Normas Del RNE, OSCE
Normas Del RNE, OSCE
Normas Del RNE, OSCE
ANGELES DE CHIMBOTE
MONOGRAFIA
CURSO: CONSTRUCCIONES
TEMA:
NORMAS DEL RNE, OSCE
DOCENTE: ING. DIONSIO ISLA JUAN GABRIEL
INTEGRANTES:
AVELLANEDA SOLANO KENYO
SEMESTRE: VII
SATIPO – PERU
2018
DEDICATORIA
país; así como una opción transparente de negocio para los comerciantes y
Sin embargo, son pocos los trabajos de investigación que se han realizado
Estado.
RESUMEN DE LOS TITULOS DEL REGLAMENTO NACIONAL DE
EDIFICACIONES
TITULO I: GENERALIDADES
En este título del reglamento se habla sobre el objetivo de las normas o reglamentos de
las edificaciones, el cual es normar los criterios y requisitos mínimos para el diseño y
ejecución de habilitaciones urbanas con el fin de asegurar la calidad de la edificación,
el reglamento es de carácter obligatorio para aquellas personas que desarrollen procesos
de habilitación urbana y edificaciones.
En el Artículo 4 de la norma G.010 se habla brevemente del contenido de los tres
títulos y en el artículo 5 de la misma norma indica ciertas condiciones que deben ser
cumplidas satisfactoriamente para la calidad de vida de las personas y la protección del
medio ambiente esas condiciones son seguridad, funcionalidad, habitabilidad y
adecuación al entorno y protección del medio ambiente.
Se habla también de los principios generales en los cuales se basa el reglamento para
cumplir con su objetivo, de la seguridad de las personas para crear espacios adecuados
buscando garantizar la salud, el bienestar general y la integridad. Brindarles también
seguridad a aquellas personas involucradas en el proceso de construcción, de la calidad
de vida, de la seguridad jurídica en la cual indica que se debe respetar el principio de
legalidad y la jerarquía de las normas y las autoridades deben tratar de igual forma a
todos los administrados. De la subordinación del interés personal al interés general, para
poder lograr un desarrollo armonioso entre las personas.
Del diseño universal para que el máximo número de personas posibles puedan disfrutar
y ser beneficiadas y puedan ser aptas, sin ningún tipo de adaptación o diseño especial.
En el reglamento nacional se mencionan también, específicamente en la norma G.030,
los derechos y responsabilidades del propietario el cual tiene inscrito su nombre en el
registro de la propiedad, una de las responsabilidades del propietario es dar a conocer a
los profesionales de sus necesidades acerca de la obra que requiere, facilitar la
documentación del inmueble donde se va a realizar el proyecto así como firmar los
planos y demás documentos del expediente al igual que los profesionales responsables
de cada especialidad. El promotor inmobiliario es la persona que individualmente o en
asociación con otras personas identifica oportunidades de inversión, logra obtener el
financiamiento y ejecuta la obra las responsabilidades de este es: obtener licencias, etc.
para la ejecución de la obra, responder ante el cliente sobre los posibles daños que se
puedan suscitar, etc.
Los profesionales responsables del proyecto donde intervienen los especialistas tales
como el ingeniero civil (proyecto de estructuras), el arquitecto (Proyecto de
arquitectura), los ingenieros sanitarios (Proyecto de instalaciones sanitarias),
electricistas (inst. eléctricas) y electromecánico (inst. electromecánicas). Las
responsabilidades generales para todos ellos es en primera instancia incluir en el
expediente técnico el documento que indique que están habilitados, tienen q cumplir
con las normas y reglamentos vigentes y actualizados y las obligaciones establecidas en
el contrato.
Un tema importante especificado en las normas se tiene en el Capítulo VII de las
infracciones y sanciones, cuando incumplen las normas establecidas están violando el
código de Ética Profesional y esto debe ser castigado por sus respectivos Colegios
Profesionales.
Se indican también las definiciones básicas y técnicas que se harán uso durante la
formación y la vida profesional y los anexos.
Este título del Reglamento Nacional de Edificaciones se habla sobre las normas que se
aplicaran a los procesos de habilitación de tierras para fines urbanos, de los
componentes del diseño urbano los cuales son los espacios públicos, conformados a su
vez por las vías de circulación vehicular y peatonal, las áreas dedicadas a pasques y
plazas de uso publico. Las habilitaciones urbanas deben estar conectadas con el núcleo
urbano del que forman parte, a través de una vía publica y los únicos que pueden
proponer soluciones alternativas o innovadoras basándose en las normas.
Se mencionan también los componentes y características de los proyectos, donde se
mencionan que características deben cumplir los proyectos elaborados por los
profesionales que sean responsables, tales como redes eléctricas, redes sanitarias, etc.
En las normas de este titulo, se indican los tipos de habilitaciones, entre ellas las
habilitaciones residenciales, destinadas predominantemente a viviendas, habilitaciones
para uso comercial, destinadas a la edificación de locales donde se comercializan bienes
y/o servicios sobre terrenos calificados con u8na Zonificación afín o compatible,
habilitaciones para uso industrial, destinadas a la edificación de locales industriales y
que se realizan sobre terrenos calificados con una Zonificación afín o compatible,
habilitaciones para usos especiales, destinados a la edificación de locales educativos,
religiosos, de salud, institucionales, deportivos, recreacionales y campos feriales,
habilitaciones en riberas y laderas, aquellas que se realizan en terrenos colindantes a las
franjas reservadas de los ríos, playas o lagos.
Los componentes estructurales, donde se encuentran los pavimentos urbanos y aceras,
ensayos de laboratorios pruebas de control y requisitos de los materiales, se indican y se
dan tablas de granulometría, sustancias dañinas, requerimientos, etc. Diseño estructural
de pavimentos, la presentación del proyecto y sus términos.
Obras de saneamiento, para consumo humano, (captación de agua, conducción, platas
de tratamiento de agua, almacenamiento de agua, estaciones de bombeo de agua, redes
de distribución de agua tanto primerias como secundarias), drenaje pluvial urbano, redes
de aguas residuales, estaciones de bombeo de aguas residuales, plantas de tratamiento
de aguas residuales y consideraciones básicas de diseño de infraestructura sanitaria.
Se dan normas sobre obras de suministro de energía y comunicaciones, la distribución
de energía eléctrica, es una actividad vinculada a la habilitación urbana y rural así como
a las edificaciones. En este capitulo se mencionan las reglas para las redes de
distribución de energía eléctrica, redes de alumbrado publico, subestaciones eléctricas y
redes e instalaciones de comunicaciones.
EDIFICACIONES
En las consideraciones generales de las edificaciones, las normas que están contenidas
son aplicables en el diseño y ejecución de las edificaciones a nivel nacional.
Garantizando el desarrollo de las actividades de las personas Adicionalmente las
edificaciones deben cumplir con lo que esta establecido en el Plan Urbano aprobado
para cada distrito.
Los proyectos elaborados por los profesionales responsables deben cumplir con ciertos
requisitos para lograr que el constructor cuente con todos los elementos que le permitan
calcular los costos y el proyecto sea ejecutado sin contratiempos, comprender los
alcances y características por parte de las comisiones técnicas, darle al propietario la
información necesaria para que comprenda los planos y las especificaciones según sus
necesidades, etc.
Se habla también de los proyectos de arquitectura y sus normas. Sobre los proyectos de
vivienda, hospedaje, educación, salud e industria. La calidad de la construcción
identifica las características de diseño y de ejecución que son críticas para el
cumplimiento del nivel requerido para cada una de las etapas del proyecto. Y su
objetivo es la aplicación de gestión de la calidad a todas las obras en todas las etapas de
ejecución. Los requisitos de seguridad también son importantes de acuerdo añ uso y
numero de ocupantes de cada edificación para preservar su patrimonio y continuidad.
En el capitulo de estructuras el primer tema que se toca es la norma E.010 Madera, su
agrupamiento para uso estructural de tres clases; A, B, C fijando los requisitos y
procedimientos que se debería seguir para la incorporación de especies a los grupos
establecidos. Se norman también las cargas, las edificaciones y todas sus partes deberán
ser capaces de soportar que se les imponga de acuerdo a su uso. Se dan las normas de
diseño sismorresistente, donde se consideran diferentes requisitos para que la
edificación y sus partes puedan ser diseñadas para resistir las solicitaciones sísmicas
determinadas., se habla también del vidrio, suelos y cimentaciones, concreto armado,
albañilería, adobe y diferentes anexos del reglamento, estructuras metálicas y el bambú
(gramíneas perennes, que crecen en regiones tropicales y templadas de Asia y América
obligatoria a nivel nacional para edificaciones de hasta dos niveles con cargas vivas
máximas repartidas hasta 250 kgf/m2.
En el acápite número cuatro se habla sobre las instalaciones sanitarias que contiene los
requisitos mínimos para el diseño en edificaciones generales, donde se incluyen las
condiciones generales, los documentos de trabajo, tanques sépticos como tratamiento
para aguas residuales,
Por ultimo se norman las instalaciones eléctricas y mecánicas (las acometidas, los
alimentadores, subalimentadores, tableros, sub – tableros, circuitos derivados, sistemas
de protección y control, sistemas de medición y registro, sistemas de puesta a tierra. Las
instalaciones eléctricas interiores, instalaciones de comunicaciones, instalaciones de
ventilación, instalaciones de gas, instalaciones de climatización, chimeneas y hogares,
transporte mecánico, instalaciones con energía solar, instalaciones con energía eólica e
instalaciones de alto riesgo.
04 de Junio de 2008
Se publica en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de
Contrataciones del Estado, y crea el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-
OSCE. De acuerdo a la décimo segunda disposición complementaria final de la Ley de
Contrataciones del Estado, ésta entraría en vigencia, a los treinta (30) días calendario contados
a partir de la publicación de su reglamento y del Reglamento de Organización y Funciones del
OSCE.
Asimismo, se dispuso que cualquier referencia al Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado-CONSUCODE, o a las competencias, funciones o atribuciones que
éste venía ejerciendo se entendieran hechas al Organismo Supervisor de las Contrataciones
del Estado –OSCE.
01 de Enero de 2009
14 de Enero de 2009
31 de Enero de 2009
OSCE
Además el OSCE como toda entidad pública cumple los principios y deberes éticos de la
función pública, establecidos en la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública
y recogidos en su Código de Ética Institucional.
•Las Entidades estarán obligadas a utilizar el SEACE, sin perjuicio de la utilización de otros
regímenes especiales de contratación estatal, según se establezca en el Reglamento.
•El Reglamento establecerá los criterios de incorporación gradual de las Entidades al SEACE,
considerando la infraestructura y condiciones tecnológicas que estas posean.
ADMINISTRACION:
El OSCE desarrollara, administrara y operara el SEACE. El Reglamento de la materia
establecerá su organización, funciones y procedimientos, con sujeción estricta a los
lineamientos de política de contrataciones electrónicas del Estado.
Los actos realizados por medio del SEACE que cumplan con las disposiciones vigentes poseen
la misma validez y eficacia que los actos realizados por medios manuales, pudiéndolos
sustituir para todos los efectos legales. La intervención de los notarios públicos se efectúa en
las oportunidades y formas que establezca el Reglamento.
ORGANIZACIÓN
Presidencia Ejecutiva.- Máxima autoridad ejecutiva, Titular del Pliego y representante legal
del OSCE, designado por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y
Finanzas, por un período de tres (03) años.
Tribunal de Contrataciones del Estado.- Tiene como finalidad resolver, en última instancia
administrativa, las controversias que surjan entre las entidades, los participantes y los postores
durante el proceso de selección, así como imponer las sanciones de inhabilitación temporal y
definitiva a los proveedores, participantes, postores, contratistas, entidades y expertos
independientes según corresponda para cada caso, por infracción de las disposiciones de la
Ley, su reglamento y demás normas complementarias. El Tribunal es un órgano autónomo e
independiente en la emisión de sus resoluciones y pronunciamientos, sin perjuicio de depender
administrativamente de la Presidencia Ejecutiva del OSCE.
Secretaría del Tribunal.- Es la Unidad Orgánica responsable de brindar soporte técnico, legal
y administrativo al Tribunal de Contrataciones La Secretaría brinda soporte técnico, legal y
administrativo al Tribunal para el cumplimiento de sus funciones. Está a cargo de un Secretario
que depende directamente de la Presidencia del Tribunal.
Oficina de Planeamiento y Desarrollo.- Tiene como finalidad elaborar y evaluar la ejecución
de los planes institucionales y el proceso presupuestal del OSCE, así como las actividades de
cooperación y asuntos internacionales y de racionalización administrativa de la gestión
institucional. La oficina de Planeamiento y Desarrollo depende directamente de la Secretaría
General. Se encuentra conformada por las siguientes unidades orgánicas:
Unidad de Planificación y Presupuesto.
Unidad de Cooperación y Asuntos Internacionales.
Unidad de Organización y Mejora de Procesos.
Oficina de Estudios Económicos.- Tiene como finalidad conducir los estudios de carácter
económico y social relacionados con las compras públicas, incluyendo aquellos conducentes a
evaluar el funcionamiento de los regímenes de contrataciones del estado. Asimismo, le
corresponde analizar y proponer mecanismos idóneos de contratación según mercados, así
como plantear estrategias destinadas a promover el uso eficiente de los recursos públicos y de
reducción de costos.
La Oficina de Estudios Económicos depende directamente de la Secretaría General.
Oficina de Asesoría Jurídica.- La Oficina de asesoría Jurídica tiene como finalidad brindar
asesoramiento a la Alta Dirección y demás órganos y unidades orgánicas del OSCE, en
asuntos de carácter jurídico con el propósito que las actuaciones institucionales se den dentro
del marco legal vigente.
la Oficina de Asesoría Jurídica depende directamente de la Secretaría General.
Oficina de Administración.- Tiene como finalidad proveer a los órganos del OSCE de los
recursos humanos y logísticos de acuerdo a las necesidades y normas vigentes, así como
administrar la ejecución presupuestal, financiera y contable, y los proyectos y actividades
referidos a la aplicación de recursos de tecnologías de la información en el OSCE.
La Oficina de Administración depende directamente de la Secretaría General.
La Oficina de Administración se encuentra conformada por las siguientes unidades orgánicas:
Unidad de Recursos Humanos
Unidad de Logística
Unidad de Finanzas
Unidad de Tecnologías de la Información
Oficina de Apoyo a la Gestión Institucional.- Tiene como finalidad brindar orientación a los
usuarios sobre los diversos servicios que presta el OSCE, coordinar el apoyo administrativo y
de asesoría a las Oficinas Zonales, así como coordinar las actividades de comunicaciones,
prensa, imagen institucional y relaciones públicas del OSCE.
La Oficina de apoyo a la Gestión Institucional depende directamente de la Secretaría General.
La Oficina de Apoyo a la Gestión Institucional se encuentra conformada por las siguientes
unidades orgánicas:
Unidad de Prensa e Imagen Institucional
Unidad de Atención al Usuario
Unidad de Coordinación Administrativa de Oficinas Zonales
Dirección Técnico Normativa.- Tiene como finalidad establecer los criterios técnicos legales
sobre la aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, elaborar los proyectos
normativos referidos a la aplicación de dicha normativa, así como brindar asesoría de carácter
técnico legal y desarrollar las actividades referentes a la difusión y capacitación en materia de
contratación pública.
La Dirección Técnico Normativa depende directamente de la Presidencia Ejecutiva.
La Dirección Técnico Normativa se encuentra conformada por las siguientes unidades
orgánicas:
Sub Dirección de Normatividad
Sub Dirección de Procesos Especiales
Sub Dirección de Desarrollo de Capacidades
Dirección del SEACE.- Tiene como finalidad administrar y desarrollar las operaciones que se
realizan en el marco del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, así como
administrar tanto el Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras, como el Catálogo Electrónico
de Convenios Marco, para lo cual desarrolla los proyectos y actividades referidos al diseño e
implementación de sistemas automatizados del SEACE y RNP.
La Dirección del SEACE depende directamente de la Presidencia ejecutiva.
La Dirección del SEACE se encuentra conformada por las siguientes unidades orgánicas:
Sub Dirección de Plataforma
Sub Dirección de Desarrollo de Proyectos
Funciones
Según el art. 58º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, el
OSCE tiene las siguientes funciones:
a. Velar y promover el cumplimiento y difusión de la Ley, su Reglamento y normas
complementarias y proponer las modificaciones que considere necesarias;
h. Designar árbitros y resolver las recusaciones sobre los mismos en arbitrajes que no se
encuentren sometidos a una institución arbitral, en la forma establecida en el reglamento
de la Ley;
i. Absolver consultas sobre las materias de su competencia. Las consultas que efectúen
las entidades serán gratuitas;
l. Suspender los procesos de contratación, en los que como consecuencia del ejercicio
de sus funciones observe transgresiones a la normativa de contrataciones públicas,
siempre que existan indicios razonables de perjuicio económico al Estado o de comisión
de delito, dando cuenta a la Contraloría General de la República, sin perjuicio de
la atribución del Titular de la Entidad que realiza el proceso, de declarar la nulidad de
oficio del mismo;
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
TITULO II
ESTRUCTURA ORGÀNICA
1. ALTA DIRECCIÓN
1.1 Consejo Directivo.
1.2 Presidencia Ejecutiva.
1.3 Secretaría General
5. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
5.1 Oficina de Asesoría Jurídica
5.2 Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación
6. ÓRGANOS DE APOYO
6.1 Oficina de Administración y Finanzas
6.2 Oficina de Sistemas
7. ÓRGANOS DE LÍNEA
7.1 Dirección de Arbitraje Administrativo
7.2 Dirección del SEACE
7.3 Dirección Técnica Normativa
7.4 Dirección de Servicios Institucionales
7.5 Dirección de Supervisión, Fiscalización y Estudios
CAPITULO I
ALTA DIRECCIÒN
SUBCAPÌTULO I
CONSEJO DIRECTIVO
SUBCAPÌTULO II
PRESIDENCIA EJECUTIVA
SUBCAPITULO III
SECRETARIA GENERAL
CAPÌTULO II
CAPITULO III
CAPÍTULO IV
SUBCAPITULO I
Los Vocales del Tribunal son elegidos por Concurso Público y designados por
Resolución Suprema. Los cargos de Presidente del Tribunal, Presidentes de cada sala
y la distribución de los vocales que las componen, son establecidos por el Consejo
Directivo entre los vocales elegidos y designados en la forma prevista anteriormente.
Las Salas del Tribunal no podrán emitir pronunciamientos que contravengan los
criterios establecidos mediante acuerdos de Sala Plena.
El cargo de Vocal del Tribunal cesa, definitivamente, al cumplir los setenta años.
SUBCAPITULO II
CAPITULO V
ORGANOS DE ASESORAMIENTO
SUBCAPÌTULO I
ORGANOS DE APOYO
SUBCAPÌTULO I
SUBCAPÍTULO II
OFICINA DE SISTEMAS
CAPITULO VII
ÒRGANOS DE LÌNEA
SUBCAPÌTULO I
SUBCAPÌTULO II
Para el desarrollo de sus actividades funcionales la Dirección del SEACE cuenta con
las siguientes unidades orgánicas:
1) Subdirección de Plataforma
2) Subdirección del Registro
SUBCAPÌTULO III
SUBCAPÌTULO IV
CAPITULO VIII
CAPITULO IX
Única
El OSCE para el cumplimiento de sus funciones, podrá celebrar acuerdos, convenios o
contratos con Instituciones Públicas, gremiales, universidades, centros de
investigación, organismos nacionales, extranjeros o internacionales, conforme a la
normativa de la materia.
CONCLUSIONES
LINCOGRAFIA
http://portal.osce.gob.pe/osce/content/organigrama
http://www.osce.gob.pe/userfiles/archivos/ROF_OSCE.pdf
http://www.osce.gob.pe/consucode/userfiles/image/052-009.pdf
http://www.mef.gob.pe/contenidos/presu_publ/ppr/eval_indep/2010_informe_fina
l_OSCE.pdf
http://www.osce.gob.pe/consucode/userfiles/image/cap3_m2.pdf