Demanda de Desalojo 1
Demanda de Desalojo 1
Demanda de Desalojo 1
Expediente N:
Cuaderno: Principal
Escrito
N:1
Sumilla: Demanda de desalojo por falta de
pago.
1. El seor Jos Ruiz Suarez, es propietaria del inmueble urbano de 300 m 2 de rea,
ubicado en la calle Ciro Alegra N 243-, de Pedregal Centro del Distrito de Majes, el
cual se encuentra registrado a nombre del demandante, segn ficha registral N 4030
de los Registros Pblicos del Distrito de Majes.
2. Que, en virtud del contrato de arrendamiento de fecha 1 de octubre de 2015,
celebrado entre las partes, el demandante arrendo al demandado el inmueble de su
propiedad ubicado calle Ciro Alegra N 243.de Pedregal Centro DEL DISTRITO DE
MAJES, con ficha registral N4030 del Registro Pblicos del Distrito de Majes, siendo
la renta correspondiente de US$ 1,400.00 (MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS
SOLES) mensuales, la misma que, conforme lo seala la clusula cuarta de dicho
contrato, debe ser pagada el primer da til de cada mes.
3. El inmueble materia de la demanda se entreg al demandado en buen estado de
conservacin y con todos los bienes accesorios propios de una casa habitacin. Al
trmino del contrato mencionado se estableci que el demandado deba devolver el
inmueble en iguales condiciones en que lo recibi.
4. Que el demandado ha dejado de pagar la renta convenida correspondiente a los
meses de junio, julio y agosto de 2016, habiendo incurrido en causal de resolucin del
contrato de arrendamiento indicado.
5. Con fecha 25 de agosto se les notific notarialmente al demandado sobre la
resolucin de contrato y la devolucin del inmueble materia de la demanda.
6. Se debe tener en cuenta que conforme lo seala la doctrina en el proceso de
desalojo se busca resolver un litigio cuyo objeto es la restitucin de un predio a su
legtimo usuario, quien exige la devolucin del uso a quien viene ocupndolo sin justo
ttulo o habiendo perdido este. (SAGASTEGUI URTEAGA, Pedro (2006): Proceso de
Desalojo. LEJ. Lima Pg. 9)
III.- FUNDAMENTOS JURDICOS
Constitucin:
1. Conforme lo seala el artculo 70 de la Constitucin que garantiza el derecho a la
propiedad, me encuentro privado de la misma al no poder hacer uso y disfrute de mi
bien inmueble.
2.- Concordante con el artculo 2 inciso 16 referido al derecho a la propiedad, derecho
del cual me encuentro investido conforme al ttulo que acompao a la presente
demanda
Cdigo Civil:
1.- Conforme lo establece el artculo 923 del Cdigo Civil, el cual define el derecho de
la propiedad, me encuentro impedido de usar y disfrutar de este derecho, ante la
imposibilidad de detentar el mismo
2.- El artculo 1666 C.C. define el arrendamiento contrato que ha sido suscrito por mi
persona en calidad de arrendador con la persona del demandado en calidad de
arrendatario...
3.-El artculo 168 C.C. El acto jurdico debe ser interpretado de acuerdo con lo
El presente proceso deber tramitarse bajo las reglas del proceso SUMARISIMO
V. MONTO DEL PETITORIO
Solicito se me abone la suma de 5.600(CINCO MIL SEISCIENTOS 00/100 NUEVOS
SOLES) por las rentas dejadas de pagar.
Y de 3.150 (TRES MIL CIENTO CINCUENTA 00/100 NUEVOS SOLES) por concepto
de la clusula penal.
TOTAL: 8.750 (OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA 00/100 NUEVOS SOLES)
VI.- MEDIOS DE PRUEBA
Ofrecemos los siguientes medios de prueba:
1. El mrito del Contrato de Arrendamiento de fecha 01 de octubre del 2015, celebrado
con el demandado. Documento que demuestra la existencia de una relacin
contractual en la que se establece que la falta de pago tiene una casual de resolucin
de contrato de arrendamiento.
2. Copia de la ficha registral N 4030, expedida el 27 de agosto de 2016 por los
Registros Pblicos del Distrito de Majes, documento que acredita la condicin de
propietario de la recurrente, respecto del bien materia de la presente demanda.
3. Copia de la Carta Notarial entregado a los demandados en aviso al fin del contrato y
la devolucin del inmueble.
VI.-ANEXOS:
1.A Copia del DNI del recurrente.
1. B. copia del Contrato de Arrendamiento de fecha 01 de octubre del 2015, celebrado
con el demandado
1. C. Copia de la ficha de fecha 27 de agosto de 2016, expedida por los Registros
Pblicos del Distrito de Majes.
1. D. Copia de la Carta Notarial de fecha 17 de agosto del 2016.
1. E. Aranceles Judiciales por ofrecimiento de Pruebas y por cedulas de notificacin
POR TANTO:
Al Juzgado, pedimos admitir la presente demanda y declararla fundada en su
oportunidad.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Conste por el presente contrato que celebran de una parte como ARRENDADOR el
Sr. JOS RUIZ SUREZ identificado con DNI N15350761, con domicilio real en Jr.
El Pescador N 210 de Pedregal Centro del Distrito de Majes y la otra parte como EL
ARRENDATARIO, el seor, Jess Yauri Baldeon, identificado con DNI N 56742431
y domiciliado en la Calle Ciro Alegra N 243 de Pedregal Centro del Distrito de
MAJES; quienes convienen de mutuo acuerdo y regulado por las leyes vigentes sobre
la materia, en los trminos y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES:
PRIMERA.- EL ARRENDADOR es propietario del inmueble ubicado en la calle Ciro
Alegra N 243-, de Pedregal centro del Distrito de Majes, Provincia de Caylloma y
Departamento de Arequipa, el mismo que se encuentra inscrito con la Partida registral
N 4030, del Registro de la Propiedad Inmueble del Distrito de Majes, cuya rea,
linderos y medidas perimtricas se hallan consignadas en el referido documento
registral.
SEGUNDA.- EL ARRENDADOR deja constancia que el inmueble al que se
refiere la clusula anterior cuenta con seis ambientes debidamente distribuidos y con
permetro cercado; esta se encuentra desocupada, en buen estado de conservacin y
habitabilidad, y sin mayor desgaste que el producido por el uso normal y ordinario.
DNI N
DNI N
CARTA NOTARIAL
Arequipa, 25 de agosto de 2016
Seor: Jess Yauri Baldeon
Identificado con DNI N 56742431, domiciliado en la Calle Ciro Alegra N 243 de
Pedregal Centro del Distrito de Majes
DE MI MAYOR CONSIDERACIN:
Por intermedio del presente conducto Notarial lo REQUIERO la desocupacin y
entrega del inmueble de mi propiedad ubicado en Calle Ciro Alegra N 243 de
Pedregal Centro del Distrito de Majes, Provincia de Caylloma; debidamente inscrito en
la Partida Registral N 4030 del Registro de Predios Urbanos de la Oficina Registral
del Distrito de Majes.
Resulta de su conocimiento que usted est ocupando de manera ilegal, arbitraria y sin
ttulo, ni documento que lo justifique la posesin del inmueble de mi propiedad (que
acredito con la Partida Registral N 4030), ostentando por tanto la calidad de
ocupante precario al amparo de las disposiciones legales vigentes; En dicho contexto,
le otorgo el plazo de QUINCE DIAS naturales a efectos de que procesa a su
desocupacin y entrega del citado inmueble.
En el contexto precedente le requiero, se abstenga de efectuar
construcciones o edificaciones en mi predio, puesto las mismas sern consideradas de
mala fe y sern objeto de demolicin posteriormente, en ejercicio de las acciones
legales en salvaguardia de mi derecho de propiedad.
En caso de su renuencia a desocupar y entregar el inmueble, as
como a proseguir efectuando construcciones con los materiales de mi propiedad,
proceder ejercer las acciones legales contra usted y dems ocupantes ante el Poder
Judicial, solicitando el desalojo por ocupante precario, as como la correspondiente
accin indemnizatoria de daos y perjuicios generados con los actos de despojo del
cual fui objeto.
Sin otro particular me despido de usted.
ATENTAMENTE.
JOS RUIZ SUREZ
DNI N 15350761
Domicilio Procesal (Casilla electrnica N 4532)
Firma de
Jos Ruiz Suarez