Wellness">
Propuesta Plan Especifico Coliscancha - 2010-2020
Propuesta Plan Especifico Coliscancha - 2010-2020
Propuesta Plan Especifico Coliscancha - 2010-2020
LIRCAY - ANGARAES
HUANCAVELICA
PLAN ESPECIFICO
2010 - 2020
PROPUESTA
URBANA
VOLUMEN II
ABRIL – 2010
PRESENTACION
hombre, comunica sus valores y nos refleja la esencia de la actividad que en ella se
desarrolla.
sobre la forma de vida y cultura de una familia, un grupo social o una ciudad.
ALCALDE:
REGIDORES:
PLANIFICADORES
ADMINISTRADOR PLANIFICADOR
SOCIOLOGO FACILITADOR
TÉCNICO TOPOGRAFO
ASISTENTE TÉCNICO
CONTENIDO
PRESENTACIÓN
GENERALIDADES
V. PROPUESTA GENERAL DE
DESARROLLO LOCAL
LCONSIDERACIONES
GENERALES
DIODIAGNOSTICO
URBANO
CENTRO
AÑO POBLADO TASA DE CRECIMIENTO
1993 270
2007 332
2010 348 1,5%
2012 358
2015 374
2020 403
INCREMENTO. REQUERIMIENTO
POBLACIONAL POB. ABSOR. POB. S ACUMULADOS
CON POR ABSOR. DE AREA PARA
POB. RESPECTO AL DENSIFICACI POR EXPANSION
AÑOS CIUDAD AÑO 2007 (1) ÓN EXPANSIÓN URBANA (Has)
AL AÑO
0 16
2010 348 16 0% 100% 1
AL AÑO
0 58
2015 374 42 0% 100% 1
0 129
AL AÑO
2020 403 71 0% 100% 2
Elaboración: Equipo Técnico 2010
PLAN ESPECIFICO DEL ANEXO DE COLISCANCHA 2010 – 2020
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANGARAES – LIRCAY
PLAN ESPECIFICO DEL ANEXO DE COLISCANCHA 2010 – 2020
Vía Regional
Conformada por la Vía de Integración Regional; siendo su principal
función la de servir a desplazamiento e interconectar la ciudad capital
con el resto del Centro Poblado. Esta vía (carretera hacia
Tancarpampa, Pampa del Carmen, Occopampa, Pampahuasi, Ica,
Lircay), al atravesar la ciudad, mantiene una articulación extraurbana
y decisiva relación con la dinámica provincial que no interrumpa la
dinámica intraurbana. Se habilitara en forma progresiva, manteniendo
su sección de 12.00 ml.
Vías Secundarias
El resto de la red vial urbana para proporcionar acceso a los
diferentes inmuebles desde las vías principales (calles Ramón
Castilla, Los Héroes y otras S.N)
a) Equipamiento de Educación
Del análisis cualitativo y cuantitativo del Equipamiento Educativo
desarrollado en el Diagnóstico del presente Plan, se concluye en los
siguientes requerimientos a largo plazo:
b) Equipamiento de Salud
Posta Médica
En cuanto a la infraestructura de Salud se propone la rehabilitación e
implementación de la Posta de Salud, y equipamiento de la nueva
infraestructura a brindar el servicio de atención a la población del
Centro Poblado de Coliscancha y los demás Centros Poblados de la
c) Equipamiento de Recreación
La propuesta de Equipamiento de Recreación, es dotar al centro
poblado de 1.44 Has de áreas deportivas y de parques al 2020, entre
ellos se encuentran: la construcción de parque principal, parque
ecológico, complejo polideportivo, complejo recreacional y recreo
turístico; la ubicación de estos equipamientos se señalan en el plano de
equipamiento urbano.
PARQUES DE
SECTOR 500 1000 1100 500 2100 2600
-2
1. Considerando 1,60 m2 / Hab. para áreas deportivas
2. Considerando 3.00 m2 / Hab. para parques de sector
Fuente: MVC, Sistema Nacional de Equipamiento, 1976
d) Otros Equipamientos
Se considera además, la implementación de los siguientes
Equipamientos Complementarios (Rehabilitacion del Local Comunal,
Iglesia y Municipio Comunal), los que contribuirán a elevar el nivel de
servicios a la población y potenciar la dinámica urbana de Coliscancha.
NOTAS:
1. Obtenida mediante la fórmula: qmáx = pob. Ser * cons/hab./día *
factor promedio seg/día
Donde cons/hab/día = 250 lts/día según r.n.e. Y
Factor promedio = 1.2
NOTAS:
1. La normativa considera servir al 80% de las viviendas con
servicio de agua; es decir, al 80% del 95% que equivale al 76%
del Nº total de viviendas.
2. Se considera el Nº de conexiones igual al Nº de viviendas, cuyo
índice es 5 Hab/Viv, menos las conexiones existentes
Elaboración: Equipo Técnico.
ATENCIÓN
NORMATIVA (1) REQUERIMIENTOS
100%
POBLACIÓN ENERGÍA REQUERIDA N ° DE CONEXIONES
(HAB) (MW) DOMICILIARIAS
POR POR
AÑO TOTALES PERIODO TOTALES PERIODO
2012 358 3.00 3.00 73 73
2015 374 3.14 0.14 77 150
2020 403 3.38 0.24 83 233
NOTAS:
1. Se ha considerado la atención al 100% debido a la disponibilidad de
energía. Económica proveniente de la planta.
PRODUCCION
REQUERIMIENTO ACUMULADA
PERIODO tn/día PERIODO tn/día
2010-2012 0,0358 2012 0,0358
2013-2015 0,0016 2015 0,0374
2016-2020 0,0029 2020 0,0403
Uso Residencial.
Se aplica a las áreas donde predomina la vivienda, admitiendo como
actividades urbanas compatibles el comercio vecinal y los servicios no
molestos, en concordancia al Cuadro de Compatibilidad de Usos del
Suelo Urbano. Para Coliscancha el uso residencial se clasifica en:
USOS RESIDENCIAL
CENTRO POBLADO DE COLISCANCHA
ZONIFICACION RESIDENCIAL
ZONIFICACION USOS DENSIDAD LOTE FRENTE ALTURA COEFICIENTE AREA
NETA MINIMO MINIMO EDIFICACION EDIFICACION LIBRE
Uso Comercial.
Se aplica a las áreas donde predomina o debe predominar el comercio.
Se admiten otras actividades urbanas compatibles como vivienda y
servicios, El uso comercial se clasifica en:
USOS COMERCIAL
CENTRO POBLADO DE COLISCANCHA
ZONIFICACION COMERCIAL
(*) 1.5 VECES EL ANCHO DE LA VIA MAS LA SUMA DE LOS RETIROS MUNICIPALES ESTABLECIDOS
PARA AMBOS LADOS DE LA VIA, SALVO QUE EL PLAN URBANO PRECISE ALTURAS
Uso Recreacional.
Se aplica a las áreas destinadas a actividades de recreación activa o
pasiva y actividades complementarias. Para Coliscancha el uso
recreacional se clasifica en:
USOS RECREACIONAL
CENTRO POBLADO DE COLISCANCHA
RECREACION PASIVA RP
RECREACION ACTIVA RA
Elaborado: Equipo Técnico.
Otros Usos.
Se aplica a las áreas destinadas a actividades políticos-administrativas e
institucionales, así como a los servicios públicos en general. Su
nomenclatura es OU.
PROTECCION ECOLOGICA
ZONIFICACION DE PROTECCIÓN ECOLÓGICA
LAS ZONAS DE PROTECCIÓN ECOLOGICA ZPE SE REGIRAN POR LOS PARAMETROS QUE SE ESTABLEZCAN EN EL PLAN URBANO DISTRITAL
Usos Permitidos.
Para establecer los usos permitidos en cada zona especifica se aplicará
las normas estipuladas en el Reglamento Nacional de Edificaciones –
RNE; el Reglamento de Zonificación Urbana del presente Plan; y otras
normas complementarias que sean aprobadas por la Municipalidad
Provincial de Angaraés mediante ordenanzas (Reglamento de Índice de
Usos y Actividades, etc.)
COMPATIBILIDAD DE USOS
ZONA PROTECCIÓN ECOLOGICA
EQUIPAMIEN. RECREACION
EQUIPAMIEN. EDUCACION
– R2-R1-ZAI
EQUIPAMIENTO SALUD
ZONAS
OTROS USOS
RESIDENCIAL
COMERCIAL
MERCADO
VIVIENDAS UNIFAMILIARES C C R
VIVIENDAS BIFAMILIARES C C
VIVIENDAS HUERTO C C
VIVIENDAS GRANJAS C C
VIVIENDAS TALLER C C
VIVIENDAS COMERCIO C C
COMERCIO LOCAL C C C
COMERCIAL
VI. SISTEMA DE
INVERSIONES URBANAS
6.1.3 Indicadores Sectoriales
PROYECTOS
EJES ESTRATEGICOS TOTAL
1. Educación e Identidad Cultural 2
2. Salud y Ecología Ambiental 3
3. Saneamiento Básico, Ordenamiento Urbano y Vivienda 2
4. Participación Ciudadana, Concertación y Fortalecimiento
Inst. 6
5. Repotenciación Económica y Productiva 2
6. Comercio y Apertura de Nuevos Mercados 1
7. Integración al Sistema Vial provincial 2
8. Mejoramiento de la Infraestructura de Riego 1
9. Equipamiento Informático y de Comunicaciones 1
TOTAL 20
Elaborado: Equipo Técnico.
INVERSION NIVEL DE
EJE ESTRATEGICO/NOMBRE DEL PROYECTO PRIORIDAD SECTOR
US$ ESTUDIO
EJE ESTRATEGICO 1 : EDUCACION E IDENTIDAD
CULTURAL 350.000
CONSTRUCCIÓN CERCO PERIMETRICO Y AULAS
EN EL JARDINDE NIÑOS DE COLISCANCHA 3 EDUCACION 50.000 PERFIL
CONSTRUCCION DE INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO 4 EDUCACION 300.000 PERFIL
EJE ESTRATEGICO 2 : SALUD Y ECOLOGIA
AMBIENTAL 180.000
REHABILITACION E INPLEMENTACION DE POSTA
DE SALUD 5 SALUD 80.000 PERFIL
TRATAMIENTO ECOLOGICO PAISAJISTA DE
LADERAS DE CERROS 17 SALUD 50.000 NO TIENE
TRATAMIENTO ECOLOGICO PAISAJISTA DE
RIVERAS DE RIO COLISCANCHA 18 SALUD 50.000 NO TIENE
EJE ESTRATEGICO 3 : SANEAMIENTO BASICO,
ORDENAMIENTO URBANO Y VIVIENDA 500.000
CONSTRUCCIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE
DESAGÜE 1 SANEAMIENTO 300.000 PERFIL
INVERSION
EJE ESTRATEGICO/NOMBRE DEL PROYECTO PRIORIDAD SECTOR
US$
EJE ESTRATEGICO 1 : EDUCACION E IDENTIDAD
CULTURAL 350.000
CONSTRUCCIÓN CERCO PERIMETRICO Y AULAS EN EL
JARDINDE NIÑOS DE COLISCANCHA 3 EDUCACION 50.000
CONSTRUCCION DE INSTITUTO SUPERIOR
TECNOLOGICO 4 EDUCACION 300.000
de recursos por todo concepto por parte de las autoridades del Centro
Poblado.
SISTEMA DE INVERSIONES URBANAS PERIODO 2010-2020
BANCO DE PROYECTOS DE INVERSION
CENTRO POBLADO DE COLISCANCHA
VII. INSTRUMENTOS
VI. TECNICOS
INSTRUMENTOS TECNICOS NORMATIVOS
NORMATIVOS (ITN)
CONSIDERACIONES
7.1 REGLAMENTO DE ZONIFICACION DE LOS USOSGENERALES
DEL SUELO
DIODIAGNOSTICO
INTRODUCCIÓN URBANO
PLAN ESPECIFICO DEL ANEXO DE COLISCANCHA 2010 – 2020
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANGARAES – LIRCAY
PLAN ESPECIFICO DEL ANEXO DE COLISCANCHA 2010 – 2020
INDICE GENERAL
GENERALIDADES
GENERALIDADES
1° El presente Reglamento constituye el instrumento legal de los aspectos
técnicos y normativos del Plan Específico de Coliscancha. Establece las
definiciones, características y compatibilidades de cada una de las zonas
establecidas en el Plano de Zonificación General.
TITULO I
NORMAS DE EDIFICACION
CAPITULO I
NORMAS GENERALES
I.3 ZONAS
Para los efectos del presente Reglamento el área urbana está subdividida en
zonas, a cada una de las cuales se le asigna un uso o grupo de usos de
características comunes (Titulo I Capítulo III: Reglamento Nacional de
Edificaciones).
I.4 USOS
I.4.1 Usos Permitidos
Ver Cuadro
Para establecer los usos permitidos en cada zona se aplicará el Índice para la
Ubicación de Actividades Urbanas del presente reglamento y el Cuadro de
Niveles Operacionales para fines Industriales del Reglamento Nacional de
Edificaciones.
I.4.2 Uso No Conforme
Las edificaciones de uso no conforme, quedan sujetas a las disposiciones
siguientes:
CAPITULO II
ZONAS DE USO RESIDENCIAL
ZONIFICACION RESIDENCIAL
ZONIFICACION USOS DENSIDAD LOTE FRENTE ALTURA COEFICIENTE AREA
NETA MINIMO MINIMO EDIFICACION EDIFICACION LIBRE
D. Usos Especiales
Se permitirán los locales de usos compatibles señalados en el Índice
para la ubicación de Actividades Urbanas del presente Reglamento.
300 m2 10 ml.
En las Áreas Urbanas Consolidadas como Lote Normativo se considerara a los
existentes
II.2.5 Área Libre
El área libre mínima será el 40 % del área de lote.
II.2.8 Retiros
En las zonas nuevas a habilitarse, las edificaciones deberán adoptar los retiros
siguientes:
Retiro mínimo frontal 3.00 m.
En las zonas ya habilitadas no serán exigibles los retiros salvo en los casos en
que la Comisión Técnica Municipal establezca para cada caso la línea
municipal de fachadas.
II.2.9 Usos Permitidos
A. Uso Residencial
A.1 Quintas
Se permitirá la edificación de quintas siempre que se cumpla con las normas
establecidas para la zona R-2 y con las del Reglamento Nacional de
Edificaciones.
A.2 Vivienda Taller
Se permitirá la edificación de viviendas - taller siempre que se cumpla
con las normas establecidas para el Uso Residencial de Densidad
Baja.
B. Uso Comercial
Se permitirá la construcción de locales para uso de comercio vecinal
siempre y cuando las edificaciones se adecuen a las normas
adicionales establecidas para dicha zona. El uso de comercio local es
permitido siempre que se observen las normas señaladas para la Zona
Residencial de Densidad Baja.
C. Uso Industrial
Se permitirá el establecimiento de locales industriales compatibles,
(Industria Elemental y Complementaria) de acuerdo al Índice para la
Ubicación de Actividades Urbanas, del Reglamento Nacional de
Edificaciones, en función a las normas establecidas en el Cuadro de
Niveles Operacionales para fines industriales.
D. Usos Especiales
Se permitirán los locales de usos compatibles señalados en el Índice
para la ubicación de Actividades Urbanas del presente Reglamento.
CAPITULO III
ZONAS DE USO COMERCIAL
ZONIFICACION COMERCIAL
(*) 1.5 VECES EL ANCHO DE LA VIA MAS LA SUMA DE LOS RETIROS MUNICIPALES ESTABLECIDOS
PARA AMBOS LADOS DE LA VIA, SALVO QUE EL PLAN URBANO PRECISE ALTURAS
III.1.6 Retiros
Las edificaciones que se construyan en esta zona, respetarán los alineamientos
de las fachadas existentes o retiros dispuestos por la Municipalidad.
III.1.7 Estacionamiento
A. 1 estacionamiento cada 100 m2 de área techada comercial.
B. 1 estacionamiento cada 3 viviendas.
III.1.8 Usos Permitidos
A. Usos Comerciales
Los señalados en el Índice para la Ubicación de Actividades Urbanas del
presente Reglamento, con coeficientes de edificación máximo de 2.0
veces el área del lote.
B. Usos Residenciales
La zona de comercio distrital permite el uso residencial de densidad
media, con un coeficiente de edificación máximo de 3 veces el área del
lote.
C. Otros Usos
Los señalados en el Índice para la Ubicación de Actividades urbanas del
presente Reglamento.
CAPITULO IV
ZONA INDUSTRIA LIVIANA – I2
IV.1. ZONA INDUSTRIA LIVIANA I-2
ZONIFICACION INDUSTRIAL
LAS ZONAS DE PROTECCIÓN ECOLOGICA ZPE SE REGIRAN POR LOS PARAMETROS QUE SE ESTABLEZCAN EN EL PLAN URBANO DISTRITAL
IV.1.1 DEFINICION
Son las zonas industriales orientadas al área del mercadeo local, cuyo contacto
con el distrito y la Provincia le permite desarrollar ventas al por mayor, cuenta
con una dimensión económica media y no son molestas no peligrosas.
1,000 m2 20 m.
ZONIFICACION INDUSTRIAL
ZONA DE INDUSTRIA
LIVIANA I2
ZONAS DE
NO MOLESTO
NO PELIGROSO
1,000 M2
USOS ESPECIALES
20 M SEGÚN
PROYECTO
SEGÚN
PROYECTO
SEGÚN
PROYECTO
I1 HASTA 20%
LAS ZONAS DE PROTECCIÓN ECOLOGICA ZPE SE REGIRAN POR LOS PARAMETROS QUE SE ESTABLEZCAN EN EL PLAN URBANO DISTRITAL
CAPITULO VI
VI.1.2 Normas
A. Las zonas de protección ecológica no podrán ser utilizadas para el
desarrollo de actividades urbanas, excepto aquellos usos indicados en
Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas; siempre y
cuando no produzcan alteraciones en el ecosistema y se adecuen a su
entorno paisajístico.
PLAN ESPECIFICO DEL ANEXO DE COLISCANCHA 2010 – 2020
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANGARAES – LIRCAY
PLAN ESPECIFICO DEL ANEXO DE COLISCANCHA 2010 – 2020
VI.1.1 Definición
Comprende las áreas ocupadas por las lagunas de oxidación actualmente, y
que deben ser reubicadas para recuperar dichas áreas
VI.1.2 Normas
A. Las zonas de tratamiento especial no podrán ser utilizadas para el
desarrollo de actividades urbanas, excepto aquellos usos indicados
en Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas;
siempre y cuando no produzcan alteraciones en el ecosistema y se
adecuen a su entorno paisajístico.
TITULO II
NORMAS DE HABILITACION
CAPITULO I
NORMAS GENERALES
I.1 Los procesos de habilitación de terrenos en el área de expansión
urbana, se regirán por las normas establecidas en el presente Título, por las
disposiciones contenidas en la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones
Urbanas, y su Reglamento, D.S. Nº 011-98-MTC y por las demás disposiciones
del Título II del Reglamento Nacional de Edificaciones.
I.2.3 Habilitaciones para Usos Industriales, los cuales pueden ser para
lotizaciones industriales o para habilitación de lotes únicos.
I.3 Para efectos de establecer las condiciones de diseño de las vías, los
procesos de habilitación se sujetarán a las normas establecidas en el Sistema
Vial del Plan Urbano Distrital y sus secciones viales normativas.
I.4 Para efectos de establecer la compatibilidad de uso de los tipos de
habilitación señalados, con las zonas establecidas en el Plano de Zonificación,
éstas se regirán por lo especificado en el Índice de Usos para la Ubicación de
Actividades Urbanas del presente Reglamento.
CAPITULO II
HABILITACIONES PARA USO DE VIVIENDA
II.1 Para la aplicación de la Densidad Bruta y el cómputo de aportes, así
como para el pago de tasas o derechos se tendrá en cuenta que el Área Bruta
Habilitable no incluye las áreas correspondientes a:
II.1.1 El derecho de vía correspondiente al Sistema Vial principal indicado
en Sistema Vial del Plan Especifico.
II.1.2 Las áreas destinadas a Usos Especiales señaladas en el Plano de
Zonificación General.
II.1.3 Las áreas que por razones de protección y tratamiento ecológico de
la ciudad, sólo pueden ser utilizadas para fines de arborización, recreación y/o
como parte del Sistema Vial (quebradas, lecho de ríos, terrenos erosionables,
etc.).
II.2 Las habilitaciones para fines de vivienda o usos compatibles, se
podrán efectuar en forma de lotización de conjunto, ciñéndose en ambos casos
a las normas de habilitación o edificación según los casos, establecidos en el
presente Reglamento.
(1) Para la determinación de este aporte se sumará al valor del terreno el valor de las obras de habilitación.
II.4 Las áreas de aportes no deben ubicarse en las áreas a que se refiere
el número II.1.1 del presente Capítulo.
II.5 Cuando las áreas de aportes para recreación pública no cumplan con
lo establecido en el numeral II.3 del presente Capítulo, la totalidad del área a
aportar será destinado a fines recreacionales (parque).
II.6 Cuando las áreas de los aportes para fines educacionales y otros
fines no cumplan con las áreas mínimas establecidas en el numeral II.3 del
presente Capítulo, éstas se acumularán en un solo lote el que será destinado a
los siguientes fines:
II.6.1 Educacional, si el área resultante es igual o mayor a 500 m2.
II.6.2 Otros fines, si el área resultante es menor a 500 m2.
II.7 Las habilitaciones para fines de vivienda de usos compatibles con
comercio, no podrán efectuarse con menor densidad que la establecida para la
zona residencial donde se ubica. Se permitirá mayor densidad siempre que se
cumpla con las normas correspondientes a la densidad con que se ejecuta el
proyecto.
II.8 Cuando el proyecto de habilitación considere zonas para usos
comerciales, deberá ampliarse la sección vial correspondiente para proveer
estacionamiento de 6.00 metros de ancho.
II.9 Toda habilitación deberá coordinar adecuadamente su esquema vial
con el de las urbanizaciones colindantes con la finalidad de garantizar la
continuidad de las vías.
II.10 En todos los procesos de habilitación, será obligatoria la
implementación de calles, parques y jardines con árboles con la finalidad de
mantener el equilibrio ecológico y salvaguardar la calidad urbanística del
asentamiento.
II.11 En los aportes de los procesos de habilitación en las áreas
correspondientes a educación se ubicarán los centros educativos iniciales y/o
primarios; en las áreas correspondientes a recreación se ubicarán los parques y
en lo correspondiente a otros fines, podrán ubicarse centros de salud, postas
médicas o cualquier otro equipamiento de uso comunal, que se considere
necesario.
TITULO III
SISTEMA VIAL
CAPITULO I
DEFINICIONES
I.1 El Sistema Vial conformante del Plan Especifico se presenta gráficamente en
el Plano respectivo
I.2 El sistema vial arterial ó principal proporciona un sistema de estructura
continua y tiene como finalidad establecer las relaciones funcionales de la
ciudad, así como canalizar los flujos principales más intensos del área urbana,
permitiendo los movimientos masivos tanto de pasajeros como de carga.
I.3 El sistema vial secundario tiene como finalidad complementar, dentro del
ámbito urbano al sistema vial principal y está conformado por vías colectoras
secundarias, las vías locales y/o calles y vías peatonales, estas vías se forman
como producto de los procesos de habilitación urbana.
CAPITULO II
SISTEMA VIAL PRINCIPAL
II.1 Vías Regionales
Son aquellas que sirve para relacionar vehicularmente el flujo de transporte
interurbano y regional, a través de la Carretera Distrital.
II.2 Vías Arteriales
Son aquellas que ordenan los flujos principales de transporte zonal de la ciudad
de Coliscancha.
II.3 Vías Colectoras
Son aquellas que completan con las vías Arteriales el esquema vial de la
ciudad.
CAPITULO III
SISTEMA VIAL SECUNDARIO
III.1 Las vías locales son el producto de los procesos de habilitación u
ocupación del área urbana.
III.2 Las vías locales que se proyectan en las habilitaciones, deberán
constituir un sistema vial jerarquizado, conformado por vías locales principales
y secundarias, complementarias al sistema vial principal.
III.3 Las vías locales principales necesariamente deben conectarse a las
vías del sistema vial principal y podrán ser utilizadas para el servicio de
transporte público.
III.4 La jerarquización de vías deberá coordinarse necesariamente con el
sistema vial principal y con las habilitaciones circundantes.
CAPITULO IV
VIAS PEATONALES
IV.1 En las habilitaciones de vivienda, la dimensión transversal mínima de
la vía peatonal será de 6.00 m.
CAPITULO V
NORMAS COMPLEMENTARIAS
V.1 Para efectos de aplicación del Sistema Vial, establecido en el Plan
Especifico, será necesaria la elaboración de los proyectos definitivos, para
proceder al trazado y reserva del área correspondiente.
En estos proyectos se estudiarán específicamente las alternativas técnico-
económicas más factibles, así como las modificaciones necesarias de las
secciones viales planteadas sobre todo en las áreas urbanas ocupadas y
consolidadas.
V.2 Las normas viales que complementan el presente Reglamento serán
planteadas por la comisión técnica municipal en coordinación con la
Municipalidad, para su posterior aprobación en sesión de Concejo.
V.3 Queda prohibido cerrar las vías en forma temporal sin la respectiva
autorización Municipal; debiéndose considerar en todos los casos, las vías
alternativas para el normal funcionamiento del sistema vial.
V.4 En las vías del sistema vial principal o secundario, será obligatoria la
arborización de las bermas de estacionamiento y de ser el caso de las bermas
centrales.
V.5 En las zonas de expansión cuando se trate de habilitar áreas con
fines comerciales se proveerá una berma de estacionamiento de 6 m. en el o
los frentes destinados a ese uso.
TITULO IV
REGLAMENTO DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL URBANO Y SEGURIDAD
FÍSICA ANTE DESASTRES
CAPITULO I
DEFINICIONES
NORMAS DE CONTROL URBANO Y AMBIENTAL
I.1 CONTROL AMBIENTAL
Corresponde a la Municipalidad Comunal de Coliscancha en coordinación con
el Consejo Nacional del Medio Ambiente, Ministerio de Salud (DIGESA),
Ministerio de Energía y Minas (Dirección General de Hidrocarburos), en
aplicación de las disposiciones contenidas en el Código de Medio Ambiente-
Decreto Legislativo 613, Ley Marco para el crecimiento de la Inversión Privada-
Decreto Legislativo 757; propender al Ordenamiento ambiental de su
jurisdicción con el fin de alcanzar una calidad de vida compatible con la
dignidad humana.
I.2 BIENES DE USO PÚBLICO
Las Vías, parques, plazas, alamedas, áreas de conservación y protección,
zonas paisajistas y otras áreas de uso público señaladas en el Plan Especifico,
son de carácter intangibles, inalienables e imprescriptibles. La municipalidad no
permitirá su uso ó aplicación a fines o modalidades de uso diferente a las que
su carácter y naturaleza les impone.
Mesa de Concertación
Consejo de Desarrollo
- La Asamblea General:
- El Directorio:
- Las Comisiones Técnicas:
Comisión de infraestructura básica y de comunicaciones.
Comisión de servicios comunales, cultura, familia y salud.
Comisión de medio ambiente.
Comisión de generación de empleo.
Comisión de servicios básicos, etc.
Ruedas de negocios
a) La Cooperación Internacional
1. Venta de activos
2. Concesiones
3. Asociación en participación
4. Contratos de Gerencia
5. Especialización en servicios (OUTSOURCING)
6. Otras permitidas por la ley.
1) El cronograma de actividades
Son informes periódicos sirven para la evaluación intermedia y final del Plan
Especifico. La evaluación intermedia se realiza al cabo de los primeros 5 años
de ejecución del Plan. Posteriormente, en el año 2020, una vez efectuado el
cierre de las actividades del Plan, se procede a la evaluación final del mismo
por parte de las autoridades competentes, la que hace posible determinar si el
Plan tuvo éxito o no en la promoción del crecimiento y desarrollo de la
localidad.
ANEXOS: