Separacion de Cuerpo Jose Gregorio y Maidoline
Separacion de Cuerpo Jose Gregorio y Maidoline
Separacion de Cuerpo Jose Gregorio y Maidoline
CARABOBO.
SU DESPACHO.
DIAZ RODRIGUEZ, de Nacionalidad Venezolanos, mayores de edad, casados entre si, Titulares
Parroquia Los Guayos, Jurisdiccin del Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, asistidos en
este domicilio, ante usted ocurrimos muy respetuosamente a los fines de exponer y solicitar:
CAPITULO I
LOS HECHOS.
PRIMERO: Contrajimos Matrimonio Civil por ante La Oficina de Registro Civil de la Parroquia
Gige, en Jurisdiccin del Municipio Carlos Arvelo, del Estado Carabobo, en fecha Diecisis
(16) de Diciembre del ao Dos Mil Once (2011), segn consta de Acta de Matrimonio asentada
bajo el No.167, Tomo I, Folio 167 al Folio 167, en los Libros de Registro Civil de Matrimonio
llevados por dicha oficina, la cul en copia Certificada acompaamos a la presente solicitud
Cascabel, Calle Ezequiel Zamora, Casa No. 12, de la Parroquia Los Guayos, Jurisdiccin del
Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, en donde habitamos ininterrumpidamente, hasta que
nuestra vida conyugal fue interrumpida en fecha, Veintitrs (23) de Diciembre del ao Dos Mil
surgidos entre nosotros, nos separamos de cuerpos y no ha habido reconciliacin entre nosotros,
debido a las divergencias surgidas, razn por la cual decidimos de mutuo y amistoso acuerdo
CAPITULO II
FUNDAMENTO DE DERECHO.
CUARTA: En virtud de lo antes expuesto, procedemos en este acto a realizar la presente solicitud
de Separacin legal de Cuerpos y de Bienes, basada en los Artculos 188, 189 y 190 del Cdigo
Civil venezolano Vigente.
CAPITULO III
tenemos nada que establecer ni reclamarnos los cnyuges por este Concepto.
CAPITULO IV
PETITORIO.
SEXTA: Pedimos que la presente Solicitud de Separacin Legal de Cuerpos y de bienes, basada en
el Artculos 188, 189 y 190, del Cdigo Civil Venezolano Vigente, sea admitida, sustanciada
conforme a derecho y en la definitiva sea declarada con lugar con todos los pronunciamientos de