Familia Romano Germanico
Familia Romano Germanico
Familia Romano Germanico
El
derecho
comparado
tiene
una
importancia
formativa
extraordinaria,
OBJETIVOS
Objetivo General
Conocer sobre la Estructura de la Familia Romano-Germnica, como base de la
primera familia jurdica, en el Derecho Comparado.
Objetivos Especfico
Valorar la Influencias de la familia Romano-Germnica
Identificar los Periodos Histricos de la Familia Romano-Germnica
Establecer como estaba Estructurada la Familia Romano-Germnica
ANTECEDESTEN HISTORICO
Este derecho se form en Europa Continental, y an hoy sigue siendo su principal
centro de irradiacin. La familia de derecho romano-germnico es la ms antigua,
nace en el 450 A. C. conjuntamente con la publicacin de la Ley de las XII Tablas
en Roma.
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renovndose.
Junto
al
"ius
civile"
surgen
nuevos
Desde la Alta Edad Media, el Sacro Imperio se caracteriz por una peculiar
coexistencia entre emperador y poderes locales. A diferencia de los gobernantes
de la Francia Occidentalis, que ms tarde se convertira en Francia, el emperador
nunca obtuvo el control directo sobre los Estados que oficialmente regentaba.
De hecho, desde sus inicios se vio obligado a ceder ms y ms poderes a los
duques y sus territorios. Dicho proceso empezara en el siglo XII, concluyendo en
gran medida con la paz de Westfalia (1648). Oficialmente, el Imperio o Reich se
compona del rey, que haba de ser coronado emperador por el papa (hasta
1508), y los Reichsstnde (Estados imperiales).
Sistema Romano-Germano.
Este sistema tambin es conocido con el nombre de Sistema Continental. Este
sistema se basa en la ley y tiene su origen en los pases de la Europa occidental
que conformaron parte del Imperio Romano.
Familia Romano-Germnica.
Es la primera de las familias que encontramos en el mundo contemporneo.
Los sistemas romano-germnicas son los herederos del derecho romano,
cuya evolucin han completado, pero no son su copia, tanto ms cuanto se han
incorporado elementos procedentes de otros derechos.
Influencias De Familia Romano-Germnica . Los sistemas romanogermnicas son los herederos del derecho romano, cuya evolucin han
completado, pero no son su copia, tanto ms cuanto se han incorporado
elementos procedentes de otros derechos.
La costumbre tambin forma parte de las fuentes del Derecho, por lo que hay que
tenerla en cuenta cuando se va a aplicar el Derecho y no slo a la codificacin,
que en las mayoras de los casos ignora la tradicin al creerse que la ley debe ser
la fuente exclusiva del Derecho.
Al reconocer la misin creadora del juez se le est dando importancia a la
tradicin; debido que nadie cree hoy da que la ley sea la nica fuente del
Derecho, ni que los cdigos han enarnado la perfeccin de la razn.
Los cdigos y las leyes constituyen la voluntad del legislador, mientras que el
Derecho es la justicia, es algo ms que la ley y debe descubrirse con el esfuerzo
comn de todos los juristas, de todos los que colaboran en la administracin de la
justicia. La ley, la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina y los principios
superiores del Derecho son trascendentales en su papel de fuentes del Derecho
romano-germnico.
Estas fuentes del Derecho romano, tambin constituyen las fuentes de las dems
familias de Derecho. Al analizar la familia de Derecho del Common Law,
encontramos que la Jurisprudencia es la fuente principal para esta familia de
Derecho y la equidad como fuente secundaria; pero que la doctrina, la costumbre,
la ley los principios superiores del Derecho tambin constituyen fuente del
Derecho del Common Law, al igual para la familia de Derecho Socialista.
Esta familia de Derecho toma como su fuente principal la voluntad erigida en ley,
siendo la ley la principal fuente de este Derecho.
CONCLUSIN
Derecho
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Sin embargo, siempre ha existido inters por el por el estudio de esta rama del
Derecho. Segn la tradicin, la redaccin de las leyes de Soln y de las Doce
tablas fue precedida por investigaciones propias del Derecho Comparado.
El xito notable alcanzado en las ltimas dcadas por esta parte del Derecho hay
que atribuirlo a la necesidad que sienten los juristas de restituir a la
ciencia jurdica su anterior universalismo; aunque debe aclararse que la
unificacin internacional del Derecho; es algo casi imposible, a lo ms que puede
aspirarse es al logro de algunos resultados concretos entre pases vinculados por
una tradicin jurdica comn.
Al finalizar nuestro trabajo de investigacin, acerca de "La Formacin, desarrollo,
trascendencia y caracterstica de la familia de derecho romano-germnica",
hemos podido comparar los diferentes sistemas de derecho con la familia de
derecho romano-germnica, a la vez pudimos conocer que sta familia ha sido
fuente de otras familias de derecho, es decir, que el sistema de derecho romanogermnico ha intervenido grandemente en los dems sistemas jurdicos del
mundo, contribuyendo a la formacin, expansin, divulgacin y caracterstica de
estas familias de derecho.
Nuestro anlisis se fundament en indagar sobre el origen de la familia romanogermnica, como la codificacin constituy la tcnica que permitira el
conocimiento de cualquier problema y ser resuelto mediante un conjunto
coherente de normas jurdicas concebidas como normas de conductas vinculadas
estrechamente a las preocupaciones de justicia y de moral.
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BIBLIOGRAFA
Garca
Moran,
Gloria. Cuestiones
actuales
de
Derecho
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