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Marco Constitucional del comercio exterior

El tema que presentamos es la estructura legal del comercio de Mxico, distinguiendo el


marco nacional del Comercio Exterior de Mxico, as como las instituciones que se
involucran en el proceso comercial como la OMC y la OMA.

Para comprender a qu nos referimos cuando mencionamos Marco Jurdico debemos


sealar que un Marco es una referencia que nos remite a ciertos aspectos importantes en
un tema en especial. En este caso al aspecto jurdico del Comercio Exterior de Mxico. As
pues, este marco -de manera interna- se compone de la siguiente forma:
Constitucin Poltica de Mxico
Tratado Internacionales
Leyes Federales
Reglamentos
Decretos
Circulares
Costumbre
Sentencias Judiciales

Como puedes observar van de la Base (La Constitucin) a lo individual (las sentencias). Sin
embargo, para efectos de nuestra materia nos debe quedar muy en claro que de este
ordenamiento supremo que todos sin excepcin conocemos como Constitucin Poltica
de los Estados Unidos Mexicanos se desprenden cada uno de los ordenamientos (como la
Ley Aduanera y la Ley del Comercio Exterior e inclusive los Tratados Internacionales que
Mxico ha suscrito en materia de Comercio Internacional).

En ese orden de ideas, dentro de la Constitucin tenemos los siguientes fundamentos que
dan suficiente estructura para el Comercio Exterior de nuestro pas:
Artculo 133 - establece la jerarquizacin de la norma jurdica en nuestro sistema,
puesto que ante la firma de diversos tratados internacionales en materia de
comercio, resulta necesario conocer cul es su validez.
Artculo 25 - plasma la rectora del Estado, que consiste en la facultad y
capacidad que ste tiene para dirigirla actividad de los agentes econmicos para
la consecucin de logros y objetivos en desarrollo.
Artculo 26 - reformado en 1983 para elevar a rango constitucional la accin
gubernamental en materia de planeacin estableciendo el Sistema Nacional de
Planeacin Democrtica. Persigue una reestructuracin profunda del modelo de
industrializacin y del comercio exterior de tal manera que ste sea capaz de
generar divisas necesarias para satisfacer los requerimientos de la economa en su
conjunto, alcanzando el cambio estructural en una de las 4 reas fundamentales
de escasez de divisas. (Desequilibrio del aparto productivo y distributivo,
insuficiencia del ahorro interno, desigualdad en la distribucin de beneficios del
desarrollo).
Artculo 27 - establece la titularidad pblica exclusiva de los recursos naturales por
parte de la nacin mexicana.
Artculo 28 - seala las funciones estratgicas que el Estado mexicano debe
cumplir en funcin de rectora econmica. Consta de 12 prrafos relacionados
con los esquemas de OMC y TLCAN en materia de mercancas, servicios e hbridos,
prohibiendo monopolios y prcticas monoplicas, reglas de libre concurrencia o
competencia, concesin de prestacin de servicios pblicos o la explotacin y uso
y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federacin, as como el que se
puedan otorgar subsidios a actividades prioritarias cuando sean generales, de
carcter temporal y no afecten substancialmente las finanzas de la nacin.
Artculo 31 IV - impone a los mexicanos la obligacin de contribuir para los
gastos pblicos federales, estatales y municipales.
Marco Constitucional del comercio exterior

Artculo 73 IX y X - Es facultad del Congreso de la Unin: Impedir que en el


Comercio de Estado a Estado existan restricciones y la facultad exclusiva de
legislar en materia de hidrocarburos, minera, sustancias qumicas, explosivos,
pirotecnia, industria cinematogrfica, comercio, juegos con apuestas y sorteos,
intermediacin y servicios financieros, energa elctrica y nuclear.
Artculo 73 XXIX, numeral 1 - Es facultad del Congreso de la Unin establecer
contribuciones en materia de Comercio Exterior.
Artculo 73 XXIX F - Para expedir leyes tendientes a la promocin de la inversin
mexicana, la regulacin de la inversin extranjera, la transferencia de tecnologa y
la generacin, difusin y aplicacin de los conocimientos cientficos y tecnolgicos
que requiere el desarrollo nacional.
Artculo 89 X y XIII - autoriza al Presidente para establecer aduanas martimas,
fronterizas y designar su ubicacin, as como a celebrar cualquier tipo de tratado
tendiente a dirigir la poltica externa o interna del pas.
Artculo 117 IV, V y VI - prohbe a los Estados gravar el trnsito de personas y
mercancas q circulen por su territorio.
Artculo 118 I - prohbe imponer derechos sobre importaciones y exportaciones.
Artculo 131 - faculta de la federacin gravar mercancas que se importen
exporten, que transiten por el territorio nacional; prohibir su circulacin por motivos
de seguridad. El Ejecutivo podr aumentar o disminuir o suprimir cuotas de tarifas
de importacin o exportacin y crear otras; regular el comercio exterior, protegerla
produccin nacional y la economa del pas mediante la restriccin-prohibicin-
trnsito de mercancas.

Es indispensable que desde ahora queden perfectamente establecidos pues sern las
directrices conforme a las cuales iremos desarrollando el curso y las que le darn una
mayor comprensin. Sin embargo, no podemos hablar de lo que a nivel mundial rige si
desconocemos lo que al interior de nuestro pas conforma la estructura legal del
Comercio Exterior.

Ahora bien, debemos comprender que el hecho de que la materia se denomina Rgimen
Jurdico del Comercio Internacional si implica en s una relacin comercial de Mxico
hacia otros pases, pero dicha relacin se puede establecer toda vez que se tiene un
rgimen jurdico vlido (como lo es la Constitucin y de sta otras disposiciones que le dan
fortaleza a este rgimen) para que siguiendo principios tan esenciales como la
Cooperacin y/o la Unin que pugna la Organizacin Mundial del Comercio tengan un
mayor sentido y real validez en todos los Estados que son parte de la misma (Mxico no es
la excepcin).

Pero seguro es, que a esta altura de la clase, te surge la pregunta ms habitual: Qu
diferencia existe entre Comercio Exterior y Comercio Internacional? son lo mismo?. La
respuesta es la siguiente: El comercio exterior es aqul que realiza Mxico con la finalidad
de dar a conocer productos nacionales en mercados internacionales (de otros pases) y lo
realiza mediante la exportacin. Ahora bien, el comercio internacional es aquel que se
realiza entre los pases que conforman el Mundo y que se rige por los principios
establecidos por la Organizacin Mundial del Comercio (OMC).

En ese sentido se afirma que: la OMC es una organizacin para la apertura del comercio.
Es un foro para que los gobiernos negocien acuerdos comerciales, es un lugar en el que
se pueden resolver las diferencias comerciales entre pases miembros mediante la
implementacin de los principios comerciales establecidos en el GATT.
Marco Constitucional del comercio exterior

Por otra parte, coopera estrechamente con la Organizacin Mundial de Aduanas (OMA),
que coadyuva a la clasificacin correcta de mercancas mediante el Sistema Armonizado
de Clasificacin Arancelaria, con la finalidad de que todos los pases en el mundo tengan
el mismo catlogo de mercancas susceptibles de comercializarse.

Webliografa

Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos (s.f.) Recuperada el 25 de


noviembre de 2014 de la Biblioteca Jurdica Virtual del Instituto de Investigaciones
Jurdicas de la UNAM de: http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/

Organizacin Mundial del Comercio (OMC) (s.f.) Sitio oficial. Recuperada el 25 de


noviembre de 2014 de: http://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/whatis_s.htm

Organizacin Mundial de Aduanas (s.f.) Sitio oficial. Recuperada el 25 de noviembre de


2014 de: http://www.wcoomd.org/en.aspx

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