El documento habla sobre el subsidio por incapacidad temporal en Perú. Explica que (1) este subsidio es otorgado por el Seguro Social de Salud a sus asegurados cuando están incapacitados para trabajar debido a problemas de salud, (2) su monto es equivalente al promedio diario de las remuneraciones del trabajador en los últimos 12 meses, y (3) los asegurados regulares y de regímenes especiales tienen derecho a este subsidio siempre que hayan aportado al seguro social por al menos 3 de los últimos 6 meses.
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El documento habla sobre el subsidio por incapacidad temporal en Perú. Explica que (1) este subsidio es otorgado por el Seguro Social de Salud a sus asegurados cuando están incapacitados para trabajar debido a problemas de salud, (2) su monto es equivalente al promedio diario de las remuneraciones del trabajador en los últimos 12 meses, y (3) los asegurados regulares y de regímenes especiales tienen derecho a este subsidio siempre que hayan aportado al seguro social por al menos 3 de los últimos 6 meses.
El documento habla sobre el subsidio por incapacidad temporal en Perú. Explica que (1) este subsidio es otorgado por el Seguro Social de Salud a sus asegurados cuando están incapacitados para trabajar debido a problemas de salud, (2) su monto es equivalente al promedio diario de las remuneraciones del trabajador en los últimos 12 meses, y (3) los asegurados regulares y de regímenes especiales tienen derecho a este subsidio siempre que hayan aportado al seguro social por al menos 3 de los últimos 6 meses.
El documento habla sobre el subsidio por incapacidad temporal en Perú. Explica que (1) este subsidio es otorgado por el Seguro Social de Salud a sus asegurados cuando están incapacitados para trabajar debido a problemas de salud, (2) su monto es equivalente al promedio diario de las remuneraciones del trabajador en los últimos 12 meses, y (3) los asegurados regulares y de regímenes especiales tienen derecho a este subsidio siempre que hayan aportado al seguro social por al menos 3 de los últimos 6 meses.
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V Informes Laborales
El Subsidio por Incapacidad Temporal
Ficha Técnica reglamento de la ley de la Moderniza- por el número de días de goce de la ción de la Seguridad Social en Salud. prestación. Si el total de los meses de Autor : Dr. Ludmin G. Jiménez Coronado - Ley Nº 26644- la cual precisa el goce afiliación es menor a doce, el promedio del derecho de descanso prenatal y se determinará en función al tiempo de Título : El Subsidio por Incapacidad Temporal aportación del afiliado regular. Es así por postnatal de la trabajadora gestante Fuente : Actualidad Empresarial, Nº 186 - Primera (09.12.99). ejemplo, si tuviéramos un trabajador Quincena de Julio 2009 que sólo haya estado aportando nueve - Acuerdo Nº 59-22-ESSALUD-99 meses el promedio se efectuará entre ésta Reglamento de Pago de Prestaciones cantidad de meses laborados. Económicas. (09.12.99). 1. Introducción El derecho a subsidio por cuenta del Se- - Re s o l u c i ó n d e G e re n c i a G e - guro Social de Salud se adquiere a partir En el artículo 7º de la Constitución Política neral Nº 248-GG-ESSA- del vigésimo primer día de incapacidad. del Perú; establece que, todos tienen de- LUD-2001(16.08.2001). Durante los primeros 20 días de incapa- recho a la protección de su salud, la del - Ley Nº 28791 (21.07.06) que modi- cidad, la entidad empleadora continúa medio familiar y la de la comunidad así fica a la Ley N° 26790, asimismo su obligada al pago de la remuneración o como el deber de contribuir a su promo- reglamento el Decreto Supremo N° retribución. Para tal efecto, se acumulan ción y defensa. La persona incapacitada 020-2006-TR (28.12.06). los días de incapacidad remunerados para velar por sí misma a causa de una durante cada año calendario. deficiencia física o mental tiene derecho 3. Concepto al respeto de su dignidad y a un régimen El subsidio se otorgará mientras dure la legal de protección, atención, readapta- El término subsidio connota: Socorro, incapacidad del trabajador y en tanto ayuda de importancia o en condiciones no realice trabajo remunerado, hasta ción y seguridad. por demás aflictivas. Cantidad que se un máximo de 11 meses y 10 días (340 Del mismo modo en su artículo 10º, entrega con fines benéficos o sociales días continuos en un año), y tratándose refiere que el Estado reconoce el derecho para subvenir a necesidades o desgracias de días no continuos el plazo máximo es universal y progresivo de toda persona a la especiales. Nombre que se da en ocasio- de 540 en el transcurso de 36 meses; con seguridad social, para su protección frente nes a la indemnización de los asegurados sujeción a los requisitos y procedimientos a las contingencias que precise la ley y para contra el paro forzoso.1 que señale EsSalud. la elevación de su calidad de vida. Y agrega En materia de la seguridad social, la en su artículo 11° que el Estado garantiza 5. Asegurados que tienen dere- responsabilidad directa corresponde el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, ineludiblemente al Estado por tratarse cho a gozar del subsidio de un servicio público, aunque entes - Asegurados regulares en actividad privadas o mixtas. Supervisa asímismo su privados participen en la prestación eficaz funcionamiento. (trabajadoras dependientes y socios del mismo, pues en cualquier caso su de cooperativa de trabajadores). Informe De acuerdo a lo prescrito por el artículo injerencia y control compete a aquél. La 2º de la Ley Nº 26790 (17-05-97); el Seguridad social es en esencia un derecho - Asegurados de regímenes especiales. Seguro Social de Salud otorga cobertura a humano y Social, con tres características - Asegurados agrarios dependientes. sus asegurados brindándoles prestaciones fundamentales: irrenunciable, inalienable - Asegurados agrarios independientes. de prevención, promoción, recuperación e imprescriptible…2 y subsidios para el cuidado de su salud y Cabe señalar que la Seguridad Social, 6. Condiciones generales para bienestar social, trabajo y enfermedades no solo tiene la finalidad de efectuar profesionales. el otorgamiento de las pres- coberturas sobre las atenciones médicas; sino también las de brindar prestaciones taciones económicas Las prestaciones del Seguro Social de Salud son determinadas en los regla- económicas en el caso que un asegurado Las condiciones generales para el otorga- tenga una incapacidad para asistir al miento de las prestaciones económicas mentos, en función del tipo de afiliación, centro laboral. para los asegurados regulares y asegu- pudiendo comprender los siguientes rados de regímenes especiales son las conceptos: prestaciones de prevención, El subsidio por incapacidad temporal se siguientes: promoción y atención de la salud, pres- otorga en dinero, con el objeto de resarcir taciones de bienestar y promoción social, las pérdidas económicas de los afiliados - Los afiliados regulares y sus dere- prestaciones en dinero correspondientes regulares en actividad, derivadas de la chohabientes tienen el derecho a a subsidios por incapacidad temporal y incapacidad para el trabajo ocasionada las prestaciones del Seguro Social de maternidad y prestaciones por sepelio. por el deterioro de su salud. Salud siempre que aquellos cuenten con tres meses de aportación conse- En ésta oportunidad vamos a tratar sobre cutivos o con cuatro no consecutivos el subsidio por incapacidad temporal, el 4. Monto del Subsidio dentro de los seis meses calendario mismo que goza el trabajador frente a El subsidio por incapacidad temporal anteriores al mes en que se inició la una afectación en su salud. equivale al promedio diario de las re- contingencia y que la entidad em- muneraciones de los últimos doce meses pleadora haya declarado y pagado 2. Marco Normativo inmediatamente anteriores al mes en que o se encuentre en fraccionamiento se inicia la contingencia, multiplicado vigente las aportaciones de los doce El subsidio por incapacidad temporal está meses anteriores a los seis meses pre- regulado por: 1 Guillermo Cabanellas. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual; vios al mes de inicio de la atención, - Ley Nº 26790-Ley de la Moderniza- Editorial Heliasta, Bs. Aires, 2001- p.538. 2 Ángel G. Ruiz Moreno. El Reconocimiento Constitucional Del Derecho según corresponda. ción de la Seguridad Social en Salud. de la Seguridad Social en Latinoamérica en Relaciones Laborales en - En caso de accidente basta que exista el Mundo 42 Estudios en Homenaje al Profesor Luis Aparicio Valdez, - Decreto Supremo Nº 009-97-SA; Editorial Grijley, 2008-p.545 afiliación.
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Área Laboral V - El trabajador tenga vínculo laboral fallecido (original) y el documento lución de Gerencia General N°248-GG- con su empleador al momento del que les acredite como tales, así como ESSALUD-2001; refiere que es un docu- goce de las prestaciones. el poder, por documento público o mento oficial por el cual se hace constar - En caso de trabajadores portuarios no privado con firma legalizada notarial- el tipo de contingencia y la duración se exige el requisito de continuidad mente dado a uno de los beneficia- del período de incapacidad temporal laboral, a menos que hayan transcu- rios para que a nombre de los demás para el trabajo. Se otorga al asegurado rrido más de tres meses sin prestar herederos pueda solicitar el subsidio titular que se atiende por enfermedad, labora alguna. devengado y no cobrado. accidente o maternidad. Este documento En el caso que la titular del subsidio debe ser emitido obligatoriamente por el - Las amas de casa y/o madres de profesional de la salud autorizado y acre- familia tendrán cobertura por presta- haya fallecido y el monto del sub- sidio es menor a cinco Remunera- ditado por EsSalud y debe ser registrado ciones económicas, siempre y cuando en la historia clínica. se hayan inscrito para aportar el 9% ciones Mínimas Vitales, el cónyuge, de la remuneración asegurable. concubino, hijo mayor de edad o Cada CITT consta de 1 original (color familiar, presentará copia simple del amarillo) para registro y custodia, y 2 6.1. Asegurados Agrarios dependien- documento que lo acredita como copias, una (celeste) para el médico y tes tal (mostrar original), partida de otra (blanca) para el usuario. Deberán de cumplir con los siguientes defunción de la afiliada fallecida requisitos: (presentar original) y Declaración 8.1. Criterios para la Expedición del Jurada por la cual asume la total CITT en los Servicios de Consulta - Tener vínculo laboral con su em- responsabilidad ante cualquier Externa y Hospitalización pleador al momento del goce de las reclamo de otra persona con igual prestaciones En el caso de la incapacidad temporal, derecho, excluyéndose a EsSalud de tenemos los siguientes criterios: - Tener tres meses de aportación inme- cualquier responsabilidad. diatamente anteriores al mes en que e. Aviso de accidente de trabajo, en a) Por enfermedad o accidente puede se inicia el goce del subsidio. original, en el caso que la incapacidad expedirse el CITT por un período temporal sea originada por un acci- máximo de treinta días. 6.2. Asegurados Agrarios Indepen- dente de trabajo y el asegurado esté b) La fecha de inicio de la incapacidad dientes afiliado al Seguro Complementario no podrá ser posterior a la fecha de Deberán de: de Trabajo de Riesgo con una EPS. expedición del CITT, ni éste, a la fecha - Tener tres meses de aportación inme- f. En caso la entidad empleadora so- de la consulta. diatamente anteriores al mes en que licite el reembolso por subsidios, se c) En los casos de procesos de salud de se inicia el goce del subsidio. solicitará al representante legal que asegurados que requieran un trata- Informes Laborales - Para el caso de los asegurados de muestre su documento de identidad; miento y/o control prolongados, si regímenes especiales y trabajadores si el trámite lo efectúa un tercero de- el profesional médico en el acto de agrarios independientes, se considera berá mostrar carta de presentación de la consulta ve necesario ampliar la período de aportación, aquel por el la entidad empleadora firmada por el duración del período de incapacidad cual se haya pagado el aporte. representante legal. temporal para el trabajo a un pacien- Si el asegurado solicita el Pago Directo te, quien aún tiene período vigente es Laborales de incapacidad por CITT extendido 7. Requisitos del subsidio, se solicitará que muestre su documento de identidad. En caso anteriormente, puede expedir el CITT Los requisitos que deben presentar la correspondiente, considerando como entidad empleadora o los asegurados, sea un tercero, presentará copia del do- cumento de identidad del asegurado y fecha de inicio, la misma que la de para solicitar el subsidio por incapacidad atención. temporal, son los siguientes: mostrará su documento de identidad. g. En caso que la entidad empleadora 8.2. Criterios para la Expedición del a. Solicitud de Reembolso de Prestacio- haya incumplido con el pago del sub- nes Económicas -Formulario 8001, CITT en el Servicio de Emergencia sidio, el asegurado efectuará el trámi- o Urgencia debidamente llenada y firmada por la te como pago directo, presentando entidad empleadora y el asegurado. el formulario 8002 que no requerirá 1. Se expide el CITT por procesos agudos Esta debe de incluir la declaración ju- la firma del empleador. Adicional- únicamente, y hasta por 48 horas. rada del trabajador de haber recibido mente a los requisitos establecidos, 2. En el caso de asegurados que per- el subsidio. según corresponda, el asegurado manecen más de 48 horas en los - Para trabajadoras del hogar y cumplirá con presentar en original ambientes de observación, se extien- construcción civil se presentará una denuncia simple, debidamente de el CITT desde el ingreso hasta la la solicitud en el formulario firmada, comunicando de este hecho fecha de su internamiento en hospi- 8002- solicitud de pago directo a EsSalud. talización o alta de la emergencia o de prestaciones económicas, de- h. La identificación del empleador o urgencia. bidamente llenada y firmada por asegurada, según corresponda, se 3. Para los casos de cirugía menor, trau- el asegurado y el empleador. efectuará conforme se identifica en matología u otros que pudieran ser b. Certificados Médicos particulares o el punto “f”. resueltos durante la atención de la Certificado de Incapacidad Temporal i. En caso de incumplimiento de pago emergencia o urgencia se extiende el para el Trabajo (CITT) en original del subsidio por el empleador, la CITT por los días que fuere necesario que sustenten incapacidad por los asegurada cumplirá lo indicado en hasta un máximo de 30 días. primeros 20 días. el punto “g”. c. En caso de certificados médicos par- 8.3. Criterios para la Expedición del ticulares éstos deberán ser canjeados CITT en situaciones no regulares por un CITT. 8. Certificado de la Incapacidad 1. El asegurado que requiera y demues- Temporal para el Trabajo tre laborar en más de una entidad d. En el caso que el titular del subsidio haya fallecido, los herederos pre- (CITT) empleadora, se le extenderá un CITT sentarán la partida de defunción del De acuerdo a lo prescrito por la Reso- por cada centro de trabajo.
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V Informes Laborales 2. El Centro Asistencial que refiera al no hayan transcurrido más de cinco En caso verifique que el asegurado asegurado para hacer uso de Ser- meses desde el término del descanso no ha concurrido a la cita o a la vicios Externos (Terceros) en el país o alta por la patología que se recla- evaluación por razones de fuerza o en el exterior, es el responsable ma, hasta la fecha de la solicitud. El mayor o causas imputables a EsSalud, de extender los CITT que amerite registro del CITT siniestrado debe ser autorizará en la HC la emisión de el caso, durante el tiempo que dure necesariamente ubicado y anulado en nuevo CITT por el médico tratante y el tratamiento y recuperación del los sistemas informáticos antes de la gestionará nueva cita, en caso no sea asegurado, hasta su alta y, de dar expedición del duplicado. así, el asegurado deberá previamente seguimiento a la acumulación de los pasar la evaluación. días de Incapacidad Temporal para el 8.4. Evaluación Médica de Incapaci- Deberá hacer seguimiento a fin de Trabajo observando la normatividad dad Prolongada verificar que se realice la evaluación vigente. 8.4.1. Condiciones para requerir la médica. 3. En caso que el asegurado no haya evaluación El Subgerente de Salud, o quien podido apersonarse a la consulta en La Comisión Médica Evaluadora de haga sus veces, determinará la co- la fecha de inicio de la contingencia, Incapacidades de EsSalud efectuará misión que realizará la evaluación y el profesional de la salud autoriza- la evaluación de la incapacidad tem- coordinará los exámenes de apoyo al do, puede expedir el CITT, con una poral para el trabajo en los siguientes diagnóstico de ser necesarios y la cita retroactividad no mayor de 48 horas casos: para el asegurado, lo que comunica- a la fecha de la atención, para lo cual rá al médico de control. Requerirá debe existir evidencia clínica que a) Cuando se le haya extendido al asegurado más de un CITT por formalmente a la comisión realizar sustente que la contingencia ocurrió la evaluación médica del asegurado. en ese lapso. 150 días consecutivos de incapa- cidad. En caso se le comunique que el ase- 4. El CITT expedido con retroactividad gurado no acudió a la cita, informará mayor a 48 horas, debe contener la b) Cuando se le haya extendido al al Subgerente de Recaudación en validación (firma y sello) del médico asegurado más de un CITT por provincias o quien haga sus veces en de control del centro asistencial don- 310 días no consecutivos de inca- Lima, para que se le notifique como de se expide. Si es el propio médico pacidad en un lapso de 720 días. medida complementaria al asegura- de control quien lo expide, bastará c) Cuando el profesional de la salud do o a su empleador, según el acápite con su firma y sello para validar la haya calificado durante la atención siguiente. retroactividad. al asegurado, una enfermedad, La Unidad Operativa de Prestaciones 5. Cuando un asegurado solicite un CITT daño o secuela como irrecuperable Económicas en el caso que detecte, al no expedido en su debida oportu- o de tratamiento médico incierto presentarse una solicitud de subsidios nidad por el facultativo tratante, el y a largo plazo, es decir, de natu- o de reembolso de subsidios, que se profesional de la salud autorizado raleza permanente. han cumplido las condiciones estable- que lo evalúa podrá, cuando corres- cidas en el numeral 7.4.1. anterior, ponda, extender el CITT, siempre que 8.4.2. Solicitud de la evaluación: notificará por escrito al asegurado o no hayan transcurrido más de 150 - El Médico Tratante al momento al empleador según corresponda, de días desde el término del descanso de la atención verificará en la la obligación del asegurado a presen- otorgado o alta de la patología que historia clínica, los días de des- tarse ante el Médico de Control del se reclama, y será extendido teniendo canso médico a fin de determinar centro asistencial en el que se atiende como límite la fecha de la solicitud. si se cumplen las condiciones para pasar evaluación médica, el que El CITT, se tiene que expedir por los indicadas en el numeral anterior, actuará según lo indicado en este nu- días consecutivos en que haya estado de ser así, otorgará el nuevo CITT meral. Las unidades de prestaciones incapacitado, para tal fin se debe con- y derivará al asegurado, en ese económicas están en la obligación de siderar como fuente de información momento, al médico de control. pagar los subsidios por incapacidad lo consignado en la historia clínica. - El médico de control: temporal acreditados con los CITT 6. En caso de que un CITT, haya sido Certificará la información de los respectivos. expedido de manera inadecuada, días de descanso y las condiciones con borrones o enmendaduras, el 8.4.3. Evaluación médica y notifica- establecidas, de ser procedente la ción profesional de la salud autorizado evaluación, verificará la informa- para la expedición del CITT, está en ción personal del asegurado y co- La Comisión Médica Evaluadora de la obligación de extender uno nuevo municará a través del Director del Incapacidades procederá a efectuar la en su reemplazo, siempre que no ha- centro asistencial, al Subgerente de evaluación solicitada emitiendo el in- yan transcurrido más de cinco meses Salud (SGS) o quien haga sus veces forme médico en el que señalará si la desde el término del descanso o alta en su jurisdicción, la necesidad de incapacidad es de naturaleza tempo- por la patología que se reclama, hasta realizar la evaluación médica. ral o permanente. Dicho informe en la fecha de la solicitud. El registro del original lo remitirá a la Subgerencia Citará por escrito al asegurado para de Salud que solicitó la evaluación. CITT reemplazado, debe ser anulado hacerle conocer el lugar, fecha y hora en los sistemas informáticos. En caso no se presente el asegurado de la evaluación, indicándole que deberá comunicarlo igualmente. 7. En caso de pérdida, hurto o deterioro tiene obligación de acudir, en caso de un CITT expedido, el asegurado contrario se le suspenderá el otorga- La Subgerencia de Salud o quien puede solicitar a la Dirección del miento de nuevos CITT. haga sus veces, remitirá el original Centro Asistencial la expedición de un del informe al médico de control para Si el asegurado no acude a la cita o a que disponga su archivo en la historia nuevo CITT. Se extenderá uno nuevo, la evaluación, comunicará el hecho al consignando la palabra duplicado clínica y copia autenticada por feda- SGS en la misma forma que cuando es tario al Subgerente de Recaudación en la parte superior del documento. procedente la evaluación y lo anotará Tratándose de deterioro se deberá en su jurisdicción. en la Historia Clínica (HC) para que el presentar el CITT que se pretende médico tratante no le otorgue CITT y La Subgerencia de Recaudación no- reemplazar. El asegurado podrá lo derive a él en la próxima cita. tificará al asegurado o al empleador solicitar su expedición, siempre que
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Área Laboral V según corresponda de acuerdo a lo a. Se aplicará al monto total del subsidio cuenta las normas aplicables para el siguiente: que se consigna en las solicitudes de otorgamiento del mismo y que la en- - Si se determina que la incapacidad pago de prestaciones económicas de tidad empleadora no haya incurrido es de naturaleza temporal EsSalud cada asegurado. en causal de pérdida. reconocerá el pago de subsidios b. Si la parte decimal es igual o mayor Para efectos de las prestaciones de salud, hasta la fecha de alta, siendo el a 0.50, se considerará el entero su- el mes de inicio de la contingencia es máximo subsidio que reconocerá perior. aquél en el que se requiere la prestación. por 340 días consecutivos o 540 c. Si la parte decimal es menor a 0.50, En el caso de las prestaciones económi- días no consecutivos en el lapso se considerará el número entero. cas, el mes de inicio de la contingencia es de 36 meses calendario. el mes en que ocurre el evento que origi- - Si se determina incapacidad na el otorgamiento de la prestación. 10. Oportunidad para el pago permanente, EsSalud sólo reco- Para evaluar el cumplimiento de las nocerá el subsidio por incapaci- del subsidio declaraciones y pagos a que se refiere dad temporal hasta la fecha de El subsidio por incapacidad temporal se el numeral 1 del presente punto, se notificación del dictamen de la otorga en dinero vencido el plazo que considerarán válidos los períodos cuyas Comisión. El dictamen será no- dure el descanso médico establecido en declaraciones y pagos se presenten hasta tificado al asegurado si es pago el Certificado de Incapacidad Temporal el último día del mes de vencimiento de directo y al empleador si es pago para el Trabajo y siempre que la solicitud cada declaración, incluyendo las decla- con cargo a reembolso. La notifi- se presente hasta el plazo máximo de seis raciones rectificatorias de períodos que cación se efectuará directamente meses contados a partir de la fecha en determinen mayor obligación. al interesado, supletoriamente que termina el período de incapacidad. se usarán los otros medios que En el punto señalado en el párrafo an- confiere la ley. terior, los empleadores deben de tener 11. Extinción, pérdida y suspen- mucho cuidado; puesto y tal como se sión del derecho del subsidio refiere los aportes se deben de dar hasta 9. Base de cálculo el último día del mes de vencimiento El derecho al subsidio por incapacidad El monto del subsidio equivale al prome- temporal se extingue, pierde o suspende, de la declaración, no admitiéndose por dio diario de las remuneraciones de los según corresponda, por: lo tanto los pagos extemporáneos así doce últimos meses anteriores al inicio de éstos se hayan pagado con los intereses la prestación multiplicado por el número a. Cese del vínculo laboral. respectivos. de días de goce de la prestación. Si el b. Realizar labor remunerada durante el Sino se hubieran realizado éstos apor- total de los meses de afiliación es menor período del subsidio. tes en su oportunidad, Essalud puede a doce, el promedio se determinará en Aplicación funciónpráctica al tiempo de aportación del afi- c. Abandonar o incumplir el tratamiento rechazar la solicitud del desembolso o y las prescripciones médicas. solicitar la repetición del pago efectuado liado regular en actividad. No se podrá por éste; ahora bien, resulta aceptable gozar simultáneamente de subsidio por 12. Nulidad del derecho al sub- ésta posición pero para el caso de las incapacidad temporal y maternidad. empresas que no hayan aportado pero - Cuando el asegurado tenga más de sidio no para aquellas que lo hayan hecho y un empleador, recibirá el subsidio El derecho al subsidio por incapacidad mas que todo con el pago de los intereses por incapacidad temporal por cada temporal es nulo cuando se obtiene respectivos; ya que habiéndose pagado entidad empleadora. fraudulentamente el reconocimiento y los aportes con los intereses se habría - De la misma forma cuando el ase- pago del subsidio. estado subsanando la omisión. gurado haya tenido más de un empleador en los últimos 12 meses 13. Reembolso de las presta- 14. Prescripción y su remuneración es variable, el ciones subsidio equivaldrá al promedio de La solicitud se debe de presentar hasta las doce meses; si la remuneración es EsSalud o la Entidad Prestadora de Salud el plazo máximo de seis meses contados permanente, el subsidio equivaldrá a que corresponda tendrá derecho a exigir a partir de la fecha en que termina el la última remuneración declarada al a la entidad empleadora, el reembolso período de incapacidad. inicio de la incapacidad. de todas las prestaciones brindadas a sus afiliados regulares y derechohabientes, 15. Conclusiones - Los reintegros percibidos dentro de cuando la entidad empleadora incum- los doce meses calendario inmedia- pla con: - El subsidio por incapacidad temporal tamente anteriores al mes en que se 1. La obligación de declaración y pago es de carácter obligatorio, es decir inicia la contingencia, formarán parte del aporte total de los tres (3) meses que todo trabajador que cumplan del promedio a establecer sólo en lo consecutivos o cuatro (4) no conse- con los supuestos señalados en el que corresponda a dichos meses. cutivos dentro de los seis (6) meses presente informe; tienen el derecho Determinado el monto del subsidio pro- de gozarlo. medio diario al inicio de la incapacidad anteriores al mes en que se inició la temporal, éste permanecerá invariable contingencia; y/o; - El CITT, que se le otorga al trabajador, hasta el alta o plazo máximo del subsidio, deberá de ser registrado en el PDT 601, 2. La obligación de pago total de los para tal efecto se tendrá que ingresar a aún cuando la remuneración del asegura- aportes de los doce (12) meses an- la opción de días subsidiados. do varíe mientras está incapacitado. teriores a los seis (6) meses previos al mes en que se inició la contingencia. - En caso que un trabajador se haya 9.1. Redondeo del monto del sub- No se considerará como incumpli- atendido en un establecimiento sidio miento, los casos en que los aportes distinto a los de Essalud, el certifi- El monto de los subsidios por incapaci- antes referidos se encontraran aco- cado o la constancia de incapacidad dad temporal se expresará en números gidos a un fraccionamiento vigente. otorgada, podría ser canjeada por un enteros. Los criterios para la aplicación Para determinar si el fraccionamiento CITT, para ello deberá de presentar el del redondeo son los siguientes: se encuentra vigente, se tendrán en formulario 8005.
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