Asmeb30 22-2010
Asmeb30 22-2010
Asmeb30 22-2010
22-2010
(Revisin de ASME
B30.22-2005)
UNA
NORMA
NACIONAL
A
AMERICAN
New York, NY
La siguiente edicin de este estndar est programada para ser publicada en el 2015.este
estndar entrar en vigencia 1 ao despus de la fecha de expedicin. No habr adenda
relacionado a esta edicin.
ASME emite respuestas escritas para consultas en lo que respecta a las interpretaciones de
los aspectos tcnicos de sta norma. Las interpretaciones son publicadas en el portal virtual
de ASME bajo las pginas de la comisin en http://cstools.asme.org como estn emitidas, y
estas tambin sern publicadas dentro de la siguiente edicin del estndar.
ASME es la marca registrada de The American Society of Mechanical Engineers.
Este cdigo o norma fue desarrollado bajo procedimientos acreditados cumpliendo con los
criterios para las Normas Nacionales Norteamericanas. El Comit de Normas que aprob el
cdigo o norma fue equilibrado para asegurar que individuos de intereses competentes y
concernientes hubieran tenido oportunidad de participar. El cdigo o norma propuesta se
puso a disposicin pblica para revisin y comentarios dndole una oportunidad al aporte
pblico adicional proveniente de la industria, la academia, las agencias reguladoras, y el
pblico en general.
ASME no "aprueba, "califica", o endosa ningn artculo, construccin, dispositivo propio, o
actividad.
ASME no toma ninguna posicin con respecto a la validez de ningn derecho de patente
impuesto en conexin a con ninguno de los artculos mencionados en este documento, y no
se compromete a asegurar a ninguno que utilice una norma contra responsabilidades por
violacin a de cualquier patente de letra aplicable, ni asume dicha responsabilidad. A los
usuarios de un cdigo o norma se les advierte de manera expresa que la determinacin de
la validez de cualquier derecho patente, y el riesgo de infringir dichos derechos, es de su
entera responsabilidad.
La participacin de representantes de agencias federales o personas afiliadas a la industria
no debe interpretarse como uno endoso del gobierno o de la industria a este cdigo o
norma.
ASME slo acepta responsabilidad para aquellas interpretaciones de este documento que
se emitan de acuerdo con los procedimientos y polticas establecidos por ASME, que
precluyen la emisin de interpretaciones por parte de individuos.
CONTENIDOS
Prefacio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . V
Lista del Comit. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . VI
Introduccin. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . VIII
Resumen de los Cambios. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . XI
Captulo 22-1
32
PREFACIO
Esta Norma Nacional Americana, Norma de Seguridad para Cable-vas, Gras, Gras fijas,
Malacates, Ganchos, Gatos, y Eslingas, ha sido desarrollada bajo los procedimientos
acreditados por el Instituto Americano de Normas Nacionales (anteriormente Instituto de
Normas de los Estados Unidos Amrica). Esta Norma tuvo su inicio en diciembre de 1916
cuando a la reunin anual de ASME se present un Cdigo de ocho pginas de Normas de
Seguridad para Gras, preparado por un Comit de ASME sobre la Proteccin de Obreros
Industriales.
Desde 1920 hasta 1925 se sostuvieron reuniones y discusiones relacionadas con la
seguridad en las gras, Gras fijas y malacates, involucrando el Comit de Correlacin del
Cdigo de Seguridad de ASME, Asociacin de Ingenieros Elctricos del Hierro y el Acero, el
Museo Americano de Seguridad, el Comit de Normas de Ingeniera americano (que
despus cambi a la Asociacin de Normas americana y posteriormente al Instituto de
Normas de EE.UU.). Departamento de Trabajo - Estado de Nueva Jersey, Departamento de
Trabajo e Industria - Estado de Pennsylvania, y la Asociacin de Fabricantes de Gras
Locomotoras. El 11 de junio de 1925, el Comit de Normas de Ingeniera americano aprob
la recomendacin del Comit de Correlacin del Cdigo de Seguridad ASME y autoriz el
proyecto con el patrocinio del Departamento americano de la Armada, Agencia de Patios y
Muelles, y ASME
En marzo de 1926, se emitieron invitaciones a 50 organizaciones para que nombraran
representantes a un Comit de Seccional. El llamado para la organizacin de este Comit
Seccional se envi el 2 de octubre de 1926, y el comit se organiz el 4 de noviembre de
1926, con 57 miembros que representan 29 organizaciones nacionales. El Cdigo de
Seguridad para Gras, Gras fijas y Malacates, ASA B30.2-1943, se cre partiendo del
documento de ocho pginas al que se hace referencia en el primer prrafo. Este documento
se reafirm en 1952 y fue ampliamente aceptado como una norma de seguridad.
Debido a los cambios en el diseo, el avance en las tcnicas, y el inters general de los
gremios laborales y la industria en la seguridad, el Comit Seccional, bajo el patrocinio
conjunto de ASME y el Comando de Ingeniera de las Instalaciones Navales, el
Departamento americano de la Armada, se reorganiz como el Comit de Normas
Nacionales americano el 31 de enero de 1962, con 39 miembros que representan 27
organizaciones nacionales.
El formato del cdigo anterior se cambi para que normas separadas (cada una
completa en lo que respecta la construccin e instalacin; inspeccin, prueba, y
mantenimiento; y operacin) cubran los diferentes tipos de equipo incluidos en el alcance de
B30.
En 1982, el Comit se reorganiz como Comit Acreditado de la Organizacin,
operando bajo los procedimientos desarrollados por ASME y acreditados por el Instituto
americano de Normas Nacionales.
Esta Norma presenta un conjunto coordinado de reglas que pueden servir como gua al
gobierno y a otros entes reguladores y autoridades municipales responsables de la
vigilancia e inspeccin del equipo que se encuentra dentro de su alcance. Las sugerencias
que llevan a la prevencin de accidentes se dan como estipulaciones tanto obligatorias
como de asesora; los patronos pueden requerir que sus empleados cumplan con ambos
tipos de estipulaciones.
Seccin I: Alcance
El estndar ASME B30 contiene provisiones que aplican a la construccin, instalacin,
operacin, inspeccin, prueba, mantenimiento y uso de gras y otros relacionados con el
izaje de material. Para la conveniencia del lector, este estndar ha sido dividido en
volmenes separados. Cada volumen ha sido escrito bajo la direccin del comit estndar
ASME B30 y ha sido exitosamente completado en proceso de aprobacin y consenso bajo
el auspicio general del Instituto Nacional Americano de estndares (ANSI).
A la fecha de publicacin de este volumen, el estndar B30 compila los siguientes
volmenes:
B30.1 Gatos, Rodamientos industriales, rodamientos areos y gras de caballete
hidrulico.
B30.2 Puente gras y Gras de Caballete (Puente de recorrido elevado, Viga Sencilla o
Mltiple, Malacate colgante de recorrido elevado)
B30.3 Torre gras
B30.4 Gras de portal y de Pedestal
B30.5 Gras mviles y Locomotoras
B30.6 Gras Fijas
B30.7 Gras fijas de Tambor Montadas sobre una base
B30.8 Gras flotantes y Gras fijas Flotantes
B30.9 Eslingas
B30.10 Ganchos
B30.11 Monorrieles y gras de polipasto colgante.
B30.12 Manejo de Cargas Suspendidas Desde un Rotorcraft
B30.13 Mquinas de Almacenamiento/Recuperacin (S/R) y Equipo Asociado
B30.14 Tractores de pluma lateral
B30.15 Gras Hidrulicas mviles (Retirado. Requerimientos encontrados en la ltima
revisin de B30.5. )
B30.16 Gras elevadas (Colgante)
B30.17 Gras elevadas y Gras de Caballete (Puente de recorrido elevado, Viga sencilla,
Malacates elevado y polipasto colgante)
B30.18 Gras apiladoras (Puente de recorrido elevado o suspendido, Viga Mltiple Con
Malacate colgante elevado o suspendido)
B3019 Cablevas
B3020 Dispositivos de Izaje por debajo del Gancho
B3021 Malacates Operados con Palanca Manual
B3022 Gras de Pluma Articulada
B3023 Sistemas para el izaje de personal
B30.24
B30.25
B30.26
B30.27
B30.28
B30.29
(a) Fecha de entrada en vigencia. La fecha de entrada en vigencia de este volumen con el
propsito de definir las instalaciones nuevas y existentes ser 1 ao despus de su fecha de
emisin. La construccin, instalacin, inspeccin, prueba, mantenimiento, y operacin del
equipo fabricado y de las instalaciones construidas despus de la fecha de entrada en
vigencia de este volumen deber cumplir con los requisitos obligatorios del mismo.
(b) Instalaciones Existentes. La inspeccin, prueba, mantenimiento, y operacin de equipo
fabricado y de instalaciones construidas antes de la fecha de entrada en vigencia de este
volumen estar sujeta a la inspeccin, prueba, mantenimiento y requerimientos operativos
de esta norma despus de la fecha efectiva.
Este volumen no busca exigir retro ajuste de equipo existente. Sin embargo, cuando se est
modificando un tem, se debe revisar su requerimiento de desempeo con respecto al
volumen actual. Si el desempeo difiere substancialmente, una persona calificada
seleccionada por el dueo (usuario) debe evaluar la necesidad de satisfacer el requisito
actual. Los cambios recomendados sern evaluados por una persona calificada
seleccionada por el propietario (usuario) Los cambios recomendados deben ser realizados
por el propietario ( usuario ) en un perodo de 1 ao.
Hasta que sea recibido por la secretaria, la peticin ser enviada al subcomit B30 para
tomar consideracin y accin. La correspondencia ser provista para el que realiza la
peticin definiendo las acciones tomadas por el comit e estndar B30.
ASME B30.22-2000
RESUMEN DE CAMBIOS
Con la aprobacin del comite ASME B30 y ASME, y despus de la revisin pblica, ASME
B30.22-2010 fue aprobada por el Instituto Nacional Americano de normas en Septiembre20,
2010.
En ASME B30 22-2010, las figuras y tablas han sido rediseadas. ASME B30.22-2010
tambin incluye los cambios editoriales, las revisiones, y las correcciones, las cuales son
identificadas por una nota al margen, (10).
Pgina
Ubicacin
Cambio
ix-xi
Introduccin
Revisado en su totalidad
Seccin22-01
Revisado
22-02.1
Figura 22-02.1-1
Figura 22-02.1-2
Figura 22-02.1-3
Revisado
Revisado
Revisado
(1) Definicin del dispositivo anti
two bloque; mnima fuerza
de rompimiento, ayuda
operacional, sistema de
proteccin de sobrecarga,
indicador de capacidad
nominal, y el limitador de
capacidad nominal fueron
agregados.
22-0.2.1-2
Seccin 22-0.5
15
22-1.1.1
Revisado
Revisado
18, 19
22-1.1.3
Revisado
22-1.2.3
Revisado
(1) Subprrafo ( c )
Revisado
Seccin 22-1.5
22-1.5.1
22-1.5.2
Revisin del
encabezado
22-1.5.3
Revisin en su totalidad
22-1.5.6
Subprrafos (a) y
(e)revisados
22-1.6.1
20
22-1.6.3
Revisado en su totalidad
22-1.7.1
Revisado
22-1.8.2
Revisado
Agregado
22-1.8. 5
21
22-1.7
22-24
Seccin 22-2.1
22-2.2.1
22-2.2.2
Seccin 22-2.3
Seccin 22-2.4
Revisado en su totalidad
Captulo 22-3
27-36
GRAS TELESCPICAS ARTICULADAS
Captulo 22-0
Alcance, Definiciones, y Referencias
Montada en una base desplazable: una gra que consiste de un mstil giratorio, una
pluma, un marco principal o una base, y una o ms estaciones de operador, montada en
una base desplazable. La funcin es izar, bajar, y balancear cargas a diferentes radios.
Vase la Fig. 22-0.2.1- 7.
Montada sobre ruedas u orugas (mltiples estaciones de control): una gra que
consiste de un mstil giratorio, un marco principal o una base, la estacin del operador, y
una pluma, montada en un portador que no transita en carretera equipado con ejes, ruedas
de caucho, u orugas para transitar, una fuente de potencia, con estaciones separadas para
su conduccin y operacin. Su funcin es izar, bajar, y balancear cargas a diferentes radios.
Vase las Figuras 22-0.2.1-8 y 22-0.2.1-9.
Montada sobre ruedas u orugas (una sola estacin de control): una gra, que consiste
de un mstil giratorio, sistema informtico grande o base, y pluma, montado en un portador
que no transita en carretera equipado con ejes, ruedas de caucho u orugas para transitar,
una fuente de potencia con una sola estacin de control para su conduccin y operacin. Su
funcin es izar, bajar, y balancear cargas a diferentes radios. Vase las Figuras 22-0.2.1-10
y 22-0.2.1-11.
22-0.2.2 Definiciones Generales
Accesorio: una parte o ensamblaje secundario de partes que contribuyen a la funcin y
utilidad general de una gra.
Autoridad regulatoria o Administrativa: agencia gubernamental o de empleador en ausencia
de jurisdiccin gubernamental.
Dispositivo Anti two bloque: Un dispositivo que, cuando es activado, desengrana todas las
funciones de la gra cuyos movimientos puedan causar doble bloque.
Elctricamente aislado: una propiedad del material que se relaciona con la habilidad del
material de resistirse a la conduccin de electricidad.
Punto de brida: un punto de contacto entre el cable y la brida del tambor dnde el cable
cambia de capa.
Pluma interna: el miembro estructural, adjunto al mstil que soporta la(s) pluma(s)
externa(s).
Cilindro de izado de la pluma interna: el cilindro hidrulico que levanta la pluma interna.
Pivote de pluma interna: el pasador horizontal sobre el cual se levanta o se baja la pluma
interna con respecto al mstil.
Brazo (brazo de extensin): un ensamblaje de pluma fija o articulada con o sin secciones
telescpicas extensibles que se encuentra pegada a la pluma externa.
Carga de trabajo: la carga externa en libras (kg) aplicada a la gra, incluyendo el peso del
equipo de carga adjunto como las eslingas, los sujetadores de estibas, y las agarraderas.
10
11
Marco principal (base): la base estacionaria de la gra que apoya el mstil o la plataforma
giratoria.
Mstil: un marco que se usa para apoyar una pluma del marco principal o base.
Fuerza de ruptura mnima: la carga mnima con la cual un cable nuevo o sin uso se romper
cuando sea cargado para destruccin en tensin directa.
Designacin del modelo: nmero de modelo del fabricante para una gra telescpica
articulada.
Viga de montaje o de suspensin: un miembro estructural que se usa en un concepto de
montaje de tres puntos que permite que el marco del chasis gire y transfiera la carga de la
gra a las barras del chasis.
Estructura de montaje: estructura en la que est montada la gra.
Aditamento que no es de carga: dispositivos adjuntos a la gra que realizan otras
funciones diferentes a las de izar carga, tales como barrenos, pisones, y martillos
hidrulicos.
Ayuda operacional: Un accesorio que provee informacin para facilitar la operacin
de la gra o que toma el control de las funciones particulares sin la accin del
operador cuando una condicin limitante es percibida. Ejemplos de estos
dispositivos incluidos, pero que no limitan son los siguientes:
a) sistema de prevencin de dao de doble bloque
b) indicador de capacidad nominal
c) limitador de capacidad (carga) nominal
d) indicador de nivel de la gra
e) indicador de carga
Cilindro de pluma exterior: el cilindro hidrulico que levanta y baja la pluma exterior con
relacin a la pluma interior.
Pivote de pluma exterior: pasador horizontal sobre el que se levanta y se baja la pluma
exterior con relacin a la pluma interior.
Sistema de proteccin de sobrecarga: Un sistema que automticamente monitorea las
condiciones de izaje de la gra y previene movimientos de la misma que puedan resultar en
condicin de sobrecarga.
Carga til: la carga o cargas transportadas de un lugar a otro por el chasis de camin
comercial.
Persona calificada: una persona que, por poseer un grado reconocido en un campo
aplicable o un certificado de nivel profesional, o por conocimiento, entrenamiento, y
experiencia extenso, ha demostrado con xito la habilidad para solucionar o resolver
problemas relacionados con la materia y el trabajo.
12
13
14
CA
CG
CGH
CGL
CGV
CH
CLL
CLR lnea del centro de rotacin - el eje vertical sobre el cual gira el mstil [Fig. 12,
esquema (a)]
D
profundidad de la gra - espacio de montaje para la gra menos holguras [Fig. 12,
esquema (c)]
E1
E2
altura del chasis - la altura de la parte superior de la barra del marco del chasis por
encima del nivel del piso [Fig. 12, esquema (a)]
FO
proyeccin hacia el frente - distancia de la parte que queda ms hacia el frente del
vehculo o gra que queda por delante del eje delantero a la lnea de centro del eje
delantero [Fig. 12, esquema (a)]
GC
(a)]
holgura al piso - distancia de la parte ms baja de la gra al piso [Fig. 12, esquema
GL
nivel de piso - superficie (asumiendo que sea plana y nivelada) en la que se apoya
el vehculo [Fig. 12, esquema (a)]
15
HA
HR
H1
H2
H3
H4
MO
EL P
radio de carga - distancia horizontal desde la lnea del centro de rotacin a la lnea
del centro del pasador del gancho en cualquier posicin de la pluma [Fig. 12,
esquema (b)]
RR
R1
R2
R3
16
R4
RO
extensin del estabilizador - distancia medida entre las lneas de los centros de
los puntos de giro de las almohadillas del estabilizador a nivel del piso a una
extensin mxima [Fig. 12, esquema (b)]
WB
17
12
18
FIG. 12 DEFINICIONES DE LAS ESPECIFICACIONES PARA GRAS ARTICULADAS
Esquema (b)
19
Esquema (c)
FIG. 12 DEFINICIONES DE LAS ESPECIFICACIONES PARA LAS GRAS
ARTICULADAS (CONT)
20
--``,``,,,`,,````,,,```,,`,``,-`-`,,`,,`,`,,`---
21
22
1. Estabilizador.
2. Almohadilla del estabilizador.
3. Cilindro del estabilizador, vertical.
4. Marco principal o base.
5. Viga de montaje o de suspensin.
6. Tipo de cilindro de rotacin
(pndulo).
7. Mstil o plataforma giratoria.
8. Controles.
9. Cilindro de izaje de pluma interior.
10. Pivote de pluma interior.
11. Pluma interior.
12. Cilindro de pluma exterior.
13. Pivote de pluma exterior.
14. Pluma exterior.
15. Cilindro de pluma de extensin
(extensin de vuelo).
16. Pivote de pluma de extensin
(extensin de vuelo).
17. Pluma de extensin (extensin
de vuelo).
18. Cilindro de extensin de pluma.
19. Extensiones telescpicas (una o
ms).
20. Gancho de carga.
21. Conductor de Rotacin (pndulo),
tipo caja de engranajes.
22. Cilindro del estabilizador,
horizontal.
23. Torno
23
Dentro del texto, se hace referencia a las siguientes publicaciones, de las cuales se pueden
obtener copias de quienes las publican, tal como se indica.
ANSI/AWS D14.3-82, Welding Specifications for Earth Moving and Construction Equipment'
(Especificaciones de Soldadura para Equipo de Construccin y de Remocin de Tierra)
Editor: American Welding Society (Sociedad Americana de Soldadura),
550 NW Le Jeune Road, Miami, FL 33135 (www.aws.org)
ASMEB30.5-2007, Gras mviles y locomotoras
ASME B30.10-2005, Ganchos
ASMEB30.23-2005, Sistema de izaje de personal
ASME B30.25-2007,chatarra y manejo de materiales
Editor: The American Society of Mechanical Engineers (Sociedad Amricana de Ingenieros
Mecnicos), ASME
Three Park Avenue, New York, NY 10016-5990;
Departamento de Pedidos: 22 Law Drive, P.O.Box 2900, Fairfield, NJ, Fairfield, 070072900(www.asme.org)
SAE J765-0ct90, Crane Load Stability Test (Prueba de Estabilidad de Carga de la Gra),
Cdigo'
SAE J 1063-Nov 93, Cantilevered Boom Crane (Grua de Pluma en Cantiliver),
Estructuras - Mtodo de Prueba'
Editor: Society of Automotive Engineers, Inc., 400 (Sociedad de Ingenieros Automotrices,
Inc., 400
Commonwealth Drive, Warrendale, PA 15096 (www.sae.org)
Tambin puede obtenerse del Instituto Nacional de Normas Americano,
tI West 42nd Street, New York, NY 10036.
U.S. Department of Transportation Standards
(Normas del Departamento Americano de Transporte)
Editor: Superintendent of Documents, U.S. Government (Superintendente de Documentos,
Gobierno americano),
Captulo 22-1
Construccin y Caractersticas
24
(a)
Valore Nominales de
Carga Mximos, 9%,
85
85
75
85
NOTA:
25
75
85
(1) Como precaucin, mientras se prueba para valores nominales libres. Los
estabilizadores se deben aplicar flojos: no se deben usar abrazaderas para los
rieles.
(2) La siguiente ecuacin debe ser usada por menos que la total extensin de las vigas
de los estabilizadores para hallar la capacidad nominal.
P_<(T-0.1F)/1.25
Donde F=La carga aplicada a la punta de la pluma que da el mismo efecto momento
como la masa de la pluma
P=la capacidad nominal en la direccin especifica de izaje
T= Inclinacin de la carga
3) si la operacin de la gra con los estabilizadores en una posicin distinta a
totalmente extendidos es permitida por el fabricante de la gra, los procedimientos
especficos, valores, y limitaciones para cualquier configuracin que sean
permitidas, debe ser provista.
(b) La efectividad de estos factores de estabilidad precedentes se ver influenciada por
factores adicionales tales como cargas suspendidas libremente; rieles, viento, o condiciones
del terreno; acondicionamiento e inflado de las llantas de caucho de acuerdo a la presin
nominal indicada por el fabricante; longitudes de la pluma; velocidades de operacin
apropiadas para las condiciones existentes; y, en general, una operacin cuidadosa y
competente.
22-1.1.2 Valores nominales de carga dnde la competencia estructural rige el
desempeo del izado
(a) Los valores nominales de carga para algunos radios estn limitados por la estabilidad de
la gra. Sin embargo, en algunos de los rangos de operacin, los valores nominales pueden
estar limitados por factores diferentes a la estabilidad, como las condiciones que se
describen a continuacin.
(1) Los valores nominales de carga a algunos radios pueden basarse en la competencia
estructural de la gra en lugar de la estabilidad.
(2) Un montaje asimtrico requiere de una carga ms alta para producir una condicin de
ladeado en una direccin diferente a la de menor estabilidad sobre la que se establecen los
valores nominales de carga. Por consiguiente, si la especificacin de la gra incluye valores
nominales adicionales para direcciones diferentes a las menos estables, dichos valores
nominales tambin pueden regirse por la competencia estructural en lugar de la estabilidad.
Para este tipo de valores nominales adicionales especificados, se deber indicar el rea de
trabajo, y para los valores nominales que podran regirse por cargas de inclinacin, no se
deben exceder los factores porcentuales aplicables establecidos en el pargrafo 22-1.1.1
(a).
(b) Para todas las aplicaciones operacionales, no se debern exceder los valores nominales
de carga de la gra establecidos por el fabricante.
26
27
28
29
(a) Para sostener cargas nominales y para sostener la pluma y los accesorios de trabajo en
posiciones recomendadas de viaje o de trnsito y a longitudes de la pluma:
b) para soporte de la pluma bajo las condiciones de la pluma elevada, el factor de diseo
para cables vivos o en movimiento que se enrollan en tambores o que se deslizan sobre
roldado no debe ser menor a 3.5 el factor de diseo para cables que cuelgan de la pluma o
cables quietos no debe ser menor a 3.0.
(c) Para soportar cargas nominales, los cables resistentes a la rotacin debern tener un
factor de diseo de 5 o mayor.
(d) El factor de diseo especificado en los prrafos 22 - 1.5.l(a) hasta el 22-1.5 (c)ser la
resistencia total nominal a la ruptura de todos los cables en el sistema dividido por la carga
impuesta en el sistema del cable al soportar los pesos estticos de la carga nominal de la
estructura y de la gra.
Note: La fuerza mnima de ruptura fue formada en referencia
rompimiento nominal.
a la resistencia de
para el
30
del cable causado por la carga. Las tuercas del sujetador del cable se deben volver a
apretar peridicamente para compensar cualquier disminucin adicional en el dimetro del
cable durante el uso.
(c) Los accesorios forjados con matriz, comprimidos, o de conexin con cua se debern
aplicar tal como lo recomiende el fabricante del cable, de la gra, o de los accesorios, o una
persona calificada.
(d) Los sujetadores de cable metlico que se utilicen conjuntamente con conexiones de
cua slo deben ir colocados en el extremo muerto sin carga del cable nicamente. ( ver
Fig. 22-1.5.3-1). Esto no excluye el uso de dispositivos diseados especialmente para el
extremo muerto en una cua.
22-1 5.4 Poleas
(a) Las ranuras de las poleas no deben presentar condiciones en la superficie que pudieran
causar dao al cable. El radio transversal en el fondo de la ranura debe ser de tal forma que
forme una silla ajustada para el tamao del cable utilizado, y los lados de la ranura deben
adelgazarse hacia el exterior para facilitar la entrada del cable en la ranura. Los bordes de
entrada de la brida deben redondearse y los rines deben estar justo sobre el eje de rotacin.
(b) Las poleas con cables que se pueden descargar momentneamente debern tener
guardas ajustadas u otros dispositivos para guiar el cable de nuevo a la ranura cuando se
vuelve a aplicar la carga.
(c) Las poleas en el bloque de carga inferior deben ir equipadas con guardas ajustadas que
evitarn que los cables se ensucien cuando el bloque queda en tierra con los cables flojos.
(d) Todos los rodamientos de la roldana, excepto los rodamientos con lubricacin
permanente, debern contar con medios de lubricacin.
22-1 5.5 Tamaos de poleas
(a) Los dimetros de los surcos de las poleas que izan carga no deben ser menores a 18
veces el dimetro nominal del cable que se utiliza.
(b) Los dimetros de los surcos de las poleas del bloque de carga inferior no deben ser
menores a 16 veces el dimetro nominal del cable que se utiliza.
(c) El dimetro del surco de las poleas del sistema de pluma de extensin no deben ser
menores a 15 veces el dimetro nominal del cable.
22-1.5.6 Ganchos de carga, Ensamblajes de bola y Bloques de carga.
Los ganchos de carga, los ensamblajes de bola, y los bloques de carga tendrn el peso
suficiente como para efectuar una revisin de la lnea desde la posicin del gancho ms alta
para las longitudes de la pluma o de la extensin de la pluma, y el nmero de partes de
lnea en uso. Todos los ensamblajes de gancho y bola y los bloques de carga debern
etiquetarse con su capacidad nominal y peso. Los ganchos ajustados a la pluma deben ser
marcados con su capacidad nominal. Los ganchos debern ir equipados con pestillos a
menos que la aplicacin haga que el uso de un pestillo no sea prctico. Cuando se
suministre, el pestillo servir de puente en la apertura de la garganta del gancho con el
31
32
33
Todas las gras fabricadas despus dela fecha efectiva de este volumen deben tener un
sistema de proteccin de sobrecarga o un limitador de capacidad de carga nominal.
Todas las otras gras deben tener un indicador de carga, un sistema de proteccin de
sobrecarga, un indicador de capacidad nominal, o un limitador de capacidad nominal (carga)
[ver seccin V introduccin prrafo (b) sobre la fecha efectiva]
34
(b) Pasamanos y escalones deben ser suministrados para una estacin de operacin
elevada. Si est equipada, y los puntos de servicio, puertas, paneles de
mantenimiento de la grua de acuerdo con SAE J2703
(c) Si el servicio diario de trabajo de mantenimiento debe ser realizado desde una
posicin elevada, una plataforma de trabajo con anclajes debe ser provista.
(d) Plataformas, si estn acondicionadas, deben cumplir con SAE J2703
Captulo 22-2
INSPECCIN, PRUEBA, Y MANTENIMIENTO.
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(a) Inspeccin Inicial. Antes del uso inicial, todas las gras nuevas, alteradas, o modificadas
debern ser inspeccionadas por una persona designada para asegurar que cumplan con las
estipulaciones de esta Norma.
(b) Inspeccin Regular. El procedimiento de inspeccin para gras en servicio regular se
encuentra dividido en dos clasificaciones generales basadas en los intervalos a los que
debe realizarse la inspeccin. Los intervalos a su vez dependen de la naturaleza de los
componentes crticos de la gra y el grado de su exposicin al desgaste, deterioro, o
funcionamiento defectuoso. Las dos clasificaciones generales se designan aqu como
frecuente y peridica con intervalos respectivos entre inspecciones tal como se definen a
continuacin:
(1) Inspeccin frecuente - intervalos diarios a mensuales.
(2) Inspeccin peridica intervalos de uno a doce-meses, o como lo recomiende
especficamente el fabricante o una persona calificada.
22-2.1.2 Inspeccin frecuente. Artculos como los que vienen a continuacin debern ser
inspeccionados en busca de defectos a los intervalos que se definen en el pargrafo 222.1.2(b) (I) o como se indique especficamente, incluyendo la observacin durante la
operacin en busca de desgaste o daos que podran aparecer entre las inspecciones
regulares. Condiciones como las que aparecen anotadas, debern examinarse
cuidadosamente y tomar la determinacin de si constituyen un riesgo:
(a) mecanismos de control para ver si hay ajustes defectuosos que estn interfiriendo con la
operacin apropiada - diariamente, cuando se utiliza;
(b) mecanismos de control para ver el uso excesivo de los componentes y contaminacin
por lubricantes u otra materia extraa;
(c) dispositivos de seguridad para funcionamiento defectuoso;
(d) todas las mangueras hidrulicas, particularmente aqullas que se doblan en la operacin
normal de las funciones de la gra, se deben inspeccionar visualmente una vez cada da
laboral - cuando se utilizan;
(e) los ganchos y pestillos para ver si hay deformacin, dao qumico, grietas, y desgaste.
Refirase a la norma ASME B30.10;
(f) el enrollado del cable para que cumpla con las especificaciones del fabricante de la gra;
(g) los aparatos elctricos para ver si el funcionamiento es defectuoso, si hay seales de
deterioro excesivo, suciedad, y acumulacin de humedad;
(h) el sistema hidrulico para ver si el nivel de aceite es apropiado y si tiene fugas diariamente;
(i) los neumticos para ver la presin de inflada recomendada, cortes, y tuercas flojas;
(i) los pasadores de conexin y el dispositivo de cierre para ver si hay desgaste y dao.
(j) llantas por perdida de tuercas
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(b) Cuando la gra completa no es suministrada por un fabricante, estas pruebas deben
llevarse a cabo en el ensamblaje final
(c) los resultados de la prueba operativa debern entregarse.
22-2.2.2 Prueba de carga
(a) Antes del uso inicial:
(1) A todas las gras nuevas y reinstaladas se les deber realizar una inspeccin y una
prueba de carga por o bajo la direccin de una persona designada. Un informe escrito de la
prueba deber ser preparado por una persona designada y archivado. Las cargas de prueba
no debern ser de menos de 100% o ms de 110% de la carga nominal, a menos que el
fabricante o una persona calificada recomienden lo contrario.
(2) La necesidad de probar las gras reparadas, alteradas, o modificadas deber ser
determinada por una persona calificada. Cuando se requiera la prueba de carga, la prueba
deber realizarse de acuerdo con el pargrafo 22-2.2.2(a)(1).
(3)Ayudas operacionales que funcionan para restringir la capacidad de la gra puede ser
temporalmente primordiales durante la prueba de carga o de estabilidad, si es requerido
realizar una prueba de carga.
(4) La prueba de carga, si se realiza, consistir de las siguientes operaciones como requisito
mnimo.
(a) Ice la carga de prueba con el malacate para asegurar que la carga es soportada por la
gra y sostenida por el freno del malacate.
(b) Balancee la gra, si aplica, todo el rango de su balanceo.
(c) suba y baje la pluma de la gra dentro del radio de trabajo permitido para la carga de
prueba.
(d) baje la carga de prueba, pare y sostenga la carga con el freno.
(b) todas las gras nuevas y reinstaladas deben ser proadas en estabilidad por o bajo la
direccin de una persona calificada
Un reporte por escrito debe prepararse y guardarse como registro. Las pruebas de carga
deben corresponder con la inversa del porcentaje de la capacidad mxima de carga
enunciado en el prrafo 22-1.1.1 al alcance horizontal mximo y en la direccin menos
estable relacionada al montaje. La prueba de estabilidad debe ser de acuerdo con SAEJ765
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(c) Las reparaciones o los reemplazos debern suministrarse tal como se requieran para la
operacin. Los siguientes son ejemplos:
(1) partes crticas de mecanismos funcionales de operacin que se encuentren agrietados,
rotos, corrodos, doblados, o excesivamente desgastados;
(2) partes crticas de la estructura de la gra que se encuentren agrietados, doblados, rotos,
o excesivamente corrodos;
(3) Los ganchos de la gra que muestren condiciones de desgaste o dao como es descrito
en mantenimiento en ASME B3010.Las reparaciones por soldadura o preformacin no es
recomendad.
d) el remplazo de piezas o reparacin debe ser equivalente a las especificaciones originales
del equipo.
(d) El fabricante deber dar instrucciones para sacar el aire de los circuitos hidrulicos.
22-2.3.4 Lubricacin.
a) Todas las partes mviles de la gra para las cuales se especifique lubricacin, deberan
lubricarse regularmente de acuerdo a las recomendaciones del fabricante y a los
procedimientos. Los sistemas de lubricacin deben ser revisados para la distribucin
correcta del lubricante. Se debe tomar precaucin para seguir las recomendaciones del
fabricante en cuanto a la frecuencia y puntos de lubricacin, el mantenimiento de los niveles
de lubricante y los tipos de lubricante que deben ser usados.
b) La achina debe estar estacionada mientras el lubricante le est siendo aplicado y la
proteccin suministrada como es mencionada en los prrafos 22-2.3.2 (a) (2) hasta 22-2.3.2
(a) (5), a menos que venga equipado para lubricacin automtica o remota.
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(a) distorsin del cable como retorcimiento, aplastamiento, deshilachado, formacin de jaula,
desplazamiento de la cuerda principal, o abultamiento del centro. La prdida de dimetro del
cable en una longitud de cable corta o la desigualdad de las cuerdas exteriores debera
indicar que el cable o los cables necesitan ser reemplazados;
(b) corrosin general;
(c) cuerdas rotas o cortadas;
(d) nmero, distribucin, y tipo de alambres rotos visibles. (Ver en el pargrafo 22-2.4.3 (b)
(1). 22-2.4.3 (b) (2), y 22-2.4.3 (b) (7) para mayor gua.)
(e) falla en el alma, de un cable anti giro (ver Fig.22-2.4-3-1). Cuando este dao es
descubierto, el cable debe ser removido de servicio o enviado a revisin en detalle en
parr.22-2.4.2 (b).
2) Se debe tener cuidado al inspeccionar secciones de deterioro rpido como los
puntos de la brida, los puntos de cruce, y los puntos de izaje repetitivo en los
tambores.
3) Se debe tener cuidado cuando se inspeccionan cables anti giro, porque la mayor
susceptibilidad al dao e incrementa el deterioro cuando se trabaja con equipo de
parmetros de diseo limitado. La deterioracin interna de un cable anti giro no es
tan fcil de observar.
(b) Inspeccin Peridica
(1) Una persona calificada determinar la frecuencia de la inspeccin y se basar en
factores tales como:
Vida esperada del cable tal como se haya determinado por experiencia en la instalacin
particular o en instalaciones similares; severidad del ambiente; porcentaje de izajes de
capacidad; tasas de frecuencia de operacin; exposicin a cargas de choque. Las
inspecciones no requieren hacerse a intervalos iguales de calendario y deben ser ms
frecuentes a medida que el cable se aproxima al final de su vida. Esta inspeccin deber
hacerse por lo menos anualmente.
(2) las inspecciones peridicas deben ser realizadas por una persona calificada. Esta
inspeccin cubrir toda la longitud del cable. Slo hay que inspeccionar los alambres de la
superficie. No se debe tratar de abrir el cable. Cualquier deterioro que produzca una prdida
apreciable de la resistencia original, tal como se describe a continuacin, se anotar y se
tomar la determinacin acerca de si el uso del cable constituira un riesgo:'
(a) puntos anotados en el pargrafo 22-2.4.2(a);
(b) reduccin de dimetro del cable por debajo del dimetro nominal debido a la prdida de
soporte del centro, corrosin interna o externa, o desgaste de los alambres externos;
(c) alambres severamente corrodos o rotos en las conexiones terminales;
(d) conexiones terminales severamente corrodas, agrietadas, torcidas, desgastadas, o
inadecuadamente aplicadas.
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(3) se deber tener cuidado al inspeccionar secciones sujetas a deterioro rpido tales como:
(a) las secciones que estn en contacto con las sillas, las roldanas del ecualizador, u otras
roldanas dnde el recorrido del cable es limitado;
(b) las secciones del cable en o cerca de los extremos terminales donde se puede presentar
abultamiento por cables corrodos o rotos.
22-2.4.3 Reemplazo del cable
(a) No se pueden dar reglas exactas para determinar el momento exacto para el cambio del
cable, ya que existen muchos factores involucrados. Una vez un cable alcanza cualquiera
de los criterios de cambio especificados, se podra permitir operar hasta finalizar el turno de
trabajo, con base en el juicio de una persona calificada. El cable se deber reemplazarse
despus de ese turno de trabajo, al final del da, o a ms tardar antes de que el equipo
vuelva a usarse en el prximo turno de trabajo.
(b) El criterio de retiro para el reemplazo del cable ser as:
(1) Alambre rotos
(a) en los cables de deslizamiento, seis alambres rotos distribuidos al azar en una paso o
tres alambres rotos en un torn en una paso;
(b) en un cable anti giro, dos alambres rotos distribuidos al azar en seis dimetros de cuatro
alambres rotos distribuidos al azar en treinta dimetros de cable.
(2) un alambre exterior roto en el punto de contacto con el centro del cable que se ha salido
de la estructura del cable y sobresale o forma un bucle por fuera de la estructura del cable.
Se requiere inspeccin adicional de esta seccin;
(3) cable de alma independiente (IWCR) o protrusin del alma en medio de los torones
externos.
(4) retorcimiento, aplastamiento, formacin de jaulas, o cualquier otro dao que produzca
distorsin de la estructura del cable;
(5) evidencia de cualquier dao por calor proveniente de cualquier causa; incluyendo , y no
limitado a soldadura, lneas elctricas o rayos.
(6) reducciones del dimetro nominal mayor al 5%
(7) Corrosin severa con evidencia de porosidad
(8) Cualquier desviacin deber ser permitida de criterio de rechazo mencionado en
parsas.22-2.4.3 (b) (1) hasta el 22-2.4.3 (b) (7) nicamente con un permiso escrito aprobado
por el fabricante del cable especifico.
(c) El criterio para retirar un cable roto que se cita en este volumen aplica a cable metlico
que opera sobre roldanas y tambores de acero. El usuario se pondr en contacto con el
fabricante de la roldana, el tambor o la gra, o una persona calificada, para el criterio de
retiro de cables rotos para cables metlicos que operan en roldanas y tambores elaborados
de un material diferente al acero.
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(d) El remplazo del cable deber ser el mismo o uno mayor en la mnima fuerza de
rompimiento acomodada o recomendada por el fabricante de la gra. Cualquier desviacin
del tamao original, grado o construccin debe ser especificada por un fabricante de cable,
el fabricante de la gra o una persona calificada.
(e) Cables que no se encuentran en uso regular. A todos los cables que han estado
inactivos por un perodo de un mes o ms debido al cierre o almacenamiento de la gra en
la que se encuentra instalado, se les deber realizar una inspeccin de acuerdo con el
pargrafo 22-2.4.2(b) antes de que se vuelva a poner en servicio. Esta inspeccin ser para
todos los tipos de deterioro y ser realizada por una persona designada.
(f) Registros de la Inspeccin
(1) Inspeccin frecuente no se requiere registro.
(2) Inspeccin peridica a fin de establecer datos como la base para juzgar el tiempo
apropiado para el reemplazo, se debe mantener en un archivo un informe fechado de las
condiciones del cable en cada inspeccin peridica. Este informe deber cubrir los puntos
de deterioro anotados en el pargrafo 22-2.4.2(b). si el cable es remplazado necesita ser
registrado.
g) Un programa de inspeccin de rango extenso debe establecerse e incluir registros sobre
la examinacin de los cables removidos de servido y la relacin visual que se establece con
la actual condicin de la estructura interna.
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(e) El cable debe mantenerse en una condicin bien lubricada. Es importante que el
lubricante que se aplique como parte de un programa de mantenimiento sea compatible con
el lubricante original y con este fin se debe consultar al fabricante del cable; el lubricante
aplicado deber ser del tipo que no impida la inspeccin visual. Esas secciones de cable
localizadas encima de roldanas o que de otra forma se encuentren escondidas durante los
procedimientos de inspeccin y mantenimiento requieren de atencin especial al lubricar el
cable. El objeto de la lubricacin del cable es reducir la friccin interna y prevenir la
corrosin.
(f) Cuando un cable en operacin muestra mayor desgaste en reas bien definidas y
localizadas que en el resto del cable, la vida del cable puede extenderse en casos dnde
una longitud de cable reducida sea adecuada, cortando una seccin en el extremo
desgastado, y cambiando as el desgaste a reas diferentes del cable.
Captulo 22-3
Operacin
22-3.1.1 Operadores
Las gras deben ser operadas nicamente por el siguiente personal.
(a) Aquellos que hayan cumplido con los requerimientos de paras. 22-3.1.2(a)hasta 223.1.2 (f)
(b) Aquellos quienes hayan cumplido con los requerimientos de para.22-3.1.2 8d)y
quienes son entrenados para el tipo de gra que operaran. Mientras ellos operan la
gra, el operador entrenado debe estar bajo directa supervisin de un operador
designado, calificado.
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(e) Informar al operador de la gra sobre el peso de la carga que se va a izar, mover y
la ubicacin de estas cargas.
(f) Asegurarse que el aparejamiento de la carga sea realizado por una persona
designada como es definido en para.22-0.2.2.
(g) Nombrar al sealero y convenir la informacin con el operador de la gra.
(h) Asegurase que el sealero nombrado entiende la operacin de la gra , las
limitantes y las seales de mano estndar( ver Fig. 22-3.1.3.1
(i) Asegurarse que el sealero haya sido notificado de los ajustes o reparaciones que
no han sido completadas aun, antes de comenzar las operaciones de la gra.
(j) Asegurarse que el operador(es) asignado haya sido informado acerca de quin es
la persona designada con el propsito de reportar la necesidad de cualquier ajuste
o reparacin.
(k) Usar personal que cumpla los requerimientos para una persona calificada o
designada como es en para.22-0.2.2, para inspecciones como es requerido en la
seccin 22-2.1.
(l) Usar personal que cumpla los requerimientos de una persona designada como es
definido en para.22-0.2.2 para propsitos de mantenimiento y reparacin.
(m) Asegurarse que todo el personal involucrado en mantenimiento, reparacin, e
inspeccin estn conscientes de sus responsabilidades, tareas asignadas, y los
peligros asociados.
(n) Asegurarse que la inspeccin, prueba, y programas de mantenimiento especificados
por el propietario de la gra son seguidos.
(o) Asegurarse que los requerimientos aplicables de ASMEB30.23 se cumplan cuando
se ize personal.
22-3.1.3.2 Responsabilidades del supervisor de sitio.
Las responsabilidades del supervisor deben incluir lo siguiente:
(a) Asegurarse que las operaciones de la gra estn coordinadas con otras actividades
en el sitio de trabajo que puedan afectar por estas o afectar las operaciones de
izaje.
(b) Asegurarse que el rea de la gra est preparada adecuadamente. La preparacin
incluye lo siguiente, sin limitarse.
(1) Acceso de vas para la gra y equipo asociado.
(2) Un rea de operacin que sea adecuada para la gra con respecto a la
nivelacin, condiciones de las superficies, capacidad de soporte, proximidad a
lneas elctricas, excavaciones, servicios subterrneos, pendientes,
construcciones sobre la superficie, y obstrucciones para la operacin de la gra.
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(3) Control del trfico como sea necesario para restringir acceso no autorizado al
rea de trabajo de la gra.
(c ) asegurase de las condiciones que puedan afectar de forma adversa las
operaciones a as que va dirigida la gra. Tipos de condiciones que se incluyen
son las siguientes, sin limitarse.
(1) Condiciones de suelo pobres.
(2) Velocidad del viento o rfagas de viento
(3) Lluvia fuerte
(4) Neblina
(5) Fro extremo
(6) Luces artificiales
(d)Permitir la operacin de la gra cerca de lneas elctricas nicamente cuando los
requerimientos de para. 22-3.3.2 se hayan cumplido.
22-3.1.3.3 Responsabilidades del operador de la gra y los aparejadores.
En algunos casos, el operador de la gra y el aparejador pueden ser la misma persona. Los
operadores deben ser responsables de los siguientes puntos listados. El operador no debe
ser responsable por peligros o condiciones que no estn bajo su control directo y que
afecten de forma adversa la operacin de izaje. Donde sea que el operador haya dudado en
la operacin segura de la gra, el operador debe parar las funciones de la gra de manera
controlada. Las operaciones de izaje deben resumirse nicamente despus de que las
preocupaciones de seguridad hayan sido ubicadas.
22-3.1.3.3.1 Responsabilidades del operador de la gra.
Las responsabilidades del operador de la gra deben incluir lo siguiente:
(a) Asegurarse que la preparacin del area necesitada para las operaciones de la gra
ha sido completada antes de que la operacin de la gra comience.
(b) Asegurarse que el control del trfico este en el lugar para restringir acceso no
autorizado al rea de trabajo de la gra.
(c) Asegurarse que el personal involucrado en las operaciones de la gra comprenda
las responsabilidades, labores asignadas y los peligros asociados.
(d) Conocer los tipos de condiciones que podran ser adversas afectando la operacin
de la gra y determinando la posible presencia de estas condiciones.
(e) Comprender y aplicar la informacin contenida en el manual de operacin de la gra
suministrado por el fabricante.
(f) Comprender las funciones y limitaciones de la gra as como las caractersticas
particulares de operacin.
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(g) Usar las tablas de capacidad de la gra y los diagramas y aplicar todas las notas y
advertencias relacionadas en las tablas para asegurarse de la configuracin
correcta de la gra para adaptar la carga, el sitio y las condiciones de izaje.
(h) Determinar que la carga esta aparejada correctamente y equilibrada antes de ser
izada ms que unos pocas pulgadas ( varios centmetros)
(i) Parar las operaciones de la gra, si se alerta una condicin insegura que afecte la
operacin de la gra.
(j) Reusarse a operar la gra cuando una porcin de la carga o la gra pudiese ingrese
a una zona prohibida de lneas elctricas energizadas a menos que el supervisor
de sitio haya determinado los requerimientos de para 22-3.3.2.4 se hayan cumplido.
IMAGEN
Fig.22-3.1.3.1.2-1 Seales de mano estndar.
1. Elevar la pluma punta vertical
2. Bajar la pluma punta vertical
3. Incrementar radio de la punta de la pluma
4. Disminuir radio de la punta de la pluma
5. Pendular
6. Mover lentamente
7. Parar
8. Parada de emergencia
9. Lnea de carga. polipasto
10. Bajar la lnea de carga
11. Elevar la pluma y bajar la carga
12. Bajar la pluma y subir la carga
(k) Operar la gra cerca de lneas elctricas energizadas nicamente cuando los
requerimientos de para .22-3.3.2 y cualquier requerimiento adicional determinado por el
supervisor del sitio haya sido cumplido.
(l) Realizar una inspeccin diaria como es especificado en paras. 22-2.1.2 y 22-2.4.2
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(m) Realizar un reporte para la necesidad del ajuste de las reparaciones por una persona
designada.
(n) Realizar procedimientos de bloqueo y etiquetado o (no operar la gra cuando fsica o
mentalmente no se encuentre en buen estado de salud.
(p) Asegurarse que todos los controles estn en apagado o en posicin neutra y que todo
el personal est fuera del rea de las lneas energizadas de la gra, antes de que prenda la
gra.
(q) No ocuparse en ninguna prctica que pueda desviar su atencin mientras usted est
operando los controles de la gra.
(r) La funcin de prueba de la gra de los controles que van a ser usados mientras la
operacin, nicamente, si los controles funcionan y responden correctamente.
(s) La operacin de las funciones de la gra deben realizarse bajo condiciones normales de
una forma tranquila y controlada.
(t) Seguir y conocer los procedimientos especificados por el fabricante o aprobados por una
persona calificada para poner en marcha la gra.
(u) Observar cada estabilizador durante su extensin, puesta en marcha y retraccin o
usando un sealero para observar cada estabilizador durante su extensin, implantacin o
retraccin.
(v) Asegurarse que la carga y el peso de los aparejos hayan sido provistos.
(w) Calcular o determinar que la capacidad neta para la configuracin, la cual debe ser
usada y verificada usando la tabla de carga nominal, que la gra tiene suficiente capacidad
neta para el propsito de izaje.
(x) Considerar todos los factores conocidos que puedan afectar la capacidad de la gra e
informar al usuario de la gra la necesidad de hacer los ajustes apropiados o necesarios.
(y) Conocer el estndar de sealizacin de mano como es especificado en para. 22-3.3.1 y
responder a seales desde la persona que est direccionando el izaje o el sealero
nombrado (cuando un sealero no es requerido como parte de una operacin de izaje, el
operador el operador es luego quien es el responsable del movimiento de la gra, sin
embargo, el operador debe obedecer la seal de parar todo el tiempo no importa quien se la
est indicando).
(z) Comprender los procedimientos bsicos de aparejos en la carga.
(aa) Si la energa falla durante la operacin
(1) Satelizar cualquier carga mantenerla bajo control, si es posible.
(2) Engranar todos los frenos y bloquear los dispositivos.
(3) Mover todos los controladores de energa a OFF (apagado) o la posicin
neutra.
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(c) Cuando las cargas no son precisas para ser izadas las personas responsables de este
trabajo deben acertar que el peso la carga no excede la capacidad nominal de la gra en el
radio en el cual la carga va a ser izada.
22-3.2.2 Ayudas operacionales.
(a) En todos los casos verificar los pesos medir el radio, y en la tabla de carga dada por el
fabricante con las capacidades y las instrucciones deben ser tomadas como precedente,
como una ayuda operacional cuando se est manejando la carga, si es necesario
temporalmente anular una ayuda operacional para manejar una capacidad de carga
establecida, dentro de los lmites establecidos por el fabricante de carga en el cuadro e
instrucciones dadas, el usuario debe cumplir con para. 22-3.2.1.
(b) Cuando las ayudas operacionales son inoperativas o estn funcionando mal, la gra y
los dispositivos dados por las recomendaciones del fabricante para continuar la operacion o
apagar la gra, deben ser seguidas hasta que los problemas sean corregidos, si este tipo de
recomendaciones y cualquier prohibicin del fabricante contra malas operaciones que se
vayan a realizar los siguientes requerimientos deben aplicar:
(1) Re calibracin o reparacin de la ayuda operacional debe ser cumplida tan pronto como
sea posible en tiempo razonable como lo determina una persona calificada.
(2) Cuando un indicador de carga, el sistema de proteccin de sobrecarga, el indicador de
capacidad establecida, o el lmite de capacidad esta no operando o en mal funcionamiento
la persona designada responsable de supervisar las operaciones de izaje debe establecer
procedimientos que determine los pesos de la carga para conducir un izaje de acuerdo con.
22-3.2.1.
(3) Cuando el dispositivo anti-doble-bloque, el sistema de prevencin del sistema anti- twobloque o el dispositivo de alarma del doble bloque no est funcionando o est en mal
funcionamiento la persona designa responsable de supervisar las operaciones de izaje debe
establecer procedimientos tales como asignar un sealero adicional o acondicionar un
medio equivalente de proteccin.
(4) Cuando un indicador de nivel no est funcionando o est funcionando mal, se debe de
una u otra manera usar un nivel para la gra dentro de los requerimientos de nivel
especificados por el fabricante.
22-3.2.3 Sujetando la carga (a) La carga debe ser sujeta al gancho por medio de las
eslingas u otro dispositivo que tenga suficiente capacidad.
(b) El malacate del cable no debe ser amarrado alrededor de la carga.
22-3.2.4 Movimiento de la carga
(a) El operador debe determinar lo siguiente:
(1) La gra esta nivelada donde sea necesario que el vehculo o el montacarga este
bloqueado propiamente.
(2) La carga est bien asegurada y equilibrada en la eslinga o el dispositivo de izaje, antes
ser izada tan solo unos pocos milmetros o (demasiados centmetros)
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(3) Son provistos para sostener los vehculos en la estacin de movimiento mientras supera
la gra.
(b) Antes de empezar el izaje el gancho debe ser trado sobre la carga de una manera
viable para minimizar la pendulacin.
(c) Durante el izaje se debe tener cuidado de:
(1) Que no haya una aceleracin o desaceleracin repentina del movimiento de la carga.
(2) La carga, la pluma u otra parte de la gra no entre en contacto con cualquier
obstruccin.
(d) Las gras no deben ser usadas para dragar cargas de lado a lado.
(e) Este volumen reconoce que una gra de pluma articulada est diseada para el
manejo materiales, esto no cumple con izaje de personal o requerimientos de elevador o de
ascensor; a partir de lo anterior, no izaje, descenso, pendulacin o viaje deben ser hechos
mientras una persona esta sobre el gancho o la carga. Lo adjunto al bloque suspendido en
las plataformas de trabajo (canasta) no debe ser usada con gras cubiertas por esta norma.
Plataformas de trabajo (canastas) ajustadas, deben ser aprobadas por el fabricante de la
gra.
(f) El operador debe evitar movilizar cargas sobre las personas.
(g) Bloquear bajo los estabilizadores debe cumplir bajo los siguientes requerimientos:
(1) Ser lo suficientemente fuertes para prevenir choque.
(2) Tener cierto grado de dureza, longitud, amplitud y espesor para que pueda soportar
completamente la base del estabilizador.
(h) El punto de apoyo bajo todas las llantas o en los bloque de los estabilizadores debe
estar nivelado, donde este punto de apoyo no lo est de una u otra manera debe ser
suministrado, ste debe ser provisto por maderones o cualquier otro miembro estructural
para distribuir la carga, as esta no excede la capacidad permitida bajo la cual el material
esta soportado. En cualquier momento los estabilizadores son usados; ste debe
extenderse o desplegarse teniendo en cuenta las especificaciones dadas por el fabricante
de la gra y establecidas por el mismo. Cuando los estabilizadores estn parcialmente
extendidos y se vayan a usar se deben cumplir los siguientes requerimientos cuando
aplique:
(1) En la operacin de la gra cuando los estabilizadores estn parcialmente extendidos,
deben ser asumidos si est aprobado por el fabricante de la gra.
(2) Los estabilizadores deben ubicarse en posiciones iguales que correspondan al cuadro
de carga suministrado por el fabricante para las posiciones, nicamente las tablas de cargas
correspondientes a la posicin de los estabilizadores deben ser usadas para operacin.
(3) Cuando las situaciones se presenten donde los estabilizadores deban que ser colocados
en posiciones no iguales que correspondan a la tabla de carga suministrada por el
fabricante, las tablas de carga correspondientes con los cuadrantes individuales de
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operacin deben ser usados, el fabricante o una persona calificada debe ser consultada
para determinar si esto reduce la capacidad o si se debe hacer un procedimiento de
operacin especial o las limitantes que sean requeridas.
(a) El operador de la gra debe aprobar la configuracin de la gra, si el operador de
la gra tiene un supervisor involucrado en la configuracin, el operador y el supervisor
deben discutir y acordar sobre cualquier limitante requerida.
(b) Un medio debe ser suministrado para limitar el movimiento de la gra o para
alertar al operador de la proximidad en los rangos o reas prohibidas.
(4) Cuando se presenten situaciones que no permitan que los estabilizadores sean
ubicados en posiciones a las corresponden en la localizacin establecida por el fabricante
segn su tabla de carga, el fabricante de la gra debe ser consultado para determinar si
cualquier reduccin en la capacidad, los procedimientos de operacin especial o las
limitantes que sean requeridos. Si esta informacin requerida no est disponible por el
fabricante, una persona calificada debe ser consultada.
(j) En trnsito, la pluma debe llevarse en posicin retrada.
(k) Cuando rotamos la gra se deben evitar los comienzos y las paradas repentinas. Las
velocidades de rotacin deben ser tales para que la carga no se balancee fuera del radio en
el cual esta puede ser controlada.
(l) La gra no debe viajar con una carga en el gancho a menos que se recomendado por
el fabricante.
(m) A ninguna persona se le debe permitir estar en pie o pasar bajo una carga
suspendida.
22-3.2.5
Procedimiento de estiba.
Siguiendo los procedimientos y la secuencia dada por el fabricante cuando la gra estibe y
desestibe.
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de los requerimientos de para 22-3.3.2, incluso si tanto estos dispositivos son requeridos por
una ley o una regulacin. En vista de la complejidad, invisibilidad, y naturaleza letal de los
peligros elctricos involucrados y el potencial de disminucin de la falsa seguridad,
instrucciones sobre el tipo de riesgos elctricos involucrados, condiciones operativas para
estos dispositivos, limitaciones de estos dispositivos y requerimientos prescritos y prueba
por el fabricante de los dispositivos; si son usados debe entenderse por el operador de la
gra, el equipo y el personal encargado de manejar la carga. El espacio requerido para
lneas elctricas establecido en la tabla 22-3.3.2.2-1 debe ser mantenido
independientemente de cualquier dispositivo usado en la gra.
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(i) Seales durables deben ser instaladas en la estacin del operador y afuera de la
gra alertando que puede suceder electrocucin o cualquier lesin fsica grave que podra
ocurrir a menos de que la distancia mnimas especificadas en la tabla nmero 22-3.3.2.2-1
sean mantenidas entre la gra o la carga siendo manejada y con lneas elctricas
energizadas.
(j) Si las guardas tipo jaula de la pluma, las uniones aislantes o los dispositivos de
proximidad de aviso son usados en las gras, estos dispositivos no deben ser un sustituto
de los requerimientos de para 22-3.3.2, incluso si tanto estos dispositivos son requeridos por
una ley o una regulacin. En vista de la complejidad, invisibilidad, y naturaleza letal de los
peligros elctricos involucrados y el potencial de disminucin de la falsa seguridad,
instrucciones sobre el tipo de riesgos elctricos involucrados, condiciones operativas para
estos dispositivos, limitaciones de estos dispositivos y requerimientos prescritos y prueba
por el fabricante de los dispositivos; si son usados debe entenderse por el operador de la
gra, el equipo y el personal encargado de manejar la carga. El espacio requerido para
lneas elctricas establecido en la tabla 22-3.3.2.2-1 debe ser mantenido
independientemente de cualquier dispositivo usado en la gra.
22-3.3.2.4 Operacin de la gra dentro de zonas prohibidas con lneas elctricas
energizadas.
Los pasos deben ser aceptados para minimizar el riesgo de electrocucin o una lesin sera
como resultado del contacto entre las lneas energizadas y la gra, lneas de carga y la
gra.
(a) Antes de que estas operaciones tomen lugar una persona calificada junto con un
representante calificado de los servicios o un ingeniero calificado en lneas elctricas de
transmisin debe visitar el sitio, determinar si sta es la forma ms factible para completar la
operacin y establecer los mnimos requeridos de distancia y requerimientos para este tipo
de operaciones. Estas operaciones deben ser llevadas a cabo bajo una supervisin, lo
siguiente es requerido:
(1) Una gra/carga en el suelo en la lnea neutra por los servicios
(2) Dispositivos protectores del sistema elctrico que automticamente re-energicen el
circuito despus de que una lnea elctrica entre en contacto, debe ser bloqueada o
desengranada para inhibir sus funciones
(3) Barreras aislantes que no sean parte o que estn adjuntas a la gra y que no
permitan contacto entre las lneas elctricas energizadas y la gra, lneas de carga o carga .
61
pies
(Fase a Fase)
Al operar cerca de lneas elctricas de alto voltaje
a 50
10
3.05
Ms de 50 a 200
15
4.6
Ms de 200 a 350
20
6.1
Ms de 350 a 500
25
7.62
Ms de 500 a 750
35
10.67
Ms de 750 a 1,000
45
13.72
1.22
Ms de 0.75 a 50
3.83
Ms de 50 a 345
10
1.83
Ms de 345 a 750
16
4.87
Ms de 750 a 1,000
20
62
6.1
(4) Barric
(b) Control de carga, cuando sea requerido debe usarse lneas de viento de tipo no
conductivo
(c) La gra no debe operarse desde la estacin de control donde el operador est en
contacto con los controles y el suelo donde est la gra nicamente elevado de la estacin
de control o a travs de controles inalmbricos que deben ser usados.
(d) Un sealero calificado quien es el nico responsable de verificar la distancia
establecidas en para.22-3.3.2.4(a) sean mantenidas, deben estar en constante contacto con
el operador de la gra.
(e ) Las personas responsables de la operacin deben alertar y avisar al operador de la
gra y a todas las personas trabajando en el rea o cerca de la gra acerca de los peligros
de electrocucin , lesiones graves e instruirlos en cmo evitar estos riesgos,
(f)Todo el personal no esencial para la operacin debe ser removido del rea de trabajo se
la gra.
(g) Ninguna persona se le debe permitir tocar la gra o la carga a menos de que el sealero
indique que es seguro hacerlo.
(h) Si las guardas tipo jaula de la pluma, las uniones aislantes o los dispositivos de
proximidad de aviso son usados en las gras, estos dispositivos no deben ser un sustituto
de los requerimientos de para 22-3.3.2, incluso si tanto estos dispositivos son requeridos por
una ley o una regulacin. En vista de la complejidad, invisibilidad, y naturaleza letal de los
peligros elctricos involucrados y el potencial de disminucin de la falsa seguridad,
instrucciones sobre el tipo de riesgos elctricos involucrados, condiciones operativas para
estos dispositivos, limitaciones de estos dispositivos y requerimientos prescritos y prueba
por el fabricante de los dispositivos; si son usados debe entenderse por el operador de la
gra, el equipo y el personal encargado de manejar la carga. El espacio requerido para
lneas elctricas establecido en la tabla 22-3.3.2.2-1 debe ser mantenido
independientemente de cualquier dispositivo usado en la gra.
22-3.3.3.2.5 Operaciones en trnsito sin carga y con la pluma abajo.
(a)Mientras este en trnsito sin carga y con la pluma y el sistema de soporte de la pluma
abajo. La distancia debe ser como especifica en la tabla 22-3.3.2.1, [ver tabla 22-3.3.2.2-1 y
Fig. 22-3.3.2.1-1 Ilustracin (b).
(b)Cuando se planea el trnsito de la gra, deben ser considerados el efecto de velocidad y
terreno sobre la pluma y el movimiento de la gra.
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