NIF para Copropiedades
NIF para Copropiedades
NIF para Copropiedades
1. INTRODUCCIÓN
2. DESARROLLO
3. DEFINICIONES
3. OTRAS DEFINICIONES
Amortización. Distribución sistemática del importe depreciable de un activo a lo
largo de su vida útil.
Baja en cuentas. La supresión de un activo o del pasivo previamente reconocido
en el estado de situación financiera.
Depreciación Distribución sistemática del importe depreciable de un activo a lo
largo de su vida útil.
Equivalentes al efectivo. Inversiones a corto plazo de gran liquidez, fácilmente
convertibles en importes determinados de efectivo y sujetos a un riesgo
insignificante de cambios en su valor.
Estados financieros Representación estructurada de la situación financiera, el
rendimiento financiero y los flujos de efectivo de una entidad
Estados financieros con propósito de información general Los estados
financieros dirigidos a atender las necesidades generales de información
financiera de un amplio espectro de usuarios que no están en condiciones de
exigir informes a la medida de sus necesidades específicas de información.
Fecha sobre la que se informa El final del último periodo cubierto por los estados
financieros o por un informe financiero intermedio.
Flujos de efectivo Entradas y salidas de efectivo y equivalentes al efectivo.
Gastos Son los decrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo
del periodo contable, en forma de salidas o disminuciones del valor de los activos,
o bien de nacimiento o aumento de los pasivos, que dan como resultado
decrementos en el patrimonio, y no están relacionados con las distribuciones
realizadas a los propietarios de este patrimonio.
Informe financiero intermedio Un informe financiero que contiene un conjunto de
estados financieros completos o un conjunto de estados financieros condensados
para un periodo intermedio.
Ingreso Incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del
periodo sobre el que se informa, en forma de entradas o incrementos de valor de
los activos, o bien como decrementos de las obligaciones, que dan como resultado
aumentos del patrimonio, y no están relacionados con las aportaciones de los
inversores a este patrimonio.
Medición Proceso de determinación de los importes monetarios por los que se
reconocen y registran los elementos de los estados financieros en el estado de
situación financiera y el estado del resultado integral.
Medición de activos, pasivos, ingresos y gastos Es el proceso de determinar
cuantías o valores en los que se miden los activos, pasivos, ingresos y gastos en
los estados financieros
Moneda de presentación La moneda en la cual se presentan los estados
financieros.
Moneda funcional Moneda del entorno económico principal en el que opera la
entidad.
Negocio en marcha Una entidad es un negocio en marcha, a menos que la
administración pretenda liquidarla o hacerla cesar en su actividad, o no tenga otra
alternativa más realista que proceder de una de estas formas.
Notas (a los estados financieros) y Revelaciones Las notas contienen
información adicional a la presentada en el estado de situación financiera y estado
del resultado integral. Suministran descripciones narrativas o desagregaciones de
partidas presentadas en estos estados, así como información sobre las partidas
que no cumplen las condiciones para ser reconocidas en dichos estados.
Partidas monetarias Unidades monetarias mantenidas en efectivo, así como
activos y pasivos que se van a recibir o pagar, mediante una cantidad fija o
determinable de unidades monetarias.
Pasivo Obligación presente de la entidad, surgida a raíz de sucesos pasados, a
cuyo vencimiento, y para cancelarla, la entidad espera desprenderse de recursos
que conllevan beneficios económicos.
Patrimonio Participación residual en los activos de la entidad, una vez deducidos
todos sus pasivos.
Período intermedio Un periodo para el que se brinda información financiera que
es menor que un ejercicio financiero completo.
Periodo sobre el que se informa El periodo cubierto por los estados financieros
o por un informe financiero intermedio.
Políticas contables Principios específicos, bases, convencionalismos, reglas y
procedimientos adoptados por una entidad para la elaboración y presentación de
sus estados financieros.
Presentación razonable La imagen fiel de los efectos de las transacciones, así
como de otros eventos y condiciones, de acuerdo con las definiciones y los
criterios de reconocimiento de activos, pasivos, ingresos y gastos.
Propiedades, planta y equipo Activos tangibles que:
(a) son mantenidos para su uso en la producción o suministro de bienes y
servicios, para arrendarlos a terceros o con propósitos administrativos, y
(b) se esperan usar durante más de un ejercicio.
Provisión. Pasivo cuya cuantía o vencimiento es incierto.
Reconocimiento. Proceso de incorporación, en el estado de situación financiera o
en el estado del resultado integral, de una partida que cumpla la definición de un
elemento y que satisfaga los siguientes criterios:
(a) que sea probable que cualquier beneficio económico asociado con la partida
llegue a, o salga, de la entidad, y
(b) que la partida tenga un costo o un valor que pueda ser medido con fiabilidad.
La falta de reconocimiento en los estados financieros de una partida que satisface
estos criterios, no se rectifica mediante la revelación de las políticas contables, ni
tampoco a través de notas u otro material explicativo.
Rendimiento. La relación entre ingresos y los gastos de una entidad, según la
información contenida en el estado del resultado integral.
Resultado del periodo. Total de ingresos menos gastos, excluyendo los
componentes de otro resultado integral.
Resultado integral total. El cambio en el patrimonio durante un periodo, que
procede de transacciones y otros sucesos, distintos de aquellos cambios
procedentes de transacciones con los propietarios en su condición de tales (igual
a la suma del resultado y otro resultado integral).
Situación financiera. La relación entre los activos, los pasivos y el patrimonio de
una entidad, tal como se informa de ella en el estado de situación financiera.
Valor razonable. El importe por el cual puede intercambiarse un activo,
cancelarse un pasivo o intercambiarse un instrumento de patrimonio concedido,
entre partes interesadas y debidamente informadas que realizan una transacción
en condiciones de independencia mutua.
Valor residual (de un activo). El importe estimado que una entidad podría
obtener en el momento presente por la disposición de un activo, después de
deducir los costos de disposición estimados, si el activo hubiera alcanzado ya la
antigüedad y las demás condiciones esperadas al término de su vida útil.
Vida útil El periodo durante el cual se espera que un activo esté disponible para
su uso por una entidad o el número de unidades de producción o similares que se
espera obtener del mismo.
5. POLÍTICAS CONTABLES
1. OBJETIVO
Coincidir el saldo contable del rubro Bancos con los valores que aparecen en los
extractos emitidos por las entidades bancarias y entidades similares que
administren recursos del CONJUNTO RESIDENCIAL COLOMBIA P. H. en
cuentas corrientes o de ahorros y fondos de inversión y demás recursos que
cumplan la definición de efectivo.
2. ALCANCE
3. RECONOCIMIENTO
Se reconocerán como efectivo los valores recibidos por el recaudo empresarial o
por cualquier otro medio, de parte de los propietarios, arrendatarios o de terceros
relacionados.
Se reconocerá como saldo en bancos el efectivo mantenido en instituciones
financieras debidamente autorizadas por la Superintendencia Financiera.
4. MEDICION
El Efectivo comprenderá la caja general y la caja menor, así como los depósitos
bancarios a la vista, en cuentas corrientes y de ahorro, en moneda nacional.
El efectivo se medirá al costo de la transacción, y para cada concepto de efectivo
se mostrará dentro de los estados financieros en una cuenta específica que
determine su condición y naturaleza dentro del activo corriente.
En el CONJUNTO RESIDENCIAL COLOMBIA P. H., el efectivo está compuesto
por los siguientes rubros: caja general, caja menor, bancos, depósitos a corto
plazo (vencimiento menor a tres meses) y fondos.
La caja menor se medirá por el monto del fondo fijo autorizado por el consejo de
administración para la adquisición de bienes o servicios de baja cuantía, que están
debidamente soportados para proceder a su reembolso, los cuales se reconocerán
en el resultado del período.
Los saldos en bancos y en cuentas de ahorros que administren efectivo del
CONJUNTO RESIDENCIAL COLOMBIA P. H. se medirán por los valores
reportados por las entidades financieras en los respectivos extractos; las
diferencias entre extracto y registros contables se reconocerán como cuentas por
pagar, ingresos o gastos según corresponda.
En caso de que la copropiedad tenga cuentas de ahorro restringidas, este
concepto se revelará en Notas a los Estados Financieros. Para el cubrimiento del
Fondo de Imprevistos, y con ocasión de los CDT, depósitos fiduciarios y similares;
en caso que la restricción se resuelva más allá de los doce meses, se clasificarán
como activos no corrientes.
La copropiedad revelará en sus notas los saldos en efectivo o equivalentes al
efectivo significativos, mantenidos por la copropiedad que no estén disponibles
para ser utilizados por ésta.
Los equivalentes al efectivo son inversiones a corto plazo de gran liquidez que se
mantienen para cumplir con los compromisos de pago a corto plazo más que para
propósitos de inversión u otros. Por tanto, una inversión cumplirá las condiciones
de equivalente al efectivo cuando:
Reconocimiento Inicial
EL CONJUNTO RESIDENCIAL COLOMBIA P. H. no reconocerá como propiedad
planta y equipo los elementos que aunque duren más de un periodo, su costo sea
menor a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes. En consecuencia,
los elementos menores a esta cuantía serán registrados como gastos de la
Copropiedad. Es preciso recordar y dejar expresamente claro que los bienes
comunes no se consideran PPE y, por consiguiente, no se contabilizarán en el
Estado de Situación Financiera aquellos tales como: Salones sociales; piscinas;
parques; vías de circulación; zonas comunes de recreación activa y pasiva;
tanques; motobombas; planta eléctrica; ascensores; cubiertas y similares, sin
perjuicio de que se puedan presentar en el Balance de Prueba, en Cuentas de
Orden y, revelarse en las Notas.
La copropiedad medirá un elemento de PPE por su costo, en el momento del
reconocimiento inicial.
Hacen parte de los componentes del costo, los siguientes:
Medición Posterior
La copropiedad medirá todos los elementos de propiedades, planta y equipo tras
su reconocimiento inicial al costo menos la depreciación acumulada y cualesquiera
pérdidas por deterioro del valor acumuladas.
La copropiedad reconocerá los costos del mantenimiento diario de un elemento de
propiedad, planta y equipo en los resultados del periodo en el que incurra en
dichos costos.
De acuerdo al criterio de reconocimiento. El CONJUNTO RESIDENCIAL
COLOMBIA P. H. no reconocerá en el importe en libros de un elemento de
propiedades, planta y equipo, los costos derivados del mantenimiento regular del
elemento. Tales costos se reconocerán en el resultado cuando se incurra en ellos.
Estos desembolsos se pueden describir como mantenimientos preventivos,
correctivos, reparaciones, conservaciones, etc., se reconocerán como gasto del
periodo.
Depreciación
La copropiedad definió utilizar el método de línea recta y las siguientes vidas
útiles, sin perjuicio que un peritaje técnico determine lo contrario en cada caso:
Medición Posterior
La copropiedad cargará contra una provisión únicamente los desembolsos para
los que fue originalmente reconocida.
La copropiedad revisará y ajustará las provisiones en cada fecha sobre la que se
informa para reflejar la mejor estimación actual del importe que sería requerido
para cancelar la obligación en esa fecha. Cualquier ajuste a los importes
previamente reconocidos se reconocerá en resultados.
Revelación
Información a revelar sobre provisiones
Para cada tipo de provisión, la copropiedad revelará lo siguiente:
Una conciliación que muestre:
(i) el importe en libros al principio y al final del periodo;
(ii) las adiciones realizadas durante el periodo, incluyendo los ajustes procedentes
de los cambios en la medición del importe descontado;
(iii) los importes cargados contra la provisión durante el periodo; y
(iv) los importes no utilizados revertidos en el periodo.
Una breve descripción de la naturaleza de la obligación y del importe
y calendario esperados de cualquier pago resultante.
Una indicación acerca de las incertidumbres relativas al importe o al
calendario de las salidas de recursos.
El importe de cualquier reembolso esperado, indicando el importe de
los activos que hayan sido reconocidos por esos reembolsos
esperados.
Información a revelar sobre pasivos contingentes
A menos que la posibilidad de una eventual salida de recursos para liquidarlo sea
remota, se revelará para cada clase de pasivo contingente, en la fecha sobre la
que se informa, una breve descripción de la naturaleza del mismo y, cuando fuese
practicable:
Una estimación de sus efectos financieros
Una indicación de las incertidumbres relacionadas con el importe o el
calendario de las salidas de recursos; y
La posibilidad de cualquier reembolso.
Si es impracticable revelar una o más de estas informaciones, este hecho deberá
señalarse.
Información a revelar sobre activos contingentes
Si es probable una entrada de beneficios económicos (con mayor probabilidad de
que ocurra que de lo contrario) pero no prácticamente cierta, el conjunto revelará
una descripción de la naturaleza de los activos contingentes al final del periodo
sobre el que se informa y, cuando sea practicable sin costos ni esfuerzos
desproporcionados y una estimación de su efecto financiero.
Presentación
En el estado de situación financiera, la copropiedad presentará las provisiones
como pasivos corrientes. En caso que dichos pasivos tengan un vencimiento
superior a doce meses se clasificaran como pasivos no corrientes.
Ingresos diferidos
Reconocimiento. Comprende las cuotas de administración y demás expensas
comunes pagadas anticipadamente por los propietarios.
Base. Se registran por el valor efectivamente recibido y al inicio de cada mes, se
aplican a las obligaciones causadas, mediante el proceso de “cruce de anticipos”,
generando la facturación y concediendo los descuentos a que haya lugar.
Revelación. En el reporte detallado de cartera, o por separado de éste, se
presentará mensualmente la relación de los inmuebles con anticipos.
Otros pasivos – Depósitos recibidos
Reconocimiento. Registra las sumas recibidas, generalmente de los propietarios,
para atender compromisos en los cuales la copropiedad actúa como recaudador;
los más usuales son: honorarios de abogado, cuotas extraordinarias, y, cuando no
se lleva como Reserva Patrimonial, la cuenta correlativa del Fondo de Imprevistos,
mencionada en el grupo de Efectivo.
Base. Se registran por el valor efectivamente recaudado.
Revelación. En el caso de las cuotas extraordinarias, se revelará el monto
aprobado, el valor de la inversión, las ejecuciones efectuadas y pendientes, así
como el monto por recaudar.
Reservas
Reconocimiento. Representan recursos retenidos por el conjunto, tomados de
sus excedentes, con el fin de satisfacer requerimientos legales, estatutarios u
ocasionales. Las reservas están creadas ya sea por mandato legal o expreso de
la Asamblea, para asegurar la estabilidad en períodos de dificultad económica, o
para prever sucesos extraordinarios, o para realizar futuras obras o inversiones,
diferentes a las registradas como “Depósitos recibidos”. Es común confundir los
términos provisión y reserva. Mientras que las provisiones se crean con cargo a
los resultados, y su finalidad es actuar como mecanismo de protección de activos
o reconocimiento de deudas o riesgos, las reservas son creadas por mandato
expreso del máximo órgano social y se originan directamente de los excedentes
líquidos.
Base. a) Reservas obligatorias, que son las que se deben constituir por virtud de
una norma legal, tales como la reserva para el Fondo de Imprevistos, por mandato
de la Ley 675 de 2001, aunque también se puede registrar en el grupo de
“Depósitos recibidos”, como se indicó en dicho apartado. b) Reservas estatutarias,
que son las apropiaciones de excedentes que deben efectuarse por virtud de lo
pactado en la escritura de constitución de la persona jurídica, o Reglamento de
Propiedad Horizontal, tales como reservas para ensanches, para reposición de
activos, para capitalizaciones y para enjugar pérdidas, y c)Reservas ocasionales,
que son todas aquellas apropiaciones de excedentes que se realizan por
autorización de la asamblea de y que tienen por objeto cumplir una finalidad
específica y transitoria, tales como reservas para beneficencia, para estudios, para
ensanches, para capital de trabajo, para adquisición o reposición de activos y para
enjugar pérdidas.
Revelaciones. Excedentes apropiados y no apropiados. La entidad revela en
notas a los estados financieros, información relevante acerca de la composición
del valor mostrado en el Estado de Situación Financiera, correspondiente a la
magnitud contable de Reservas. Las reservas son constituidas una vez son
aprobadas por el máximo órgano social. Igualmente, se revelará el monto de las
reservas aprobadas en periodos anteriores y su plan de inversión o ejecución.
Resultados del ejercicio
Reconocimiento. . Comprende el valor del excedente o déficit obtenido por el ente
económico al cierre de cada ejercicio, como consecuencia de la diferencia entre
ingresos y egresos, también reflejada en la ejecución presupuestal y constituyen
un aumento o disminución patrimonial para la copropiedad.
Medición. Los registros serán: a) Por la diferencia resultante de comparar los
ingresos con los gastos o egresos, contra a la cuenta -ganancias y pérdidas-; b)
Por el valor de la apropiación de los excedentes del ejercicio, reservas y otros
afines mediante el acta aprobada en el máximo órgano social; c) Por el traslado de
los excedentes o déficits del ejercicio a la cuenta -resultados acumulados-.
Cuando se efectúa el cierre contable, el resultado del ejercicio, es decir, el
excedente, o déficit, se contabiliza en la cuenta de gastos conocida como
pérdidas y ganancias, y de allí se traslada a la cuenta correspondiente al
patrimonio – Resultados del ejercicio (Excedente o Déficit).
Revelaciones. En las notas a los estados financieros se incluirá información
relevante acerca de excedentes apropiados y no apropiados; la composición del
valor mostrado en el Estado de Situación Financiera, correspondiente a la
magnitud contable de Resultados del Ejercicio.
Resultados de ejercicios anteriores
Reconocimiento y Medición. Los Resultados de ejercicios anteriores, bien seas
Excedentes o Déficits, se registrarán por su valor neto, en una cuenta denominada
“Resultados acumulados”.
Revelación. Será opcional revelar en Notas a los EF, los resultados individuales
de los diferentes años que conforman el valor neto de los resultados acumulados.
Reconocimiento. Se reconocen las transacciones como el valor de los resultados
obtenidos en ejercicios anteriores, por excedentes acumulados que estén a
disposición del máximo órgano social o por déficits acumulados no enjugados (*).
Medición. En la dinámica de la cuenta mayor se reconocen las siguientes bases
de medición: Los registros en el crédito serán: a) Por el valor de los excedentes
del ejercicio que se encuentran a disposición del máximo órgano social. Los
registros en el débito serán: a) Por el valor de la apropiación o distribución de los
excedentes acumulados, y b) Por la absorción de las pérdidas mediante la
aplicación de utilidades (*).
Revelación. La entidad revelará en las notas a los estados financieros, información
relevante acerca de la composición del valor mostrado en el Estado de Situación
Financiera, correspondiente a la magnitud contable de Resultados del Ejercicio.
Se revela información de los ejercicios anteriores, por excedentes o déficits, que
están a disposición del máximo órgano social.
Ingresos
Reconocimiento. Los ingresos representan flujos de entrada de recursos, en forma
de incrementos del activo o disminuciones del pasivo, o una combinación de
ambos, que generan incrementos en el patrimonio, devengados por la causación
de expensas comunes como: las cuotas de administración, y cobros autorizados
por: sanciones, multas e intereses de mora, y los demás que estén autorizados
por estatutos o Reglamento de Propiedad Horizontal. Igualmente por el recibo de
dineros originados en la prestación de servicios ocasionales a los residentes,
como: alquiler de zonas o bienes comunes, o los eventuales, originados en las
operaciones de la copropiedad, como: indemnización de seguros, recuperación de
gastos o de provisiones; rendimientos financieros diferentes a los del Fondo de
Imprevistos, donaciones y similares. No se clasificarán los ingresos ni los gastos
de la copropiedad en operacionales y no operacionales, por cuanto todos se
derivan del objeto social, que es su administración.
En cumplimiento de las normas de realización, asociación y asignación, los
ingresos y los gastos se deben reconocer de tal manera que se logre el adecuado
registro de las operaciones en la cuenta apropiada, por el monto correcto y en el
período correspondiente, para obtener el justo cómputo del resultado neto del
período.
Los descuentos condicionados son los que se conceden supeditados a una
condición o hecho futuro que puede suceder o no. Básicamente opera por el pago
antes del plazo concedido (pronto pago), de manera que si se cancela antes del
mismo se otorga el descuento; en caso contrario el pago debe hacerse por su
valor total. Es preciso dejar claro que los descuentos se registran dentro de los
Ingresos (que son de naturaleza contable crédito), como una cuenta de naturaleza
débito; por consiguiente, no es adecuado ni válido su registro como un gasto.
Medición. Se reconocen las bases de medición en los siguientes párrafos: 1.
Realización. Sólo pueden reconocerse hechos económicos realizados. Se
entiende que un hecho económico se ha realizado cuando pueda comprobarse
que, como consecuencia de transacciones o eventos pasados, internos o
externos, la copropiedad tiene o tendrá un beneficio o un sacrifico económico, o ha
experimentado un cambio en sus recursos, razonablemente cuantificables. 2.
Asociación. Se deben asociar con los ingresos devengados en cada período los
costos y gastos incurridos para producir tales ingresos, registrando unos y otros
simultáneamente en las cuentas de resultados. 3. Diferidos. Deben contabilizarse
como diferidos, los ingresos hasta que la obligación correlativa esté total o
parcialmente satisfecha y los gastos hasta que el correspondiente beneficio
económico esté total o parcialmente consumido o perdido. Un ingreso se entiende
realizado y, por tanto, debe ser reconocido en las cuentas de resultados, cuando
se ha devengado y convertido o sea razonablemente convertible en efectivo. 4.
Devengar implica que se ha hecho lo necesario para hacerse acreedor al ingreso.
Este registro se realiza mediante la Cuenta de Cobro, cumpliendo todos
los requisitos legales establecidos por la ley. Los hechos económicos son
reconocidos en el período en el cual se realizan. Los hechos deben reportarse
cronológicamente. Todos los registros deben ser reconocidos por los importes
apropiados.
Revelaciones. Se informará en Notas el valor de los Ingresos brutos, con
indicación, asociados con sus correspondientes descuentos. Los intereses. La
prestación de servicios comunes. Cualquier otro tipo de ingresos de actividades
ordinarias significativos.
Gastos
Reconocimiento. Representan los flujos de salida de recursos, en forma de
disminuciones del activo o incrementos del pasivo o una combinación de ambos,
que generan disminuciones del patrimonio, incurridos en las actividades propias
de la administración de la copropiedad, realizadas durante un período, que no
provienen de retiros de capital o de excedentes, sino de los rubros asignados en el
presupuesto ordinario aprobado por la Asamblea General de Propietarios.
Reconocimiento de ingresos y gastos. En cumplimiento de las normas de
realización, asociación y asignación, los ingresos y los gastos se deben reconocer
de tal manera que se logre el adecuado registro de las operaciones en la cuenta
apropiada, por el monto correcto y en el período correspondiente, para obtener el
justo cómputo del resultado neto del período. Los hechos económicos son
reconocidos en el período en el cual se realizan. Realización. Sólo pueden
reconocerse hechos económicos realizados. Se entiende que un hecho económico
se ha realizado cuando quiera que pueda comprobarse que, como consecuencia
de transacciones o eventos pasados, internos o externos, el ente económico tiene
o tendrá un beneficio o un sacrifico económico, o ha experimentado un cambio en
sus recursos, en uno y otro caso razonablemente cuantificables. Los hechos
deben reportarse cronológicamente.
Medición. Registrar la contrapartida de la depreciación acumulada mes a mes de
acuerdo método de línea recta el cual es de reconocido valor técnico. Asignación.
Los costos de los activos y los ingresos y gastos diferidos deben ser asignados o
distribuidos en las cuentas de resultados, de manera sistemática, en cumplimiento
de la norma básica de asociación. Los gastos operacionales de administración son
los ocasionados en el desarrollo del objeto social principal del ente económico y se
registran sobre la base de causación.
Revelaciones. Se presentan partidas comparativas de gastos, evidenciando los
cambios como son crecimientos y disminuciones y se compara con el presupuesto
del mes para realizar los correctivos necesarios. Principales clases de ingresos y
gastos, indicando el método utilizado para determinarlos y las bases utilizadas.
Cuentas de orden deudoras de control
Reconocimiento. Las cuentas de orden de control son utilizadas para registrar
operaciones realizadas con terceros que por su naturaleza no afectan la situación
financiera de aquél. Se usan también para ejercer control interno: Activos
castigados; propiedad planta y equipo totalmente depreciados, agotados o
amortizados.
Medición. Los diferentes conceptos deben agruparse en cuentas específicas
según la naturaleza de la transacción o evento y utilizar como contrapartida la
cuenta deudora o acreedora por contra respectiva descrita el PUUC adjunto.
Deudoras de control de control por contra
Reconocimiento y Medición. Su utilización corresponde básicamente a servir
como contrapartida de las Cuentas de Orden deudoras de Control.
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HASTA AQUÍ EL MANUAL PROPIAMENTE DICHO. A CONTINUACIÓN, LA
PARTE INICIAL DE UN MODELO DE NOTAS O REVELACIONES A LOS
ESTADOS FINANCIEROS
7. MODELO BÁSICO DE NOTAS O REVELACIONES
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CUENTAS CORRIENTES
DEPOSITOS DE AHORROS
Cuenta Colmena $0 $0
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24 Opiniones
1. ASANFO dice:
Dios le bendiga
Responder
Hola Alba Nelly. Gracias por los comentarios; seguramente algunos se lucrarán, pero
espero que sean más aquellos que no lo hagan y que los difundan, para lo que
fueron concebidos: para el beneficio general de las copropiedades. Respecto al tema
del deterioro, no lo comparto y en varias ocasiones he manifestado que no es
cuestión de gustos, sino de normas; sin embargo, todas las opiniones son
respetables. Te invito a ver la editorial del 21 de abril de 2014, en la que traté dicho
tema: Provisión de cartera en las copropiedades y Obligatoriedad de llevar
contabilidad. ¡Saludo¡
Responder
Responder
Clara Inés Escobar dice:
Nelson:
4. Debe leerse con cuidado la orientación 15 del CTCP, la que orienta y desorienta.
La DIAN les va a dañar el caminado. Se está estudiando las NIIF para presentar un
proyecto de ley.
Responder
DANI dice:
Póngalo en práctica.
(…
“ Clara Inés Escobar dice:
28 abril, 2014 a las 9:46 pm
Son los contadores los que yerran, y si es medianamente inteligente, así debe
entenderlo.”…)
Responder
Amparo dice:
Nelson, muchas gracias por el trabajo, de verdad que nos ha facilitado el trabajo de
implementación.
Responder
Diana
Responder
para la asamblea del 2016 no voy a presentar la contabilidad con las nif.
pueden no aprobarme los estados financieros, esto acarrea multa. las
puedo empezar aplizar en la contabilidad del 2016.
Responder
Diana, buenos días. No acarrea multa, pero los EF no tienen validez como medio de
prueba. Saludo¡
Responder
5. Alba Nelly dice:
Responder
Responder
Responder
He leído cada una de los comentarios y veo que hace falta conocer el
verdadero objetivo social de la ley 675/2001.
Es simplemente administrar los recursos( expensas ), único patrimonio,
de las copropiedades( bienes comunes) para mantener éstos , los bienes
comunes, en perfectas condiciones de mantenimiento y presentación
para que el valor estético se sume al valor de las viviendas y a si el
conjunto tenga una mayor significación patrimonial en el mercado de
vivienda contemporánea que es la Horizontal.
Increíblemente nadie aplica la ley 675 cotidianamente si no cuando se
presenta la impugnación, la demanda o la infración de convivencia. La
ley es una norma armoniosa que nos invita a practicar los derechos
humanos en toda su dimensión para vivir decorosamente .
Mi pregunta es : es obligatorio el nuevo plan único de cuentas para la
copropiedad ?
Nuestro contador no sabe nada al respecto.
Me pueden hacer el favor de enviarme los manuales o formularios
oficiales ?
Mi conjunto es exclusivo de vivienda 6 torres , panta eléctrica ,
escensores y subestaciones eléctricas : puede el contador clasificarlas
como patrimonio ? yo lo entiendo como bienes comunes cuyos valores
están adheridos a la escritura de venta del constructor y sólo son objeto
de inventario para fines de mantenimiento.
Hay un provedor de servicio anterior cobrando al conjunto y esta
embargando las expensas , es esto posible ?
gracias por la atención.
Responder
Responder
Resumen:
Introducción
Responder
Don Juan Fernando, por favor no desorientar a los lectores. Compartimos la esencia
de que no hay que aplicar NIIF, sino contabilidad simplificada, pero cuando Usted
escribe lo anterior como comentario a mi artículo, pareciera incluirme dentro del
grupo de quienes difunden que sí se requieren NIIF y no NIF. Esta es la misma
respuesta que le dí en otro artículo relacionado:
Don Juan Fernando buenas tardes. Efectivamente no hay que aplicar NIIF en un gran
porcentaje, pero no tan alto; no olvide los Centros Comerciales y Empresariales,
entre otros. No obstante, TODOS los demás deben aplicar la Nueva Normatividad
sobre CONTABILIDAD SIMPLIFICADA, O NIF. Lo invito a consultar los demás
artículos publicados que explican ampliamente este proceso. Gracias por su
participación. Cordial saludo.
Responder
Responder
Buenas tardes Don Nelson, me gustaria saber a parte del el costo que
cobran algunos contadores por hacer la conversion, que otras
desventajas técnicas tiene una copropiedad al aplicar NIIF para PYMes.
Responder
Responder
12. Humberto Rodríguez Sánchez dice:
Responder
Responder
Responder
Juan Carlos buenas noches. Realmente es un trabajo muy sencillo, que está
orientado en los diferentes editoriales publicados aquí sobre este tema, incluido el
Plan de Cuentas base para este proceso. Anímese y elabore la hoja de trabajo en la
que se plasman las diferentes reclasificaciones y ajustes, así como la utilización de
las cuentas apropiadas. ¡Saludo¡