Res 238 2014 Servir Pe
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GastoEjecutado : Gasto Ejecutado por el Mecanismo CONSIDERANDO:
de Promoción en el Periodo de
Evaluación. Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1023, se
GastoPoyectado : Gasto Proyectado por el Mecanismo creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR,
de Promoción en el Periodo de rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
Evaluación” Humanos, cuya función es dictar normas técnicas para el
desarrollo e implementación del Sistema, entre otras;
b) Consideraciones para determinar el factor FA1 Que, asimismo, el Decreto Legislativo N° 1023, en
su artículo 5 señala que el Sistema comprende; a) La
Cuando el saldo del balance de la promoción plani¿cación de políticas de recursos humanos, b) La
(Saldo_de_Balance) sea mayor o igual a los Ingresos organización del trabajo y su distribución, c) La gestión
Proyectados sin modi¿cación de la TUD, el FA1 resultará del empleo, d) La gestión del rendimiento, e) La gestión
en valor negativo o cero, en dichos casos el FA1 será de la compensación, f) La gestión del desarrollo y la
igual a 0,0001. En aplicación de lo indicado, se entiende capacitación, g) La gestión de las relaciones humanas; y,
que el componente de la TUD que cubre el Gasto de h) La resolución de controversias.
Promoción (de¿nido en el numeral 7.5) se encuentra en Que, por su parte, el Reglamento General de la Ley
su valor mínimo. N° 30057, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-
Cuando el componente de la TUD que cubre el Gasto 2014-PCM, en el artículo 3 establece que el Sistema
de Promoción se encuentre en su valor mínimo y el saldo Administrativo de Gestión de Recursos Humanos
del balance de la promoción (Saldo_de_Balance) sea comprende los subsistemas previstos en el artículo
mayor o igual a los Ingresos Proyectados sin modi¿cación 5 del Decreto Legislativo 1023; y, que las o¿cinas de
de la TUD, el FA1 será igual a 1. recursos humanos actúan sobre los siete (7) subsistemas
descritos;
Artículo 7º.- La presente resolución deberá ser Que, mediante Informe Nº 16-2014-SERVIR/GDSRH
publicada en el Diario O¿cial El Peruano, y consignada la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos
conjuntamente con los Informes Nº 562-2014-GART y Nº Humanos, órgano encargado de la implementación y
559-2014-GART, en la página WEB del OSINERGMIN: supervisión de las políticas de gestión de los recursos
www2.osinerg.gob.pe. humanos, propone la Directiva “Normas para la Gestión
Artículo 8º.- Las modi¿caciones normativas aprobadas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos
por la presente resolución, entrarán en vigencia el 22 de Humanos en las entidades públicas”, que cuenta con el
noviembre del 2014. visto bueno de la Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil, cuyo objetivo es presentar la de¿nición de
JESÚS TAMAYO PACHECO los procesos y productos esperados dentro del ámbito de
Presidente del Consejo Directivo acción de las O¿cinas de Recursos Humanos en el Sistema
OSINERGMIN con la ¿nalidad que las entidades públicas conozcan la
operatividad de los mismos;
1162779-3 Que, en el marco de sus funciones, el Consejo Directivo
mediante Sesión Nº 39-2014 acordó aprobar la Directiva
“Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de
ORGANISMOS TECNICOS Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas”,
encargando a la Presidencia Ejecutiva emitir la Resolución
correspondiente;
ESPECIALIZADOS Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia
de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la
O¿cina de Asesoría Jurídica;
AUTORIDAD NACIONAL De conformidad con lo establecido en la Ley Nº
27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General
y modi¿catorias, Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil,
DEL SERVICIO CIVIL Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, Reglamento General
de la Ley N° 30057; Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM,
Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR y
Formalizan la aprobación de la modi¿catorias;
Directiva Nº 002-2014-SERVIR/GDSRH
SE RESUELVE:
- “Normas para la Gestión del Sistema
Administrativo de Gestión de Recursos Artículo 1º.- Formalizar la aprobación de la Directiva Nº
Humanos en las entidades públicas” 002-2014-SERVIR/GDSRH - “Normas para la Gestión del
Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos
en las entidades públicas”, cuyo texto en anexo forma
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA parte de la presente Resolución.
Nº 238-2014-SERVIR-PE Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución y de la Directiva en el diario o¿cial El Peruano y
Lima, 10 de noviembre de 2014 en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).
Vistos; el Informe Nº 16-2014-SERVIR/GDSRH de Regístrese, comuníquese y publíquese.
la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos
Humanos, y el Informe Legal Nº 280-2014-SERVIR/GG- JUAN CARLOS CORTES CARCELEN
OAJ de la O¿cina de Asesoría Jurídica; y, Presidente Ejecutivo
Normas Legales del 12.11.2014 86
DIRECTIVA Nº 002-2014-SERVIR/GDSRH b) Subsistema: Es un conjunto de procesos
interrelacionados que forman parte del Sistema, se ubica
“NORMAS PARA LA GESTIÓN DEL SISTEMA en el primer nivel de desagregación del Sistema.
ADMINISTRATIVO DE GESTIÓN DE RECURSOS
HUMANOS EN LAS ENTIDADES PÚBLICAS” c) Proceso: Es un conjunto de actividades relacionadas
entre sí; las cuales transforman elementos de entrada en
1. OBJETIVO bienes y/o servicios para los clientes internos o externos de
la entidad. Se ubica en el segundo nivel de desagregación
Establecer los lineamientos que las entidades públicas, del Sistema; un proceso es parte de un subsistema
en el ámbito de acción de las Oficinas de Recursos determinado y se descompone a su vez en una o más
Humanos, deben seguir para la gestión del Sistema actividades.
Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, en
adelante, el Sistema. d) Actividad: Es un conjunto de tareas afines y
coordinadas requeridas para lograr un resultado, las cuales
2. FINALIDAD siguen una secuencia lógica dentro del proceso.
La presente norma tiene como finalidad estandarizar e) Producto: Constituyen los resultados intermedios o
y alinear los procesos y los productos del Sistema en las finales (salidas) de un proceso determinado.
entidades públicas, lo cual contribuye al fortalecimiento del
servicio civil y a la mejora continua de la administración f) Entidad Pública: Sólo para efectos del Sistema
pública. y en concordancia con lo establecido en el literal a) del
artículo IV del Título Preliminar del D.S. Nº 040-204-PCM,
3. BASE LEGAL se define lo siguiente:
a. Decreto Legislativo N° 1023, Ley que crea la Autoridad Entidad pública Tipo A.- A aquella organización
Nacional del Servicio Civil – SERVIR, Rectora del Sistema que cuente con personería jurídica de derecho público,
Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. cuyas actividades se realizan en virtud de potestades
b. Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. administrativas y, por tanto, se encuentran sujetas a las
c. Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público. normas comunes de derecho público.
d. Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.
e. Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba Entidad pública Tipo B.- A aquellas que cumplan los
el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil. siguientes criterios:
f. Decreto Supremo N° 041-2014-PCM, que aprueba
el Reglamento del Régimen Especial para Gobiernos i. Ser un órgano desconcentrado, proyecto, programa
Locales. o unidad ejecutora conforme a la Ley Nº 28411 de una
g. Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, que aprueba el entidad pública Tipo A.
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad ii. Tener competencia para contratar, sancionar
Nacional del Servicio Civil y normas modificatorias. y despedir, conforme a su manual de operaciones o
documento equivalente.
4. ALCANCE iii. Contar con una oficina de recursos humanos o la que
haga sus veces, conforme a su manual de operaciones o
Se encuentran comprendidas dentro de los alcances documento equivalente.
de la presente directiva, las siguientes entidades: iv. Contar con un titular; entendiéndose como la máxima
autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que
a. Los Ministerios y sus organismos públicos, programas haga sus veces, conforme a su manual de operaciones o
y proyectos adscritos. documento equivalente.
b. El Poder Legislativo, Poder Judicial y Organismos v. Contar con resolución del titular de la entidad pública
Constitucionalmente Autónomos. a la que pertenece definiéndola como Entidad Tipo B.
c. Los Gobiernos Regionales, sus organismos públicos,
sus programas y proyectos adscritos. Cuando en la presente Directiva se haga mención
d. Los Gobiernos Locales, sus organismos públicos, expresa a entidades, se entenderá indistintamente a las
sus programas y proyectos adscritos. entidades públicas Tipo A y Tipo B, salvo que se haga
e. Las universidades públicas. mención expresa a alguna de ellas.
f. Las empresas del Estado pertenecientes a los tres
niveles de gobierno. g) Oficina de Recursos Humanos o las que hagan
g. Entidades Administradoras de Fondos Intangibles de sus veces: Es la unidad orgánica responsable de la
la Seguridad Social de acuerdo con la Ley Nº 29158, Ley gestión de los recursos humanos en las entidades, que
Orgánica del Poder Ejecutivo. implementa las disposiciones que emita SERVIR como
ente rector del Sistema.
Dentro del alcance de la presente Directiva se
encuentran las entidades referidas en el artículo 3º del h) Puesto: Es el conjunto de funciones y
Decreto Legislativo Nº 1023. responsabilidades que corresponden a una posición dentro
de una entidad, así como los requisitos para su adecuado
5. DISPOSICIONES GENERALES ejercicio. El puesto podrá tener más de una posición
siempre que el perfil de este sea el mismo.
5.1. Definiciones
i) Posición: Cada uno de los ocupantes que puede
Para efecto de la presente directiva, se consideran las tener un puesto con un único perfil.
siguientes definiciones:
5.2. Rol de las Oficinas de Recursos Humanos en
a) Sistema Administrativo de Gestión de el Sistema
Recursos Humanos: Es el sistema que establece,
desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto Las oficinas de recursos humanos se encargan
del servicio civil, a través del conjunto de normas, de ejecutar e implementar las normas y lineamientos
principios, recursos, métodos, procedimientos y dictados por SERVIR en sus entidades; asimismo emiten
técnicas utilizados por las entidades del sector público lineamientos y políticas internas para la gestión de los
en la gestión de los recursos humanos. Comprende procesos del Sistema dentro de su entidad en concordancia
los subsistemas previstos en el artículo 5º del Decreto con los objetivos organizacionales de la misma.
Legislativo Nº 1023.
El Sistema está integrado por: 5.3. Ámbito de acción de las Oficinas de Recursos
Humanos en el Sistema
i. La Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.
ii. Las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades El ámbito de acción de las Oficinas de Recursos
o las que hagan sus veces. Humanos comprende la gestión de siete (7) subsistemas
iii. El Tribunal del Servicio Civil. conforme a lo establecido en el artículo 3º del Reglamento
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General de la Ley del Servicio Civil aprobado por el de recursos humanos, alineándolas con los objetivos de la
Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, los cuales son los entidad y disposiciones emitidas por SERVIR. Asimismo,
siguientes: incorpora el diseño y seguimiento de los indicadores de
gestión de la Oficina de Recursos Humanos.
Ss1. Planificación de políticas de recursos humanos; Productos esperados: Políticas y procedimientos
Ss2. Organización del trabajo y su distribución; internos, Plan de Gestión de Personas (plan de trabajo),
Ss3. Gestión del empleo; Reglamento Interno de Servidores Civiles, Presupuesto
Ss4. Gestión del rendimiento; Anual de Recursos Humanos, Cuadro de Indicadores de
Ss5. Gestión de la compensación; Gestión de la Oficina de Recursos Humanos, entre otros.
Ss6. Gestión de desarrollo y capacitación; b. Planificación de recursos humanos: Comprende
Ss7. Gestión de las relaciones humanas y sociales. la planificación de las necesidades reales de personal para
cubrir los requerimientos durante el periodo programado,
La definición del ámbito de acción de las Oficinas de generando los documentos de gestión correspondientes.
Recursos Humanos en el Sistema tienen como finalidad Productos esperados: Informe de análisis de
contribuir al fortalecimiento del servicio civil y a la mejora necesidad de personal, el mapeo de puestos, la dotación y
continua de la administración pública, optimizando la formulación del Cuadro de Puestos de la Entidad.
finalmente el servicio al ciudadano.
El ámbito de acción de las Oficinas de Recursos 6.1.2 Subsistema organización del trabajo y su
Humanos comprende procesos de gestión de recursos distribución
humanos que no necesariamente determinan la creación
de unidades orgánicas o puestos de trabajo. i. Definición: En este subsistema se definen las
Se presenta el gráfico del ámbito de acción de las características y condiciones del ejercicio de las funciones,
Oficinas de Recursos Humanos en el Sistema, en el cual así como los requisitos de idoneidad de las personas
se detalla sus subsistemas y sus procesos: llamadas a desempeñarlas.
ii. Procesos: Se consideran dentro de este subsistema
Gráfico Nº 01 dos procesos:
SE RESUELVE:
Modifican cargo de destino en la
asignación de Gerente Público en Artículo Primero.- Modificar la asignación del Gerente
Público Juan Edmundo Moncada Alvites, aprobada
el Gobierno Regional de Amazonas, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 044-2011-
aprobada por Res. Nº 044-2011- SERVIR-PE, en el extremo referido a su cargo de destino,
SERVIR-PE quedando como Director Programa Sectorial IV de la
Gerencia de la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno
Regional de Amazonas, con eficacia anticipada a partir del
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA 5 de abril de 2014.
N° 239-2014-SERVIR-PE Artículo Segundo.- Publicar en el Diario Oficial El
Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR la presente
Lima, 10 de noviembre de 2014 Resolución.
VISTO, el Informe N° 180-2014-SERVIR/GDGP de la Regístrese, comuníquese y publíquese.
Gerencia de Desarrollo de la Gerencia Pública, y;
JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN
CONSIDERANDO: Presidente Ejecutivo
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1024 se crea
y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado 1162512-1