAMA
ÁREA
FASES DEL PROCESO CRONOGRAMA
08/11/2019 Publicación en el Portal de
Publicación del proceso en el servicio nacional de empleo 1,
diez días hábiles antes de la convocatoria (1). empleosperu y Servir
CONVOCATORIA: En el portal web de la Entidad: Del 26/11 al 03/12 Publicación en página web
www.unp.edu.pe, y lugares de acceso público de la sede de institucional y Diario de
la UNP y diarios de circulación regional y nacional.
circulación nacional y local
PUBLICACIÓN DE REGLAMENTO Y BASES DEL Del 26/11 al 03/12 Publicación en página web
CONCURSO: En el portal web de la Entidad: institucional.
www.unp.edu.pe,
1
El Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, vigente desde el año 2004, el que establece que todo organismo público y
empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (hoy,
Servicio Nacional del Empleo), las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con diez (10) días hábiles de anticipación
al inicio del concurso respectivo.
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14.REQUISITOS GENERALES
La presentación de requisitos generales es de carácter obligatorio. Son requisitos generales
para postular al concurso público los siguientes:
Los datos contenidos tanto en la solicitud como en las Declaraciones Juradas, deben
ser correctamente llenados y con letra de imprenta clara y legible, sin borrones ni
enmendaduras y registrar “huella digital” según corresponda. Es de entera
responsabilidad de los postulantes el correcto llenado y la veracidad de la información
consignada.
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INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES.
- Ejecución. - Los interesados que deseen participar en el presente proceso de selección, deberán,
llenando el Formulario 1.- Registro de Participantes, con lo cual tendrán derecho a un ejemplar de
las bases, previo pago del costo de reproducción de las bases.
- Presentación de sobres.- El Interesado que cumpla con los requisitos que desee participar, deberá
presentar su Currículo Vitae simple, además deberá adjuntar copia simple de la documentación
sustentaría. Al ser recepcionado el sobre del postulante se le hará entrega de un CÓDIGO DEL
POSTULANTE, con el cual el postulante podrá identificar el puntaje obtenido durante las diferentes
etapas del presente concurso público.
El Currículum Vitae corresponde a los documentos que el postulante presenta para acreditar
formación superior, capacitación y experiencia en la plaza a la cual postula, según corresponda;
por lo tanto, debe acreditar la información siguiente:
En Formación: Copia simple de grados académicos y/o título, que acredite formación
superior según la plaza a la cual postula.
En Capacitación: Copia simple de certificados y/o similares, que acredite capacitación
y especialización según la plaza a la cual postula.
En Experiencia: Copia simple de certificados de trabajo, resoluciones de contrato y/o
similares, o recibos por honorarios (electrónicos o manuales) que acredite prestación
de servicios según la plaza a la cual postula, emitida por el órgano competente.
Toda la documentación deberá ser foliada y firmada o visada en la parte superior derecha, el
foliado se iniciará a partir de la primera página. Asimismo, debe presentarse en folder manila con
sujetador (fastener). No se aceptarán anillados ni empastados.
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No serán evaluados los documentos con enmendaduras, ilegibles, rotos o deteriorados de tal
modo que no se aprecie su contenido; tampoco serán válidas las fotocopias respecto de las
cuales no se pueda verificar su contenido.
El postulante deberá cumplir con todas las precisiones anteriores de la presente etapa, caso
contrario será descalificado del presente proceso de selección.
Todos los documentos que acrediten experiencia deberán presentar fecha de inicio y fin
y/o tiempo laborado.
b) Formación Académica. -
Deberá Acreditarse con copia simple del Título Técnico, Grado Académico o Título
Profesional mínimo requerido en el perfil.
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e) No haber sido sancionado administrativamente por alguna entidad del estado ni tener
sentencia firme o ejecutoriada o tener proceso judicial aperturado en algún órgano
jurisdiccional del país.
f) Acreditar el cumplimiento de los requerimientos del perfil para el puesto que postula
. Observaciones. -
b) Se considerará solamente las prácticas profesionales como experiencia, según Directiva 001-
2016-SERVIR/GOSRH. “Normas para la Formulación del Manual de Perfiles de Puestos”.
c) El Manual de Perfiles de Puestos, señala que se tomaran en cuenta solamente las Prácticas
Profesionales, más no las Practicas Pre Profesionales.
d) Según la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que, para el caso de
Documentos expedidos en idioma diferente al castellano, el postulante deberá adjuntar la
traducción oficial o certificada de los mismos en original.
f) En el caso del postulante ganador que haya presentado copia de certificados electrónicos, se
procederá a verificar en el link donde se encuentra publicado este documento, dejando constancia
de este hecho con un acta de verificación documentaria, según formato establecido. Esta acta de
verificación también puede ser utilizada tratándose de resoluciones o documentos emitidos por
otras entidades públicas.
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g) Los conocimientos de Ofimática y del idioma ingles deben ser sustentados con los
correspondientes documentos, títulos, certificados, constancias, etc.
PUNTAJE MINIMO
EVALUACION PUNTAJE MAXIMO
APROBATORIO
Tiene como objeto evaluar el nivel de conocimiento señalados en el Perfil del puesto y/o
conocimientos de la institución por medio de una prueba escrita.
- Criterios de Calificación. – En esta evaluación los/las postulantes podrán obtener una de las
siguientes condiciones, según corresponda:
CALIFICA: Cuando el/la postulante alcanza una puntuación entre 12 y 20 puntos.
NO CALIFICA: Cuando el/la postulante no alcanza el puntaje mínimo aprobatorio.
DESCALIFICA: Cuando el/la postulante incumpla alguna de las normas establecidas, y sea retirado/a
de la evaluación.
NO ASISTIÓ: Cuando el/la postulante no se presenta a rendir la evaluación o se presenta fuera del
horario indicado.
- Publicación. - La publicación incluirá los resultados de la evaluación de conocimientos, los
postulantes “aprobados”, serán convocados a la siguiente etapa.
PUNTAJE MINIMO
EVALUACION PUNTAJE MAXIMO
APROBATORIO
EVALUACION DE
12.00 20.00
CONOCIMIENTOS
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PUNTAJE MINIMO
EVALUACION PUNTAJE MAXIMO
APROBATORIO
CALIFICA: Cuando el/la postulante alcanza una puntuación entre 127 y 259 puntos.
NO CALIFICA: Cuando el/la postulante no alcanza el puntaje mínimo aprobatorio.
DESCALIFICA: Cuando el/la postulante incumpla alguna de las normas establecidas, y sea
retirado/a de la evaluación.
NO ASISTIÓ: Cuando el/la postulante no se presenta a rendir la evaluación o se presenta fuera
del horario indicado.
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postulante obtenga una evaluación por debajo del “puntaje mínimo aprobatorio”, será
considerado “NO CALIFICA” y será ELIMINADO del Concurso.
PUNTAJE MINIMO
EVALUACION PUNTAJE MAXIMO
APROBATORIO
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- El área de selección publicará el cuadro de mérito sólo de aquellos postulantes que hayan
aprobado las etapas del proceso de selección.
Puntaje de
Puntaje de la Puntaje de la Puntaje de
la PUNTAJE
Evaluación Evaluación de la Entrevista
+ + Evaluación + = FINAL
Curricular * Conocimientos Personal *
Psicotécnica OBTENIDO
20% * 30% 30%
* 20%
- La elaboración del Cuadro de Méritos se realizará con los resultados mínimos aprobados
requeridos en cada etapa del proceso de selección y las bonificaciones, en caso correspondan, de
licenciado de las Fuerzas Armadas y/o Discapacidad.
- El postulante que haya aprobado todas las etapas del Proceso de Selección y obtenido la
puntuación más alta, en cada puesto convocado, será considerado como “GANADOR” de la
convocatoria.
17.2.- Bonificaciones.
Se otorgará una bonificación del 10% sobre el puntaje obtenido en la etapa de entrevista personal,
de conformidad a los establecido en el acuerdo 4º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva 61-
2010-SERVIR/PE, siempre que el postulante los haya requerido mediante Declaración Jurada o
Solicitado mediante Carta y haya adjuntado en su Currículo Vitae copia simple del documento oficial
emitido por la autoridad competente que acredite su condición de licenciado de las Fuerzas
Armadas.
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Bonificación a Personal licenciado de las Fuerzas Armadas = 10% del Puntaje obtenido en la
Entrevista Personal
CUADRO DE MERITOS.
PUNTAJE FINAL
fichas ópticas usadas, currículum vitae, formatos y hojas de trabajo utilizados en las diferentes
etapas del Concurso; para lo cual solicitará la presencia de un veedor del Órgano de Control
Institucional y del Sindicato de Trabajadores de la UNP.
Cada Etapa tiempo un tiempo definido en el Cronograma para presentar las impugnaciones
que el postulante crea conveniente, una vez pasada la Etapa correspondiente, el postulante
no podrá realizar impugnaciones sobre dicha Etapa pasada.
Si algún postulante considera que el Comité de Selección encargado de conducir el Concurso
Público ha emitido una decisión que presuntamente viole, desconozca o lesiones un
derecho o interés legítimo, podrá presentar por escrito un recurso de impugnación para su
resolución. (recuerde que esto se realiza en cada una de las Etapas del Concurso).
El plazo para interponer el citado recurso impugnativo se encuentra en el Cronograma. Sólo
serán admitidos y tramitados aquellos recursos que se presenten por escrito, dentro del
plazo señalado y en el horario de atención de mesa de partes de la Comisión de Selección
(ver el Cronograma), debiendo consignarse expresamente la dirección electrónica o
domicilio al cual deberá notificarse la respuesta.
La mesa de partes de la Comisión de Selección donde se entregará y recepcionará los Sobres
de Postulación y la presentación de reclamos será la ventanilla de atención de la Oficina de
Grados y Títulos. (primer piso del Edificio Central del Rectorado – Campus Universitario).
El Comité de Selección resolverá los recursos de impugnación que puedan presentarse, los
resultados serán dados a conocer mediante correos electrónicos a los postulantes
interesados (aquellos que presentaron el recurso).
20.- DE LA DECLARATORIA DE DESIERTO O DE LA CANCELACION DEL PROCESO.
Declaratoria de Desierto del Proceso.
El proceso será declarado desierto en alguno de los siguientes supuestos:
Cuando no se cuente con postulantes aptos en cada etapa del proceso.
Cuando los postulantes no cuenten con los requisitos mínimos.
21.- CANCELACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
El proceso puede ser cancelado en alguno de los siguientes supuestos, sin que sea
responsabilidad de la Universidad Nacional de Piura.
Cuando desaparece la necesidad del servicio iniciado el proceso de selección.
Por restricciones presupuestales.
Otras razones debidamente justificadas.
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acciones administrativas, civiles y/o penales que la Universidad Nacional de Piura pueda
adoptar.
En caso que el postulante no se presente a alguna de las etapas del proceso, en la fecha o
lugar establecido por el Comité de Selección, será automáticamente descalificado.
En caso que el postulante sea suplantado por otro postulante o por un tercero, será
automáticamente descalificado, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que la
Universidad Nacional de Piura adopte.
El Comité de Selección tiene la facultad de aplicar e interpretar la presente base del
Concurso Público en caso de presentarse dudas o vacíos en estas y/o resolviendo los hechos
o situaciones que se presenten, salvaguardándose el debido proceso y resolviendo en
mérito a los principios de igualdad y equidad.
El postulante que logre la vacante a la cual postuló, deberá firmar el respectivo Contrato
dentro de un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles, contando a partir del día siguiente a
la publicación de resultados.
El contrato es condición indispensable e insustituible para que el postulante ganador del
procedimiento de contratación inicie sus labores.
El puntaje final obtenido por los postulantes en el procedimiento de contratación, es
cancelatorio; solo tiene efecto para el cual se inscribió. No genera ni otorga ningún derecho
para cubrir vacante alguna, fuera del mismo.
Los cargos sometidos a concurso no adjudicados, son declarados desiertos por el Comité de
Selección cuando:
o No se presentan postulantes al procedimiento de contratación y/o alguna de las
etapas de carácter obligatorio.
o Ninguno de los postulantes cumple con los requisitos mínimos para el cargo.
o Habiendo cumplido los requisitos mínimos, ninguno de los postulantes obtiene el
puntaje aprobatorio.
En el caso que se declare desierto el procedimiento de contratación, el Comité de Selección
de la Universidad Nacional de Piura, volverá a convocar dentro de los cinco días hábiles
posteriores a la culminación del procedimiento anterior, a un nuevo procedimiento, hasta
completar los cargos asignados de acuerdo a la necesidad de la universidad, previo registro
de lo actuado en Acta.
El Comité de Selección será competente para resolver cualquier situación especial y/o
prevista que se presente, aun cuando no esté contemplada en la presente base.
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ANEXO A
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PUNTAJE PUNTAJE
EVALUACIONES
MINIMO MAXIMO
EVALUACION CURRICULAR 65 Ptos. 100 Ptos.
1. FORMACION ACADEMICA Y CUMPLIMIENTO DE LOS
05 25
REQUERIMIENTOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PERFIL DEL CARGO
1.1 Grados y Títulos Puntaje
Estudios no concluidos en Secundaria Eliminado 00
Secundaria Completa (solo para plazas de Auxiliares) 05
Título de Técnico 10
Grado Académico de Bachiller 15
Título Profesional 20
Estudios de Maestría concluidos 22
Grado Académico de Maestro y/o Doctor 25
2. EXPERIENCIA PROFESIONAL 20 25
2.1 Experiencia Profesional (relacionada al cargo) Puntaje
Tres (03) años de experiencia profesional en el sector Público o
20
Privado.
Más de tres (03) años a (04) cuatro años, once (11) meses y
veintinueve (29) días de experiencia profesional en el sector 22
público o privado.
Cinco (05) o más de cinco (05) años de experiencia profesional en
25
el sector público o privado
3. CONOCIMIENTO DEL CARGO 20 25
3.1. Conocimiento y manejo de actividades administrativas o de oficina Puntaje
Certificados o constancias de cursos de especialización en
20
Secretariado, Ofimática, Administración Pública.
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