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+UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SINALOA

FACULTAD DE TRABAJO SOCIAL MAZATLÁN

MODALIDAD SEMIESCOLARIZADO

GRUPO 10

CARACTERIZACION DEL CAMPO DE INTEREVENCIÓN

DEL TRABAJO SOCIAL EN SALUD

INTEGRANTES DE LA BRIGADA:

KARELY MERCEDES ALONSO GAMBOA

IGNACIO ENRIQUE CAMPOS QUEVEDO

JESÚS BRAYAM HERNÁNDEZ CHÁVEZ

MA. TERESA IBARRA OROZCO

PALOMA SOMOZA OSUNA

XIMENA YAMILETH VALDES NAVA

Mazatlán, Sinaloa, enero de 2020


ÍNDICE

Contenido
INTRODDUCCIÓN .......................................................................................................... 4

CARACTERIZACIÓN DEL CAMPO DE INTERVENCION DE TRABAJO SOCIAL EN EL


ÁREA DE SALUD ........................................................................................................... 7

1. CONCEPTUALIZACIÒN .......................................................................................... 7

1.1. Conceptualización de términos generales ........................................................ 7

1.2. Conceptualización de términos específicos .................................................... 13

2. MARCO NORMATIVO ........................................................................................... 22

2.1. Organización de las Naciones Unidas a través de Organización Mundial de la


Salud ...................................................................................................................... 22

2.2.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ................................ 32

2.3 Ley del ISSSTE ................................................................................................ 90

2.4 Plan Nacional de Desarrollo ............................................................................. 90

2.5 Plan Estatal de Desarrollo ................................................................................ 93

2.6 Plan Municipal de Desarrollo............................................................................ 93

3. ANTECEDENTES HISTÓRICOS .............................................................................. 94

3.1. Antecedentes históricos en Europa .................................................................... 94

3.2. Antecedentes históricos en América Latina ........................................................ 94

3.3 . Antecedentes históricos en México ................................................................ 98

4. METODOLOGÍA...................................................................................................... 103

5. FUNCIONES, ACCIONES Y COMPETENCIAS...................................................... 104

6. ESTUDIO DE CASOS ............................................................................................. 182

7. AGENDA INSTITUCIONAL ..................................................................................... 183

Opiniones personales .......................................................................................... 189

Bibliografía .................................................................................................................. 192


INTRODDUCCIÓN
En lo personal nos compete construir en el ámbito del campo de intervención del Trabajo
Social en Salud.

En primera instancia se aborda lo relacionado a definiciones y conceptualizaciones


generales de la profesión, seguidamente de terminología propia del campo de acción
que nos ocupa: Trabajo Social en Salud, ahí se presentan definiciones de autores
diversos como Henry Pratt, Ezequiel Ander-egg, Gloria e. Mendicoa, entre otros, y el
mismo Diccionario de Sociología, sirviendo como base para investigar categorías
enmarcadas en el desarrollo humano: Exclusión social, Democracia y las relacionadas
al campo investigado: Salud, Enfermedad, Medicina preventiva, por mencionar algunas.

Posteriormente se encuentra la normatividad, que corresponde la reglamentación


internacional abordando lo mandatado por la Organización Mundial de la Salud, como
organismo rector de la salud en los estados nación, y se desciende a la Carta Magna de
los Estados Unidos Mexicanos, enunciando las garantías individuales y las leyes
particulares que de ella se desligan como son la Ley General de Salud, además la Ley
del Seguro Social que rige la relación obrero-patronal y la misma que regula a los
burócratas como lo es la Ley del ISSSTE.

Históricamente el trabajo social como tal ha estado presente desde tiempos mucho muy
antiguos. El ser humano es un ente solidario por naturaleza, y en toda comunidad o grupo
sea cual sea éste, el sentido de apoyo social o moral está presente o vigente en la
comunidad. La beneficencia, caridad, ayuda, solidaridad son términos que van de la
mano conforme la sociedad crece y se desarrolla. Así podremos ver que desde 2000
A.C. de Cristo, hablando de más de 4,000 años atrás en la historia, ya existían diversos
comportamientos sociales, en apoyo o ayuda de los más desprotegidos, de aquellos
grupos marginados socialmente. Existió un código de “Hammurabi”, que no era otra
cuestión que Leyes de protección a las viudas, huérfanos y menesterosos. Si nos
remontamos a la antigua Roma podemos encontrar diversas formas de ayuda social, en
inclusive la creación de unidades para alimentación de los infantes en formación o
crecimiento, los cuales eran de escasos recursos o hijos de viudas y desprotegidos.
En México la apertura a diversos campos de acción del trabajador social, no puede dejar
de apreciarse, y contemplarse mediante información histórica, en donde se tiene
constancia de la ayuda social que en la época de la colonia realizó en un inicio la Iglesia
Católica. Existen aún en la actualidad ruinas de aquellos hospitales y hospicios para
pobres y menesterosos, gente humilde y marginada que fueron apoyados en sus
diversas situaciones alimentándolos, ofreciéndoles un abrigo y techo donde disminuir sus
necesidades sociales inminentes.

Pasando al “Nuevo México” en la época del Porfiriato, que fue una etapa de México en
donde se realizó poca actividad social, dada la predominante marginación y exagerada
explotación de que fue objeto el mexicano de menor conocimiento léase los obreros,
campesinos y mujeres en general sin educación y aún a pesar de estas condiciones
míseras en las que se tenía sometido a la mayoría de los mexicanos, se dieron algunas
promulgaciones como la Ley de instrucción, que establecía de la imposición de la
educación elemental, así se acentúa la realización de diversas instituciones como lo es
la escuela para ciegos y sordomudos, la creación del Hospital General de la ciudad de
México, que en la actualidad es y ha sido el modelo a seguir en materia de salud.

En 1928, en tiempos más modernos, se analiza la creación de la Escuela de Salud, que


tenía por objetivo el formar médicos y personal técnico especializado en la organización
de diversos servicios sociales, de aquí se parte la idea del inicio del trabajo social como
profesión, fortaleciendo dicho trabajo por medio de conferencias, folletos y artículos que
aparecían en la prensa de aquellos tiempos.

Así pues, el ámbito del trabajo social tiene su historia en antecedentes destacados en el
paso del tiempo de la humanidad y su contexto social.

Del libro de Margarita Rosas Pagaza “Una perspectiva teórico metodológica de la


intervención en Trabajo social”, tomamos información para comprender la metodología
como un proceso y no sólo como conceptos aislados. La configuración de las prácticas
asistenciales más sistematizadas constituye el primer antecedente de lo que después
sería una metodología de intervención. La organización de la caridad que asume el
concepto de bienestar como objetivo, es incorporada al trabajo social profesional y
posteriormente retomada como el ámbito del trabajo profesional.
Como objetivo en tanto se entiende que la asistencia organizada trabaja con los
individuos para aliviar la pobreza, así como para rescatar a los hombres del peso de las
circunstancias de la pobreza, encaminando que cada individuo asuma su
responsabilidad para orientar sus existencias individuales y contribuir al bienestar de la
comunidad en que viven.

Desde el punto de vista metodológico es necesario identificar niveles de relación entre


necesidades sociales y bienestar social para analizar la posibilidad de esta relación en
términos de posibles soluciones alternativas desde lo cotidiano.

Todos estos procesos no se pueden someter a una metodología lineal porque la realidad
puede cambiar ya que no es estable y porque los actores sociales cambian sus
necesidades, pautas culturales y situación particular en la sociedad, son una cuestión
social compleja.

NOTA: Falta complementar la introducción con la descripción somera de Funciones y


Competencias, Estudio de Casos, Agenda Institucional y Opiniones Personales
CARACTERIZACIÓN DEL CAMPO DE INTERVENCION DE TRABAJO SOCIAL EN EL
ÁREA DE SALUD

1. CONCEPTUALIZACIÒN
1.1. Conceptualización de términos generales
El concepto ciudadanía resume el contrato social en el que se especifican las formas de
pertenencia y participación de los individuos en una comunidad. En la ciudadanía se
define el estatus sociopolítico de los individuos. En ella se concretizan los derechos y
obligaciones que adquieren los individuos en las esferas individual cono colectivas. El
concepto de ciudadanía se articula en base a tres condiciones fundamentales: Acceso:
criterios y normas que determinan la entrada del individuo a la vida pública. Pertenencia:
derechos y obligaciones que obtiene el individuo. Participación: mecanismo de
participación política y social. (SlideShare, 2019) pero en los siguientes párrafos dice que
el concepto de ciudadanía tiene muchas más capas de significado que la de ciudadanía
legal. Hoy en día “ciudadanía” es mucho más que una construcción jurídica y se refiere,
entre otras cosas, a la sensación personal de pertenencia, por ejemplo, al sentido de
pertenencia a una comunidad que puedas moldear e influir directamente. Una comunidad
puede definirse a través de una variedad de elementos, por ejemplo, a través de un
código moral compartido, de un conjunto idéntico de derechos y obligaciones, de la
lealtad a una civilización común, o a través de un sentido de identidad. Desde el punto
de vista geográfico, el término “comunidad” generalmente se define a dos niveles
principales, diferenciando entre la comunidad local, en la que vive la persona, y el estado,
al que pertenece la persona. (jóvenes, COMPASS. Manual de Educación en los
Derechos Humanos con, s.f.) y en el siguiente concepto apunta a que la ciudadanía es
un estatus, es decir, un reconocimiento social y jurídico por el cual una persona tiene
derechos y deberes por su pertenencia a una comunidad, en general, de base territorial
y cultural. Los "ciudadanos" son iguales entre ellos, en la teoría no se puede distinguir
entre ciudadanos de primera, de segunda, etc. En el mismo territorio, sometidos a las
mismas leyes, todos deben de ser iguales. La ciudadanía acepta la diferencia, no la
desigualdad. La ciudadanía se origina en las ciudades, caracterizadas por la densidad,
la diversidad, el autogobierno, las normas no formales de convivencia, la obertura al
exterior,... Es decir, la ciudad es intercambio, comercio y cultura. No es solamente "urbs",
es decir, concentración física de personas y edificios. Es "civitas", lugar del civismo, o
participación en los quehaceres públicos. Es "polis", lugar de política, de ejercicio de
poder. (Borja, 2001)

La Democracia Doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno.


Implica el establecimiento de un régimen en el cual el poder está en manos de la mayoría
de los individuos, supuestamente libres e iguales por naturaleza, que componen la
comunidad. (Montoya. G, Zapata. C y Cardona. B 2002:44). En
el diccionario de trabajo social indica que democracia: (del griego demokratia, “gobierno
del pueblo”). Concepto polisémico y teóricamente controvertido en sociología política
porque se usa en sentido tanto normativo como empírico descriptivo-histórico-tipológico
para designar cierto conjunto de elementos estructurales del ejercicio de soberanía
política (y en parte también social) de un sistema. Frente a la autocracia (gobierno de un
solo individuo) y la aristocracia u oligarquía (gobierno de un pequeño grupo de
privilegiados sobre el resto de la población), la democracia según el modelo griego de
ese concepto, con el que se describían ciertas formas de estado de acuerdo con el
número de personas que ejercían el poder- solo significo originalmente la dominación
que un conjunto del pueblo ejerce sobre sí mismo. Los asuntos de la poli (ciudad-estado)
griega, relativamente pequeña y fácil de abarcar se podían tratar en asamblea conjunta
y abiertas a todos los ciudadanos libres, es decir, según una democracia directa, en la
cual todos opinaban sobre las leyes, votaba y tomaban decisiones políticamente
relevantes. (Dicionario de Trabajo social, s, f) el articulo siguiente dice que la democracia
en cuanto a concepción del mundo nos conduce a uno de los ideales más sublimes que
el hombre intenta consolidar en la historia: el ideal d la simetría, es decir, de la igualdad
y el ideal de la no arbitrariedad. (Presi, 2014)

La discriminación es una acción basada sobre una actitud inadecuada que permite un
trato de inferioridad hacia una persona o a un grupo, minoritario o mayoritario, por
motivos raciales, étnicos, religiosos, políticos, etc. (Diccionario de Trabajo Social, s.f.) la
CONAPRED dice que la discriminación es una práctica cotidiana que consiste en
dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a determinada persona o
grupo, que a veces no percibimos, pero que en algún momento la hemos
causado o recibido. Hay grupos humanos que son víctimas de la discriminación
todos los días por alguna de sus características físicas o su forma de vida. El
origen étnico o nacional, el sexo, la edad, la discapacidad, la condición social
o económica, la condición de salud, el embarazo, la lengua, la religión, las
opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil y otras diferencias pueden
ser motivo de distinción, exclusión o restricción de derechos. (Consejo Nacional
para Prevenir la Discriminación, s.f.) Más sin embargo Edda Quirós menciona que
la discriminación puede ser el resultado de una acción o una omisión, puede ser
intencional o no intencional, directa o indirecta, sutil o abiertamente hostil, pero sea como
sea, produce profundos daños en la vida de las personas. La discriminación se convierte
en graves formas de violencia ..y como tal daña áreas vitales de nuestro ser que son
fundamentales para enfrentar y transformar el mundo con fortaleza, creatividad y
osadía... que son fundamentales para desarrollar la capacidad de respuesta, de defensa
y de acción. (Quiros, 2005)

La Diversidad cultural son todas las personas, grupos y comunidades tienen una
manera específica de ver al mundo y comprenderlo, de relacionarse con su entorno, de
concebir los problemas y retos que enfrentan y de responder a ellos, así como de asignar
valor a sus recursos y reglas para su disposición por sus integrantes, por lo que cada
grupo social y comunidad tienen características específicas que los hacen ser diversos.
(Campaña nacional por la diversidad cultural de México, s.f.) En palabras de Alejandra
Val Cubero la diversidad cultural es un concepto cargado de interpretaciones que pueden
hacer referencia a la identidad, las minorías, la lengua, la inmigración o la integración, y
que por ello ha sido estudiado y analizado desde muy diferentes campos del saber.
Aproximarnos a un enfoque concreto del término diversidad cultural desde estas
perspectivas es un paso necesario para circundar nuestra propia definición de diversidad
audiovisual. (Val, 2014) pero Karina Vargas nos dice que la diversidad cultural “entre”
estados o naciones se centra en la necesidad del intercambio cultural equilibrado de
bienes y servicios entre los estados y/o las culturas. Este acercamiento se caracteriza
por el desarrollo de la relación entre la cultura y el comercio, o la cultura y la economía;
así como la capacidad de los estados para “intervenir” en mercados culturales afín de
sostener su producción “local” o “nacional” asegurándoles un espacio en los mercados,
es decir, con un intercambio equilibrado entre culturas. Y se traduce como el derecho de
un estado a desarrollar, preservar e implementar las políticas públicas necesarias para
la preservación y la promoción de su diversidad cultural (Obuljen, 2006). (Vargas, 2008)

La Exclusión Social es un proceso social de separación de un individuo o grupo


respecto a las posibilidades laborales, económicas, políticas, culturales a las que otros
tienen acceso y disfrutan. (Diccionario de Trabajo Social, s.f.) pero en lo siguiente
menciona que el estudio para Nicaragua asume plenamente la definición de exclusión
social que aporta la Guía metodológica de OPS, entendida como “la falta de acceso de
individuos y grupos de la sociedad a las oportunidades, bienes y servicios de salud que
otros miembros de la sociedad disfrutan”, y avanza en ciertas precisiones que tienen
repercusiones metodológicas en el desarrollo del propio estudio. (MINSA/OPS, s.f.) y en
la próxima publicación cita que el concepto de exclusión social ha tendido a pasar de un
enfoque monodimensional a un multidimensional difícilmente reducible a un solo
proceso. En el caso de Honduras la exclusión social es producto de prácticas
económicas, sociales y políticas a las cuales un grupo elite ha recurrido con frecuencia,
con el fin de excluir los intereses de otros grupos de la participación en la vida política
más que de los procesos de desarrollo. En el marco de la globalización hablar de
exclusión social y no solamente de pobreza e inequidad es importante porque la
globalización es un proceso complejo que tiene un carácter económico, pero también
político institucional, social y tecnológico. (Secretaria de Salud de Honduras , s.f.)

La Equidad, donde plantea poner los recursos al alcance de quien lo más lo necesita.
(Diccionario de Trabajo Social, s.f.) Abelardo Martines afirma que el término equidad está
estrechamente vinculado al derecho y a sus prácticas jurídicas; es la propensión a
dejarse guiar o a fallar por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por
las prescripciones rigurosas de la justicia o por el texto terminante de la ley. Señala
Ramírez que Aristóteles expresó que la equidad es superior no a lo justo en sí, sino a lo
justo formulado en una ley que por razón de su universalidad está sujeta a error. Es decir,
la equidad representa, frente a 1 la razón legal, el sentimiento de justicia que a veces se
aparta de la ley para atender circunstancias que, de no ser consideradas, determinarían
una legal injusticia [Ramírez A (autor), López C (tutor). Propuesta de un sistema de
monitoreo de la equidad en salud en Cuba. (Tesis Doctoral). La Habana: Escuela
Nacional de Salud Pública; 2003]. El término equidad según Ramírez, procede del latín
aequitas, que a su vez se deriva de la palabra aequus, que significa “igual”. Consiste en
dar a cada uno lo que le corresponde por sus méritos o condiciones. Aristóteles expresó
que “la naturaleza misma de la equidad es la rectificación de la ley cuando se muestra
insuficiente por su carácter universal”. La ley tiene necesariamente carácter general y,
por lo tanto, a veces demuestra ser imperfecta o de difícil aplicación en casos
particulares. En tales casos la equidad interviene para juzgar, no a partir de la ley, sino
a partir de la justicia que la misma ley está dirigida a realizar. Por lo tanto, anota
Aristóteles, la justicia y la equidad son la misma cosa: la equidad es superior, no a lo
justo en sí, sino a lo justo formulado en una ley que por razón de su universalidad está
sujeta a error. (Linares, N. & López, O., 2008)

Según el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva el GÉNERO Es


el conjunto de atributos sociales que se le asignan a las personas (formas de
comportarse, valores, normas, actividades a realizar, recompensas, su lugar en el
mundo), según haya sido identificado como hombre o como mujer. Dichos atributos son
socialmente construidos, por lo que cada cultura, según la época y el grupo social, le da
un sentido diferente a lo que significa ser hombre y ser mujer. (salud s. d., 2005). Por
otro lado la organización panamericana de la salud dice que se refiere a las atribuciones
de hombres y mujeres que pueden variar razonablemente de una sociedad a otra, según
el concepto que tenga cada sociedad de las normas masculinas y femeninas.
Generalmente es difícil pero posible de cambiar y requiere estrategias a largo plazo.
(salud o. p., s.f.). Sin embargo, Elsa Gómez dice que se refiere al significado social
atribuido a esa diferencia biológica, y que se deriva fundamentalmente de la división del
trabajo por sexo. · Respecto a la idea de que género equivale a mujer, quisiera enfatizar
que género es un concepto relacional. Su objeto de interés no es la mujer o el hombre;
son las relaciones de desigualdad entre mujeres y hombres o entre los ámbitos
“masculinos” y “femeninos” en torno a la distribución del poder. (Gómez, 2001).

Según el Consejo nacional de Población (CONAPO) dice que la MARGINACIÓN se


concibe como un problema estructural de la sociedad, en donde no están presentes
ciertas oportunidades para el desarrollo, ni las capacidades para adquirirlas. Si tales
oportunidades no se manifiestan directamente, las familias y comunidades que viven en
esta situación se encuentran expuestas a ciertos riesgos y vulnerabilidades que les
impiden alcanzar determinadas condiciones de vida. (población, 2010) . Sin embargo
Manuel Urbina dice que es un fenómeno estructural de múltiples dimensiones, formas e
intensidades que se expresan en la exclusión del proceso de desarrollo. La población
marginada es aquella integrante de una sociedad en la que, por diversas causas, la
organización socioeconómica y política vigente, la integra en el subsistema económico
pero la excluye total o parcialmente del acceso al consumo y disfrute de bienes y
servicios y de la participación en asuntos públicos. En ocasiones, marginación y pobreza
se consideran como sinónimos. (urbina , s.f.). Por otra parte, se dice que en sociología
se denomina marginación o exclusión a una situación social de desventaja económica,
profesional, política o de estatus social, producida por la dificultad que una persona o
grupo tiene para integrarse a algunos de los sistemas de funcionamiento social
(integración social).

El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) dice


que una persona se encuentra en situación de POBREZA cuando tiene al menos una
carencia social (en los seis indicadores de rezago educativo, acceso a servicios de salud,
acceso a la seguridad social, calidad y espacios de la vivienda, servicios básicos en la
vivienda y acceso a la alimentación) y su ingreso es insuficiente para adquirir los bienes
y servicios que requiere para satisfacer sus necesidades alimentarias y no alimentarias.
(CONEVAL, s.f.) Por otra parte, Galindo él. Al dice que es la privación de bienestar de
manera pronunciada, es decir, la falta de acceso a capacidades básicas para funcionar
en la sociedad y de un ingreso adecuado para enfrentar necesidades de educación,
salud, seguridad, empoderamiento y derechos básicos. (Galindo, Mariana, & Rios, 2015)
Sin embargo, nuevamente el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo
Social (CONEVAL) dice que es un fenómeno multidimensional que comprende aspectos
relacionados con las condiciones de vida que vulneran la dignidad de las personas,
limitan sus derechos y libertades fundamentales, impiden la satisfacción de sus
necesidades básicas e imposibilitan su plena integración social. México fue el primer país
del mundo en contar con una medición oficial multidimensional de la pobreza.
(CONEVAL, s.f.)

1.2. Conceptualización de términos específicos

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) las ADICCIONES es una enfermedad


física y psicoemocional que crea una dependencia o necesidad hacia una sustancia,
actividad o relación. Se caracteriza por un conjunto de signos y síntomas, en los que se
involucran factores biológicos, genéticos, psicológicos y sociales. Es una enfermedad
progresiva y fatal, caracterizada por episodios continuos de descontrol, distorsiones del
pensamiento y negación ante la enfermedad. (Organización mundial de la salud, 2010).
También el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dice que se conoce como
adicción a las drogas, o drogadicción, al consumo frecuente de estupefacientes, a pesar
de saber las consecuencias negativas que producen. Entre otras cosas, modifican el
funcionamiento del cerebro y su estructura, provocando conductas peligrosas. Se
considera adicción, porque es difícil intentar dejar de consumirlas, ya que provocan
alteraciones cerebrales en los mecanismos reguladores de la toma de decisiones y del
control inhibitorio y porque el usuario de las mismas dedica gran parte de su tiempo en
la búsqueda y consumo de ellas. (IMSS, s.f.) Sin embargo la Secretaria de Educación de
Veracruz (SEV) dice que es el estado psicofísico caracterizado por el uso repetido de
una o varias sustancias psicoactivas, a tal grado que el consumidor (el adicto) se
encuentra periódica o permanentemente intoxicado, muestra compulsión por consumir
la sustancia (o las sustancias) de su preferencia, le resulta verdaderamente difícil o
imposible interrumpir o modificar el consumo, y presenta una determinación absoluta por
conseguir la droga por cualquier medio. (Secretaria de Educación de Veracruz, s.f.)
Según el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) El ALCOHOLISMO es una
enfermedad y no un vicio, cuya dependencia al alcohol deteriora la salud física y mental.
No hay síntomas precisos, pero existen cambios notorios en el comportamiento de la
persona. Quien lo padece tiene la necesidad de beber alcohol en cualquier momento y
sin control, por lo que puede realizar cualquier actividad a cambio de conseguir alcohol,
además de mostrar desinterés por su salud y aspecto físico. (IMSS, 2015) Sin embargo,
el ministerio de salud dice que es una enfermedad que consiste en padecer una fuerte
necesidad de ingerir sustancias que contienen alcohol, de forma que existe una
dependencia física del mismo, manifestada a través de determinados síntomas de
abstinencia cuando se suspende su consumo. El alcohólico no tiene control sobre los
límites de su consumo, y suele ir elevando a lo largo del tempo su grado de tolerancia al
alcohol. (ministerio de salud, s.f.) Por otra parte, Rodrigo Arias dice que es una
enfermedad crónica o desorden del comportamiento que se manifiesta por la ingestión
repetida de bebidas alcohólicas, en cantidades que exceden los límites dietéticos y
sociales aceptados por la comunidad, que causan perjuicio a la salud del bebedor, a sus
relaciones con otras personas y finalmente a su actividad económica. (Arias, s.f.)

Según el gobierno federal de salud la CARTILLA DE VACUNACIÓN son documentos


oficiales y de carácter personal para la población mexicana y se entregan de forma
gratuita en todas las unidades médicas del Sistema Nacional de Salud. (SALUD.SEMAR,
s.f.) Por otra parte, la Secretaria de Salud de Hidalgo dice que es un documento oficial
de entrega gratuita a la población, su objetivo es promover el auto cuidado de la salud,
a través de acciones de prevención, detección oportuna y control de enfermedades, es
un instrumento que facilita el seguimiento personalizado del estado de salud mediante el
registro de cada una de las acciones que se proporcionan. (secretaria de salud de
hidalgo, s.f.) Sin embargo, la Secretaria de Salud de México nos dice que es un
documento oficial y personal para la población mexicana que se entrega de forma
gratuita. Indispensable para que, personal de salud y usuario, lleven el control de las
acciones de promoción de salud, prevención, detección oportuna y control de las
enfermedades. La Cartilla también facilita el seguimiento del estado de salud, promoción
de estilos de vida saludable y el registro de los principales servicios de salud,
comenzando por la identificación y datos generales básicos del propietario de la cartilla.
(secretaria de salud, 2016)

Según Eyzaguirre Maccan DERECHOHABIENTE es aquel individuo que obtiene


derechos provenientes de otra persona. En el ámbito de los seguros, que es donde el
término es más comúnmente empleado, se dice que una persona es un derechohabiente
cuando accede a los beneficios del asegurado. Por lo general, los beneficiarios suelen
ser sus familiares directos, en especial sus hijos menores y su pareja. (APESEG, Sf)

Según Rehm J la DROGADICCIÓN impacta en múltiples esferas, afectan el desarrollo


económico y social, aumentan los costos de atención a la salud al asociarse con lesiones
y con más de 60 enfermedades infecciosas (i.e., VIH, hepatitis B y C) y crónicas (cirrosis,
cardiovasculares, cáncer, enfermedades mentales, etc.). (Robson, Truong, & Rehm, s.f.),
sin embargo para Farrugia Gianrico, es una enfermedad que afecta el cerebro y el
comportamiento de una persona, y produce incapacidad de controlar el consumo de
medicamentos o drogas legales o ilegales. Las sustancias como el alcohol, la marihuana
y la nicotina también se consideran drogas. Cuando eres adicto, posiblemente sigas
consumiendo la droga a pesar del daño que causa. (Mayoclinic, 2019), por otro lado la
Organización Mundial de la Salud (OMS) es una enfermedad física y psicoemocional que
crea una dependencia o necesidad hacia una sustancia, actividad o relación. Se
caracteriza por un conjunto de signos y síntomas, en los que se involucran factores
biológicos, genéticos, psicológicos y sociales. Es una enfermedad progresiva y fatal,
caracterizada por episodios continuos de descontrol, distorsiones del pensamiento y
negación ante la enfermedad. Organización Mundial de la Salud, 2019, Suiza, (OMS,
2019)

Para la OMS la EDUCACION PARA LA SALUD es “cualquier combinación de


actividades de información y de educación que lleve a una situación en la que las
personas deseen estar sanas, sepan cómo alcanzar la salud, hagan lo que puedan
individual y colectivamente para mantenerla y busquen ayuda cuando la necesiten”. Es
la herramienta clave en la Promoción de la Salud. (OMS, 2019), sin embargo para el
Gobierno de MX es un proceso de educación y de participación del individuo, paciente
y/o familiar, con el fin de que adquiera los conocimientos, las actitudes y los hábitos
básicos para la promoción y defensa de la salud individual y colectiva. (Secretaría de
Salud, 2018). “La Educación para la Salud no es una entelequia, sino una herramienta
de trabajo metodológico y técnico útil para elevar la salud del pueblo por medio de la
educación” (ADEPS, 1997)

La OMS define ENFERMEDAD como "Alteración o desviación del estado fisiológico en


una o varias partes del cuerpo, por causas en general conocidas, manifestada por
síntomas y signos característicos, y cuya evolución es más o menos previsible". (OMS,
2019), por otro lado para Barfield según la antropología médica, ha desempeñado un
importante papel en la evolución de ambos: biología humana y sistemas culturales. Las
enfermedades infecciosas, por ejemplo, representan retos a la supervivencia y por lo
tanto actúan como un agente de selección de la especie y de adaptación biológica y
cultural. (Barfield, 1997) , sin embargo Stedman es una entidad mórbida caracterizada
habitualmente por lo menos por dos de los siguientes criterios: uno o más agentes
etiológicos reconocidos, grupo de signos y síntomas identificables, o alteraciones
anatómicas consistentes. (Stedman, 2010)

La OMS dice que las ENFERMEDADES CRÓNICAS son enfermedades de larga


duración y por lo general de progresión lenta. Las enfermedades cardíacas, los infartos,
el cáncer, las enfermedades respiratorias y la diabetes, son las principales causas de
mortalidad en el mundo, siendo responsables del 63% de las muertes. En 2008, 36
millones de personas murieron de una enfermedad crónica, de las cuales la mitad era de
sexo femenino y el 29% era de menos de 60 años de edad. (OMS, 2019),

Las enfermedades mentales son afecciones que impactan su pensamiento,


sentimientos, estado de ánimo y comportamiento. Pueden ser ocasionales o duraderas
(crónicas). Pueden afectar su capacidad de relacionarse con los demás y funcionar cada
día. (MedellinPlus, 2019) Sin embargo se menciona que muchas personas manifiestan
problemas de salud mental de vez en cuando. Pero un problema de salud mental se
convierte en una enfermedad mental cuando los signos y síntomas se hacen
permanentes, causan estrés y afectan la capacidad de funcionar normalmente.
(Mayoclinic, 2019), según la OMS hay una gran variedad de trastornos mentales, cada
uno de ellos con manifestaciones distintas. En general, se caracterizan por una
combinación de alteraciones del pensamiento, la percepción, las emociones, la conducta
y las relaciones con los demás. Entre ellos se incluyen la depresión, el trastorno afectivo
bipolar, la esquizofrenia y otras psicosis, la demencia, las discapacidades intelectuales y
los trastornos del desarrollo, como el autismo. (OMS, 2019)

Según el Dr. Fernando González la INFECCIÓN, excluyendo muchas parasitosis, están


producidas por agentes conocidos como microorganismos. (González, s.f.) Por otra parte
Salcedo dice que también llamadas nosocomiales (término antiguo, lugar de
internamiento), tienen unos resultados graves, que van desde complicaciones en la
evolución del proceso de la enfermedad, incluso fallecimiento, y prolonga la estancia en
días en el hospital, este hecho, genera ansiedad y temor en la persona afectada, y su
familia. (Salcedo, Romero, Ruiz, & Aginagalde, 2017) De igual manera Luis Ernesto
Cuéllar Ponce de León dice que son causa frecuente de morbimortalidad en huéspedes
inmunocomprometidos. (Cuéllar, 2013)

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), un MODELO DE SALUD es una


estructura social que está constituida por el conjunto de personas y acciones destinados
a mantener y mejorar la salud de la población. Incluye por tanto diferentes elementos
interrelacionados como instituciones, organismos y servicios que llevan a cabo, a través
de acciones planificadas y organizadas, una variedad de actividades cuya finalidad última
es la mejora de la salud. Entre éstas se incluyen actividades de promoción y protección
de la salud, prevención y tratamiento de la enfermedad, y rehabilitación y reinserción. (
Seguí, Toledo, & Jiménez, 2013) Por otra parte Salomón Kalmanovitz los modelos de
salud es una aplicación al sector salud de los postulados de la vertiente neo-institucional
de la economía, de la vertiente de promoción de la salud de la salud pública y de la
vertiente de la gestión integral de la administración hospitalaria. (Kalmanovitz & Rojas,
2003) De igual manera Julián Pérez Porto y Ana Gardey, dicen que es el concepto que
hace referencia al estado del organismo cuando se encuentra en condiciones de
desarrollar sus funciones con normalidad. La idea de salud trasciende a la ausencia de
enfermedades y se vincula al completo bienestar físico y psíquico. (Pérez & Gardey,
2014)
Según Batlle Vila la ATENCIÓN es tomar posesión de la mente, de una forma clara y
vivida de uno de los que parecen ser diferentes objetos o líneas de pensamiento que
suceden de forma simultánea. (Batlle Vila, 2007) Sin embargo para P apalia, D.E es la
capacidad para observar lo que nos interesa y dejar de mirar lo que no queremos o no
deseamos ver. (Papalia, 2009) De igual manera Londoño Ocampo afirma que es un
proceso psicológico básico e indispensable para el procesamiento de la información de
cualquier modalidad, basado en un complejo sistema neuronal que se encarga del control
de la actividad mental de un organismo. (Londoño, 2009)

Según Robert B. Taylor la MEDICINA FAMILIAR los médicos de familia están unidos por
creencias compartidas. Valoran la continuidad de la asistencia del individuo y la familia
como algo beneficioso para la relación entre médico y paciente y como un proceso eficaz
para la prestación de asistencia. (Taylor, 2006) Sin embargo Jorge V. Chávez dice que
es la disciplina académica en la que el conocimiento y las habilidades de las áreas
relevantes de la medicina y campos asociados se estudian, se investigan y se enseñan
en la relación con la salud y el buen funcionamiento de la familia. (Chavez, 1992) De
igual manera Pablo Amigo Rodríguez dice que el propósito del presente estudio, es por
tanto, analizar el papel que tuvo la Comisión Nacional de Medicina Familiar y comunitaria
contribuyó a la implantación de la atención primaria de salud en nuestro país. (Rodríguez
P. , 2011)

Según Piédrola Gil la MEDICINA PREVENTIVA que incluiría el conjunto de actuaciones


y consejos médicos dirigidos específicamente a la prevención de enfermedades.
(Piédrola, 2002) Por otra parte J.A. Muir Gray y Godfrey Fowler algunas enfermedades
se superaron, pero parece que la única medida preventiva eficaz, antes del siglo
diecinueve, fue la disponibilidad de más alimentos, y esto difícilmente puede llamarse
medicina preventiva porque los objetivos de aquellos que mejoraron el aporte alimentario
no fueron médicos, sino el enriquecerse y el evitar el hambre. (Muir & Godfrey, 1990) Sin
embargo Rafael Álvarez Alva y Pablo Kuri-Morales son esenciales para la conservación
y el fomento de la salud de la población, es importante resaltar los avances que en estas
materias se han dado durante el siglo XXI en esta nación. (Álvarez & Kuri, 2018)
Según Luis Salleras Sanmartí en relación con la SALUD SANITARIA, es muy
importante, tanto en la prevención como para la curación de las enfermedades. (Salleras,
1985) Sin embargo Fernando Lamata nos dice que es un bien colectivo y la atención en
la enfermedad un derecho irrenunciable. (Lamata, 1998) Por otra parte nos dicen Val-
Pardo y Correa que el cuidado de la salud de los individuos y de la población en general,
tiene como objetivo primordial la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. (De Val
& Corella, 2001)

Para la MORBILIDAD SOCIAL

Según Julio Vignolo dice que los Nivel de atención y prevención: son una forma organizada
de organizar los recursos en tres niveles de atención. Se señala como niveles de complejidad
el número de tareas diferenciadas o procedimiento complejos que comprenden la actividad de
una unidad asistencial y el grado de desarrollo alcanzado por la misma (julio v. , 2011) lo cual
la Dra. Mariela Vacarezza dice que tradicionalmente se distinguen tres niveles: Nivel el primario
Nivel secundario Nivel terciario (s.a, s.f ) también la Dra. Cecilia Álvarez dice que da
Complejidad, de los Niveles de Prevención y precisar claramente la Promoción de la Salud de
la Prevención de Enfermedades. (julio v. , 2011)

Agustín Jiménez dice que la Promoción social se refiere a una serie de intervenciones
orientadas a impulsar las condiciones de salud de los grupos de población que carecen de los
medios y oportunidades para manejar una situación de privación o vulnerabilidad (2014)
Agustín Acuña dice que ya que es proceso que permite a las personas incrementar el control
sobre su salud para mejorarla y que se dedica a estudiar las formas de favorecer una mejor
salud en la población (Alvarez c. , 2001) Henry Sigerist, dice que es la construcción de un
sistema de acciones públicas dirigidas a fomentar la movilidad social de personas y colectivos
en condiciones de precario reconocimiento de derechos, extrema pobreza y exclusión social.
Se orienta hacia la igualdad de los derechos en salud y la democratización, la ampliación de
oportunidades, realizaciones y capacidades y el reconocimiento de diversidades sociales y
culturales mediante estrategias, políticas, planes, programas y proyectos públicos dirigidos a
personas, familias y comunidades insertas en procesos de exclusión social.
Promoción primaria, secundaria, terciaria: Bower dice que La prevención primaria es
considera la prevención como cualquier tipo de intervención psicológica y social que promueve
o realza el funcionamiento emocional o reduce la incidencia y prevalencia del mal en la
población en general también Goldstone (1977) Dice que la prevención constituye un
conjunto de actividades dirigidas específicamente a identificar los grupos vulnerables de alto
riesgo y para los que pueden emprenderse medidas con el objetivo de evitar el comienzo de
problema y por ultimo Catalano y Dooley (1982) Proponen dos tipos de prevención: Proactiva
y Reactiva. La primera se orienta a estrategias de acción que intentan prevenir la ocurrencia
de factores de riesgo; la segunda tiene como objetivo la preparación del sujeto para reaccionar
de forma efectiva ante una situación de peligro.
La prevención secundaria: va encaminada a detectar la enfermedad en estadios precoces en
los que el establecimiento de medidas adecuadas puede impedir su progresión.
La prevención terciaria: comprende aquellas medidas dirigidas al tratamiento y a la
rehabilitación de una enfermedad para ralentizar su progresión y, con ello la aparición o el
agravamiento de complicaciones e invalidadas e intentando mejorar la calidad de vida de los
pacientes.

Álvarez-Dardet dice que la Promoción de la salud es el proceso que permite a las personas
incrementar el control sobre su salud para mejorarla y que se dedica a estudiar las formas de
favorecer una mejor salud en la población. (Alvarez c. , s.f.) también LA ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD die que se constituye en una respuesta social organizada,
multisectorial y multidisciplinar para mejorar la salud y bienestar de la sociedad, una respuesta
de los diferentes sectores dirigida a mejorar el entorno global, las condiciones de vida y las
formas de vivir de la población (wikipedia, pág. 2013) la universidad internacional de valencia
dice que Es el proceso que le confiere a la población los medios necesarios para mejorar la
salud y ejerce un mayor control sobre la misma.

Según Víctor Manuel Arrubarrena Aragón dice que la Relación médico paciente: era tan
natural en la práctica de la medicina que no se hablaba de ella. No se escribía. Se consideraba
un hecho su existencia como base del trabajo del médico con el enfermo, principio de lo que
después se describió como el encuentro de una conciencia con una confianza. La relación de
confianza entre dos seres humanos ha sido capaz de lograr muchas curaciones (Aragón, 2011)
por lo tanto Alexander dice que ya que juega un papel muy importante en la práctica de la
medicina y es esencial para la provisión de asistencia médica de alta calidad en cuanto al
diagnóstico y tratamiento de la enfermedad La relación entre el médico y su paciente es una
de las bases de la ética médica contemporánea (Alexander, 2019) la capacidad, de habilidad
y arte del médico para la interacción y establecer el diálogo con su paciente, para obtener la
información y la exploración física, el consentimiento del que depende en gran parte el éxito
terapéutico. (Arevalo, 2001).

Rehabilitación física: La Rehabilitación es un proceso global y continuo de duración limitada


y con objetivos definidos, encaminados a promover y lograr niveles óptimos de independencia
física y las habilidades funcionales de las personas con discapacidades, como así también su
ajuste psicológico, social, vocacional y económico que le permitan llevar de forma libre e
independiente su propia vida (solangel, 2019) estará en capacidad de interpretar los principios
básicos de la Medicina Física y Rehabilitación y su correlación con Enfermería y otras ramas
de la medicina y ciencias de la salud durante el tratamiento del individuo discapacitado.
(velazco, 1999)

Según la Universidad Nacional de Rosario la salud, puede ser vista como un campo
compuesto por múltiples instituciones (hospitales, centros de salud, clínicas,
universidades, ministerios, etc.) del que participan múltiples agentes (médicos,
enfermeros, trabajadores de la salud en general, Estado, usuarios, etc.) que luchan,
participan y construyen las estrategias convenientes, para lograr la apropiación de un
capital simbólico que les de legitimidad, prestigio y autoridad en ese campo. (Di Pato,
2016) el siguiente concepto menciona que el campo de la salud se define como un
escenario contradictorio, difícil de abordar y teñido por diversas comprensiones acerca
del proceso salud-enfermedad-atención5 . La existencia de diferentes culturas en cuanto
a la comprensión de problema y a las vías consideradas certeras para curarlo agrega
otra dimensión al análisis, actualmente hegemonizado por el proceso de medicalización.
(Sànchez, 2015) en este caso se define el concepto de salud como la actividad
profesional que tiene por objeto la investigación de los factores psicosociales que inciden
en el proceso salud- enfermedad, así como el tratamiento de los problemas psicosociales
que aparecen con relación a las situaciones de enfermedad (Ituarte, 1992), Es así que
el conocimiento de la realidad de cada paciente es fundamental, por lo que este proceso
lleva implícito estudiar al usuario e identificar las redes de relaciones (familia, institución,
situación de marginación o exclusión). (Rodríguez L. , 2017)

2. MARCO NORMATIVO

2.1. Organización de las Naciones Unidas a través de Organización Mundial de la Salud


(OMS)
Es la autoridad directiva y coordinadora de la acción sanitaria en el sistema de las
Naciones Unidas. Es la responsable de desempeñar una función de liderazgo en los
asuntos sanitarios mundiales, configurar la agenda de las investigaciones en salud,
establecer normas, articular opciones de política basada en la evidencia, prestar apoyo
técnico a los países y vigilar las tendencias sanitarias mundiales. Ofrece liderazgo en
temas cruciales para la salud y participa en alianzas cuando se requieren actuaciones
conjuntas. Determina las líneas de investigación y estimula la producción, difusión y
aplicación de conocimientos valiosos. Establece normas, promueve y sigue de cerca su
aplicación en la práctica. Formula opciones de política que unen principios éticos y de
fundamento científico. Presta apoyo técnico, cataliza el cambio y crea capacidad
institucional duradera. Sigue de cerca la situación en materia de salud y determinar las
tendencias sanitarias.

La Constitución de la OMS establece que el goce del grado máximo de salud que se
puede lograr es una de los derechos fundamentales de todo ser humano. La OMS y sus
estados miembros trabajan con numerosos asociados, entre ellos otros organismos de
las Naciones Unidas, donantes, organizaciones no gubernamentales, centros
colaboradores de la OMS y el sector privado. Sólo si se encuentras nuevas formas de
trabajar y establecer asociaciones innovadoras conseguiremos que cambien las cosas y
alcanzaremos nuestros objetivos.
Cerca de 8000 expertos en salud pública, entre ellos epidemiólogos, científicos, gestores,
administradores y otras personas de todo el mundo trabajan para la OMS en 147 oficinas
en los países, seis oficinas regionales y la Sede en Ginebra, Suiza.

Acción sanitaria en las crisis. 2000 millones de personas en todo el mundo se enfrentan
cada día a amenazas para la salud. En la actualidad, personas de más de 40 países
sufren situaciones de emergencia como resultado de desastres naturales, crisis
económicas o conflictos. El equipo de Acción Sanitaría en las Crisis trabaja con los
Estados Miembros y otros asociados para reducir al mínimo el sufrimiento y las muertes
en todas las situaciones de crisis.

La OMS trabaja en los países para ayudar a las autoridades nacionales y las
comunidades a prepararse, fortaleciendo la capacidad general para gestionar todo tipo
de crisis; a responder, asegurándose de que se adoptarán medidas eficaces y oportunas
para abordar las prioridades de salud pública; a la labor de recuperación, asegurándose
de que los sistemas locales de salud funcionen; y paliando los efectos de las crisis en la
salud pública.

Un instrumento decisivo en la lucha contra la propagación mundial de las enfermedades


infecciosas es el Reglamento Sanitario Internacional, el cual establece las normas que
deben aplicar los países para identificar los brotes epidémicos y detener su propagación.

Para obtener resultados en las cuatro esferas prioritarias la OMS tiene un presupueste
que divide el gasto en cuatro categorías interdependientes, a saber intervenciones
sanitarias esenciales (respuesta a alertas epidemiológicas y disminución de muertes
materno-infantil); sistemas, políticas y productos de la salud (nutrición y consumo de
tabaco); y apoyo eficaz a los Estados miembros.

Reglamento sanitario internacional (2005)


Título I - Definiciones, finalidad y alcance, principios, y autoridades responsables.

Artículo 1. Definiciones.

Artículo 2. Finalidad y alcance


La finalidad y el alcance de este Reglamento son prevenir la propagación internacional
de enfermedades, proteger contra esa propagación, controlarla y darle una respuesta de
salud pública proporcionada y restringida a los riesgos para la salud pública y evitando
al mismo tiempo las interferencias innecesarias con el tráfico y el comercio
internacionales.

Artículo 3. Principios
1. La aplicación del presente Reglamento se hará con respeto pleno de la dignidad, los
derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas.

2. La aplicación del presente Reglamento se inspirará en la Carta de las Naciones Unidas


y la Constitución de la Organización Mundial de la Salud. 1114

3. La aplicación del presente Reglamento se inspirará en la meta de su aplicación


universal para la protección de todos los pueblos del mundo frente a la propagación
internacional de enfermedades.

4. De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho
internacional, los Estados tienen el derecho soberano de legislar y aplicar leyes en
cumplimiento de sus políticas de salud. Al hacerlo, respetarán la finalidad del presente
Reglamento.

Artículo 4. Autoridades responsables


1. Cada Estado Parte designará o establecerá un Centro Nacional de Enlace para el RSI
y a las autoridades responsables, dentro de su respectiva jurisdicción, de la aplicación
de medidas sanitarias de conformidad con el presente Reglamento.

Título II - Información y respuesta de salud pública.

Artículo 5.Vigilancia
1. Cada Estado Parte desarrollará, reforzará y mantendrá, lo antes posible, pero a más
tardar cinco años después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento para
ese Estado Parte, la capacidad de detectar, evaluar y notificar eventos de conformidad
con el presente Reglamento, y presentar informes sobre ellos, según lo previsto en el
anexo 1.
Artículo 6. Notificación
1. Cada Estado Parte evaluará los eventos que se produzcan en su territorio
Valiéndose del instrumento de decisión a que hace referencia el anexo 2. Cada Estado
Parte notificará a la OMS por el medio de comunicación más eficiente de que disponga,
a través del Centro Nacional de Enlace para el RSI, y antes de que transcurran 24 horas
desde que se haya evaluado la información concerniente a la salud pública, todos los
eventos que ocurran en su territorio y que puedan constituir una emergencia de salud
pública de importancia internacional de conformidad con el instrumento de decisión, así
como toda medida sanitaria aplicada en respuesta a esos eventos. Si la notificación
recibida por la OMS comprende algo que sea de la competencia del Organismo
Internacional de Energía Atómica (OIEA), la OMS notificará inmediatamente al OIEA.

Artículo 7. Notificación de información durante eventos imprevistos o inusuales


Si un Estado Parte tiene pruebas de que se ha producido un evento imprevisto o inusual,
cualquiera que sea su origen o procedencia, que podría constituir una emergencia de
salud pública de importancia internacional, facilitará a la Organización Mundial de la
Salud toda la información concerniente a la salud pública. En esos casos, se aplicarán
en su totalidad las disposiciones previstas en el artículo 6.

Artículo 8. Consultas
En caso de eventos que ocurran en su territorio y que no exijan la notificación prescrita
en el artículo 6, en particular aquellos sobre los que no se disponga de información
suficiente para cumplimentar el instrumento de decisión, los Estados Partes podrán, no
obstante, mantener a la OMS al corriente de la situación por conducto de los Centros
Nacionales de Enlace para el RSI, y consultar a la Organización sobre las medidas de
salud apropiadas.

Artículo 9. Otros informes


1. La OMS podrá tomar en cuenta los informes procedentes de fuentes distintas de las

notificaciones o consultas y evaluará esos informes con arreglo a los principios

epidemiológicos establecidos; seguidamente comunicará información sobre el evento al


Estado Parte en cuyo territorio presuntamente esté ocurriendo dicho evento. Antes de

adoptar medida alguna sobre la base de esos informes, la OMS consultará al Estado

Parte en cuyo territorio esté produciéndose presuntamente el evento y procurará obtener

de ese Estado Parte la verificación del evento de conformidad con el procedimiento

establecido en el artículo 10. Para ello, la OMS pondrá a disposición de los Estados

Partes la información recibida, y sólo en caso de que esté debidamente justificado podrá

la OMS mantener la confidencialidad de la fuente.

Artículo 10. Verificación


1. De conformidad con el artículo 9, la OMS solicitará a un Estado Parte que verifique los
informes procedentes de fuentes distintas de las notificaciones o consultas sobre eventos
que puedan constituir una emergencia de salud pública de importancia internacional que
presuntamente se estén produciendo en el territorio de ese Estado. En esos casos, la
OMS informará al Estado Parte interesado sobre los informes de los que solicita
verificación

Artículo 11. Aportación de información por la OMS


1. La OMS enviará a todos los Estados Partes y, según proceda, a las organizaciones
internacionales pertinentes, tan pronto como sea posible y por el medio más eficaz de
que disponga, de forma confidencial, la información concerniente a la salud pública que
haya recibido en virtud de los artículos 5 a 10 inclusive y sea necesaria para que los
Estados Partes puedan responder a un riesgo para la salud pública. La OMS comunicará
la información a otros Estados Partes que puedan prestarles ayuda para prevenir la
ocurrencia de incidentes similares.

2. La OMS utilizará la información que reciba para los fines de verificación, evaluación y
asistencia previstos en el presente Reglamento y, salvo acuerdo en contrario con los
Estados a que se hace referencia en esas disposiciones, no pondrá esa información a
disposición general de los demás Estados Partes.
Artículo 12. Determinación de una emergencia de salud pública de importancia
internacional
1. El Director General determinará, sobre la base de la información que reciba, y en
particular la que reciba del Estado Parte en cuyo territorio se esté produciendo un evento,
si el evento constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional de
conformidad con los criterios y el procedimiento previstos en el presente Reglamento.

Artículo 13. Respuesta de salud pública


1. Cada Estado Parte desarrollará, reforzará y mantendrá, lo antes posible, pero a más
tardar cinco años después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento para
ese Estado Parte, la capacidad necesaria para 1821 responder con prontitud y eficacia
a los riesgos para la salud pública y las emergencias de salud pública de importancia
internacional según lo previsto en el anexo 1. En consulta con los Estados Miembros, la
OMS publicará directrices para prestar apoyo a los Estados Partes en el desarrollo de la
capacidad de respuesta de salud pública.

Artículo 14. Cooperación de la OMS con organizaciones intergubernamentales y


órganos internacionales
1. La OMS cooperará y coordinará sus actividades con otras organizaciones
intergubernamentales u órganos internacionales competentes, según proceda, en la
aplicación del presente Reglamento, inclusive a través de la conclusión de acuerdos u
otras disposiciones similares.

Título III – Recomendaciones.

Artículo 15. Recomendaciones temporales


1. Si se ha determinado de conformidad con el artículo 12 que se está produciendo una
emergencia de salud pública de importancia internacional, el Director General formulará
recomendaciones temporales de conformidad con el procedimiento establecido en el
artículo 49. Esas recomendaciones temporales podrán ser modificadas o prorrogadas,
según proceda, incluso una vez que se haya determinado que la emergencia de salud
pública de importancia internacional ha concluido, en cuyo momento se podrán formular
otras recomendaciones temporales, si es necesario, con objeto de evitar que vuelva a
ocurrir o de detectar inmediatamente su reaparición.

Artículo 16. Recomendaciones permanentes


La OMS podrá formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53,
recomendaciones permanentes en cuanto a las medidas sanitarias apropiadas, de
aplicación sistemática o periódica. Estas medidas podrán ser aplicadas por los Estados
Partes a las personas, equipajes, cargas, contenedores, medios de transporte,
mercancías y/o paquetes postales, con motivo de riesgos específicos y continuos para
la salud pública, a fin de prevenir o reducir la propagación internacional de una
enfermedad con un mínimo de trabas para el tráfico internacional.

Artículo 17. Criterios para las recomendaciones


Al formular, modificar o anular recomendaciones temporales o permanentes, el Director
General tendrá en cuenta lo siguiente:

a) la opinión de los Estados Partes directamente interesados;

b) el dictamen del Comité de Emergencias o del Comité de Examen, según proceda;

c) los principios científicos, así como la información y las pruebas científicas pertinentes;

d) que las medidas sanitarias, sobre la base de una evaluación apropiada del riesgo
según las circunstancias, no sean más restrictivas del tráfico y el comercio
internacionales ni más intrusivas para las personas que otras opciones razonablemente
disponibles que permitan lograr el nivel adecuado de protección sanitaria;

e) las normas e instrumentos internacionales pertinentes;

f) las actividades de otras organizaciones intergubernamentales y órganos


internacionales pertinentes; y

g) otras informaciones apropiadas y específicas pertinentes al evento.


Título V - Medidas de salud pública
Capítulo III - Disposiciones especiales relativas a los viajeros.

Artículo 30. Viajeros sometidos a observación de salud pública


Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 43 o salvo que lo autoricen los acuerdos
internacionales aplicables, los viajeros sospechosos que a la llegada sean sometidos a
observación de salud pública podrán continuar su viaje internacional si no suponen un
riesgo inminente para la salud pública y si el Estado Parte informa a la autoridad
competente en el punto de entrada en destino, de conocerse este último, de su prevista
llegada. A su llegada, el viajero deberá informar a esa autoridad.

Artículo 32. Trato dispensado a los viajeros


Cuando los Estados Partes apliquen medidas sanitarias de conformidad con el presente
Reglamento, tratarán a los viajeros respetando su dignidad, sus derechos humanos y
sus libertades fundamentales y reducirán al mínimo las molestias o inquietudes
asociadas con tales medidas, lo que incluirá: 3336
a) tratar a todos los viajeros con cortesía y respeto;
b) tener en cuenta las consideraciones de género, socioculturales, étnicas y religiosas
de importancia para los viajeros; y
c) proporcionar u ocuparse de que tengan alimentos adecuados y agua, instalaciones y
vestimenta apropiados, proteger el equipaje y otras pertenencias, ofrecer un tratamiento
médico adecuado, medios para las comunicaciones necesarias en lo posible en un
idioma que entiendan, y otras medidas adecuadas para los viajeros que estén en
cuarentena, aislados o sometidos a exámenes médicos u otros procedimientos
relacionados con objetivos de salud pública.

Título VIII - Disposiciones generales.

Artículo 42. Aplicación de medidas sanitarias.


La aplicación de las medidas sanitarias que se adopten en cumplimiento del presente
Reglamento será inmediata y perentoria y se hará de manera transparente y no
discriminatoria.
Artículo 43. Medidas sanitarias adicionales
1. El presente Reglamento no impedirá que, en respuesta a riesgos específicos para la
salud pública o emergencias de salud pública de importancia internacional, los Estados
Partes apliquen medidas sanitarias acordes con su legislación nacional pertinente y las
obligaciones dimanantes del derecho internacional:

Artículo 44. Colaboración y asistencia


1. Los Estados Partes se comprometen a colaborar entre sí en la medida de lo posible
para:

a) la detección y evaluación de eventos, y la respuesta a los mismos, según lo que


dispone el presente Reglamento 4144

b) la prestación o facilitación de cooperación técnica y apoyo logístico,

c) la movilización de recursos financieros para facilitar la aplicación de sus obligaciones


dimanantes del presente Reglamento; y

d) la formulación de proyectos de ley y otras disposiciones

3. La colaboración a que hace referencia el presente artículo podrá llevarse a la práctica


a través de múltiples canales, incluidos los bilaterales, a través de redes regionales y las
oficinas regionales de la OMS, y a través de organizaciones intergubernamentales y
órganos internacionales.

Artículo 45. Tratamiento de los datos personales


1. La información sanitaria que los Estados Partes obtengan o reciban en cumplimiento
del presente Reglamento de otro Estado Parte o de la OMS y que se refiera a personas
identificadas o identificables será considerada confidencial y tratada de forma anónima
según estipule la legislación nacional.

Título IX - Lista de expertos del RSI, comité de emergencias y comité de examen.


Capítulo I - Lista de expertos del RSI.
Artículo 47. Composición
El Director General establecerá una lista de expertos en todas las esferas de
competencia pertinentes (en adelante denominada «Lista de Expertos del RSI»). El
Director General, al establecer la Lista de Expertos del RSI, se ajustará, salvo disposición
en contrario del presente Reglamento, al Reglamento de los cuadros y comités de
expertos. Además, el Director General nombrará a un miembro a petición de cada Estado
Parte y, cuando proceda, a expertos propuestos por organizaciones
intergubernamentales y organizaciones de integración económica regional pertinentes.
Los Estados Partes interesados comunicarán al Director General las calificaciones y el
área de conocimientos de cada uno de los expertos que presenten como candidatos a la
Lista de Expertos del RSI. El Director General informará periódicamente sobre la
composición de esta Lista a los Estados Partes, las organizaciones
intergubernamentales y organizaciones de integración económica regional pertinentes.

Capítulo II - Comité de Emergencias

Artículo 48. Mandato y composición


El Comité de Emergencias estará integrado por expertos elegidos por el Director General
entre los miembros de la Lista de Expertos del RSI y, cuando proceda, de otros cuadros
de expertos de la Organización. El Director General determinará la duración del
nombramiento de los miembros con el fin de asegurar su continuidad en la consideración
de un evento concreto y sus consecuencias.

Capítulo III - Comité de Examen

Artículo 52. Informes


1. En cada reunión, el Comité de Examen preparará un informe en el que se expondrá el
dictamen del Comité. Este informe será aprobado por el Comité de Examen antes de que
finalice la reunión.

Título X - Disposiciones finales.

Artículo 54. Presentación de informes y examen


1. Los Estados Partes y el Director General informarán a la Asamblea de la
Salud sobre la aplicación del presente Reglamento según decida la Asamblea de la
Salud.

Artículo 57. Relación con otros acuerdos internacionales


1. Los Estados Partes reconocen que el RSI y demás acuerdos internacionales
pertinentes deben interpretarse de forma que sean compatibles. (Organización Mundial
De La Salud, 2008).

2.2.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Título I
Capítulo I De los derechos humanos y sus garantías

Artículo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los
derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales
de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección,
cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las
condiciones que esta Constitución establece.

Artículo 2. La Nación Mexicana es única e indivisible.

La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos


indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio
actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones
sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

Artículo 4. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y
el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley
definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la
concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad
general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio
del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños
y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud,
educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar
el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la
niñez.

Artículo 22. Quedan prohibidas las penas de muerte, de mutilación, de infamia, la marca,
los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación
de bienes y cualesquiera otras penas inusitadas y trascendentales. Toda pena deberá
ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado.

Título VI Del trabajo y de la previsión social

Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto,
se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la
ley.

V. Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo


considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán
forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada
aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir
su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la
relación de trabajo. En el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por
día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos;

XIV. Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y de las
enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la
profesión o trabajo que ejecuten; por lo tanto, los patronos deberán pagar la
indemnización correspondiente, según que haya traído como consecuencia la muerte o
simplemente incapacidad temporal o permanente para trabajar, de acuerdo con lo que
las leyes determinen. Esta responsabilidad subsistirá aún en el caso de que el patrono
contrate el trabajo por un intermediario.

XV. El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su


negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su
establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso
de las máquinas, instrumentos y materiales de trabajo, así como a organizar de tal
manera éste, que resulte la mayor garantía para la salud y la vida de los trabajadores, y
del producto de la concepción, cuando se trate de mujeres embarazadas. Las leyes
contendrán, al efecto, las sanciones procedentes en cada caso;

XXVII. Serán condiciones nulas y no obligarán a los contrayentes, aunque se expresen


en el contrato:

g) Las que constituyan renuncia hecha por el obrero de las indemnizaciones a que tenga
derecho por accidente del trabajo, y enfermedades profesionales, perjuicios ocasionados
por el incumplimiento del contrato o despedírsele de la obra.

XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de
invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y
accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y
bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y
sus familiares o a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para
el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las
entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la
fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. En todas las decisiones y actuaciones
del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez,
garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la
satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento
para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento
y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.

Garantías individuales

Son los derechos fundamentales de las personas, cuya finalidad es reducir los efectos
de las desigualdades entre los individuos, otorga a todos los mexicanos el derecho de
disfrutar la LIBERTAD, SEGURIDAD, IGUALDAD y PROPIEDAD, al señalar los deberes
para su ejercicio. También se les conoce como derechos individuales, fundamentales o
humanos.

Artículo 1.En México todo individuo gozará de las garantías que otorga esta
Constitución.

Artículo 2.En México está prohibida la esclavitud.

Artículo 3.La educación en México será laica, gratuita y obligatoria hasta la secundaria.

Artículo 4.El varón y la mujer son iguales ante la ley. Toda persona tiene el derecho a la
protección de la salud. Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y
decorosa. Es deber de los padres preservar el derecho de los menores a la satisfacción
de sus necesidades y a la salud física y mental. La composición de México es pluricultural
basada en sus pueblos indígenas.

Artículo 5.Libertad de trabajo siendo lícito.


Artículo 6.Libertad de pensamiento sin afectar a terceros y el derecho a la información.

Artículo 7.Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia.

Artículo 8.Derecho de petición.

Artículo 9.No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con


cualquier objeto lícito.

Artículo 10.Los habitantes de México tienen el derecho de poseer armas en su domicilio,


para su seguridad y legítima defensa.

Artículo 11.Libertad de tránsito en el territorio nacional.

Artículo 12.En México se prohíben títulos de nobleza.

Artículo 13.Nadie pude ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales.

Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo. Nadie podrá ser privado de la vida,
de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido
ante los tribunales previamente establecidos.

Artículo 15.No se autoriza la extradición de reos políticos.


Artículo 16.Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o
posesiones, sino en virtud de un mandamiento escrito de la autoridad competente (un
juez).

Artículo 17.Nadie podrá hacerse justicia por sí mismo, ni ejercer violencia para reclamar
su derecho.

Artículo 18.Solo por delito que merezca pena corporal habrá prisión preventiva.

Artículo 19.Ninguna detención excederá de 3 días, sin que se justifique el auto de formal
prisión.

Artículo 20.Garantías de los acusados: I) Podrá ser puesto en libertad bajo caución, II)
No podrá declarar en su contra III) Se le hará saber en audiencia pública de que se le
acusa y quien lo acusa IV) Será careado con los testigos V) Podrá ofrecer pruebas para
su defensa.VI) Será juzgado en audiencia pública VII) Se le facilitaran los datos para su
defensa IX) Se le oirá en defensa por sí o por persona de su confianza.

Artículo 21.La imposición de penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial.

Artículo 22.Quedan prohibidas las penas de mutilación o de infamia y de muerte.

Artículo 23.Ningún juicio tendrá más de tres instancias. Nadie podrá ser juzgado por el
mismo delito dos veces.
Artículo 24.Todo hombre es libre de profesar la creencia religiosa que más le agrade.

Artículo 25.Corresponde al Estado la rectoría del Desarrollo Nacional para garantizar


que este sea integral, que fortalezca la soberanía de la Nación.

Artículo 26.El Estado organizará un sistema de planeación democrática del Desarrollo


Nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la
economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la
Nación.

Artículo 27.La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del
territorio nacional, corresponden originalmente a la Nación.

Artículo 28.En México quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas.

Artículo 29.En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier
otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente, podrá
suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculo
para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación. (Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, 2013).

2.2. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

2.2.1 Ley General de la Salud

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1984

TEXTO VIGENTE
Última reforma publicada DOF 24-04-2013

Título I

Disposiciones Generales

Capítulo único.

Artículo 1. La presente ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene


toda persona en los términos del Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de
salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de
salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de
orden público e interés social.

Artículo 2.El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades:

I. El bienestar físico y mental de la persona

II. La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana;

III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación,


conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social;

IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la


preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud;

V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social

VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de


salud,

VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud.


Artículo 3. En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:

I. La organización, control y vigilancia de la prestación de servicios y de establecimientos


de salud

II. La atención médica, preferentemente en beneficio de grupos vulnerables;

II bis. La Protección Social en Salud.

III. La coordinación, evaluación y seguimiento de los servicios de salud

VIII. La promoción de la formación de recursos humanos para la salud;

X. La información relativa a las condiciones, recursos y servicios de salud en el país;

XI. La educación para la salud;

XVIII. La asistencia social;

Artículo 4. Son autoridades sanitarias:

I. El Presidente de la República;

II. El Consejo de Salubridad General;

III. La Secretaría de Salud, y

IV. Los gobiernos de las entidades federativas, incluyendo el Gobierno del Distrito
Federal.

Título II Sistema Nacional de Salud

Capítulo I Disposiciones comunes.

Artículo 5. El Sistema Nacional de Salud está constituido por las dependencias y


entidades de la Administración Pública, tanto federal como local, y las personas físicas
o morales de los sectores social y privado, que presten servicios de salud, así como por
los mecanismos de coordinación de acciones, y tiene por objeto dar cumplimiento al
derecho a la protección de la salud.

III. Colaborar al bienestar social de la población mediante servicios de asistencia social,


principalmente a menores en estado de abandono, ancianos desamparados y personas
con discapacidad, para fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida
equilibrada en lo económico y social;

IV. Dar impulso al desarrollo de la familia y de la comunidad, así como a la integración


social y al crecimiento físico y mental de la niñez;

IV Bis. Impulsar el bienestar y el desarrollo de las familias y comunidades indígenas que


propicien el desarrollo de sus potencialidades político sociales y culturales; con su
participación y tomando en cuenta sus valores y organización social;

VI. Impulsar un sistema racional de administración y desarrollo de los recursos humanos


para mejorar la salud;

VII.- Coadyuvar a la modificación de los patrones culturales que determinen hábitos,


costumbres y actitudes relacionados con la salud y con el uso de los servicios que se
presten para su protección;

Artículo 7. La coordinación del Sistema Nacional de Salud estará a cargo de la


Secretaría de Salud, correspondiéndole a ésta:

II. Coordinar los programas de servicios de salud de las dependencias y entidades de la


Administración Pública Federal, así como los agrupamientos por funciones y programas
afines que, en su caso, se determinen;

XI. Apoyar la coordinación entre las instituciones de salud y las educativas, para formar
y capacitar recursos humanos para la salud;

XII. Coadyuvar a que la formación y distribución de los recursos humanos para la salud
sea congruente con las prioridades del Sistema Nacional de Salud;

XIII. Promover e impulsar la participación de la comunidad en el cuidado de su salud;


Artículo 10. La Secretaria de Salud promoverá la participación, en el sistema nacional
de salud, de los prestadores de servicios de salud, de los sectores público, social y
privado, de sus trabajadores y de los usuarios de los mismos, así como de las
autoridades o representantes de las comunidades indígenas, en los términos de las
disposiciones que al efecto se expidan.

XI. Ejercer las atribuciones que la presente Ley, la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, y los demás ordenamientos aplicables le confieren a la Secretaría de
Salud en materia de efectos del ambiente en la salud, salud ocupacional, residuos
peligrosos, saneamiento básico y accidentes que involucren sustancias tóxicas,
peligrosas o radiaciones;

XII. Participar, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la


Secretaría de Salud, en la instrumentación de las acciones de prevención y control de
enfermedades, así como de vigilancia epidemiológica, especialmente cuando éstas se
relacionen con los riesgos sanitarios derivados de los productos, actividades o
establecimientos materia de su competencia.

Título III Prestación de los Servicios de Salud

Capítulo I Disposiciones Comunes

Artículo 23.Para los efectos de esta Ley, se entiende por servicios de salud todas
aquellas acciones realizadas en beneficio del individuo y de la sociedad en general,
dirigidas a proteger, promover y restaurar la salud de la persona y de la colectividad.

Artículo 24. Los servicios de salud se clasifican en tres tipos:

I. De atención médica;

II. De salud pública, y


III. De asistencia social.

X. La asistencia social a los grupos más vulnerables y, de éstos, de manera especial, a


los pertenecientes a las comunidades indígenas,

Capítulo III

Prestadores de Servicios de Salud

Artículo 34. Para los efectos de esta Ley, los servicios de salud, atendiendo a los
prestadores de los mismos, se clasifican en:

I. Servicios públicos a la población en general;

II. Servicios a derechohabientes de instituciones públicas de seguridad social o los que


con sus propios recursos o por encargo del Poder Ejecutivo Federal, presten las mismas
instituciones a otros grupos de usuarios;

III. Servicios sociales y privados, sea cual fuere la forma en que se contraten.

Artículo 36. Las cuotas de recuperación que en su caso se recauden por la prestación
de servicios para la determinación de las cuotas de recuperación se tomará en cuenta el
costo de los servicios y las condiciones socioeconómicas del usuario. Las cuotas de
recuperación se fundarán en principios de solidaridad social y guardarán relación con los
ingresos de los usuarios, debiéndose eximir del cobro cuando el usuario carezca de
recursos para cubrirlas, o en las zonas de menor desarrollo económico y social conforme
a las disposiciones de la Secretaría de Salud.

Se eximirá del cobro de las cuotas de recuperación por concepto de atención médica y
medicamentos, a todo menor a partir de su nacimiento hasta cinco años cumplidos, que
no sea beneficiario o derechohabiente de alguna institución del sector salud. Para el
cumplimiento de esta disposición, será requisito indispensable que la familia solicitante
se encuentre en un nivel de ingreso correspondiente a los tres últimos deciles
establecidos por la Secretaría de Salud.

Artículo 49. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en el


ámbito de sus respectivas competencias, coadyuvarán con las autoridades educativas
competentes para la promoción y fomento de la constitución de colegios, asociaciones y
organizaciones de profesionales, técnicos y auxiliares de la salud, y estimularán su
participación en el Sistema Nacional de Salud, como instancias éticas del ejercicio de las
profesiones, promotoras de la superación permanente de sus miembros, así como
consultoras de las autoridades sanitarias, cuando éstas lo requieran.

Capítulo IV

Usuarios de los Servicios de Salud y Participación de la Comunidad.

Artículo 51. Los usuarios tendrán derecho a obtener prestaciones de salud oportunas y
de calidad idónea y a recibir atención profesional y éticamente responsable, así como
trato respetuoso y digno de los profesionales, técnicos y auxiliares.

Artículo 51Bis1. Los usuarios tendrán derecho a recibir información suficiente, clara,
oportuna, y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud y
sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y
quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.

Artículo 51 Bis 3. Las quejas que los usuarios presenten por la atención médica recibida,
deberán ser atendidas y resueltas en forma oportuna y efectiva por los prestadores de
servicios de salud o por las instancias que las instituciones de salud tengan definidas
para tal fin, cuando la solución corresponda a su ámbito de competencia.
Artículo 54. Las autoridades sanitarias competentes y las propias instituciones de salud,
establecerán procedimientos de orientación y asesoría a los usuarios sobre el uso de los
servicios de salud que requieran, así como mecanismos para que los usuarios o
solicitantes presenten sus quejas, reclamaciones y sugerencias respecto de la prestación
de los servicios de salud y en relación a la falta de probidad, en su caso, de los servidores
públicos. En el caso de las poblaciones o comunidades indígenas las autoridades
sanitarias brindarán la asesoría y en su caso la orientación en español y en la lengua o
lenguas en uso en la región o comunidad.

Artículo 57. La participación de la comunidad en los programas de protección de la salud


y en la prestación de los servicios respectivos, tiene por objeto fortalecer la estructura y
funcionamiento de los sistemas de salud e incrementar el mejoramiento del nivel de salud
de la población.

Artículo 58. La comunidad podrá participar en los servicios de salud de los sectores
público, social y privado a través de las siguientes acciones:

I. Promoción de hábitos de conducta que contribuyan a proteger la salud o a solucionar


problemas de salud, e intervención en programas de promoción y mejoramiento de la
salud y de prevención de enfermedades y accidentes;

II. Colaboración en la prevención o tratamiento de problemas ambientales vinculados a


la salud;

Artículo 59. Las dependencias y entidades del sector salud y los gobiernos de las
entidades federativas, promoverán y apoyarán la constitución de grupos, asociaciones y
demás instituciones que tengan por objeto participar organizadamente en los programas
de promoción y mejoramiento de la salud individual o colectiva, así como en los de
prevención de enfermedades y accidentes, y de prevención de la discapacidad y de
rehabilitación de personas con discapacidad, así como en los cuidados paliativos.

Capítulo V

Servicios de Planificación Familiar.

Artículo 67. La planificación familiar tiene carácter prioritario. En sus actividades se debe
incluir la información y orientación educativa para los adolescentes y jóvenes. Asimismo,
para disminuir el riesgo reproductivo, se debe informar a la mujer y al hombre sobre la
inconveniencia del embarazo antes de los 20 años o bien después de los 35, así como
la conveniencia de espaciar los embarazos y reducir su

Artículo 68. Los servicios de planificación familiar comprenden:

I. La promoción del desarrollo de programas de comunicación educativa en materia de


servicios de planificación familiar y educación sexual, con base en los contenidos y
estrategias que establezca el Consejo nacional de Población;

III. La asesoría para la prestación de servicios de planificación familiar a cargo de los


sectores público, social y privado y la supervisión y evaluación en su ejecución, de
acuerdo con las políticas establecidas por el Consejo Nacional de Población.

Capítulo VII

Salud Mental.

Artículo 72. La prevención y atención de los trastornos mentales y del comportamiento


es de carácter prioritario. Se basará en el conocimiento de los factores que afectan la
salud mental, las causas de las alteraciones de la conducta, los métodos de prevención
y control multidisciplinario de dichos trastornos, así como otros aspectos relacionados
con el diagnóstico, conservación y mejoramiento de la salud mental.

La atención de los trastornos mentales y del comportamiento deberá brindarse con un


enfoque comunitario, de reinserción psicosocial y con estricto respeto a los derechos
humanos de los usuarios de estos servicios.

I. El desarrollo de actividades educativas, socioculturales y recreativas que contribuyan


a la salud mental, preferentemente a grupos en situación de vulnerabilidad.

II. La difusión de las orientaciones para la promoción de la salud mental, así como el
conocimiento y prevención de los trastornos mentales y del comportamiento;

III. La realización de programas para la prevención y control del uso de substancias


psicotrópicas, estupefacientes, inhalantes y otras substancias que puedan causar
alteraciones mentales o dependencia;

IV. Las acciones y campañas de promoción de los derechos de las personas con
trastornos mentales y del comportamiento, así como de sensibilización para reducir el
estigma y la discriminación, a fin de favorecer el acceso oportuno de la atención.

Título III Bis de la protección social en salud

Capítulo I Disposiciones Generales.

La protección social en salud es un mecanismo por el cual el Estado garantizará el


acceso efectivo, oportuno, de calidad, sin desembolso al momento de utilización y sin
discriminación a los servicios médico-quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios que
satisfagan de manera integral las necesidades de salud, mediante la combinación de
intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de
rehabilitación.
Artículo 77 Bis 2. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por Sistema de Protección
Social en Salud a las acciones que en esta materia provean los Regímenes Estatales de
Protección Social en Salud.

Artículo 77 Bis 3. Las familias y personas que no sean derechohabientes de las


instituciones de seguridad social o no cuenten con algún otro mecanismo de previsión
social en salud, se incorporarán al Sistema de Protección Social en Salud que les
corresponda en razón de su domicilio, con lo cual gozarán de las acciones de protección
en salud a que se refiere este título.

Capítulo II

De los beneficios de la protección social en salud.

Artículo 77 Bis 7. Gozarán de los beneficios del Sistema de Protección Social en Salud
las familias cuyos miembros en lo individual satisfagan los siguientes requisitos:

I. Ser residentes en el territorio nacional;

II. No ser derechohabientes de la seguridad social;

III. Contar con Clave Única de Registro de Población;

IV. Cubrir las cuotas familiares correspondientes, en los términos establecidos por el
artículo 77 Bis 21 de esta Ley.

Título IV

Recursos humanos para los servicios de salud

Capítulo I Profesionales, técnicos y auxiliares.


Artículo 78. El ejercicio de las profesiones, de las actividades técnicas y auxiliares y de
las especialidades para la salud, estará sujeto a:

I. La Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las


profesiones en el Distrito Federal;

Artículo 79. Para el ejercicio de actividades profesionales en el campo de la medicina,


odontología, veterinaria, biología, bacteriología, enfermería, trabajo social, química,
psicología, ingeniería sanitaria, nutrición, dietología, patología y sus ramas, y las demás
que establezcan otras disposiciones legales aplicables, se requiere que los títulos
profesionales o certificados de especialización hayan sido legalmente expedidos y
registrados por las autoridades educativas competentes. Para el ejercicio de actividades
técnicas y auxiliares que requieran conocimientos específicos en el campo de la atención
médica prehospitalaria, medicina, odontología, veterinaria, enfermería, laboratorio
clínico, radiología, terapia física, terapia ocupacional, terapia del lenguaje, prótesis y
órtesis, trabajo social, nutrición, citotecnología, patología, bioestadística, codificación
clínica, bioterios, farmacia, saneamiento, histopatología y embalsamiento y sus ramas,
se requiere que los diplomas correspondientes hayan sido legalmente expedidos y
registrados por las autoridades educativas competentes.

Título VI Información para la Salud

Capitulo único

Artículo 104. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en el


ámbito de sus respectivas competencias, y de conformidad con la Ley del Sistema
Nacional de Información Estadística y Geográfica, captarán, producirán y procesarán la
información necesaria para el proceso de planeación, programación, presupuestación y
control del Sistema Nacional de Salud, así como sobre el estado y evolución de la salud
pública.
Artículo 112. La educación para la salud tiene por objeto:

I. Fomentar en la población el desarrollo de actitudes y conductas que le permitan


participar en la prevención de enfermedades individuales, colectivas y accidentes, y
protegerse de los riesgos que pongan en peligro su salud;

II. Proporcionar a la población los conocimientos sobre las causas de las enfermedades
y de los daños provocados por los efectos nocivos del ambiente en la salud, y

III. Orientar y capacitar a la población preferentemente en materia de nutrición, salud


mental, salud bucal, educación sexual, planificación familiar, cuidados paliativos, riesgos
de automedicación, prevención de farmacodependencia, salud ocupacional, salud visual,
salud auditiva, uso adecuado de los servicios de salud, prevención de accidentes,
prevención de la discapacidad y rehabilitación de las personas con discapacidad y
detección oportuna de enfermedades.

Capítulo IV De los derechos, facultades y obligaciones de los médicos y personal


sanitario

Artículo 166 Bis 14. Los médicos tratantes y el equipo sanitario que preste los cuidados
paliativos, para el mejor desempeño de sus servicios, deberán estar debidamente
capacitados humana y técnicamente, por instituciones autorizadas para ello.

Título XI Programas contra las adicciones

Capítulo I Consejo Nacional contra las adicciones


Artículo 184 Bis. Se crea el Consejo Nacional Contra las Adiciones, que tendrá por
objeto promover y apoyar las acciones de los sectores público, social y privado
tendientes a la prevención y combate de los problemas de salud pública causados por
las Adicciones que regula el presente Título, así como proponer y evaluar los programas
a que se refieren los Artículos 185, 188 y 191 de esta Ley. Dicho Consejo estará
integrado por el Secretario de Salud, quien lo presidirá, por los titulares de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal cuyas atribuciones
tengan relación con el objeto del Consejo y por representantes de organizaciones
sociales y privadas relacionadas con la salud. El Secretario de Salud podrá invitar,
cuando lo estime conveniente, a los titulares de los gobiernos de las entidades
federativas a asistir a las sesiones del Consejo.

Capítulo II Programa contra el alcoholismo y el abuso de bebidas alcohólicas

Artículo 185. La Secretaría de Salud, los gobiernos de las entidades federativas y el


Consejo de Salubridad General, en el ámbito de sus respectivas competencias, se
coordinarán para la ejecución del programa contra el alcoholismo y el abuso de bebidas
alcohólicas.

2.2.2 Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social


Título I Disposiciones generales

Capítulo único

Artículo 2. La seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la


asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales
necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una
pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada
por el Estado.
Artículo 4. El Seguro Social es el instrumento básico de la seguridad social, establecido
como un servicio público de carácter nacional en los términos de esta Ley, sin perjuicio
de los sistemas instituidos por otros ordenamientos.

Artículo 5 A. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:


XIV. Pensionados o pensionado: el asegurado que por resolución del Instituto tiene
otorgada pensión por: incapacidad permanente total; incapacidad permanente parcial
superior al cincuenta por ciento o en su caso incapacidad permanente parcial entre el
veinticinco y el cincuenta por ciento; invalidez; cesantía en edad avanzada y vejez, así
como los beneficiarios de aquél cuando por resolución del Instituto tengan otorgada
pensión de viudez, orfandad, o de ascendencia.

Título II Del régimen obligatorio

Capítulo I Generalidades

Artículo 11.El régimen obligatorio comprende los seguros de:

I. Riesgos de trabajo;

II. Enfermedades y maternidad;

III. Invalidez y vida;

IV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y

V. Guarderías y prestaciones sociales.

Artículo 21. Los avisos de baja de los trabajadores incapacitados temporalmente para
el trabajo, no surtirán efectos para las finalidades del Seguro Social, mientras dure el
estado de incapacidad.
Artículo 25. En los casos previstos por el artículo 23, el Estado aportará la contribución
que le corresponda en términos de esta Ley, independientemente de la que resulte a
cargo del patrón por la valuación actuarial de su contrato, pagando éste, tanto su propia
cuota como la parte de la cuota obrera que le corresponda conforme a dicha valuación.

Para cubrir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de los
pensionados y sus beneficiarios, en los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida,
así como retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, los patrones, los trabajadores y el
Estado aportarán una cuota de uno punto cinco por ciento sobre el salario base de
cotización. De dicha cuota corresponderá al patrón pagar el uno punto cero cinco por
ciento, a los trabajadores el cero punto trescientos setenta y cinco por ciento y al Estado
el cero punto cero setenta y cinco por ciento.

Capítulos II

De las bases de cotización y de las cuotas.

Artículo 31.Cuando por ausencias del trabajador a sus labores no se paguen salarios,
pero subsista la relación laboral, la cotización mensual se ajustará a las reglas siguientes:

I. Si las ausencias del trabajador son por períodos menores de ocho días consecutivos
o interrumpidos, se cotizará y pagará por dichos períodos únicamente en el seguro de
enfermedades y maternidad. En estos casos los patrones deberán presentar la
aclaración correspondiente, indicando que se trata de cuotas omitidas por ausentismo y
comprobarán la falta de pago de salarios respectivos, mediante la exhibición de las listas
de raya o de las nóminas correspondientes. Para este efecto el número de días de cada
mes se obtendrá restando del total de días que contenga el período de cuotas de que se
trate, el número de ausencias sin pago de salario correspondiente al mismo período.

Si las ausencias del trabajador son por períodos de ocho días consecutivos o mayores,
el patrón quedará liberado del pago de las cuotas obrero patronales, siempre y cuando
proceda en los términos del artículo 37.
IV. Tratándose de ausencias amparadas por incapacidades médicas expedidas por el
Instituto no será obligatorio cubrir las cuotas obrero patronales, excepto por lo que se
refiere al ramo de retiro.

Capítulo III Del seguro de riesgos de trabajo

Sección primera, Generalidades.

Artículo 41. Riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están
expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

Artículo 42. Se considera accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación


funcional, inmediata o posterior; o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o
con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se
preste. También se considerará accidente de trabajo el que se produzca al trasladarse
el trabajador, directamente de su domicilio al lugar del trabajo, o de éste a aquél.

Artículo 43.Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción


continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo, o en el medio en
que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. En todo caso, serán
enfermedades de trabajo las consignadas en la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 44. Cuando el trabajador asegurado no esté conforme con la calificación que
del accidente o enfermedad haga el Instituto de manera definitiva, podrá interponer el
recurso de inconformidad. En el supuesto a que se refiere el párrafo anterior, entre tanto
se tramita el recurso o el juicio respectivo, el Instituto otorgará al trabajador asegurado o
a sus beneficiarios legales las prestaciones a que tuvieran derecho en los seguros de
enfermedades y maternidad o invalidez y vida, siempre y cuando se satisfagan los
requisitos señalados por esta Ley. En cuanto a los demás seguros se estará a lo que se
resuelva en la inconformidad o en los medios de defensa establecidos en el artículo 294
de esta Ley.

Artículo 45. La existencia de estados anteriores tales como discapacidad física, mental
o sensorial, intoxicaciones o enfermedades crónicas, no es causa para disminuir el grado
de la incapacidad temporal o permanente, ni las prestaciones que correspondan al
trabajador.

Artículo 46.No se considerarán para los efectos de esta Ley, riesgos de trabajo los que
sobrevengan por alguna de las causas siguientes: I.
Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador en estado de embriaguez;
II. Si el accidente ocurre encontrándose el trabajador bajo la acción de algún psicotrópico,
narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción suscrita por médico titulado y
que el trabajador hubiera exhibido y hecho del conocimiento del patrón lo anterior;
III. Si el trabajador se ocasiona intencionalmente una incapacidad o lesión por sí o de
acuerdo con otra persona; IV.
Si la incapacidad o siniestro es el resultado de alguna riña o intento de suicidio, y V.
Si el siniestro es resultado de un delito intencional del que fuere responsable el trabajador
asegurado.

Artículo 47.En los casos señalados en el artículo anterior se observarán las reglas
siguientes: I.
El trabajador asegurado tendrá derecho a las prestaciones consignadas en el seguro de
enfermedades y maternidad o bien a la pensión de invalidez señalada en esta Ley, si
reúne los requisitos consignados en las disposiciones relativas, y

II. Si el riesgo trae como consecuencia la muerte del asegurado, los beneficiarios legales
de éste tendrán derecho a las prestaciones en dinero que otorga el presente capítulo.
Por lo que se refiere a las prestaciones en especie de enfermedades y maternidad, éstas
se otorgarán conforme al capítulo IV de este Título.
Artículo 50. El asegurado que sufra algún accidente o enfermedad de trabajo, para gozar
de las prestaciones en dinero a que se refiere este capítulo, deberá someterse a los
exámenes médicos y a los tratamientos que determine el Instituto, salvo cuando justifique
la causa de no hacerlo. El Instituto deberá dar aviso al patrón cuando califique de
profesional algún accidente.

Artículo 51. El patrón deberá dar aviso al Instituto del accidente o enfermedad de trabajo,
en los términos que señale el reglamento respectivo.

El trabajador, los beneficiarios del trabajador incapacitado o muerto, o las personas


encargadas de representarlos, podrán denunciar inmediatamente al Instituto el accidente
o la enfermedad de trabajo que haya sufrido. El aviso también podrá hacerse del
conocimiento de la autoridad de trabajo correspondiente, la que, a su vez, dará traslado
del mismo al Instituto o enfermedad, o en caso de recaída con motivo de éstos.

Artículo 52. El patrón que oculte la realización de un accidente sufrido por alguno de sus
trabajadores durante su trabajo o lo reporte indebidamente como accidente en trayecto,
se hará acreedor a las sanciones que determine esta Ley y el reglamento respectivo.

Artículo 53. El patrón que haya asegurado a los trabajadores a su servicio contra riesgos
de trabajo, quedará relevado en los términos que señala esta Ley, del cumplimiento de
las obligaciones que sobre responsabilidad por esta clase de riesgos establece la Ley
Federal del Trabajo.

Incapacidad temporal;

Incapacidad permanente parcial;

Incapacidad permanente total, y IV.


Muerte. Se
entenderá por incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial e incapacidad
permanente total, lo que al respecto disponen los artículos relativos de la Ley Federal del
Trabajo.

Sección segunda, De las prestaciones en especie.

Artículo 56. El asegurado que sufra un riesgo de trabajo tiene derecho a las siguientes
prestaciones en especie:

Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica;

Servicio de hospitalización;

Aparatos de prótesis y ortopedia, y

Rehabilitación.

Artículo 58. El asegurado que sufra un riesgo de trabajo tiene derecho a las siguientes
prestaciones en dinero:

I. Si lo incapacita para trabajar recibirá mientras dure la inhabilitación, el cien por ciento
del salario en que estuviese cotizando en el momento de ocurrir el riesgo.
El goce de este subsidio se otorgará al asegurado entre tanto no se declare que se
encuentra capacitado para trabajar, o bien se declare la incapacidad permanente parcial
o total, lo cual deberá realizarse dentro del término de cincuenta y dos semanas que dure
la atención médica como consecuencia del accidente, sin perjuicio de que una vez
determinada la incapacidad que corresponda, continúe su atención o rehabilitación
conforme a lo dispuesto por el artículo 61 de la presente Ley; II. Al declararse la
incapacidad permanente total del asegurado, éste recibirá una pensión mensual
definitiva equivalente al setenta por ciento del salario en que estuviere cotizando en el
momento de ocurrir el riesgo. En el caso de enfermedades de trabajo, se calculará con
el promedio del salario base de cotización de las cincuenta y dos últimas semanas o las
que tuviere si su aseguramiento fuese por un tiempo menor para determinar el monto de
la pensión. Igualmente, el incapacitado deberá contratar un seguro de sobrevivencia para
el caso de su fallecimiento, que otorgue a sus beneficiarios las pensiones y demás
prestaciones económicas a que tengan derecho en los términos de esta Ley.III. Si la
incapacidad declarada es permanente parcial, superior al cincuenta por ciento, el
asegurado recibirá una pensión que será otorgada por la institución de seguros que elija
en los términos de la fracción anterior.
El monto de la pensión se calculará conforme a la tabla de valuación de incapacidad
contenida en la Ley Federal de Trabajo, tomando como base el monto de la pensión que
correspondería a la incapacidad permanente total. El tanto por ciento de la incapacidad
se fijará entre el máximo y el mínimo establecidos en dicha tabla teniendo en cuenta la
edad del trabajador, la importancia de la incapacidad, si ésta es absoluta para el ejercicio
de su profesión aun cuando quede habilitado para dedicarse a otra, o que simplemente
hayan disminuido sus aptitudes para el desempeño de la misma o para ejercer
actividades remuneradas semejantes a su profesión u oficio.

Si la valuación definitiva de la incapacidad fuese de hasta el veinticinco por ciento, se


pagará al asegurado, en sustitución de la pensión, una indemnización global equivalente
a cinco anualidades de la pensión que le hubiese correspondido.

IV. El Instituto otorgará a los pensionados por incapacidad permanente total y parcial con
un mínimo de más del cincuenta por ciento de incapacidad, un aguinaldo anual
equivalente a quince días del importe de la pensión que perciban.

Artículo 59. La pensión que se otorgue en el caso de incapacidad permanente total, será
siempre superior a la que le correspondería al asegurado por invalidez, y comprenderá
en todos los casos, las asignaciones familiares y la ayuda asistencial, así como cualquier
otra prestación en dinero a que tenga derecho en los términos de este capítulo.

Artículo 60. Los certificados de incapacidad temporal que expida el Instituto se sujetarán
a lo que establezca el reglamento relativo. El pago de los subsidios se hará por períodos
vencidos no mayores de siete días.
Artículo 61. Al declararse la incapacidad permanente, sea parcial o total, se concederá
al trabajador asegurado la pensión que le corresponda, con carácter provisional, por un
período de adaptación de dos años.

Artículo 62. Si el asegurado que sufrió un riesgo de trabajo fue dado de alta y
posteriormente sufre una recaída con motivo del mismo accidente o enfermedad de
trabajo, tendrá derecho a gozar del subsidio a que se refiere la fracción I del artículo 58
de esta Ley, ya sea que esté o no vigente su condición de asegurado, siempre y cuando
sea el Instituto quien así lo determine.

Artículo 63. Los subsidios previstos en este capítulo se pagarán directamente al


asegurado o su representante debidamente acreditado, salvo el caso de incapacidad
mental comprobada ante el Instituto, en que se podrán pagar a la persona o personas a
cuyo cuidado quede el incapacitado.

Artículo 64. Si el riesgo de trabajo trae como consecuencia la muerte del asegurado, el
Instituto calculará el monto constitutivo al que se le restará los recursos acumulados en
la cuenta individual del trabajador fallecido, a efecto de determinar la suma asegurada
que el Instituto deberá cubrir a la institución de seguros, necesaria para obtener una
pensión, ayudas asistenciales y demás prestaciones económicas previstas en este
capítulo a los beneficiarios.

Artículo 65. Sólo a falta de esposa tendrá derecho a recibir la pensión señalada en la
fracción II del artículo anterior, la mujer con quien el asegurado vivió como si fuera su
marido durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con la que
tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el
concubinato. Si al morir el asegurado tenía varias concubinas, ninguna de ellas gozará
de pensión.

Artículo 67. Cuando se reúnan dos o más incapacidades parciales, el asegurado o sus
beneficiarios, no tendrán derecho a recibir una pensión mayor de la que hubiese
correspondido a la incapacidad permanente total.

Sección cuarta Del incremento periódico de las pensiones

Artículo 68. La cuantía de las pensiones por incapacidad permanente será actualizada
anualmente en el mes de febrero, conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor
correspondiente al año calendario anterior.

Artículo 69. Las pensiones de viudez, orfandad y ascendientes del asegurado por
riesgos de trabajo serán revisadas e incrementadas en la proporción que corresponda,
en términos de lo dispuesto en el artículo anterior.

Sección quinta

Del régimen financiero

Artículo 70. Las prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, inclusive los capitales
constitutivos de las rentas líquidas al fin de año y los gastos administrativos, serán
cubiertos íntegramente por las cuotas que para este efecto aporten los patrones y demás
sujetos obligados.
Artículo 71. Las cuotas que por el seguro de riesgos de trabajo deban pagar los
patrones, se determinarán en relación con la cuantía del salario base de cotización, y
con los riesgos inherentes a la actividad de la negociación de que se trate, en los términos
que establezca el reglamento relativo.

Artículo 72. Para los efectos de la fijación de primas a cubrir por el seguro de riesgos de
trabajo, las empresas deberán calcular sus primas, multiplicando la siniestralidad de la
empresa por un factor de prima, y al producto se le sumará el 0.005.

Artículo 77. El patrón que estando obligado a asegurar a sus trabajadores contra riesgos
de trabajo no lo hiciera, deberá enterar al Instituto, en caso de que ocurra el siniestro, los
capitales constitutivos de las prestaciones en dinero y en especie, de conformidad con lo
dispuesto en la presente Ley, sin perjuicio de que el Instituto otorgue desde luego las
prestaciones a que haya lugar.

Artículo 78. Los patrones que cubrieren los capitales constitutivos determinados por el
Instituto, en los casos previstos por el artículo anterior, quedarán liberados, en los
términos de esta Ley, del cumplimiento de las obligaciones que sobre responsabilidad
por riesgos de trabajo establece la Ley Federal del Trabajo, así como de la de enterar
las cuotas que prescribe la presente Ley, por el lapso anterior al siniestro, con respecto
al trabajador accidentado y al seguro de riesgos de trabajo; subsistiendo para todos los
efectos legales la responsabilidad y sanciones que en su caso fijen la Ley y sus
reglamentos.

Artículo 79. Los capitales constitutivos se integran con el importe de alguna o algunas
de las prestaciones siguientes:

I. Asistencia médica;
II. Hospitalización;

III. Medicamentos y material de curación;

IV. Servicios auxiliares de diagnóstico y de tratamiento;

V. Intervenciones quirúrgicas;

VI. Aparatos de prótesis y ortopedia;

VII. Gastos de traslado del trabajador accidentado y pago de viáticos en su caso;

VIII. Subsidios;

IX. En su caso, gastos de funeral;

X. Indemnizaciones globales en sustitución de la pensión, en los términos del último


párrafo de la fracción III del artículo 58 de esta Ley;

XI. Valor actual de la pensión, que es la cantidad calculada a la fecha del siniestro y que,
invertida a una tasa anual de interés compuesto del cinco por ciento, sea suficiente, la
cantidad pagada y sus intereses, para que el beneficiario disfrute la pensión durante el
tiempo a que tenga derecho a ella, en la cuantía y condiciones aplicables que determina
esta Ley, tomando en cuenta las probabilidades de reactividad, de muerte y de reingreso
al trabajo, así como la edad y sexo del pensionado.

XII. El cinco por ciento del importe de los conceptos que lo integren, por gastos de
administración.

Sección sexta

De la prevención de riesgos de trabajo

Artículo 80. El Instituto está facultado para proporcionar servicios de carácter preventivo,
individualmente o a través de procedimientos de alcance general, con el objeto de evitar
la realización de riesgos de trabajo entre la población asegurada.
Artículo 81. El Instituto se coordinará con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,
con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, de las entidades
federativas y concertará, en igual forma, con la representación de las organizaciones de
los sectores social y privado, con el objeto de realizar programas para la prevención de
los accidentes y las enfermedades de trabajo.

Artículo 82. El Instituto llevará a cabo las investigaciones que estime convenientes sobre
riesgos de trabajo y sugerirá a los patrones las técnicas y prácticas convenientes a efecto
de prevenir la realización de dichos riesgos.

Artículo 83. Los patrones deben cooperar con el Instituto en la prevención de los riesgos
de trabajo, en los términos siguientes:

I. Facilitarle la realización de estudios e investigaciones;

II. Proporcionarle datos e informes para la elaboración de estadísticas sobre riesgos de


trabajo,

III. Colaborar en el ámbito de sus empresas a la adopción y difusión de las normas sobre
prevención de riesgos de trabajo.

Capítulo IV

Del seguro de enfermedades y maternidad

Sección primera

Generalidades

Artículo 84. Quedan amparados por este seguro:

I. El asegurado; II. El pensionado por: a) Incapacidad permanente total o parcial; b)


Invalidez; c) Cesantía en edad avanzada y vejez, y d) Viudez, orfandad o ascendencia;
Artículo 85. Para los efectos de este seguro se tendrá como fecha de iniciación de la
enfermedad, aquélla en que el Instituto certifique el padecimiento. El disfrute de las
prestaciones de maternidad se iniciará a partir del día en que el Instituto certifique el
estado de embarazo.

Artículo 86. Para tener derecho a las prestaciones consignadas en este capítulo, el
asegurado, el pensionado y los beneficiarios deberán sujetarse a las prescripciones y
tratamientos médicos indicados por el Instituto.

Artículo 87. El Instituto podrá determinar la hospitalización del asegurado, del


pensionado o de los beneficiarios, cuando así lo exija la enfermedad, particularmente
tratándose de padecimientos contagiosos.

Artículo 88. El patrón es responsable de los daños y perjuicios que se causaren al


asegurado, a sus familiares derechohabientes o al Instituto, cuando por incumplimiento
de la obligación de inscribirlo o de avisar los salarios efectivos o los cambios de éstos,
no pudieran otorgarse las prestaciones en especie y en dinero del seguro de
enfermedades y maternidad, o bien cuando el subsidio a que tuvieran derecho se viera
disminuido en su cuantía.

Artículo 89. El Instituto prestará los servicios que tiene encomendados, en cualquiera
de las siguientes formas:

I. Directamente, a través de su propio personal e instalaciones; II.


Indirectamente, en virtud de convenios con otros organismos públicos o particulares,
para que se encarguen de impartir los servicios del ramo de enfermedades y maternidad
y proporcionar las prestaciones en especie y subsidios del ramo de riesgos de trabajo,
siempre bajo la vigilancia y responsabilidad del Instituto. Los convenios fijarán el plazo
de su vigencia, la amplitud del servicio subrogado, los pagos que deban hacerse, la forma
de cubrirlos y las causas y procedimientos de terminación, así como las demás
condiciones pertinentes; III. Asimismo, podrá celebrar convenios con quienes
tuvieren establecidos servicios médicos y hospitalarios, pudiendo convenirse, si se
tratare de patrones con obligación al seguro, en la reversión de una parte de la cuota
patronal y obrera en proporción a la naturaleza y cuantía de los servicios relativos. En
dichos convenios se pactará, en su caso, el pago de subsidios mediante un sistema de
reembolsos. Estos convenios no podrán celebrarse sin la previa anuencia de los
trabajadores o de su organización representativa, y IV. Mediante convenios de
cooperación y colaboración con instituciones y organismos de salud de los sectores
públicos federal, estatal y municipal, en términos que permitan el óptimo
aprovechamiento de la capacidad instalada de todas las instituciones y organismos. De
igual forma, el Instituto podrá dar servicio en sus instalaciones a la población atendida
por dichas instituciones y organismos, de acuerdo a su disponibilidad y sin perjuicio de
su capacidad financiera.

Artículo 90. El Instituto elaborará los cuadros básicos de medicamentos que considere
necesarios, sujetos a permanente actualización, a fin de que los productos en ellos
comprendidos sean los de mayor eficacia terapéutica.

Artículo 91. En caso de enfermedad no profesional, el Instituto otorgará al asegurado la


asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria, desde el
comienzo de la enfermedad y durante el plazo de cincuenta y dos semanas para el mismo
padecimiento. No
se computará en el mencionado plazo, el tiempo que dure el tratamiento curativo que le
permita continuar en el trabajo y seguir cubriendo las cuotas correspondientes.
Artículo 92. Si al concluir el período de cincuenta y dos semanas previsto en el artículo
anterior, el asegurado continúa enfermo, el Instituto prorrogará su tratamiento hasta por
cincuenta y dos semanas más, previo dictamen médico.

Artículo 94. En caso de maternidad, el Instituto otorgará a la asegurada durante el


embarazo, el alumbramiento y el puerperio, las prestaciones siguientes:

I. Asistencia obstétrica; II. Ayuda en especie por seis meses para lactancia, y III. Una
canastilla al nacer el hijo, cuyo importe será señalado por el Consejo Técnico.

Sección tercera

De las prestaciones en dinero

Artículo 96. En caso de enfermedad no profesional, el asegurado tendrá derecho a un


subsidio en dinero que se otorgará cuando la enfermedad lo incapacite para el trabajo.
El subsidio se pagará a partir del cuarto día del inicio de la incapacidad, mientras dure
ésta y hasta por el término de cincuenta y dos semanas. Si al concluir dicho período el
asegurado continuare incapacitado, previo dictamen del Instituto, se podrá prorrogar el
pago del subsidio hasta por veintiséis semanas más.

Artículo 97. El asegurado sólo percibirá el subsidio que se establece en el artículo


anterior, cuando tenga cubiertas por lo menos cuatro cotizaciones semanales
inmediatamente anteriores a la enfermedad.

Artículo 99. En caso de incumplimiento por parte del enfermo a la indicación del Instituto
de someterse a hospitalización, o cuando interrumpa el tratamiento sin la autorización
debida, se suspenderá el pago del subsidio.
Artículo 100. Cuando el Instituto hospitalice al asegurado, el subsidio establecido en el
artículo 98 de esta Ley se pagará a él o a sus familiares derechohabientes señalados en
el artículo 84 de este ordenamiento.

Artículo 101. La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un


subsidio en dinero igual al cien por ciento del último salario diario de cotización el que
recibirá durante cuarenta y dos días anteriores al parto y cuarenta y dos días posteriores
al mismo.

Artículo 102. Para que la asegurada tenga derecho al subsidio que se señala en el
artículo anterior, se requiere:

I. Que haya cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce
meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio;

II. Que se haya certificado por el Instituto el embarazo y la fecha probable del parto, y

III. Que no ejecute trabajo alguno mediante retribución durante los períodos anteriores y
posteriores al parto.

Si la asegurada estuviera percibiendo otro subsidio, se cancelará el que sea por menor
cantidad.

Artículo 104. Cuando fallezca un pensionado o un asegurado que tenga reconocidas


cuando menos doce cotizaciones semanales en los nueve meses anteriores al
fallecimiento, el Instituto pagará a la persona preferentemente familiar del asegurado o
del pensionado, que presente copia del acta de defunción y la cuenta original de los
gastos de funeral, una ayuda por este concepto, consistente en dos meses del salario
mínimo general que rija en el Distrito Federal en la fecha del fallecimiento.
Sección cuarta

Del régimen financiero

Artículo 105. Los recursos necesarios para cubrir las prestaciones en dinero, las
prestaciones en especie y los gastos administrativos del seguro de enfermedades y
maternidad, se obtendrán de las cuotas que están obligados a cubrir los patrones y los
trabajadores o demás sujetos y de la contribución que corresponda al Estado.

Artículo 106. Las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad,


se financiarán en la forma siguiente:

I. Por cada asegurado se pagará mensualmente una cuota diaria patronal equivalente al
trece punto nueve por ciento de un salario mínimo general diario para el Distrito Federal;

II. Para los asegurados cuyo salario base de cotización sea mayor a tres veces el salario
mínimo general diario para el Distrito Federal; se cubrirá además de la cuota establecida
en la fracción anterior una cuota adicional patronal equivalente al seis por ciento y otra
adicional obrera del dos por ciento, de la cantidad que resulte de la diferencia entre el
salario base de cotización y tres veces el salario mínimo citado, y

III. El Gobierno Federal cubrirá mensualmente una cuota diaria por cada asegurado,
equivalente a trece punto nueve por ciento de un salario mínimo general para el Distrito
Federal, a la fecha de entrada en vigor de esta Ley, la cantidad inicial que resulte se
actualizará trimestralmente de acuerdo a la variación del Índice Nacional de Precios al
Consumidor.

Artículo 107. Las prestaciones en dinero del seguro de enfermedades y maternidad se


financiarán con una cuota del uno por ciento sobre el salario base de cotización, que se
pagará de la forma siguiente:
I. A los patrones les corresponderá pagar el setenta por ciento de dicha cuota;

II. A los trabajadores les corresponderá pagar el veinticinco por ciento de la misma, y

III. Al Gobierno Federal le corresponderá pagar el cinco por ciento restante.

Sección quinta

De la conservación de derechos

Artículo 109. El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya
cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones
semanales ininterrumpidas, conservará durante las ocho semanas posteriores a la
desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad,
quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Del mismo derecho disfrutarán
sus beneficiarios.

Sección sexta

De la medicina preventiva

Artículo 110. Con el propósito de proteger la salud y prevenir las enfermedades y la


discapacidad, los servicios de medicina preventiva del Instituto llevarán a cabo
programas de difusión para la salud, prevención y rehabilitación de la discapacidad,
estudios epidemiológicos, producción de inmunobiológicos, inmunizaciones, campañas
sanitarias y otros programas especiales enfocados a resolver problemas médico-
sociales.
Artículo 111. El Instituto se coordinará con la Secretaría de Salud y con otras
dependencias y organismos públicos, con objeto de realizar las campañas y programas
a que se refiere el artículo anterior.

Sección séptima

Del registro de las actividades para la salud a la población derechohabiente

Artículo 111 A. El Instituto para realizar los registros, anotaciones y certificaciones


relativas a la atención a la salud de la población derechohabiente, podrá utilizar medios
escritos, electrónicos, magnéticos, ópticos o magneto ópticos para integrar un expediente
clínico electrónico único para cada derechohabiente, en las unidades médicas o en
cualquier otra instalación que determine el Instituto.

Artículo 112. Los riesgos protegidos en este capítulo son la invalidez y la muerte del
asegurado o del pensionado por invalidez, en los términos y con las modalidades
previstos en esta Ley.

Artículo 114. El pago de la pensión de invalidez, en su caso, se suspenderá durante el


tiempo en que el pensionado desempeñe un trabajo en un puesto igual a aquél que
desarrollaba al declarase ésta.

Artículo 116. Si una persona tiene derecho a cualquiera de las pensiones de este
capítulo y también a pensión proveniente del seguro de riesgos de trabajo, percibirá
ambas sin que la suma de sus cuantías exceda del cien por ciento del salario mayor, de
los que sirvieron de base para determinar la cuantía de las pensiones concedidas. Los
ajustes para no exceder del límite señalado no afectarán la pensión proveniente de
riesgos de trabajo.
Artículo 118. Los asegurados que obtengan una pensión definitiva por invalidez y vida
o por riesgos de trabajo, así como aquellos que gocen de una pensión por retiro, cesantía
en edad avanzada o vejez, podrán optar por que, con cargo a su pensión, se cubran los
créditos que les hayan sido otorgados por las Entidades Financieras a que se refiere la
Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Sección segunda del ramo de invalidez

Artículo 119. Para los efectos de esta Ley existe invalidez cuando el asegurado se halle
imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al
cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de
trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales.

Artículo 120. El estado de invalidez da derecho al asegurado, en los términos de esta


Ley y sus reglamentos, al otorgamiento de las prestaciones siguientes:

I. Pensión temporal;

II. Pensión definitiva.

Artículo 121. Pensión temporal es la que otorgue el Instituto, con cargo a este seguro,
por períodos renovables al asegurado en los casos de existir posibilidad de recuperación
para el trabajo, o cuando por la continuación de una enfermedad no profesional se
termine el disfrute del subsidio y la enfermedad persista. Es pensión definitiva la que
corresponde al estado de invalidez que se estima de naturaleza permanente.
Artículo 122. Para gozar de las prestaciones del ramo de invalidez se requiere que al
declararse ésta el asegurado tenga acreditado el pago de doscientas cincuenta semanas
de cotización. En el caso que el dictamen respectivo determine el setenta y cinco por
ciento o más de invalidez sólo se requerirá que tenga acreditadas ciento cincuenta
semanas de cotización.

Artículo 123. No se tiene derecho a disfrutar de pensión de invalidez, cuando el


asegurado:

I. Por sí o de acuerdo con otra persona se haya provocado intencionalmente la invalidez;

II. Resulte responsable del delito intencional que originó la invalidez, y

III. Padezca un estado de invalidez anterior a su afiliación al régimen obligatorio.

Artículo 124. Los asegurados que soliciten el otorgamiento de una pensión de invalidez
y los inválidos que se encuentren disfrutándola, deberán sujetarse a las investigaciones
de carácter médico, social y económico que el Instituto estime necesarias, para
comprobar si existe o subsiste el estado de invalidez.

Artículo 125. El derecho a la pensión de invalidez comenzará desde el día en que se


produzca el siniestro y si no puede fijarse el día, desde la fecha de la presentación de la
solicitud para obtenerla.

Artículo 126. Cuando un pensionado por invalidez se niegue a someterse a los


exámenes previos o posteriores y a los tratamientos médicos prescritos o abandone
éstos, el Instituto ordenará la suspensión del pago de la pensión. Dicha suspensión
subsistirá mientras el pensionado no cumpla con lo dispuesto en este artículo.
Sección tercera del ramo de vida

Artículo 127. Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por invalidez, el
Instituto otorgará a sus beneficiarios, conforme a lo dispuesto en el presente capítulo, las
siguientes prestaciones:

I. Pensión de viudez;

II. Pensión de orfandad;

III. Pensión a ascendientes;

IV. Ayuda asistencial a la pensionada por viudez, en los casos en que lo requiera, de
acuerdo con el dictamen médico que al efecto se formule, y

V. Asistencia médica, en los términos del capítulo IV de este Título.

Artículo 128. Son requisitos para que se otorguen a los beneficiarios las prestaciones
contenidas en el artículo anterior, las siguientes:

I. Que el asegurado al fallecer hubiese tenido reconocido el pago al Instituto de un mínimo


de ciento cincuenta cotizaciones semanales, o bien que se encontrara disfrutando de
una pensión de invalidez, y

II. Que la muerte del asegurado o pensionado por invalidez no se deba a un riesgo de
trabajo.

Artículo 129. También tendrán derecho a pensión los beneficiarios de un asegurado


fallecido por causa distinta a un riesgo de trabajo que se encontrara disfrutando de una
pensión por incapacidad permanente derivada de un riesgo igual, si aquél tuviera
acreditado el pago al Instituto de un mínimo de ciento cincuenta cotizaciones semanales
y hubiese causado baja en el régimen obligatorio, cualquiera que fuere el tiempo
transcurrido desde la fecha de su baja.

Artículo 130. Tendrá derecho a la pensión de viudez la que fue esposa del asegurado o
pensionado por invalidez. A falta de esposa, tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer
con quien el asegurado o pensionado por invalidez vivió como si fuera su marido, durante
los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de aquél, o con la que
hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio
durante el concubinato. Si al morir el asegurado o pensionado por invalidez tenía varias
concubinas, ninguna de ellas tendrá derecho a recibir la pensión.

Artículo 131. La pensión de viudez será igual al noventa por ciento de la que hubiera
correspondido al asegurado en el caso de invalidez o de la que venía disfrutando el
pensionado por este supuesto.

Artículo 132. No se tendrá derecho a la pensión de viudez que establece el artículo


anterior, en los siguientes casos:

I. Cuando la muerte del asegurado acaeciera antes de cumplir seis meses de matrimonio;

II. Cuando hubiese contraído matrimonio con el asegurado después de haber cumplido
éste los cincuenta y cinco años de edad, a menos que a la fecha de la muerte haya
transcurrido un año desde la celebración del enlace, y

III. Cuando al contraer matrimonio el asegurado recibía una pensión de invalidez, vejez
o cesantía en edad avanzada, a menos de que a la fecha de la muerte haya transcurrido
un año desde la celebración del matrimonio.

Artículo 133. El derecho al goce de la pensión de viudez comenzará desde el día del
fallecimiento del asegurado o pensionado por invalidez y cesará con la muerte del
beneficiario, o cuando la viuda, viudo, concubina o concubinario contrajeran matrimonio
o entraran en concubinato. El disfrute de esta pensión no se suspenderá porque aquéllos
desempeñen un trabajo remunerado.

Sección cuarta

De las asignaciones familiares y ayuda asistencial

Artículo 138. Las asignaciones familiares consisten en una ayuda por concepto de carga
familiar y se concederá a los beneficiarios del pensionado por invalidez.

Artículo 140. El Instituto concederá ayuda asistencial al pensionado por invalidez, con
excepción de los casos comprendidos en las fracciones IV y V del artículo 138, así como
a los viudos o viudas pensionados, cuando su estado físico requiera ineludiblemente,
que lo asista otra persona de manera permanente o continua. Con base en el dictamen
médico que al efecto se formule, la ayuda asistencial consistirá en el aumento hasta del
veinte por ciento de la pensión de invalidez o viudez que esté disfrutando el pensionado.

Sección quinta

De la cuantía de las pensiones de invalidez y vida

Artículo 141. La cuantía de la pensión por invalidez será igual a una cuantía básica del
treinta y cinco por ciento del promedio de los salarios correspondientes a las últimas
quinientas semanas de cotización anteriores al otorgamiento de la misma, o las que
tuviere siempre que sean suficientes para ejercer el derecho, en los términos del artículo
122 de esta Ley, actualizadas conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor,
más las asignaciones familiares y ayudas asistenciales.
Artículo 143. La pensión que se otorgue por invalidez incluyendo el importe de las
asignaciones familiares y ayudas asistenciales que se concedan, no excederá del cien
por ciento del salario promedio que sirvió de base para fijar la cuantía de la pensión.

Artículo 144. El total de las pensiones atribuidas a la viuda, o a la concubina y a los


huérfanos de un asegurado fallecido no deberá exceder del monto de la pensión de
invalidez que disfrutaba el asegurado o de la que le hubiera correspondido en el caso de
invalidez. Si ese total excediera, se reducirán proporcionalmente cada una de las
pensiones.

Artículo 145. Las pensiones por invalidez y vida otorgadas serán incrementadas
anualmente en el mes de febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor.

Sección sexta

Del régimen financiero

Artículo 146. Los recursos necesarios para financiar las prestaciones y los gastos
administrativos del seguro de invalidez y vida, así como la constitución de las reservas
técnicas, se obtendrán de las cuotas que están obligados a cubrir los patrones, los
trabajadores y demás sujetos obligados, así como de la contribución que corresponda al
Estado.

Artículo 147. A los patrones y a los trabajadores les corresponde cubrir, para el seguro
de invalidez y vida el uno punto setenta y cinco por ciento y el cero punto seiscientos
veinticinco por ciento sobre el salario base de cotización, respectivamente.
Artículo 148. En todos los casos en que no esté expresamente prevista por la Ley o por
convenio la cuantía de la contribución del Estado para los seguros de invalidez y vida,
será igual al siete punto ciento cuarenta y tres por ciento del total de las cuotas patronales
y la cubrirá en los términos del artículo 108 de esta Ley.

Sección séptima

De la conservación y reconocimiento de derechos

Artículo 150. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio,


conservarán los derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez
y vida por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones
semanales, contado a partir de la fecha de su baja. Este tiempo de conservación de
derechos no será menor de doce meses.

Capítulo VI

Del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez

Sección primera

Generalidades

Artículo 152. Los riesgos protegidos por este capítulo son el retiro, la cesantía en edad
avanzada y la vejez del asegurado, así como la muerte de los pensionados por este
seguro, en los términos y con las modalidades previstas en esta Ley.

Sección segunda

Del ramo de cesantía en edad avanzada


Artículo 155. La contingencia consistente en la cesantía en edad avanzada, obliga al
Instituto al otorgamiento de las prestaciones siguientes:

II. Asistencia médica, en los términos del capítulo IV de este título;

Sección tercera

Del ramo de vejez

Artículo 161. El ramo de vejez da derecho al asegurado al otorgamiento de las siguientes


prestaciones:

II. Asistencia médica, en los términos del capítulo IV de este título;

Sección sexta

De la pensión garantizada

Artículo 172 A. A la muerte del pensionado por cesantía en edad avanzada o vejez que
estuviere gozando de una pensión garantizada, el Instituto deberá contratar una renta
vitalicia que cubra la pensión correspondiente conforme a lo previsto en las fracciones I
a III del artículo 171 de esta Ley, a favor de los beneficiarios con la aseguradora que
éstos elijan.

Sección séptima

De la cuenta individual y de las sociedades de inversión especializadas de fondos


para el retiro
Artículo 196. El asegurado que goce de una pensión de cesantía en edad avanzada o
de vejez, cuando reingrese al régimen obligatorio, no efectuará las cotizaciones a que se
refiere el párrafo segundo del artículo 25 de esta Ley, ni las de los seguros de invalidez
y vida.

Capítulo VII

Del seguro de guarderías y de las prestaciones sociales

Sección primera

Del ramo de guarderías

Artículo 202. Estas prestaciones deben proporcionarse atendiendo a cuidar y fortalecer


la salud del niño y su buen desarrollo futuro, así como a la formación de sentimientos de
adhesión familiar y social, a la adquisición de conocimientos que promuevan la
comprensión, el empleo de la razón y de la imaginación y a constituir hábitos higiénicos
y de sana convivencia y cooperación en el esfuerzo común con propósitos y metas
comunes, todo ello de manera sencilla y acorde a su edad y a la realidad social y con
absoluto respeto a los elementos formativos de estricta incumbencia familiar.

Artículo 203. Los servicios de guardería infantil incluirán el aseo, la alimentación, el


cuidado de la salud, la educación y la recreación de los menores a que se refiere el
artículo 201. Serán proporcionados por el Instituto, en los términos de las disposiciones
que al efecto expida el Consejo Técnico.

Sección segunda

Del ramo de las prestaciones sociales

Artículo 208. Las prestaciones sociales comprenden:


I. Prestaciones sociales institucionales, y

II. Prestaciones de solidaridad social.

Artículo 209. Las prestaciones sociales institucionales tienen como finalidad fomentar la
salud, prevenir enfermedades y accidentes y contribuir a la elevación general de los
niveles de vida de la población.

Artículo 210. Las prestaciones sociales institucionales serán proporcionadas mediante


programas de:

I. Promoción de la salud, difundiendo los conocimientos necesarios a través de cursos


directos, conferencias y campañas de bienestar, cultura y deporte, y del uso de medios
masivos de comunicación; II. Educación higiénica, materno infantil, sanitaria y de
primeros auxilios; prevención de enfermedades y accidentes;

III. Mejoramiento de la calidad de vida a través de estrategias que aseguren costumbres


y estilos de vida saludables, que propicien la equidad de género, desarrollen la
creatividad y las potencialidades individuales, y fortalezcan la cohesión familiar y social;

Sección tercera

Del régimen financiero

Artículo 211. El monto de la prima para este seguro será del uno por ciento sobre el
salario base de cotización. Para prestaciones sociales solamente se podrá destinar hasta
el veinte por ciento de dicho monto.

Sección cuarta
De las prestaciones de solidaridad social

Artículo 214. Las prestaciones o servicios de solidaridad social comprenden acciones


de salud comunitaria, asistencia médica, farmacéutica e incluso hospitalaria, en la forma
y términos establecidos en los artículos 215 al 217 de esta Ley.

Artículo 215. El Instituto organizará, establecerá y operará unidades médicas destinadas


a los servicios de solidaridad social, los que serán proporcionados exclusivamente en
favor de los núcleos de población que por el propio estadio de desarrollo del país,
constituyan polos de profunda marginación rural, suburbana y urbana, y que el Poder
Ejecutivo Federal determine como sujetos de solidaridad social.

Artículo 216. El Instituto proporcionará el apoyo necesario a los servicios de solidaridad


social que esta Ley le atribuye, sin perjuicio del eficaz otorgamiento de las prestaciones
a que tienen derecho los trabajadores y demás beneficiarios del régimen obligatorio.

Artículo 216 A. El Instituto deberá atender a la población no derechohabiente en los


casos siguientes:

I. En situaciones de emergencia nacional, regional o local o, en caso de siniestros o


desastres naturales;

II. Tratándose de campañas de vacunación, atención o promoción a la salud, y

III. En apoyo a programas de combate a la marginación y la pobreza, cuando así lo


requiera el Ejecutivo Federal.

Artículo 217. Las prestaciones de solidaridad social serán financiadas por la Federación
y por los propios beneficiados.
Capítulo VIII

De la continuación voluntaria en el régimen obligatorio

Artículo 218. El asegurado con un mínimo de cincuenta y dos cotizaciones semanales


acreditadas en el régimen obligatorio, en los últimos cinco años, al ser dado de baja,
tiene el derecho a continuar voluntariamente en el mismo, pudiendo continuar en los
seguros conjuntos de invalidez y vida así como de retiro, cesantía en edad avanzada y
vejez, debiendo quedar inscrito con el último salario o superior al que tenía en el
momento de la baja. El asegurado cubrirá las cuotas que le correspondan por
mensualidad adelantada y cotizará de la manera siguiente:

a) Respecto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, el asegurado


cubrirá por cuanto hace al ramo primero, la totalidad de la cuota y por los otros dos ramos
cubrirá el importe de las cuotas obrero patronales, debiendo el Estado aportar la parte
que conforme a esta Ley le corresponde, incluyendo la cuota social, y

b) En el seguro de invalidez y vida el asegurado cubrirá las cuotas obreros patronales y


el Estado la parte que le corresponda de acuerdo a los porcentajes señalados en esta
Ley.

Capítulo IX

De la incorporación voluntaria al régimen obligatorio

Artículo 222. La incorporación voluntaria de los sujetos a que se refiere el presente


capítulo, se realizará por convenio y se sujetará a las siguientes modalidades:

II. El esquema de aseguramiento, para los sujetos que señala este capítulo, comprende:
a) Para los sujetos a que se refieren las fracciones I y III del artículo 13 de esta Ley, las
prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad y las
correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como de retiro y vejez, en los
términos de los capítulos respectivos;

b) Para los sujetos a que se refiere la fracción II del artículo 13 de esta Ley, las
prestaciones en especie de los seguros de riesgos de trabajo y de enfermedades y
maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida, así como de retiro,
cesantía en edad avanzada y vejez, en los términos de los capítulos respectivos;

c) Para los sujetos a que se refiere la fracción IV del artículo 13 de esta Ley, las
prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, las prestaciones en especie del seguro de
enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida,
así como de retiro y vejez, en los términos de los capítulos respectivos;

d) Para los sujetos a que se refiere la fracción V del artículo 13 de esta Ley, las
prestaciones del seguro de riesgos de trabajo, las prestaciones en especie del seguro de
enfermedades y maternidad y las correspondientes de los seguros de invalidez y vida,
así como de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, en los términos de los capítulos
respectivos, y

A solicitud de las entidades públicas, el esquema de aseguramiento podrá comprender


únicamente las prestaciones en especie de los seguros conjuntos de riesgos de trabajo
y enfermedades y maternidad, siempre y cuando dichas entidades tengan establecido
un sistema de pensiones para sus trabajadores.

Artículo 225. Al llevarse a cabo los actos que determinen la incorporación de los sujetos
de aseguramiento de este capítulo y al abrirse los períodos de inscripción relativos, el
Instituto podrá establecer plazos de espera para el disfrute de las prestaciones en
especie del seguro de enfermedades y maternidad.

Capítulo X
De la seguridad social en el campo

Artículo 234. La seguridad social se extiende al campo mexicano, en los términos y


formas que se establecen en la presente Ley y los reglamentos respectivos.

Artículo 235. Las mujeres y los hombres del campo que tengan el carácter de
trabajadores independientes, respecto de quienes no medie ninguna relación de
subordinación laboral, los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; así
como los ejidos y otras formas superiores de organización, podrán acceder a la seguridad
social en la forma y términos que señala el artículo 13, a través de convenio de
incorporación voluntaria al régimen obligatorio, o bien mediante el seguro de salud para
la familia establecido en el artículo 240 de esta Ley.

Artículo 237. Los trabajadores asalariados, eventuales y permanentes en actividades


del campo, se comprenden en el artículo 12, fracción I, de esta Ley y accederán a la
seguridad social en los términos y formas que establezca la misma, conforme a las
modalidades que para el efecto establezcan los reglamentos que correspondan.

Artículo 237 A. En aquellos lugares donde el Instituto no cuente con instalaciones, a


juicio del propio Instituto, para prestar los servicios de salud que tiene encomendados,
éste podrá celebrar convenios con los patrones del campo, para que éstos otorguen a
sus trabajadores las prestaciones en especie correspondientes al Seguro de
Enfermedades y Maternidad a que se refiere la Sección Segunda, Capítulo IV, del Título
Segundo de esta Ley, relativas a servicios médicos y hospitalarios, pudiendo convenirse
en la reversión de una parte de la cuota obrero patronal en proporción a la naturaleza y
cuantía de los servicios otorgados, a través de un esquema programado de reembolsos,
en los términos que establezcan las reglas de carácter general que para tal efecto expida
el Consejo Técnico.
Título tercero

Del régimen voluntario

Capítulo I

Del seguro de salud para la familia

Artículo 240. Todas las familias en México tienen derecho a un seguro de salud para
sus miembros y para ese efecto, podrán celebrar con el Instituto Mexicano del Seguro
Social convenio para el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de
enfermedades y maternidad, en los términos del reglamento respectivo.

Artículo 241. Los sujetos amparados por el seguro de salud para la familia son los
señalados en el artículo 84 de esta Ley y se sujetarán a los requisitos que se indican en
el mismo.

Artículo 242. Todos los sujetos que voluntariamente se incorporen al seguro de salud
para la familia, incluidos los familiares a que se refiere el artículo anterior y cualquier
familiar adicional pagarán anualmente la cuota establecida correspondiente,
clasificándose por el grupo de edad a que pertenezcan.

Artículo 244. Los seguros de salud para la familia se organizarán en sección especial,
con contabilidad y administración de fondos separadas de la correspondiente a los
seguros obligatorios, en las cifras consolidadas.
Artículo 245. El Instituto elaborará un informe financiero y actuarial de los seguros de
salud para la familia, en los términos y plazos fijados para la formulación del
correspondiente a los seguros obligatorios.

Capítulo II

De los seguros adicionales

Artículo 246. El Instituto podrá contratar seguros adicionales para satisfacer las
prestaciones económicas pactadas en los contratos Ley o en los contratos colectivos de
trabajo que fueran superiores a las de la misma naturaleza que establece el régimen
obligatorio del Seguro Social.

Artículo 249. Las bases de la contratación de los seguros adicionales se revisarán cada
vez que las prestaciones sean modificadas por los contratos de trabajo, si pueden afectar
las referidas bases, a fin de que el Instituto con apoyo en la valuación actuarial de las
modificaciones, fije el monto de las nuevas primas y demás modalidades pertinentes.

Artículo 250. Los seguros adicionales se organizarán en sección especial, con


contabilidad y administración de fondos separada de la correspondiente a los seguros
obligatorios.

Capítulo III

Otros seguros

Artículo 250 A. El Instituto previo acuerdo de su Consejo Técnico, podrá otorgar


coberturas de seguros de vida y otras, exclusivamente a favor de las personas, grupos
o núcleos de población de menores ingresos, que determine el Gobierno Federal, como
sujetos de solidaridad social con las sumas aseguradas, y condiciones que este último
establezca.

Artículo 250 B. Para los efectos del artículo anterior, el Gobierno Federal deberá otorgar
al Instituto los subsidios y transferencias que correspondan al importe de las primas
relativas a tales seguros y otras coberturas.

Título cuarto

Del Instituto Mexicano del Seguro Social

Capítulo I

De las atribuciones, patrimonio y órganos de gobierno y administración

Artículo 251. El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene las facultades y atribuciones
siguientes:

I. Administrar los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y


vida, guarderías y prestaciones sociales, salud para la familia, adicionales y otros, así
como prestar los servicios de beneficio colectivo que señala esta Ley;

VI. Establecer unidades médicas, guarderías infantiles, farmacias, velatorios, así como
centros de capacitación, deportivos, culturales, vacacionales, de seguridad social para el
bienestar familiar y demás establecimientos para el cumplimiento de los fines que le son
propios, sin sujetarse a las condiciones salvo las sanitarias, que fijen las leyes y
reglamentos respectivos para empresas privadas, con actividades similares;

IX. Difundir conocimientos y prácticas de previsión y seguridad social;

XII. Recaudar y cobrar las cuotas de los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y
maternidad, invalidez y vida, guarderías y prestaciones sociales, salud para la familia y
adicionales, los capitales constitutivos, así como sus accesorios legales, percibir los
demás recursos del Instituto, y llevar a cabo programas de regularización de pago de
cuotas. De igual forma, recaudar y cobrar las cuotas y sus accesorios legales del seguro
de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;

XVI. Ratificar o rectificar la clase y la prima de riesgo de las empresas para efectos de la
cobertura de las cuotas del seguro de riesgos de trabajo;

XXIV. Promover y propiciar la realización de investigación en salud y seguridad social,


utilizándola como una herramienta para la generación de nuevos conocimientos, para la
mejoría de la calidad de la atención que se otorga y para la formación y capacitación del
personal;

XXVI. Emitir y notificar por el personal del Instituto, las cédulas de determinación de las
cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, conjuntamente con las
liquidaciones de las aportaciones y descuentos correspondientes al fondo nacional de la
vivienda, previo convenio de coordinación con el Instituto del Fondo Nacional de la
Vivienda para los Trabajadores, en dispositivos magnéticos, digitales, electrónicos o de
cualquier otra naturaleza, o bien en documento impreso;

XXXII. Celebrar convenios de cooperación e intercambio en materia de medicina


preventiva, atención médica, manejo y atención hospitalaria y rehabilitación de cualquier
nivel con otras instituciones de seguridad social o de salud de los sectores públicos
federal, estatal o municipal o del sector social;

Capítulo II

De la asamblea general

Artículo 262. La suficiencia de los recursos para todos y cada uno de los seguros de
riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida y guarderías y
prestaciones sociales así como de salud para la familia y adicionales, debe ser
examinada anualmente al realizar el informe financiero y actuarial.
Capítulo VI

Del Instituto Mexicano del Seguro Social como organismo fiscal autónomo

Artículo 277 C. El Instituto no estará obligado a concentrar en la Tesorería de la


Federación sus ingresos, con excepción de los remanentes de subsidios y transferencias
de programas de solidaridad social y otros financiados directamente por el Gobierno
Federal.

Sección segunda de las reservas de los seguros

Artículo 281. Se establecerá una Reserva Operativa para cada uno de los siguientes
seguros y coberturas:

I. Enfermedades y Maternidad;

II. Gastos Médicos para Pensionados;

III. Invalidez y Vida;

IV. Riesgos de Trabajo;

VI. Seguro de Salud para la Familia, y

Capítulo III de la caducidad y prescripción

Artículo 300. El derecho de los asegurados o sus beneficiarios para reclamar el pago de
las prestaciones en dinero, respecto a los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades
y maternidad, invalidez y vida y guarderías y prestaciones sociales prescribe en un año
de acuerdo con las reglas siguientes:
I. Cualquier mensualidad de una pensión, asignación familiar o ayuda asistencial, así
como el aguinaldo;

II. Los subsidios por incapacidad para el trabajo por enfermedad no profesional y
maternidad;

Artículo 301. Es inextinguible el derecho al otorgamiento de una pensión, ayuda


asistencial o asignación familiar, siempre y cuando el asegurado satisfaga todos y cada
uno de los requisitos establecidos en la presente Ley para gozar de las prestaciones
correspondientes.

Título sexto

De las responsabilidades, infracciones, sanciones y delitos

Capítulo I de las responsabilidades

Artículo 303. Los servidores públicos del Instituto, están obligados a observar en el
cumplimiento de sus obligaciones, los principios de responsabilidad, ética profesional,
excelencia, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, calidez y calidad en la prestación
de los servicios y en la atención a los derechohabientes y estarán sujetos a las
responsabilidades civiles o penales en que pudieran incurrir como encargados de un
servicio público. (Ley del Seguro social, 2012).

2.3 Ley del ISSSTE


2.4 Plan Nacional de Desarrollo
2019-2024

Salud para toda la población


La administración que inició el 1 de diciembre de 2018 encontró un sistema de salud
pública insuficiente, ineficiente, depauperado y corroído por la corrupción. Millones de
personas no tienen acceso a ninguna de las instituciones o modalidades de ese sistema
o bien enfrentan padecimientos para los cuales no hay cobertura. Como en otros
terrenos, el desastre del sistema de salud pública es resultado de los afanes
privatizadores y de los lineamientos emitidos por organismos internacionales copados
por la ideología neoliberal. El resultado: en un periodo en el que proliferaron los
dispensarios, clínicas y hospitales privados de todas las categorías, incluso los de gran
lujo, los establecimientos públicos han sido librados al saqueo de la corrupción, la
indolencia burocrática y el estrechamiento presupuestal. Es casi normativo el que los
pacientes de los hospitales del Estado tengan que llevar sus propios materiales de
curación y que se vean obligados a esperar meses antes de ser sometidos a una
intervención quirúrgica, tanto por la saturación de los quirófanos como por
descomposturas o faltantes de equipo. Otros ni siquiera logran acceso a terapias y
tratamientos porque no están afiliados a ninguna institución de seguridad social o bien
porque la cobertura del Seguro Popular es insuficiente. En suma, el derecho a la salud
le es denegado parcial o totalmente al sector más desprotegido de la población
mexicana.

Instituto Nacional de Salud para el Bienestar

El gobierno federal realizará las acciones necesarias para garantizar que hacia 2024
todas y todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria
gratuita, incluidos el suministro de medicamentos y materiales de curación y los
exámenes clínicos.

Este objetivo se logrará mediante la creación del Instituto Nacional de Salud para el
Bienestar, que dará servicio en todo el territorio nacional a todas las personas no afiliadas
al IMSS o al ISSSTE. La atención se brindará en atención a los principios de participación
social, competencia técnica, calidad médica, pertinencia cultural, trato no discriminatorio,
digno y humano.

- El combate a la corrupción será permanente en todo el sector salud.


- Se dignificarán los hospitales públicos de las diversas dependencias federales.

- Se priorizará la prevención de enfermedades mediante campañas de concientización e


inserción en programas escolares de temas de nutrición, hábitos saludables y salud
sexual y reproductiva.

- Se emprenderá una campaña informativa nacional sobre las adicciones.

- Se impulsarán las prácticas deportivas en todas sus modalidades.

Cultura para la paz, para el bienestar y para todos

Todos los individuos son poseedores y generadores de cultura. En rigor, el adjetivo


"inculto", particularmente cuando se le utiliza en término peyorativo, denota una
condición imposible: los humanos viven en sistemas culturales que van desde el lenguaje
hasta las celebraciones y conmemoraciones, desde los patrones de comportamiento
hasta la alimentación, desde el universo simbólico que cada persona construye hasta el
disfrute y consumo de productos tradicionalmente denominados culturales, como la
música, las artes plásticas, las letras y las artes escénicas.

Desde esta perspectiva, nadie debe ser excluido a las actividades y los circuitos de la
cultura, los cuales representan, en la actual circunstancia, factores de paz, cohesión
social, convivencia y espiritualidad.

Al igual que en otros rubros, el gobierno federal priorizará en éste las necesidades de los
sectores más marginados, indefensos y depauperados, e impulsará una vigorosa acción
cultural en las zonas más pobres del país.

Al mismo tiempo, sin descuidar las materias que por tradición han recaído en el Instituto
Nacional de Bellas Artes y Literatura, la Secretaría de Cultura promoverá la difusión, el
enriquecimiento y la consolidación de la vasta diversidad cultural que posee el país y
trabajará en estrecho contacto con las poblaciones para conocer de primera mano sus
necesidades y aspiraciones en materia cultural. Los recintos tradicionalmente
consagrados a la difusión del arte no deben centralizar y menos monopolizar la actividad
cultural. Ésta debe poblar los barrios y las comunidades y hacerse presente allí en donde
es más necesaria, que son los entornos sociales más afectados por la pobreza, la
desintegración social y familiar, las adicciones y la violencia delictiva.

2.5 Plan Estatal de Desarrollo

2.6 Plan Municipal de Desarrollo


SERVICIOS DE SALUD

El 84.25% de la población se encuentra protegido por algún servicio de salud, mientras


que 77,292 personas, 15.38% no cuentan con servicios de salud

USO DE SERVICIOS DE SALUD POR INSTITUCIÓN

En nuestro municipio, el IMSS brinda cobertura a el 43.67% de la población, seguido por


SERVICIOS PRIVADOS con el 25.34%, la SSA con el 20.3%.

BIENESTAR PARA EL PUEBLO: Para mejorar el bienestar de la población del municipio


combatiremos los principales factores que promueven la marginación y la pobreza. Las
Familias son el objetivo central hacia el que deben dirigirse los programas y estrategias
sociales del municipio; ya que es en la familia donde se satisfacen las necesidades
básicas de las personas como alimentación, educación y salud. Por esta razón, los
programas sociales del gobierno municipal atienden y entregan los apoyos directamente
a las madres y los padres de familia de las comunidades del municipio. Los programas
del DIF, de Servicios Médicos, de Bienestar Social, de los Institutos Municipales (Cultura,
Deporte, Juventud, Mujer) están diseñados para generar más resultados con menos
recursos, al disminuir la corrupción y entregan los apoyos directamente a cada
beneficiario, y al asegurar que cada beneficiario realmente necesita el apoyo que recibe.
De esta manera, se logra el cambio verdadero en la Cuarta Transformación de México,
y la verdadera transformación de Mazatlán.
3. ANTECEDENTES HISTÓRICOS

3.1. Antecedentes históricos en Europa


Ninguna profesión surge de la nada. Todas las profesiones se han institucionalizado
como resultado de demandas sociales y de actividades con las que se pretende dar
respuesta a tales demandas. El apoyo mutuo y la ayuda a las necesidades son tan
antiguos como la humanidad misma. En las sociedades primitivas la ayuda a los
necesitados y desvalidos era sumida por la familia, la tribu o el clan de dicha sociedad,
esto como un apoyo mutuo que se daban entre sí.

Se puede hacer mención de ejemplos de siglos atrás, en donde se aplica la función del
trabajador social, traducido como “ayuda social”. Algunos 2,100 años antes de Cristo
(que sumando seria alrededor de algunos 4,000 años atrás aproximadamente) existió el
llamado “Código de Hammurabi” en el que se establecen algunas normas sobre la ayuda
al necesitado.

Se puede comprender, que el antecedente histórico más lejano que hay registrado del
trabajador social como tal, data del siglo I, en la antigua Roma, por el emperador Marco
Nérvea. Dicho emperador pretendió asegurar la buena nutrición de los niños, mediante
la implementación de un “Sistema alimenticio” para este sector social infantil.

En la antigua Grecia, la ayuda a los enfermos, inválidos, viudas, huérfanos, etc. Fue una
práctica establecida por ese gobierno. Durante siglos en la Europa cristiana, la doctrina
del mérito religioso de la limosna, influyo como incentivo para la ayuda del necesitado y
alentó la fundación de hospicios.

3.2. Antecedentes históricos en América Latina


En América Latina, el término de Trabajador social ha tenido una evolución significativa,
desde los inicios del siglo XX. Históricamente la primera forma de ‘acción social” se le
llamo “asistencia social” este término se prolongó hasta nuestros días., y hoy es lo que
se conoce como “servicio social”.

El autor propone el término de “trabajador social” para la nueva de acción social, que
dado las circunstancias presentes que la realidad latinoamericana reclama.

Mirando al trabajo social

“Mirar” lo que se hace en el campo del trabajo social, indagar acerca de las agencias y
organismos que prestan estos servicios y tratar de hacer un recuento de las áreas o
sectores de intervención, funciones y roles de los trabajadores sociales, el cómo ayudar
se transformó en una profesión y cuáles son los métodos de intervención que utilizan.

Evolución histórica del servicio social en América Latina

1925 puede ser considerado como <<el año del nacimiento>> del Servicio Social
profesional en América Latina, ya que en ese año se crea la primera Escuela de esa
especialidad en un país latinoamericano.

Durante el periodo que abarca desde 1925 a 1940 aproximadamente, fue tributario de
las experiencias europeas, especialmente de lo que se hacía Bélgica, Francia y
Alemania. A partir de 1940 y de manera progresiva pasó a tener un fuerte sello
norteamericano. La razón principal de este cambio de influencia es obvia: Estados
Unidos se había transformado en el centro hegemónico de los países occidentales. Sin
embargo, existen otros dos factores ligados más cercanamente al servicio Social que
contribuyeron a este cambio de influencia: la atracción que ejercía en algunos
profesionales más inquietos de América Latina, el deslumbrante desarrollo del <<social
work>> norteamericano, y la política del <<buen vecino>> iniciada por Franklin Roosevelt
luego del ingreso de los Estados Unidos en la II guerra mundial.

La tutela norteamericana se manifestaba también a través de la <<Sección Desarrollo de


la comunidad y Bienestar Social>> del Departamento de Asuntos Sociales de la OEA y
en la clara influencia ejercida en los Congresos Panamericanos de Servicio Social.
En 1945, Enriqueta de la Serna de Ponce de León, publicó un libro, Técnica de la
asistencia social, prologado por el Dr. Gregorio Araoz Alfaro, en el que procuraba
elaborar una guía metodológica inspirada <<ante todo -como decía la autora- en hechos
y cosas nuestras>>.

Asistencia social, Servicio Social y Trabajo social, como tres etapas del Desarrollo
de la Profesión en América Latina.

Etapa Concepción Categoría Fundamental

Asistencia social Benéfico-asistencial beneficencia

Para-médica y/o para- filantropía


jurídica.

Servicio social Aséptico-tecnocrática acomodación, ajuste

Desarrollista integración

Trabajo Social Concientizadora- Organización,


revolucionaria movilización,
concientización.

Asistencia Social

Se trata de la concepción dominante en la etapa pre-profesional, y que se prolonga en


las primeras promociones de asistentes sociales latinoamericanos…perviviendo en el
estilo de algunas asistentes sociales todavía en la década del 80.

Concepción benéfico-asistencial

La nota esencial que caracteriza esta etapa que podíamos delimitar entre 1925 y
comienzos de la década del 40, se define por su modalidad benéfico y asistencial. No
solo se trata de una prolongación de la concepción dominante en la etapa pre-
profesional, es también la mentalidad, la concepción y el estilo operativo vigente en las
primeras asistentes sociales profesionales de América Latina.
Práctica para médica y/o para jurídica dentro de un enfoque benéfico-asistencial.

Esta forma operativa se dio dentro de la concepción benéfico-asistencial. Mientras se


persiste en trabajar con esta modalidad, en las diferentes instituciones en donde se
ocupaban asistentes sociales (principalmente las de salud), a estas no se les asignaba
ningún papel profesional específico, a no ser la de auxiliares de nivel técnico intermedio,
útiles para ayudar a la labor del médico, en algunos casos a la del abogado. La
denominación profesional que suele utilizarse en ese entonces, <<visitadoras
sociales>>, refleja en parte este modo de concebir el papel y la función del asistente
social.

¿Qué hechos condujeron a que la profesión tomase este carácter para-médico?... En la


década del 20 –nos explica Kruse-, algunos médicos <<tuvieron oportunidad de darse
cuenta (en ocasión de sus viajes a Estados Unidos y Europa), que podían contar con
otro integrante dentro de su equipo de sub-profesionales: uno que les cumpliera las
funciones de <<brazos extendidos>> y <<ojos prolongados>>< los domicilios de los
pacientes. Un <<ayudante>> que fuera capaz de controlar el buen cumplimiento del
tratamiento prescrito, de dar <<normas de higiene>>, de saber algunas destrezas de
<<medicina menor>> (poner inyecciones, hacer lavajes de estómago, etc.), de saber
enseñar y preparar biberones, a cuidar y fajar bebes, etc. De <<visitar>>, en una palabra,
a los pacientes en su domicilio>>.
Algunos abogados y mucho más los médicos, encontraron en las <<visitadoras>> y
<<asistentes>> sociales, un auxiliar profesional de cierta utilidad. Les servía algo más
que una <<secretaría administrativa>>, pero era algo menos que un <<profesional>>;
quizás eran una especie de secretaria o asistente técnica.
Ha sido precisamente en toda esta evolución donde la caridad degenera en beneficencia
y a la beneficencia se le llama caridad.

Servicio Social

 No hay que confundir Servicio Social con Servicios sociales.


 No toda práctica social denominada como Servicio Social, responde
necesariamente a las caracterizaciones que hacemos en este parágrafo.
 El de la influencia neta y clara del <<social work>>norteamericano, en el que
predomina una concepción aséptica y tecnocrática,
 El de los primeros atisbos para vincular el Servicio Social con la problemática
nacional, y que da lugar a lo que se ha denominado la concepción
desarrollista.

Concepción aséptico-tecnocrática
A partir de 1940, como ya se ha dicho, la influencia de la Asistencia Social de estilo
europeo pierde su vigencia y el Servicio Social norteamericano comienza a dar su sello
y estilo al Servicio Social en Latinoamérica. (Ander-Egg, 1996)

3.3 . Antecedentes históricos en México


Entre los antecedentes históricos del trabajo social en México, se tiene documentado
que en el año 1922 se establecen los primeros centros de higiene infantil, dependientes
del formado Departamento de salubridad. Es en el año 1925 en donde se promueve y
legisla la federalización de la salubridad.

Y es en el periodo también de 1925 a 1928, que se implementó la Organización jurídica,


legislativa y administrativa de la salubridad, siendo consolidada con la creación del
departamento de salubridad pública.

Este nuevo departamento impulso intensamente las campañas sanitarias, los servicios
de higiene infantil, creo los servicios de higiene escolar y diferentes dispensarios por todo
el territorio nacional. Con la creación, conjugación y necesidades de servicios sanitarios,
el estado tuvo la necesidad de formar personal técnico que coadyuvara en la satisfacción
de las necesidades institucionales de salubridad, es a partir de estas circunstancias que
se configura proyecta el trabajo social, organizado y coordinado, que diera respuesta a
las demandas estatales y que paliara las urgentes necesidades de la población.

El abordaje de las formas de ayuda y de acción social en México, implica complejidad


dada los hechos históricos y el desarrollo del país, y su multiplicidad económica, política
socio-organizativa.

En el periodo de 1520 a 1700 época de la conquista de México por los españoles, o sea
la corona española, fue una etapa de México y sus inicios políticos, en donde el mundo
indígena se transforma al mundo pre-hispánico. El papel o actuación de la iglesia católica
y la influencia de los preceptos religiosos fueron fundamentales para programar las
formas de ayuda social propuestas por la corona.

Las labores sociales de la iglesia, consistía en convertir al cristianismo a los naturales, y


es bajo estos proyectos o labores, que en el seno de las diferentes misiones o pueblos
aparecen organismos de ayuda que rebasa el alcance de la “caridad” y lograr cobertura
para la mayoría de los miembros de la comunidad. Algunas entidades sociales que
existieron en la época de la corona o del México prehispánico fueron:

Pueblos-hospitales: Estos eran comunidades indígenas dirigidas y administradas por


los frailes. Su objetivo principal era la conformación de “planes de caridad colectiva”
dentro de las cuales se debía establecer un régimen de comunidad de bienes de trabajo
común y de reparo de los beneficios de acuerdo a las necesidades de cada familia de la
comunidad.

Hospitales: Eran corporaciones dirigidas también por misioneros, que su principal acción
era la de recoger enfermos, dar albergue a los ancianos y menesterosos, ofrecer refugio
y comida a viajeros y pobres. Se practicaba la previsión social de diversas formas,
generalmente estos hospitales formaban parte de las iglesias o conventos y
ocasionalmente los llamados cofradías realizaban labores de ayuda al necesitado.

Primeras formas de ayuda social en el periodo de 1820 a 1876 en México

La independencia de México, fue sin duda un acontecimiento de magnánime importancia


para nuestro país; mas sin embargo ese episodio del Nuevo México ya sin el yugo de la
España conquistadora, hizo que el país permaneciera en un aletargado sistema socio-
político. La sociedad mexicana padeció de un asilamiento sectorial en donde solamente
existían dos poderes centralizados para brindar apoyo social: la Iglesia católica y el
Ejército.

La sociedad mexicana deseaba un impulso económico y social, pero durante la primera


mitad del siglo XIX este objetivo no se consolida, debido a la herencia corporativa de la
época colonial. En esta época, del nuevo México independiente, las instituciones
religiosas eran las responsables de llevar a cabo las labores sociales, tanto de
beneficencia, salud y educación.

El nuevo México, se caracterizó por estar y permanecer bajo un caos político-social-


económico. La violencia y guerra que eran residuos de las luchas heredadas, eran los
matices de esa etapa que medico vivió. Ante esta caótica situación, las ayudas sociales
eran muy escasas y como se comentaba al principio, estas ayudas las realizaba la Iglesia
de esa época. La crisis social figuro como predominante, por lo que el papel social que
encierra la caridad y la beneficencia tuvo que continuar en manos de la iglesia, la cual
era la encargada de los hospitales, hospicios, casas de beneficencia, colegios,
establecimientos de instrucción pública e incluso la manutención de los presos.

Adelantando un poco la época por los años de 1870 a 1910, en esta etapa histórica del
nuevo México independiente, a finales del siglo XIX, en el cual fue un periodo gobernado
por Porfirio Díaz y llamado por ende el Porfiriato, el progreso social fue mínimo, escaso
además de selectivo y excluyente. México era un país económicamente sólido, pero
dependiente y sometido a los intereses capitalistas y sobre todo con una marcada
desigualdad social y marginación. El progreso económico se debió a la explotación
inmoderada de los recursos naturales y humanos, por parte de las compañías extranjeras
y de los hacendados y terratenientes mexicanos, dueños absolutos de las riqueza del
país. En contraparte, los trabajadores del campo y pueblos aledaños a la ciudad, vivían
en una extrema marginación y explotación total.

En la época del Porfiriato por el año de 1888 se promulga la Ley de Instrucción, que
establecía la obligatoriedad de la educación elemental básica. Esto condujo a nuevos
lineamientos de política social, creándose variadas instituciones de ayuda, protección e
instrucción, entre las instituciones se destaca la escuela para ciegos y sordomudos, la
correccional, el manicomio general de la Castañeda, Hospital general de la ciudad de
México, el internado infantil que era el hospicio de los niños pobres, así como diversos
organismos de beneficencia y educación.

Pero la cobertura de estas instituciones fue insuficiente para la enorme y voluminosa


masa marginada, además que estas instituciones solamente se encontraban en la ciudad
de México, por lo que los grupos indígenas, campesinos, y trabajadores de áreas lejanas
o regiones remotas a la capital, tuvieron que soportar el peso inhumano de un sistema
de explotación cruel y despiadada.

Periodo post-revolucionario

En esta etapa ahora del México Moderno, las reformas que fueron surgiendo en el
modelo político -económico, ya al frente Francisco I. Madero, este se preocupó por
realizar tareas que brindaran cobertura de instrucción y cultura para las masas
marginadas, norma obligada para el desarrollo de la nación, además de impulsar la
ampliación y mejoramiento de la cobertura e infraestructura de beneficencia y salubridad.

Madero apuntalo a los Estados de la República Mexicana al extender la esfera de acción


en materia de salud a estos, y que no solo quedara la atención dentro de la ciudad de
México. Se percibe entonces en esta etapa del México Moderno la preocupación de una
cobertura de instrucción y cultura para masas desprotegidas y marginadas, además de
mejorar la infraestructura de la beneficencia pública y la salubridad.

Así pues el proceso de desarrollo del México Moderno fueron fundamentales, y significo
en este tiempo un enorme y notable avance para el mejoramiento de las condiciones
sociales del pueblo mexicano.

La cobertura de salud es extendida hacia las zonas rurales de la república mexicana. Es


en el año de 1922 cuando se establecen los primeros centros de Higiene Infantil,
dependientes del Departamento de Salubridad, antecedente de lo que hoy se conoce
como Secretaria de Salud, para tal efecto se constituyen las bases y acciones de las
autoridades sanitarias y se designan delegados sanitarios en los diferentes Estados,
puertos y poblados, se impulsan y amplían las compañías de sanidad por todo el territorio
nacional.

En 1925 se crea la Escuela de Salud, que tenía como objetivo formar médicos y personal
especializado en la organización de los diversos servicios sanitarios y en la promoción
de medicina preventiva. Así también se observa que algunos hospitales impartían cursos
de adiestramiento técnico para capacitar al personal sanitario sobre cuestiones
relacionadas con la higiene. En 1926 se instauraron las brigadas Sanitarias móviles,
especie de clínicas ambulantes que realizaban labores médico-sociales, su labor se
centraba en la medicina preventiva y hábitos higiénicos, en las diferentes comunidades
y poblados rurales.

Así mismo se fortaleció la cobertura de los centros de higiene infantil, y se hicieron


trabajos de sobre educación higiénica por medio de conferencias, folletos y artículos que
aparecieron en la prensa diaria.
En el año de 1928 se crea el Departamento de Salubridad Pública, por lo anterior, la
creación, conjugación y necesidad de servicio sanitario hizo indispensable que el Estado
implementara la formación de personal técnico que coadyuvara en la satisfacción de las
necesidades institucionales de salubridad y es así que se proyecta el quehacer social,
organizado y coordinado que diera respuesta a las demandas estatales y ayudar en las
necesidades urgentes de la población.

Periodo 1934-1940

En este periodo siendo presidente de México el General Lázaro Cárdenas del Rio, es
cuando se concretiza el ideal de la Constitución de 1917 que decía que el gobierno podría
realizar transformaciones y reconstrucción político social del país.

Es en ese periodo que el gobierno se caracterizó por aplicar prácticas de orientación


social. (Envagelista, 2001)
4. METODOLOGÍA
5. FUNCIONES, ACCIONES Y COMPETENCIAS
Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización
profesionales

Actividades previstas Revisión de casos y otras Identificar y acceder a


para establecer bibliografías. informes de casos y otra
relaciones profesionales información.

Leer y revisar información

Identificar ya acceder a
fuentes que puedan
completar la información
obtenida

Contactar con otros para Identificar, contactar y


recoger información coordinar con personas,
adicional que pueda familias, grupos,
ayudar a comprender la organizaciones y
situación comunidades que
puedan facilitar
información relevante
respecto al proceso que
estamos tratando.

Respetar los limites y la


práctica profesional ética
y no discriminatoria,
cuando se establezca
relaciones con individuos,
familias, grupos,
organizaciones,
instituciones y/o
comunidades.

Seguir los procesos


institucionales
establecidos y causes
legales de
consentimiento
informado y
confidencialidad de la
información compartida.

Analizar toda la Identificar la naturaleza


información para de la intervención y los
identificar, con el sistema procesos requeridos para
cliente, la forma más establecer la relacione
adecuada de intervención profesional, incluyendo,
cuando sea necesario, el
contacto con la persona
que deriva.

Analizar y evaluar toda la


información disponible.

Desarrollar una
estrategia que permita
una intervención óptima.

Identificar cualquier
deber y requisito legal a
tener considerado en la
intervención.
Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización
profesionales

Intervenir con personas, Informar y clasificar Preparar y facilitar


familias, grupos, aspectos relativos a la información relevante y
organizaciones y misión y accesible acerca de los
comunidades para responsabilidades, tanto deberes y
ayudarles a tomar profesionales como de la responsabilidades
decisiones bien organización en que se profesionales y de la
fundamentadas. trabaja. organización en que se
trabaja.

Identificar siempre que se


requiere, facilitando la
comprensión e
interiorización de los
deberes y
responsabilidades.

Indagar si esta
información ha sido
comprendida y responder
a las preguntas o dudas
que se plantean.

Facilitar información
adicional cuando sea
necesario.

Trabajar con personas, Apoyar a las personas


familias, grupos, para identificar, reunir,
organizaciones y analizar y comprender
comunidades para sus necesidades,
identificar, analizar y circunstancia, impacto
comprender la colateral y recursos
información que nos relevantes para hacerles
facilitan. frente.

Asegurarse de que la
información facilitada es
precisa y coherente.

Identificar lagunas de
información y
comunicarlo a las fuentes
apropiadas.

Capacitar a las personas, Ayudar a las personas,


familias, grupos, familias, grupos,
organizaciones y organizaciones y
comunidades a analizar, comunidades a identificar
identificar, clasificar y sus expectativas,
expresar fortalezas, limitaciones, derecho y
expectativas y responsabilidades como
limitaciones. ciudadanos.

Apoyar a las personas de


cara a identificar los
obstáculos.

Trabajar con personas, Ayudar a las personas,


grupos, organizaciones y familias, grupos,
comunidades para que organizaciones y
sean capaces de valorar comunidades a
y tomar decisiones bien identificar, valorar sus
fundamentadas, acerca propias necesidades y
de sus necesidades, circunstancias y riesgos
circunstancias, riesgos, asociados, así como las
opciones preferentes y opciones y recursos más
recursos. adecuadas para hacerles
frente, decidiendo la
opción más viable,
teniendo en cuenta los
requisitos legales.

Ayudar a identificar
debilidades y
potencialidades a la red
de apoyo social,
mediante el soporte y
fomento de relaciones
que favorezcan el
crecimiento individual, el
desarrollo y la autonomía.

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Valorar las necesidades y Valorar y revisar las Indagar acerca de las


opciones posibles para opciones preferentes de opciones preferencias,
orientar la estrategia de las personas, familias, los recursos identificados
intervención. grupos, organizaciones y viabilidad, teniendo en
y/o comunidades. cuenta los recursos
disponibles.

Analizar si la estrategia
en función de todas las
condicionantes posibles
(requisitos legales de
acceso, disponibilidad de
plazas, tiempo de espera,
etc.) es viable.

Cunado las opciones de


preferencias no son
viables, trabajar otras
opciones y recursos
alternativos, así como las
consecuencias de las
necesidades no
cubiertas.

Identificar las lagunas en


el suministro de servicios,
las necesidades no
cubiertas y los servicios
idóneos.

Valorar las necesidades, Analizar las necesidades,


riesgos y opciones de las circunstancias, y riesgos,
personas, familias, teniendo en cuenta las
grupos, organizaciones y prioridades y conflictos
comunidades teniendo en potenciales entre
cuenta los requisitos diferentes necesidades e
legales y de otra índole. intereses así como el
impacto en el entorno.

Valorar las diferentes


opciones teniendo en
cuenta los aspectos
legales, organizacionales
y otros requisitos, los
riesgos, las opciones de
preferencia y los recursos
o alternativas
disponibles.

Trabajar con el sistema


para tomar decisiones
acerca de las opciones
disponibles.

Valorar y recomendar una Evaluar, justificar y


estrategia apropiada al recomendar un curso de
sistema cliente. acción teniendo en
cuenta la información
existente, los deberes del
trabajador social, las
nociones y opciones
preferentes del sistema
cliente, los recursos
disponibles y la red de
apoyo con la que cuenta.

Unidad de competencia Realizaciones Criterios realizados


profesionales

Responder a situaciones Valorar la urgencia de las Recibir y registrar


de crisis. solicitudes de actuación. apropiadamente las
demandas siguiendo los
procedimientos legales e
institucionales
establecidos.
Evaluar la urgencia de las
situaciones o
necesidades y de la
intervención o respuesta.

Búsqueda de la
información que pueda
ser relevante y complete
la demanda de
intervención.

Profundizar sobre la
demanda y las posibles
acciones de intervención
con todas las personas y
organizaciones
implicadas.

Cuando sea posible,


establecer un plan de
acción con el jefe o
responsable inmediato.

Valorar las necesidades Valorar la situación y


de intervención legal. elegir la acción
apropiada.

Implicar al sistema cliente


siempre que sea posible.

Informar explicar y
clasificar a los individuos
cualquier procedimiento
legal en el que esta
incurso y sus etapas y
procesos.

Planificar las Identificar las


necesidades de necesidades que
intervención legal del requieran atención
procedimiento. inmediata.

Identificar cualquier
recurso legal y los
recursos disponibles,
estableciendo la
intervención para abordar
las necesidades
inmediatas.

Registrar, justificar y
comunicar las
actuaciones efectuadas y
las necesidades de
cualquier acción futura.

Revisar los resultados Recoger, analizar,


con el sistema cliente y verificar y evaluar el
otros colegas feedback de las acciones
profesionales. por parte de todas las
personas y
organizaciones
relevantes.

Reflexionar sobre las


propias decisiones de
adoptar un determinado
curso de acciones y las
consecuencias del
mismo.

Identificar lagunas, las


necesidades no
atendidas y la necesidad
de intervenciones
adicionales para ayudar a
prevenir situaciones de
crisis futuras. Registrar y
utilizar los resultados
para informar el propio
trabajo y a otros.

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Interactuar con personas, Desarrollar y mantener Desarrollar relaciones


familias, grupos, relaciones con personas, intencionadas, teniendo
organizaciones y familias, grupos, en cuenta aspectos
comunidades para organizaciones, étnico, de género, de
conseguir cambios y comunidades y otros.
promocionar el desarrollo
de los mismos y para edad, de discapacidad,
mejorar las condiciones religiosos y sexuales.
de vida.

Explicar con claridad el


rol del profesional del
trabajo social, sus
obligaciones para con la
organización para la que
trabaja y el derecho de
todo usuario a la
confidencialidad y a saber
en todo momento el
estado de cuestión de su
caso.

Proporcionar apoyo
emocional y material que
permita a las personas
expresar, explotar y
valorar sus sentimientos y
emociones.

Mediante una relación de


soporte de ayuda,
acompañar a las
personas a través del
proceso de cambios.

Escuchar con eficacia


emitiendo un feedback
construibles, útil y
comprensibles para las
personas.

Identificar las áreas de


intervención en orden a
establecer la mejor línea
de actuación.

Trabajar con el sistema Desarrollar relaciones


cliente de cara para intencionadas, teniendo
prevenir las situaciones nen cuenta aspectos
de crisis y para hacer étnicos, de géneros, de
frente a los problemas y edad, de discapacidad,
conflictos. religiosos y sexuales.

Meditar y negociar
cuando las personas
tienen puntos de vista
diferente.

Identificar junto con todos


los implicados como se
hará frente a los
problemas actuales o
potenciales.

Proporcionar información
y, si fuera necesario,
contactar con
organizaciones y grupos
de autoayuda que
puedan apoyar al cambio
para trabajar con los
problemas y conflictos.

Aplicar y justificar los Identificar los métodos y


métodos y modelos de modelos de Trabajo
trabajo social utilizando Social adecuados a las
para conseguir el cambio necesidades y
y el desarrollo, y para circunstancias.
mejorar las
oportunidades del
sistema cliente.

Seleccionar y justificar los


métodos y modelos a ser
utilizados consultando
con el supervisor y el
sistema cliente.

Identificar los recursos a


utilizar y sus requisitos.

Trabajar con el sistema


cliente para planificar el
espacio, el tipo de
métodos para a ver frente
a las necesidades.

Llevar a cabo el Apoyar a las personas,


seguimiento con familias, grupos,
regularidad, revisar y organizaciones y
evaluar los cambios en comunidades para que
las necesidades y puedan realizar su propia
circunstancias. supervisión, revisión y
evaluación de todo
cambio en las
necesidades y
circunstancias y la
efectividad del trabajo del
trabajador social.

Recabar, reunir, analizar


y evaluar el feedback
recibido de todas las
fuentes.

Identificar y justificar
cualquier alteración
necesaria en los servicios
ofrecidos.

Registrar y utilizar la
revisión de los resultados.

Reducir los contactos y Valorar la separación que


finalizar las relaciones de debe de existir entre un
forma adecuada. encuentro y otro y
planificar cuando y como
reducir y romper las
relaciones.

Acordar el momento de
finalizar o reducir los
contactos y servicios.

Consensuar el conjunto
de apoyos adicionales
que puedan ser
necesarios una vez
finalice la intervención de
trabajador social.

Informar y registrar los


asuntos no resueltos, las
necesidades no cubiertas
y cualquier riesgo que
pueda seguir de ello.

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de desarrollo


profesionales

Preparar, producir, Negociar el suministro de Proporcionar información


implementar y evaluar los servicios que han de ser acerca del proceso de
planes con el sistema incluidos en los planes. planificación informando
cliente y los colegas acerca de todo lo
profesionales. concerniente a sus
derechos y
responsabilidades.

Clasificar opciones y
recursos potenciales y las
oportunidades para
promocionar el bienestar
personal, social y
emocional.

Clasificar quien es
responsable de
suministrar los servicios y
realizar el seguimiento.
Identificar y registrar los
objeticos a corto, medio y
largo plazo que han de
ser incluidos en el plan.

Determinar cómo serán


revisados los objetivos.

Registrar los resultados


incluyendo acuerdos,
desacuerdos y áreas de
incertidumbre.

Identificar el contenido y Redactar planes para


las acciones y redactar alcanzar los objetivos y
planes. conseguir los resultados
esperados.

Identificar la
implementación del plan,
calendario de realización,
ejecución, resultados y
evaluación del mismo.

Revisar y finalizar el plan


teniendo cuenta los
feedback recibidos.

Elaborar informes y
memorias explicativas de
resultados.
Desarrollar las propias Identificar las acciones
responsabilidades que son responsabilidad
profesionales y realizar el del profesional y otros.
seguimiento, coordinar y
apoyar las acciones de
otras personas
implicadas en la
implementación de los
planes de intervención.

Desarrollar las acciones


de las que es
responsable el trabajador
social.

Asegurarse de que todos


los demás tienen claras
sus responsabilidades
para desarrollar las
acciones requeridas para
la implementación del
plan y apoyarles
adecuadamente.

Registrar e informar
acerca de las acciones
desarrolladas y su
efectividad.

Observar el derecho de
los sujetos a la privacidad
y a ser informado.
Revisar la efectividad de Recoger y analizar la
los planes de intervención información necesaria
con las personas para la revisión.
implicadas.

Revisar los planes de


acuerdo a los dispuestos,
los resultados en función
de los objetivos, la
calidad de lo realizado y
las diferentes
perspectivas en
desarrollo.

Identificar las lagunas en


el suministro de servicios
y las mejoras que puedan
ser introducidas.

Comunicar los resultados


de la revisión a las
personas y
organizaciones
oportunas.

registrar e informar de la
revisión y distribuirla de
acuerdo a lo convenido y
establecido.

Renegociar y revisar los Identificar los cambios


planes para adaptar los a que deben ser
las necesidades y introducidos para
aproximarnos a los
circunstancias resultados acordados, las
cambiantes. lagunas en el suministro
de servicios y
necesidades no
cubiertas.

Negociar cuando los


planes deben ser
ampliados y reducidos y
donde se necesita y esta
disponible el apoyo
adicional necesario.

Explicar, de manera
accesible, por que los
planes han sido
modificados.

Recibir los planes para


adaptarlos a los cambios
y distribuirlos tal y como
se acordó y estableció,

Registrar los
desacuerdos e informar
acerca de las
necesidades no cubiertas
de manera reiterada y de
cualquier riesgo que
pueda surgir de ello.
Unidad de competencia Realizaciones Criterios realizados
profesionales

Apoyar el desarrollo de Examinar con el sistema Identificar y reunir


redes para hacer frente a cliente, las redes de información sobre las
las necesidades y apoyo a las que pueden posibles redes a las que
trabajar a favor de los acceder y desarrollar. se pueden acceder.
resultaos planificados.

Proporcionar
información, discutir y
clasificar la gama de
redes de apoyo que
pueden a ver frente a las
necesidades de cara a
alcanzar los resultados
planificados.

Trabajar con el sistema Identificar y registrar las


cliente como iniciar y necesidades no
mantener a las redes de atendidas, la inexistencia
apoyo. de recursos y cualquier
consecuencia que pueda
surgir de dicha
necesidad.

Discutir e identificar si es
conveniente y como las
redes de apoyo pueden
estructurarse para cubrir
las lagunas identificadas.

Identificar el tipo de
apoyo que el sistema
cliente necesitara para
organizar las redes.

Trabajar con otros para


identificar, proveer y
asegurar recursos de
apoyo a las redes nuevas
y a las ya existentes.

Discutir y acordar las


formas en las que el
trabajador social puede
iniciar y mantener redes
de apoyo, incluyendo:
apoyo al liderazgo de la
red, promover la
implicación de los
miembros, establecer la
forma en que realizar
cambios y establecer y
mantener la forma de
renovar los miembros de
la red.

Contribuir al desarrollo y Trabajar con personas y


evaluación de las redes organizaciones clave
de apoyo. para identificar las
buenas prácticas.

Hacer un uso exhaustivo


de las redes existentes y
potenciales oara reducir
la discriminación y la
exclusión social.

Proporcionar apoyo a las


redes.

Realizar un seguimiento
continuo de las redes de
apoyo para detectar su
vulnerabilidad y sus
puntos débiles.

Revisar el valor de las


contribuciones de la
organización a la red.

Identificar y utilizar
adecuadamente las
teorías de trabajo social,
los método y los enfoques
para deslindarse de la
red.

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Trabajar con grupos para Identificar las Valorar y clasificar las


promover el crecimiento, oportunidades para habilidades facilitadoras
desarrollo e formar y mantener a los de liderazgo y
independencia de las grupos. cooperación requeridas
personas. para formar y apoyar a los
grupos.
Trabajar con grupos de
apoyo para que sean
capaces de utilizar con
contexto no opresivo
dentro del grupo.

Identificar la política
organizacional, requisitos
legales y buenas
prácticas en relación a
grupos de apoyo.

Discutir y consensuar el
tipo de liderazgo
requerido por el grupo y
cualquier apoyo que se
preside.

Utilizar la programación, Contribuir al desarrollo de


los procesos y las una cultura de grupos y
dinámicas de grupos para de cuidado en grupo.
promover el crecimiento y
la independencia
individual y fomentar las
habilidades de relación
interpersonal.

Valorar y sopesar las


oportunidades de que las
personas obtengan
resultados en el grupo y a
través de los grupos de
cuidado.
Identificar y planificar
como hacer frente al
crecimiento y desarrollo
de grupos y de los
cuidados en grupo.

Ayudar a los grupos a Apoyar a los grupos en la


alcanzar los resultados identificación de los
planificados para sus resultados personales,
miembros y evaluar la interpersonales y
educación de su trabajo. sociales.

Apoyar a los grupos a


identificar formas en las
que las personas pueden
participar eficazmente
sobre la base de sus
fortalezas y sus
necesidades.

Identificar y emprender
acciones para trabajar
con cualquier efecto
adverso sobre las
personas cuando la
participación en el grupo
pueda suponer
situaciones de
discriminación o
exclusión.

Seleccionar y utilizar
adecuadamente teorías,
modelos y métodos para
ayudar a los participantes
a entender los procesos
de grupo.

Discutir y revisar el
progreso de las personas
y de los grupos como un
todo.

Retirarse del grupo Revisar el rol del


adecuadamente. profesional en el grupo
con otros colegas y con el
grupo.

Identificar el momento y
las faces requeridas para
retirase del grupo
adecuadamente.

Valorar, seleccionar y
utilizar adecuadamente
los enfoques del Trabajo
Social para retirarse
eficazmente de los
grupos.

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de competencia


profesionales
Trabajar con los Actuar con rapidez para Obtener información
comportamientos que intervenir en los acerca de los
representen un riesgo comportamientos que acontecimientos,
para el sistema cliente. representan un riesgo situaciones,
circunstancias y acciones
que configuran los
comportamientos.

Identificar la naturaleza y
el impacto de los riesgos
asociados con el
comportamiento.

Tener en cuenta los


riesgos para uno mismo y
los otros, y emprender
actuaciones adecuadas
para tranquilizar a los
implicados y reducir los
riesgos.

Registrar e informar de
acuerdo con los
requerimientos legales y
organizacional.

Trabajar con el sistema Valorar la posibilidad de


cliente para identificar y comportamiento
evaluar las situaciones y recurrentes y los riesgos
circunstancias que para terceros asociados a
pueden configurar el los mismos.
comportamiento.
Buscar consejo
profesional sobre como
trabajar con estos
comportamientos.

Encontrar oportunidades
adecuadas para discutir
con todos los que estén
implicados las posibles
causas de los
comportamientos y
cualesquiera
consecuencias que
pueda emerger de ellos.

Apoyar a los implicados


de cara a identificar los
primeros síntomas,
situaciones, acciones y
sentimientos que
conducen al
comportamiento propio y
de los otros.

Trabajar con el sistema Apoyar a los implicados


cliente en la búsqueda de para aprender y utilizar
estrategias y el apoyo apropiadamente el
que pueden cambiar comportamiento.
positivamente el
comportamiento.

Escuchar y ofrecer apoyo


a aquellos que están
implicados acerca de
como pueden ayudar a
cambiar el
comportamiento.

Apoyar a aquellos que


están implicados para
identificar los posibles y
actuales beneficios del
cambio de
comportamiento.

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Defender con, y nombre Establecer posibles Debatir con el sistema


de, al sistema cliente. alternativas de actúa al cliente los temas
trabajador social como susceptibles de defensa
defensor del sistema que les conciernan y los
cliente. resultados que esperan.

Establecer e identificar
los tipos de defensa mas
apropiados para
satisfacer las
necesidades

Debatir y clasificar los


derechos del sistema
cliente a utilizar al
trabajador social como
defensor.
Asistir al sistema cliente Apoyar al sistema cliente
para que acceda a una para que identifique,
defensa independiente. valoren y accedan a una
defensa independiente.

Trabajar con la gente que


se requiera defensa de
cara a clasificar el rol del
trabajador social como
defensor.

Acceder e informar a los


defensores con, o en
nombre de, a quienes
requieran una defensa
independiente.

Defender, y con, el Identificar métodos,


sistema cliente. recopilar información y
evaluar los puntos claves
que permitan al
trabajador social preparar
un informar.

Preparar un informe que


defienda al mejor interés
dek sistema cliente.

Defender con, y en
nombre del sistema
cliente
Unidad de aprendizaje Realizaciones Criterios de realización
profesionales

Preparar y participar en Preparar infirmes y Clasificar los


las reuniones de toma de documentos para las requerimientos de las
decisiones. reuniones de toma de reuniones de toma de
decisiones. decisiones.

Trabajar con todos los


implicados en la
recolección de datos.

Preparar informes y
documentos que sean
fiables, comprensibles y
accesibles.

Compartir informes y
documentos de forma
apropiada.

Revisar informes y
documentos como
respuesta al feedback.

Trabajar con el sistema Trabajar con el sistema


cliente para seleccionar la cliente para valorar sus
mejor forma de necesidades.
representarlo en las
reuniones de toma de
decisiones.

Identificar cualquier
obstáculo que pueda
dificultar la
representación en las
reuniones.

Trabajar con el sistema


cliente para identificar,
negociar u seleccionar la
mejor forma de
representación.

Preparar informes y Trabajar con el sistema


ayudar al sistema cliente cliente para clasificar que
a entender los sucederá antes, durante y
procedimientos y después de la reunión.
resultados de las
reuniones de toma de
decisiones.

Presentar informes de
forma exacta, accesible y
comprensible.

Identificar cualquier que


pueda dificultar la
representación en las
reuniones.

Asegurar que el sistema


cliente comprenda las
decisiones tomadas y las
implicaciones a corto,
mediano y largo plazp.

Finalizar la relación
apropiadamente y con
sensibilidad, cundo el
trabajador social no tenga
un papel de continuidad.

Capacitar al sistema Trabajar con el sistema


cliente para involucrarse cliente de cara a que
en las reuniones de toma identifique sus derechos,
de decisiones. responsabilidades y
requerimientos legales.

Ayudar al sistema cliente


para que pueda aportar
información
complementaria en las
reuniones.

Revisar con el sistema


cliente los resultados de
las reuniones.

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Establecer y actuar para Identificar y establecer la Establecer y analizar


la resolución de naturaleza del riesgo. cualquier riesgo asociado
situaciones de riesgo del Establecer y analizar las don necesidades no
sistema cliente. preocupaciones satisfechas
planteadas por el sistema
cliente.

Establecer y analizar el
derecho individual a
asumir riesgos por
probabilidad del daño.

Establecer y analizar la
situación y circunstancias
asociadas con el riesgo.

Identificar las propias


obligaciones legales y las
del trabajador social con
respecto a la prevención
y promoción.

Equilibrar los derechos y Identificar y equilibrar


las responsabilidades del conflictos de opiniones,
sistema cliente con el conflictos entre el
riesgo que lleva asociado. derecho de las personas
a la autodeterminación y
cualquier riesgo para si
mismo o terceros.

Apoyar a la gente para


que tome riesgos
asociados.

Registrar todas las faces


del proceso de toma de
decisiones y justificar los
resultados preliminares y
finales.

Realizar el seguimiento, Revisar e identificar los


volver a establecer y derechos y
actuar para resolver la responsabilidades
situación de riesgo para legales y organizativos
el sistema cliente de para proteger a las
manera regular. personas del daño.

Explicar las razones por


las que se están usando
determinados recursos y
asegurarse de que las
personas lo entiendan.

Buscar el apoyo de los


poderes públicos para
proteger del daño a las
personas.

Realizar el seguimiento
de nivel de riesgo y
renegociar la acción
planificada cuando se
producen cambios.

Unidad de Realizaciones Criterios de realización


competencia profesionales

Establecer y Identificar y Establecer y analizar cualquier riesgo


actuar para la establecer la asociado con necesidades no satisfechas.
resolución de naturaleza del riesgo.
Establecer y analizar el derecho individual
situaciones de Establecer y analizar
a asumir riesgos por la probabilidad de
las preocupaciones
daños.
riesgo del sistema planteadas por el Establecer y analizar la situación y
cliente. sistema cliente. circunstancias asociadas al riesgo.

Identificar las propias obligaciones legales


y las del trabajador social con respecto a la
prevención y promoción.

Equilibrar los Identificar y equilibrar conflicto de


derechos y las opiniones, conflicto entre el derecho de las
responsabilidades del personas a la autodeterminación y
sistema cliente con el cualquier riesgo para sí mismos o terceros.
riesgo que llevan
Apoyar a la gente para que tome los riesgos
asociado.
apropiados.

Registrar todas las fases del proceso de


toma de decisiones y justificar los
resultados preliminares y finales.

Realizar el Revisar e identificar los derechos y


seguimiento, volver a responsabilidades legales y organizativos
establecer y actuar para proteger a las personas del daño.
para resolver la
Explicar las razones por las que se están
situación de riesgo
usando determinados recursos y
para el sistema
asegurarse de que las personas lo
cliente de manera
entienden.
regular.
Buscar el apoyo de los poderes públicos
para proteger del daño a las personas.

Realizar el seguimiento del nivel de riesgo


y renegociar la acción planificada cuando
se producen cambios.
Unidad de Realizaciones Criterios de realización
competencia profesionales

Establecer y Establecer el riesgo Revisar las buenas prácticas reconocidas


minimizar y potencial para sí que tengan que ver con la identificación
gestionar el riesgo mismo y los colegas. del riesgo y su gestión en el contexto de
hacia uno mismo y trabajo social.
los colegas.
Identificar, mediante escucha y discusión,
el comportamiento, las situaciones y
circunstancias relacionadas con los
sistemas cliente que pudieran suponer un
riesgo para el trabajador social y colegas.

Establecer el nivel de riesgo previo a una


situación de riesgo potencial.

Trabajar en el marco Revisar los requisitos legales y


de los profesionales y guías para el
procedimientos para reconocimiento del riesgo y su gestión.
el reconocimiento y
Revisar políticas organizativas y
gestión del propio
procedimientos para el reconocimiento y
riesgo y del de otras
gestión del riesgo en el contexto del
organizaciones y
trabajo social.
profesionales
relevantes. Informar a las personas apropiadas
cuando se producirán las ausencias del
profesional y formas de establecer
contacto.

Establecer los principios de buenas


prácticas para identificar posibles fallos
de los procedimientos.
Planificar, realizar el Establecer medidas y procedimientos
seguimiento y revisar dentro de la propia práctica del trabajador
los resultados y social que apoyen los requisitos legales y
acciones para organizativos para minimizar el stress y el
minimizar el stress y riesgo.
el riesgo.
Identificar, planear y utilizar medidas para
la reducción del stress y el riesgo.

Hacer el seguimiento y revisar la


efectividad de las medidas para reducir el
stress y el riesgo.

Registrar, informar y compartir los


resultados con colegas según las políticas
y procedimientos legales y organizativos.

Unidad de Realizaciones Criterios de realización


competencia profesionales

Administrar y ser Administrar y asignar Identificar las mejores prácticas y


responsable de su prioridades al propio políticas para administrar el volumen y
propio trabajo. volumen de trabajo equilibrio de la propia carga de trabajo y
de acuerdo con las los niveles de intervención.
directivas y Informar mediante procedimientos intra e
prioridades de la interinstitucionales donde las
organización. expectativas actuales difieran de las
políticas y las prácticas de la organización
y donde la política no esté clara.

Utilizar supervisión para revisar los


propios niveles de esfuerzo y carga de
trabajo.

Discutir las propiedades con los sistemas


cliente.

Utilizar supervisión y reuniones de


equipo.

Cumplir con las Identificar áreas donde la práctica esté


obligaciones regida por códigos, estándares y
mediante el juicio procedimientos.
profesional
Identificar áreas donde se disponga de
responsable y el
consejo y asesoramiento en
conocimiento basado
organizaciones profesionales.
en la práctica del
trabajador social. Identificar áreas donde las valoraciones
profesionales sean necesarias y
fundamentales, donde los límites no
estén claros o exista un conflicto.

Trabajar dentro de las responsabilidades


y prioridades de la propia organización.

Proporcionar evidencia para las


valoraciones profesionales, en un formato
adecuado y accesible, que identifique las
fortalezas y debilidades de las
valoraciones realizadas.

Utilizar supervisión y apoyo de los


miembros del equipo para reorientar la
intervención si su valoración profesional
es persistentemente desatendida.

Donde fallen la supervisión y el apoyo,


buscar asesoramiento en organizaciones
profesionales.

Realizar el Identificar las responsabilidades y


seguimiento y evaluar requisitos nacionales y de la
la eficacia del propio organización.
programa de trabajo
Proporcionar información, e implicar a los
en cuanto el
sistemas cliente en el seguimiento y
cumplimiento de los
evaluación de los procesos, métodos y el
requisitos de la
efecto de su trabajo.
organización y las
necesidades de los Analizar, cotejar y evaluar el feedback
sistemas clientes. sobre la propia eficacia con los sistemas
cliente, colegas, otros profesionales y
supervisor.

Tomar medidas para mejorar las áreas de


debilidad.

Unidad de Realizaciones Criterios de realización


competencia profesionales

Utilizar apoyo y Identificar las propias necesidades de


supervisión desarrollo y apoyo al ejercicio profesional.
administrativa y Identificar y utilizar sistemas de desarrollo
profesional para y apoyo administrativo para mejorar la
mejorar su actuación. actuación profesional.

Identificar y utilizar otro desarrollo y apoyo


profesional cuando no estén disponibles
los sistemas de desarrollo y apoyo
administrativo.

Evaluar e informar sobre el valor y el


resultado del apoyo proporcionado.
Unidad de Realizaciones Criterios de realización
competencia profesionales

Contribuir a la Colaborar con los Identificar la gama de servicios relevantes


administración de procedimientos para el sistema cliente, incluida la provisión
recursos y implicados en la de costes, en su caso.
servicios. obtención y
Establecer responsabilidades en la gestión
autorización de
de recursos.
servicios.

Colaborar en el Identificar las ratios nacionales sobre tipos,


seguimiento de la volumen y calidad de recursos para las
eficacia de los personas que demandan servicios.
servicios en cuanto a
Diseñar, mantener, dar seguimiento y
satisfacción de la
controlar presupuestos mediante
necesidad.
procedimientos y sistemas de la
organización.

Trabajar con terceros para obtener y


comunicar información relevante sobre
carencias de recursos, necesidades no
satisfechas y riesgo asociados.

Buscar asesoramiento en organizaciones


profesionales acerca del curso de acción
adecuado cuando no se están satisfaciendo
los estándares nacionales.
Participar en el Identificar los estándares nacionales sobre
seguimiento de la calidad de los servicios en su área de
calidad de los actuación.
servicios
Identificar quien es responsable del
proporcionados.
seguimiento de la calidad en las
organizaciones implicadas en la provisión de
servicios.

Analizar cómo su propia actuación y la de


sus colegas: promueven el desarrollo
humano, combaten las desventajas,
discriminación y exclusión social.

Planificar y realizar acciones para mejorar la


práctica y la calidad de servicios.

Contribuir a la gestión Identificar los sistemas y procedimientos


de la información. para recoger, analizar y evaluar información
con el fin de mejorar la práctica y los
servicios.

Identificar las propias responsabilidades


profesionales para gestionar y compartir
información con otras organizaciones e
individuos.

Contribuir a garantizar que la información


proporcionada sea accesible, utilizable y
comprensible para los receptores.

Registrar, almacenar y difundir la


información de acuerdo con los
procedimientos y requisitos legales,
profesionales y de la organización.

Unidad de Realizaciones Criterios de realización


competencia profesionales

Gestionar, Mantener historias e Identificar, con apoyo administrativo, los


presentar y informes sociales procedimientos y políticas legales,
compartir historias completos, fieles, organizativas e interdisciplinares para la
e informes accesibles y elaboración de historias e informes
sociales. actualizados. sociales.

Clarificar cualquier incertidumbre relativa a


la elaboración de historia e informes,
incluido el trabajo interdisciplinar.

Utilizar procedimientos para la elaboración


de historias e informes con el fin de que
reflejen las mejores prácticas, san preciso,
objetivo, comprensible y accesible,
promuevan la participación de los sistemas
cliente en la planificación, realización y
análisis de la efectividad de disposiciones y
servicios.

Documenten los conflictos, los


desacuerdos y las necesidades
insatisfechas.

Mantener y actualizar las historias de


acuerdo con los procedimientos y políticas
legales y de la organización.
Proporcionar Documentar las decisiones y valoraciones
pruebas para la profesionales con precisión.
toma de decisiones
Documentar las evidencias en las que se
y valoraciones
han basado las valoraciones profesionales.
profesionales.
Documentar dónde se basa la valoración
profesional sobre la opinión fundamentada.

Registrar otras evidencias e informes.

Comprobar y concordar la precisión de las


historias y evidencias con todos los
implicados en el proceso de toma de
decisiones.

Implementar marcos Identificar los requisitos legales y


de trabajo legales y organizativos relativos a la
de políticas para confidencialidad, acceso y seguridad de
acceder a los historiales e informes.
historiales e
Equilibrar los requisitos de confidencialidad
informes.
con la necesidad de accesibilidad.

Divulgar los historiales e informes de


acuerdo con los requisitos legales y
organizativos y los acuerdos con los
sistemas cliente.

Almacenar los historiales e informes de


acuerdo con los procedimientos legales y
organizativos de confidencialidad, acceso y
seguridad.

Unidad de Realizaciones Criterios de realización


competencia profesionales
Compartir historiales Identificar los requisitos legales y
con los sistemas organizativos para compartir la información,
cliente y colegas incluida la necesidad de preservar la
profesionales. intimidad, la confidencialidad y la seguridad
de la información.

Identificar los criterios para compartir la


información incluidos el cómo se accederá
y se compartirá la información y la
frecuencia con la que se compartirá.

Identificar los mecanismos de feedback y


revisión para el sistema cliente.

Compartir historiales con los sistemas


cliente y colegas profesionales de acuerdo
con requisitos legales y organizativos y los
criterios establecidos.

Recibir, discutir y adoptar acciones en


respuesta al feedback de los sistemas
cliente.

Registrar opiniones sobre el progreso o la


ausencia del mismo, las áreas de
desacuerdo y conflicto y toda acción
derivada del feedback recibido.
Unidad de Realizaciones Criterios de realización
competencia profesionales

Trabajar dentro de Desarrollar y Identificar las propias responsabilidades y


sistemas, redes y mantener relaciones expectativas de su organización.
equipos de trabajo eficaces.
Identificar las diferentes prioridades que
interdisciplinares y
existen para el trabajador social y su
mul-
organización.
tiorganizacionales.
Identificar los roles y límites legales,
éticos y profesionales que deben
establecerse y marcarse.

Negociar y establecer las propias


responsabilidades profesionales dentro
de la relación.

Negociar y establecer las propias


expectativas con respecto a la relación, y
las que otros tienen del trabajador social
dentro de la relación.

Asegurarse de que se resuelven las


diferencias de poder y autoridad.

Buscar asesoramiento, supervisión y


apoyo en las áreas de confusión o
conflicto.

Colaborar en la Colaborar en la identificación sobre cómo


identificación de debería operar el equipo, red y sistema.
fines, objetivos y
Acordar el liderazgo y otras
duración máxima del
responsabilidades dentro del equipo, red
y sistema, incluidos los casos en que se
equipo, red o necesiten responsabilidades y acciones
sistema. colectivas.

Colaborar con la configuración, acuerdo


de fines, objetivos y potencial duración
del equipo, red o sistema.

Colaborar en la Colaborar en la promoción de la


evaluación de la participación de los sistemas cliente.
eficacia del equipo,
Colaborar en el seguimiento de procesos
red o sistema.
y resultados en contraste con los
objetivos.

Colaborar en la evaluación del trabajo del


equipo, red o sistema en el logro de sus
objetivos.

Colaborar en la identificación de cambios


y mejoras que deben realizarse.

La realización de cambios y mejoras que


aumentan la calidad del equipo, red o
sistema y las relaciones de trabajo entre
sus miembros.

Unidad de Realizaciones Criterios de realización


competencia profesionales

Enfoque constructivo Identificar las causas y los modos en que


de los desacuerdos y deberían encararse los desacuerdos y
conflictos
conflictos dentro de Utilizar mediación para asistir en la
las relaciones. resolución de conflictos.

Trabajar con otros para resolver


desacuerdos y conflictos.

Donde no sea posible la resolución, trabajar


con otros para identificar cómo se
gestionarán los conflictos y los
desacuerdos.

Buscar asesoramiento y consejo,


supervisión y apoyo dentro y fuera de la
organización cuando no pueden alcanzarse
acuerdos y soluciones.
TITULO DE GRADO EN TRABAJO SOCIAL

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Investigar, analizar, Revisar y actualizar los Actualizar continuamente los propios


evaluar y utilizar el propios conocimientos conocimientos sobre los requisitos de
conocimiento actual de sobre los marcos de procedimientos, políticas y legislación y los
las mejores prácticas trabajo. derechos humanos asociados.
del trabajo social.

Actualizar los procedimientos, procesos de


elaboración de historiales, y recursos de
entidades.

Comunicar, en formato adecuado y


comprensible, los marcos de trabajo que
conciernen a los sistemas cliente.

Utilizar apoyo y Utilizar la supervisión y el trabajo en equipo


supervisión profesional para identificar las diferentes fuentes de
y de la organización conocimiento que puedan formular las
para investigar mejores prácticas.
críticamente y examinar
la practica basada en el
conocimiento. Identificar las áreas de ejercicio profesional
que requieran un conocimiento más amplio,
más profundo y actualizado.
Utilizar procedimientos y prácticas, y asignar
prioridades en el tiempo suficiente para:
acceder y analizar bibliografía, acceder y
analizar consejos sobre las mejores prácticas
y evaluar la eficacia de la actuación en
equipo.

Analizar el efecto de la actuación con los


sistemas cliente.

Implementar métodos y Acceder y analizar el asesoramiento, con


modelos de trabajo apoyo, sobre las mejores prácticas y
social basados en el estándares de servicio y prácticas aplicables
conocimiento con el fin al trabajo profesional.
de desarrollar y mejorar
el propio ejercicio
profesional. Evaluar continuamente y aprender de: la
propia actuación del trabajo social, la
investigación actual y emergente y las
aptitudes y experiencia de expertos en el
área.

Con la ayuda y apoyo y supervisión, planificar


como transferir y aplicar las aptitudes y
conocimiento existente en contextos nuevos
y no muy conocidos.
Utilizar habilidades de transferencia para
actuar de forma eficaz en contextos nuevos y
poco conocidos.

Examinar el conocimiento acerca de


cuestiones de igualdad, justicia, acceso y
prácticas antidiscriminatorias.

6. Demostrar competencia profesional en el ejercicio del trabajo social.


PRINCIPALES PERFILES PROFESIONALES DE LOS TITULADOS EN TRABAJO
SOCIAL.

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Trabajar dentro de Ejercer y justificar las Aplicar las habilidades y conocimientos


estándares acordados valoraciones profesionales a los procesos de trabajo social
para el ejercicio del profesionales. de evaluación, planificación, intervención,
trabajo social y seguimiento y análisis de la práctica.
asegurar el propio
desarrollo profesional.
Identificar y justificar el fundamento de sus
valoraciones profesionales, incluidas las
basadas en métodos, modelos y teorías del
trabajo social, las mejores prácticas basadas
en el conocimiento, la evidencia y la opinión
experta.

Explicar y justificar (tanto verbalmente como


por escrito) la razón fundamental de sus
decisiones y valoraciones profesionales
cuando se trabaja con diferencias en
perspectiva de individuos demandantes de
servicios y sus cuidadores, otros dentro de su
propio equipo y organización y otros
profesionales.
Trabajar con tacto al tratar con cuestiones de
diversidad.

Utilizar la asertividad Aplicar eficazmente la asertividad profesional


profesional para cuando: apoya sus decisiones y valoraciones
justificar decisión es y profesionales, la gente está en desacuerdo u
defender la práctica objeto sus decisiones, hechos y resultados;
profesional, los valores se objetan las valoraciones y decisiones de
y la ética del trabajo otros donde puede existir un riesgo para los
social. sistemas cliente, otros colegas o para el
propio trabajador social.

Utilizar el poder y la autoridad de forma


constructiva y apropiada.

Explicar las habilidades y la base de


conocimiento de la profesión.

Trabajar dentro de los Integrar los valores y principios de trabajo


principios y valores que social en su propia práctica.
sostienen la práctica del
trabajo social.
Identificar y trabajar con los desacuerdos,
conflictos y tensiones entre los principios y
valores establecidos.
Asegurarse de que en los trabajos en equipo,
los demás están al tanto de los principios y
valores específicos del trabajo social.

Evaluar los propios valores y principios e


identificar todo conflicto y tensión que pudiera
surgir, de forma general y al trabajar con
casos específicos.

Desarrollar estrategias para tratar con


cualquier conflicto o tensión.

6. Demostrar competencia profesional en el ejercicio del trabajo social.


TITULO DE GRADO EN TRABAJO SOCIAL

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Buscar ayuda y asesoramiento sobre los


valores y principios que no es capaz de
integrar en su ejercicio profesional, tanto de
forma general como cuando se aplica en
casos específicos.

Asegurarse de que utilizan los valores,


códigos y principios profesionales en su
práctica, especialmente en relación con las
actuaciones inclusivas y antidiscriminatorias;
además cuando trabaja con colegas, tanto si
lo hace en grupo o de forma individual.

Reflexionar de forma Realizar el seguimiento y evaluar los


crítica sobre su propio procesos, prácticas y resultados de su propio
rendimiento y práctica trabajo.
mediante sistemas de
apoyo y supervisión.
Buscar feedback de los sistemas clientes,
colegas y supervisiones y miembros del
equipo, cuando se evalúa el propio trabajo
profesional.
Identificar los propios logros, fortalezas,
debilidades y necesidades de desarrollo, así
como la mejora en las propias prácticas.

Analizar de forma continua y actualizar la


propia práctica.

Utilizar la supervisión y Analizar e identificar los requisitos de


el apoyo para realizar desarrollo profesional, apoyo y supervisión.
acciones con el fin de
responder
continuamente a las Buscar y utilizar apoyo y supervisión
necesidades de profesional y de la organización.
desarrollo profesional.

Realizar acciones para responder


continuamente a las necesidades de
desarrollo profesional.

6. Demostrar competencia profesional en el ejercicio del trabajo social.


PRINCIPALES PERFILES PROFESIONALES DE LOS TITULADOS EN TRABAJO
SOCIAL

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Gestionar conflictos, Identificar y evaluar los Identificar los principales problemas, dilemas
dilemas y problemas problemas, dilemas y y conflictos y las fuentes de conocimientos
éticos complejos. conflictos que podrían que servirán de ayuda cuando el profesional
afectar al ejercicio se enfrente a dilemas éticos y de derechos
profesional. humanos.

Acceder y utilizar códigos y consejos de las


organizaciones profesionales de trabajo
social para hacer frente a los dilemas éticos y
de derechos humanos que se dan
habitualmente en el trabajo social.

Diseñar estrategias Diseñar estrategias para acceder a la


para tratar con los supervisión y el apoyo al tratar con dilemas
conflictos, dilemas y éticos.
cuestiones éticas.

.
Identificar las formas en que el propio servicio
puede estigmatizar y aumentar la exclusión
de los sistemas cliente así como discriminar a
miembros del staff, para reducir la
discriminación y promover la igualdad y
diversidad.

Utilizar la supervisión como fuente de apoyo


y los consejos de la propia organización y
organizaciones colegiales.

Reflexionar sobre los Evaluar la eficacia de las estrategias que se


resultados. hayan diseñado y utilizado para hacer frente
a dilemas éticos y de derechos humanos.

Identificar donde han funcionado las


estrategias y que debe modificarse para
optimizarlas.

6. Demostrar competencia profesional en el ejercicio del trabajo social.


TITULO DE GRADO EN TRABAJO SOCIAL

Unidad de competencia Realizaciones Criterios de realización


profesionales

Contribuir a la Participar en el Identificar contextos y procedimientos en los


promoción de las desarrollo y el análisis que puede colaborar en la política local y
mejores prácticas del de las políticas. nacional.
trabajo social.

Contribuir al conocimiento de lqas mejores


prácticas dentro de su equipo, organización y
otras redes.

Utilizar la supervisión y Identificar, con el apoyo de terceros, los


los sistemas mejores sistemas profesionales y
profesionales y de la organización para objetar las prácticas
organización para peligrosas y no profesionales.
formar un curso de
acción en el que la
práctica responda a los Evaluar las prácticas erróneas y peligrosas
estándares requeridos. tanto en el ámbito individual como el la
organización.

Trabajar dentro y entre sistemas


profesionales y de organización con el fin de
garantizar resultados eficaces.
Asegurarse de que todas las personas
pertinentes se mantienen informadas sobre
las acciones realizadas por el trabajador
social y de que cumplen las acciones
profesionales de acuerdo con los requisitos y
sistemas legales organizativos y
profesionales.

Registrar y justificar las valoraciones


profesionales exhaustivamente y con las
evidencias apropiadas.

Trabajar con los Identificar los modos formales e informales


colegas para contribuir que pueden utilizarse para contribuir y apoyar
al desarrollo del equipo. el desarrollo de los colegas.

Clarificar los métodos y contextos más


apropiados para contribuir al desarrollo de los
colegas.

Trabajar con los colegas para tratar la


exclusión y discriminación institucional.
Compartir las mejores prácticas con los
colegas, implicando donde corresponda, a los
sistemas cliente.

Evaluar las propias acciones y obtener


feedback que mejore las aptitudes y
habilidades como miembro del equipo.

6. Demostrar competencia profesional en el ejercicio del trabajo social.


PRINCIPALES PERFILES PROFESIONALES DE LOS TITULADOS EN TRABAJO
SOCIAL

5.4 ÁMBITO DE INTERVENCIÓN DE LOS TRABAJADORES SOCIALES

El perfil profesional descrito con anterioridad puede ser desarrollado por los profesionales
en un vasto conjunto de ámbitos de intervención que se exponen a continuación.

Analizando diversos documentos en los que se hace referencia directa o indirecta al


concepto de “ámbito” de intervención profesional de los trabajadores sociales, se observa
que no existe unanimidad en la significación que se le otorga al mismo. Según María
Moliner “ámbito es el espacio comprendido dentro de ciertos límites, o lugar que se
determina de algún modo”. A partir de esta definición podemos considerar que el ámbito
profesional hace referencia a los espacios delimitados por la organización institucional
de los servicios en los que opera el trabajador social y por el marco programático y
operativo en el que se concreta y desarrolla su labor.

A continuación enumeramos los ámbitos en los que el trabajo social desarrolla


habitualmente su ejercicio profesional, describiendo en cada uno de ellos los distintos
espacios desde los que su intervención puede hacerse efectiva. Primero se hace una
relación de los ámbitos en los que el trabajador social tiene consolidada su presencia –
Servicio de Bienestar Social -, seguido de aquellos campos nuevos que abren nuevas
perspectivas al quehacer profesional de los trabajadores sociales.
5.4.1. Servicios Sociales

 Servicios sociales de atención social básica y primaria. Dirigidos a toda la


población en general desde los servicios sociales de base existentes en todos los
ayuntamientos o comunidades.
 Servicio de atención permanente para atender emergencias sociales.
 Servicio de ayuda y atención domiciliaria.

Servicios sociales especializados (atención por colectivos)

 Servicio de atención a personas sin hogar: servicio de atención en medio abierto;


centros de acogida y comedores sociales; albergues formación e inserción socio-
laboral.
 Servicio de atención a personas mayores: centros sociales y clubes;
asociacionismo; centros de dia; centros residenciales; atención domiciliaria;
voluntariado.

A pesar de los diferentes ámbitos de intervención en los que pueden operar los
profesionales del trabajo social, hemos optado por presentar un único perfil profesional
en la medida que entendemos que la formación de grado que reciban los trabajadores
sociales debe tener una orientación profesionalizaste. Es decir, creemos que los
trabajadores sociales deben recibir una formación que les facilite el ejercicio de su
actividad profesional en todos los ámbitos donde puedan intervenir. Ello permitirá n

O solo incrementar las posibilidades de empleabilidad de los trabajadores sociales sino


garantizar un entrenamiento adecuado en las competencias básicas que caracterizan a
la profesión. Optamos, además, por considerar que los diferentes perfiles profesionales
que se puedan establecer en trabajo social deberían ser objeto de titulaciones de
posgrados.
TITULO DE GRADO DE GRADO DE TRABAJO SOCIAL

 Servicio de atención a infancia y familia: servicio de prevención, diagnóstico y


tratamiento para la protección de la infancia y soporte a la familia; acogimiento
familiar y adopción; centros de acogida; centros de residenciales; centros abiertos.
 Servicio de atención a la mujer: servicios de información y atención psico-social
para la mujer; atención social de urgencia para mujeres víctimas de violencia
domestica; casas de acogida; soporte para la información y la inserción socio-
laboral; asociacionismo y grupos de autoayuda.
 Servicio de atención a personas con discapacidad: servicios de asesoramiento,
valoración de información de recursos; servicios de atención precoz; servicios de
diagnostico, tratamiento y rehabilitación; formación e inserción socio-laboral;
asociacionismo de personas afectadas y de familiares o grupos sensibilizados;
voluntariado; pisos protegidos; defensa y tutela de los bienes de personas con
incapacidad.
 Servicio de acogida y atención social a inmigrantes y refugiados.

Salud

 Centros de salud o servicios de atención primaria de salud.


 Servicios de atención socio-sanitaria domiciliaria a enfermos con patologías
crónicas y terminales.
 Hospitales generales. Maternales. Hospitales infantiles.
 Centros socio-sanitarios: atención socio-sanitaria a pacientes crónicos y
terminales; unidades de cuidados paliativos.
 Servicios de salud mental: servicios de prevención, diagnóstico y tratamiento
infantil y de adultos; hospital de día; centros de día; pisos protegidos; inserción
socio-laboral; unidades de tratamiento de pacientes en fase aguda; centros
residenciales para pacientes crónicos; asociacionismo de personas afectadas, de
familiares y otros grupos; servicios de atención a personas con demencias y
trastornos neurológicos degenerativos.
 Servicios de atención a las drogodependencias: servicios de atención
(información, prevención, diagnóstico y tratamiento) a las drogodependencias;
comunidades terapéuticas; centros de rehabilitación y de reinserción social y
laboral.
 Dentro del tercer sector, existe un amplio abanico de asociaciones y
organizaciones sin animo de lucro que trabajan con las personas que sufren
enfermedades diversas y sus familias, enfermedades que afectan los vínculos
sociales y calidad de vida de las personas: cuidadores de enfermos con alzheimer
y otras demencias, enfermos de cáncer, afectados por procesos de trasplante,
SIDA, etcétera.
Área de intervención de la salud.

El trabajador social en el área de la salud encuentra un importante campo de acción, en


este sentido el profesional debe poseer una amplia formación que le permite asesorar,
gestionar, identificar, promover, educar, entre otras acciones en pro del usuario y de la
institución, por lo que su quehacer se orienta a funciones investigativas, educativas y de
participación social, gestión y administración de servicios.

Para el caso de las competencias específicas se describe teniendo en cuenta la función


y las acciones en la intervención del trabajador social. A continuación, sus desarrollos:

FUNCION ACCIONES

. Participar con el equipo interdisciplinario en proyectos de


investigación sobre la salud integral de la población y sobre los
factores de riesgo del ambiente socio-económico.

. Participar en estudios que aporten en la solución de problemas


de salud de la comunidad.

. Estudiar las características socio económicas de la población


atendida.

. Estudiar, analizar y actualizar la información sobre las


necesidades, expectativas y percepciones de los usuarios y de la
comunidad del sector donde se encuentre ubicada la institución
Investigativas como base para la programación.

. Investigar, analizar e interpretar las políticas sociales,


enmarcadas en la dinámica del contexto socio-cultural, con el
objetivo de desarrollar la capacidad crítica reflexiva frente a las
decisiones y medidas de ley se legitiman por parte del sector
salud.

. Evaluar el impacto de las medidas de ley y proponer alternativas


de atención y prevención de individuo, la familia y la comunidad
más acordes con su realidad (aborto, divorcio, menor trabajador,
aparición, y agudización de enfermedades crónicas
desprotección.

. Participar en el análisis de la información de oferta y demanda


de servicios de salud del área de influencia que permita proponer
alternativas de solución.

. Implementar actividades de educación social en la promoción


de la participación de las familias, en el conocimiento, de
detección y manejo de factores de riesgo.

. Promover la participación social y organizacional de la


Educativas y comunidad, por medio de procesos socio-educativos, a través de
de la metodología no formal de educación para adultos, en los que
participación se divulguen y discutan los derechos y deberes de las personas
social y la familia frente a la prevención, promoción, y mantenimiento de
la salud, de tal manera que puedan intervenir en la planificación,
ejecución y evaluación de los programas.

. Promover procesos de sensibilización y de capacitación intra e


institucional, orientados a cualificar la atención al usuario dentro
del sistema de seguridad social en salud.

. Participar con el equipo de salud en la programación de


actividades con base en el perfil epidemiológico y características
Gestión y socioeconómicas y culturales de la población beneficiara del
administración centro de atención.
de los
. Evaluar los programas diseñados y ejecutados por el trabajador
servicios
social y los realizados conjuntamente con las demás unidades
funcionales del centro de atención.

. Elaborar el presupuesto para proveer los recursos del área de


trabajo social.

. Diseñar y evaluar permanentemente los procedimientos de


atención al usuario especialmente en lo que se refiere a la
oportunidad y calidad de las respuestas dadas a los mismos.

. Realizar la referencia y contra referencia cuando se requiera


dentro de la estrategia de redes de servicios de salud.

. Establecer coordinación a nivel interinstitucional e intersectorial


para complementar la atención requerida por el usuario.

. Realizar remisión a usuarios de acuerdo a la problemática


social.

. Promover y orientar los procesos de organización comunitaria


que impulsen la participación de la comunidad de los servicios de
salud.
Administración . Mantener actualizado el registro y control de talento humano
del talento disponible en la institución.
humano
. Tramitar lo relacionado con comisiones, vacaciones, renuncias
y licencias para su verificación y autorización.

. Dirigir, planear, orientar, y coordinar los programas de


incentivos, bienestar social y capacitación de los funcionarios de
la institución.

Preventivas y
de atención al
usuario . Elaborar planes de tratamiento conjuntamente con el usuario y
el equipo interdisciplinario para resolver los problemas o
deficiencias del individuo o la familia.

. Informar a los usuarios sobre sus deberes y derechos.

. informar a los usuarios de los mecanismos para acceder al


sistema General de seguridad social en salud.

. Realizar actividades encaminadas a eliminar o disminuir los


riesgos de enfermedad, o las consecuencias que se pueden
derivar de la enfermedad.
Como se puede observar la intervención de trabajo social se enmarca dentro de aspectos
relacionados con los procesos de participación social, la educación, la administración y
gestión de servicios, la investigación el desarrollo del talento humano en las instituciones
de salud, la atención al usuario, en este contexto para el desarrollo de dichas funciones
y acciones es pertinente traer a la colación y en el ámbito de las competencias los
conocimientos conceptuales propios del área, de investigación , política social y el marco
legal que debe poseer el profesional para el desempeño en esta área.

En relación con los conocimientos conceptuales el siguiente cuadro presenta de una


manera general los aspectos fundamentales:

CONOCIMIENTOS TEORICOS TEMATICA

. POS/plan obligatorio de salud

. Funciones de EPS y ARS

Conceptos de seguridad social en salud . concepto y funciones de una ESE

. Preferencia y contra referencia

. Régimen subsidiado

. Salud pública y salud privada

. Sistema general de seguridad social


en salud

. Tipos de contratación con EPS

SISBEN
Conceptos de salud . Conceptos de salud y enfermedad

. Características de población
vulnerable

. Morbilidad social

. Atención domiciliaria

. Nivel de atención y prevención


(primaria, secundaria y terciaria)

. Características de población en alto


riesgo.

. Factores de riesgo generadores de


maltrato.

. Salud familiar y social.

. Promoción de la salud y prevención

de la enfermedad.

. Historia clínica

. Consulta social

. Indicadores de gestión

. Ficha social

. Visita domiciliaria

. redes primaria, secundaria y social.


.

Administración de personal

Planeación, contratación, evaluación y


seguimiento de proyectos

Evaluación de programas

Planeación estratégica

Presupuestos

Componentes de los programas de


prevención y promoción

Administración

Familia en alto riesgo

Proceso de intervención familia

Técnicas de intervención con familia

Terapia breve

Terapia de familia

Características de la violencia intra


familiar
Usos del genograma en estudio de
antecedentes e intervención
Intervención con familia
terapéutica

Enfoque sistémico

Calidad en la atención

Deberes y derechos del usuario

Derechos en seguridad social en salud

Derechos del ciudadano

SIAU sistema de atención al usuario

Mecanismos de participación en salud

Modelos de participación

Trabajo social comunitario

Veeduría comunitaria
Atención al usuario Características de pacientes con
trastorno mental

DSM4 manual de psiquiatría

Trastorno afectivo bipolar

Esquizofrenia/paranoide

Psicopatología

Trabajo social comunitario

Diagnostico social

Estudio socio familiar

Estudio socio/económico

Salud mental
Diagnostico
Áreas de intervención

Considerando las características que actualmente presenta el campo profesional, se


hace necesario establecer algunos criterios que permitan una clasificación de las áreas
de intervención que muestran su transcendencia y actualidad en la realidad social.

Los criterios que a continuación se enumeran parten de tomar en cuenta la vigencia de


los marcos conceptuales y metodológicos, así como de la capacidad de respuesta ante
los diversos cambios que han experimentado de la sociedad y de la demanda del
profesional de trabajo social.

La existencia de referentes teórico-metodológicos para explicar y abordar un conjunto de


problemas de la realidad social como resultado de una participación profesional
permanente consolidada en tiempo y espacio, por lo que implica una identificación y
legitimación de la sociedad civil con respecto ala profesión independiente de la magnitud
de la intervención social.

La utilización de conceptos y procedimientos con predominio de concepciones y


referentes empíricos configurados desde el origen de la profesión.

La atención de problemas sociales que surgen del desarrollo de la dinámica social y que
en la actualidad se han consolido como transcendentes o bien prioritarios. No obstante,
no existe la definición plena de los marcos referenciales, conceptuales y metodológicos
para su conocimiento explicación e intervención a consecuencia de que la intervención
profesional no está claramente delineada.

La presencia de un mayor número de profesionales en ciertas áreas de intervención


tradicionales y, en contraste, la inserción temprana de un número minoritario de ellos en
áreas que comúnmente no han sido abordados.

El florecimiento de área de intervención existentes o bien nuevas; que por la coyuntura


política, social y económica, enfatizan la necesidad de ser estudiadas.

A partir de estos criterios se detectan tres tipos de áreas de intervención: las


tradicionales, las potenciales y las emergentes, no sin antes de hacer la aclaración de
que algunos de estos criterios no se manifiestan de manera total y plena, aunque exista
el predominio de su contenido.

Áreas tradicionales: atienden problemas sociales abordados desde los inicios de la


profesión centrándose básicamente en la atención de las necesidades esenciales para
el hombre, mediante el manejo de manera predominante de referentes conceptuales y
metodología tradicional (caso, grupo y comunidad) y en algunas instituciones con
contenidos empíricos; sin embargo, cabe señalar que se han incorporado nuevas formas
de intervención más acordes a la dinámica social actual, por lo que son prácticas
reconocidas y legitimadas por la sociedad, concentrándose en ellas un gran número de
profesionales; como ejemplo se pueden citar las áreas de asistencia social, salud,
penitenciaría y criminológica educación, desarrollo comunitario, vivienda, servicios
sociales, etcétera.

Áreas potenciales se Abocan a problemas sociales que han estado latentes; sin
embargo, no se han abordado en toda su magnitud, lo que limita su transcendencia de
la participación profesional. Debidos a la contemporaneidad de la problemática, la
metodología tradicional presenta ajustes y adecuaciones o bien se utiliza procedimientos
novedosos poco difundidos y sistematizados, por lo que son prácticas poco identificadas
y reconocidas por la población incluso por el propio gremio; como ejemplo se pueden
enunciar: empresarial, de investigación, urbanismo, procuración e Impartición de justicia,
capacitación y desarrollo de recursos humanos y promoción social.

Áreas emergentes: se ubican en problemas y grupos sociales cuya manifestación y


repercusión no se tiene prevista; son efervescentes, urgentes y trascedentes por la
dinámica actual. Generalmente surgen por coyunturas políticas y sociales o bien por
fenómenos naturales convirtiéndose en problemas prioritarios. No existen marcos
metodológicos plenamente establecidos y definidos, por lo que la creatividad y las
recientes teorías en torno a lo social permiten generar alternativas más acordes con las
exigencias de la realidad. Entre algunas de estas áreas se pueden señalar; derechos
humanos, desarrollo municipal y regional, atención a situaciones de desastre y a grupos
vulnerables y emergentes.
Con la finalidad de precisar lo que el profesional del trabajo social en estos tipos de tres
áreas, a continuación se enlistan las actividades y funciones de algunas de ellas
describiendo y enfatizando las que son básicas, determinantes y significativas

Áreas tradicionales

Salud

Área de intervención del trabajo social que aborda el proceso, salud-enfermedad desde
una perspectiva multidisciplinaria e integral; es decir, desde un enfoque biopsicosocial,
objetivado en necesidades y problemas sociales pugnando por una salud completa de
los individuos, por lo que su accionar se orienta ala investigación socioeconómica, lo que
permite conocer los aspectos que inciden en el proceso salud-enfermedad, las gestión y
administración de los servicios de trabajo social de las diferentes unidades operativas,
así como en acciones de educación y organización social a fin de que el paciente, la
familia y la comunidad participe en proyectos tendientes a la prevención, tratamiento y
rehabilitación de la enfermedad. Entre algunas de las funciones y actividades relevantes
se pueden destacar:

Funciones Acciones

Investigación Identificar y caracterizar factores económicos sociales y

Culturales que inciden en la frecuencia y distribución de la enfermedad.

Diseñar perfiles de los usuarios de los servicios sociales.

Llevar acabo investigación evaluativa en torno a la calidad de los servicios médicos.

Participar con equipos multidisciplinarios en la elaboración diagnóstica de la salud a nivel


local, regional o nacional.

Detectar las causas y condiciones sociales que originan la falta de apego al tratamiento
socioeconómico.

Administración propiciar la coordinación institucional con el fin de


Desarrollar programas de salud integrales

Generar procesos y mecanismos de gestión social que permiten la obtención de recursos


y requerimientos, así como la asesoría y orientación de los usuarios para el uso de los
servicios médicos.

Pugnar por la eficacia de los servicios médicos.

Educación social

Desarrollar modelos preventivos de educación para la salud tanto a población cautiva


como población abierta.

Llevar a cabo acciones de capacitación que permitan habilitar tanto al paciente como ala
familia ante los requerimientos del tratamiento socio médico.

Asistencia

Valorar el otorgamiento de servicios a partir de estudios socioeconómicos y


psicosociales.

Canalización de pacientes a otras instituciones médicas.

Proveer servicios de apoyo (ambulancias, agencias funerarias, medicamentos, aparatos,


etcétera.)

6. ESTUDIO DE CASOS
7. AGENDA INSTITUCIONAL
INSTITUCIÓN DIRECCIÓN TELEFONO

Hospital General de Av. Ferrocarril s/n 984-02-46


Mazatlán, “Dr. Col. Santa Elena
Martiniano Carvajal” 984-30-28
984-30-28
Centro de Salud Calle Benito Juárez y 981-20-50
Urbano de Mazatlán Miguel Hidalgo s/n
(Secretaría de Col. Centro 981-34-56
Salud)

Centro Estatal de la Av. Américas y (669) 84-02-62


Transfusión Ferrocarril núm.
Sanguínea en 2001-B Col. Sta. 986-05-82
Sinaloa Elena (enseguida
Hospital de Gral.
Mazatlán).

Unidad Médica Av. Américas y (669) 668-03-31


Hemodiálisis Ferrocarril núm. 2002
Mazatlán Col. Sta. Elena
(frente al Hospital
Gral. Mazatlán).

Clínica Ambulatoria Av. Ferrocarril s/n Col. (669) 981-60-00


para Prevención del Sta. Elena
SIDA y Atención de
Infecciones de
Transmisión Sexual.

Centro de Salud Calle 13 de Mayo No (669) 981-56-51


Urbano Unidad 113 col. Montuosa
Montuosa
Centro de Salud Calle Durango y (669) 9805690
Urbano Unidad 20 zacatecas s/n Col. 20 de
de Noviembre Noviembre
Centro de Salud Calle Cerrada del (669) 982-59-33
Urbano Unidad parque s/n Colonia
Urías Urías
Centro de Salud Panuco, Concordia (669) 98-00-59
Rural Unidad Sinaloa
Panuco
Domicilio Conocido S/N

Centro de Salud Ave. Principal y Calle


Rural Isla de la Clínica s/n Ejido Isla de
Piedra la Piedra
Centro de Salud Calle 21 de Marzo y
Rural Villa Unión Francisco I. Madero s/n
Villa Unión
Centro de Salud Calle Miguel Hidalgo
Rural Siqueros s/n Comunidad
Siqueros

Centro de Salud Calle Cruz Lizárraga (669) 88-56-24


Rural El Recodo s/n El Recodo
Mazatlán, Sinaloa

Centro de Salud Carretera Mazatlán-


Rural La Cofradía El Recodo Domicilio
Conocido

Centro de Salud Calle Gabriel Leyva


Rural Aguacaliente s/n Agua caliente de
de Garate Garate, Mazatlán,
Sinaloa.

Centro de Salud Domicilio Conocido


Rural Mesillas Mesillas, Concordia,
Sinaloa
Centro de Salud Carretera
Rural La Concepción Concordia-Tepuxta
Calle principal s/n

Centro de Salud Carretera


Rural Tepuxta Concordia-Tepuxta
Frente a la
Secundaria s/n
Centro de Salud La petaca Domicilio
Rural La Petaca conocido a un lado
de la iglesia
parroquial

Centro de Salud Carretera Mazatlán-


Rural El Palmito Durango

Instituto Mexicano Clínica núm. 03: Av. (669) 984-78-65


del Seguro Social Ejército Mexicano
(IMSS). s/n T 984-78-66

Clínica núm. 45: Av. (669) 982-51-06


del Mar núm. 500
Col. Centro 982-52-49

Instituto de Av. Mazatlán y Carr.


Seguridad Social y Internacional s/n (669) 983-10-90
Servicios para los Fovissste Playa
Trabajadores del Azul.
Estado (ISSSTE)
Hospital Municipal Av. Insurgentes y
“Margarita Maza de Juan Escutia s/n Col. (669) 983-45-76
Juárez” (Hospitalito Benito Juárez
de la Juárez)

Hospital Naval de Calle Armada de


Mazatlán México y Niños (669) 983-78-88
Héroes s/n
Hospital Militar, Calle Venus y Calle (669) 981-20-79
Secretaría de la Ángel Flores Col.
Defensa Nacional Centro 982-54-44
(SEDENA).
Salud Mental para la Calle Corona, núm.
Familia (DIF). 1729, Col. Centro (669) 982-21-11
Unidades básicas de Calle Benito Juárez
rehabilitación, DIF y s/n dentro de Palacio
Consultorio médico Federal, Col. Centro

Operadora Oceánica Estero La Escopama


Internacional SA de s/n (669) 989-88-00
CV
Traslada-Servicio de Calle Benito Juárez
Transporte (DIF) s/n Col. Centro,
instalaciones del DIF.
Centro de Calle Benito Juárez y
Información del Miguel Hidalgo s/n,
SIDA (CISIDA) Col. Centro (dentro (669)981-60-00
de las instalaciones
del Centro de salud).

Centro Psicológico Calle Ramón Corona, (669) 982-21-11


DIF núm. 1729 Col.
Centro (oficina
central en Palacio
Federal).

Dispensario Médico Av. Ejército Mexicano


de la UAS y Av. de los Deportes
s/n. Instalaciones de
la Escuela de
Enfermería.

Fundación sin VIH- Calle Mariano (669) 982-52-36


SIDA, AC Escobedo núm. 286
poniente, Centro 136-01-06
Histórico
Instituciones de asistencia social que prestan servicios de salud

INSTITUCION DOMICILIO TELEFONO MISION Y VISION


Centro de Atención a Ejército . (669) 985-50-55
Víctimas de Violencia Mexicano,
Intrafamiliar (CAVI) núm. 2117,
altos, Col.
Palos Prietos.

Comisión Estatal los Calle


de Amistad,
núm. 1166, local
Derechos Humanos de
3, planta alta, Col. (669) 986-85-99
Sinaloa. (derechos humanos) Adolfo López
Mateos

Desarrollo Integral de la Calle Benito


Familia (DIF). Juárez, s/n
interior Palacio (669) 982-21-11
Federal, Col.
Centro

Instituto Nacional para los Calle


Adultos Mayores (INAPAM, Constitución
DIF) núm. 1029 Col.
Centro (entre (669) 82-27-33
Carvajal y
Rosales)

Alcance Victoria, AC Calle Rio


Mocorito núm.
57, Col.
Insurgentes.
Avenida Santa
rosa s/n Col.
Burócrata

Centros de Integración Calle María


Juvenil de Sinaloa AC (CIJ) Eugenia Moreno (669) 984-42-65
(asistencia social y s/n Col. Periodista
comunidad)
Clínica Promesas, AC. Camino al
Observatorio (669) 981-03-20
núm. 117 Col.
Cerro del Vigía 982-69-67

Drogadictos Anónimos en Calle Toma de


Superación, AC Agua Prieta y
Santa Rosa
núm.2298, Col.
Francisco Villa

Neuróticos Anónimos, AC Calle Genaro


Estrada núm.
714 altos, Col.
Centro

Unión de Centro de Calle Privada Tel. (669) 984-12-


Rehabilitación para de la Puntilla, 27 y 980-47-83
Drogadictos y Alcohólicos, núm. 1514 Col.
AC Constitución
Programa de Atención a Benito Juárez Tel. (669) 982-21-
Personas Discapacitadas s/n Col. Centro, 11 Ext. 1230
(DIF) (ASISTENCIA SOCIAL interior del
CON ACCIONES DE Palacio
SALUD) Federal
Centro de Atención a Av. El Toreo, Tel. (669)112-03-
Víctimas Sinaloa. (Jurídico núm. 402, 67 y 112-08-70
penitenciario, salud, entre calles
asistencia social, equidad y Curro Rivera y
género) Luis Castro,
Fracc. El Toreo

Opiniones personales
Paloma Somoza Osuna
Los conceptos que investigamos son del conocimiento general, sin embargo aplicándolos
al ámbito del trabajo social nos percatamos de significados más específicos con salud,
ya que nuestra brigada escogió ese campo laboral que hacen.

Con estos conceptos nos queda claro del trabajo social enfocado en el área de salud
como lo son enfermedades de vías de transmisión sexual, educación para la salud,
medicina preventiva, seguridad social, salud pública, salud, enfermedad, enfermedades
crónicas degenerativa, etc. En una parte general que también se relaciona con el tema,
se investigan los conceptos de: ciudadanía, democracia, discriminación, marginación,
género, diversidad cultural, equidad y pobreza.

En el caso de los marcos normativos

Ignacio Enrique Campos Quevedo

Desde las funciones, acciones y competencias, que fue el tema que me tocó coordinar,
aprendí que el Trabajo Social en el área de la Salud es de suma importancia, ya que es
vital para ayudar a la persona o personas que necesitan el apoyo, debemos utilizar las
herramientas que hay a nuestro alcance y con esta dejar satisfecha a la o las personas,
quizá no haya los recursos necesarios para poder ayudar, pero con lo que tenemos a la
mano haremos lo mejor que está en nuestras manos.

Los conceptos investigados nos das diferentes puntos de vista de cada persona, por lo
que nos da una perspectiva más amplia, así comprendemos con mayor facilidad.

Karely Mercedes Alonso Gamboa


En la realización de este trabajo y sobre los conceptos que me toco investigar, las
funciones, acciones y competencias he comprendido la importancia que tiene el
trabajador social en el área de salud y el gran conocimiento que se debe tener en esto,
he aprendido conceptos que creía conocer, pero en realidad no conocía nada sobre el
tema, me intereso mucho buscar los conceptos ya que me hizo hacer conciencia de
muchas cosas que son muy importantes y en realidad lo tomamos a la ligera , como son
el los temas de marginación y pobreza y como es que un trabajador social puedo ayudar
en esos casos. También ser trabajador social es una labor muy humanista por que
ayudan a buscar soluciones y si está a su alcance para poder ofrecerte ayudar.
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